Código Sanitario 2024. Vigésima Cuarta Edición

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DISPONIBLE A PARTIR DEL 08 DE MARZO DEL 2024

Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático.

Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.

Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.

Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.

Índice temático Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del artículo en que se encuentra tratado el concepto.

Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura.

Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2024 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.

ÍNDICE DEL CÓDIGO SANITARIO

TÍTULO PRELIMINAR

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De los Servicios de Salud

Párrafo III. De las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades

LIBRO PRIMERO
DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

TÍTULO I
De la protección materno infantil

TÍTULO II
De las enfermedades transmisibles

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De las enfermedades venéreas

TÍTULO III
De los laboratorios de salud pública

TÍTULO IV
De las estadísticas sanitarias

TTÍTULO V
De la divulgación y educación sanitarias

LIBRO SEGUNDO
DE LA PROFILAXIS SANITARIA INTERNACIONAL

TÍTULO I
Definiciones

TTÍTULO II
De la protección sanitaria internacional

LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO

TÍTULO I
Normas generales

TÍTULO II
De la higiene y seguridad del ambiente

Párrafo I. De las aguas y de sus usos sanitarios

Párrafo II. De las viviendas, locales, campamentos y demás

Párrafo III. De los desperdicios y basuras

TÍTULO III
De la higiene y seguridad de los lugares de trabajo

TÍTULO IV
De otros factores de riesgos

Párrafo I. De la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones

Párrafo II. De las substancias tóxicas o peligrosas para la salud

LIBRO CUARTO
DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTICIOS, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO MÉDICO

TÍTULO I
De los productos farmacéuticos

TÍTULO II
De los productos alimenticios

Párrafo I. De los productos alimenticios en general

Párrafo II. De la leche y los productos lácteos

TÍTULO III
De los productos cosméticos y productos de higiene y odorización personal

TÍTULO IV
De los elementos de uso médico

TÍTULO V
De los ensayos clínicos de productos farmacéuticos y elementos de uso médico

TÍTULO VI
De la responsabilidad por productos sanitarios defectuosos

LIBRO QUINTO
DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES LIBRO SEXTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE LA SALUD

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I
De los establecimientos asistenciales de salud

TÍTULO II
De los establecimientos de óptica y de otros elementos de uso médico

TÍTULO III
De los establecimientos del área farmacéutica

LIBRO SÉPTIMO
DE LA OBSERVACIÓN Y RECLUSIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES, DE LOS ALCOHÓLICOS Y DE LOS QUE PRESENTEN ESTADO DE DEPENDENCIA DE OTRAS DROGAS Y SUBSTANCIAS

LIBRO OCTAVO
DE LAS INHUMACIONES, EXHUMACIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

LIBRO NOVENO
DEL APROVECHAMIENTO DE TEJIDOS O PARTES DEL CUERPO DE UN DONANTE VIVO Y DE LA UTILIZACIÓN DE CADÁVERES O PARTE DE ELLOS CON FINES CIENTÍFICOS O TERAPÉUTICOS

LIBRO DÉCIMO
DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

TÍTULO I
De la inspección y allanamiento

TÍTULO II
Del sumario sanitario

TÍTULO III
De las sanciones y medidas sanitarias

ÍNDICE DEL APÉNDICE

– Ley Nº 19.451. Establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 10 de abril de 1996)

– Decreto Nº 35. Aprueba reglamento de la Ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 21 de octubre de 2013)

– Resolución Nº 601 exenta. Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectúen extracción y trasplantes de órganos (D.O. de 19 de abril de 1999)

– Decreto Nº 357. Reglamento general de cementerios (D.O. de 18 de junio de 1970)

– Decreto Nº 161. Reglamento de hospitales y clínicas (D.O. de 19 de noviembre de 1982)

– Decreto Nº 825. Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso médico (D.O. de 21 de agosto de 1999)

– Decreto Nº 3. Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas (D.O. de 25 de abril de 1985)

– Decreto Nº 133. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines (D.O. de 23 de agosto de 1984)

– Decreto Nº 466. Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados (D.O. de 12 de marzo de 1985)

– Decreto Nº 405. Reglamento de productos psicotrópicos (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto Nº 404. Reglamento de estupefacientes (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa (D.O. de 21 de febrero de 1990)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 (D.O. de 24 de abril de 2006)

– Ley Nº 20.584. Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (D.O. de 24 de abril de 2012)

– Ley Nº 20.585. Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (D.O. de 11 de mayo de 2012)

– Ley Nº 20.606. Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (D.O. de 6 de julio de 2012)

– Ley Nº 20.869. Sobre publicidad de los alimentos (D.O. de 13 de noviembre de 2015)

– Ley Nº 21.331. Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental (D.O. de 11 de mayo de 2021)

– Ley Nº 21.375. Consagra los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 21 de octubre de 2021)

– Decreto Nº 44. Aprueba reglamento de las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines de la Ley Nº 21.030 (D.O. de 8 de febrero de 2018)

– Decreto Nº 67. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario (D.O. de 23 de octubre de 2018)

– Ley Nº 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos (D.O. de 10 de febrero de 2023)

– Ley Nº 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personascon trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación (D.O. de 10 de marzo de 2023)

– Ley Nº 21.559. Regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación (D.O. de 28 de abril de 2023)

– Decreto Nº 6. Reglamento sobre acciones vinculadas a la atención de salud realizada a distancia (D.O. de 9 de diciembre de 2022)

– Decreto Nº 41. Reglamento sobre cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 10 de enero de 2023)

Modificaciones incorporadas a esta edición

Índice Temático

 

MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN

Modificaciones introducidas al Código Sanitario en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2024:

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.566, publicada en el Diario Oficial de 11 de mayo de 2023, modifica el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 1º, 3º, 8º, 8º bis, 9º, 10 bis, 11, 13 y 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo 2º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 8º bis, 79 bis y 159 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.

– El artículo 3º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 120 bis y 122 del Código Sanitario.

– El artículo único del Decreto Nº 91, publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único de la Ley Nº 21.509, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2022, modifica el artículo 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo único del Decreto Nº 75, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2022, modifica los artículos 2º, 2º bis, 3º, 4º, 6º, 8º bis y 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único del Decreto Nº 10, publicado en el Diario Oficial de 7 de septiembre de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 31, publicado en el Diario Oficial de 28 de marzo de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º del Decreto Nº 6, publicado en el Diario Oficial de 10 de marzo de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 7, publicado en el Diario Oficial de 4 de marzo de 2022, modifica los artículos 2º y 2º bis del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único del Decreto Nº 43, publicado en el Diario Oficial de 6 de enero de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 52, publicado en el Diario Oficial de 24 de diciembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º del Decreto Nº 40, publicado en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2021, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo único de la Ley Nº 21.388, publicada en el Diario Oficial de 28 de octubre de 2020, modifica los artículos 174, 174 bis y 179 del Código Sanitario.

– El artículo único de la Ley Nº 21.380, publicada en el Diario Oficial de 21 de octubre de 2021, modifica los artículos 5º bis y 5º quáter de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo único de la Ley Nº 21.372, publicada en el Diario Oficial de 7 de octubre de 2021, modifica el artículo 6º de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo 1º del Decreto Nº 39, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.371, publicada en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2021, modifica los artículos 5º, 1º y 2º transitorio de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

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Autor: María Soledad Krause M.
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 560
Año de Publicación  : 2024

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DescriptionAutor: María Soledad Krause M. Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 560 Año de Publicación  : 2024Autores: Ester Valenzuela Rivera, Juan Pablo González Jansana, Miguel Cillero Bruñol Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :832Autores: Javier Alonso Morales Escudey - Marco Antonio Fernández Ponce Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 200 Año de publicación: 2024Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 376 Año de publicación: 2022Autor: Raúl Núñez Ojeda Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :308Autor: María Teresa Hoyos de la Barrera Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :618
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Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático.

Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.

Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.

Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.

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Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2024 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.

ÍNDICE DEL CÓDIGO SANITARIO

TÍTULO PRELIMINAR

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De los Servicios de Salud

Párrafo III. De las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades

LIBRO PRIMERO DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

TÍTULO I De la protección materno infantil

TÍTULO II De las enfermedades transmisibles

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De las enfermedades venéreas

TÍTULO III De los laboratorios de salud pública

TÍTULO IV De las estadísticas sanitarias

TTÍTULO V De la divulgación y educación sanitarias

LIBRO SEGUNDO DE LA PROFILAXIS SANITARIA INTERNACIONAL

TÍTULO I Definiciones

TTÍTULO II De la protección sanitaria internacional

LIBRO TERCERO DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO

TÍTULO I Normas generales

TÍTULO II De la higiene y seguridad del ambiente

Párrafo I. De las aguas y de sus usos sanitarios

Párrafo II. De las viviendas, locales, campamentos y demás

Párrafo III. De los desperdicios y basuras

TÍTULO III De la higiene y seguridad de los lugares de trabajo

TÍTULO IV De otros factores de riesgos

Párrafo I. De la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones

Párrafo II. De las substancias tóxicas o peligrosas para la salud

LIBRO CUARTO DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTICIOS, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO MÉDICO

TÍTULO I De los productos farmacéuticos

TÍTULO II De los productos alimenticios

Párrafo I. De los productos alimenticios en general

Párrafo II. De la leche y los productos lácteos

TÍTULO III De los productos cosméticos y productos de higiene y odorización personal

TÍTULO IV De los elementos de uso médico

TÍTULO V De los ensayos clínicos de productos farmacéuticos y elementos de uso médico

TÍTULO VI De la responsabilidad por productos sanitarios defectuosos

LIBRO QUINTO DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES LIBRO SEXTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE LA SALUD

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I De los establecimientos asistenciales de salud

TÍTULO II De los establecimientos de óptica y de otros elementos de uso médico

TÍTULO III De los establecimientos del área farmacéutica

LIBRO SÉPTIMO DE LA OBSERVACIÓN Y RECLUSIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES, DE LOS ALCOHÓLICOS Y DE LOS QUE PRESENTEN ESTADO DE DEPENDENCIA DE OTRAS DROGAS Y SUBSTANCIAS

LIBRO OCTAVO DE LAS INHUMACIONES, EXHUMACIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

LIBRO NOVENO DEL APROVECHAMIENTO DE TEJIDOS O PARTES DEL CUERPO DE UN DONANTE VIVO Y DE LA UTILIZACIÓN DE CADÁVERES O PARTE DE ELLOS CON FINES CIENTÍFICOS O TERAPÉUTICOS

LIBRO DÉCIMO DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

TÍTULO I De la inspección y allanamiento

TÍTULO II Del sumario sanitario

TÍTULO III De las sanciones y medidas sanitarias

ÍNDICE DEL APÉNDICE

– Ley Nº 19.451. Establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 10 de abril de 1996)

– Decreto Nº 35. Aprueba reglamento de la Ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 21 de octubre de 2013)

– Resolución Nº 601 exenta. Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectúen extracción y trasplantes de órganos (D.O. de 19 de abril de 1999)

– Decreto Nº 357. Reglamento general de cementerios (D.O. de 18 de junio de 1970)

– Decreto Nº 161. Reglamento de hospitales y clínicas (D.O. de 19 de noviembre de 1982)

– Decreto Nº 825. Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso médico (D.O. de 21 de agosto de 1999)

– Decreto Nº 3. Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas (D.O. de 25 de abril de 1985)

– Decreto Nº 133. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines (D.O. de 23 de agosto de 1984)

– Decreto Nº 466. Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados (D.O. de 12 de marzo de 1985)

– Decreto Nº 405. Reglamento de productos psicotrópicos (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto Nº 404. Reglamento de estupefacientes (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa (D.O. de 21 de febrero de 1990)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 (D.O. de 24 de abril de 2006)

– Ley Nº 20.584. Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (D.O. de 24 de abril de 2012)

– Ley Nº 20.585. Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (D.O. de 11 de mayo de 2012)

– Ley Nº 20.606. Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (D.O. de 6 de julio de 2012)

– Ley Nº 20.869. Sobre publicidad de los alimentos (D.O. de 13 de noviembre de 2015)

– Ley Nº 21.331. Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental (D.O. de 11 de mayo de 2021)

– Ley Nº 21.375. Consagra los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 21 de octubre de 2021)

– Decreto Nº 44. Aprueba reglamento de las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines de la Ley Nº 21.030 (D.O. de 8 de febrero de 2018)

– Decreto Nº 67. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario (D.O. de 23 de octubre de 2018)

– Ley Nº 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos (D.O. de 10 de febrero de 2023)

– Ley Nº 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personascon trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación (D.O. de 10 de marzo de 2023)

– Ley Nº 21.559. Regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación (D.O. de 28 de abril de 2023)

– Decreto Nº 6. Reglamento sobre acciones vinculadas a la atención de salud realizada a distancia (D.O. de 9 de diciembre de 2022)

– Decreto Nº 41. Reglamento sobre cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 10 de enero de 2023)

Modificaciones incorporadas a esta edición

Índice Temático

  MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN Modificaciones introducidas al Código Sanitario en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2024: – El artículo 1º de la Ley Nº 21.566, publicada en el Diario Oficial de 11 de mayo de 2023, modifica el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 1º, 3º, 8º, 8º bis, 9º, 10 bis, 11, 13 y 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo 2º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 8º bis, 79 bis y 159 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. – El artículo 3º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 120 bis y 122 del Código Sanitario. – El artículo único del Decreto Nº 91, publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único de la Ley Nº 21.509, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2022, modifica el artículo 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo único del Decreto Nº 75, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2022, modifica los artículos 2º, 2º bis, 3º, 4º, 6º, 8º bis y 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único del Decreto Nº 10, publicado en el Diario Oficial de 7 de septiembre de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 31, publicado en el Diario Oficial de 28 de marzo de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º del Decreto Nº 6, publicado en el Diario Oficial de 10 de marzo de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 7, publicado en el Diario Oficial de 4 de marzo de 2022, modifica los artículos 2º y 2º bis del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único del Decreto Nº 43, publicado en el Diario Oficial de 6 de enero de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 52, publicado en el Diario Oficial de 24 de diciembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º del Decreto Nº 40, publicado en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2021, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo único de la Ley Nº 21.388, publicada en el Diario Oficial de 28 de octubre de 2020, modifica los artículos 174, 174 bis y 179 del Código Sanitario. – El artículo único de la Ley Nº 21.380, publicada en el Diario Oficial de 21 de octubre de 2021, modifica los artículos 5º bis y 5º quáter de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo único de la Ley Nº 21.372, publicada en el Diario Oficial de 7 de octubre de 2021, modifica el artículo 6º de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo 1º del Decreto Nº 39, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.371, publicada en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2021, modifica los artículos 5º, 1º y 2º transitorio de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

Esta obra colectiva es una publicación conjunta del Centro Iberoamericano de Derechos del Niño (CIDENI), Familias Ahora y el Instituto O'Neill de la Universidad de Georgetown que tiene por objeto plantear distintas reflexiones académicas en torno al proceso constituyente chileno y los derechos de niños, niñas y adolescentes en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. Una constitución, en su calidad de norma suprema del ordenamiento jurídico, organiza al poder, reconoce derechos y regula las bases principales de la vida en sociedad, entre otros fines. Todos estos aspectos resultan fundamentales para el debido resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes, por lo que la presente publicación constituye un aporte multidisciplinario en torno a instituciones y figuras jurídicas de la mayor relevancia en materia de niñez y adolescencia, como es la regulación sobre la familia, la importancia del resguardo de sus derechos, cuáles son las obligaciones del Estado en este campo o la incorporación en la nueva Constitución de los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, como el interés superior, el derecho a ser oídos y oídas, la igualdad y no discriminación, y el derecho a la vida, supervivencia y desarrolloINDICE LA VALORACIÓN PROBATORIA DEL DERECHO A LA SALUD Una aproximación a partir de las demandas de medicamentos de alto costo Prólogo Sergio Fuenzalida Bascuñán La política pública sanitaria se encuentra en riesgo vital. El rol adjudicador del poder judicial en materia sanitaria ha generado una importante distorsión en los mecanismos de creación e implementación de políticas públicas; toda vez que, por la vía del cumplimiento de fallos particulares dictados a propósito de recursos de protección, la industria farmacéutica asegura la venta de costosos medicamentos al precio que ellos unilateralmente impongan, jugando con la necesidad de un Estado bipolar que, de una parte, pretende hacer gestión de recursos públicos en forma eficiente, colectiva y progresiva pero que, de otra parte, exige obviar esa racionalidad distributiva tildándola de arbitraria e ilegal para casos concretos. Reconociendo la complejidad de la problemática descrita, la que involucra factores jurídicos, políticos, económicos y sociales; este trabajo pretende limitarse a un tema específico, cual es descifrar qué puede exigírsele a los tribunales superiores de justicia para justificar adecuadamente las decisiones que están provocando esta fricción institucional. Para ello, se propone un estudio crítico de los fallos que se han dictado sobre la materia, identificando la existencia de una regla atributiva jurisprudencial que el máximo tribunal construyó a propósito del conocimiento y fallo de estas causas. Es a partir de esta regla que el trabajo revisa tópicos tales como la determinación del presupuesto normativo aplicable y la valoración de la prueba allegada para acreditar las premisas fácticas de estos casos, siendo estas últimas particularmente complejas, toda vez que se relacionan con la determinación del riesgo vital de los pacientes demandantes, el beneficio terapéutico y la seguridad de los medicamentos demandados. Todo lo anterior en un escenario de incertidumbre científica respecto al valor terapéutico de los productos demandados, y donde, a su vez, se detecta la presencia de sesgos cognitivos por parte de los intervinientes. A propósito de ello, el texto da cuenta de brechas importantes en la valoración probatoria y en la motivación de estas decisiones, concluyendo que no se logra justificar, social y racionalmente, el mediático rol adjudicador de los tribunales superiores de cara a la ciudadanía.
Descripción
«Este texto es un Manual sobre Derechos Reales; y constituye una síntesis para la docencia de pre-grado de la versión ampliada que ha publicado esta misma editorial. Comprende los conceptos fundamentales, las principales clasificaciones de los bienes, una teoría general de los derechos reales, el derecho de propiedad y la posesión, los principales derechos reales limitados de goce y las acciones protectoras. De los temas examinados merecen especial mención: a.- Las nuevas influencias al derecho de propiedad debido a preocupaciones ambientales, al conservacionismo cultural y al desarrollo urbanístico, extendiéndose así la función social de la propiedad. b.- Las bases para una teoría general de los derechos reales, incluyendo las diferencias entre derechos reales y personales y la disyuntiva entre reserva legal o libertad de creación. c.- El Registro inmobiliario, con la denuncia de sus defectos y las bases para su necesaria reforma (con la introducción del folio real y la constancia electrónica). d.- Una teoría general de los derechos reales restringidos, con los varios problemas que plantea. e.- El derecho real de conservación ambiental, de reciente ingreso al ordenamiento jurídico chileno. Con una previa y breve referencia histórica cuando es conveniente, en cada institución es consignada la estructura en sus rasgos más universalmente aceptados y la regulación en el Derecho chileno, su crítica y eventualmente alguna proposición de enmienda. En el acopio de las fuentes, la recepción de cada una es determinada por su influencia en la respectiva materia; y la casuística es convocada con frecuencia para averiguar la calidad de propuestas teóricas mediante su puesta en obra.» Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Thomson Reuters

ÍNDICE

Advertencia

Abreviaturas

Bibliografía elemental

PRIMERA PARTE

CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES

Capítulo I

CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1.- Referencia al plan

bis.- Denominación

2.- Límites

3.- Función

bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental

ter.- Relación con la contratación y la responsabilidad civil

4.- Las nociones de cosa y bien. La dispersión conceptual. Las cosas materiales

bis.- La expansión.

ter.- Las características de la cosa. La patrimonialidad

5.- Las energías como cosas

6.- El cuerpo humano como cosa

7.- Los animales como cosas

8.- Cosa y objeto de derecho

9.- Continua expansión de los conceptos

10.- Conceptos primarios

10 bis.- Legislación

Capítulo II

CLASIFICACIONES

11.- Advertencia

Párrafo I

BIENES CORPORALES E INCORPORALES

12.- Conceptos

13.- Cosificación y propietarización de los derechos

14.- Aplicación

15.- Referencia

16.- Bienes incorporales

17.- A.-Derechos reales. Bases de una teoría general

18.- B.-Derechos personales

19.- Las acciones

20.- Referencia a una clasificación

Párrafo II

BIENES MUEBLES E INMUEBLES

21.- Advertencia

22.- Formulación

23.- Aplicación

24.- A) Bienes muebles

25.- B) Bienes inmuebles

26.- Inmuebles (predios) rústicos y no rústicos; urbanos y rurales

Párrafo III

BIENES MEDIOS DE PRODUCCIÓN Y BIENES DE CONSUMO

27.- Conceptos

Párrafo IV

BIENES CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES

28.- Conceptos

Párrafo V

BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES

29.- Conceptos

30.- Consumibilidad y fungibilidad

31.- Fungibilidad subjetiva

Párrafo VI

BIENES PRINCIPALES Y ACCESORIOS

32.- Conceptos

33.- Cosas accesorias

Párrafo VII

BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES

34.- Conceptos

Párrafo VIII

BIENES SINGULARES Y UNIVERSALES

35.- Conceptos

36.- Las universalidades

37.- Universalidades de hecho (universitas facti)

38.- Universalidades de Derecho (universitas juris)

39.- Diferencias

Párrafo IX

BIENES SIMPLES Y COMPUESTOS

40.- Conceptos

Párrafo X

BIENES PRESENTES Y FUTUROS

41.- Conceptos

Párrafo XI

BIENES COMERCIABLES E INCOMERCIABLES

42.- Conceptos

Párrafo XII

BIENES APROPIABLES E INAPROPIABLES

43.- Conceptos

44.- A.- Bienes apropiados e inapropiados

45.- B.- Bienes susceptibles de apropiación por los particulares y no susceptibles de apropiación por los particulares

46.- Nomenclatura

Párrafo XIII

BIENES PRIVADOS Y PÚBLICOS (O NACIONALES)

47.- Conceptos

48.- A.- Bienes nacionales de uso público

48 bis.- El acceso al mar, a los ríos y lagos

49.- B.-Bienes fiscales

SEGUNDA PARTE

LA PROPIEDAD Y LA POSESIÓN

Capítulo I

LA PROPIEDAD. CONCEPTO, EVOLUCIÓN Y CARACTERES

50.- Advertencia

51.- Legislación

52.- Concepto

53.- Evolución

54.- Evolución; continuación

55.- Evolución; estructura

56.- Evolución; final

57.- Orientaciones actuales. El campo de aplicación y los principios rectores: equidad en el reparto y en el aprovechamiento

57 bis.- La base constitucional chilena; el campo de aplicación; la protección; la función social, la reserva legal, las restricciones y privaciones y la afectación de la esencia; la privación o afectación sin indemnización y su consecuencia

57 ter.- La conservación natural y cultural

57 quáter.– La regulación del suelo

58.- Las llamadas formas de propiedad

59.- Caracteres

60.- Atributos (o facultades). Uso, goce (el entorno), disposición (las zonas fronterizas)

61.- La estipulación restrictiva de la facultad de disposición

62.- Algunas clasificaciones

63.- Extensión material. El subsuelo

64.- Las relaciones de vecindad

65.- La propiedad familiar

65 bis.- La extinción del dominio

Capítulo II

LA COPROPIEDAD

66.- Descripción general

67.- Textos

68.- Las dos concepciones

69.- Clases de indivisión

70.- La cuota

71.- La coposesión

72.- La copropiedad inmobiliaria

72 bis.- Situaciones semejantes (tiempo compartido y cementerios)

Capítulo III

LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO

Párrafo I

DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA

73.- Conceptos y alternativas

74.- Clasificaciones

75.- Aplicación

76.- La adquisición es lograda por un solo modo

77.- La exigencia del título en todos los modos de adquirir

Párrafo II

LA OCUPACIÓN

78.- Concepto

79.- Elementos

79 bis.- Requisitos y campo de aplicación

80.- Reglas particulares

Párrafo III

LA ACCESIÓN

81.- Concepto

82.- A.- Accesión de frutos

83.- Frutos y productos

84.- 1.- Frutos naturales

85.- 2.- Frutos civiles

86.- El dominio de los frutos

87.- Reglas especiales. Los frutos en la comunidad

88.- B.- Accesión continua

89.- 1.- Accesión de inmueble a inmueble

90.- 2.- Accesión de mueble a mueble

91.- 3.- Accesión de mueble a inmueble

92.- Indemnizaciones

Párrafo IV

LA TRADICIÓN

I. Descripción general

93.- Concepto y textos

94.- Caracteres

95.- Aplicación

96.- Entrega y tradición

II. Requisitos

97.- 1.- Presencia de dos personas, tradente y adquirente

98.- Tradición y pago

99.- 2.- Consentimiento de ambas partes

100.- Reglas sobre el error

101.- Tradición por representantes

102.- La tradición en las enajenaciones forzadas

103.- 3.- Título traslaticio de dominio

104.- El título debe ser válido

104 bis.- La falta o nulidad del título y su influencia en la tradición. Tradición causada o abstracta

105.- El conflicto teórico con la noción de contrato real

106.- 4.- Entrega

III. Efectos

107.- a.- El efecto normal de la tradición

108.- b.- Si el tradente no era dueño y tenía otros derechos

109.- c.- Si el tradente no era dueño; el efecto posesorio

110.- d.- Otras particularidades

111.- Retroactividad

112.- Época para exigir la tradición

113.- Tradición sujeta a modalidades. La reserva del dominio

IV. Formas de efectuar la tradición

114.- Distinción

115.- Referencia a la evolución

116.- A.- Tradición de derechos reales sobre muebles

117.- 1.- Tradición real

118.- 2.- Tradición ficta o simbólica

119.- Principio

119 bis.- Prueba

120.- Tradición de muebles por anticipación

121.- Reserva legal de las formas fictas

122.- Valor comparativo

123.- B.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles

124.- El Registro. Descripción. La naturaleza de la función registral

125.- Características, principios y seguridad registral

126.- El sistema registral chileno. El Registro Conservatorio de Bienes Raíces

127.- Organización, estructura y funcionamiento

128.- Títulos que deben inscribirse y títulos que pueden inscribirse

128 bis.- Del modo de proceder a la inscripción, de su forma y su solemnidad

129.- Comuna (o agrupación de Comunas) en que debe ser practicada la inscripción

130.- Quién puede requerir la inscripción. Necesidad de la petición

131.- Instrumentos con los que es requerida la inscripción. Referencia a las minutas

132.- La anotación en el Repertorio

133.- Obligación de inscribir y causales de negativa

133 bis.- Plazo para inscribir

134.- Inscripción por avisos

135.- Inscripción de títulos anteriores a la vigencia del Reglamento

136.- Exigencias de orden y forma en la confección de las inscripciones

137.- Contenido de la inscripción

137 bis.- Ausencia de menciones en el título

137 ter.- Qué es lo inscrito (títulos, predios o derechos)

138.- Subinscripciones

139.- Cancelaciones

139 bis.- La conexión de las inscripciones y la historia de la titularidad de los inmuebles

139 ter.- Inscripciones anómalas (o irregulares). Inscripciones paralelas; inscripciones por minutas; inscripciones de papel

140.- Reinscripciones (fusión de inscripciones)

141.- Consecuencias por defectos de la inscripción

142.- Reconstitución de inscripciones

143.- Saneamiento de títulos

144.- Calificación

145.- Crítica y proyecto de reforma

146.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles

147.- Tradición de cuota

148.- Tradición de muebles registrables. Los vehículos motorizados

149.- Inscripciones a que da lugar la sucesión por causa de muerte

150.- Sanción por infracción

151.- La inscripción en la prescripción

152.- C.- La tradición del derecho real de herencia

152 bis.- Las inscripciones para disponer de inmuebles hereditarios, en relación con la disposición de los derechos de herencia y legado

153.- D.- Tradición de los derechos personales

154.- Tradición de derechos litigiosos

154 bis.- Síntesis de funciones

Párrafo V

LA POSESIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN

Sección Primera La Posesión

155.- Apreciaciones generales

156.- Definición y elementos (estructura)

157.- La naturaleza de la posesión (hecho o derecho) y su relación con el dominio

158.- Mera tenencia

159.- Precedencia

160.- Ventajas

161.- Cosas susceptibles de posesión

162.- Cosas no susceptibles de posesión. La posesión de los derechos

163.- Clases de posesión

164.- A.- Posesión regular

165.- 1.- Justo título

166.- Subclasificación

167.- Títulos injustos

168.- 2.- Buena fe

169.- 3.- Tradición

170.- Ventajas

171.- B.- Posesión irregular

172.- Posesiones viciosas

173.- Utilidad de la posesión viciosa

174.- La mera tenencia

175.- Algunas consecuencias jurídicas

176.- Transmisión de la posesión

177.- Transferencia de la posesión

178.- Agregación de posesiones

179.- Posesiones contiguas

180.- La disolución del título

181.- La interversión de la posesión

182.- Mutación de la mera tenencia en posesión

183.- Mutación de la posesión en mera tenencia

184.- Adquisición, conservación y pérdida de la posesión

185.- a.- Capacidad para adquirir la posesión

186.- b.- Adquisición de la posesión por intermedio de otro

187.- Principio básico

188.- Bienes muebles

189.- Bienes inmuebles

190.- I.- Inmuebles no inscritos. A.- Adquisición

191.- B.- Conservación y pérdida

192.- II.- Inmuebles inscritos

193.- A.- Adquisición

194.- B.- Conservación y pérdida

195.- El fondo de la controversia

195 bis.- El debate antes expuesto, ahora con referencia al rol de la inscripción: si la inscripción es requisito, prueba y garantía de la posesión de inmuebles

196.- Prueba

Sección Segunda

LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

197.- Noción general; sistemática; justificación

197 bis.- La relación con la propiedad; el conflicto constitucional

198.- Las llamadas reglas comunes a toda prescripción

199.- A.- Debe ser alegada

200.- B.- No puede ser renunciada anticipadamente

201.- C.- Las reglas son iguales para todas las personas

202.- Algunas características

203.- Elementos

204.- Prescripción entre comuneros

205.- a.- Posesión

206.- b.- Plazo

207.- Interrupción de la prescripción

208.- Distinción

209.- 1.- Prescripción adquisitiva ordinaria

210.- 2.- Prescripción adquisitiva extraordinaria

211.- Prescripción adquisitiva de otros derechos reales

212.- La adquisición del dominio por la prescripción

212 bis.- Efecto liberatorio. La usucapión liberatoria

213.- La sentencia

214.- Prescripción contra título inscrito

Párrafo VI

LA LEY COMO MODO DE ADQUIRIR

214 bis.- Descripción general

Párrafo VII

TÍTULOS DE DOMINIO

215.- Noción general

216.- a.- Títulos de dominio sobre muebles

217.- b.- Títulos de dominio sobre inmuebles

218.- El estudio y el informe

TERCERA PARTE

LOS DERECHOS REALES LIMITADOS

Capítulo I

CARACTERES COMUNES

219.- Rasgos comunes y relación con el dominio

Capítulo II

LA PROPIEDAD FIDUCIARIA

220.- Definición y origen

221.- Constitución del fideicomiso

222.- Elementos

223.- A.- Una cosa susceptible de ser dada en fideicomiso

224.- B.- Concurrencia de tres personas

225.- C.- Una condición

226.- Efectos del fideicomiso

227.- Extinción

Capítulo III

EL USUFRUCTO

228.- La concesión del uso y goce; definición y textos

229.- Características

230.- Elementos

231.- A.- Un bien susceptible de usufructo

232.- Usufructo y cuasiusufructo

233.- Cuasiusufructo y mutuo

234.- B.- Concurrencia de tres sujetos

235.- C.- Un plazo

236.- Constitución del usufructo

237.- Efectos

237 bis.- Estado en que el usufructuario recibe la cosa

238.- A.- Derechos del usufructuario

239.- B.- Obligaciones del usufructuario

240.- C.- Derechos del nudo propietario

241.- D.- Obligaciones del nudo propietario

242.- Extinción

243.- Usufructo y fideicomiso

Capítulo IV

EL USO O HABITACIÓN

244.- Advertencia

245.- Síntesis

Capítulo V

LAS SERVIDUMBRES

246.- Concepto

247.- Elementos

248.- Características

249.- Clasificación

250.- Ejercicio del derecho de servidumbre

251.- Las diversas clases de servidumbres según su origen

252.- 1.- Servidumbres naturales

253.- 2.- Servidumbres legales

254.- 3.- Servidumbres voluntarias

255.- Constitución

256.- Derechos y obligaciones de los dueños de los predios

257.- Extinción

Capítulo VI

EL DERECHO DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL

257 bis.- Concepto, constitución y contenido

CUARTA PARTE

ACCIONES PROTECTORAS

Capítulo I

DIVERSAS FORMAS DE PROTECCIÓN

258.- Advertencia

259.- A.- Medidas generales de protección al dominio

260.- B.- Protección en el Derecho privado

260 bis.- Las acciones confesoria y negatoria

260 ter.- La acción restitutoria innominada

260 quáter.- La acción declarativa de dominio

261.- C.- Acciones personales

Capítulo II

ACCIÓN REIVINDICATORIA

262.- Concepto

263.- Requisitos

264.- A.- Que se trate de una cosa susceptible de ser reivindicada. Cosas reivindicables. Singularidad e individualización. Otros derechos reales. Reivindicación de cuota

265.- B.- Que el reivindicante sea dueño de ella. La prueba del dominio

265 bis.- La acción publiciana.

266.- C.- Que el reivindicante esté privado de la posesión

267.- Contra quién es dirigida la acción. El sujeto pasivo.

267 bis.- Actitudes del demandado

268.- Extinción por prescripción

269.- Algunas normas procesales

270.- Prestaciones mutuas

270 bis.- La acción contra el “injusto detentador” (art. 915) y la “acción” de precario (art. 2195)

Capítulo III

ACCIONES POSESORIAS

271.- Concepto. El fundamento de la protección posesoria

272.- Características y requisitos

273.- 1.- Es necesario ser poseedor. Las acciones posesorias en la coposesión

274.- 2.- El objeto debe ser susceptible de acción posesoria

275.- 3.- Debe ser interpuesta en tiempo oportuno

276.- Normas procesales

277.- Prueba

278.- 1.- Prueba de la posesión

279.- 2.- Prueba de la turbación o privación de la posesión

280.- Diversas acciones posesorias

281.- La querella de amparo

282.- La querella de restitución

283.- La querella de restablecimiento

284.- Acciones posesorias especiales. Denuncia de obra nueva; denuncia de obra ruinosa; otras

285.- Reglas comunes de las acciones posesorias especiales

286.- Denuncia de obra nueva

287.- Denuncia de obra ruinosa

288.- La acción popular


PRIMERA PARTE

CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES

Capítulo I

CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1.- Referencia al plan.- Esta sección del Derecho civil trata de los principios de doctrina y preceptos legales aplicables a los bienes, tanto en su contemplación estática como en ciertos aspectos de su dinámica, al ser objeto de negociaciones jurídicas. Implica, pues: formular el concepto de bien, clasificar los bienes sobre la base de su naturaleza material y de otros factores (que originan diferenciados estatutos jurídicos), analizar el poder –pleno o parcial– que es posible tener sobre ellos, establecer los modos de lograr esa potestad y decidir la protección que a ese poder es conferido.

bis.- Denominación.- En el lenguaje jurídico, el tema así reseñado es conocido con varias denominaciones: Derecho de los bienes, Derecho de cosas, Derechos reales.

Las dos primeras parecen ser las más difundidas en el medio nacional (y, sobre todo, cuando son usadas abreviadas: “bienes,” “cosas,” lo que es frecuente, evocan la distinción tripartita de Gayo: personas, cosas y acciones). Pero no son muy descriptivas de la materia que incluyen. Más bien aluden a la primera parte, en la cual son examinados los conceptos de cosa y bien y son clasificados.

En la doctrina extranjera es bastante empleada la expresión “derechos reales” que, aunque también parcial, es más comprensiva, y está centrada precisamente en el sector jurídicamente más relevante.

2.- Límites.- Pertenece al ámbito de las ciencias de la naturaleza (física, química, biología, etc.) el examen de la estructura material de las cosas; empero, la separación no implica ausencia de relación; por el contrario, tal como ya ha sido insinuado, la estructura física condiciona con frecuencia los principios jurídicos que las gobiernan, al punto que muchas evoluciones de la regulación tienen su explicación en los progresos del conocimiento y de las aplicaciones de las cosas como materialidades.

3.- Función.- En apreciación integral, externa, el rol que cumple la disciplina de los derechos reales puede ser resumida en los términos siguientes. Mientras el Derecho de obligaciones regula el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades de los individuos, la materia jurídica de los derechos reales: a.- fija o radica los bienes en el patrimonio de cada individuo (regulando los procesos o mecanismos para que esa radicación sea producida); y b.- determina los poderes o facultades que el sujeto tiene sobre ellos (describiéndolos y regulando su ejercicio).

Con lo dicho es fácil percatarse de la estrecha vinculación entre estos dos capítulos. Las dos funciones están relacionadas: el intercambio es producido a partir de bienes radicados en dos patrimonios; y llegaron una vez a radicarse en cada uno, por un intercambio anterior. Esa relación de las funciones provoca la vinculación entre las regulaciones respectivas. Un ejemplo de esa relación lo proporciona el contrato más frecuente, la compraventa la cual, por una parte, es el instrumento típico para la realización del intercambio y, por otra, solo o con la ayuda de un modo de adquirir (según el sistema elegido por el legislador del respectivo ordenamiento), conduce a la radicación del objeto vendido en un nuevo patrimonio (el del comprador). Irán siendo percibidas muchas demostraciones de esta vinculación, que termina conformando la estructura del denominado Derecho patrimonial.

La mencionada fijación de cosas en patrimonios, con la determinación de poderes sobre ellas, está precedida por una decisión fundamental: el campo de aplicación de la propiedad privada (que será tratada más adelante, en infra Nº 57).

bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental.- La advertencia precedente conduce a constatar la estrecha vinculación que esta sección jurídica presenta con la disciplina de la Economía. Tal como acontece en otras materias jurídicas, es evidente la incidencia de las alternativas económicas; la visión económica de los bienes, determinada por su aprovechamiento o utilidad, impone decisiones que afectan y simplemente invaden el ambiente del Derecho privado. Desde luego, la consideración del rol económico que a los distintos bienes corresponde ha influído decisivamente en el surgimiento de las llamadas “formas de propiedad” las cuales, con sus especiales estatutos jurídicos, continúan perfilándose con incesante intensidad, hasta el extremo de casi atomizar la universal noción del dominio. Entre otros rasgos de esa vinculación pueden ser mencionados los siguientes.

a.- Las alternativas económicas fundamentales que sean adoptadas en un momento determinado en un país, como de economía más libre o más dirigida, son las que a su vez gradúan la apropiabilidad de bienes, de modo que el derecho de propiedad será extendido a un mayor número de bienes, o quedará contraído, según aquellas decisiones.

b.- Las medidas económicas de control público a la producción y comercialización de ciertos bienes (como los productos que satisfacen directamente necesidades elementales de las personas), van imponiendo la revisión de la dogmática del Derecho privado que, desde luego, ha de hacer lugar a nuevas clasificaciones y subclasificaciones de los bienes.

c.- En fin, recíproca influencia es observada entre la organización jurídica de la propiedad territorial y el crédito, en el sector que es cubierto por la garantía territorial (hipotecaria).

Es que al estar muchos sectores de la economía regulados por textos legales, las relaciones son inevitables (v. además infra Nº 57).

Colección de Códigos Profesionales, actualizada al 3 de enero de 2022. Constituye una herramienta esencial de consulta para abogados, de práctico manejo en Tribunales e ideal para aquellos que están comenzando su vida profesional. • Articulado y apéndices actualizados. • Concordancias. • Títulos de artículos. • Índice temático. • Títulos de artículos del cuerpo del código y de las normas del apéndice. • Listado de modificaciones actualizado al 3 de enero de 2022.

Autor: Raúl Núñez Ojeda Thomson Reuters
ÍNDICE DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL Mensaje LIBRO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Título I Principios básicos Título II Actividad procesal § 1º Plazos § 2º Comunicaciones entre autoridades § 3º Comunicaciones y citaciones del ministerio público § 4º Notificaciones y citaciones judiciales § 5º Resoluciones y otras actuaciones judiciales § 6º Registro de las actuaciones judiciales § 7º Costas § 8º Normas supletorias Título III Acción penal § 1º Clases de acciones § 2º Acciones civiles Título IV Sujetos procesales § 1º El tribunal § 2º El Ministerio Público § 3º La policía § 4º El imputado I. Derechos y garantías del imputado II. Imputado rebelde § 5º La defensa § 6º La víctima § 7º El querellante Título V Medidas cautelares personales § 1º Principio general § 2º Citación § 3º Detención § 4º Prisión preventiva § 5º Requisitos comunes a la prisión preventiva y a la detención § 6º Otras medidas cautelares personales Título VI Medidas cautelares reales Título VII Nulidades procesales LIBRO SEGUNDO PROCEDIMIENTO ORDINARIO Título I Etapa de investigación § 1º Persecución penal pública § 2º Inicio del procedimiento § 3º Actuaciones de la investigación § 4º Registros de la investigación § 5º Formalización de la investigación § 6º Suspensión condicional del procedimiento y acuerdos reparatorios § 7º Conclusión de la investigación Título II Preparación del juicio oral § 1º Acusación § 2º Audiencia de preparación del juicio oral § 3º Desarrollo de la audiencia de preparación del juicio oral Título III Juicio oral § 1º Actuaciones previas al juicio oral § 2º Principios del juicio oral § 3º Dirección y disciplina § 4º Disposiciones generales sobre la prueba § 5º Testigos § 6º Informe de peritos § 7º Otros medios de prueba § 8º Prueba de las acciones civiles § 9º Desarrollo del juicio oral § 10º Sentencia definitiva LIBRO TERCERO RECURSOS Título I Disposiciones generales Título II Recurso de reposición Título III Recurso de apelación Título IV Recurso de Nulidad LIBRO CUARTO PROCEDIMIENTOS ESPECIALES Y EJECUCIÓN Título I Procedimiento simplificado Título II Procedimiento por delito de acción privada Título III Procedimiento abreviado Título IV Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional § 1º Personas que tienen el fuero del artículo 58 de la Constitución Política § 2º Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales y Gobernadores Regionales Título V Querella de capítulos Título VI Extradición § 1º Extradición activa § 2º Extradición pasiva Título VII Procedimiento para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad § 1º Disposiciones generales § 2º Sujeto inimputable por enajenación mental § 3º Imputado que cae en enajenación durante el procedimiento Título VIII Ejecución de las sentencias condenatorias y medidas de seguridad § 1º Intervinientes § 2º Ejecución de las sentencias § 3º Revisión de las sentencias firmes § 4º Ejecución de medidas de seguridad Título Final Entrada en vigencia de este Código   ÍNDICE DEL APÉNDICE – Ley Nº 19.640. Establece la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público (D.O. de 15 de octubre de 1999) – Decreto Nº 668. Establece Sistema de información de Derechos al detenido (D.O. de 31 de octubre de 1998) – Auto Acordado de la Corte Suprema, de 19 de diciembre de 1932, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo – Ley Nº 19.718. Crea la Defensoría Penal Pública (D.O. de 10 de marzo de 2001) Modificaciones incorporadas a esta edición Índice temático
Colección de Códigos Profesionales, actualizada al 3 de enero de 2022. Constituye una herramienta esencial de consulta para abogados, de práctico manejo en Tribunales e ideal para aquellos que están comenzando su vida profesional. • Articulado y apéndices actualizados. • Concordancias. • Títulos de artículos. • Índice temático. • Títulos de artículos del cuerpo del código y de las normas del apéndice. • Listado de modificaciones actualizado al 3 de enero de 2022. Autor: María Teresa Hoyos de la Barrera Thomson Reuters ÍNDICE DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES LEY Nº 7.421 TÍTULO I Del Poder Judicial y de la Administración de Justicia en general TÍTULO II De los juzgados de garantía y de los tribunales de juicio oral en lo penal § 1. De los juzgados de garantía § 2. De los tribunales de juicio oral en lo penal § 3. Del Comité de Jueces § 4. Del Juez Presidente del Comité de Jueces § 5. De la organización administrativa de los juzgados de garantía y de los tribunales de juicio oral en lo penal TÍTULO III De los Jueces de Letras TÍTULO IV De los Presidentes y Ministros de Corte como tribunales unipersonales TÍTULO V Las Cortes de Apelaciones 1. Su organización y atribuciones 2. Los acuerdos de las Cortes de Apelaciones 3. Los Presidentes de las Cortes de Apelaciones TÍTULO VI La Corte Suprema 1. Su organización y atribuciones 2. El Presidente de la Corte Suprema TÍTULO VI BIS TÍTULO VII La competencia 1. Reglas generales 2. Reglas que determinan la cuantía de las materias judiciales 3. Supresión del fuero personal en algunos negocios judiciales 4. Reglas que determinan la competencia en materias civiles entre tribunales de igual jerarquía 5. Reglas que determinan la competencia en materias criminales entre tribunales de igual jerarquía 6. Reglas sobre competencia civil de los tribunales en lo criminal 7. Reglas que determinan la distribución de causas en aquellas comunas o agrupación de comunas en cuyo territorio existan dos o más jueces con igual competencia 8. De la prórroga de la competencia 9. De la competencia para fallar en única o en primera instancia 10. De los tribunales que deben conocer en las contiendas y cuestiones de competencia 11. De la implicancia y recusación de los jueces y de los abogados integrantes TÍTULO VIII De la subrogación e integración TÍTULO IX De los Jueces Árbitros TÍTULO X De los Magistrados y del Nombramiento y Escalafón de los Funcionarios Judiciales 1. Calidades en que pueden ser nombrados los jueces 2. Requisitos, inhabilidades e incompatibilidades 3. De los nombramientos del escalafón de los funcionarios judiciales 1) Escalafón Primario 2) Escalafón Secundario 3) Formación del Escalafón y calificación del personal 4) Los nombramientos 5) Escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría 4. De la instalación de los jueces 5. De los honores y prerrogativas de los jueces 6. De las permutas y traslados 7. De los deberes y prohibiciones a que están sujetos los jueces 8. De la responsabilidad de los jueces 9. La expiración y suspensión de las funciones de los jueces. De las licencias TÍTULO XI Los Auxiliares de la Administración de Justicia 1. Fiscalía Judicial 2. Los Defensores Públicos 3. Los Relatores 4. Los Secretarios 4 bis. Los administradores de tribunales con competencia en lo criminal 5. Los Receptores 6. De los Procuradores y especialmente de los Procuradores del Número 7. Los notarios 1) Su organización 2) De las escrituras públicas 3) De las protocolizaciones 4) De las copias de escrituras públicas y documentos protocolizados y de los documentos privados 5) De la falta de fuerza legal de las escrituras, copias y testimonios notariales 6) De los libros que deben llevar los notarios 7) De las infracciones y sanciones 8. Los Conservadores 9. Los Archiveros 10. De los Consejos Técnicos 11. Los Bibliotecarios Judiciales TÍTULO XII Disposiciones generales aplicables a los auxiliares de la Administración de Justicia 1. Nombramiento, requisitos, inhabilidades e incompatibilidades 2. Juramento e instalación 3. Obligaciones y prohibiciones 4. De las implicancias y recusaciones 5. De su remuneración y de su previsión 6. Suspensión y expiración de funciones. De las licencias TÍTULO XIII De los empleados u oficiales de secretaría TÍTULO XIV La Corporación Administrativa del Poder Judicial TÍTULO XV Los abogados TÍTULO XVI De la jurisdicción disciplinaria y de la inspección y vigilancia de los servicios judiciales 1. Las facultades disciplinarias 2. De las visitas 3. Estados y publicaciones TÍTULO XVII De la asistencia judicial y del privilegio de pobreza TÍTULO FINAL Disposiciones derogadas por la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de octubre de 1875 DISPOSICIONES TRANSITORIAS ÍNDICE DEL APÉNDICE – Ley Nº 19.665. Reforma el Código Orgánico de Tribunales (D.O. de 9 de marzo de 2000) – Ley Nº 16.618. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil; de la Ley Nº 4.808, sobre Registro Civil; de la Ley Nº 17.344, que Autoriza Cambio de Nombres y Apellidos; de la Ley Nº 16.618, Ley de Menores; de la Ley Nº 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, y de la Ley Nº 16.271, de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones (D.O. de 30 de mayo de 2000) – Ley Nº 18.287. Establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (D.O. de 7 de febrero de 1984) – Decreto Supremo Nº 307. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local (D.O. de 23 de mayo de 1978) – Decreto Supremo Nº 3.386. Fija el texto definitivo de los Decretos sobre Plazo en que deben asumir sus funciones los Empleados Judiciales (D.O. de 14 de agosto de 1937) – Decreto Supremo Nº 158. Fija Territorios Jurisdiccionales de los Juzgados del Crimen dependientes de la Corte de Apelaciones de Santiago (D.O. de 26 de febrero de 2003) – Decreto Supremo Nº 35. Fija Territorios Jurisdiccionales de los Juzgados del Crimen dependientes de la Corte de Apelaciones de San Miguel (D.O. de 9 de febrero de 1990) – Reglamento para la labor de los sábados y la distribución de la jornada de trabajo en los Tribunales y Reparticiones Judiciales los días lunes a viernes de cada semana (D.O. de 31 de diciembre de 1969) – Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los Recursos de Queja (D.O. de 1º de diciembre de 1972) – Auto Acordado de la Corte Suprema que modifica la distribución de las materias entre las Salas de la Corte Suprema, por especialidades (D.O. de 16 de abril de 1996) – Acta Nº 107-2017, Corte Suprema. Auto Acordado que dis- tribuye las materias de que conocen las salas especializadas de la Corte Suprema durante el funcionamiento ordinario y extraordinario (28 de julio de 2017) – Acta Nº 232-2014. Corte Suprema. Distribución de Ministros en las Salas de la Corte Suprema (D.O. de 16 de enero de 2015) – Auto Acordado de la Corte Suprema que establece instrucciones respecto de documentos y expedientes que las Cortes de Apelaciones ordenan traer a la vista y diligencias para mejor resolver que decretan los tribunales (12 de agosto de 1963) – Auto Acordado de la Corte Suprema sobre lista de abogados postulantes para cargos judiciales (D.O. de 9 de septiembre de 1972) – Auto Acordado de la Corte Suprema que determina la forma de funcionamiento de los tribunales y demás servicios judiciales (D.O. de 9 de marzo de 1999) – Auto Acordado de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre asuntos no contenciosos: su registro, distribución y contenido de la suma de las solicitudes correspondientes (D.O. de 23 de diciembre de 1991. Rectificado en D.O. de 4 de enero de 1992) – Auto Acordado de la Corte Suprema sobre integración y subrogación de las salas de la Corte Suprema y de sus miembros (D.O. de 6 de noviembre de 2001) – Acuerdo de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre distribución de la tramitación de exhortos emanados de tribunales extranjeros – Auto Acordado sobre distribución de exhortos que deben ser diligenciados por los Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal dependientes de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel (D.O. de 30 de junio de 2006) – Auto Acordado de la Corte de Apelaciones de San Miguel sobre nueva distribución de exhortos nacionales y extranjeros (D.O. de 21 de junio de 1996) – Acta Nº 155-2013. Corte Suprema. Instrucciones relativas al procedimiento que los notarios deberán emplear cada vez que deban recibir y remitir al Servicio de Registro Civil e Identificación la declaración de no ser donante a que se refiere la Ley Nº 20.673 (D.O. de 11 de octubre de 2013) – Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación en Sistema Informático de Recursos de Protección (D.O. de 4 de noviembre de 2013) – Acta Nº 71-2016. Corte Suprema. Auto Acordado que regula el funcionamiento de tribunales que tramitan electrónicamente (D.O. de 8 de julio de 2016) – Acta Nº 85-2019. Texto Refundido del Auto Acordado para la Aplicación en el Poder Judicial de la Ley Nº 20.886, que establece la tramitación digital de los procedimientos judiciales (D.O. de 14 de junio de 2019) – Acta Nº 108- 2020. Autoacordado sobre procedimiento para investigar la responsabilidad disciplinaria de los integrantes del Poder Judicial (D.O. de 16 de septiembre de 2020) – Ley Nº 19.968. Crea los Tribunales de Familia (D.O. de 30 de agosto de 2004) – Ley Nº 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile (D.O. de 2 de abril de 2020) Modificaciones incorporadas a esta edición Índice Temático
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