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La Factura – Doctrina y Jurisprudencia

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1. Concepto y consideraciones de la Factura para nuestro Ordenamiento

A pesar de la importancia que la factura ha adquirido en los últimos años para el tráfico mercantil, nuestro Ordenamiento no ha definido a este título. No obstante podemos señalar que la factura es un documento comercial, contable y tributario que debe ser emitido tanto por vendedores como por prestadores de servicios por las operaciones que efectúen, y que sirve de comprobante de las ventas realizadas o de los servicios prestados con indicación de sus condiciones, modalidades y precio pactado.

Este instrumento, encuentra una primera referencia normativa en el Código de Comercio (CCo) preceptos que lo consagran como un medio de prueba idóneo para acreditar la existencia del contrato de compraventa o de prestación de servicios que hubiera dado lugar a la emisión de la factura. Por su parte, el Código Tributario, además de su legislación complementaria contemplan a la factura como un documento de carácter tributario, estableciendo las formalidades, oportunidad y obligatoriedad de su emisión.

El año 2004 (Diario Oficial de 15 de diciembre de 2004), en razón de la creciente importancia que la factura fue adquiriendo en el comercio nacional e internacional, se dictó la Ley Nº 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo al referido instrumento, y que vino a entrar en vigencia el 15 de abril del año 2005.

La iniciativa que dio lugar a este cuerpo legal se propuso dotar de nuevas y más eficaces características a la factura, por ser este el documento que acompaña la mayor parte de las transacciones u operaciones de compraventa y de prestación de servicios que se celebran, de manera que su transferencia implicara el cumplimiento de formalidades que no retrasaran sustancialmente el desarrollo de la operación, por una parte, y que por otra, su cobro, en caso de morosidad, pudiera ser ejecutado a través de un procedimiento más expedito que el existente hasta ese momento.

Al efecto, la Ley consideró un sistema único que, con la concurrencia de los requisitos y condiciones establecidos en ella, permitieran al legítimo tenedor de una nueva copia del título (cuarta copia), ceder el crédito y los derechos de que diera cuenta la factura, a un tercero; y de otra parte, demandar el cobro en juicio ejecutivo de las obligaciones que constan en la factura cuyo deudor se encuentre en mora.

Estas alternativas que la Ley Nº 19.983 consagró normativamente, se lograron mediante el establecimiento de un sistema especial de cesión de los créditos contenidos en facturas, desde que las disposiciones legales sobre cesión de créditos personales o nominativos contenidas en el Código Civil, las normas del Código de Comercio para la transferencia de títulos endosables o al portador que provinieran de actos de comercio, así como las formas de transferencia de la Ley Nº 18.092, no respondían a la particular naturaleza de las facturas y a las características que este documento había adquirido a lo largo de los años de uso en las relaciones entre vendedores o prestadores de servicios con compradores o beneficiarios.

Fue el escenario descrito lo que trajo consigo una esperada modificación a nuestro Ordenamiento, consagrando normas específicas para la factura, a fin de que este instrumento estuviere a la altura de los desafíos del comercio moderno, dotando a su cesión de mayor agilidad y certeza, estableciendo en lo esencial, según tendremos oportunidad de revisar, una gestión preparatoria de la vía ejecutiva, que operara de manera alternativa a la consagrada para los instrumentos privados, aún los mercantiles, en el art. 464 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, de manera que, cumplidas las condiciones establecidas en la ley, la factura deviniera en un título ejecutivo.

Según tendremos de revisar de manera más exhaustiva, para materializar los procedimientos de transferencia y preparación de la vía ejecutiva, la Ley Nº 19.983 impone al emisor de la factura la obligación de emitir una copia adicional de la misma, la cual, extendida de conformidad con la ley, por sí misma o acompañada de los documentos adicionales en que conste la recepción de los bienes o servicios adquiridos o contratados –guía o guías de despacho–, podrá ser transferida en dominio y a su vez permitirá el cobro ejecutivo del crédito consignado en ella.

A pesar de la importancia que esta ley ha significado para el tráfico jurídico, y conforme ya lo hemos referido, aún en nuestros días, a casi 20 años de haberse incorporado las referidas instituciones a nuestro sistema normativo, ni el Código de Comercio, ni el Código Tributario, ni tampoco la Ley Nº 19.983 y sus sucesivas modificaciones, han sido capaces de elaborar un concepto de alcance general que recoja lo que ha de entenderse por factura en cuanto instrumento de circulación comercial

I. Teoría General de la Factura

1. Concepto y consideraciones de la Factura para nuestro Ordenamiento

2. Principales referencias normativas a la factura

II. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES NORMATIVOS

III. LA FACTURA A PARTIR DE LA LEY Nº 19.983

1. Aspectos generales

2. La estructura del título y la aptitud circulatoria de la factura
2.1. El soporte material
2.2. La declaración documental
2.3. Aptitud circulatoria de la factura
2.4. El vencimiento de la factura
2.5. El pago del título a 30 días. La factura ante la administración

IV. LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO Y SU RELACIÓN CON LA FACTURA

1. Aspectos generales
1.1. La necesariedad
1.2. La Literalidad
1.2.1. Aspectos sustantivos
1.2.2. El momento de la literalidad
1.3. Autonomía

V. DE LAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO Y SU RELACIÓN CON LA FACTURA

1. Consideraciones previas

2. La causalidad o abstracción de la factura como título de crédito ante la jurisprudencia nacional

3. La causalidad del título

VI. CUESTIONES SUSTANTIVAS DE LA FACTURA EN LA LEY Nº 19.983

1. La recepción de la factura y su trascendencia en la configuración del título

2. La aceptación irrevocable de la factura
2.1. Aspectos generales y precisiones sustantivas
2.2. La aceptación irrevocable ante la jurisprudencia actual
2.3. Bases para una discusión necesaria

3. La cesión del crédito contenido en la factura
3.1. Aspectos normativos
3.2. La protección a la libre cesibilidad de la factura

4. La prenda sobre facturas
4.1. Planteamiento del problema
4.2. Aspectos generales y precisiones sustantivas
4.3. Alcances básicos y necesarios de la prenda sin desplazamiento a propósito de los créditos nominativos
4.4. La doctrina jurisprudencial
4.5. Análisis y propuestas para una discusión
4.6. Nuestra opinión

VII. LA FACTURA ELECTRÓNICA

1. Aspectos generales

2. Antecedentes normativos para la discusión

3. Los títulos valores informáticos, electrónicos o telemáticos como fundamento dogmático del análisis

4. El principio de equivalencia funcional como elemento base de la electronificación
4.1. Los principios del Comercio Electrónico (CE) en general
4.2. La equivalencia funcional. Delimitación conceptual
4.3. La equivalencia funcional en la LFE

5. La recepción de la factura electrónica en la Ley Nº 19.983
5.1. Aspectos generales
5.2. La factura electrónica como equivalente funcional
5.3. La aceptación irrevocable de la factura electrónica
5.4. El acuse de recibo electrónico
5.5. La cesión del crédito por medios electrónicos

VIII. LA FACTURA EN EL JUICIO EJECUTIVO

1. Cuestiones Generales

2. La distinción entre excepciones reales y causales
2.1. Importancia de la calificación
2.2. La distinción ante la jurisprudencia

3. La excepción de falta (total o parcial) de entrega de las mercaderías o falta de prestación del servicio
3.1. Cuestiones generales
3.2. Las excepciones del juicio ejecutivo a propósito de la factura

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Autor: Maximiliano Escobar Saavedra
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 178
Año de publicación: 2023

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Description
Autor: Maximiliano Escobar Saavedra Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 178 Año de publicación: 2023
Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Editorial: Ediciones DER Numero de Paginas: 365 Año de publicación: 2022Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 376 Año de publicación: 2022Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana  Numero de Paginas: 1200 Año de publicación: 2022Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación  : 2022 Paginas :358  
Content

1. Concepto y consideraciones de la Factura para nuestro Ordenamiento

A pesar de la importancia que la factura ha adquirido en los últimos años para el tráfico mercantil, nuestro Ordenamiento no ha definido a este título. No obstante podemos señalar que la factura es un documento comercial, contable y tributario que debe ser emitido tanto por vendedores como por prestadores de servicios por las operaciones que efectúen, y que sirve de comprobante de las ventas realizadas o de los servicios prestados con indicación de sus condiciones, modalidades y precio pactado.

Este instrumento, encuentra una primera referencia normativa en el Código de Comercio (CCo) preceptos que lo consagran como un medio de prueba idóneo para acreditar la existencia del contrato de compraventa o de prestación de servicios que hubiera dado lugar a la emisión de la factura. Por su parte, el Código Tributario, además de su legislación complementaria contemplan a la factura como un documento de carácter tributario, estableciendo las formalidades, oportunidad y obligatoriedad de su emisión.

El año 2004 (Diario Oficial de 15 de diciembre de 2004), en razón de la creciente importancia que la factura fue adquiriendo en el comercio nacional e internacional, se dictó la Ley Nº 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo al referido instrumento, y que vino a entrar en vigencia el 15 de abril del año 2005.

La iniciativa que dio lugar a este cuerpo legal se propuso dotar de nuevas y más eficaces características a la factura, por ser este el documento que acompaña la mayor parte de las transacciones u operaciones de compraventa y de prestación de servicios que se celebran, de manera que su transferencia implicara el cumplimiento de formalidades que no retrasaran sustancialmente el desarrollo de la operación, por una parte, y que por otra, su cobro, en caso de morosidad, pudiera ser ejecutado a través de un procedimiento más expedito que el existente hasta ese momento.

Al efecto, la Ley consideró un sistema único que, con la concurrencia de los requisitos y condiciones establecidos en ella, permitieran al legítimo tenedor de una nueva copia del título (cuarta copia), ceder el crédito y los derechos de que diera cuenta la factura, a un tercero; y de otra parte, demandar el cobro en juicio ejecutivo de las obligaciones que constan en la factura cuyo deudor se encuentre en mora.

Estas alternativas que la Ley Nº 19.983 consagró normativamente, se lograron mediante el establecimiento de un sistema especial de cesión de los créditos contenidos en facturas, desde que las disposiciones legales sobre cesión de créditos personales o nominativos contenidas en el Código Civil, las normas del Código de Comercio para la transferencia de títulos endosables o al portador que provinieran de actos de comercio, así como las formas de transferencia de la Ley Nº 18.092, no respondían a la particular naturaleza de las facturas y a las características que este documento había adquirido a lo largo de los años de uso en las relaciones entre vendedores o prestadores de servicios con compradores o beneficiarios.

Fue el escenario descrito lo que trajo consigo una esperada modificación a nuestro Ordenamiento, consagrando normas específicas para la factura, a fin de que este instrumento estuviere a la altura de los desafíos del comercio moderno, dotando a su cesión de mayor agilidad y certeza, estableciendo en lo esencial, según tendremos oportunidad de revisar, una gestión preparatoria de la vía ejecutiva, que operara de manera alternativa a la consagrada para los instrumentos privados, aún los mercantiles, en el art. 464 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, de manera que, cumplidas las condiciones establecidas en la ley, la factura deviniera en un título ejecutivo.

Según tendremos de revisar de manera más exhaustiva, para materializar los procedimientos de transferencia y preparación de la vía ejecutiva, la Ley Nº 19.983 impone al emisor de la factura la obligación de emitir una copia adicional de la misma, la cual, extendida de conformidad con la ley, por sí misma o acompañada de los documentos adicionales en que conste la recepción de los bienes o servicios adquiridos o contratados –guía o guías de despacho–, podrá ser transferida en dominio y a su vez permitirá el cobro ejecutivo del crédito consignado en ella.

A pesar de la importancia que esta ley ha significado para el tráfico jurídico, y conforme ya lo hemos referido, aún en nuestros días, a casi 20 años de haberse incorporado las referidas instituciones a nuestro sistema normativo, ni el Código de Comercio, ni el Código Tributario, ni tampoco la Ley Nº 19.983 y sus sucesivas modificaciones, han sido capaces de elaborar un concepto de alcance general que recoja lo que ha de entenderse por factura en cuanto instrumento de circulación comercial

I. Teoría General de la Factura

1. Concepto y consideraciones de la Factura para nuestro Ordenamiento

2. Principales referencias normativas a la factura

II. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES NORMATIVOS

III. LA FACTURA A PARTIR DE LA LEY Nº 19.983

1. Aspectos generales

2. La estructura del título y la aptitud circulatoria de la factura 2.1. El soporte material 2.2. La declaración documental 2.3. Aptitud circulatoria de la factura 2.4. El vencimiento de la factura 2.5. El pago del título a 30 días. La factura ante la administración

IV. LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO Y SU RELACIÓN CON LA FACTURA

1. Aspectos generales 1.1. La necesariedad 1.2. La Literalidad 1.2.1. Aspectos sustantivos 1.2.2. El momento de la literalidad 1.3. Autonomía

V. DE LAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO Y SU RELACIÓN CON LA FACTURA

1. Consideraciones previas

2. La causalidad o abstracción de la factura como título de crédito ante la jurisprudencia nacional

3. La causalidad del título

VI. CUESTIONES SUSTANTIVAS DE LA FACTURA EN LA LEY Nº 19.983

1. La recepción de la factura y su trascendencia en la configuración del título

2. La aceptación irrevocable de la factura 2.1. Aspectos generales y precisiones sustantivas 2.2. La aceptación irrevocable ante la jurisprudencia actual 2.3. Bases para una discusión necesaria

3. La cesión del crédito contenido en la factura 3.1. Aspectos normativos 3.2. La protección a la libre cesibilidad de la factura

4. La prenda sobre facturas 4.1. Planteamiento del problema 4.2. Aspectos generales y precisiones sustantivas 4.3. Alcances básicos y necesarios de la prenda sin desplazamiento a propósito de los créditos nominativos 4.4. La doctrina jurisprudencial 4.5. Análisis y propuestas para una discusión 4.6. Nuestra opinión

VII. LA FACTURA ELECTRÓNICA

1. Aspectos generales

2. Antecedentes normativos para la discusión

3. Los títulos valores informáticos, electrónicos o telemáticos como fundamento dogmático del análisis

4. El principio de equivalencia funcional como elemento base de la electronificación 4.1. Los principios del Comercio Electrónico (CE) en general 4.2. La equivalencia funcional. Delimitación conceptual 4.3. La equivalencia funcional en la LFE

5. La recepción de la factura electrónica en la Ley Nº 19.983 5.1. Aspectos generales 5.2. La factura electrónica como equivalente funcional 5.3. La aceptación irrevocable de la factura electrónica 5.4. El acuse de recibo electrónico 5.5. La cesión del crédito por medios electrónicos

VIII. LA FACTURA EN EL JUICIO EJECUTIVO

1. Cuestiones Generales

2. La distinción entre excepciones reales y causales 2.1. Importancia de la calificación 2.2. La distinción ante la jurisprudencia

3. La excepción de falta (total o parcial) de entrega de las mercaderías o falta de prestación del servicio 3.1. Cuestiones generales 3.2. Las excepciones del juicio ejecutivo a propósito de la factura

Descripción
Transcurridos casi seis años de la segunda edición del libro Urbanismo y construcción, el autor se ha visto impulsado, por muchos abogados y académicos, a poner al día esta obra, la que, sin lugar a dudas, constituye un valioso apoyo para los alumnos de los programas de postgrado en materia de derecho urbanístico y también para la judicatura y todos los profesionales del sector público y privado que se desempeñan en la industria inmobiliaria en nuestro país. Han sido muchos los cambios legislativos y jurisprudenciales, tanto en sede administrativa como judicial, que justifican plenamente y hacen muy necesaria esta nueva y actualizada edición, la que analiza en detalle las diversas modificaciones normativas y reglamentarias en estos últimos años. En particular, es posible destacar el análisis de la nueva normativa urbanística y pronunciamientos recientes de la Contraloría, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, así como también las sentencias de los tribunales superiores de justicia y Tribunal Constitucional que vienen a regular e interpretar importantes temáticas propias del derecho urbanístico. Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Ediciones DER
Vigésima quinta Edición Oficial aprobada por Decreto exento N° 1592, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 10 enero de 2022 Texto completo del Código de Procedimiento Civil, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para la utilidad de los alumnos:
  • Ley Nº 18.120, Normas sobre comparecencia en juicio.
  • Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la forma de las sentencias.
  • Ley Nº 20.066, Establece Ley de Violencia Intrafamiliar.
  • Ley Nº 19.968, Crea los Tribunales de Familia.
  • Ley N° 20.886, Modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales (Sólo Título I), de 18 de diciembre de 2015.
  • Ley N° 21.120, Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género
  Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor Héctor Humeres Noguer e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Juan Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewi
Descripción
«Este texto es un Manual sobre Derechos Reales; y constituye una síntesis para la docencia de pre-grado de la versión ampliada que ha publicado esta misma editorial. Comprende los conceptos fundamentales, las principales clasificaciones de los bienes, una teoría general de los derechos reales, el derecho de propiedad y la posesión, los principales derechos reales limitados de goce y las acciones protectoras. De los temas examinados merecen especial mención: a.- Las nuevas influencias al derecho de propiedad debido a preocupaciones ambientales, al conservacionismo cultural y al desarrollo urbanístico, extendiéndose así la función social de la propiedad. b.- Las bases para una teoría general de los derechos reales, incluyendo las diferencias entre derechos reales y personales y la disyuntiva entre reserva legal o libertad de creación. c.- El Registro inmobiliario, con la denuncia de sus defectos y las bases para su necesaria reforma (con la introducción del folio real y la constancia electrónica). d.- Una teoría general de los derechos reales restringidos, con los varios problemas que plantea. e.- El derecho real de conservación ambiental, de reciente ingreso al ordenamiento jurídico chileno. Con una previa y breve referencia histórica cuando es conveniente, en cada institución es consignada la estructura en sus rasgos más universalmente aceptados y la regulación en el Derecho chileno, su crítica y eventualmente alguna proposición de enmienda. En el acopio de las fuentes, la recepción de cada una es determinada por su influencia en la respectiva materia; y la casuística es convocada con frecuencia para averiguar la calidad de propuestas teóricas mediante su puesta en obra.» Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Thomson Reuters

ÍNDICE

Advertencia

Abreviaturas

Bibliografía elemental

PRIMERA PARTE

CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES

Capítulo I

CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1.- Referencia al plan

bis.- Denominación

2.- Límites

3.- Función

bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental

ter.- Relación con la contratación y la responsabilidad civil

4.- Las nociones de cosa y bien. La dispersión conceptual. Las cosas materiales

bis.- La expansión.

ter.- Las características de la cosa. La patrimonialidad

5.- Las energías como cosas

6.- El cuerpo humano como cosa

7.- Los animales como cosas

8.- Cosa y objeto de derecho

9.- Continua expansión de los conceptos

10.- Conceptos primarios

10 bis.- Legislación

Capítulo II

CLASIFICACIONES

11.- Advertencia

Párrafo I

BIENES CORPORALES E INCORPORALES

12.- Conceptos

13.- Cosificación y propietarización de los derechos

14.- Aplicación

15.- Referencia

16.- Bienes incorporales

17.- A.-Derechos reales. Bases de una teoría general

18.- B.-Derechos personales

19.- Las acciones

20.- Referencia a una clasificación

Párrafo II

BIENES MUEBLES E INMUEBLES

21.- Advertencia

22.- Formulación

23.- Aplicación

24.- A) Bienes muebles

25.- B) Bienes inmuebles

26.- Inmuebles (predios) rústicos y no rústicos; urbanos y rurales

Párrafo III

BIENES MEDIOS DE PRODUCCIÓN Y BIENES DE CONSUMO

27.- Conceptos

Párrafo IV

BIENES CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES

28.- Conceptos

Párrafo V

BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES

29.- Conceptos

30.- Consumibilidad y fungibilidad

31.- Fungibilidad subjetiva

Párrafo VI

BIENES PRINCIPALES Y ACCESORIOS

32.- Conceptos

33.- Cosas accesorias

Párrafo VII

BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES

34.- Conceptos

Párrafo VIII

BIENES SINGULARES Y UNIVERSALES

35.- Conceptos

36.- Las universalidades

37.- Universalidades de hecho (universitas facti)

38.- Universalidades de Derecho (universitas juris)

39.- Diferencias

Párrafo IX

BIENES SIMPLES Y COMPUESTOS

40.- Conceptos

Párrafo X

BIENES PRESENTES Y FUTUROS

41.- Conceptos

Párrafo XI

BIENES COMERCIABLES E INCOMERCIABLES

42.- Conceptos

Párrafo XII

BIENES APROPIABLES E INAPROPIABLES

43.- Conceptos

44.- A.- Bienes apropiados e inapropiados

45.- B.- Bienes susceptibles de apropiación por los particulares y no susceptibles de apropiación por los particulares

46.- Nomenclatura

Párrafo XIII

BIENES PRIVADOS Y PÚBLICOS (O NACIONALES)

47.- Conceptos

48.- A.- Bienes nacionales de uso público

48 bis.- El acceso al mar, a los ríos y lagos

49.- B.-Bienes fiscales

SEGUNDA PARTE

LA PROPIEDAD Y LA POSESIÓN

Capítulo I

LA PROPIEDAD. CONCEPTO, EVOLUCIÓN Y CARACTERES

50.- Advertencia

51.- Legislación

52.- Concepto

53.- Evolución

54.- Evolución; continuación

55.- Evolución; estructura

56.- Evolución; final

57.- Orientaciones actuales. El campo de aplicación y los principios rectores: equidad en el reparto y en el aprovechamiento

57 bis.- La base constitucional chilena; el campo de aplicación; la protección; la función social, la reserva legal, las restricciones y privaciones y la afectación de la esencia; la privación o afectación sin indemnización y su consecuencia

57 ter.- La conservación natural y cultural

57 quáter.– La regulación del suelo

58.- Las llamadas formas de propiedad

59.- Caracteres

60.- Atributos (o facultades). Uso, goce (el entorno), disposición (las zonas fronterizas)

61.- La estipulación restrictiva de la facultad de disposición

62.- Algunas clasificaciones

63.- Extensión material. El subsuelo

64.- Las relaciones de vecindad

65.- La propiedad familiar

65 bis.- La extinción del dominio

Capítulo II

LA COPROPIEDAD

66.- Descripción general

67.- Textos

68.- Las dos concepciones

69.- Clases de indivisión

70.- La cuota

71.- La coposesión

72.- La copropiedad inmobiliaria

72 bis.- Situaciones semejantes (tiempo compartido y cementerios)

Capítulo III

LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO

Párrafo I

DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA

73.- Conceptos y alternativas

74.- Clasificaciones

75.- Aplicación

76.- La adquisición es lograda por un solo modo

77.- La exigencia del título en todos los modos de adquirir

Párrafo II

LA OCUPACIÓN

78.- Concepto

79.- Elementos

79 bis.- Requisitos y campo de aplicación

80.- Reglas particulares

Párrafo III

LA ACCESIÓN

81.- Concepto

82.- A.- Accesión de frutos

83.- Frutos y productos

84.- 1.- Frutos naturales

85.- 2.- Frutos civiles

86.- El dominio de los frutos

87.- Reglas especiales. Los frutos en la comunidad

88.- B.- Accesión continua

89.- 1.- Accesión de inmueble a inmueble

90.- 2.- Accesión de mueble a mueble

91.- 3.- Accesión de mueble a inmueble

92.- Indemnizaciones

Párrafo IV

LA TRADICIÓN

I. Descripción general

93.- Concepto y textos

94.- Caracteres

95.- Aplicación

96.- Entrega y tradición

II. Requisitos

97.- 1.- Presencia de dos personas, tradente y adquirente

98.- Tradición y pago

99.- 2.- Consentimiento de ambas partes

100.- Reglas sobre el error

101.- Tradición por representantes

102.- La tradición en las enajenaciones forzadas

103.- 3.- Título traslaticio de dominio

104.- El título debe ser válido

104 bis.- La falta o nulidad del título y su influencia en la tradición. Tradición causada o abstracta

105.- El conflicto teórico con la noción de contrato real

106.- 4.- Entrega

III. Efectos

107.- a.- El efecto normal de la tradición

108.- b.- Si el tradente no era dueño y tenía otros derechos

109.- c.- Si el tradente no era dueño; el efecto posesorio

110.- d.- Otras particularidades

111.- Retroactividad

112.- Época para exigir la tradición

113.- Tradición sujeta a modalidades. La reserva del dominio

IV. Formas de efectuar la tradición

114.- Distinción

115.- Referencia a la evolución

116.- A.- Tradición de derechos reales sobre muebles

117.- 1.- Tradición real

118.- 2.- Tradición ficta o simbólica

119.- Principio

119 bis.- Prueba

120.- Tradición de muebles por anticipación

121.- Reserva legal de las formas fictas

122.- Valor comparativo

123.- B.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles

124.- El Registro. Descripción. La naturaleza de la función registral

125.- Características, principios y seguridad registral

126.- El sistema registral chileno. El Registro Conservatorio de Bienes Raíces

127.- Organización, estructura y funcionamiento

128.- Títulos que deben inscribirse y títulos que pueden inscribirse

128 bis.- Del modo de proceder a la inscripción, de su forma y su solemnidad

129.- Comuna (o agrupación de Comunas) en que debe ser practicada la inscripción

130.- Quién puede requerir la inscripción. Necesidad de la petición

131.- Instrumentos con los que es requerida la inscripción. Referencia a las minutas

132.- La anotación en el Repertorio

133.- Obligación de inscribir y causales de negativa

133 bis.- Plazo para inscribir

134.- Inscripción por avisos

135.- Inscripción de títulos anteriores a la vigencia del Reglamento

136.- Exigencias de orden y forma en la confección de las inscripciones

137.- Contenido de la inscripción

137 bis.- Ausencia de menciones en el título

137 ter.- Qué es lo inscrito (títulos, predios o derechos)

138.- Subinscripciones

139.- Cancelaciones

139 bis.- La conexión de las inscripciones y la historia de la titularidad de los inmuebles

139 ter.- Inscripciones anómalas (o irregulares). Inscripciones paralelas; inscripciones por minutas; inscripciones de papel

140.- Reinscripciones (fusión de inscripciones)

141.- Consecuencias por defectos de la inscripción

142.- Reconstitución de inscripciones

143.- Saneamiento de títulos

144.- Calificación

145.- Crítica y proyecto de reforma

146.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles

147.- Tradición de cuota

148.- Tradición de muebles registrables. Los vehículos motorizados

149.- Inscripciones a que da lugar la sucesión por causa de muerte

150.- Sanción por infracción

151.- La inscripción en la prescripción

152.- C.- La tradición del derecho real de herencia

152 bis.- Las inscripciones para disponer de inmuebles hereditarios, en relación con la disposición de los derechos de herencia y legado

153.- D.- Tradición de los derechos personales

154.- Tradición de derechos litigiosos

154 bis.- Síntesis de funciones

Párrafo V

LA POSESIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN

Sección Primera La Posesión

155.- Apreciaciones generales

156.- Definición y elementos (estructura)

157.- La naturaleza de la posesión (hecho o derecho) y su relación con el dominio

158.- Mera tenencia

159.- Precedencia

160.- Ventajas

161.- Cosas susceptibles de posesión

162.- Cosas no susceptibles de posesión. La posesión de los derechos

163.- Clases de posesión

164.- A.- Posesión regular

165.- 1.- Justo título

166.- Subclasificación

167.- Títulos injustos

168.- 2.- Buena fe

169.- 3.- Tradición

170.- Ventajas

171.- B.- Posesión irregular

172.- Posesiones viciosas

173.- Utilidad de la posesión viciosa

174.- La mera tenencia

175.- Algunas consecuencias jurídicas

176.- Transmisión de la posesión

177.- Transferencia de la posesión

178.- Agregación de posesiones

179.- Posesiones contiguas

180.- La disolución del título

181.- La interversión de la posesión

182.- Mutación de la mera tenencia en posesión

183.- Mutación de la posesión en mera tenencia

184.- Adquisición, conservación y pérdida de la posesión

185.- a.- Capacidad para adquirir la posesión

186.- b.- Adquisición de la posesión por intermedio de otro

187.- Principio básico

188.- Bienes muebles

189.- Bienes inmuebles

190.- I.- Inmuebles no inscritos. A.- Adquisición

191.- B.- Conservación y pérdida

192.- II.- Inmuebles inscritos

193.- A.- Adquisición

194.- B.- Conservación y pérdida

195.- El fondo de la controversia

195 bis.- El debate antes expuesto, ahora con referencia al rol de la inscripción: si la inscripción es requisito, prueba y garantía de la posesión de inmuebles

196.- Prueba

Sección Segunda

LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

197.- Noción general; sistemática; justificación

197 bis.- La relación con la propiedad; el conflicto constitucional

198.- Las llamadas reglas comunes a toda prescripción

199.- A.- Debe ser alegada

200.- B.- No puede ser renunciada anticipadamente

201.- C.- Las reglas son iguales para todas las personas

202.- Algunas características

203.- Elementos

204.- Prescripción entre comuneros

205.- a.- Posesión

206.- b.- Plazo

207.- Interrupción de la prescripción

208.- Distinción

209.- 1.- Prescripción adquisitiva ordinaria

210.- 2.- Prescripción adquisitiva extraordinaria

211.- Prescripción adquisitiva de otros derechos reales

212.- La adquisición del dominio por la prescripción

212 bis.- Efecto liberatorio. La usucapión liberatoria

213.- La sentencia

214.- Prescripción contra título inscrito

Párrafo VI

LA LEY COMO MODO DE ADQUIRIR

214 bis.- Descripción general

Párrafo VII

TÍTULOS DE DOMINIO

215.- Noción general

216.- a.- Títulos de dominio sobre muebles

217.- b.- Títulos de dominio sobre inmuebles

218.- El estudio y el informe

TERCERA PARTE

LOS DERECHOS REALES LIMITADOS

Capítulo I

CARACTERES COMUNES

219.- Rasgos comunes y relación con el dominio

Capítulo II

LA PROPIEDAD FIDUCIARIA

220.- Definición y origen

221.- Constitución del fideicomiso

222.- Elementos

223.- A.- Una cosa susceptible de ser dada en fideicomiso

224.- B.- Concurrencia de tres personas

225.- C.- Una condición

226.- Efectos del fideicomiso

227.- Extinción

Capítulo III

EL USUFRUCTO

228.- La concesión del uso y goce; definición y textos

229.- Características

230.- Elementos

231.- A.- Un bien susceptible de usufructo

232.- Usufructo y cuasiusufructo

233.- Cuasiusufructo y mutuo

234.- B.- Concurrencia de tres sujetos

235.- C.- Un plazo

236.- Constitución del usufructo

237.- Efectos

237 bis.- Estado en que el usufructuario recibe la cosa

238.- A.- Derechos del usufructuario

239.- B.- Obligaciones del usufructuario

240.- C.- Derechos del nudo propietario

241.- D.- Obligaciones del nudo propietario

242.- Extinción

243.- Usufructo y fideicomiso

Capítulo IV

EL USO O HABITACIÓN

244.- Advertencia

245.- Síntesis

Capítulo V

LAS SERVIDUMBRES

246.- Concepto

247.- Elementos

248.- Características

249.- Clasificación

250.- Ejercicio del derecho de servidumbre

251.- Las diversas clases de servidumbres según su origen

252.- 1.- Servidumbres naturales

253.- 2.- Servidumbres legales

254.- 3.- Servidumbres voluntarias

255.- Constitución

256.- Derechos y obligaciones de los dueños de los predios

257.- Extinción

Capítulo VI

EL DERECHO DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL

257 bis.- Concepto, constitución y contenido

CUARTA PARTE

ACCIONES PROTECTORAS

Capítulo I

DIVERSAS FORMAS DE PROTECCIÓN

258.- Advertencia

259.- A.- Medidas generales de protección al dominio

260.- B.- Protección en el Derecho privado

260 bis.- Las acciones confesoria y negatoria

260 ter.- La acción restitutoria innominada

260 quáter.- La acción declarativa de dominio

261.- C.- Acciones personales

Capítulo II

ACCIÓN REIVINDICATORIA

262.- Concepto

263.- Requisitos

264.- A.- Que se trate de una cosa susceptible de ser reivindicada. Cosas reivindicables. Singularidad e individualización. Otros derechos reales. Reivindicación de cuota

265.- B.- Que el reivindicante sea dueño de ella. La prueba del dominio

265 bis.- La acción publiciana.

266.- C.- Que el reivindicante esté privado de la posesión

267.- Contra quién es dirigida la acción. El sujeto pasivo.

267 bis.- Actitudes del demandado

268.- Extinción por prescripción

269.- Algunas normas procesales

270.- Prestaciones mutuas

270 bis.- La acción contra el “injusto detentador” (art. 915) y la “acción” de precario (art. 2195)

Capítulo III

ACCIONES POSESORIAS

271.- Concepto. El fundamento de la protección posesoria

272.- Características y requisitos

273.- 1.- Es necesario ser poseedor. Las acciones posesorias en la coposesión

274.- 2.- El objeto debe ser susceptible de acción posesoria

275.- 3.- Debe ser interpuesta en tiempo oportuno

276.- Normas procesales

277.- Prueba

278.- 1.- Prueba de la posesión

279.- 2.- Prueba de la turbación o privación de la posesión

280.- Diversas acciones posesorias

281.- La querella de amparo

282.- La querella de restitución

283.- La querella de restablecimiento

284.- Acciones posesorias especiales. Denuncia de obra nueva; denuncia de obra ruinosa; otras

285.- Reglas comunes de las acciones posesorias especiales

286.- Denuncia de obra nueva

287.- Denuncia de obra ruinosa

288.- La acción popular


PRIMERA PARTE

CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES

Capítulo I

CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1.- Referencia al plan.- Esta sección del Derecho civil trata de los principios de doctrina y preceptos legales aplicables a los bienes, tanto en su contemplación estática como en ciertos aspectos de su dinámica, al ser objeto de negociaciones jurídicas. Implica, pues: formular el concepto de bien, clasificar los bienes sobre la base de su naturaleza material y de otros factores (que originan diferenciados estatutos jurídicos), analizar el poder –pleno o parcial– que es posible tener sobre ellos, establecer los modos de lograr esa potestad y decidir la protección que a ese poder es conferido.

bis.- Denominación.- En el lenguaje jurídico, el tema así reseñado es conocido con varias denominaciones: Derecho de los bienes, Derecho de cosas, Derechos reales.

Las dos primeras parecen ser las más difundidas en el medio nacional (y, sobre todo, cuando son usadas abreviadas: “bienes,” “cosas,” lo que es frecuente, evocan la distinción tripartita de Gayo: personas, cosas y acciones). Pero no son muy descriptivas de la materia que incluyen. Más bien aluden a la primera parte, en la cual son examinados los conceptos de cosa y bien y son clasificados.

En la doctrina extranjera es bastante empleada la expresión “derechos reales” que, aunque también parcial, es más comprensiva, y está centrada precisamente en el sector jurídicamente más relevante.

2.- Límites.- Pertenece al ámbito de las ciencias de la naturaleza (física, química, biología, etc.) el examen de la estructura material de las cosas; empero, la separación no implica ausencia de relación; por el contrario, tal como ya ha sido insinuado, la estructura física condiciona con frecuencia los principios jurídicos que las gobiernan, al punto que muchas evoluciones de la regulación tienen su explicación en los progresos del conocimiento y de las aplicaciones de las cosas como materialidades.

3.- Función.- En apreciación integral, externa, el rol que cumple la disciplina de los derechos reales puede ser resumida en los términos siguientes. Mientras el Derecho de obligaciones regula el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades de los individuos, la materia jurídica de los derechos reales: a.- fija o radica los bienes en el patrimonio de cada individuo (regulando los procesos o mecanismos para que esa radicación sea producida); y b.- determina los poderes o facultades que el sujeto tiene sobre ellos (describiéndolos y regulando su ejercicio).

Con lo dicho es fácil percatarse de la estrecha vinculación entre estos dos capítulos. Las dos funciones están relacionadas: el intercambio es producido a partir de bienes radicados en dos patrimonios; y llegaron una vez a radicarse en cada uno, por un intercambio anterior. Esa relación de las funciones provoca la vinculación entre las regulaciones respectivas. Un ejemplo de esa relación lo proporciona el contrato más frecuente, la compraventa la cual, por una parte, es el instrumento típico para la realización del intercambio y, por otra, solo o con la ayuda de un modo de adquirir (según el sistema elegido por el legislador del respectivo ordenamiento), conduce a la radicación del objeto vendido en un nuevo patrimonio (el del comprador). Irán siendo percibidas muchas demostraciones de esta vinculación, que termina conformando la estructura del denominado Derecho patrimonial.

La mencionada fijación de cosas en patrimonios, con la determinación de poderes sobre ellas, está precedida por una decisión fundamental: el campo de aplicación de la propiedad privada (que será tratada más adelante, en infra Nº 57).

bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental.- La advertencia precedente conduce a constatar la estrecha vinculación que esta sección jurídica presenta con la disciplina de la Economía. Tal como acontece en otras materias jurídicas, es evidente la incidencia de las alternativas económicas; la visión económica de los bienes, determinada por su aprovechamiento o utilidad, impone decisiones que afectan y simplemente invaden el ambiente del Derecho privado. Desde luego, la consideración del rol económico que a los distintos bienes corresponde ha influído decisivamente en el surgimiento de las llamadas “formas de propiedad” las cuales, con sus especiales estatutos jurídicos, continúan perfilándose con incesante intensidad, hasta el extremo de casi atomizar la universal noción del dominio. Entre otros rasgos de esa vinculación pueden ser mencionados los siguientes.

a.- Las alternativas económicas fundamentales que sean adoptadas en un momento determinado en un país, como de economía más libre o más dirigida, son las que a su vez gradúan la apropiabilidad de bienes, de modo que el derecho de propiedad será extendido a un mayor número de bienes, o quedará contraído, según aquellas decisiones.

b.- Las medidas económicas de control público a la producción y comercialización de ciertos bienes (como los productos que satisfacen directamente necesidades elementales de las personas), van imponiendo la revisión de la dogmática del Derecho privado que, desde luego, ha de hacer lugar a nuevas clasificaciones y subclasificaciones de los bienes.

c.- En fin, recíproca influencia es observada entre la organización jurídica de la propiedad territorial y el crédito, en el sector que es cubierto por la garantía territorial (hipotecaria).

Es que al estar muchos sectores de la economía regulados por textos legales, las relaciones son inevitables (v. además infra Nº 57).

Descripción
Dada la instauración del nuevo régimen proteccional de los derechos del niño, niña y adolescente por la Ley Nº 21.430 y su trascendencia para efectos de la determinación, adopción y ejecución de las distintas medidas de protección, es que se presenta este estudio de los aspectos más relevantes de tal cuerpo legal. Al establecer un nuevo Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, la ley propuso un régimen proteccional que supone la interacción de un conjunto de políticas, instituciones y normas para dichos fines. De ahí, que a modo de comprender los límites de la funciones administrativa y jurisdiccional en tal Sistema el autor hace un análisis completo del régimen instaurado por este cuerpo legal. Es así, que el trabajo que desarrolla en estas páginas busca exponer los principales pormenores del Sistema a fin de proporcionar a sus lectores una visión más o menos completa de aquel para efectos de establecer sus implicancias prácticas. Dentro de las “Normas Generales” de la Ley Nº 21.430 podemos destacar una clara definición de los principales objetivos de la ley como de los obligados por aquella y de las reglas para la aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña y adolescente. En armonía con lo anterior, dentro de “Principios, Derechos y Garantías” se verán de forma pormenorizada los principios, derechos y garantías que reconoce la ley a los niños, niñas y adolescentes. Por otro lado, en el título relativo a la “Protección Integral” -desarrollada en 4 párrafos-, entre otras cuestiones de interés, se estudiarán los principios rectores de los procesos de protección; las reglas generales para la adopción y aplicación de las medidas reconocidas; los deberes del Estado en relación a la protección integral de los niños (…); las Oficinas Locales de la Niñez, sus funciones y competencias; y las medidas de protección administrativa, los órganos competentes para su adopción, el procedimiento de protección administrativa, la revisión de las medidas, etc. Por último, y como se señaló en un comienzo, por medio de la obra el autor buscó proporcionar un resumen de los principales aspectos de interés de la Ley Nº 21.430, de forma tal, de facilitar la mejor comprensión a sus lectores. ÍNDICE Introducción 1. Estructura de la Ley N° 21.430 (sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia) Normas Generales 1.a.1. Objetivos de la Ley 1.a.1.a. Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.a.1. Características del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.b. Concepto de niño, niña y adolescente 1.a.1.c. Sujetos pasivos 1.a.1.c.1. Rol de la familia 1.a.1.c.2. Rol de la sociedad en general 1.a.1.c.3. Rol de los órganos de la Administración del Estado 1.a.1.c.3.a. Infracción de los órganos del Estado a los deberes que les impone la ley 1.a.2. Aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña o adolescente. Principales Aspectos de la Ley Nº 21.430 1.a.2.a. Reglas Especiales de Interpretación de la Ley 1.a.2.b. Aplicación de la Ley 1.b. Principios, Derechos y Garantías 1.b.1. De los principios 1.b.1.a. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho 1.b.1.b. Interés superior del niño, niña o adolescente 1.b.1.c. Igualdad y no discriminación arbitraria 1.b.1.c.1. Deberes de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.d. Fortalecimiento del rol protector de la familia 1.b.1.d.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.e. Derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar y cuidar a sus hijos 1.b.1.e.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.f. Autonomía progresiva 1.b.1.g. Efectividad de los derechos 1.b.1.h. Perspectiva de género 1.b.1.i. Responsabilidad de la Administración del Estado 1.b.1.j. Protección social 1.b.1.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio. 1.b.1.k. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de consideración prioritaria 1.b.1.l. Progresividad y no regresividad de los derechos 1.b.1.l.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.m. Participación social 1.b.1.m.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.n. Inclusión 1.b.1.n.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.ñ. Difusión permanente de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 1.b.1.ñ.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.o. Intersectorialidad 1.b.1.p. Participación y colaboración ciudadana . 1.b.2. De los derechos y garantías. 1.b.2.a. Ejercicio de los Derechos Civiles y Políticos 1.b.2.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos. 1.b.2.b. Derecho a la vida 1.b.2.b.1. Deber del Estado en función del derecho 1.b.2.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 1.b.2.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 1.b.2.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.d. Derecho a la identidad 1.b.2.e. Derecho a vivir en familia . 1.b.2.e.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.f. Derecho a ser oído. 1.b.2.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 1.b.2.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 1.b.2.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 1.b.2.h.1. Deber del Estado en función del derecho. 1.b.2.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión. 1.b.2.j. Derecho a la participación 1.b.2.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.k. Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales. 1.b.2.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho . 1.b.2.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen. 1.b.2.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos. 1.b.2.m. Derecho a la información 1.b.2.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.n. Derecho a la protección contra la violencia 1.b.2.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 1.b.2.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 1.b.2.o.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.p. Derecho a atención médica de emergencia. 1.b.2.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho. 1.b.2.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 1.b.2.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho . 1.b.2.r. Derecho a la educación. 1.b.2.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 1.b.2.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa . 1.b.2.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho . 1.b.2.t. Derecho a la seguridad social. 1.b.2.t.1. Deber y restricción en función del derecho. 1.b.2.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes. 1.b.2.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 1.b.2.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos. 1.b.2.x. Derechos y deberes en el espacio urbano. 1.b.2.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 1.b.2.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho . 1.b.2.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria 1.b.2.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización. 1.b.2.z.a.1. Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 1.b.2.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley. 1.b.2.z.b.1. Rol del Estado y otros órganos en función del derecho . 1.b.2.z.c. Derecho a la protección internacional 1.b.2.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho 1.b.2.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios. 1.b.2.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad. 1.b.2.z.f. Derecho a una publicidad responsable 1.b.3. Deberes y responsabilidades. 1.c. De la protección integral. 1.c.1. Normas de aplicación general . 1.c.1.a. Definiciones.. 1.c.1.a.1. Medios de acción . 1.c.1.a.2. Ámbitos de acción. 1.c.1.a.3. Protección especial . 1.c.1.a.4. Procedimiento de la protección de derechos. 1.c.1.a.5. Protección judicial. 1.c.1.a.5.a. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 1.c.1.a.6. Otras cuestiones vinculadas a la Protección Judicial y Administrativa . 1.c.1.b. Principios rectores de los procesos de protección de derechos. 1.c.1.c. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 1.c.1.d. Acción de tutela administrativa de derechos. 1.c.2. Deberes de la administración del Estado . 1.c.3. De las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.3.a. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez . 1.c.3.b. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.4. De las medidas de protección administrativas Cuestión previa . 1.c.4.a. Medidas de protección administrativa . 1.c.4.b. Legalidad de las medidas de protección. 1.c.4.c. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas . 1.c.4.d. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas . 1.c.4.e. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial . 1.c.4.f. Procedimiento de protección administrativa 1.c.4.g. Revisión de medidas. 1.c.4.h. Acción de reclamación por ilegalidad. 1.d. Institucionalidad 1.d.1. Institucionalidad del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia . 1.e. De la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción .
Incluye las modificaciones introducidas por las Leyes N°s 21.379, 21.389 y 21.394 Ley Nº 18.120. Establece normas sobre comparecencia en juicio y modifica los artículos 4º del Código de Procedimiento Civil y 523 del Código Orgánico de Tribunales Ley Nº 14.908. Sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias Decreto Nº 23. Promulga convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero Texto refundido del auto acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales Auto acordado de la Corte Suprema sobre la forma de las sentencias Auto acordado de la Corte Suprema sobre vista de la causa Ley Nº 18.101. Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos Ley núm. 20.886. Modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales Ley núm. 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile
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Jurídica

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