El Contrato de Arrendamiento de Cosas en el Código Civil, Estudios Sobre su Régimen, Incumplimiento y Remedios Contractuales
$52.900
Índice
PRIMERA PARTE
CUESTIONES EN TORNO A LA NOCIÓN Y RÉGIMEN
DEL ARRENDAMIENTO DE COSAS
Ámbito de aplicación de las leyes de arrendamiento inmobiliarias en Chile
Juan Ignacio Contardo González
El arrendamiento de cosas muebles y la protección al consumidor
Javiera Durand González
Una visión panorámica del contrato de arrendamiento de cosas en el Código Civil: fortalezas y debilidades
Patricia Verónica López Díaz
El contrato de arrendamiento como contrato relacional
Esteban Pereira Fredes
SEGUNDA PARTE
INCUMPLIMIENTO Y DAÑOS EN EL ARRENDAMIENTO
DE COSAS
La noción de incumplimiento neutro y objetivo frente al arrendamiento. Un balance desde la contractualización del Derecho de obligaciones
Cristian Aedo Barrena
La colaboración de las partes en el contrato de arrendamiento
María Graciela Brantt Zumarán
La presunción de culpa en el contrato de arrendamiento. Notas sobre el artículo 1947 inciso final del Código Civil
Andrés Erbetta Mattig
Lex contractus e incendio: disciplina contractual del riesgo en el arrendamiento de cosas en el derecho romano
Patricio Lazo
El incumplimiento de los deberes de colaboración en el contrato de arrendamiento de cosas: la mora creditoris como causal de exoneración de responsabilidad civil
Pamela Prado López
TERCERA PARTE
CUESTIONES EN TORNO A LA TERMINACIÓN DEL
ARRENDAMIENTO DE COSAS Y SUS CONSECUENCIAS
Lo indeseable de una aplicación estricta del artículo 1945 del Código Civil
Íñigo de la Maza Gazmuri – Lis Paula San Miguel Pradera
El artículo 6º inciso primero de la Ley Nº 18.101 y la terminación del arrendamiento por incumplimiento del arrendatario
Geraldine Peña Pallauta
La Ley Nº 21.461: réquiem para la cláusula resolutoria en el contrato de arrendamiento de predios urbanos
Carlos Pizarro Wilson
La restitución de mejoras útiles por terminación de contrato de arrendamiento de inmuebles
Alberto Pino Emhart
Dos cuestiones en torno a la extinción del contrato de arrendamiento. El uso de la voz “terminación” y el alcance de la regla “el arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos”
Gonzalo Severin Fuster
CUARTA PARTE
ARRENDAMIENTOS COMERCIALES EN CIRCUNSTANCIAS
EXCEPCIONALES: EXPERIENCIA CHILENA Y COMPARADA
FRENTE A LA PANDEMIA POR COVID-19
Fuerza mayor, exhortaciones gubernamentales y COVID en Uruguay
Gerardo Caffera – Javier Berdaguer – Alfredo Frigerio
El caso fortuito y el incumplimiento del arrendador de un inmueble para fines comerciales: la opinión de tribunales superiores
Francisca Alejandra Chueca Soza
Pandemia, caso fortuito y arrendamiento de locales comerciales
Íñigo de la Maza Gazmuri – Álvaro Vidal Olivares
Arrendamientos comerciales, pandemia de COVID-19 y frustración del contrato. Algunas reflexiones preliminares
Rodrigo Momberg
El incumplimiento de la obligación del arrendador de local comercial de mantener al arrendatario en el uso del bien durante el plazo del contrato y a conservarlo para el fin del arrendamiento. Apuntes desde el Derecho peruano
Daniel Ugarte Mostajo
El contrato de arrendamiento comercial y el caso fortuito de la limitación de actividades económicas por autoridad (caso pandemia por COVID-19): ¿Un riesgo del arrendador?
Isué Natalia Vargas Brand
PRESENTACIÓN
Desde hace ya varios años, la doctrina nacional se ha embarcado en el denominado proceso de modernización del derecho de contratos. El objeto de esta visión o proyecto consiste en releer las disposiciones de los códigos de tradición decimonónica, cuya regulación ponía especial atención en las obligaciones específicas o de cuerpos ciertos, teniendo como foco el actual contenido del tráfico jurídico: las obligaciones fungibles y de género. A lo anterior se suma una fuerte preponderancia de las obligaciones consistentes en un hacer, a causa del auge que ha significado la contratación de servicios.
Lo que venimos reseñando, empero, ha tomado como modelo diversos instrumentos de derecho uniforme y armonizado de contratos, entre los cuales destaca fundamentalmente la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), no sólo por tratarse del primer material de soft law con mayor alcance a nivel mundial, sino porque recoge, además, acaso aquel de los más comunes negocios jurídicos, la compraventa. Sin embargo, situar este proceso de modernización exclusivamente en el contrato de compraventa supone, particularmente, obviar, al menos, dos cosas.
La primera es que, a estas alturas, resulta perturbadoramente extraño pensar que la compraventa es el único contrato que tiene presencia práctica, en circunstancias que el arrendamiento de cosas es de aquellos de los más celebrados. Es más, si existe acaso algún contrato que compita en frecuencia con la venta es, precisamente, el arrendamiento. Nótese, por lo demás, que gran parte del trabajo dogmático que ha supuesto el enfrentarse a los efectos de la pandemia por COVID-19 y su incardinación con la disciplina de los remedios contractuales no ha recaído en la compraventa, mas sí en el arrendamiento.
La segunda, quizá, es mucho más profunda. El contrato de arrendamiento de cosas ha recibido una peculiar configuración en nuestro Código Civil. Entre nosotros, habrá que decirlo, probablemente sea el contrato más minuciosamente regulado por don Andrés Bello y, sin embargo, la atención que ha recibido no ha hecho en lo absoluto justicia a esta consideración. Y no sólo eso, sino que la disciplina del arrendamiento es contenedora de normas que han permitido a la ciencia jurídica chilena informar el derecho de contratos, a tal punto de construir principios, reglas o normas de aplicación general. Por ello es que, si se evaluase cada uno de los títulos de nuestro código sustantivo en lo que a contratos en particular se refiere, sin duda, el arrendamiento es el negocio que se encuentra dispuesto, y nos permitiremos la expresión, más a la moderna. Dos breves ejemplos serán suficientes para dar cuenta de esta idea.
Si observamos el inciso segundo del artículo 1926, constataremos que dicha norma da cuenta de dos cuestiones fundamentales. Primero, la idea de incumplimiento esencial para ponerle término al contrato por incumplimiento; y la resolución sin culpa como muestra de un concepto objetivo de incumplimiento. Más adelante, el artículo 1932 es expresión de cómo el legislador se ha hecho cargo de los defectos en la cosa arrendada y, por qué no mencionarlo, también la imposibilidad.
Es ello lo que ha motivado a detenernos y hacer un pequeño esfuerzo en abordar el contrato de arrendamiento, pero no de forma monográfica, sino poniendo atención a la práctica, ofreciendo un conjunto de estudios sobre el contrato de arrendamiento en el Código Civil respecto a su régimen, incumplimiento, remedios y la situación generada por la pandemia.
El objeto de esta obra colectiva, entonces, no radica en un valor manualístico o lectivo, sino el ser un insumo para entender cuál es la posición del arrendamiento de cosas en la actual configuración del derecho chileno de contratos y cuáles son los problemas y desafíos a los que la doctrina, los tribunales y los abogados se encuentran enfrentados.
Este libro, entonces, recoge veinte estudios que representan un esfuerzo por acercar el arrendamiento a su debida y necesaria modernización.
La obra se organiza en cuatro partes. La primera, se destina a examinar las cuestiones relativas a la noción y régimen del arrendamiento de cosas; la segunda, aborda las peculiaridades del incumplimiento del contrato de arrendamiento y su incardinación con la pretensión indemnizatoria; la tercera trata las cuestiones más importantes que apareja la terminación del arrendamiento y sus consecuencias; y, en fin, la cuarta versa sobre los efectos de la pandemia por Coronavirus en el arrendamiento, tanto en Chile como en el resto de los países vecinos en Sudamérica.
Nos complace enormemente poner a disposición de todos los colegas, a través de Thomson Reuters, cualquiera sea su dedicación o ejercicio de la profesión, este material que, esperamos, tenga utilidad y contribuya a propiciar la ya referida modernización que el arrendamiento reclama.
Álvaro Vidal Olivares
Natanael Peña Calderón
6 in stock
Director : Álvaro Vidal Olivares
Editorial : Thomson Reuters
Año de Publicación : 2022
Paginas :400
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Settings | El Contrato de Arrendamiento de Cosas en el Código Civil, Estudios Sobre su Régimen, Incumplimiento y Remedios Contractuales remove | Código Civil 2022. Edición Oficial. Especial para Estudiantes remove | El Recurso de Revisión remove | Derecho Civil Preparación Examen de grado. 5a Edición remove | Código de Procedimiento Civil 2022. Edición Oficial. Especial para Estudiantes remove | Los Bienes. La Propiedad y Otros Derechos Reales. 5ta Edición «Versión para Estudiantes» remove | ||
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Description | Director : Álvaro Vidal Olivares Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2022 Paginas :400 | Autor: Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación : 2022 Paginas :478 | Autor: Fernando Ugarte Vial Editorial: Ediciones Jurídicas de Santiago Numero de Paginas: 548 Año de publicación: 2022 | Autor: Eric Andrés Chávez Chávez Editorial : EJS Año de Publicación : 2022 Paginas :425 | Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 376 Año de publicación: 2022 | |||
Content | Índice PRIMERA PARTE CUESTIONES EN TORNO A LA NOCIÓN Y RÉGIMEN DEL ARRENDAMIENTO DE COSAS Ámbito de aplicación de las leyes de arrendamiento inmobiliarias en Chile Juan Ignacio Contardo González El arrendamiento de cosas muebles y la protección al consumidor Javiera Durand González Una visión panorámica del contrato de arrendamiento de cosas en el Código Civil: fortalezas y debilidades Patricia Verónica López Díaz El contrato de arrendamiento como contrato relacional Esteban Pereira Fredes SEGUNDA PARTE INCUMPLIMIENTO Y DAÑOS EN EL ARRENDAMIENTO DE COSAS La noción de incumplimiento neutro y objetivo frente al arrendamiento. Un balance desde la contractualización del Derecho de obligaciones Cristian Aedo Barrena La colaboración de las partes en el contrato de arrendamiento María Graciela Brantt Zumarán La presunción de culpa en el contrato de arrendamiento. Notas sobre el artículo 1947 inciso final del Código Civil Andrés Erbetta Mattig Lex contractus e incendio: disciplina contractual del riesgo en el arrendamiento de cosas en el derecho romano Patricio Lazo El incumplimiento de los deberes de colaboración en el contrato de arrendamiento de cosas: la mora creditoris como causal de exoneración de responsabilidad civil Pamela Prado López TERCERA PARTE CUESTIONES EN TORNO A LA TERMINACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE COSAS Y SUS CONSECUENCIAS Lo indeseable de una aplicación estricta del artículo 1945 del Código Civil Íñigo de la Maza Gazmuri – Lis Paula San Miguel Pradera El artículo 6º inciso primero de la Ley Nº 18.101 y la terminación del arrendamiento por incumplimiento del arrendatario Geraldine Peña Pallauta La Ley Nº 21.461: réquiem para la cláusula resolutoria en el contrato de arrendamiento de predios urbanos Carlos Pizarro Wilson La restitución de mejoras útiles por terminación de contrato de arrendamiento de inmuebles Alberto Pino Emhart Dos cuestiones en torno a la extinción del contrato de arrendamiento. El uso de la voz “terminación” y el alcance de la regla “el arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos” Gonzalo Severin Fuster CUARTA PARTE ARRENDAMIENTOS COMERCIALES EN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES: EXPERIENCIA CHILENA Y COMPARADA FRENTE A LA PANDEMIA POR COVID-19 Fuerza mayor, exhortaciones gubernamentales y COVID en Uruguay Gerardo Caffera – Javier Berdaguer – Alfredo Frigerio El caso fortuito y el incumplimiento del arrendador de un inmueble para fines comerciales: la opinión de tribunales superiores Francisca Alejandra Chueca Soza Pandemia, caso fortuito y arrendamiento de locales comerciales Íñigo de la Maza Gazmuri – Álvaro Vidal Olivares Arrendamientos comerciales, pandemia de COVID-19 y frustración del contrato. Algunas reflexiones preliminares Rodrigo Momberg El incumplimiento de la obligación del arrendador de local comercial de mantener al arrendatario en el uso del bien durante el plazo del contrato y a conservarlo para el fin del arrendamiento. Apuntes desde el Derecho peruano Daniel Ugarte Mostajo El contrato de arrendamiento comercial y el caso fortuito de la limitación de actividades económicas por autoridad (caso pandemia por COVID-19): ¿Un riesgo del arrendador? Isué Natalia Vargas Brand PRESENTACIÓN Desde hace ya varios años, la doctrina nacional se ha embarcado en el denominado proceso de modernización del derecho de contratos. El objeto de esta visión o proyecto consiste en releer las disposiciones de los códigos de tradición decimonónica, cuya regulación ponía especial atención en las obligaciones específicas o de cuerpos ciertos, teniendo como foco el actual contenido del tráfico jurídico: las obligaciones fungibles y de género. A lo anterior se suma una fuerte preponderancia de las obligaciones consistentes en un hacer, a causa del auge que ha significado la contratación de servicios. Lo que venimos reseñando, empero, ha tomado como modelo diversos instrumentos de derecho uniforme y armonizado de contratos, entre los cuales destaca fundamentalmente la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), no sólo por tratarse del primer material de soft law con mayor alcance a nivel mundial, sino porque recoge, además, acaso aquel de los más comunes negocios jurídicos, la compraventa. Sin embargo, situar este proceso de modernización exclusivamente en el contrato de compraventa supone, particularmente, obviar, al menos, dos cosas. La primera es que, a estas alturas, resulta perturbadoramente extraño pensar que la compraventa es el único contrato que tiene presencia práctica, en circunstancias que el arrendamiento de cosas es de aquellos de los más celebrados. Es más, si existe acaso algún contrato que compita en frecuencia con la venta es, precisamente, el arrendamiento. Nótese, por lo demás, que gran parte del trabajo dogmático que ha supuesto el enfrentarse a los efectos de la pandemia por COVID-19 y su incardinación con la disciplina de los remedios contractuales no ha recaído en la compraventa, mas sí en el arrendamiento. La segunda, quizá, es mucho más profunda. El contrato de arrendamiento de cosas ha recibido una peculiar configuración en nuestro Código Civil. Entre nosotros, habrá que decirlo, probablemente sea el contrato más minuciosamente regulado por don Andrés Bello y, sin embargo, la atención que ha recibido no ha hecho en lo absoluto justicia a esta consideración. Y no sólo eso, sino que la disciplina del arrendamiento es contenedora de normas que han permitido a la ciencia jurídica chilena informar el derecho de contratos, a tal punto de construir principios, reglas o normas de aplicación general. Por ello es que, si se evaluase cada uno de los títulos de nuestro código sustantivo en lo que a contratos en particular se refiere, sin duda, el arrendamiento es el negocio que se encuentra dispuesto, y nos permitiremos la expresión, más a la moderna. Dos breves ejemplos serán suficientes para dar cuenta de esta idea. Si observamos el inciso segundo del artículo 1926, constataremos que dicha norma da cuenta de dos cuestiones fundamentales. Primero, la idea de incumplimiento esencial para ponerle término al contrato por incumplimiento; y la resolución sin culpa como muestra de un concepto objetivo de incumplimiento. Más adelante, el artículo 1932 es expresión de cómo el legislador se ha hecho cargo de los defectos en la cosa arrendada y, por qué no mencionarlo, también la imposibilidad. Es ello lo que ha motivado a detenernos y hacer un pequeño esfuerzo en abordar el contrato de arrendamiento, pero no de forma monográfica, sino poniendo atención a la práctica, ofreciendo un conjunto de estudios sobre el contrato de arrendamiento en el Código Civil respecto a su régimen, incumplimiento, remedios y la situación generada por la pandemia. El objeto de esta obra colectiva, entonces, no radica en un valor manualístico o lectivo, sino el ser un insumo para entender cuál es la posición del arrendamiento de cosas en la actual configuración del derecho chileno de contratos y cuáles son los problemas y desafíos a los que la doctrina, los tribunales y los abogados se encuentran enfrentados. Este libro, entonces, recoge veinte estudios que representan un esfuerzo por acercar el arrendamiento a su debida y necesaria modernización. La obra se organiza en cuatro partes. La primera, se destina a examinar las cuestiones relativas a la noción y régimen del arrendamiento de cosas; la segunda, aborda las peculiaridades del incumplimiento del contrato de arrendamiento y su incardinación con la pretensión indemnizatoria; la tercera trata las cuestiones más importantes que apareja la terminación del arrendamiento y sus consecuencias; y, en fin, la cuarta versa sobre los efectos de la pandemia por Coronavirus en el arrendamiento, tanto en Chile como en el resto de los países vecinos en Sudamérica. Nos complace enormemente poner a disposición de todos los colegas, a través de Thomson Reuters, cualquiera sea su dedicación o ejercicio de la profesión, este material que, esperamos, tenga utilidad y contribuya a propiciar la ya referida modernización que el arrendamiento reclama. Álvaro Vidal Olivares Natanael Peña Calderón | Vigésima séptima Edición Oficial.
Aprobada por Decreto Exento Nº 80, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Apéndice actualizado
al 2 de febrero de 2022
Texto completo del Código Civil, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para la utilidad de los alumnos:
| Descripción«Esta obra es la primera monografía chilena sobre revisión de sentencias firmes, e incluye el estudio de la institución en sus dos vertientes: civil y penal. Constituye un novedoso aporte a nuestra literatura jurídica, tanto por la exhaustividad de la investigación como por su enorme utilidad práctica. En la primera parte del libro se estudia la historia de la revisión, para luego adentrarse en el examen de su regulación en el sistema jurídico chileno, analizando cada una de las causales, los requisitos que permiten darlas por configuradas y los problemas de interpretación que han surgido de su aplicación, ofreciendo criterios de interpretación y soluciones prácticas a los problemas que enfrentan diariamente abogados litigantes y jueces, siempre a la luz de la historia de la ley, de la doctrina y sobre todo de la jurisprudencia, tanto chilenas como extranjeras, clásicas y actuales. El autor hace un completo estudio de la doctrina y la jurisprudencia sobre revisión durante los ciento veinte años de existencia en nuestro país, además de su regulación en el derecho comparado, con constantes referencias a la opinión de los autores y a las resoluciones de los tribunales de los ordenamientos jurídicos que han ejercido mayor influencia en nuestro derecho: el francés y el español. En el prólogo de la obra, dice el profesor Raúl Tavolari: “así como, entre nosotros, en materia arbitral, no hay operador que deje de recurrir al libro de Patricio Aylwin o si el debate dice relación con el mandato, a la obra de Stitchkin o a la de Alessandri Besa, si el problema fuere la nulidad, en lo sucesivo, este libro constituirá el referente obligado en tramitaciones y decisiones sobre revisión”. Se trata de una obra original y rigurosa que, por la claridad de su exposición y la exhaustividad de su análisis, será de utilidad tanto para abogados litigantes como para jueces y estudiosos del Derecho en genera Autor: Fernando Ugarte Vial | La obra estudia las materias e instituciones más tradicionales, en una forma didáctica, que permite repasar los conceptos, requisitos y desarrollo del tema de una forma que se pueda recordar y en su caso profundizar el tema, en las llamadas obras clásicas del Derecho Civil chileno, y por tanto asentar este conocimiento o resaltarlo en la memoria. Comprende el estudio completo del Derecho Civil, siendo de una consulta fácil y rápida que permita desarrollar la siempre expresada "geografía del código" que se estudia en las aulas de las diferentes Escuelas de Derecho. | Vigésima quinta Edición Oficial aprobada por Decreto exento N° 1592, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Apéndice actualizado al 10 enero de 2022
Texto completo del Código de Procedimiento Civil, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para la utilidad de los alumnos:
| Descripción«Este texto es un Manual sobre Derechos Reales; y constituye una síntesis para la docencia de pre-grado de la versión ampliada que ha publicado esta misma editorial. Comprende los conceptos fundamentales, las principales clasificaciones de los bienes, una teoría general de los derechos reales, el derecho de propiedad y la posesión, los principales derechos reales limitados de goce y las acciones protectoras. De los temas examinados merecen especial mención: a.- Las nuevas influencias al derecho de propiedad debido a preocupaciones ambientales, al conservacionismo cultural y al desarrollo urbanístico, extendiéndose así la función social de la propiedad. b.- Las bases para una teoría general de los derechos reales, incluyendo las diferencias entre derechos reales y personales y la disyuntiva entre reserva legal o libertad de creación. c.- El Registro inmobiliario, con la denuncia de sus defectos y las bases para su necesaria reforma (con la introducción del folio real y la constancia electrónica). d.- Una teoría general de los derechos reales restringidos, con los varios problemas que plantea. e.- El derecho real de conservación ambiental, de reciente ingreso al ordenamiento jurídico chileno. Con una previa y breve referencia histórica cuando es conveniente, en cada institución es consignada la estructura en sus rasgos más universalmente aceptados y la regulación en el Derecho chileno, su crítica y eventualmente alguna proposición de enmienda. En el acopio de las fuentes, la recepción de cada una es determinada por su influencia en la respectiva materia; y la casuística es convocada con frecuencia para averiguar la calidad de propuestas teóricas mediante su puesta en obra.» Autor: Daniel Peñailillo Arévalo Thomson ReutersÍNDICE Advertencia Abreviaturas Bibliografía elemental PRIMERA PARTE CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES Capítulo I CONCEPTOS FUNDAMENTALES 1.- Referencia al plan 1 bis.- Denominación 2.- Límites 3.- Función 3 bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental 3 ter.- Relación con la contratación y la responsabilidad civil 4.- Las nociones de cosa y bien. La dispersión conceptual. Las cosas materiales 4 bis.- La expansión. 4 ter.- Las características de la cosa. La patrimonialidad 5.- Las energías como cosas 6.- El cuerpo humano como cosa 7.- Los animales como cosas 8.- Cosa y objeto de derecho 9.- Continua expansión de los conceptos 10.- Conceptos primarios 10 bis.- Legislación Capítulo II CLASIFICACIONES 11.- Advertencia Párrafo I BIENES CORPORALES E INCORPORALES 12.- Conceptos 13.- Cosificación y propietarización de los derechos 14.- Aplicación 15.- Referencia 16.- Bienes incorporales 17.- A.-Derechos reales. Bases de una teoría general 18.- B.-Derechos personales 19.- Las acciones 20.- Referencia a una clasificación Párrafo II BIENES MUEBLES E INMUEBLES 21.- Advertencia 22.- Formulación 23.- Aplicación 24.- A) Bienes muebles 25.- B) Bienes inmuebles 26.- Inmuebles (predios) rústicos y no rústicos; urbanos y rurales Párrafo III BIENES MEDIOS DE PRODUCCIÓN Y BIENES DE CONSUMO 27.- Conceptos Párrafo IV BIENES CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES 28.- Conceptos Párrafo V BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES 29.- Conceptos 30.- Consumibilidad y fungibilidad 31.- Fungibilidad subjetiva Párrafo VI BIENES PRINCIPALES Y ACCESORIOS 32.- Conceptos 33.- Cosas accesorias Párrafo VII BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES 34.- Conceptos Párrafo VIII BIENES SINGULARES Y UNIVERSALES 35.- Conceptos 36.- Las universalidades 37.- Universalidades de hecho (universitas facti) 38.- Universalidades de Derecho (universitas juris) 39.- Diferencias Párrafo IX BIENES SIMPLES Y COMPUESTOS 40.- Conceptos Párrafo X BIENES PRESENTES Y FUTUROS 41.- Conceptos Párrafo XI BIENES COMERCIABLES E INCOMERCIABLES 42.- Conceptos Párrafo XII BIENES APROPIABLES E INAPROPIABLES 43.- Conceptos 44.- A.- Bienes apropiados e inapropiados 45.- B.- Bienes susceptibles de apropiación por los particulares y no susceptibles de apropiación por los particulares 46.- Nomenclatura Párrafo XIII BIENES PRIVADOS Y PÚBLICOS (O NACIONALES) 47.- Conceptos 48.- A.- Bienes nacionales de uso público 48 bis.- El acceso al mar, a los ríos y lagos 49.- B.-Bienes fiscales SEGUNDA PARTE LA PROPIEDAD Y LA POSESIÓN Capítulo I LA PROPIEDAD. CONCEPTO, EVOLUCIÓN Y CARACTERES 50.- Advertencia 51.- Legislación 52.- Concepto 53.- Evolución 54.- Evolución; continuación 55.- Evolución; estructura 56.- Evolución; final 57.- Orientaciones actuales. El campo de aplicación y los principios rectores: equidad en el reparto y en el aprovechamiento 57 bis.- La base constitucional chilena; el campo de aplicación; la protección; la función social, la reserva legal, las restricciones y privaciones y la afectación de la esencia; la privación o afectación sin indemnización y su consecuencia 57 ter.- La conservación natural y cultural 57 quáter.– La regulación del suelo 58.- Las llamadas formas de propiedad 59.- Caracteres 60.- Atributos (o facultades). Uso, goce (el entorno), disposición (las zonas fronterizas) 61.- La estipulación restrictiva de la facultad de disposición 62.- Algunas clasificaciones 63.- Extensión material. El subsuelo 64.- Las relaciones de vecindad 65.- La propiedad familiar 65 bis.- La extinción del dominio Capítulo II LA COPROPIEDAD 66.- Descripción general 67.- Textos 68.- Las dos concepciones 69.- Clases de indivisión 70.- La cuota 71.- La coposesión 72.- La copropiedad inmobiliaria 72 bis.- Situaciones semejantes (tiempo compartido y cementerios) Capítulo III LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO Párrafo I DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA 73.- Conceptos y alternativas 74.- Clasificaciones 75.- Aplicación 76.- La adquisición es lograda por un solo modo 77.- La exigencia del título en todos los modos de adquirir Párrafo II LA OCUPACIÓN 78.- Concepto 79.- Elementos 79 bis.- Requisitos y campo de aplicación 80.- Reglas particulares Párrafo III LA ACCESIÓN 81.- Concepto 82.- A.- Accesión de frutos 83.- Frutos y productos 84.- 1.- Frutos naturales 85.- 2.- Frutos civiles 86.- El dominio de los frutos 87.- Reglas especiales. Los frutos en la comunidad 88.- B.- Accesión continua 89.- 1.- Accesión de inmueble a inmueble 90.- 2.- Accesión de mueble a mueble 91.- 3.- Accesión de mueble a inmueble 92.- Indemnizaciones Párrafo IV LA TRADICIÓN I. Descripción general 93.- Concepto y textos 94.- Caracteres 95.- Aplicación 96.- Entrega y tradición II. Requisitos 97.- 1.- Presencia de dos personas, tradente y adquirente 98.- Tradición y pago 99.- 2.- Consentimiento de ambas partes 100.- Reglas sobre el error 101.- Tradición por representantes 102.- La tradición en las enajenaciones forzadas 103.- 3.- Título traslaticio de dominio 104.- El título debe ser válido 104 bis.- La falta o nulidad del título y su influencia en la tradición. Tradición causada o abstracta 105.- El conflicto teórico con la noción de contrato real 106.- 4.- Entrega III. Efectos 107.- a.- El efecto normal de la tradición 108.- b.- Si el tradente no era dueño y tenía otros derechos 109.- c.- Si el tradente no era dueño; el efecto posesorio 110.- d.- Otras particularidades 111.- Retroactividad 112.- Época para exigir la tradición 113.- Tradición sujeta a modalidades. La reserva del dominio IV. Formas de efectuar la tradición 114.- Distinción 115.- Referencia a la evolución 116.- A.- Tradición de derechos reales sobre muebles 117.- 1.- Tradición real 118.- 2.- Tradición ficta o simbólica 119.- Principio 119 bis.- Prueba 120.- Tradición de muebles por anticipación 121.- Reserva legal de las formas fictas 122.- Valor comparativo 123.- B.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles 124.- El Registro. Descripción. La naturaleza de la función registral 125.- Características, principios y seguridad registral 126.- El sistema registral chileno. El Registro Conservatorio de Bienes Raíces 127.- Organización, estructura y funcionamiento 128.- Títulos que deben inscribirse y títulos que pueden inscribirse 128 bis.- Del modo de proceder a la inscripción, de su forma y su solemnidad 129.- Comuna (o agrupación de Comunas) en que debe ser practicada la inscripción 130.- Quién puede requerir la inscripción. Necesidad de la petición 131.- Instrumentos con los que es requerida la inscripción. Referencia a las minutas 132.- La anotación en el Repertorio 133.- Obligación de inscribir y causales de negativa 133 bis.- Plazo para inscribir 134.- Inscripción por avisos 135.- Inscripción de títulos anteriores a la vigencia del Reglamento 136.- Exigencias de orden y forma en la confección de las inscripciones 137.- Contenido de la inscripción 137 bis.- Ausencia de menciones en el título 137 ter.- Qué es lo inscrito (títulos, predios o derechos) 138.- Subinscripciones 139.- Cancelaciones 139 bis.- La conexión de las inscripciones y la historia de la titularidad de los inmuebles 139 ter.- Inscripciones anómalas (o irregulares). Inscripciones paralelas; inscripciones por minutas; inscripciones de papel 140.- Reinscripciones (fusión de inscripciones) 141.- Consecuencias por defectos de la inscripción 142.- Reconstitución de inscripciones 143.- Saneamiento de títulos 144.- Calificación 145.- Crítica y proyecto de reforma 146.- Tradición de derechos reales sobre inmuebles 147.- Tradición de cuota 148.- Tradición de muebles registrables. Los vehículos motorizados 149.- Inscripciones a que da lugar la sucesión por causa de muerte 150.- Sanción por infracción 151.- La inscripción en la prescripción 152.- C.- La tradición del derecho real de herencia 152 bis.- Las inscripciones para disponer de inmuebles hereditarios, en relación con la disposición de los derechos de herencia y legado 153.- D.- Tradición de los derechos personales 154.- Tradición de derechos litigiosos 154 bis.- Síntesis de funciones Párrafo V LA POSESIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN Sección Primera La Posesión 155.- Apreciaciones generales 156.- Definición y elementos (estructura) 157.- La naturaleza de la posesión (hecho o derecho) y su relación con el dominio 158.- Mera tenencia 159.- Precedencia 160.- Ventajas 161.- Cosas susceptibles de posesión 162.- Cosas no susceptibles de posesión. La posesión de los derechos 163.- Clases de posesión 164.- A.- Posesión regular 165.- 1.- Justo título 166.- Subclasificación 167.- Títulos injustos 168.- 2.- Buena fe 169.- 3.- Tradición 170.- Ventajas 171.- B.- Posesión irregular 172.- Posesiones viciosas 173.- Utilidad de la posesión viciosa 174.- La mera tenencia 175.- Algunas consecuencias jurídicas 176.- Transmisión de la posesión 177.- Transferencia de la posesión 178.- Agregación de posesiones 179.- Posesiones contiguas 180.- La disolución del título 181.- La interversión de la posesión 182.- Mutación de la mera tenencia en posesión 183.- Mutación de la posesión en mera tenencia 184.- Adquisición, conservación y pérdida de la posesión 185.- a.- Capacidad para adquirir la posesión 186.- b.- Adquisición de la posesión por intermedio de otro 187.- Principio básico 188.- Bienes muebles 189.- Bienes inmuebles 190.- I.- Inmuebles no inscritos. A.- Adquisición 191.- B.- Conservación y pérdida 192.- II.- Inmuebles inscritos 193.- A.- Adquisición 194.- B.- Conservación y pérdida 195.- El fondo de la controversia 195 bis.- El debate antes expuesto, ahora con referencia al rol de la inscripción: si la inscripción es requisito, prueba y garantía de la posesión de inmuebles 196.- Prueba Sección Segunda LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 197.- Noción general; sistemática; justificación 197 bis.- La relación con la propiedad; el conflicto constitucional 198.- Las llamadas reglas comunes a toda prescripción 199.- A.- Debe ser alegada 200.- B.- No puede ser renunciada anticipadamente 201.- C.- Las reglas son iguales para todas las personas 202.- Algunas características 203.- Elementos 204.- Prescripción entre comuneros 205.- a.- Posesión 206.- b.- Plazo 207.- Interrupción de la prescripción 208.- Distinción 209.- 1.- Prescripción adquisitiva ordinaria 210.- 2.- Prescripción adquisitiva extraordinaria 211.- Prescripción adquisitiva de otros derechos reales 212.- La adquisición del dominio por la prescripción 212 bis.- Efecto liberatorio. La usucapión liberatoria 213.- La sentencia 214.- Prescripción contra título inscrito Párrafo VI LA LEY COMO MODO DE ADQUIRIR 214 bis.- Descripción general Párrafo VII TÍTULOS DE DOMINIO 215.- Noción general 216.- a.- Títulos de dominio sobre muebles 217.- b.- Títulos de dominio sobre inmuebles 218.- El estudio y el informe TERCERA PARTE LOS DERECHOS REALES LIMITADOS Capítulo I CARACTERES COMUNES 219.- Rasgos comunes y relación con el dominio Capítulo II LA PROPIEDAD FIDUCIARIA 220.- Definición y origen 221.- Constitución del fideicomiso 222.- Elementos 223.- A.- Una cosa susceptible de ser dada en fideicomiso 224.- B.- Concurrencia de tres personas 225.- C.- Una condición 226.- Efectos del fideicomiso 227.- Extinción Capítulo III EL USUFRUCTO 228.- La concesión del uso y goce; definición y textos 229.- Características 230.- Elementos 231.- A.- Un bien susceptible de usufructo 232.- Usufructo y cuasiusufructo 233.- Cuasiusufructo y mutuo 234.- B.- Concurrencia de tres sujetos 235.- C.- Un plazo 236.- Constitución del usufructo 237.- Efectos 237 bis.- Estado en que el usufructuario recibe la cosa 238.- A.- Derechos del usufructuario 239.- B.- Obligaciones del usufructuario 240.- C.- Derechos del nudo propietario 241.- D.- Obligaciones del nudo propietario 242.- Extinción 243.- Usufructo y fideicomiso Capítulo IV EL USO O HABITACIÓN 244.- Advertencia 245.- Síntesis Capítulo V LAS SERVIDUMBRES 246.- Concepto 247.- Elementos 248.- Características 249.- Clasificación 250.- Ejercicio del derecho de servidumbre 251.- Las diversas clases de servidumbres según su origen 252.- 1.- Servidumbres naturales 253.- 2.- Servidumbres legales 254.- 3.- Servidumbres voluntarias 255.- Constitución 256.- Derechos y obligaciones de los dueños de los predios 257.- Extinción Capítulo VI EL DERECHO DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL 257 bis.- Concepto, constitución y contenido CUARTA PARTE ACCIONES PROTECTORAS Capítulo I DIVERSAS FORMAS DE PROTECCIÓN 258.- Advertencia 259.- A.- Medidas generales de protección al dominio 260.- B.- Protección en el Derecho privado 260 bis.- Las acciones confesoria y negatoria 260 ter.- La acción restitutoria innominada 260 quáter.- La acción declarativa de dominio 261.- C.- Acciones personales Capítulo II ACCIÓN REIVINDICATORIA 262.- Concepto 263.- Requisitos 264.- A.- Que se trate de una cosa susceptible de ser reivindicada. Cosas reivindicables. Singularidad e individualización. Otros derechos reales. Reivindicación de cuota 265.- B.- Que el reivindicante sea dueño de ella. La prueba del dominio 265 bis.- La acción publiciana. 266.- C.- Que el reivindicante esté privado de la posesión 267.- Contra quién es dirigida la acción. El sujeto pasivo. 267 bis.- Actitudes del demandado 268.- Extinción por prescripción 269.- Algunas normas procesales 270.- Prestaciones mutuas 270 bis.- La acción contra el “injusto detentador” (art. 915) y la “acción” de precario (art. 2195) Capítulo III ACCIONES POSESORIAS 271.- Concepto. El fundamento de la protección posesoria 272.- Características y requisitos 273.- 1.- Es necesario ser poseedor. Las acciones posesorias en la coposesión 274.- 2.- El objeto debe ser susceptible de acción posesoria 275.- 3.- Debe ser interpuesta en tiempo oportuno 276.- Normas procesales 277.- Prueba 278.- 1.- Prueba de la posesión 279.- 2.- Prueba de la turbación o privación de la posesión 280.- Diversas acciones posesorias 281.- La querella de amparo 282.- La querella de restitución 283.- La querella de restablecimiento 284.- Acciones posesorias especiales. Denuncia de obra nueva; denuncia de obra ruinosa; otras 285.- Reglas comunes de las acciones posesorias especiales 286.- Denuncia de obra nueva 287.- Denuncia de obra ruinosa 288.- La acción popular PRIMERA PARTE CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES Capítulo I CONCEPTOS FUNDAMENTALES 1.- Referencia al plan.- Esta sección del Derecho civil trata de los principios de doctrina y preceptos legales aplicables a los bienes, tanto en su contemplación estática como en ciertos aspectos de su dinámica, al ser objeto de negociaciones jurídicas. Implica, pues: formular el concepto de bien, clasificar los bienes sobre la base de su naturaleza material y de otros factores (que originan diferenciados estatutos jurídicos), analizar el poder –pleno o parcial– que es posible tener sobre ellos, establecer los modos de lograr esa potestad y decidir la protección que a ese poder es conferido. 1 bis.- Denominación.- En el lenguaje jurídico, el tema así reseñado es conocido con varias denominaciones: Derecho de los bienes, Derecho de cosas, Derechos reales. Las dos primeras parecen ser las más difundidas en el medio nacional (y, sobre todo, cuando son usadas abreviadas: “bienes,” “cosas,” lo que es frecuente, evocan la distinción tripartita de Gayo: personas, cosas y acciones). Pero no son muy descriptivas de la materia que incluyen. Más bien aluden a la primera parte, en la cual son examinados los conceptos de cosa y bien y son clasificados. En la doctrina extranjera es bastante empleada la expresión “derechos reales” que, aunque también parcial, es más comprensiva, y está centrada precisamente en el sector jurídicamente más relevante. 2.- Límites.- Pertenece al ámbito de las ciencias de la naturaleza (física, química, biología, etc.) el examen de la estructura material de las cosas; empero, la separación no implica ausencia de relación; por el contrario, tal como ya ha sido insinuado, la estructura física condiciona con frecuencia los principios jurídicos que las gobiernan, al punto que muchas evoluciones de la regulación tienen su explicación en los progresos del conocimiento y de las aplicaciones de las cosas como materialidades. 3.- Función.- En apreciación integral, externa, el rol que cumple la disciplina de los derechos reales puede ser resumida en los términos siguientes. Mientras el Derecho de obligaciones regula el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades de los individuos, la materia jurídica de los derechos reales: a.- fija o radica los bienes en el patrimonio de cada individuo (regulando los procesos o mecanismos para que esa radicación sea producida); y b.- determina los poderes o facultades que el sujeto tiene sobre ellos (describiéndolos y regulando su ejercicio). Con lo dicho es fácil percatarse de la estrecha vinculación entre estos dos capítulos. Las dos funciones están relacionadas: el intercambio es producido a partir de bienes radicados en dos patrimonios; y llegaron una vez a radicarse en cada uno, por un intercambio anterior. Esa relación de las funciones provoca la vinculación entre las regulaciones respectivas. Un ejemplo de esa relación lo proporciona el contrato más frecuente, la compraventa la cual, por una parte, es el instrumento típico para la realización del intercambio y, por otra, solo o con la ayuda de un modo de adquirir (según el sistema elegido por el legislador del respectivo ordenamiento), conduce a la radicación del objeto vendido en un nuevo patrimonio (el del comprador). Irán siendo percibidas muchas demostraciones de esta vinculación, que termina conformando la estructura del denominado Derecho patrimonial. La mencionada fijación de cosas en patrimonios, con la determinación de poderes sobre ellas, está precedida por una decisión fundamental: el campo de aplicación de la propiedad privada (que será tratada más adelante, en infra Nº 57). 3 bis.- Relación con la Economía, el Derecho administrativo y el Derecho ambiental.- La advertencia precedente conduce a constatar la estrecha vinculación que esta sección jurídica presenta con la disciplina de la Economía. Tal como acontece en otras materias jurídicas, es evidente la incidencia de las alternativas económicas; la visión económica de los bienes, determinada por su aprovechamiento o utilidad, impone decisiones que afectan y simplemente invaden el ambiente del Derecho privado. Desde luego, la consideración del rol económico que a los distintos bienes corresponde ha influído decisivamente en el surgimiento de las llamadas “formas de propiedad” las cuales, con sus especiales estatutos jurídicos, continúan perfilándose con incesante intensidad, hasta el extremo de casi atomizar la universal noción del dominio. Entre otros rasgos de esa vinculación pueden ser mencionados los siguientes. a.- Las alternativas económicas fundamentales que sean adoptadas en un momento determinado en un país, como de economía más libre o más dirigida, son las que a su vez gradúan la apropiabilidad de bienes, de modo que el derecho de propiedad será extendido a un mayor número de bienes, o quedará contraído, según aquellas decisiones. b.- Las medidas económicas de control público a la producción y comercialización de ciertos bienes (como los productos que satisfacen directamente necesidades elementales de las personas), van imponiendo la revisión de la dogmática del Derecho privado que, desde luego, ha de hacer lugar a nuevas clasificaciones y subclasificaciones de los bienes. c.- En fin, recíproca influencia es observada entre la organización jurídica de la propiedad territorial y el crédito, en el sector que es cubierto por la garantía territorial (hipotecaria). Es que al estar muchos sectores de la economía regulados por textos legales, las relaciones son inevitables (v. además infra Nº 57). | ||
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