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Estructura de las Normas del Ius Cogens

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Filosofía del Derecho Internacional:
ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS

Se me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional.
Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada.
Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional.
FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO.

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Autor: Vicente Eduardo Díaz Godoy
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 123
Año de publicación: 2023

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Autor: Vicente Eduardo Díaz Godoy Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 123 Año de publicación: 2023
Autor: Alejandro Gómez Sotomayor Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022Autor: Luis Manuel Marcano Salazar Editorial: Hammurabi Año de Publicación : 2022 Paginas : 107Autor: María Déborah Ramírez Rondón Editorial : Hammurabi Año de Publicación  : 2022 Paginas :214Autor: María José Jordán Palet Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 105 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 209 Año de publicación: 2022
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Filosofía del Derecho Internacional: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS

Se me ha pedido unas palabras introductorias al trabajo de mi amigo doctor Vicente Eduardo Díaz Godoy titulado FILOSOFÍA DEL DERECHO INTERNACIONAL: ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DEL IUS COGENS. Vicente Díaz Godoy, es un abogado, magíster en derecho procesal, y doctor en derecho internacional público. Ha dedicado un esfuerzo encomiable en la realización de este trabajo que prologo, cuyo introito esclarece la importancia de estudiar los fundamentos epistémicos del derecho internacional público. En tal sentido, el doctor Díaz Godoy inicia su recorrido investigativo a través del estudio de los modelos epistémicos en el marco del Derecho revisando con mesura al Iusnaturalismo, Ius positivismo, encontrando en las raíces del ius cogens, la estructura iusnaturalista que le da vida. Continúa su trabajo revisando las nociones del Ius Cogens, sus antecedentes remotos en el Derecho Romano, el Derecho Canónico, el Derecho Germánico, como también los antecedentes próximos en el establecimiento del orden mundial del siglo XX, hasta llegar al estudio de la resolución 2625 y los debates en la conferencia de Viena sobre el derecho de los tratados, en donde se materializará el Ius cogens como elemento imperativo del Derecho Internacional. Profundiza el doctor Díaz Godoy cuando al hablar del Ius Cogens y la transformación del derecho internacional, coloca en perspectiva los promotores y detractores de esta categoría del Derecho como elemento imperativo de existencia, más allá de la norma positiva del derecho internacional. Nos hace un recorrido a través de la doctrina positivista de John Austin y Hans Kelsen, para llevarnos a la conciencia humanista y jurídica universal. En los últimos dos capítulos, el doctor Díaz Godoy examina el contenido del Ius Cogens, las opiniones contenidas en la conferencias internacionales respecto a su existencia en la estructura del derecho internacional de los Derechos Humanos y, del derecho internacional humanitario, su relación con el principio de la autodeterminación de los pueblos, el principio de la no discriminación y, finalmente concluye con las doctrinas que se oponen a la pervivencia de una norma imperativa internacional, haciendo hincapié en la importancia de mantener la estructura anárquica del sistema internacional, sobre la base de regímenes internacionales que ofrezcan una gobernanza equilibrada. Es para mí pues un honor y un placer realizar este prólogo y augurar a su autor el éxito que su investigación tendrá en la distancia más allá de su vida, toda vez que su importancia filosófica presenta interrogantes de importancia que seguirán su camino en el tiempo, mientras el hombre siga pensando en el Derecho de las Naciones y cómo el ser humano se inserta en él. Finalmente debo decir que me siento complacido porque el doctor Diaz Godoy me haya confiado estas breves líneas para refrendar la importancia de su trabajo en el mundo de las letras del derecho internacional. FRANCISCO JAVIER CHAHUÁN CHAHUÁN, SENADOR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, PRESIDENTE DE COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL SENADO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL SENADO.
Indice El autor hace un estudio pormenorizado de la motivación, como un principio general del Derecho Público, en tres clases de actos públicos; actos administrativos, actos judiciales y legislativos. La visión de la obra es particularista, estableciendo que estamos en presencia de un principio, un derecho y una obligación, por lo tanto, el ciudadano tiene la posibilidad de exigir su cumplimiento. El tema en la sociedad actual ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. El autor llega a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos de la administración, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos.Indice Esta obra espera generar una discusión en torno a un tema tan controvertido como la intervención militar, por razones humanitarias, frente a la noción de refugio originado por un Estado fallido autocrático. El refugio como proceso social, de múltiples consecuencias, representa un sistema complejo y, dada la existencia de Estados fallidos que devienen en autocracias y dictaduras, sus efectos humanitarios son susceptibles de políticas de carácter global-regional, que posibilitan la aplicación de medidas drásticas y colectivas como la intervención humanitaria sobre la base axiológico-normativa de la Responsabilidad de Proteger. La observación del refugio como fenómeno sociológico de impacto jurídico-político internacional se realizará a partir de un tablero de tres niveles: lo internacional económico, lo doméstico burocrático y lo individual-valorativo-psicosocial. El lente con el cual se observa el fenómeno del Refugio reside en variables del paradigma de la complejidad (Morin: 1993) y la teoría del sistema mundo (Wallerstein: 1979), paradigmas que se complementan y permiten comprender el fenómeno objeto de estudio. Uno de los grandes desafíos a los que se enfrenta el refugio como institución del Derecho Internacional Púbico y los instrumentos internacionales que regulan sus efectos es observarlo no como una consecuencia, sino como un proceso.Indice DERECHO INTERNACIONAL DE AMÉRICA LATINA Aportes del pensamiento iusinternacional de Andrés Bello “Si se me permitiera imprimir mi primera sensación frente a ella no dudaría en calificarla, aun antes de extraordinaria, profunda, clarificadora, desde mi óptica latina como seductora porque toma posición frente a debates jurídicos, invita a degustar sus reflexiones para profundizar y gozarla. Jurídicamente es novedosa porque trae al escenario la reciente y profunda reforma al Code civil francés del 2016, de cuyo contenido somos vigilantes los latinoamericanos por la introducción de tantas primicias de originalidad al llevar al área contractual los avances de la jurisprudencia de Casación, en tanto verdadera bandera del renacimiento del Derecho Privado … La construcción sistemática del incumplimiento es una de las cuestiones más escabrosas en su planteamiento como requisito esencial y especial conducente a la resolución del contrato … Si bien para el civilista muchos de los conceptos referidos a la resolución del contrato, como va desde la rescisión hasta la nulidad, en cuyos senderos muchas veces la jurisprudencia muestra muchos traspiés, principalmente por los cambios de integración de los magistrados de una época con otra, de unos más cultos y otros menos, la labor del autor se orienta hacia una tarea didáctica, un planteamiento clarificador, subrayando, dejando la emoción de leer a un verdadero Maestro…”. (Prólogo del Dr. Ricardo Zeledón Zeledón, exmagistrado del Tribunal Supremo de Costa Rica, catedrático de la Universidad de Costa Rica, expresidente de la Academia costarricense de Derecho, Presidente del Comité Americano de Derecho Agrario, Presidente Emérito de la Unión Mundial de Derecho Agrario y Miembro de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España).  Indice Estándar de proporcionalidad de una multa impuesta en virtud del Código Sanitario según la jurisprudencia chilena Uno de los límites de esta potestad sancionatoria es que esta sea ejercida conforme al principio de proporcionalidad al momento de determinar el quantum específico de la multa. En nuestro derecho existe una regulación sancionatoria deficiente en materia sanitaria por cuanto no se regula mayormente criterios de graduación para la determinación específica de la multa a ser impuesta en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. Dada la situación anterior es que el presente trabajo tiene por objeto analizar y sintetizar los criterios que han señalado los tribunales de justicia como relevantes para calificar como proporcional o no una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública. Aquello será realizado en miras a formular diversas preguntas que debiese realizarse la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa aplicada en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario, para que dicha decisión sea conforme al principio de proporcionalidad en materia sancionatoria. Es así como, en una primera parte, se describirá el estado actual sancionatorio en materia sanitaria y la insuficiencia normativa que ésta presenta respecto de los criterios de graduación de multas y su relación con el principio de proporcionalidad. Posteriormente, se analizarán y sistematizarán los criterios jurisprudenciales de 22 casos judiciales en donde los tribunales se pronunciaron respecto de la proporcionalidad o no de una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. A raíz de dicho análisis se formulará lo que se denominará “preguntas del examen de proporcionalidad” con el propósito de otorgarle criterios a la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa conforme a dicho principio.
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