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El Artículo 184 del Código de Trabajo

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El derecho a la seguridad y salud en el trabajo es un derecho fundamental de las personas trabajadoras, tal y como de manera reciente ha sido declarado por la Organización Internacional del Trabajo.

La configuración de un elenco de obligaciones empresariales que se dediquen a garantizar en el entorno laboral el derecho a la vida y a la integridad personal es una exigencia a los poderes públicos, tanto desde la perspectiva de fomentar una adecuada cultura preventiva, como de disponer de una legislación que proporcione certeza y seguridad jurídica a este objetivo.

Chile dispone una adecuada normativa de prevención de riesgos laborales, si bien requiere de algunas necesidades de actualización y mejora. De entrada, quizás sea tiempo de ratificar el Convenio 155 de la OIT, así como otros más recientes como son el Convenio 189 dedicado al trabajo doméstico y el 190 sobre violencia y acoso en el trabajo.

Conviene también dedicar un esfuerzo a resolver las dificultades aplicativas que la normativa presenta, así como a las que la nueva realidad productiva está generando. Esta es la pretensión de este trabajo, realizar una revisión del ordenamiento jurídico preventivo en Chile, partiendo del artículo 184 del Código del Trabajo como clave de bóveda legislativa, valorando sus problemas aplicativos e intentando proporcionar algunas soluciones, tenido en cuenta las opiniones doctrinales y los pronunciamientos judiciales.

INTRODUCCIÓN: ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL PRESENTE Y EL FUTURO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
EL MARCO NORMATIVO CHILENO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
2.1 El fundamento constitucional
2.2 Las normas internacionales
2.2.1 La preocupación de las normas internacionales del trabajo por la prevención de riesgos laborales
2.2.2 El Convenio 155 y la Recomendación 184 de la OIT
2.2.3 Las normas internacionales del trabajo en Chile
2.3 Las normas legales y reglamentarias

EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS PREVENTIVAS
3.1 El ámbito objetivo de la protección: cuestiones conceptuales y terminológicas
3.2 Los aspectos subjetivos de la prevención de riesgos
3.2.1 Prevención de riesgos y trabajo independiente
3.2.1.1 La relación preventiva entre la empresa contratante y el trabajador independiente
3.2.1.2 La autoprotección del trabajador independiente
3.2.2 Colectivos con normas preventivas especiales

LAS CARACTERÍSTICAS DE LA DEUDA DE SEGURIDAD EMPRESARIAL
4.1 El deber de seguridad como obligación general
4.1.1 El deber de seguridad empresarial es intransferible, aunque de gestión técnica y participativa
4.1.2 La naturaleza mixta (público-privada) del deber de seguridad
4.2 El deber de seguridad como obligación de medios
4.2.1 La diligencia debida como criterio de imputación de la responsabilidad
4.2.2 Criterios intrínsecos y extrínsecos para la valoración hermenéutica de la conducta empresarial
4.2.2.1 La fuerza mayor y el caso fortuito
4.2.2.2 La conducta de tercero inevitable
4.3 Las conductas del trabajador y el contenido de la deuda de seguridad
4.3.1 El deber de colaboración de la persona trabajadora y el poder de dirección empresarial
4.3.2 Las conductas previsibles: las distracciones y la imprudencia profesional
4.3.3 Las conductas imprevisibles: la imprudencia temeraria y el dolo
4.3.4 La responsabilidad empresarial “in vigilando”

EL ALCANCE DE LA DEUDA DE SEGURIDAD
5.1 La máxima eficacia consiste en evitar los riesgos
5.1.1 La existencia de riesgos laborales en la actividad productiva: niveles preventivos compatibles
5.1.2 La incompatibilidad entre el riesgo laboral y la actividad productiva: el riesgo grave e inminente
5.2 La razonabilidad técnica como estándar de protección

EL CONTENIDO DE LA DEUDA DE SEGURIDAD Y LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
6.1 La vigilancia de la salud
6.1.1 La razonabilidad del examen médico y su carácter obligatorio o voluntario
6.1.1.1 La razonabilidad preventiva del examen médico
6.1.1.2 La necesidad y obligatoriedad del examen médico
6.1.2 Examen médico y derecho a la intimidad
6.2 Las consecuencias contractuales de la vigilancia de la salud
6.2.1 La adaptación del trabajo a la persona
6.2.2 La movilidad de la persona trabajadora por riesgo laboral
6.2.3 La protección de la maternidad

LA COORDINACIÓN PREVENTIVA ENTRE DIVERSOS EMPRESARIOS
7.1 Supuestos de coordinación empresarial en el derecho preventivo europeo
7.2 Supuestos de coordinación empresarial en el derecho preventivo chileno
7.2.1 El ámbito de la coordinación empresarial
7.2.2 Alcance y contenido de la obligación de coordinar en el supuesto de contratas y subcontratas
7.2.3 Las responsabilidades de los diferentes empleadores en la cadena.

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Autor: Cayetano Núñez González
Editorial: Tirant lo Blanch
Año de Publicación: 2022
Paginas :184

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DescriptionAutor: Cayetano Núñez González Editorial: Tirant lo Blanch Año de Publicación: 2022 Paginas :184Autores: Mario Alruiz Valenzuela, Jaime Cruces Neira, Nelson Lorca Poblete, Juan Villalón Cabezas Editorial : Der Año de Publicación  : 2022 Paginas :186Autores: Rodrigo Azócar Simonet – Álvaro Cruz González Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 108 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 180 Año de publicación: 2022Autor: Daniela Mora Gómez Editorial: Metropolitana Año de Publicación: 2022 Paginas :138Autor: RODRIGO BENAVIDES CASTELLÓN Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 626 Año de publicación: 2018
ContentEl derecho a la seguridad y salud en el trabajo es un derecho fundamental de las personas trabajadoras, tal y como de manera reciente ha sido declarado por la Organización Internacional del Trabajo. La configuración de un elenco de obligaciones empresariales que se dediquen a garantizar en el entorno laboral el derecho a la vida y a la integridad personal es una exigencia a los poderes públicos, tanto desde la perspectiva de fomentar una adecuada cultura preventiva, como de disponer de una legislación que proporcione certeza y seguridad jurídica a este objetivo. Chile dispone una adecuada normativa de prevención de riesgos laborales, si bien requiere de algunas necesidades de actualización y mejora. De entrada, quizás sea tiempo de ratificar el Convenio 155 de la OIT, así como otros más recientes como son el Convenio 189 dedicado al trabajo doméstico y el 190 sobre violencia y acoso en el trabajo. Conviene también dedicar un esfuerzo a resolver las dificultades aplicativas que la normativa presenta, así como a las que la nueva realidad productiva está generando. Esta es la pretensión de este trabajo, realizar una revisión del ordenamiento jurídico preventivo en Chile, partiendo del artículo 184 del Código del Trabajo como clave de bóveda legislativa, valorando sus problemas aplicativos e intentando proporcionar algunas soluciones, tenido en cuenta las opiniones doctrinales y los pronunciamientos judiciales. INTRODUCCIÓN: ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL PRESENTE Y EL FUTURO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EL MARCO NORMATIVO CHILENO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2.1 El fundamento constitucional 2.2 Las normas internacionales 2.2.1 La preocupación de las normas internacionales del trabajo por la prevención de riesgos laborales 2.2.2 El Convenio 155 y la Recomendación 184 de la OIT 2.2.3 Las normas internacionales del trabajo en Chile 2.3 Las normas legales y reglamentarias EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS PREVENTIVAS 3.1 El ámbito objetivo de la protección: cuestiones conceptuales y terminológicas 3.2 Los aspectos subjetivos de la prevención de riesgos 3.2.1 Prevención de riesgos y trabajo independiente 3.2.1.1 La relación preventiva entre la empresa contratante y el trabajador independiente 3.2.1.2 La autoprotección del trabajador independiente 3.2.2 Colectivos con normas preventivas especiales LAS CARACTERÍSTICAS DE LA DEUDA DE SEGURIDAD EMPRESARIAL 4.1 El deber de seguridad como obligación general 4.1.1 El deber de seguridad empresarial es intransferible, aunque de gestión técnica y participativa 4.1.2 La naturaleza mixta (público-privada) del deber de seguridad 4.2 El deber de seguridad como obligación de medios 4.2.1 La diligencia debida como criterio de imputación de la responsabilidad 4.2.2 Criterios intrínsecos y extrínsecos para la valoración hermenéutica de la conducta empresarial 4.2.2.1 La fuerza mayor y el caso fortuito 4.2.2.2 La conducta de tercero inevitable 4.3 Las conductas del trabajador y el contenido de la deuda de seguridad 4.3.1 El deber de colaboración de la persona trabajadora y el poder de dirección empresarial 4.3.2 Las conductas previsibles: las distracciones y la imprudencia profesional 4.3.3 Las conductas imprevisibles: la imprudencia temeraria y el dolo 4.3.4 La responsabilidad empresarial “in vigilando” EL ALCANCE DE LA DEUDA DE SEGURIDAD 5.1 La máxima eficacia consiste en evitar los riesgos 5.1.1 La existencia de riesgos laborales en la actividad productiva: niveles preventivos compatibles 5.1.2 La incompatibilidad entre el riesgo laboral y la actividad productiva: el riesgo grave e inminente 5.2 La razonabilidad técnica como estándar de protección EL CONTENIDO DE LA DEUDA DE SEGURIDAD Y LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 6.1 La vigilancia de la salud 6.1.1 La razonabilidad del examen médico y su carácter obligatorio o voluntario 6.1.1.1 La razonabilidad preventiva del examen médico 6.1.1.2 La necesidad y obligatoriedad del examen médico 6.1.2 Examen médico y derecho a la intimidad 6.2 Las consecuencias contractuales de la vigilancia de la salud 6.2.1 La adaptación del trabajo a la persona 6.2.2 La movilidad de la persona trabajadora por riesgo laboral 6.2.3 La protección de la maternidad LA COORDINACIÓN PREVENTIVA ENTRE DIVERSOS EMPRESARIOS 7.1 Supuestos de coordinación empresarial en el derecho preventivo europeo 7.2 Supuestos de coordinación empresarial en el derecho preventivo chileno 7.2.1 El ámbito de la coordinación empresarial 7.2.2 Alcance y contenido de la obligación de coordinar en el supuesto de contratas y subcontratas 7.2.3 Las responsabilidades de los diferentes empleadores en la cadena.La presente obra tiene por objeto dar a conocer la composición básica de los Juzgados de Letras del Trabajo y de Cobranza Laboral y Previsional, así como su funcionamiento y principales procedimientos, los que, por virtud de la ley están dentro de su competencia. De igual manera, se pretende revisar la organización y funcionamiento de las diversas unidades que componen cada tribunal –según su tipología– a la luz de los principales procedimientos a cargo de cada una de ellas, identificando los protocolos y su relación con la gestión administrativa y la aplicación de la Ley de Tramitación Electrónica (Ley N° 20.886), considerando el uso de cada sistema de tramitación.
Indice
Descripción
CONTROVERSIAS EN MATERIA LABORAL
I. EXIGENCIA DE TEST PCR CON RESULTADO NEGATIVO A TRABAJADORES II. DEVOLUCIÓN DEL DESCUENTO POR EL APORTE DEL EMPLEADOR A LA AFC III. REQUISITO DE PROCEDENCIA PARA EL PAGO DE LA SEMANA CORRIDA IV. OBLIGACIÓN DEL FISCO DE ENTERAR LAS COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL RESPECTO DE UN VÍNCULO A HONORARIOS CALIFICADO JUDICIALMENTE COMO RELACIÓN LABORAL V. INCORPORACIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS EN LA BASE DE CÁLCULO DE LA ÚLTIMA REMUNERACIÓN MENSUAL (ARTÍCULO 172) CUANDO FUERON PAGADAS EN FORMA PERMANENTE VI. CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA MODALIDAD DE TRABAJO A DISTANCIA O TELETRABAJO VII. CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES DE FALTA DE PROBIDAD E INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO EN CASO DE MALA FE DEL TRABAJADOR VIII. JUSTIFICACIÓN DEL DESPIDO EN JUICIO CUANDO LA CARTA DE DESPIDO NO SATISFACE REQUISITOS LEGALES IX. ACEPTACIÓN DE EXTENSIÓN DE BENEFICIOS Y LA POSIBILIDAD PARA RENUNCIAR A ELLA Y LAS IMPLICANCIAS RESPECTO DEL PAGO DE LA CUOTA SINDICAL X. DISCUSIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRIMACÍA DE LA REALIDAD EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE TRABAJO, EN RELACIÓN A LA SIMILITUD DE LOS FALLOS DE CONTRASTE PARA LA INTERPRETACIÓN DE UNA DETERMINADA MATERIA DE DERECHO XI. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 162 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO (NULIDAD DEL DESPIDO O “LEY BUSTOS”) A LA EMPRESA PRINCIPAL XII. POSIBILIDAD DE RECLAMAR JUDICIALMENTE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA PROCEDENCIA DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS QUE DEBEN OPERAR DURANTE UNA HUELGA

Indice

Descripción
Nº1, 2021. ACCIDENTES DEL TRABAJOL Nº2, 2021. DESPIDO INDIRECTO Nº3, 2021. DESPIDO INJUSTIFICADO Nº4, 2021. TUTELA LABORA Nº5, 2022. FUNCIONARIOS MUNICIPALES Nº6, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 160 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El ser humano es considerado un ser social que para convivir, requiere establecer normas que regulen su comportamiento. Adquiere el aprendizaje a través de un proceso de socialización. Entendemos que en ese proceso de socialización el ser humano desarrolla diferente tipos de conductas asertivas o agresivas, ya sean innatas o adquiridas en el proceso de aprendizaje. Pero que ambas, están estrechamente relacionadas con todos los aspectos relativos al trabajo Reconocer al hombre libre en sus actos no sólo tiene trascendencia en el ámbito jurídico, sino que de demostrarse lo contrario, la concepción de la realidad que tenemos hasta ahora, e incluso, el modo de articular las leyes sociales y morales, adquirirían otro enfoque. De forma tal que los sujetos a los que se dirigen, no podrían ser calificados como receptores responsables, y sí como simples acatadores de unas reglas impuestas. Estas reglas, ya no serían tratadas por juristas, sino por las ciencias empíricas que toman el relevo a la hora de delimitar los procesos neuronales que dominan al sujeto, y por consiguiente, llevan a cabo un proceso de reeducación penal; donde las penas son sustituidas por medidas de seguridad o tratamientos especializados, cuyo fin único y primordial se halla en la prevención especial. INDICE Introducción El rol del trabajo y el Recursos humanos Desarrollo organizacional Riesgos laborales y enfermedades profesionales Derechos sociolaborales Glosario Referencias bibliográficas.El siguiente trabajo, sin pretender ser un tratado de salud ocupacional, aspira a ser una fuente de documentación e información para aquellos que deben hacerse cargo de trabajadores enfrentados a accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En tal sentido es un libro que si bien se refiere a los problemas médico legales en Chile, será de aporte a legislaciones de otras latitudes en lo referente a estas materias, por la universalidad y transversalidad de su contenido. Por lo mismo, este texto será de provecho para los profesionales médicos, abogados, prevencionistas de riesgo, empleadores, representantes sindicales y —no menos importantes— los trabajadores, principales actores de dichos eventos. CONTENIDO: CAPÍTULO I. LEY N° 16.744: ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES CAPÍTULO II. EL SEGURO SOCIAL DE LA LEY N° 16.744 CAPÍTULO III. ACCIDENTES DEL TRABAJO CAPÍTULO IV. ENFERMEDADES PROFESIONALES CAPÍTULO V. LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES Y LOS RIESGOS CAPÍTULO VI. PROGRAMA MÉDICO Y DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA EN LAS EMPRESAS CAPÍTULO VII. CASOS DE ENFERMEDADES PROFESIONALES CAPÍTULO VIII. EXPOSICIÓN A RIESGOS DE SUBSTANCIAS QUÍMICAS CAPÍTULO IX. CASO DE VIRUS HANTA (VH) CAPÍTULO X. LAS ENFERMEDADES LABORALES POR EXPOSICIÓN A AGENTES FÍSICOS: MOVIMIENTO, FRICCIÓN Y COMPRENSIÓN CAPÍTULO XI. LA NEUROSIS LABORAL Y EL ACOSO MORAL CAPÍTULO XII. LA HIPOACUSIA NEUROSENSORIAL POR RUIDOS CAPÍTULO XIII. LA NEUMOCONIOSIS CAPÍTULO XIV. ÚLTIMAS REFLEXIONES
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