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Estudios de Derecho de Familia VIII. – Actas de las octavas jornadas de Derecho de Familia

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DESPACHOS 28 DE ABRIL 2025

INDICE

El presente libro tiene por propósito exponer las colaboraciones presentadas en las VIII Jornadas Nacionales de Derecho de Familia organizadas por la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso en el mes de junio de 2024.

Más de cuarenta y cinco profesores y profesoras de distintas universidades del país compartieron en este encuentro de reflexión y respeto académico, dejando un claro avance en materias sobre el Derecho de Familia y novedosos paradigmas, críticas modernas y análisis concretos de diversas perspectivas como la niñez, la violencia intrafamiliar, el matrimonio, el acuerdo de unión civil, entre otros.

Este libro se estructura en base a los siguientes temas: familias y filiación, obligaciones de alimentos, matrimonio y terminación de la relación matrimonial, ámbito familiar y aspectos patrimoniales, familia y persona, niñez y adolescencia, persona y niñez, aspectos del Derecho de familias, temas emergentes en Derecho de familias, temas emergentes en Justicia de familia

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Autora: Muriel Sabioncello Soto
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 815
Año de publicación: 2025

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DescriptionAutora: Muriel Sabioncello Soto Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 815 Año de publicación: 2025Autor: Laura Albornoz Pollmann Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 232 Año de publicación: 2022Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial :Metropolitana Año de Publicación  : 2022 Paginas :319Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Año de Publicación: 2022 Paginas :122Autores: Ester Valenzuela Rivera, Juan Pablo González Jansana, Miguel Cillero Bruñol Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :832Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Numero de Paginas: 356 Año de publicación: 2022
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EN PREVENTA  DESPACHOS 28 DE ABRIL 2025 INDICE

El presente libro tiene por propósito exponer las colaboraciones presentadas en las VIII Jornadas Nacionales de Derecho de Familia organizadas por la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso en el mes de junio de 2024.

Más de cuarenta y cinco profesores y profesoras de distintas universidades del país compartieron en este encuentro de reflexión y respeto académico, dejando un claro avance en materias sobre el Derecho de Familia y novedosos paradigmas, críticas modernas y análisis concretos de diversas perspectivas como la niñez, la violencia intrafamiliar, el matrimonio, el acuerdo de unión civil, entre otros.

Este libro se estructura en base a los siguientes temas: familias y filiación, obligaciones de alimentos, matrimonio y terminación de la relación matrimonial, ámbito familiar y aspectos patrimoniales, familia y persona, niñez y adolescencia, persona y niñez, aspectos del Derecho de familias, temas emergentes en Derecho de familias, temas emergentes en Justicia de familia

Esta obra está dirigida a las y los estudiantes de pregrado y tiene por propósito ser un complemento al estudio de las materias propias del derecho filiativo, parte integrante del ramo de Derecho de Familia. A través de un abordaje sencillo, se da un tratamiento separado a toda la materia relativa a los derechos y deberes que nuestra legislación desde sus orígenes reconoce a padres, madres, hijos e hijas en sus relaciones de parentesco, aunque con distintos sesgos de clase y género, los que han ido siendo corregidos con el transcurso del tiempo. De la misma forma se ha podido recoger, aunque someramente, lo relativo a las normas y principios que forman parte del Sistema Internacional de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes, y su necesaria integración a nuestro Ordenamiento jurídico como eje central del derecho que lo contiene. El avance de la sociedad ha ido permitiendo que nuevas formas de familia se expresen y sean reconocidas y valoradas socialmente; por ello este libro intenta mirar aquellos desafíos que a la legislación se le plantean día a día en esta materia, incluyendo las configuraciones que se podrían dar en el futuro con el uso masivo de las técnicas de reproducción humana asistida, o con el reconocimiento de derechos filiativos de parejas integradas por personas del mismo sexo, temas que se debaten actualmente en el Congreso Nacional.Indice Siendo uno de los temas más relevantes del actual Derecho de Familia, la protección de los derechos de los niños, niñas y/o adolescentes es uno de los menos desarrollados por la literatura jurídica nacional, cuestión paradójica si consideramos la inmensa carga que han impuesto a nuestro país los instrumentos internacionales suscritos por Chile. Siendo así, el autor ha procurado exponer un trabajo diametralmente diferente a lo que conocemos. Un trabajo que muestra las formas más corrientes de maltrato a la infancia y adolescencia y, que en esta segunda edición ha incluido las cuestiones más atingentes de la Ley N° 21.302 (que Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia) para así actualizar la visión de la aplicación de las medidas de protección de los niños, niñas o adolescentes.Indice Principales aspectos de la ley 21.302. Crea el Servicio Nacional de Protección especializada a la niñez y  adolescencia. Dada la trascendencia que para los efectos de la ejecución de las distintas medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes tiene la promulgación de la Ley 21.302, es que en esta oportunidad el autor se avocó al estudio de los principales aspectos de este cuerpo legal. Si bien la normativa instaura una nueva institucionalidad, que viene a remplazar al Servicio Nacional de Menores, más importante que la creación de aquella es la incorporación de mecanismos tendientes a resguardar la responsabilidad de la institución como de los organismos acreditados frente al rol que deben desempeñar en la ejecución de las distintas líneas de acción previstas en las Leyes 20.032 y 21.302. Es así, que podemos destacar la clara definición del objeto del Servicio como de su responsabilidad y los diversos principios rectores de actuación. En lo que respecta a la “Protección especializada” la ley ha definido las distintas líneas de acción, programa de protección especializada y proyectos destinados a la cobertura de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos, incluyendo a sus familias, o a quienes tengan su cuidado, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, también vino a innovar en el sentido de establecer la obligación del Servicio de llevar ciertos registros y sistema de información relativos a los sujetos de atención y sus familias con el fin de obtener una aplicación adecuada de las medidas que se adopten para el caso particular. Por otro lado, y con el fin de resguardar el uso adecuado de la información relativa a los niños, niñas y adolescentes como de sus familias, es que se ha establecido la obligación de reserva y confidencialidad de la misma, regulando pormenorizadamente las consecuencias de su infracción, entre otras cuestiones de interés relativas al tema. En armonía con lo anterior, se vino a reglar un sistema de evaluación y supervisión que proporciona una serie de instrumentos que permiten la fiscalización eficiente de la ejecución de los programas de protección especializada a fin de constatar posibles infracciones a las obligaciones del Servicio y sus colaboradores acreditados, y eventualmente, aplicar las sanciones que procedan conforme al procedimiento que regla el mismo cuerpo legal. Por último, y como señala el autor, por medio de la obra se buscó proporcionar a sus lectores un resumen de los principales aspectos de la Ley 21.302 vinculados a las líneas de acción destinadas a la ejecución de las medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes.Esta obra colectiva es una publicación conjunta del Centro Iberoamericano de Derechos del Niño (CIDENI), Familias Ahora y el Instituto O'Neill de la Universidad de Georgetown que tiene por objeto plantear distintas reflexiones académicas en torno al proceso constituyente chileno y los derechos de niños, niñas y adolescentes en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. Una constitución, en su calidad de norma suprema del ordenamiento jurídico, organiza al poder, reconoce derechos y regula las bases principales de la vida en sociedad, entre otros fines. Todos estos aspectos resultan fundamentales para el debido resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes, por lo que la presente publicación constituye un aporte multidisciplinario en torno a instituciones y figuras jurídicas de la mayor relevancia en materia de niñez y adolescencia, como es la regulación sobre la familia, la importancia del resguardo de sus derechos, cuáles son las obligaciones del Estado en este campo o la incorporación en la nueva Constitución de los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, como el interés superior, el derecho a ser oídos y oídas, la igualdad y no discriminación, y el derecho a la vida, supervivencia y desarrolloSiendo uno de los temas más relevantes del actual Derecho de Familia, la protección de los derecho de los niños, niñas y adolescentes es uno de los menos desarrollados por la literatura jurídica nacional, cuestión paradójica si consideramos la inmensa carga que han impuesto a nuestro país los instrumentos internacionales suscritos por Chile. Ahora bien, dentro del proceso de reforma a la administración de justicia familiar se crearon una serie de procedimientos para las distintas materias contenidas en el artículo 8° de la Ley 19.968, procedimientos entre los que se encuentra el de aplicación judicial de las medidas de protección. En un primer momento parecía que el procedimiento proteccional instaurado por la Ley No 19.968 había cubierto todas las expectativas que la reforma tuvo en consideración respecto del resguardo de la amenaza o vulneración de los derechos del niño, niña y adolescente, y que las falencias proteccionales se dan a nivel de las instituciones que materializaban la ejecución de las sentencias que imponen las medidas más que a la normativa propiamente tal, cuestión que está lejos de ser cierta. Los que tienen la oportunidad de tramitar con regularidad en sede familiar ven que el problema proteccional no parte de la aplicación o ejecución de las medidas de protección por las instituciones vinculadas a los tribunales, sino más bien, del conjunto de políticas, instituciones y normas para tales fines . De ahí, que a modo de comprender los límites de la función jurisdiccional en el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia el autor plantea un análisis armónico y coherente de las Leyes Nos 19.968, 21.302 y 21.430 para cumplir con tales fines. Como se ha hecho costumbre en los trabajos que ha desarrollado el autor, los temas  consideran el aporte de especializados autores del área, opiniones, pensamientos y contribuciones que se fueron integrando a los distintos títulos buscando mantener una estructura más o menos sistemática para la enseñanza, aprendizaje y posterior aplicación de las materias vistas. Ahora bien, innovando en este punto, se requirió además de la colaboración de la psicóloga Bárbara Alejandra Alvarado Cottenie, quien desde su especialidad, ha sido la responsable de completar, corregir y actualizar los distintos aspectos vinculados a las principales formas de maltrato, cuestión que de seguro podrán apreciar en los títulos respectivos. Por último, debemos señalar, que la obra busca proporcionar un trabajo más o menos sistemático de los temas vistos, cuestión que podrán comprobar una vez que hayan recorrido su contenido, el cual esperamos sea de su completo agrado.   ÍNDICE   CAPÍTULO I CUESTIONES PRELIMINARES 1. Reglamentación de los procedimientos de familia. 2. Cuestiones previas 3. Presupuesto que hace necesario el procedimiento CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DE LA LEY No 21.430 4. Cuestiones preliminares 5. De la protección integral de la Ley No 21.430. 5.a. Normas de aplicación general 5.a.1.Definiciones. 5.a.1.a. Medios de acción 5.a.1.b. Ámbitos de acción. Protección de los Derechos del Niño, Niña o Adolescente 5.a.1.c. Protección especial. 5.a.1.d. Procedimiento de la protección de derechos 5.a.1.e. Protección judicial 5.a.1.e.1. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 5.a.1.f. Otras cuestiones vinculadas a la protección judicial y administrativa 5.a.2. Principios rectores de los procesos de protección de derechos 5.a.3. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 5.a.4. Acción de tutela administrativa de derechos 5.b. Deberes de la Administración del Estado. 5.c. De las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.1. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.2. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez 5.d. De las medidas de protección administrativas. Cuestión previa. 5.d.1. Medidas de protección administrativa 5.d.2. Legalidad de las medidas de protección 5.d.3. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas. 5.d.4. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas 5.d.5. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial. 5.d.6. Procedimiento de protección administrativa 5.d.7. Revisión de medidas . 5.d.8. Acción de reclamación por ilegalidad 6. Amenaza o vulneración de derechos propiamente tal.   CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS POR LA LEY No 21.430 7. Catálogo de derechos reconocidos por la Ley No 21.430 7.a. Derecho al ejercicio de los derechos civiles y políticos 7.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos 7.b. Derecho a la vida. 7.b.1. Deber del Estado en función del derecho 7.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 7.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 7.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.d. Derecho a la identidad 7.e. Derecho a vivir en familia 7.e.1. Deberes del Estado en función del derecho 7.f. Derecho a ser oído 7.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 7.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 7.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 7.h.1. Deber del Estado en función del derecho 7.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión 7.j. Derecho a la participación 7.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 7.k Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales 7.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho 7.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen 7.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos 7.m. Derecho a la información 7.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 7.n. Derecho a la protección contra la violencia 7.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 7.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 7.o.1. Deberes en función del derecho 7.p. Derecho a la atención médica de emergencia 7.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho 7.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 7.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho 7.r. Derecho a la educación 7.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa 7.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.t. Derecho a la seguridad social 7.t.1. Deber y restricción en función del derecho 7.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes 7.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 7.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos 7.x. Derechos y deberes en el espacio urbano 7.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 7.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho 7.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria. 7.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización 7.z.a.1.Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 7.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley 7.z.b.1.Rol del Estado y otros órganos en función del derecho 7.z.c. Derecho a la protección internacional 7.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho. 7.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios 7.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad 7.z.f. Derecho a una publicidad responsable CAPÍTULO IV SITUACIONES ESPECIALES DE AMENAZA O VULNERACIÓN DE DERECHOS 8. Maltratos a que están expuestos los niños, niñas y adolescentes 8.a. Ciertos registros del fenómeno de maltrato infantil a lo largo de la historia 8.b. Generalidades. 8.c. Variables que ayudan a diferenciar y explicar las secuelas del maltrato infantil 8.d. Tipos de maltrato infantil. 8.d.1. Maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a. Síndrome de alienación parental como modalidad especial de maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a.1. Cuestiones previas 8.d.1.a.2. Concepto de alienación parental 8.d.1.a.3. Algo de historia. 8.d.1.a.4. Distinción entre conducta alienadora y el síndrome propiamente tal. 8.d.1.a.5. Grados o niveles de SAP 8.d.1.a.6. Criterios diagnósticos del síndrome 8.d.1.a.7. Criterios proporcionados por Gardner para ayudar a evaluar la existencia del síndrome 8.d.1.a.8. Progenitores alienadores. 8.d.1.a.9. Terapia sugerida por Gardner. 8.d.1.a.10. Cuestionamientos a Gardner y su teoría 8.d.1.a.10.a. Carencia de rigor científico de la teoría 8.d.1.a.10.b. SAP parte de verdades relativas a las que otorga valor dogmático absoluto, para luego proponer premisas falsas a las que también otorga rigor de verdades dogmáticas. 8.d.1.a.10.c. Formulación del SAP propone una falacia lógica de razonamiento circular 8.d.1.a.10.d. Confunde causa y efecto, presumiendo alienación 8.d.1.a.10.e. Además de confundir signos con síntomas, carece de estos últimos 8.d.1.a.10.f. SAP no hace un diagnóstico diferencial 8.d.1.a.10.g. Existe clara animadversión o prejuicio desfavorable hacia la figura materna, que tiende a denigrarla 8.d.1.a.10.h. Sustenta el rechazo o apego del menor respecto de un padre a la existencia del síndrome, prescindiendo del análisis de múltiples y complejas otras causas que eventualmente podrían generar tal resultado 8.d.1.a.10.i. Dado que el SAP no exige que la madre sea evaluada ni entrevistada, el diagnóstico resulta -normalmente- de la apreciación subjetiva del evaluador 8.d.1.a.10.j. Parte siempre de la base que la opinión, testimonio o denuncia del niño o su madre, son falsos o infundados 8.d.1.a.10.k. Etiología del SAP es legal, no médica 8.d.1.a.10.l. La intervención terapéutica que impone el SAP es coacción legal -no médica- por tanto, deja a los menores en una situación de riesgo extremo 8.d.1.a.10.ll. Por medio de la terapia se impone un tratamiento al niño derivado de los síntomas de la madre 8.d.1.a.10.m.Terapia de Gardner pretende reemplazar rol del Juez, ya que se impone y desarrolla en el mismo fallo 8.d.1.a.10.n. Ideología que sustenta el SAP relativiza conductas sexualmente abusivas y/o pedófilas 8.d.1.a.10.ñ. Conclusión 8.d.1.b. Consecuencias del maltrato psicológico (o emocional) 8.d.2. Sobreprotección 8.d.2.a. Consecuencias de la sobreprotección 8.d.3. Maltrato físico 8.d.4. Abuso sexual infantil 8.d.4.a. Generalidades 8.d.4.b. Perfil de la víctima. 8.d.4.c. Perfil del agresor 8.d.4.d. Medios destinados a la concreción de conductas de abuso sexual infantil 8.d.4.e. La evaluación psicológica del abuso sexual infantil 8.d.4.e.1. Diferencias entre el psicodiagnóstico clínico y la evaluación forense 8.d.4.e.2. Instrumentos de evaluación de abuso sexual infantil 8.d.4.e.2.a. La entrevista clínica 8.d.4.e.2.b. Test proyectivos y de personalidad 8.d.4.e.2.c. Hora de juego diagnóstica 8.d.4.e.2.d. Juego con muñecos anatómicamente correctos 8.d.4.f. Determinantes del impacto psicológico y psicopatológico de la agresión 8.d.4.g. Repercusiones a corto plazo 8.d.4.g.1. Periodo o etapa de lactancia 8.d.4.g.2. Periodo o etapa preescolar 8.d.4.g.3. Periodo o etapa escolar básica. 8.d.4.g.4. Periodo o etapa de la adolescencia 8.d.4.g.5. Resumen de las consecuencias a corto plazo del abuso sexual 8.d.4.h. Repercusiones a mediano o largo plazo 8.d.4.i. Falsas denuncias de abuso sexual infantil. 8.d.5. Otras tipologías 9. Perfil del maltratador 10. Teoría del origen del temperamento agresivo del sujeto CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO DE LA APLICACIÓN JUDICIAL DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Sección primera Consideraciones previas 11. Introducción 12. Principios y reglas generales del procedimiento de protección 12.a. Principio del derecho del menor a ser oído Sección segunda Inicio del procedimiento 13. Inicio del procedimiento de protección 14. Medidas cautelares especiales. 14.a. Colisión de jurisdicciones ante la aplicación de una medida cautelar 15. Admisibilidad y recepción 15.a. Control de admisibilidad 15.b. Derivación a la sede administrativa 16. Facultades del Juez en la etapa de recepción 17. Resolución que provee el requerimiento Sección tercera Audiencia preparatoria 18. Generalidades 19. Desarrollo de la audiencia preparatoria 20. Incorporación de datos necesarios para registro de audio 21. Individualización de partes 22. Informe sobre motivo de comparecencia, derechos y deberes, como respuesta a dudas e inquietudes 23. Lectura de antecedentes 24. Relación breve y sintética de contenido del requerimiento 25. Indagación de motivo del proceso, forma en que afecta al niño, niña o adolescente e identidad de las personas involucradas en la afectación de sus derechos 26. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicita la adopción de la medida 27. Determinación de medidas cautelares del artículo 71 28. Promoción de mediación 29. Promoción de conciliación 30. Determinación de objeto del juicio 31. Determinación de los hechos a probar 32. Convenciones probatorias que las partes hubieren acordado 33. Determinación de pruebas a rendir a propuesta de las partes 34. Disposición de la práctica de otras pruebas que el Tribunal estime necesarias. 35. Dictar sentencia definitiva de la causa 36. Fijación de audiencia de juicio 37. Resolución que cita a juicio Sección Cuarta Audiencia de juicio 38. Generalidades. 39. Desarrollo de la audiencia de juicio 40. Incorporación de los datos necesarios para el registro de audio 41. Individualización de las partes 42. Verificación de la presencia de las personas que hubieren sido citadas a la audiencia 43. Declaración de inicio del juicio 44. Señalar el o los objetivos de la audiencia de juicio, advirtiendo a las partes que deben estar atentas a todo lo que se expondrá 45. Disponer que los testigos y peritos que hubieren comparecido hagan abandono de la sala de audiencia, mientras esperan su turno para declarar 46. Adopción de las medidas necesarias para garantizar el adecuado desarrollo de la audiencia, pudiendo disponer la presencia de uno o más miembros del consejo técnico 47. Ordenar en interés superior del niño, niña o adolescente que este u otro miembro del grupo familiar se ausente durante determinadas actuaciones 48. Recepción de la prueba admitida por el tribunal y la decretada por éste 48.a. Normas especiales relativas a las pericias en causas proteccionales 48.a.1. Cuestiones previas 48.a.2. Programa de pericias 48.a.3. Contenido del informe derivado del programa de pericias. 48.a.4. Cuestiones finales relativas al informe derivado del programa de pericias 49. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicite la adopción de la medida 50. Recepción de la opinión del consejero que hubiere asistido respecto de la prueba rendida en el ámbito de su especialidad 51. Dar la palabra a las partes para que formulen en forma oral y breve las observaciones que le merezca la prueba rendida y la opinión del consejero, así como sus conclusiones de un modo preciso y concreto 52. Réplica de las partes de lo expuesto por la contraria. 53. Procurar un acuerdo entre las partes sobre la forma más conducente de solucionar la situación. 54. Pronunciamiento de la sentencia 55. Nueva audiencia CAPÍTULO VI MEDIDAS DE PROTECCIÓN 56. Cuestión previa 57. Medidas de protección jurisdiccional. 57.a. Hipótesis que contempla la ley 57.a.1. Concurrencia a programas o acciones de apoyo, reparación u orientación para enfrentar y superar la situación de crisis, e impartir instrucciones pertinentes 57.a.1.a. Intervenciones ambulatorias de reparación 57.a.1.b. Fortalecimiento y vinculación 57.a.1.b.1. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 57.a.1.b.2. Programas de preparación para la vida independiente. 57.a.1.b.3. Programas de prevención focalizada. 57.a.2. Adopción del cuidado alternativo del niño 57.a.2.a. Características del cuidado alternativo 57.a.2.b. Modalidades de cuidado alternativo 57.a.2.b.1. Cuidado alternativo bajo modalidad de acogimiento residencial 57.a.2.c. Otras cuestiones relativas al cuidado alternativo 57.a.2.d. Efectos y/o consecuencias de la adopción del cuidado alternativo 58. Ejecución de las medidas 59. Obligación de informar 60. Incumplimiento de las medidas. 61. Obligación de visita. 61.a. Trabas o dificultades en la visita del Juez 62. Derecho a audiencia con el Juez 63. Suspensión, modificación y cesación de las medidas 64. Deber de información sobre la oferta programática conforme a las líneas de acción desarrolladas CAPÍTULO VII ROL DEL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE SUS COLABORADORES ACREDITADOS EN EL PROCESO PROTECCIONAL 65. Estructura de la Ley N° 21.302 (crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia) 65.a. Normas preliminares 65.a.1. Definición del Servicio (artículo 1o) 65.a.2. Supervigilancia y fiscalización (artículo 1o) 65.a.3. Objeto del Servicio (artículo 2o) 65.a.3.a. Forma en que el Servicio materializará el cumplimiento de su objeto 65.a.4. Responsabilidad del Servicio conforme su objeto (artículo 2o bis.) 65.a.4.a. Competencia para conocer de las demandas de indemnización de daños causados por el Servicio o sus colaboradores acreditados en el ejercicio de sus funciones 65.a.5. Sujetos de atención (artículo 3o) 65.a.6. Principios rectores esenciales del Servicio (artículo 4o) 65.b. Organización y funciones del Servicio 65.b.1. Organización del Servicio (inciso 1o del artículo 5o) 65.b.2. Incapacidad para ser Director Nacional o regional del Servicio (inciso 4o del artículo 5o). 65.b.3. Funciones del Servicio (artículo 6o) 65.b.4. Funciones del Director Nacional (artículo 7o) 65.b.5. Funciones del Director Regional (artículo 8o) 65.b.6. Consejo de expertos (artículo 9o al 15) 65.b.7. Coordinación intersectorial (artículo 16 y 17) 65.c. Protección especializada 65.c.1. Líneas de acción, programa de protección especializada y proyecto (Párrafo 1o del Título III) 65.c.1.a. Líneas de acción 65.c.1.a.1. Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia 65.c.1.a.1.a. Programa de diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos . 65.c.1.a.1.b. Programa de pericias 65.c.1.a.2. Intervenciones ambulatorias de reparación 65.c.1.a.3. Fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.3.a. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 65.c.1.a.3.b. Programas de preparación para la vida independiente. 65.c.1.a.3.c. Programas de prevención focalizada 65.c.1.a.3.d. Cuestiones finales relativas a la línea de acción de fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.4. Cuidado alternativo 65.c.1.a.4.a. Carácter excepcional del cuidado alternativo. 65.c.1.a.5. Adopción 65.c.1.a.6. Cuestiones finales relativas a las líneas de acción 65.c.1.b. Programa de protección especializada 65.c.1.c. Proyecto 65.c.2. De los registros (Párrafo 2o del Título III) 65.c.3. Sistema Integrado de Información, seguimiento y monitoreo (Párrafo 3o del Título III) 65.c.3.a. Objetivo del Sistema 65.c.3.b. Finalidad del Sistema 65.c.3.c. Información que registrará el Sistema 65.c.4. Deber de reserva y confidencialidad (Párrafo 4o del Título III) 65.c.4.a. Sujeto pasivo del deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.b. Información protegida por el deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.c. Consecuencias de la infracción al deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.d. Acceso a la información confidencial 65.c.4.e. Cuestiones finales respecto del deber de reserva y confidencialidad. 65.c.5. Colaboradores acreditados (Párrafo 5o del Título III) 65.c.6. Evaluación y supervisión de la protección especializada (Párrafo 6o del Título III). 65.c.6.a. Evaluación de los programas de protección especializada 65.c.6.b. Supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas de protección especializada 65.c.6.b.1. Características de supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas 65.c.6.c. Obligaciones y facultades de otros órganos. 65.c.7. Sanciones y procedimiento sancionatorio (Párrafo 7o del Título III) 65.c.7.a. Tipos de infracción 65.c.7.a.1. Infracciones menos graves y su sanción 65.c.7.a.2. Infracciones graves del inciso 1o del artículo 41 y su sanción  65.c.7.a.3. Infracciones graves del inciso 7o del artículo 41 y su sanción 65.c.7.a.4. Infracciones graves de la Ley N° 20.032 y su sanción 65.c.7.a.5. Infracción gravísima y su sanción. 65.c.7.b. Procedimiento sancionatorio 65.c.7.c. Procedimiento de reclamación 65.c.8. Administración de cierre (Párrafo 8o del Título III) 65.c.8.a. Casos en que procede la administración de cierre 65.c.8.b. Particularidades de la administración de cierre 65.c.8.c. Designación del administrador de cierre 65.c.8.d. Procedimiento de administración de cierre 65.c.8.e. Funciones del administrador de cierre 65.c.8.f. Normativa complementaria. 65.c.9. Administración provisional (Párrafo 9o del Título III) 65.c.9.a. Casos en que procede la administración provisional 65.c.9.b. Particularidades de la administración provisional 65.c.9.c. Designación del administrador provisional 65.c.9.d. Procedimiento de administración provisional 65.c.9.e. Funciones del administrador provisional 65.c.9.f. Normativa complementaria. 65.c.10. Efectos de la administración provisional o de cierre (Párrafo 10 del Título III) Bibliografía
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