El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia como un Contencioso-Administrativo
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INDICE
Una Forma de Control Judicial de la intervención Estatal en la Economía
Esta obra aborda un tema omitido en la doctrina nacional, como es la existencia de un tribunal con competencia para conocer asuntos económicos, rol que cumple el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
El autor revisa exhaustivamente la jurisprudencia y práctica del TDLC y la Corte Suprema respecto del control de la actividad administrativa, dividiendo su investigación en cuatro partes: en la primera, aborda cuestiones sobre la intervención del Estado en la economía y aspectos históricos que permiten entender cómo se llegó a controlar la actividad estatal por el sistema de libre competencia y los aspectos de diseño institucional que permiten esa revisión. En la segunda parte, examina el ámbito del contencioso-administrativo del TDLC, que no solo incluye la actividad jurisdiccional contenciosa, sino también la judicial no contenciosa. En la tercera parte, pesquisa el alcance y eficacia de las decisiones dictadas por el TDLC al controlar la actividad estatal, esencialmente, sentencias y resoluciones dictadas en el marco de la potestad consultiva, así como la tutela cautelar contra la Administración. Finalmente, en la cuarta parte, se estudian los criterios sustantivos que subyacen a las decisiones del TDLC al juzgar la actividad estatal.
Este trabajo será de gran utilidad para abogados en ejercicio profesional que buscan sedes judiciales para debatir asuntos con la Administración, especialmente en materia económica, como una sede alternativa al Tribunal de Contratación Pública o Contraloría General de la República, y también para los profesionales que se dedican a la litigación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o que se relacionan con la Fiscalía Nacional Económica en sus investigaciones u operaciones de concentración (fusiones), entre otros.
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Autor: Francisco Agüero Vargas
Editorial : Der
Año de Publicación : 2022
Paginas :600
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Description | Autor: Francisco Agüero Vargas Editorial : Der Año de Publicación : 2022 Paginas :600 |
Autor: Críspulo Marmolejo González
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 222
Año de publicación: 2019
| Autor: Carlos Salinas Bruzzone Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 1384 Año de publicación: 2019 | Autor: Juan Ignacio Trabaglia Editorial: Olejnik Numero de Paginas: 112 Año de publicación: 2022 | Autor: Juan Carlos Flores Rivas Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 352 Año de publicación: 2021 | Autor: Cristóbal Osorio Vargas Editorial: Der Ediciones Numero de Paginas: 690 Año de publicación: 2022 |
Content | INDICE Una Forma de Control Judicial de la intervención Estatal en la EconomíaEsta obra aborda un tema omitido en la doctrina nacional, como es la existencia de un tribunal con competencia para conocer asuntos económicos, rol que cumple el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). El autor revisa exhaustivamente la jurisprudencia y práctica del TDLC y la Corte Suprema respecto del control de la actividad administrativa, dividiendo su investigación en cuatro partes: en la primera, aborda cuestiones sobre la intervención del Estado en la economía y aspectos históricos que permiten entender cómo se llegó a controlar la actividad estatal por el sistema de libre competencia y los aspectos de diseño institucional que permiten esa revisión. En la segunda parte, examina el ámbito del contencioso-administrativo del TDLC, que no solo incluye la actividad jurisdiccional contenciosa, sino también la judicial no contenciosa. En la tercera parte, pesquisa el alcance y eficacia de las decisiones dictadas por el TDLC al controlar la actividad estatal, esencialmente, sentencias y resoluciones dictadas en el marco de la potestad consultiva, así como la tutela cautelar contra la Administración. Finalmente, en la cuarta parte, se estudian los criterios sustantivos que subyacen a las decisiones del TDLC al juzgar la actividad estatal. Este trabajo será de gran utilidad para abogados en ejercicio profesional que buscan sedes judiciales para debatir asuntos con la Administración, especialmente en materia económica, como una sede alternativa al Tribunal de Contratación Pública o Contraloría General de la República, y también para los profesionales que se dedican a la litigación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o que se relacionan con la Fiscalía Nacional Económica en sus investigaciones u operaciones de concentración (fusiones), entre otros. |
Descripción
Este libro se construye a partir del supuesto que el más importante insumo conceptual de los estudios sobre regulación económica viene dado por el Análisis Económico del Derecho. Se busca explorar el contenido de la alianza entre el derecho y la regulación económica, a partir de la idea de que dicha interacción fortalece la libertad económica, como un valor relevante para la democracia y el progreso de los pueblos. Ambos enfoques -en conjunto- son necesarios y útiles para lograr ese objetivo último. Una necesaria integración de ambas disciplinas contribuye a maximizar el bienestar individual y el de la sociedad en su conjunto. Esta integración abona la necesidad de desmontar la argumentación de que las economías más libres y prósperas suelen vivir cada vez más apartadas del Derecho. Un entramado de normas y entidades que regulen razonablemente las actividades económicas y custodien la libre competencia necesariamente expanden los beneficios de una economía de mercado.
Este texto pretende probar que es necesaria una perspectiva teórica de comprensión del modelo de agencias reguladoras en Chile; que ésta debe fundamentarse en la aplicación de algunas categorías conceptuales del Análisis Económico del Derecho al Derecho Administrativo; y que esta nueva configuración puede fortalecer una mejora en la calidad regulatoria y la obtención de un mejor equilibrio entre eficiencia de los mercados y bienestar de usuarios y consumidores. Se busca plantear y dar solución a problemas jurídicos que nacen a partir de las diversas configuraciones de entidades supervisoras y reguladoras de mercados. Se exploran esos diversos modelos con el objeto de contrastarlos con el modelo de superintendencias chilenas, dominante en la actual estructura jurídico-administrativa chilena.
Para tales efectos, se recurre a la determinación de conceptos jurídicos y económicos, algunos de los cuales se encuentran presentes en informes de organismos internacionales como la OECD. Para probar que es necesaria una nueva configuración del modelo de agencias reguladoras en Chile, se analiza su situación actual, explorando el modelo y régimen legal de los principales órganos reguladores económicos. Para probar que esta nueva configuración debe fundamentarse en la aplicación de algunas categorías conceptuales del Análisis Económico del Derecho al Derecho Administrativo, se examinarán los conceptos fundamentales propuestos en esta investigación y se contrastarán con el modo de comprensión del Derecho Regulatorio en Estados Unidos y Europa.
Críspulo Marmolejo González
| indiceAnálisis Crítico de las Prerrogativas Sancionatorias del EstadoBases para la Comprensión Autónoma del Derecho Sancionador Regulatorio en ChileLa presente obra se hace cargo de la evolución de los poderes de sanción de la Administración en Chile, para cuyos efectos analiza esta en el Derecho Administrativo nacional y en el Derecho Administrativo español, máxime cuando la evolución del derecho peninsular ha servido de sustento jurídico para la actual comprensión de las prerrogativas administrativo-sancionatorias en nuestro país. Esta investigación presenta una interesante sistematización de las diversas teorías que se han formulado en Chile para la inteligencia de dichas prerrogativas, dedicando un estudio especial a lo que el autor denomina “teoría de la crítica formal a la radicación de poderes de sanción en la Administración pública”, cuyo sustento se halla en la tesis del ius puniendi estatal único del Estado, posición mayoritariamente aceptada por la doctrina ius administrativa y la jurisprudencia constitucional, administrativa y judicial. El autor efectúa una propuesta innovadora al presentar una relectura de la actividad sustancial de la Administración, advirtiendo la existencia –en el marco de lo que denomina “actividad de intervención”– de un “nuevo derecho sancionatorio en el ámbito de los mercados regulados”, que goza de autonomía respecto de las garantías de orden penal. Cabe destacar, también, el esfuerzo realizado en orden a identificar los principios jurídicos que informarían un “nuevo” Derecho Administrativo Sancionador Regulatorio. La presente obra viene a llenar un sensible vacío referido a un análisis sistemático de los poderes de sanción de la Administración, avanzando decididamente hacia una concepción autónoma del Derecho Sancionador Regulatorio respecto del Derecho Penal, evidenciando las limitaciones de la tesis del ius puniendi estatal único para la comprensión de las diversas manifestaciones del poder de sanción de la Administración. | El autor uruguayo de esta obras señala que entre los nuevos escenarios situacionales se encuentra presente el Estado y dentro de este, la Administración Pública. Su misión vicarial frente a una sociedad cada vez más urgida por los tiempos, debe transitar por los carriles de la tecnología de la información y el conocimiento, lo cual permitirá el ingreso virtual de la Administración Pública de manera permanente e indetenible en el ámbito vital de los individuos. El acto administrativo, manifestación par excellence de aquella, debe dejar atrás los rígidos moldes formales, pero sin olvidar que el centro de su actividad es y será siempre el ser humano, en su búsqueda incesante de alcanzar los cánones de bienestar particular en armonía con el bien general. El acto administrativo electrónico latu sensu y dentro de este los actos administrativos electrónicos sincrónicos y automáticos, constituyen la evidencia de esa necesidad impostergable, que permita en los tiempos que corren una Administración Pública dotada de celeridad, transparencia, seguridad y respeto por los Derechos Fundamentales. | Abre el presente libro el capítulo I que recoge el artículo “Licitación pública: ¿Es el procedimiento ordinario de contratación administrativa?”. En este artículo se trata de contestar la interrogante de si la licitación pública es el procedimiento general para formar la voluntad contractual del Estado o si las causales de licitación privada o el trato directo son lo suficientemente amplias para que el Estado puede eximirse de la licitación pública. Se arriba a la conclusión de que algunas de las causales de trato directo, en la forma que se encuentran reguladas, son demasiado amplias y que deben ser revisadas para impedir que se sorteen la licitación sin una motivación suficiente. En el capítulo II se pasa revista a los principios de la licitación pública. En primer lugar, se analiza el principio de libre concurrencia de los oferentes, el sistema de registro de los oferentes para limitar las ofertas temerarias y seleccionar la oferta más conveniente. A su vez, se analizan las prácticas atentatorias de la libre concurrencia, extraídas de la práctica administrativa y de la jurisprudencia administrativa. En segundo lugar, revisamos el principio de igualdad de los oferentes tanto al momento de selección del contratista como durante la ejecución del contrato administrativo. Finalmente, se analiza el principio de estricta sujeción a las bases de licitación, sus límites y relación con otros principios de la licitación pública. En el capítulo III se analiza desde una visión crítica la inhabilidad regulada en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, que impide contratar con el Estado a aquellas empresas que dentro de dos años anteriores a la presentación de sus ofertas hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Se analizan cómo las nuevas exigencias derivadas de la contratación administrativa estratégica, mediante la cual el Estado incorpora elementos exógenos para satisfacer necesidades tales como el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas licitantes o el respeto del medio ambiente, pueden generar impactos complejos en la contratación administrativa. En el capítulo IV relativo a las bases de licitación como medio de prueba en la litigación pública contractual, planteamos la tesis de que las bases de licitación no son el único medio de prueba válido para acreditar el sentido y alcance de las obligaciones contractuales, no obstante, su importancia. Esta tesis se funda en que generalmente la estructura y articulación de las bases de licitación es un rol que le corresponde íntegramente al Estado, que se puede convertir en un instrumento perverso para diagnosticar el cumplimiento o incumplimiento ocurrido durante la ejecución del contrato administrativo. En el capítulo V se estudia el principio de probidad administrativa en la fase de evaluación de ofertas de la licitación pública. Sustentamos que las licitaciones públicas deben regirse por el principio de buena fe, bajo la creencia objetiva de que sus miembros deben actuar con honradez y sujetos a una conducta recta, en el sentido de privilegiar el interés público sobre el privado al momento de seleccionar la oferta más conveniente para la satisfacción de la necesidad pública, quedando prohibida la incorporación de elementos o la omisión de requisitos no previstos ni en la ley ni en las bases de licitación, que puedan generar situaciones de privilegios entre los oferentes. En el capítulo VI se analiza el régimen jurídico que regula la contratación administrativa de las empresas públicas en nuestro Derecho Administrativo, en sus distintas etapas, a saber, licitación, ejecución y terminación. Específicamente, se analiza si los contratos suscritos por las distintas empresas públicas existentes en nuestro país se encuentran sometidas exclusivamente a “la legislación común aplicable a los particulares” o las empresas públicas en su actividad contractual deben respetar ciertas normas y principios del derecho administrativo, como cualquier órgano que integra la Administración Pública. El capítulo VII tiene por objeto analizar la tesis sustentada por la Contraloría General de la República y por la Corte Suprema, que afirman que las multas en los contratos administrativos ostentan la naturaleza de cláusulas penales de origen contractual, y cuya aplicación se canaliza a través de la simple ejecución de una cláusula contractual. | INDICE Incluye Ley Nº 21.180, sobre Transformación Digital del Estado En esta obra se enfocará en estudiar la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Asimismo, examine el surgimiento del procedimiento administrativo electrónico a la luz de las modificaciones necesarias por la Ley Nº 21.180, y la adaptación del procedimiento administrativo al nuevo Estado digital. Así, es un libro sobre el Procedimiento Administrativo de tramitación de papel y digital. De esta forma, cobra especial relevancia en este estudio el análisis de los principios del procedimiento administrativo –y la irrupción de nuevos principios como son los de neutralidad tecnológica, de actualización, de equivalencia funcional, de fidelidad, de interoperabilidad y de cooperación–, las reglas comunes, el procedimiento propiamente tal y la institución del silencio administrativo. Se examinará no obstante el conjunto de reformas que se han introducido a dicho marco normativo en el proceso de digitalización del Estado que se concreta con la Ley Nº 21.180.Hasta la entrada completa en vigencia de las reformas de esta ley a todos los organismos de la Administración del Estado, lo que ocurrirá no obstante el 11 de noviembre de 2024, se hace indispensable examinar el procedimiento administrativo “predigitalización” y el “nuevo post digitalización” , en tanto la normativa aludida entra en vigencia. Asimismo, en el del procedimiento administrativo “nuevo post digitalización” se hace necesario aludir a normas que complementan el estudio de regulación de la Ley Nº 21.180, por un lado; el DFL Nº 1, de 6 de abril de 2021, |
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