Buena fe. Su Rol en el Derecho Chileno Contemporáneo.
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ÍNDICE
CAPÍTULO I – EL ROL DEL PRINCIPIO DE BUENA FE EN LA REFORMA DEL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN FRANCIA Y SU EVENTUAL UTILIDAD PARA EL DERECHO PRIVADO CHILENO
I. Introducción
II. La incidencia de la reforma en lo relativo a la formación del consentimiento y su validez
1. Las negociaciones preliminares
En Francia
En Chile
2. Sobre la causa
En Francia
En Chile
III. La incidencia de la reforma en relación a los efectos de los contratos
1. La imprevisión
En Francia
En Chile
2. Sobre la resolución
En Francia
La condición resolutoria ordinaria
La condición resolutoria tácita
La resolución unilateral
En Chile
La condición resolutoria tácita
La condición resolutoria ordinaria
La resolución unilateral
IV. Conclusiones
CAPÍTULO II – LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN EN CHILE A LA LUZ DEL DERECHO PRIVADO E INTERNACIONAL PÚBLICO
I. La consagración de la imprevisión en el derecho comparado
En la legislación
En el soft law
II. Supuestos de la institución y aplicabilidad a la pandemia por Covid-19
III. Antecedentes del proyecto
El caso francés
El caso chileno
IV. El proyecto
La fuente próxima
El texto propuesto
Observaciones críticas
A. Necesidad de precisar las distintas etapas de la institución
B. Necesidad de señalar si se trata de una institución de aplicación general o restringida
C. Necesidad de definir debidamente qué debe entenderse por onerosidad excesiva
D. Necesidad de distinguir los límites entre fuerza mayor e imprevisión
E. Necesidad de armonizar la institución con ciertos contratos especiales
F. Necesidad de precisar los límites temporales de la negociación
G. Necesidad de precisar las facultades del juez y la sanción del contrato objeto de revisión
Cambio fundamental de circunstancias en el Derecho internacional público
V. Conclusión y propuesta
CAPÍTULO III – LA PROTECCIÓN DE LA BUENA FE CONTRACTUAL EN EL DERECHO PRIVADO CHILENO EN LA SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE 22 DE MAYO DE 2019, ROL N° 38506-2017
I. Introducción
II. Síntesis del caso
La discusión planteada por las partes
La decisión de los tribunales de instancia
La decisión de la Excma. Corte Suprema
A. El principio de autonomía de la voluntad, en su manifestación de fuerza obligatoria, no puede elevarse a la categoría de dogma absoluto
B. La ejecución de buena fe del contrato impone un deber de cooperación recíproco, y la adopción de un rol activo de las partes
C. La buena fe es una noción indivisible
III. Comentario
A. Cláusulas abusivas y cláusulas de terminación de la relación contractual
i. Naturaleza de las cláusulas abusivas
ii. Eventual carácter abusivo de la cláusula de terminación unilateral del contrato materia de autos
B. La subordinación de la autonomía de la voluntad al principio de buena fe
C. La causa y la ruptura abusiva del contrato
IV. Conclusiones
CAPÍTULO IV – CONCLUSIONES
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Autores: Jorge Balmaceda Hoyos y Sergio Peña Neira.
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 200
Año de publicación: 2022
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Autores: Jorge Balmaceda Hoyos y Sergio Peña Neira.
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 200
Año de publicación: 2022
| Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Numero de Paginas: 1200 Año de publicación: 2022 | Autor: Jorge Danilo Correa Selamé Editorial : EJS Año de Publicación : 2022 Paginas :729 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 209 Año de publicación: 2022 | Editor: Carlos Amunátegui Perello Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 2321 Año de publicación: 2022 | Autores :Alexander Olbertz Stuven, Romy Rutherford Parentti Editorial: Der Numero de Paginas: 164 Año de publicación: 2022 |
Content | DescripciónÍNDICE CAPÍTULO I – EL ROL DEL PRINCIPIO DE BUENA FE EN LA REFORMA DEL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN FRANCIA Y SU EVENTUAL UTILIDAD PARA EL DERECHO PRIVADO CHILENO I. Introducción II. La incidencia de la reforma en lo relativo a la formación del consentimiento y su validez 1. Las negociaciones preliminares En Francia En Chile 2. Sobre la causa En Francia En Chile III. La incidencia de la reforma en relación a los efectos de los contratos 1. La imprevisión En Francia En Chile 2. Sobre la resolución En Francia La condición resolutoria ordinaria La condición resolutoria tácita La resolución unilateral En Chile La condición resolutoria tácita La condición resolutoria ordinaria La resolución unilateral IV. Conclusiones CAPÍTULO II – LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN EN CHILE A LA LUZ DEL DERECHO PRIVADO E INTERNACIONAL PÚBLICO I. La consagración de la imprevisión en el derecho comparado En la legislación En el soft law II. Supuestos de la institución y aplicabilidad a la pandemia por Covid-19 III. Antecedentes del proyecto El caso francés El caso chileno IV. El proyecto La fuente próxima El texto propuesto Observaciones críticas A. Necesidad de precisar las distintas etapas de la institución B. Necesidad de señalar si se trata de una institución de aplicación general o restringida C. Necesidad de definir debidamente qué debe entenderse por onerosidad excesiva D. Necesidad de distinguir los límites entre fuerza mayor e imprevisión E. Necesidad de armonizar la institución con ciertos contratos especiales F. Necesidad de precisar los límites temporales de la negociación G. Necesidad de precisar las facultades del juez y la sanción del contrato objeto de revisión Cambio fundamental de circunstancias en el Derecho internacional público V. Conclusión y propuesta CAPÍTULO III – LA PROTECCIÓN DE LA BUENA FE CONTRACTUAL EN EL DERECHO PRIVADO CHILENO EN LA SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE 22 DE MAYO DE 2019, ROL N° 38506-2017 I. Introducción II. Síntesis del caso La discusión planteada por las partes La decisión de los tribunales de instancia La decisión de la Excma. Corte Suprema A. El principio de autonomía de la voluntad, en su manifestación de fuerza obligatoria, no puede elevarse a la categoría de dogma absoluto B. La ejecución de buena fe del contrato impone un deber de cooperación recíproco, y la adopción de un rol activo de las partes C. La buena fe es una noción indivisible III. Comentario A. Cláusulas abusivas y cláusulas de terminación de la relación contractual i. Naturaleza de las cláusulas abusivas ii. Eventual carácter abusivo de la cláusula de terminación unilateral del contrato materia de autos B. La subordinación de la autonomía de la voluntad al principio de buena fe C. La causa y la ruptura abusiva del contrato IV. Conclusiones CAPÍTULO IV – CONCLUSIONES | DescripciónDada la instauración del nuevo régimen proteccional de los derechos del niño, niña y adolescente por la Ley Nº 21.430 y su trascendencia para efectos de la determinación, adopción y ejecución de las distintas medidas de protección, es que se presenta este estudio de los aspectos más relevantes de tal cuerpo legal. Al establecer un nuevo Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, la ley propuso un régimen proteccional que supone la interacción de un conjunto de políticas, instituciones y normas para dichos fines. De ahí, que a modo de comprender los límites de la funciones administrativa y jurisdiccional en tal Sistema el autor hace un análisis completo del régimen instaurado por este cuerpo legal. Es así, que el trabajo que desarrolla en estas páginas busca exponer los principales pormenores del Sistema a fin de proporcionar a sus lectores una visión más o menos completa de aquel para efectos de establecer sus implicancias prácticas. Dentro de las “Normas Generales” de la Ley Nº 21.430 podemos destacar una clara definición de los principales objetivos de la ley como de los obligados por aquella y de las reglas para la aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña y adolescente. En armonía con lo anterior, dentro de “Principios, Derechos y Garantías” se verán de forma pormenorizada los principios, derechos y garantías que reconoce la ley a los niños, niñas y adolescentes. Por otro lado, en el título relativo a la “Protección Integral” -desarrollada en 4 párrafos-, entre otras cuestiones de interés, se estudiarán los principios rectores de los procesos de protección; las reglas generales para la adopción y aplicación de las medidas reconocidas; los deberes del Estado en relación a la protección integral de los niños (…); las Oficinas Locales de la Niñez, sus funciones y competencias; y las medidas de protección administrativa, los órganos competentes para su adopción, el procedimiento de protección administrativa, la revisión de las medidas, etc. Por último, y como se señaló en un comienzo, por medio de la obra el autor buscó proporcionar un resumen de los principales aspectos de interés de la Ley Nº 21.430, de forma tal, de facilitar la mejor comprensión a sus lectores. ÍNDICE Introducción 1. Estructura de la Ley N° 21.430 (sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia) Normas Generales 1.a.1. Objetivos de la Ley 1.a.1.a. Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.a.1. Características del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia 1.a.1.b. Concepto de niño, niña y adolescente 1.a.1.c. Sujetos pasivos 1.a.1.c.1. Rol de la familia 1.a.1.c.2. Rol de la sociedad en general 1.a.1.c.3. Rol de los órganos de la Administración del Estado 1.a.1.c.3.a. Infracción de los órganos del Estado a los deberes que les impone la ley 1.a.2. Aplicación e interpretación de las leyes y normas reglamentarias relativas a los derechos del niño, niña o adolescente. Principales Aspectos de la Ley Nº 21.430 1.a.2.a. Reglas Especiales de Interpretación de la Ley 1.a.2.b. Aplicación de la Ley 1.b. Principios, Derechos y Garantías 1.b.1. De los principios 1.b.1.a. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho 1.b.1.b. Interés superior del niño, niña o adolescente 1.b.1.c. Igualdad y no discriminación arbitraria 1.b.1.c.1. Deberes de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.d. Fortalecimiento del rol protector de la familia 1.b.1.d.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.e. Derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar y cuidar a sus hijos 1.b.1.e.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.f. Autonomía progresiva 1.b.1.g. Efectividad de los derechos 1.b.1.h. Perspectiva de género 1.b.1.i. Responsabilidad de la Administración del Estado 1.b.1.j. Protección social 1.b.1.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio. 1.b.1.k. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de consideración prioritaria 1.b.1.l. Progresividad y no regresividad de los derechos 1.b.1.l.1. Deber del Estado en función del principio 1.b.1.m. Participación social 1.b.1.m.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.n. Inclusión 1.b.1.n.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.ñ. Difusión permanente de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 1.b.1.ñ.1. Deber de los órganos del Estado en función del principio 1.b.1.o. Intersectorialidad 1.b.1.p. Participación y colaboración ciudadana . 1.b.2. De los derechos y garantías. 1.b.2.a. Ejercicio de los Derechos Civiles y Políticos 1.b.2.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos. 1.b.2.b. Derecho a la vida 1.b.2.b.1. Deber del Estado en función del derecho 1.b.2.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 1.b.2.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 1.b.2.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.d. Derecho a la identidad 1.b.2.e. Derecho a vivir en familia . 1.b.2.e.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.f. Derecho a ser oído. 1.b.2.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 1.b.2.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 1.b.2.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 1.b.2.h.1. Deber del Estado en función del derecho. 1.b.2.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión. 1.b.2.j. Derecho a la participación 1.b.2.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.k. Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales. 1.b.2.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho . 1.b.2.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen. 1.b.2.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos. 1.b.2.m. Derecho a la información 1.b.2.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.n. Derecho a la protección contra la violencia 1.b.2.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 1.b.2.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 1.b.2.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 1.b.2.o.1. Deberes del Estado en función del derecho. 1.b.2.p. Derecho a atención médica de emergencia. 1.b.2.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho. 1.b.2.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 1.b.2.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho . 1.b.2.r. Derecho a la educación. 1.b.2.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 1.b.2.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa . 1.b.2.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho . 1.b.2.t. Derecho a la seguridad social. 1.b.2.t.1. Deber y restricción en función del derecho. 1.b.2.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes. 1.b.2.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 1.b.2.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos. 1.b.2.x. Derechos y deberes en el espacio urbano. 1.b.2.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 1.b.2.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho . 1.b.2.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria 1.b.2.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización. 1.b.2.z.a.1. Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 1.b.2.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley. 1.b.2.z.b.1. Rol del Estado y otros órganos en función del derecho . 1.b.2.z.c. Derecho a la protección internacional 1.b.2.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho 1.b.2.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios. 1.b.2.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad. 1.b.2.z.f. Derecho a una publicidad responsable 1.b.3. Deberes y responsabilidades. 1.c. De la protección integral. 1.c.1. Normas de aplicación general . 1.c.1.a. Definiciones.. 1.c.1.a.1. Medios de acción . 1.c.1.a.2. Ámbitos de acción. 1.c.1.a.3. Protección especial . 1.c.1.a.4. Procedimiento de la protección de derechos. 1.c.1.a.5. Protección judicial. 1.c.1.a.5.a. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 1.c.1.a.6. Otras cuestiones vinculadas a la Protección Judicial y Administrativa . 1.c.1.b. Principios rectores de los procesos de protección de derechos. 1.c.1.c. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 1.c.1.d. Acción de tutela administrativa de derechos. 1.c.2. Deberes de la administración del Estado . 1.c.3. De las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.3.a. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez . 1.c.3.b. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez. 1.c.4. De las medidas de protección administrativas Cuestión previa . 1.c.4.a. Medidas de protección administrativa . 1.c.4.b. Legalidad de las medidas de protección. 1.c.4.c. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas . 1.c.4.d. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas . 1.c.4.e. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial . 1.c.4.f. Procedimiento de protección administrativa 1.c.4.g. Revisión de medidas. 1.c.4.h. Acción de reclamación por ilegalidad. 1.d. Institucionalidad 1.d.1. Institucionalidad del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia . 1.e. De la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción . | INDICE Varia ediciones de este texto que contiene diversos temas básicos que un postulante debe conocer para presentarse a rendir su Examen de Grado han visto la luz pública. Muchos estudiantes lo han utilizado con éxito, según me lo han hecho saber. Lo anterior, ha motivado esta revisión de materias que, según señalé, son básicas y, por lo tanto, no agotan los temas. Sabido es que el Examen de Grado debe comprender temas generales pues no es aquella prueba que ordinariamente se rinde durante la permanencia en la Universidad. Como lo he dicho, los que tenemos la suerte de desenvolvernos en el mundo académico vemos como generaciones de alumnos, al regresar de la Universidad, se ven enfrentados a la experiencia que implica rendir un examen decisivos para sus pretensiones. es, en esos instantes, en los que el alumno precisa de un texto que lo guíe en su estudio, sea porque ese alumno no guardó los apuntes de su profesor, sea porque le son insuficiente, sea, en fin, porque el Derecho va cambiando. El autor, espera contribuir en algo con ese alumno que se enfrenta a esta etapa crucial en su carrera, proporcionándole un texto actuallizado, revisado y enriquecido con la valiosa experiencia de participar en exámenes de grado. El estudiante encontrará, asimismo, dos anexos. El primero denominado «Ideas Claves», que contiene puntos que a veces se olvidan y que son fundamentales. El segundo anexo es un Cuadro Comparativo entre los recursos procesales civiles y penales, con la salvedad de las casaciones civiles y el recurso de nulidad penal, por razones obvias. Se omite, asimismo, la comparación de las revisiones en atención a sus diferentes naturalezas. | IndiceDescripciónVisión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS | DescripciónEl Código Civil de Bello no es sólo un conjunto de disposiciones a ser interpretadas abstractamente, es también una tradición que cristaliza en normas, una dinámica histórica que florece y madura conforme la experiencia de dos milenios cuaja en un enunciado, el que es vivido por más de ciento sesenta años de vigencia. Este Comentario Histórico Dogmático es el fruto del esfuerzo conjunto de una cuarentena de profesores de Derecho privado que tomaron sobre sus hombros la misión de animar las disposiciones de nuestro Código Civil, de manera que ya no parezcan fotografías de un momento jurídico determinado, sino que se presenten como una imagen cinematográfica, donde el presente se entiende desde el pasado para proyectarse al futuro. Éste es el primer comentario completo al Libro IV de las Obligaciones de el Código Civil Chileno, con la particularidad que elegimos la mirada histórica para acompañar la dogmática. Seguramente a este texto seguirán otros, que contribuirán a dar profundidad a las aguas de nuestro Derecho. | DescripciónLa presente obra tiene como finalidad que el lector pueda comprender en forma simple, clara y sucinta cuáles son los objetivos, las funciones principales que los empleados del tribunal deben realizar en cada una de las unidades que conforman la Corte de Apelaciones y cómo se organizan para ello. Se abordan los aspectos generales, su definición, facultades y normativa aplicable. Asimismo, la clasificación, conformación, relaciones jerárquicas, estructura organizacional y gestión administrativa de las Cortes de Apelaciones. Enseguida se desarrolla el funcionamiento de la Unidad de Atención de Público y Partes, para luego enfocarse en la gestión de causas al interior de las cortes, continuando con la Unidad de Cuenta, la Unidad de Tablas y la Unidad de Protecciones. Se analiza también la Unidad de Sala y las principales funciones de la Unidad de Servicios, para concluir con la Unidad de Pleno y Presidencia. Autores: Alexander Olbertz Stuven, Romy Rutherford Parentti Ediciones DER |
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