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Estructura de las Normas del Ius Cogens

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Filosofía del Derecho Internacional:
ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS

Se me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional.
Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada.
Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional.
FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO.

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Autor: Cristóbal Lema Abarca Editorial: Editorial Hammurabi Numero de Paginas: 184 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 182 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 190 Año de publicación: 2022Autor: Miguel Angel Sepulveda Comas Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 116 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 191 Año de publicación: 2023
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Filosofía del Derecho Internacional: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS

Se me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional. Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada. Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional. FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO.
Indice   Descripción Este estudio trata sobre los acuerdos de exclusividad, aquellos a través de los cuales se prohíbe a un comprador adquirir bienes o servicios de los competidores del vendedor exclusivo; fenómeno común que se observa principalmente en la cadena de distribución de bienes y, en menor medida, de servicios. Normalmente, la preocupación del derecho de la competencia respecto a este comportamiento es que las empresas dominantes pueden emplearlos para excluir anticompetitivamente a sus rivales. Además, se plantea que cuando los acuerdos de exclusividad son usados por todos o la mayoría de los agentes económicos de un mercado, estos también pueden relajar la competencia y propiciar una colusión en el mercado afectado y, en caso de que los acuerdos de exclusividad sean pactados con distribuidores, perjudicar o dificultar las elecciones de los consumidores. A pesar de lo anterior, esta práctica puede ser utilizada con propósitos procompetitivos, pues es comúnmente aceptado que los acuerdos de exclusividad permiten disminuir los costos de transacción de las partes involucradas o solucionar un eventual problema de cautividad y, si son parte de un contrato de distribución, eliminar un posible problema de parasitismo o fomentar la competencia por la distribución. Debido a que los acuerdos de exclusividad tienen el potencial para ocasionar efectos anticompetitivos y procompetitivos, se propone, en línea con parte de la jurisprudencia y doctrina comparada y con las decisiones más recientes de las autoridades de nuestro país, que estos se analicen conforme a la regla de la razón, test que correspondería aplicar sin importar el poder de mercado que detente el vendedor exclusivo.Indice Descripción  Visión Jurisprudencial de las Servidumbres MinerasIndiceEditorial HammurabiEditorial Hammurabi º1, 2021. ACCIDENTES DEL TRABAJO Nº2, 2021. DESPIDO INDIRECTO Nº3, 2021. DESPIDO INJUSTIFICADO Nº4, 2021. TUTELA LABORAL Nº5, 2022. FUNCIONARIOS MUNICIPALES Nº6, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 160 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Nº7, 2022. PRÁCTICAS ANTISINDICALES Nº8, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 159 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATOIndice Descripción La obra tiene como finalidad abordar la noción de justo precio como sustento doctrinal del mecanismo rescisorio de la lesión enorme en el contrato de compraventa, a través de un recorrido histórico con el fin de dilucidar el origen y sentido de la idea de justo precio, su configuración, transformaciones y proyecciones a lo largo de los siglos previos a la codificación liberal. La investigación es de suma relevancia, toda vez que sus implicancias no sólo son estrictamente jurídicas, pues la discusión sobre la justicia de los precios implica dialogar con la historia, la filosofía y la economía.
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