Código Penal 2025. Vigésima Quinta Edición – versión DUO ( Papel + Digital en Proview)
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DESPACHO A PARTIR DEL 25 DE FEBRERO 2025
Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático.
Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.
Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.
Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.
Índice temático Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del artículo en que se encuentra tratado el concepto.
Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura.
Listado de modificaciones actualizado al 3 de enero de 2025 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.
MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN
Modificaciones introducidas en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2025:
– El artículo 17 de la Ley Nº 21.717, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2024, modifica el artículo 320 del Código Penal.
– El artículo primero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica los artículos 11, 68 ter, 69 bis, 260 quáter, 411 sexies y 449 del Código Penal.
– El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 4º de la Ley Nº 18.314, que Determina conductas terroristas y fija su penalidad.
– El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 9º de la Ley Nº 21.459, que Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest.
– El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 64 de la Ley Nº 21.595, Ley de Delitos Económicos.
– El artículo cuarto de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica el artículo 1º de la Ley Nº 18.216, que Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad y deroga disposiciones que señala.
– El artículo quinto de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica el artículo 33 de la Ley Nº 19.913, que Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
– El artículo séptimo de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica los artículos 22, 46 y 62 de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366.
– El artículo primero del Decreto Nº 64, publicado en el Diario Oficial de 24 de julio de 2024, modifica el título y los artículos 3º, 10, 12, 15, 16 bis, 17, 20, 21, 22 y 30 del Decreto Nº 338, Reglamento de la Ley de Libertad Condicional.
– El artículo 54 de la Ley Nº 21.675, publicada en el Diario Oficial de 14 de junio de 2024, modifica los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 8º, 9º, 10, 11 bis, 14, 14 ter, 14 quáter, 15 y 17 de la Ley Nº 20.066, que establece la Ley de Violencia Intrafamiliar.
– El artículo 56 de la Ley Nº 21.675, publicada en el Diario Oficial de 14 de junio de 2024, modifica los artículos 12, 161 D y 369 del Código Penal.
– El artículo 55 de la Ley Nº 21.663, publicada en el Diario Oficial de 8 de abril de 2024, modifica los artículos 2º y 16 de la Ley Nº 21.459, que Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest.
– El artículo 118 de la Ley Nº 21.659, publicada en el Diario Oficial de 21 de marzo de 2024, modifica el artículo 12 del Código Penal.
– El artículo 119 de la Ley Nº 21.659, publicada en el Diario Oficial de 21 de marzo de 2024, modifica el artículo 63 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
– El artículo 3º de la Ley Nº 21.646, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2024, modifica el artículo 291 bis del Código Penal.
– El artículo 3º de la Ley Nº 21.638, publicada en el Diario Oficial de 26 de diciembre de 2023, modifica el artículo 269 ter del Código Penal.
– El artículo 1º de la Ley Nº 21.633, publicada en el Diario Oficial de 24 de noviembre de 2023, modifica los artículos 457, 457 bis, 458, 458 bis, 462 bis y 470 bis del Código Penal.
– El artículo 2º de la Ley Nº 21.632, publicada en el Diario Oficial de 23 de noviembre de 2023, modifica los artículos 27 y 39 de la Ley Nº 19.913, que crea la unidad de análisis financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
– El artículo 1º de la Ley Nº 21.627, publicada en el Diario Oficial de 9 de noviembre de 2023, modifica los artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º del Decreto Ley Nº 321, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad.
– El artículo único de la Ley Nº 21.620, publicada en el Diario Oficial de 25 de octubre de 2023, agrega el artículo 288 ter del Código Penal.
– El artículo 1º de la Ley Nº 21.601, publicada en el Diario Oficial de 11 de septiembre de 2023, modifica los artículos 39, 39 bis, 56, 62, 71, 192, 199, 200, 200 bis, 201 y 204 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
– El artículo 3º de la Ley Nº 21.601, publicada en el Diario Oficial de 11 de septiembre de 2023, modifica el artículo 456 bis del Código Penal.
– El Decreto Nº 180, publicado en el Diario Oficial de 16 de septiembre de 2022, modifica el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 867, Reglamento de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366.
– El artículo único de la Ley Nº 21.594, publicada en el Diario Oficial de 8 de septiembre de 2023, agrega el artículo 304 tera al Código Penal.
– El artículo 21 de la Ley Nº 21.592, publicada en el Diario Oficial de 21 de agosto de 2023, modifica los artículos 211, 211 bis, 211 ter y 246 bis del Código Penal.
ÍNDICE DEL CÓDIGO PENAL
Mensaje del gobierno acompañando el presente Código Penal al Congreso
LIBRO PRIMERO
Título I
De los delitos y de las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal, la atenúan o la agravan
§ 1. De los delitos
§ 2. De las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal
§ 3. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal
§ 4. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal
§ 5. De las circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad criminal según la naturaleza y accidentes del delito
Título II
De las personas responsables de los delitos
Título III
De las penas
§ 1. De las penas en general
§ 2. De la clasificación de las penas
§ 3. De los límites, naturaleza y efectos de las penas
Penas que llevan consigo otras accesorias
Naturaleza y efectos de algunas penas
§ 4. De la aplicación de las penas
Tabla demostrativa
Aplicación práctica de las reglas anteriores
§ 5. De la ejecución de las penas y su cumplimiento
Título IV
De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias y los que durante una condena delinquen de nuevo
§ 1. De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias
§ 2. De las penas en que incurren los que durante una condena delinquen de nuevo
Título V
De la extinción de la responsabilidad penal
LIBRO SEGUNDO
CRÍMENES Y SIMPLES DELITOS Y SUS PENAS
Título I
Crímenes y simples delitos contra la seguridad exterior y soberanía del Estado
Título II
Crímenes y simples delitos contra la seguridad interior del Estado
Título III
De los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución
§ 1. De los delitos relativos al ejercicio de los derechos políticos y a la libertad de imprenta
§ 2. De los crímenes y simples delitos relativos al ejercicio de los cultos permitidos en la República
§ 3. Crímenes y simples delitos contra la libertad y seguridad, cometidos por particulares
§ 4. De la tortura, otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de otros agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución
§ 5. De los delitos contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia
Título IV
De los crímenes y simples delitos contra la fe pública, de las falsificaciones, del falso testimonio y del perjurio
§ 1. De la moneda falsa
§ 2. De la falsificación de documentos de crédito del Estado, de las Municipalidades, de los establecimientos públicos, sociedades anónimas o bancos de emisión legalmente autorizados
§ 3. De la falsificación de sellos, punzones, matrices, marcas, papel sellado, timbres, estampillas, etc.
§ 4. De la falsificación de documentos públicos o auténticos
§ 5. De la falsificación de instrumentos privados
§ 6. De la falsificación de pasaportes, portes de armas y certificados
§ 7. De las falsedades vertidas en el proceso y del perjurio
§ 8. Del ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de funciones o nombres
Título V
De los crímenes y simples delitos cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos
§ 1. Anticipación y prolongación indebida de funciones públicas
§ 2. Nombramientos ilegales
§ 3. Usurpación de atribuciones
§ 4. Prevaricación
§ 5. Malversación de caudales públicos
§ 6. Fraudes y exacciones ilegales
§ 7. Infidelidad en la custodia de documentos
§ 8. Violación de secretos
§ 9. Cohecho
§ 9 bis. Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros
§ 9 ter. Normas comunes a los Párrafos anteriores
§ 10. Resistencia y desobediencia
§ 11. Denegación de auxilio y abandono de destino
§ 12. Abusos contra particulares
§ 13. Disposición general
Título VI
De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
§ 1. Atentados contra la autoridad
§ 1 bis. Atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos
§ 1 ter. Retenciones o toma de control de vehículo de transporte público de pasajeros
§ 2. Otros desórdenes públicos
§ 2 bis. De la obstrucción a la investigación
§ 3. De la rotura de sellos
§ 4. De los embarazos puestos a la ejecución de los trabajos públicos
§ 5. Crímenes y simples delitos de los proveedores
§ 6. De las infracciones de las leyes y reglamentos referentes a loterías, casas de juego y de préstamo sobre prendas
§ 7. Crímenes y simples delitos relativos a la industria, al comercio y a las subastas públicas
§ 7 bis. De la corrupción entre particulares
§ 8. De las infracciones de las leyes y reglamentos relativos a las armas prohibidas
§ 9. Delitos relativos a la salud animal y vegetal
§ 10. De las asociaciones ilícitas
§ 11. De las amenazas de atentado contra las personas y propiedades
§12. De la evasión de los detenidos y el ingreso de los elementos que se señalan a los recintos penitenciarios
§ 13. De la vagancia y mendicidad
§ 14. Crímenes y simples delitos contra la salud pública
§ 15. De la infracción de las leyes o reglamentos sobre inhumaciones y exhumaciones
§ 15 bis. Del ultraje de cadáver y sepultura
§ 16. Crímenes y simples delitos relativos a los ferrocarriles, telégrafos y conductores de correspondencia
Título VII
Crímenes y delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual
§ 1. Aborto
§ 2. Abandono de niños y personas desvalidas
§ 3. Crímenes y simples delitos contra el estado civil de las personas
§ 4. Del rapto
§ 5. De la violación
§ 6. Del estupro y otros delitos sexuales
§ 7. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores
§ 8. De los ultrajes públicos a las buenas costumbres
§ 9. Del incesto
§ 10. Celebración de matrimonios ilegales
Título VIII
Crímenes y simples delitos contra las personas
§ 1. Del parricidio
§ 1. bis. Del femicidio
§ 1. ter. Del homicidio
§ 2. Del infanticidio
§ 3. Lesiones corporales
§ 3 bis. Del maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad
§ 4. Del duelo
§ 5. Disposiciones comunes a los párrafos 1, 1 bis, 1 ter, 3 y 4 de este Título
§ 5 bis. De los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas
§ 6. De la calumnia
§ 7. De las injurias
§ 8. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores
Título IX
Crímenes y simples delitos contra la propiedad
§ 1. De la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño
§ 2. Del robo con violencia o intimidación en las personas
§ 3. Del robo con fuerza en las cosas
§ 4. Del hurto
§ 4 bis. Del Abigeato
§ 4 ter. De la sustracción de madera
§ 5. Disposiciones comunes a los cuatro párrafos anteriores
§ 5 bis. De la receptación
§ 6. De la usurpación
§ 7. De los delitos concursales y de las defraudaciones
§ 8. Estafas y otros engaños
§ 9. Del incendio y otros estragos
§ 10. De los daños
§ 11. Disposiciones generales
Título X
De los cuasidelitos
LIBRO TERCERO
Título I
De las faltas
Título II
Disposiciones comunes a las faltas
Título Final
De la observancia de este Código
ÍNDICE DEL APÉNDICE
– Decreto Ley Nº 321. Establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad (D.O. 12 de marzo de 1925)
– Decreto Nº 338. Aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 321, de 1925, que Establece la Libertad Condicional para las Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad (D.O. de 17 de septiembre de 2020)
– Ley Nº 18.216. Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 14 de mayo de 1983)
– Decreto Nº 1.120. Reglamento de la Ley Nº 18.216 (D.O. de 18 de enero de 1984)
– Decreto Nº 515. Aprueba reglamento de monitoreo telemático de condenados a penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 18 de enero de 2013)
– Decreto Nº 890. Fija texto actualizado de la Ley Nº 12.927, sobre Seguridad del Estado (D.O. de 26 de agosto de 1975)
– Ley Nº 18.314. Determina conductas terroristas y fija su penalidad (D.O. de 17 de mayo de 1984)
– Ley Nº 19.913. Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos (D.O. de 18 de diciembre de 2003)
– Ley Nº 20.393. Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica (D.O. de 2 de diciembre de 2009)
– Ley Nº 20.000. Sustituye la Ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas (D.O. de 16 de febrero de 2005)
– Decreto Supremo Nº 867. Aprueba reglamento de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366 (D.O. de 19 de febrero de 2008)
– Ley Nº 19.327. De derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (D.O. de 31 de agosto de 1994)
– Ley Nº 19.925. Sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas (D.O. de 19 de enero de 2004)
– Decreto Nº 808. Promulga la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas mediante Resolución Nº 39/46, de fecha 10 de diciembre de 1984 (D.O. de 26 de noviembre de 1988)
– Decreto Nº 809. Promulga la Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura, adoptada el 9.12.85 por la Organización de los Estados Americanos en el decimoquinto período ordinario de sesiones de la Asamblea General Nº 809 (D.O. de 26 de noviembre de 1988)
– Ley Nº 20.084. Establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (D.O. de 7 de diciembre de 2005)
– Ley Nº 20.066. Establece Ley de Violencia Intrafamiliar (D.O. de 7 de octubre de 2005)
– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito (D.O. de 29 de octubre de 2009)
– Ley Nº 21.459. Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest (D.O. 20 de junio de 2022)
– Ley Nº 21.595. Ley de delitos económicos (D.O. de 17 de agosto de 2023)
Modificaciones incorporadas a esta edición
Índice temático
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Autora: Tatiana Vargas Pinto
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 840
Año de Publicación : 2025
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Name | Código Penal 2025. Vigésima Quinta Edición - versión DUO ( Papel + Digital en Proview) remove | Los Derechos Fundamentales de las Personas Jurídicas. remove | Delitos de Falsedad Documental remove | Código Orgánico de Tribunales 2022. Edición Oficial. Especial para Estudiantes remove | Autoría y Participación Criminal remove | El ITER Criminis. Etapas de Desarrollo del Delito remove |
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Description | Autora: Tatiana Vargas Pinto Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 840 Año de Publicación : 2025 | Autor: Natanael Landaeta Sánchez Editorial: Rubicón Editores Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2021 | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 183 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Juridica Editorial: Juridica Numero de Paginas: 464 Año de publicación:2022 | Autor: Gabriel Carrillo Rozas Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 133 Año de publicación: 2021 | Autor: Gabriel Carrillo Rozas Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 109 Año de publicación: 2021 |
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DESPACHO A PARTIR DEL 25 DE FEBRERO 2025
Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático. Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional. Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido. Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares. Índice temático Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del artículo en que se encuentra tratado el concepto. Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura. Listado de modificaciones actualizado al 3 de enero de 2025 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002. MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN Modificaciones introducidas en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2025: – El artículo 17 de la Ley Nº 21.717, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2024, modifica el artículo 320 del Código Penal. – El artículo primero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica los artículos 11, 68 ter, 69 bis, 260 quáter, 411 sexies y 449 del Código Penal. – El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 4º de la Ley Nº 18.314, que Determina conductas terroristas y fija su penalidad. – El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 9º de la Ley Nº 21.459, que Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest. – El artículo tercero de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, deroga el artículo 64 de la Ley Nº 21.595, Ley de Delitos Económicos. – El artículo cuarto de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica el artículo 1º de la Ley Nº 18.216, que Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad y deroga disposiciones que señala. – El artículo quinto de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica el artículo 33 de la Ley Nº 19.913, que Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos. – El artículo séptimo de la Ley Nº 21.694, publicada en el Diario Oficial de 4 de septiembre de 2024, modifica los artículos 22, 46 y 62 de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366. – El artículo primero del Decreto Nº 64, publicado en el Diario Oficial de 24 de julio de 2024, modifica el título y los artículos 3º, 10, 12, 15, 16 bis, 17, 20, 21, 22 y 30 del Decreto Nº 338, Reglamento de la Ley de Libertad Condicional. – El artículo 54 de la Ley Nº 21.675, publicada en el Diario Oficial de 14 de junio de 2024, modifica los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 8º, 9º, 10, 11 bis, 14, 14 ter, 14 quáter, 15 y 17 de la Ley Nº 20.066, que establece la Ley de Violencia Intrafamiliar. – El artículo 56 de la Ley Nº 21.675, publicada en el Diario Oficial de 14 de junio de 2024, modifica los artículos 12, 161 D y 369 del Código Penal. – El artículo 55 de la Ley Nº 21.663, publicada en el Diario Oficial de 8 de abril de 2024, modifica los artículos 2º y 16 de la Ley Nº 21.459, que Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest. – El artículo 118 de la Ley Nº 21.659, publicada en el Diario Oficial de 21 de marzo de 2024, modifica el artículo 12 del Código Penal. – El artículo 119 de la Ley Nº 21.659, publicada en el Diario Oficial de 21 de marzo de 2024, modifica el artículo 63 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. – El artículo 3º de la Ley Nº 21.646, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2024, modifica el artículo 291 bis del Código Penal. – El artículo 3º de la Ley Nº 21.638, publicada en el Diario Oficial de 26 de diciembre de 2023, modifica el artículo 269 ter del Código Penal. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.633, publicada en el Diario Oficial de 24 de noviembre de 2023, modifica los artículos 457, 457 bis, 458, 458 bis, 462 bis y 470 bis del Código Penal. – El artículo 2º de la Ley Nº 21.632, publicada en el Diario Oficial de 23 de noviembre de 2023, modifica los artículos 27 y 39 de la Ley Nº 19.913, que crea la unidad de análisis financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.627, publicada en el Diario Oficial de 9 de noviembre de 2023, modifica los artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º del Decreto Ley Nº 321, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad. – El artículo único de la Ley Nº 21.620, publicada en el Diario Oficial de 25 de octubre de 2023, agrega el artículo 288 ter del Código Penal. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.601, publicada en el Diario Oficial de 11 de septiembre de 2023, modifica los artículos 39, 39 bis, 56, 62, 71, 192, 199, 200, 200 bis, 201 y 204 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. – El artículo 3º de la Ley Nº 21.601, publicada en el Diario Oficial de 11 de septiembre de 2023, modifica el artículo 456 bis del Código Penal. – El Decreto Nº 180, publicado en el Diario Oficial de 16 de septiembre de 2022, modifica el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 867, Reglamento de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366. – El artículo único de la Ley Nº 21.594, publicada en el Diario Oficial de 8 de septiembre de 2023, agrega el artículo 304 tera al Código Penal. – El artículo 21 de la Ley Nº 21.592, publicada en el Diario Oficial de 21 de agosto de 2023, modifica los artículos 211, 211 bis, 211 ter y 246 bis del Código Penal. ÍNDICE DEL CÓDIGO PENAL Mensaje del gobierno acompañando el presente Código Penal al Congreso LIBRO PRIMERO Título I De los delitos y de las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal, la atenúan o la agravan § 1. De los delitos § 2. De las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal § 3. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal § 4. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal § 5. De las circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad criminal según la naturaleza y accidentes del delito Título II De las personas responsables de los delitos Título III De las penas § 1. De las penas en general § 2. De la clasificación de las penas § 3. De los límites, naturaleza y efectos de las penas Penas que llevan consigo otras accesorias Naturaleza y efectos de algunas penas § 4. De la aplicación de las penas Tabla demostrativa Aplicación práctica de las reglas anteriores § 5. De la ejecución de las penas y su cumplimiento Título IV De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias y los que durante una condena delinquen de nuevo § 1. De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias § 2. De las penas en que incurren los que durante una condena delinquen de nuevo Título V De la extinción de la responsabilidad penal LIBRO SEGUNDO CRÍMENES Y SIMPLES DELITOS Y SUS PENAS Título I Crímenes y simples delitos contra la seguridad exterior y soberanía del Estado Título II Crímenes y simples delitos contra la seguridad interior del Estado Título III De los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución § 1. De los delitos relativos al ejercicio de los derechos políticos y a la libertad de imprenta § 2. De los crímenes y simples delitos relativos al ejercicio de los cultos permitidos en la República § 3. Crímenes y simples delitos contra la libertad y seguridad, cometidos por particulares § 4. De la tortura, otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de otros agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución § 5. De los delitos contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia Título IV De los crímenes y simples delitos contra la fe pública, de las falsificaciones, del falso testimonio y del perjurio § 1. De la moneda falsa § 2. De la falsificación de documentos de crédito del Estado, de las Municipalidades, de los establecimientos públicos, sociedades anónimas o bancos de emisión legalmente autorizados § 3. De la falsificación de sellos, punzones, matrices, marcas, papel sellado, timbres, estampillas, etc. § 4. De la falsificación de documentos públicos o auténticos § 5. De la falsificación de instrumentos privados § 6. De la falsificación de pasaportes, portes de armas y certificados § 7. De las falsedades vertidas en el proceso y del perjurio § 8. Del ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de funciones o nombres Título V De los crímenes y simples delitos cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos § 1. Anticipación y prolongación indebida de funciones públicas § 2. Nombramientos ilegales § 3. Usurpación de atribuciones § 4. Prevaricación § 5. Malversación de caudales públicos § 6. Fraudes y exacciones ilegales § 7. Infidelidad en la custodia de documentos § 8. Violación de secretos § 9. Cohecho § 9 bis. Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros § 9 ter. Normas comunes a los Párrafos anteriores § 10. Resistencia y desobediencia § 11. Denegación de auxilio y abandono de destino § 12. Abusos contra particulares § 13. Disposición general Título VI De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares § 1. Atentados contra la autoridad § 1 bis. Atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos § 1 ter. Retenciones o toma de control de vehículo de transporte público de pasajeros § 2. Otros desórdenes públicos § 2 bis. De la obstrucción a la investigación § 3. De la rotura de sellos § 4. De los embarazos puestos a la ejecución de los trabajos públicos § 5. Crímenes y simples delitos de los proveedores § 6. De las infracciones de las leyes y reglamentos referentes a loterías, casas de juego y de préstamo sobre prendas § 7. Crímenes y simples delitos relativos a la industria, al comercio y a las subastas públicas § 7 bis. De la corrupción entre particulares § 8. De las infracciones de las leyes y reglamentos relativos a las armas prohibidas § 9. Delitos relativos a la salud animal y vegetal § 10. De las asociaciones ilícitas § 11. De las amenazas de atentado contra las personas y propiedades §12. De la evasión de los detenidos y el ingreso de los elementos que se señalan a los recintos penitenciarios § 13. De la vagancia y mendicidad § 14. Crímenes y simples delitos contra la salud pública § 15. De la infracción de las leyes o reglamentos sobre inhumaciones y exhumaciones § 15 bis. Del ultraje de cadáver y sepultura § 16. Crímenes y simples delitos relativos a los ferrocarriles, telégrafos y conductores de correspondencia Título VII Crímenes y delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual § 1. Aborto § 2. Abandono de niños y personas desvalidas § 3. Crímenes y simples delitos contra el estado civil de las personas § 4. Del rapto § 5. De la violación § 6. Del estupro y otros delitos sexuales § 7. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores § 8. De los ultrajes públicos a las buenas costumbres § 9. Del incesto § 10. Celebración de matrimonios ilegales Título VIII Crímenes y simples delitos contra las personas § 1. Del parricidio § 1. bis. Del femicidio § 1. ter. Del homicidio § 2. Del infanticidio § 3. Lesiones corporales § 3 bis. Del maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad § 4. Del duelo § 5. Disposiciones comunes a los párrafos 1, 1 bis, 1 ter, 3 y 4 de este Título § 5 bis. De los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas § 6. De la calumnia § 7. De las injurias § 8. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores Título IX Crímenes y simples delitos contra la propiedad § 1. De la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño § 2. Del robo con violencia o intimidación en las personas § 3. Del robo con fuerza en las cosas § 4. Del hurto § 4 bis. Del Abigeato § 4 ter. De la sustracción de madera § 5. Disposiciones comunes a los cuatro párrafos anteriores § 5 bis. De la receptación § 6. De la usurpación § 7. De los delitos concursales y de las defraudaciones § 8. Estafas y otros engaños § 9. Del incendio y otros estragos § 10. De los daños § 11. Disposiciones generales Título X De los cuasidelitos LIBRO TERCERO Título I De las faltas Título II Disposiciones comunes a las faltas Título Final De la observancia de este Código ÍNDICE DEL APÉNDICE – Decreto Ley Nº 321. Establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad (D.O. 12 de marzo de 1925) – Decreto Nº 338. Aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 321, de 1925, que Establece la Libertad Condicional para las Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad (D.O. de 17 de septiembre de 2020) – Ley Nº 18.216. Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 14 de mayo de 1983) – Decreto Nº 1.120. Reglamento de la Ley Nº 18.216 (D.O. de 18 de enero de 1984) – Decreto Nº 515. Aprueba reglamento de monitoreo telemático de condenados a penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 18 de enero de 2013) – Decreto Nº 890. Fija texto actualizado de la Ley Nº 12.927, sobre Seguridad del Estado (D.O. de 26 de agosto de 1975) – Ley Nº 18.314. Determina conductas terroristas y fija su penalidad (D.O. de 17 de mayo de 1984) – Ley Nº 19.913. Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos (D.O. de 18 de diciembre de 2003) – Ley Nº 20.393. Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica (D.O. de 2 de diciembre de 2009) – Ley Nº 20.000. Sustituye la Ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas (D.O. de 16 de febrero de 2005) – Decreto Supremo Nº 867. Aprueba reglamento de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366 (D.O. de 19 de febrero de 2008) – Ley Nº 19.327. De derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (D.O. de 31 de agosto de 1994) – Ley Nº 19.925. Sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas (D.O. de 19 de enero de 2004) – Decreto Nº 808. Promulga la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas mediante Resolución Nº 39/46, de fecha 10 de diciembre de 1984 (D.O. de 26 de noviembre de 1988) – Decreto Nº 809. Promulga la Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura, adoptada el 9.12.85 por la Organización de los Estados Americanos en el decimoquinto período ordinario de sesiones de la Asamblea General Nº 809 (D.O. de 26 de noviembre de 1988) – Ley Nº 20.084. Establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (D.O. de 7 de diciembre de 2005) – Ley Nº 20.066. Establece Ley de Violencia Intrafamiliar (D.O. de 7 de octubre de 2005) – Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito (D.O. de 29 de octubre de 2009) – Ley Nº 21.459. Establece normas sobre delitos informáticos, deroga la Ley Nº 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest (D.O. 20 de junio de 2022) – Ley Nº 21.595. Ley de delitos económicos (D.O. de 17 de agosto de 2023) Modificaciones incorporadas a esta edición Índice temático | indiceDescripción
Una propuesta sobre la fundamentación y los criterios para la atribución de titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas.
La pregunta sobre la titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas ha pasado casi desapercibida por la doctrina nacional, existiendo pocas menciones y escaso tratamiento a esta cuestión en manuales, tratados y revistas sobre derechos fundamentales.
La presente obra sistematiza los argumentos hasta ahora presentados por la doctrina nacional, a favor y en contra de la titularidad de las personas jurídicas como regla general. Pero también expone novedosos argumentos basados en el modelo dualista de Gregorio Peces-Barba para fundamentar la idea de la titularidad en abstracto de las personas jurídicas.
Además de lo anterior se proponen ciertos criterios y una fórmula para atribución de titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas, para aquellos casos en donde existe duda o controversia sobre la atribución o negación de titularidad respecto de ciertos derechos que aparentemente sólo pueden ser gozados y ejercidos por personas naturales. Esta propuesta es producto de una sistematización de los criterios desarrollados por el derecho comparado español y alemán a nivel dogmático y jurisprudencial.
Por último, se exponen algunos de los desafíos que debe enfrentar en la materia tanto el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos como el Poder Constituyente chileno al momento de redactar la nueva constitución.
| IndiceDescripciónDELITOS DE FALSEDAD DOCUMENTALEn la presente monografía, se estudia cada tipo penal, desde la estructura del delito, sus elementos normativos, se apoyan en jurisprudencia Española, Colombiana, Chilena, al igual que con la doctrina. Su redacción es de forma didáctica, de tal manera que un estudiante, o un profesional versado le pueda ser fácil su lectura. Los delitos de falsedad documental son aquellos tipos penales que castigan la acción de falsificar, alterar o usar documentos falsos con fines fraudulentos. Estos delitos pueden incluir la fabricación de documentos falsos, la alteración de documentos auténticos, el uso de documentos falsos o alterados, o la impersonación de otra persona mediante el uso de documentación falsa o alterada. En general, la falsedad documental se refiere a la creación o alteración de documentos con el propósito de engañar o defraudar a otras personas o entidades. Los documentos falsos o alterados pueden ser de cualquier tipo, como facturas, títulos universitarios, pasaportes, certificados médicos, etc. Los delitos de falsedad documental suelen ser graves y están tipificados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos. La pena prevista por estos delitos depende de la gravedad del hecho y de los daños causados, y puede incluir prisión y multas. | DescripciónTrigésima séptima Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 733, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 3 de enero de 2022 Texto completo del Código Orgánico de Tribunales y Apéndice que incluye las siguientes disposiciones:
| Autoría y Participación, esta interesante monografía del destacado abogado don Gabriel Alejandro Carrillo Rozas, Magíster en Derecho Público y diplomado en Derecho Penal Especial, con el convencimiento de que será un gran aporte a los estudios del derecho penal.
Esta materia ha adquirido cada vez más importancia y relevancia dentro del ámbito de la docencia. Es por ello que, creemos que es de real interés para procesionales, egresados y alumnos de la carrera.
Autor: Gabriel Carrillo Rozas
Ediciones Jurídicas El Jurista
I. Algunas generalidades II. Principios de participación criminal III. Doctrinas IV. Teoría del dominio del hecho V. Formas de participación VI. La complicidad en la ley penal chilena VII. El encubrimiento en la ley penal chilena | Esta Monografía del destacado abogado, Magíster en Derecho Penal y Proceso Penal, Magíster en Derecho Público y Diplomado en Derecho Penal Especial, don Gabriel Carrillo Rozas, titulada El ITER Criminis. Etapas de Desarrollo del Delito, es un destacado aporte a la investigación del derecho penal.
Autor: Gabriel Carrillo Rozas
Ediciones Jurídicas El Jurista
1. Actos preparatorios * La proposición * La conspiración o complot 2. Actos de ejecución * La tentativa * La frustración |
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