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BOLETÍN DE JURISPRUDENCIA DE DERECHO PÚBLICO N°2. LEY N°19.300, LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE

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BOLETÍN DE JURISPRUDENCIA DE DERECHO PÚBLICO N°2
LEY N°19.300, LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE

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Autor: Editorial Hammurabi
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 275
Año de publicación: 2024

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DescriptionAutor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 275 Año de publicación: 2024Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 182 Año de publicación: 2022Autor: Cristóbal Lema Abarca Editorial: Editorial Hammurabi Numero de Paginas: 184 Año de publicación: 2022Autor: María Déborah Ramírez Rondón Editorial : Hammurabi Año de Publicación  : 2022 Paginas :214Autor: Luis Manuel Marcano Salazar Editorial: Hammurabi Año de Publicación : 2022 Paginas : 107Autor: Alejandro Gómez Sotomayor Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022
ContentBOLETÍN DE JURISPRUDENCIA DE DERECHO PÚBLICO N°2 LEY N°19.300, LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTEIndice Descripción  Visión Jurisprudencial de las Servidumbres MinerasIndice   Descripción Este estudio trata sobre los acuerdos de exclusividad, aquellos a través de los cuales se prohíbe a un comprador adquirir bienes o servicios de los competidores del vendedor exclusivo; fenómeno común que se observa principalmente en la cadena de distribución de bienes y, en menor medida, de servicios. Normalmente, la preocupación del derecho de la competencia respecto a este comportamiento es que las empresas dominantes pueden emplearlos para excluir anticompetitivamente a sus rivales. Además, se plantea que cuando los acuerdos de exclusividad son usados por todos o la mayoría de los agentes económicos de un mercado, estos también pueden relajar la competencia y propiciar una colusión en el mercado afectado y, en caso de que los acuerdos de exclusividad sean pactados con distribuidores, perjudicar o dificultar las elecciones de los consumidores. A pesar de lo anterior, esta práctica puede ser utilizada con propósitos procompetitivos, pues es comúnmente aceptado que los acuerdos de exclusividad permiten disminuir los costos de transacción de las partes involucradas o solucionar un eventual problema de cautividad y, si son parte de un contrato de distribución, eliminar un posible problema de parasitismo o fomentar la competencia por la distribución. Debido a que los acuerdos de exclusividad tienen el potencial para ocasionar efectos anticompetitivos y procompetitivos, se propone, en línea con parte de la jurisprudencia y doctrina comparada y con las decisiones más recientes de las autoridades de nuestro país, que estos se analicen conforme a la regla de la razón, test que correspondería aplicar sin importar el poder de mercado que detente el vendedor exclusivo.Indice DERECHO INTERNACIONAL DE AMÉRICA LATINA Aportes del pensamiento iusinternacional de Andrés Bello “Si se me permitiera imprimir mi primera sensación frente a ella no dudaría en calificarla, aun antes de extraordinaria, profunda, clarificadora, desde mi óptica latina como seductora porque toma posición frente a debates jurídicos, invita a degustar sus reflexiones para profundizar y gozarla. Jurídicamente es novedosa porque trae al escenario la reciente y profunda reforma al Code civil francés del 2016, de cuyo contenido somos vigilantes los latinoamericanos por la introducción de tantas primicias de originalidad al llevar al área contractual los avances de la jurisprudencia de Casación, en tanto verdadera bandera del renacimiento del Derecho Privado … La construcción sistemática del incumplimiento es una de las cuestiones más escabrosas en su planteamiento como requisito esencial y especial conducente a la resolución del contrato … Si bien para el civilista muchos de los conceptos referidos a la resolución del contrato, como va desde la rescisión hasta la nulidad, en cuyos senderos muchas veces la jurisprudencia muestra muchos traspiés, principalmente por los cambios de integración de los magistrados de una época con otra, de unos más cultos y otros menos, la labor del autor se orienta hacia una tarea didáctica, un planteamiento clarificador, subrayando, dejando la emoción de leer a un verdadero Maestro…”. (Prólogo del Dr. Ricardo Zeledón Zeledón, exmagistrado del Tribunal Supremo de Costa Rica, catedrático de la Universidad de Costa Rica, expresidente de la Academia costarricense de Derecho, Presidente del Comité Americano de Derecho Agrario, Presidente Emérito de la Unión Mundial de Derecho Agrario y Miembro de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España).Indice Esta obra espera generar una discusión en torno a un tema tan controvertido como la intervención militar, por razones humanitarias, frente a la noción de refugio originado por un Estado fallido autocrático. El refugio como proceso social, de múltiples consecuencias, representa un sistema complejo y, dada la existencia de Estados fallidos que devienen en autocracias y dictaduras, sus efectos humanitarios son susceptibles de políticas de carácter global-regional, que posibilitan la aplicación de medidas drásticas y colectivas como la intervención humanitaria sobre la base axiológico-normativa de la Responsabilidad de Proteger. La observación del refugio como fenómeno sociológico de impacto jurídico-político internacional se realizará a partir de un tablero de tres niveles: lo internacional económico, lo doméstico burocrático y lo individual-valorativo-psicosocial. El lente con el cual se observa el fenómeno del Refugio reside en variables del paradigma de la complejidad (Morin: 1993) y la teoría del sistema mundo (Wallerstein: 1979), paradigmas que se complementan y permiten comprender el fenómeno objeto de estudio. Uno de los grandes desafíos a los que se enfrenta el refugio como institución del Derecho Internacional Púbico y los instrumentos internacionales que regulan sus efectos es observarlo no como una consecuencia, sino como un proceso.Indice El autor hace un estudio pormenorizado de la motivación, como un principio general del Derecho Público, en tres clases de actos públicos; actos administrativos, actos judiciales y legislativos. La visión de la obra es particularista, estableciendo que estamos en presencia de un principio, un derecho y una obligación, por lo tanto, el ciudadano tiene la posibilidad de exigir su cumplimiento. El tema en la sociedad actual ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. El autor llega a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos de la administración, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos.
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