Estructura de las Normas del Ius Cogens
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Filosofía del Derecho Internacional:
ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS
Se me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional.
Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada.
Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional.
FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO.
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Autor: Vicente Eduardo Díaz Godoy
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 123
Año de publicación: 2023
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Description |
Autor: Vicente Eduardo Díaz Godoy
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 123
Año de publicación: 2023
| Autor: María José Jordán Palet Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 105 Año de publicación: 2022 | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 240 Año de publicación: 2022 | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 183 Año de publicación: 2022 | Autores: Rodrigo Azócar Simonet – Álvaro Cruz González Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 108 Año de publicación: 2022 | Autor: Alejandro Gómez Sotomayor Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022 |
Content | INDICE
Filosofía del Derecho Internacional: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENSSe me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional. Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada. Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional. FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO. | Indice Estándar de proporcionalidad de una multa impuesta en virtud del Código Sanitario según la jurisprudencia chilena Uno de los límites de esta potestad sancionatoria es que esta sea ejercida conforme al principio de proporcionalidad al momento de determinar el quantum específico de la multa. En nuestro derecho existe una regulación sancionatoria deficiente en materia sanitaria por cuanto no se regula mayormente criterios de graduación para la determinación específica de la multa a ser impuesta en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. Dada la situación anterior es que el presente trabajo tiene por objeto analizar y sintetizar los criterios que han señalado los tribunales de justicia como relevantes para calificar como proporcional o no una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública. Aquello será realizado en miras a formular diversas preguntas que debiese realizarse la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa aplicada en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario, para que dicha decisión sea conforme al principio de proporcionalidad en materia sancionatoria. Es así como, en una primera parte, se describirá el estado actual sancionatorio en materia sanitaria y la insuficiencia normativa que ésta presenta respecto de los criterios de graduación de multas y su relación con el principio de proporcionalidad. Posteriormente, se analizarán y sistematizarán los criterios jurisprudenciales de 22 casos judiciales en donde los tribunales se pronunciaron respecto de la proporcionalidad o no de una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. A raíz de dicho análisis se formulará lo que se denominará “preguntas del examen de proporcionalidad” con el propósito de otorgarle criterios a la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa conforme a dicho principio. | IndiceDescripciónEl presente diccionario, es concebido como una herramienta que contribuirá con los abogados, estudiantes de derechos y ciencias afines, brindando un detallado análisis de los diversos conceptos que lo integran. El DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, incluye una destacada visión de los conceptos jurídicos, resaltándose que se incluyen en el mismo concepto modernos de reciente data para el derecho, como los derivados de las redes sociales. Inspirado en el derecho hispano, recoge la presente obra, vocabulario de diversos países de nuestro continente, y en especial referencia al castellano, como idioma oficial de nuestros países. En este diccionario, el lector encontrar conceptos de las diversas ramas que inteIndice-Libro-DdCJran las ciencias jurídicas y de aquellas que le son afines. En fin, la presente obra, es de carácter amplio, ya que no solo se circunscribe al saber del derecho, sino se integran conceptos de ciencias afines, como la criminalística, criminología, y medicina legal, entre otras. En Valencia del Rey a los 10 días de mes de Septiembre del año 2022. | IndiceDescripciónDELITOS DE FALSEDAD DOCUMENTALEn la presente monografía, se estudia cada tipo penal, desde la estructura del delito, sus elementos normativos, se apoyan en jurisprudencia Española, Colombiana, Chilena, al igual que con la doctrina. Su redacción es de forma didáctica, de tal manera que un estudiante, o un profesional versado le pueda ser fácil su lectura. Los delitos de falsedad documental son aquellos tipos penales que castigan la acción de falsificar, alterar o usar documentos falsos con fines fraudulentos. Estos delitos pueden incluir la fabricación de documentos falsos, la alteración de documentos auténticos, el uso de documentos falsos o alterados, o la impersonación de otra persona mediante el uso de documentación falsa o alterada. En general, la falsedad documental se refiere a la creación o alteración de documentos con el propósito de engañar o defraudar a otras personas o entidades. Los documentos falsos o alterados pueden ser de cualquier tipo, como facturas, títulos universitarios, pasaportes, certificados médicos, etc. Los delitos de falsedad documental suelen ser graves y están tipificados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos. La pena prevista por estos delitos depende de la gravedad del hecho y de los daños causados, y puede incluir prisión y multas. |
IndiceDescripciónCONTROVERSIAS EN MATERIA LABORALI. EXIGENCIA DE TEST PCR CON RESULTADO NEGATIVO A TRABAJADORES II. DEVOLUCIÓN DEL DESCUENTO POR EL APORTE DEL EMPLEADOR A LA AFC III. REQUISITO DE PROCEDENCIA PARA EL PAGO DE LA SEMANA CORRIDA IV. OBLIGACIÓN DEL FISCO DE ENTERAR LAS COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL RESPECTO DE UN VÍNCULO A HONORARIOS CALIFICADO JUDICIALMENTE COMO RELACIÓN LABORAL V. INCORPORACIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS EN LA BASE DE CÁLCULO DE LA ÚLTIMA REMUNERACIÓN MENSUAL (ARTÍCULO 172) CUANDO FUERON PAGADAS EN FORMA PERMANENTE VI. CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA MODALIDAD DE TRABAJO A DISTANCIA O TELETRABAJO VII. CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES DE FALTA DE PROBIDAD E INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO EN CASO DE MALA FE DEL TRABAJADOR VIII. JUSTIFICACIÓN DEL DESPIDO EN JUICIO CUANDO LA CARTA DE DESPIDO NO SATISFACE REQUISITOS LEGALES IX. ACEPTACIÓN DE EXTENSIÓN DE BENEFICIOS Y LA POSIBILIDAD PARA RENUNCIAR A ELLA Y LAS IMPLICANCIAS RESPECTO DEL PAGO DE LA CUOTA SINDICAL X. DISCUSIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRIMACÍA DE LA REALIDAD EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE TRABAJO, EN RELACIÓN A LA SIMILITUD DE LOS FALLOS DE CONTRASTE PARA LA INTERPRETACIÓN DE UNA DETERMINADA MATERIA DE DERECHO XI. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 162 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO (NULIDAD DEL DESPIDO O “LEY BUSTOS”) A LA EMPRESA PRINCIPAL XII. POSIBILIDAD DE RECLAMAR JUDICIALMENTE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA PROCEDENCIA DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS QUE DEBEN OPERAR DURANTE UNA HUELGA | Indice El autor hace un estudio pormenorizado de la motivación, como un principio general del Derecho Público, en tres clases de actos públicos; actos administrativos, actos judiciales y legislativos. La visión de la obra es particularista, estableciendo que estamos en presencia de un principio, un derecho y una obligación, por lo tanto, el ciudadano tiene la posibilidad de exigir su cumplimiento. El tema en la sociedad actual ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. El autor llega a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos de la administración, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos. |
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