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Acciones De Separación , Nulidad y Divorcio

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INDICE

El texto condensa una serie de análisis sobre los más diversos aspectos vinculados a la separación de hecho; a las acciones de separación judicial de los cónyuges; a las acciones de nulidad de matrimonio; a las acciones de divorcio por culpa -causal genérica y específicas-; a la acción de divorcio por cese de convivencia; a la solicitud conjunta de divorcio de los cónyuges; y a las características de la acción de divorcio, entre otras materias.

Por último, el autor ha buscado desarrollar un trabajo que proporcionase a sus lectores una estructura que les permita obtener una visión más o menos completa de los temas analizados, cuestión cuya certeza o no podrán corroborar una vez finalizado el recorrido por la obra, recorrido que esperamos sea ameno y didáctico, pero por sobre todo, satisfactorio.

Este trabajo de gran utilidad, tanto para la enseñanza del Derecho de Familia, pero especialmente, para el ejercicio profesional de abogados, jueces y demás funcionarios del orden judicial.

CAPÍTULO I
COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE FAMILIA

1. GENERALIDADES

2. REGLAS GENERALES DE COMPETENCIA

2.a. Regla de la radicación o fijeza
2.b. Regla del grado o jerarquía
2.c. Regla de prevención o inexcusabilidad
2.d. Regla de la ejecución
2.e. Regla de la extensión

3. COMPETENCIA ABSOLUTA Y RELATIVA EN FAMILIA. GENERALIDADES

3.a. Competencia absoluta en materia de familia
3.b. Competencia relativa en acciones de separación, nulidad y divorcio
3.b.1. En causas de separación de Ley de matrimonio civil
3.b.2. En causas de nulidad de matrimonio
3.b.3. En causas de divorcio

4. PRÓRROGA DE COMPETENCIA

5. ACUMULACIÓN NECESARIA

5.a. Cuestiones previas
5.b. Generalidades
5.c. Clasificación
5.d. Acumulación del artículo 17 de la Ley 19.968
5.d.1. Requisitos para disponer la acumulación del artículo 17 de la Ley 19.968
5.d.1.a. Existencia de dos o más causas de familia
5.d.1.b. Materias sujetas a un mismo procedimiento
5.d.1.c. Que no exista norma especial de acumulación de competencia
5.d.1.d. Solicitud de parte
5.d.1.e. Que se disponga hasta el inicio de la audiencia preparatoria
5.d.1.f. Propender al favorecimiento del interés superior del niño, niña o adolescente
5.d.1.g. Cuestiones finales respecto de la acumulación del artículo 17
5.e. Otras normas vinculadas a la acumulación
5.e.1. El inciso 2º del artículo 48 de la Ley 16.618
5.e.2. El inciso 1º del artículo 48 ter de la Ley 16.618 . 43 5.e.3. el artículo 23 de la Ley 19.947
5.e.4. El artículo 29 de la Ley 19.947
5.e.5. El artículo 31 de la Ley 19.947
5.e.6. El artículo 89 de la Ley 19.947
5.e.7. El inciso final del artículo 19 de la Ley 19.620
5.e.8. El inciso final del artículo 23 de la Ley 19.620
5.e.9. El inciso 3º del artículo 81 en relación al 2º del artículo 101 de la Ley 19.968

CAPÍTULO II
ACCIONES DE SEPARACIÓN, NULIDAD Y DIVORCIO

SECCIÓN PRIMERA
SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES

1. GENERALIDADES

PÁRRAFO 1º
SEPARACIÓN DE HECHO

2. CUESTIONES PREVIAS

3. ACUERDO DE REGULACIÓN DE RELACIONES MUTUAS Y DE CIERTAS MATERIAS VINCULADAS A LOS HIJOS

3.a. Concepto
3.b. Naturaleza jurídica
3.c. Casos en que procede
3.d. Contenido del acuerdo
3.e. Forma del acuerdo
3.e.1. Acuerdos sujetos a formalidad
3.f. Homologación
3.g. Efectos del acuerdo
3.h. Validez del acuerdo
3.i. Posibilidad de revisión posterior del acuerdo
3.j. Ausencia de acuerdo

4. REGULACIÓN JUDICIAL ANTE AUSENCIA DE ACUERDO

5. FECHA CIERTA DEL CESE DE LA CONVIVENCIA

6. EFECTOS DE LA SEPARACIÓN DE HECHO

PÁRRAFO 2º
SEPARACIÓN JUDICIAL

7. CUESTIONES PREVIAS

8. SEPARACIÓN POR FALTA IMPUTABLE AL OTRO CÓNYUGE

9. SEPARACIÓN POR CESE DE LA CONVIVENCIA

9.a. Separación judicial por cese de convivencia en virtud de solicitud unilateral
9.b. Separación judicial por cese de convivencia en virtud de solicitud conjunta de los cónyuges

10. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN

10.a. Acción autónoma e independiente de las de divorcio que permite cautelar ciertos derechos dejando a salvo ventajas del vínculo matrimonial
10.b. De competencia de los tribunales de familia
10.c. Se ventilan mediante los procedimientos de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947
10.d. El procedimiento reconoce un llamado a conciliación con amplias facultades 10.e. en su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales
10.f. Por regla general el procedimiento será reservado
10.g. Cualquiera sea la causal, la separación judicial se decretará a instancia de parte
10.h. Acción irrenunciable
10.i. Sólo compete a los cónyuges
10.j. Se posibilita el ejercicio conjunto de la acción
10.k. Se posibilita su ejercicio en otros procedimientos
10.l. Permite solicitar medidas provisorias de protección
10.m. Sentencia definitiva de contenido amplio

11. EFECTOS DE LA SEPARACIÓN JUDICIAL

 

11.a. Cuestión previa
11.b. Enunciado
11.b.1. Origina el estado civil de separados
11.b.2. Suspende ciertos deberes que impone el matrimonio
11.b.3. Expiran ciertos regímenes patrimoniales
11.b.4. Por regla general, los derechos sucesorios de los cónyuges no sufren alteración alguna
11.b.5. Por regla general, no afecta la prestación alimenticia
11.b.6. No altera la filiación de los hijos -ya determinada- ni los deberes y obligaciones que de ella emanan
11.b.7. Afecta las reglas sobre la titularidad del cuidado personal
11.b.8. Afecta las reglas sobre la titularidad de la patria potestad
11.b.9. Cesa la incapacidad especial para celebrar los contratos de compraventa y de permuta, entre los cónyuges
11.b.10. Cesa la causa de suspensión de la prescripción, en favor de la mujer que se encontraba casada en sociedad conyugal
11.b.11. Constituye causal de impedimento para la adopción
11.b.12. Posibilidad de revocar las donaciones hechas al cónyuge culpable de la separación judicial
11.b.13. Imposibilita designar a uno de los cónyuges curador del otro
11.b.14. Puede extinguir el derecho a solicitar beneficio de competencia

12. REANUDACIÓN DE LA VIDA COMÚN DE LOS CÓNYUGES

13. EFECTOS DE LA REANUDACIÓN DE LA VIDA COMÚN DE LOS CÓNYUGES

SECCIÓN SEGUNDA
TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO

14. CUESTIONES PREVIAS

 

PÁRRAFO 1º
NULIDAD DE MATRIMONIO

15. CUESTIÓN PREVIA

16. DERECHO APLICABLE

17. CARACTERÍSTICAS DE LA NULIDAD MATRIMONIAL

18. CAUSALES DE NULIDAD

18.a. Características de las causales
18.b. Incapacidad de los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley de matrimonio civil, por parte de los contrayentes
18.b.1. Los que se hallaren ligados por vínculo matrimonial no disuelto (artículo 5° Nº 1 L.M.C.)
18.b.2. Los que se hallaren ligados por un acuerdo de unión civil vigente, a menos que el matrimonio lo celebre con su conviviente civil (artículo 5° Nº 2 L.M.C.)
18.b.3. Menores de dieciocho años (artículo 5° Nº 3 L.M.C.)
18.b.4. Los que se hallaren privados del uso de la razón (artículo 5° Nº 4, primera parte L.M.C.)
18.b.5. Los que por un trastorno o anomalía psíquica fehacientemente diagnosticada, sean incapaces de modo absoluto para formar la comunidad de vida que implica el matrimonio (artículo 5° Nº 4, segunda parte L.M.C.)
18.b.6. Los que carecen de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los derechos y deberes esenciales del matrimonio (artículo 5° Nº 5 L.M.C.)
18.b.7. Los que no pudieren expresar claramente su voluntad por cualquier medio, ya sea en forma oral, escrita o por medio de lenguaje de señas (artículo 5° Nº 6 L.M.C.)
18.b.8. Entre sí, los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por afinidad, ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado (artículo 6° inciso 1º L.M.C.)
18.b.9. El adoptado en relación al adoptante y los mismos parientes del número anterior, respecto de su familia de origen (artículo 6° inciso 2° L.M.C., en relación con el artículo 37 de la Ley 19.620)
18.b.10. Cónyuge sobreviviente con imputado contra quien se hubiere formalizado investigación por el homicidio de su cónyuge, o con quien hubiere sido condenado como autor, cómplice o encubridor del delito (artículo 7° L.M.C.)
18.c. Falta de consentimiento libre y espontáneo, en los términos del artículo 8° de la Ley
18.c.1. Error acerca de la identidad de la persona del otro contrayente (Nº 1 del artículo 8° L.M.C.)
18.c.2. Error acerca de alguna de las cualidades personales que, atendida la naturaleza o los fines del matrimonio, ha de ser estimada como determinante para otorgar el consentimiento (Nº 2 del artículo 8° L.M.C.)
18.c.3. Fuerza, en los términos de los artículos 1456 y 1457 del Código Civil ocasionada por una persona o por una circunstancia externa que hubiere sido determinante para contraer matrimonio (Nº 3 del artículo 8° L.M.C.)
18.d. Celebración del matrimonio en ausencia del número de testigos hábiles señalados en la Ley

19. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE MATRIMONIO

19.a. De competencia de los tribunales de familia
19.b. Se ventilará mediante el procedimiento ordinario de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947
19.c. Para su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales
19.d. Por regla general el procedimiento será reservado
19.e. Titularidad y ejercicio de la acción de nulidad
19.f. Extinción de la acción de nulidad
19.g. Cuestiones finales relativas a los juicios y acción de nulidad

20. EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE NULIDAD

21. RECONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE NULIDAD PRONUNCIADAS POR LOS TRIBUNALES EXTRANJEROS

 

PÁRRAFO 2º
DIVORCIO DE LOS CÓNYUGES

22. GENERALIDADES

23. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DIVORCIO EN OCCIDENTE

24. CHILE Y EL DIVORCIO

25. DIVORCIO EN LA LEY 19.947

26. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO

27. PRECLUSIÓN DE ACCIÓN DE DIVORCIO ANTE LA ADOPCIÓN DE ACCIÓN DE SEPARACIÓN JUDICIAL

28. MODALIDADES DE DIVORCIO CONTENIDOS EN LA LEY 19.947

29. DIVORCIO POR CULPA

29.a. Causal genérica del inciso primero del artículo 54 de la Ley
29.a.1. Falta imputable al otro cónyuge
29.a.2. Violación grave de ciertos deberes y obligaciones
29.a.2.a. Violación grave de los deberes y obligaciones que el matrimonio impone a los cónyuges
29.a.2.a.1. Deber de fidelidad (artículo 131 Código Civil)
29.a.2.a.2. Deber de socorro (artículo 131 Código Civil)
29.a.2.a.3. Deber de ayuda mutua (artículo 131 Código Civil)
29.a.2.a.4. Deber de respeto (artículo 131 Código Civil)
29.a.2.a.5. Deber de protección (artículo 131 Código Civil)
29.a.2.a.6. Deber de vivir en el hogar común (artículo 133 Código Civil)
29.a.2.a.7. Deber de cohabitación (artículo 102 Código Civil)
29.a.2.a.8. Deber de suministrarse los auxilios para acciones y defensas judiciales (artículo 136 Código Civil)
29.a.2.b. Violación grave de los deberes y obligaciones para con los hijos
29.a.3. Que la falta torne intolerable la vida en común
29.b. Causales específicas del inciso segundo del artículo 54 de la Ley relacionadas con los cónyuges
29.b.1. Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra integridad física o psíquica del cónyuge (Nº 1 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.)
29.b.2. Transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio (Nº 2 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.)
29.b.3. abandono continuo o reiterado del hogar común (parte final del Nº 2 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.)
29.b.4. condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra moralidad pública, o contra las personas previstos en libro ii, títulos vii y viii, del código penal que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal (Nº 3 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.)
29.b.5. alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para convivencia armoniosa de cónyuges (Nº 5 inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.)
29.b.6. Tentativa para prostituir al otro cónyuge
29.b.7. Causales específicas del inciso segundo del artículo 54 de la Ley relacionadas con los hijos

30. DIVORCIO POR CESE EFECTIVO DE LA CONVIVENCIA EN VIRTUD DE SOLICITUD CONJUNTA DE LOS CÓNYUGES

30.a. Solicitud conjunta de los cónyuges
30.a.1. Retractación de la solicitud
30.b. Cese de la convivencia por un lapso mayor a un año
30.b.1. Plazo ininterrumpido por reanudación de convivencia con ánimo de permanencia
30.b.1.a. Prueba de no reanudación de la convivencia con ánimo de permanencia, como del cese efectivo de la convivencia de las partes
30.c. Presentación de un acuerdo que regule las relaciones mutuas de los cónyuges y respecto de los hijos

 

31. DIVORCIO POR CESE EFECTIVO DE LA CONVIVENCIA EN VIRTUD DE LA DEMANDA UNILATERAL DE UNO DE LOS CÓNYUGES

31.a. Cese efectivo de la convivencia
31.b. Mínimo tres años de prolongación de cese de convivencia
31.c. Cumplimiento por el demandante de sus obligaciones de alimentos para con su cónyuge e hijos
31.c.1. Requisitos de la excepción
31.c.1.a. Existencia de una obligación alimenticia previamente declarada respecto del cónyuge demandado o de los hijos en común
31.c.1.b. Incumplimiento reiterado e injustificado de la obligación de alimentos durante el cese de la convivencia
31.c.2. Naturaleza y ejercicio de la excepción

32. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO

32.a. De competencia de los tribunales de familia
32.b. Se ventilan mediante los procedimientos de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947
32.c. El procedimiento reconoce un llamado a conciliación con amplias facultades
32.d. Para su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales
32.e. El procedimiento se orienta a la solución integral de las cuestiones vinculadas a las relaciones de familia
32.f. Por regla general el procedimiento será reservado
32.g. Acción es irrenunciable
32.h. Acción imprescriptible
32.i. Titularidad exclusiva de los cónyuges
32.j. Se posibilita el ejercicio conjunto de la acción
32.k. Cede ante el ejercicio de la acción de nulidad

33. EFECTOS DEL DIVORCIO

34. RECONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE DIVORCIO PRONUNCIADAS POR TRIBUNALES EXTRANJEROS

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Autor: Carlos Garrido Chacana
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 203
Año de publicación: 2024

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DescriptionAutor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 203 Año de publicación: 2024Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 209 Año de publicación: 2022Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana  Numero de Paginas: 1200 Año de publicación: 2022Editor: Carlos Amunátegui Perello Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 2321 Año de publicación: 2022Autores:  Lorena Donoso Abarca - Carlos Reusser Monsálvez Editorial: DER Ediciones Numero de Paginas: 1224 Año de publicación: 2022Autor: Fernando Ugarte Vial Editorial: Ediciones Jurídicas de Santiago Numero de Paginas: 548 Año de publicación: 2022
ContentINDICE El texto condensa una serie de análisis sobre los más diversos aspectos vinculados a la separación de hecho; a las acciones de separación judicial de los cónyuges; a las acciones de nulidad de matrimonio; a las acciones de divorcio por culpa -causal genérica y específicas-; a la acción de divorcio por cese de convivencia; a la solicitud conjunta de divorcio de los cónyuges; y a las características de la acción de divorcio, entre otras materias. Por último, el autor ha buscado desarrollar un trabajo que proporcionase a sus lectores una estructura que les permita obtener una visión más o menos completa de los temas analizados, cuestión cuya certeza o no podrán corroborar una vez finalizado el recorrido por la obra, recorrido que esperamos sea ameno y didáctico, pero por sobre todo, satisfactorio. Este trabajo de gran utilidad, tanto para la enseñanza del Derecho de Familia, pero especialmente, para el ejercicio profesional de abogados, jueces y demás funcionarios del orden judicial. CAPÍTULO I COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE FAMILIA 1. GENERALIDADES 2. REGLAS GENERALES DE COMPETENCIA 2.a. Regla de la radicación o fijeza 2.b. Regla del grado o jerarquía 2.c. Regla de prevención o inexcusabilidad 2.d. Regla de la ejecución 2.e. Regla de la extensión 3. COMPETENCIA ABSOLUTA Y RELATIVA EN FAMILIA. GENERALIDADES 3.a. Competencia absoluta en materia de familia 3.b. Competencia relativa en acciones de separación, nulidad y divorcio 3.b.1. En causas de separación de Ley de matrimonio civil 3.b.2. En causas de nulidad de matrimonio 3.b.3. En causas de divorcio 4. PRÓRROGA DE COMPETENCIA 5. ACUMULACIÓN NECESARIA 5.a. Cuestiones previas 5.b. Generalidades 5.c. Clasificación 5.d. Acumulación del artículo 17 de la Ley 19.968 5.d.1. Requisitos para disponer la acumulación del artículo 17 de la Ley 19.968 5.d.1.a. Existencia de dos o más causas de familia 5.d.1.b. Materias sujetas a un mismo procedimiento 5.d.1.c. Que no exista norma especial de acumulación de competencia 5.d.1.d. Solicitud de parte 5.d.1.e. Que se disponga hasta el inicio de la audiencia preparatoria 5.d.1.f. Propender al favorecimiento del interés superior del niño, niña o adolescente 5.d.1.g. Cuestiones finales respecto de la acumulación del artículo 17 5.e. Otras normas vinculadas a la acumulación 5.e.1. El inciso 2º del artículo 48 de la Ley 16.618 5.e.2. El inciso 1º del artículo 48 ter de la Ley 16.618 . 43 5.e.3. el artículo 23 de la Ley 19.947 5.e.4. El artículo 29 de la Ley 19.947 5.e.5. El artículo 31 de la Ley 19.947 5.e.6. El artículo 89 de la Ley 19.947 5.e.7. El inciso final del artículo 19 de la Ley 19.620 5.e.8. El inciso final del artículo 23 de la Ley 19.620 5.e.9. El inciso 3º del artículo 81 en relación al 2º del artículo 101 de la Ley 19.968 CAPÍTULO II ACCIONES DE SEPARACIÓN, NULIDAD Y DIVORCIO SECCIÓN PRIMERA SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES 1. GENERALIDADES PÁRRAFO 1º SEPARACIÓN DE HECHO 2. CUESTIONES PREVIAS 3. ACUERDO DE REGULACIÓN DE RELACIONES MUTUAS Y DE CIERTAS MATERIAS VINCULADAS A LOS HIJOS 3.a. Concepto 3.b. Naturaleza jurídica 3.c. Casos en que procede 3.d. Contenido del acuerdo 3.e. Forma del acuerdo 3.e.1. Acuerdos sujetos a formalidad 3.f. Homologación 3.g. Efectos del acuerdo 3.h. Validez del acuerdo 3.i. Posibilidad de revisión posterior del acuerdo 3.j. Ausencia de acuerdo 4. REGULACIÓN JUDICIAL ANTE AUSENCIA DE ACUERDO 5. FECHA CIERTA DEL CESE DE LA CONVIVENCIA 6. EFECTOS DE LA SEPARACIÓN DE HECHO PÁRRAFO 2º SEPARACIÓN JUDICIAL 7. CUESTIONES PREVIAS 8. SEPARACIÓN POR FALTA IMPUTABLE AL OTRO CÓNYUGE 9. SEPARACIÓN POR CESE DE LA CONVIVENCIA 9.a. Separación judicial por cese de convivencia en virtud de solicitud unilateral 9.b. Separación judicial por cese de convivencia en virtud de solicitud conjunta de los cónyuges 10. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN 10.a. Acción autónoma e independiente de las de divorcio que permite cautelar ciertos derechos dejando a salvo ventajas del vínculo matrimonial 10.b. De competencia de los tribunales de familia 10.c. Se ventilan mediante los procedimientos de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947 10.d. El procedimiento reconoce un llamado a conciliación con amplias facultades 10.e. en su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales 10.f. Por regla general el procedimiento será reservado 10.g. Cualquiera sea la causal, la separación judicial se decretará a instancia de parte 10.h. Acción irrenunciable 10.i. Sólo compete a los cónyuges 10.j. Se posibilita el ejercicio conjunto de la acción 10.k. Se posibilita su ejercicio en otros procedimientos 10.l. Permite solicitar medidas provisorias de protección 10.m. Sentencia definitiva de contenido amplio 11. EFECTOS DE LA SEPARACIÓN JUDICIAL   11.a. Cuestión previa 11.b. Enunciado 11.b.1. Origina el estado civil de separados 11.b.2. Suspende ciertos deberes que impone el matrimonio 11.b.3. Expiran ciertos regímenes patrimoniales 11.b.4. Por regla general, los derechos sucesorios de los cónyuges no sufren alteración alguna 11.b.5. Por regla general, no afecta la prestación alimenticia 11.b.6. No altera la filiación de los hijos -ya determinada- ni los deberes y obligaciones que de ella emanan 11.b.7. Afecta las reglas sobre la titularidad del cuidado personal 11.b.8. Afecta las reglas sobre la titularidad de la patria potestad 11.b.9. Cesa la incapacidad especial para celebrar los contratos de compraventa y de permuta, entre los cónyuges 11.b.10. Cesa la causa de suspensión de la prescripción, en favor de la mujer que se encontraba casada en sociedad conyugal 11.b.11. Constituye causal de impedimento para la adopción 11.b.12. Posibilidad de revocar las donaciones hechas al cónyuge culpable de la separación judicial 11.b.13. Imposibilita designar a uno de los cónyuges curador del otro 11.b.14. Puede extinguir el derecho a solicitar beneficio de competencia 12. REANUDACIÓN DE LA VIDA COMÚN DE LOS CÓNYUGES 13. EFECTOS DE LA REANUDACIÓN DE LA VIDA COMÚN DE LOS CÓNYUGES SECCIÓN SEGUNDA TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO 14. CUESTIONES PREVIAS   PÁRRAFO 1º NULIDAD DE MATRIMONIO 15. CUESTIÓN PREVIA 16. DERECHO APLICABLE 17. CARACTERÍSTICAS DE LA NULIDAD MATRIMONIAL 18. CAUSALES DE NULIDAD 18.a. Características de las causales 18.b. Incapacidad de los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley de matrimonio civil, por parte de los contrayentes 18.b.1. Los que se hallaren ligados por vínculo matrimonial no disuelto (artículo 5° Nº 1 L.M.C.) 18.b.2. Los que se hallaren ligados por un acuerdo de unión civil vigente, a menos que el matrimonio lo celebre con su conviviente civil (artículo 5° Nº 2 L.M.C.) 18.b.3. Menores de dieciocho años (artículo 5° Nº 3 L.M.C.) 18.b.4. Los que se hallaren privados del uso de la razón (artículo 5° Nº 4, primera parte L.M.C.) 18.b.5. Los que por un trastorno o anomalía psíquica fehacientemente diagnosticada, sean incapaces de modo absoluto para formar la comunidad de vida que implica el matrimonio (artículo 5° Nº 4, segunda parte L.M.C.) 18.b.6. Los que carecen de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los derechos y deberes esenciales del matrimonio (artículo 5° Nº 5 L.M.C.) 18.b.7. Los que no pudieren expresar claramente su voluntad por cualquier medio, ya sea en forma oral, escrita o por medio de lenguaje de señas (artículo 5° Nº 6 L.M.C.) 18.b.8. Entre sí, los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por afinidad, ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado (artículo 6° inciso 1º L.M.C.) 18.b.9. El adoptado en relación al adoptante y los mismos parientes del número anterior, respecto de su familia de origen (artículo 6° inciso 2° L.M.C., en relación con el artículo 37 de la Ley 19.620) 18.b.10. Cónyuge sobreviviente con imputado contra quien se hubiere formalizado investigación por el homicidio de su cónyuge, o con quien hubiere sido condenado como autor, cómplice o encubridor del delito (artículo 7° L.M.C.) 18.c. Falta de consentimiento libre y espontáneo, en los términos del artículo 8° de la Ley 18.c.1. Error acerca de la identidad de la persona del otro contrayente (Nº 1 del artículo 8° L.M.C.) 18.c.2. Error acerca de alguna de las cualidades personales que, atendida la naturaleza o los fines del matrimonio, ha de ser estimada como determinante para otorgar el consentimiento (Nº 2 del artículo 8° L.M.C.) 18.c.3. Fuerza, en los términos de los artículos 1456 y 1457 del Código Civil ocasionada por una persona o por una circunstancia externa que hubiere sido determinante para contraer matrimonio (Nº 3 del artículo 8° L.M.C.) 18.d. Celebración del matrimonio en ausencia del número de testigos hábiles señalados en la Ley 19. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE MATRIMONIO 19.a. De competencia de los tribunales de familia 19.b. Se ventilará mediante el procedimiento ordinario de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947 19.c. Para su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales 19.d. Por regla general el procedimiento será reservado 19.e. Titularidad y ejercicio de la acción de nulidad 19.f. Extinción de la acción de nulidad 19.g. Cuestiones finales relativas a los juicios y acción de nulidad 20. EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE NULIDAD 21. RECONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE NULIDAD PRONUNCIADAS POR LOS TRIBUNALES EXTRANJEROS   PÁRRAFO 2º DIVORCIO DE LOS CÓNYUGES 22. GENERALIDADES 23. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DIVORCIO EN OCCIDENTE 24. CHILE Y EL DIVORCIO 25. DIVORCIO EN LA LEY 19.947 26. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO 27. PRECLUSIÓN DE ACCIÓN DE DIVORCIO ANTE LA ADOPCIÓN DE ACCIÓN DE SEPARACIÓN JUDICIAL 28. MODALIDADES DE DIVORCIO CONTENIDOS EN LA LEY 19.947 29. DIVORCIO POR CULPA 29.a. Causal genérica del inciso primero del artículo 54 de la Ley 29.a.1. Falta imputable al otro cónyuge 29.a.2. Violación grave de ciertos deberes y obligaciones 29.a.2.a. Violación grave de los deberes y obligaciones que el matrimonio impone a los cónyuges 29.a.2.a.1. Deber de fidelidad (artículo 131 Código Civil) 29.a.2.a.2. Deber de socorro (artículo 131 Código Civil) 29.a.2.a.3. Deber de ayuda mutua (artículo 131 Código Civil) 29.a.2.a.4. Deber de respeto (artículo 131 Código Civil) 29.a.2.a.5. Deber de protección (artículo 131 Código Civil) 29.a.2.a.6. Deber de vivir en el hogar común (artículo 133 Código Civil) 29.a.2.a.7. Deber de cohabitación (artículo 102 Código Civil) 29.a.2.a.8. Deber de suministrarse los auxilios para acciones y defensas judiciales (artículo 136 Código Civil) 29.a.2.b. Violación grave de los deberes y obligaciones para con los hijos 29.a.3. Que la falta torne intolerable la vida en común 29.b. Causales específicas del inciso segundo del artículo 54 de la Ley relacionadas con los cónyuges 29.b.1. Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra integridad física o psíquica del cónyuge (Nº 1 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.) 29.b.2. Transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio (Nº 2 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.) 29.b.3. abandono continuo o reiterado del hogar común (parte final del Nº 2 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.) 29.b.4. condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra moralidad pública, o contra las personas previstos en libro ii, títulos vii y viii, del código penal que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal (Nº 3 del inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.) 29.b.5. alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para convivencia armoniosa de cónyuges (Nº 5 inciso 2º del artículo 54 de la L.M.C.) 29.b.6. Tentativa para prostituir al otro cónyuge 29.b.7. Causales específicas del inciso segundo del artículo 54 de la Ley relacionadas con los hijos 30. DIVORCIO POR CESE EFECTIVO DE LA CONVIVENCIA EN VIRTUD DE SOLICITUD CONJUNTA DE LOS CÓNYUGES 30.a. Solicitud conjunta de los cónyuges 30.a.1. Retractación de la solicitud 30.b. Cese de la convivencia por un lapso mayor a un año 30.b.1. Plazo ininterrumpido por reanudación de convivencia con ánimo de permanencia 30.b.1.a. Prueba de no reanudación de la convivencia con ánimo de permanencia, como del cese efectivo de la convivencia de las partes 30.c. Presentación de un acuerdo que regule las relaciones mutuas de los cónyuges y respecto de los hijos   31. DIVORCIO POR CESE EFECTIVO DE LA CONVIVENCIA EN VIRTUD DE LA DEMANDA UNILATERAL DE UNO DE LOS CÓNYUGES 31.a. Cese efectivo de la convivencia 31.b. Mínimo tres años de prolongación de cese de convivencia 31.c. Cumplimiento por el demandante de sus obligaciones de alimentos para con su cónyuge e hijos 31.c.1. Requisitos de la excepción 31.c.1.a. Existencia de una obligación alimenticia previamente declarada respecto del cónyuge demandado o de los hijos en común 31.c.1.b. Incumplimiento reiterado e injustificado de la obligación de alimentos durante el cese de la convivencia 31.c.2. Naturaleza y ejercicio de la excepción 32. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO 32.a. De competencia de los tribunales de familia 32.b. Se ventilan mediante los procedimientos de la Ley 19.968 con ciertas modificaciones incorporadas por la Ley 19.947 32.c. El procedimiento reconoce un llamado a conciliación con amplias facultades 32.d. Para su conocimiento y resolución deben observarse una serie de principios generales 32.e. El procedimiento se orienta a la solución integral de las cuestiones vinculadas a las relaciones de familia 32.f. Por regla general el procedimiento será reservado 32.g. Acción es irrenunciable 32.h. Acción imprescriptible 32.i. Titularidad exclusiva de los cónyuges 32.j. Se posibilita el ejercicio conjunto de la acción 32.k. Cede ante el ejercicio de la acción de nulidad 33. EFECTOS DEL DIVORCIO 34. RECONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE DIVORCIO PRONUNCIADAS POR TRIBUNALES EXTRANJEROS
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Visión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS
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Dada la instauración del nuevo régimen proteccional de los derechos del niño, niña y adolescente por la Ley Nº 21.430 y su trascendencia para efectos de la determinación, adopción y ejecución de las distintas medidas de protección, es que se presenta este estudio de los aspectos más relevantes de tal cuerpo legal. Al establecer un nuevo Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, la ley propuso un régimen proteccional que supone la interacción de un conjunto de políticas, instituciones y normas para dichos fines. De ahí, que a modo de comprender los límites de la funciones administrativa y jurisdiccional en tal Sistema el autor hace un análisis completo del régimen instaurado por este cuerpo legal. Es así, que el trabajo que desarrolla en estas páginas busca exponer los principales pormenores del Sistema a fin de proporcionar a sus lectores una visión más o menos completa de aquel para efectos de establecer sus implicancias prácticas. Dentro de las “Normas Generales” de la Ley Nº 21.430 podemos destacar una clara definición de los principales objetivos de la ley como de los obligados por aquella y de las reglas para la aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña y adolescente. En armonía con lo anterior, dentro de “Principios, Derechos y Garantías” se verán de forma pormenorizada los principios, derechos y garantías que reconoce la ley a los niños, niñas y adolescentes. Por otro lado, en el título relativo a la “Protección Integral” -desarrollada en 4 párrafos-, entre otras cuestiones de interés, se estudiarán los principios rectores de los procesos de protección; las reglas generales para la adopción y aplicación de las medidas reconocidas; los deberes del Estado en relación a la protección integral de los niños (…); las Oficinas Locales de la Niñez, sus funciones y competencias; y las medidas de protección administrativa, los órganos competentes para su adopción, el procedimiento de protección administrativa, la revisión de las medidas, etc. Por último, y como se señaló en un comienzo, por medio de la obra el autor buscó proporcionar un resumen de los principales aspectos de interés de la Ley Nº 21.430, de forma tal, de facilitar la mejor comprensión a sus lectores. ÍNDICE Introducción 1. Estructura de la Ley N° 21.430 (sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia) Normas Generales 1.a.1. Objetivos de la Ley 1.a.1.a. Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.a.1. Características del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.b. Concepto de niño, niña y adolescente 1.a.1.c. Sujetos pasivos 1.a.1.c.1. Rol de la familia 1.a.1.c.2. Rol de la sociedad en general 1.a.1.c.3. Rol de los órganos de la Administración del Estado 1.a.1.c.3.a. Infracción de los órganos del Estado a los deberes que les impone la ley 1.a.2. Aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña o adolescente. Principales Aspectos de la Ley Nº 21.430 1.a.2.a. Reglas Especiales de Interpretación de la Ley 1.a.2.b. Aplicación de la Ley 1.b. Principios, Derechos y Garantías 1.b.1. De los principios 1.b.1.a. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho 1.b.1.b. Interés superior del niño, niña o adolescente 1.b.1.c. Igualdad y no discriminación arbitraria 1.b.1.c.1. Deberes de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.d. Fortalecimiento del rol protector de la familia 1.b.1.d.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.e. Derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar y cuidar a sus hijos 1.b.1.e.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.f. Autonomía progresiva 1.b.1.g. Efectividad de los derechos 1.b.1.h. Perspectiva de género 1.b.1.i. Responsabilidad de la Administración del Estado 1.b.1.j. Protección social 1.b.1.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio. 1.b.1.k. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de consideración prioritaria 1.b.1.l. Progresividad y no regresividad de los derechos 1.b.1.l.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.m. Participación social 1.b.1.m.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.n. Inclusión 1.b.1.n.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.ñ. Difusión permanente de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 1.b.1.ñ.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.o. Intersectorialidad 1.b.1.p. Participación y colaboración ciudadana . 1.b.2. De los derechos y garantías. 1.b.2.a. Ejercicio de los Derechos Civiles y Políticos 1.b.2.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos. 1.b.2.b. Derecho a la vida 1.b.2.b.1. Deber del Estado en función del derecho 1.b.2.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 1.b.2.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 1.b.2.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.d. Derecho a la identidad 1.b.2.e. Derecho a vivir en familia . 1.b.2.e.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.f. Derecho a ser oído. 1.b.2.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 1.b.2.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 1.b.2.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 1.b.2.h.1. Deber del Estado en función del derecho. 1.b.2.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión. 1.b.2.j. Derecho a la participación 1.b.2.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.k. Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales. 1.b.2.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho . 1.b.2.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen. 1.b.2.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos. 1.b.2.m. Derecho a la información 1.b.2.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.n. Derecho a la protección contra la violencia 1.b.2.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 1.b.2.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 1.b.2.o.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.p. Derecho a atención médica de emergencia. 1.b.2.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho. 1.b.2.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 1.b.2.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho . 1.b.2.r. Derecho a la educación. 1.b.2.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 1.b.2.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa . 1.b.2.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho . 1.b.2.t. Derecho a la seguridad social. 1.b.2.t.1. Deber y restricción en función del derecho. 1.b.2.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes. 1.b.2.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 1.b.2.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos. 1.b.2.x. Derechos y deberes en el espacio urbano. 1.b.2.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 1.b.2.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho . 1.b.2.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria 1.b.2.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización. 1.b.2.z.a.1. Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 1.b.2.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley. 1.b.2.z.b.1. Rol del Estado y otros órganos en función del derecho . 1.b.2.z.c. Derecho a la protección internacional 1.b.2.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho 1.b.2.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios. 1.b.2.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad. 1.b.2.z.f. Derecho a una publicidad responsable 1.b.3. Deberes y responsabilidades. 1.c. De la protección integral. 1.c.1. Normas de aplicación general . 1.c.1.a. Definiciones.. 1.c.1.a.1. Medios de acción . 1.c.1.a.2. Ámbitos de acción. 1.c.1.a.3. Protección especial . 1.c.1.a.4. Procedimiento de la protección de derechos. 1.c.1.a.5. Protección judicial. 1.c.1.a.5.a. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 1.c.1.a.6. Otras cuestiones vinculadas a la Protección Judicial y Administrativa . 1.c.1.b. Principios rectores de los procesos de protección de derechos. 1.c.1.c. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 1.c.1.d. Acción de tutela administrativa de derechos. 1.c.2. Deberes de la administración del Estado . 1.c.3. De las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.3.a. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez . 1.c.3.b. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.4. De las medidas de protección administrativas Cuestión previa . 1.c.4.a. Medidas de protección administrativa . 1.c.4.b. Legalidad de las medidas de protección. 1.c.4.c. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas . 1.c.4.d. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas . 1.c.4.e. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial . 1.c.4.f. Procedimiento de protección administrativa 1.c.4.g. Revisión de medidas. 1.c.4.h. Acción de reclamación por ilegalidad. 1.d. Institucionalidad 1.d.1. Institucionalidad del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia . 1.e. De la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción .
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El Código Civil de Bello no es sólo un conjunto de disposiciones a ser interpretadas abstractamente, es también una tradición que cristaliza en normas, una dinámica histórica que florece y madura conforme la experiencia de dos milenios cuaja en un enunciado, el que es vivido por más de ciento sesenta años de vigencia. Este Comentario Histórico Dogmático es el fruto del esfuerzo conjunto de una cuarentena de profesores de Derecho privado que tomaron sobre sus hombros la misión de animar las disposiciones de nuestro Código Civil, de manera que ya no parezcan fotografías de un momento jurídico determinado, sino que se presenten como una imagen cinematográfica, donde el presente se entiende desde el pasado para proyectarse al futuro. Éste es el primer comentario completo al Libro IV de las Obligaciones de el Código Civil Chileno, con la particularidad que elegimos la mirada histórica para acompañar la dogmática. Seguramente a este texto seguirán otros, que contribuirán a dar profundidad a las aguas de nuestro Derecho.
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Bajo el concepto protección de datos personales se engloba un conjunto de principios y normas relativas a la recolección, almacenamiento y difusión de la información referida a las personas naturales, que se ha venido desarrollando en los sistemas jurídicos de derecho continental europeo desde 1983 en adelante, y que no tiene otro fin que evitar la vulneración de todos los derechos fundamentales de las personas a través del tratamiento abusivo de sus propios datos. Nuestro país, que no es ajeno a esta realidad, ya en 1999, a través de la Ley Nº 19.628, persiguió este mismo objetivo, aunque hoy se encuentra en un necesario proceso de revisión, dado que su texto ha sido superado tanto por el desarrollo tecnológico como por los estándares internacionales aplicables en la materia. De la actual regulación y sus modificaciones, así como de las directrices futuras de este nuevo derecho fundamental, los autores dan detallada cuenta en el presente libro.
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«Esta obra es la primera monografía chilena sobre revisión de sentencias firmes, e incluye el estudio de la institución en sus dos vertientes: civil y penal. Constituye un novedoso aporte a nuestra literatura jurídica, tanto por la exhaustividad de la investigación como por su enorme utilidad práctica. En la primera parte del libro se estudia la historia de la revisión, para luego adentrarse en el examen de su regulación en el sistema jurídico chileno, analizando cada una de las causales, los requisitos que permiten darlas por configuradas y los problemas de interpretación que han surgido de su aplicación, ofreciendo criterios de interpretación y soluciones prácticas a los problemas que enfrentan diariamente abogados litigantes y jueces, siempre a la luz de la historia de la ley, de la doctrina y sobre todo de la jurisprudencia, tanto chilenas como extranjeras, clásicas y actuales. El autor hace un completo estudio de la doctrina y la jurisprudencia sobre revisión durante los ciento veinte años de existencia en nuestro país, además de su regulación en el derecho comparado, con constantes referencias a la opinión de los autores y a las resoluciones de los tribunales de los ordenamientos jurídicos que han ejercido mayor influencia en nuestro derecho: el francés y el español. En el prólogo de la obra, dice el profesor Raúl Tavolari: “así como, entre nosotros, en materia arbitral, no hay operador que deje de recurrir al libro de Patricio Aylwin o si el debate dice relación con el mandato, a la obra de Stitchkin o a la de Alessandri Besa, si el problema fuere la nulidad, en lo sucesivo, este libro constituirá el referente obligado en tramitaciones y decisiones sobre revisión”. Se trata de una obra original y rigurosa que, por la claridad de su exposición y la exhaustividad de su análisis, será de utilidad tanto para abogados litigantes como para jueces y estudiosos del Derecho en genera Autor: Fernando Ugarte Vial
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