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El Contról De Transparencia De Cláusulas No Negociadas

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El desarrollo dogmático del control de transparencia de cláusulas no negociadas se ha enfrentado a un dilema técnico de difícil solución en el marco del derecho de contratos. Tal dilema consiste en la existencia de dos vías para canalizar el referido control. Conforme con la primera vía, la transparencia formal y material de las cláusulas no negociadas puede ser examinada con ocasión del control de incorporación, el cual, concebido con alcance amplio, supone la necesidad de que el empresario que se sirve de tales cláusulas haya satisfecho ciertas cargas dirigidas a resguardar su cognoscibilidad, comprensibilidad y razonable previsibilidad. A su turno, según la segunda vía, la transparencia formal y material del clausulado puede ser revisada con ocasión de la aplicación del control de contenido (también llamado de abusividad), que aspira, en principio, a resguardar cierta medida de equilibrio en el contenido normativo del contrato. Hasta ahora, la estructuración y aplicación del control de transparencia, cualquiera sea la vía seguida, no siempre ha conducido a resultados satisfactorios y totalmente consistentes con sus funciones.

En este orden, de cara al derecho chileno y con el fin de resguardar una eficaz protección de los intereses del adherente, la presente investigación procura elaborar criterios técnicos tendientes a una adecuada estructuración del control de transparencia, de modo de no poner en riesgo el cumplimiento de sus funciones. En términos más concretos, se precisará el contenido, el alcance, las funciones y los límites del deber de transparencia en la contratación por adhesión a cláusulas no negociadas; se revisará el origen histórico del control de transparencia y las razones de su incardinación inicial en el control de contenido; se examinará la forma en que está estructurado el control de transparencia en sistemas normativos representativos, como son, especialmente, el derecho alemán, el derecho comunitario y el derecho español; se identificarán los problemas e inconsistencias que pueden derivar de los diversos modelos bajo los cuales se ha estructurado el referido control; y, finalmente, teniendo a la vista sus funciones y el marco normativo existente, se perfilarán los criterios que permiten una adecuada estructuración del control de transparencia en el derecho chileno.

 

Sobre el autor.

Licenciado en ciencias jurídicas y sociales, Universidad de Chile; Magíster en Derecho con mención en Derecho Privado, Universidad de Chile; Máster en Economía y Derecho del Consumo, Universidad de Castilla-La Mancha; Doctor en Derecho, Universidad de Chile. Profesor asistente del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

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Autor: Sebastián Nicolás Campos
Editorial: Rubicon
Numero de Paginas: 474
Año de publicación: 2024

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DescriptionAutor: Sebastián Nicolás Campos Editorial: Rubicon Numero de Paginas: 474 Año de publicación: 2024Autores:  Lorena Donoso Abarca - Carlos Reusser Monsálvez Editorial: DER Ediciones Numero de Paginas: 1224 Año de publicación: 2022Autor: Jorge Danilo Correa Selamé Editorial : EJS Año de Publicación  : 2022 Paginas :729Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación  : 2022 Paginas :358  Autor:  Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación  : 2022 Paginas :478Editor: Carlos Amunátegui Perello Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 2321 Año de publicación: 2022
Contentver índice. El desarrollo dogmático del control de transparencia de cláusulas no negociadas se ha enfrentado a un dilema técnico de difícil solución en el marco del derecho de contratos. Tal dilema consiste en la existencia de dos vías para canalizar el referido control. Conforme con la primera vía, la transparencia formal y material de las cláusulas no negociadas puede ser examinada con ocasión del control de incorporación, el cual, concebido con alcance amplio, supone la necesidad de que el empresario que se sirve de tales cláusulas haya satisfecho ciertas cargas dirigidas a resguardar su cognoscibilidad, comprensibilidad y razonable previsibilidad. A su turno, según la segunda vía, la transparencia formal y material del clausulado puede ser revisada con ocasión de la aplicación del control de contenido (también llamado de abusividad), que aspira, en principio, a resguardar cierta medida de equilibrio en el contenido normativo del contrato. Hasta ahora, la estructuración y aplicación del control de transparencia, cualquiera sea la vía seguida, no siempre ha conducido a resultados satisfactorios y totalmente consistentes con sus funciones. En este orden, de cara al derecho chileno y con el fin de resguardar una eficaz protección de los intereses del adherente, la presente investigación procura elaborar criterios técnicos tendientes a una adecuada estructuración del control de transparencia, de modo de no poner en riesgo el cumplimiento de sus funciones. En términos más concretos, se precisará el contenido, el alcance, las funciones y los límites del deber de transparencia en la contratación por adhesión a cláusulas no negociadas; se revisará el origen histórico del control de transparencia y las razones de su incardinación inicial en el control de contenido; se examinará la forma en que está estructurado el control de transparencia en sistemas normativos representativos, como son, especialmente, el derecho alemán, el derecho comunitario y el derecho español; se identificarán los problemas e inconsistencias que pueden derivar de los diversos modelos bajo los cuales se ha estructurado el referido control; y, finalmente, teniendo a la vista sus funciones y el marco normativo existente, se perfilarán los criterios que permiten una adecuada estructuración del control de transparencia en el derecho chileno.  
Sobre el autor.

Licenciado en ciencias jurídicas y sociales, Universidad de Chile; Magíster en Derecho con mención en Derecho Privado, Universidad de Chile; Máster en Economía y Derecho del Consumo, Universidad de Castilla-La Mancha; Doctor en Derecho, Universidad de Chile. Profesor asistente del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

Descripción
Bajo el concepto protección de datos personales se engloba un conjunto de principios y normas relativas a la recolección, almacenamiento y difusión de la información referida a las personas naturales, que se ha venido desarrollando en los sistemas jurídicos de derecho continental europeo desde 1983 en adelante, y que no tiene otro fin que evitar la vulneración de todos los derechos fundamentales de las personas a través del tratamiento abusivo de sus propios datos. Nuestro país, que no es ajeno a esta realidad, ya en 1999, a través de la Ley Nº 19.628, persiguió este mismo objetivo, aunque hoy se encuentra en un necesario proceso de revisión, dado que su texto ha sido superado tanto por el desarrollo tecnológico como por los estándares internacionales aplicables en la materia. De la actual regulación y sus modificaciones, así como de las directrices futuras de este nuevo derecho fundamental, los autores dan detallada cuenta en el presente libro.
INDICE Varia ediciones de este texto que contiene diversos temas básicos que un postulante debe conocer para presentarse a rendir su Examen de Grado han visto la luz pública. Muchos estudiantes lo han utilizado con éxito, según me lo han hecho saber. Lo anterior, ha motivado esta revisión de materias que, según señalé, son básicas y, por lo tanto, no agotan los temas. Sabido es que el Examen de Grado debe comprender temas generales pues no es aquella prueba que ordinariamente se rinde durante la permanencia en la Universidad. Como lo he dicho, los que tenemos la suerte de desenvolvernos en el mundo académico vemos como generaciones de alumnos, al regresar de la Universidad, se ven enfrentados a la experiencia que implica rendir un examen decisivos para sus pretensiones. es, en esos instantes, en los que el alumno precisa de un texto que lo guíe en su estudio, sea porque ese alumno no guardó los apuntes de su profesor, sea porque le son insuficiente, sea, en fin, porque el Derecho va cambiando. El autor, espera contribuir en algo con ese alumno que se enfrenta a esta etapa crucial en su carrera, proporcionándole un texto actuallizado, revisado y enriquecido con la valiosa experiencia de participar en exámenes de grado. El estudiante encontrará, asimismo, dos anexos. El primero denominado «Ideas Claves», que contiene puntos que a veces se olvidan y que son fundamentales. El segundo anexo es un Cuadro Comparativo entre los recursos procesales civiles y penales, con la salvedad de las casaciones civiles y el recurso de nulidad penal, por razones obvias. Se omite, asimismo, la comparación de las revisiones en atención a sus diferentes naturalezas.Incluye las modificaciones introducidas por las Leyes N°s 21.379, 21.389 y 21.394 Ley Nº 18.120. Establece normas sobre comparecencia en juicio y modifica los artículos 4º del Código de Procedimiento Civil y 523 del Código Orgánico de Tribunales Ley Nº 14.908. Sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias Decreto Nº 23. Promulga convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero Texto refundido del auto acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales Auto acordado de la Corte Suprema sobre la forma de las sentencias Auto acordado de la Corte Suprema sobre vista de la causa Ley Nº 18.101. Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos Ley núm. 20.886. Modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales Ley núm. 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en ChileVigésima séptima Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 80, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 2 de febrero de 2022 Texto completo del Código Civil, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para la utilidad de los alumnos:
  • Ley sobre el efecto retroactivo de las leyes.
  • Ley N° 19.947, establece nueva Ley de Matrimonio Civil.
  • Decreto N° 673, aprueba normas reglamentarias sobre matrimonio civil y registro de mediadores.
  • Ley N° 4.808, sobre registro Civil.
  • Ley N° 19.620, dicta normas sobre adopción de menores.
  • Reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones.
  • Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, extracto ( artículos 21 a 92).
  • Ley Nº 17.336, Propiedad Intelectual.
  • Ley Nº 19.039, fija texto refundido y sistematizado de la ley de propiedad industrial.
  • D.L. Nº 2.695, fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
  • Ley Nº 18.101, fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos.
  • D.L. Nº 993, disposiciones especiales sobre arrendamiento  de predios rústicos, medierías  o aparcerías y otras formas de explotación por terceros.
  • Ley Nº 18.010, establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica.
  • Ley Nº 19.496, establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
  • Ley Nº 20.830, crea el Acuerdo de Unión Civil.
  • D.S. Nº 510, aprueba Reglamento de la Ley Nº 20.830, que crea el Acuerdo de Unión Civil.
Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor Héctor Humeres Noguer e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Juan Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewi
Descripción
El Código Civil de Bello no es sólo un conjunto de disposiciones a ser interpretadas abstractamente, es también una tradición que cristaliza en normas, una dinámica histórica que florece y madura conforme la experiencia de dos milenios cuaja en un enunciado, el que es vivido por más de ciento sesenta años de vigencia. Este Comentario Histórico Dogmático es el fruto del esfuerzo conjunto de una cuarentena de profesores de Derecho privado que tomaron sobre sus hombros la misión de animar las disposiciones de nuestro Código Civil, de manera que ya no parezcan fotografías de un momento jurídico determinado, sino que se presenten como una imagen cinematográfica, donde el presente se entiende desde el pasado para proyectarse al futuro. Éste es el primer comentario completo al Libro IV de las Obligaciones de el Código Civil Chileno, con la particularidad que elegimos la mirada histórica para acompañar la dogmática. Seguramente a este texto seguirán otros, que contribuirán a dar profundidad a las aguas de nuestro Derecho.
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