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Las Instituciones de Gayo

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Las Instituciones de Gayo se caracterizan por el hecho de que se trata de “la mejor y casi totalmente conservada obra de un jurista romano fuera de la tradición justinianea”. Sigue ofreciendo las ventajas de una lectura académica coherente, que impresiona por su claridad y comprensibilidad. Además, el pensamiento jurídico de Gayo afirma la peculiaridad de que “está mucho más cerca de la tradición dogmática de la jurisprudencia continental, es decir, del esfuerzo por el sistema, del esfuerzo por la conceptualización y la división, así como de la tendencia a la abstracción, que del método de cualquier otro jurista antiguo”. Hasta qué punto las Instituciones pueden ser consideradas como una obra escrita exclusivamente por Gayo, y cómo considerar las glosas o interpolaciones que contiene, todavía es objeto de debate académico. Sin embargo, sí existe consenso en la enorme importancia del hallazgo, ya que numerosas instituciones jurídicas, que la Comisión Justinianea no recogió en su corpus por considerarlas obsoletas, solamente se conocen a través de las Instituciones.
La obra de Gayo fue transmitida indirectamente a tiempos posteriores en varias formas,​ ya que fue utilizada con mayor frecuencia como modelo para diversos documentos legales durante los siglos V y VI. Los denominados Fragmenta Augustodunensis ofrecen una visión relativamente menor. Los manuscritos de la Antigüedad tardía de la Collatio y Epitome Gai, contenidos en la Lex Romana Visigothorum, adquirieron mayor importancia para la investigación. Posteriormente integradas en el Corpus iuris civilis, las influencias de Gayo bajo el sistema legal de Justiniano I aparecen en los Digestos y en las Instituciones de Justiniano.

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Autor: Gayo
Editorial : Editorial Hammurabi
Año de Publicación  : 2021
Paginas : 151

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NameLas Instituciones de Gayo removeAnálisis Jurisprudencial de las Principales Controversias en Materia Laboral removeDelitos de Falsedad Documental removeDerecho Internacional de América Latina removeLa Motivación. Principio General del Derecho Público removeProcedimiento Concursal. Rechazo de la Solicitud de Liquidación Voluntaria en la Ley N° 20.720 remove
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DescriptionAutor: Gayo Editorial : Editorial Hammurabi Año de Publicación  : 2021 Paginas : 151Autores: Rodrigo Azócar Simonet – Álvaro Cruz González Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 108 Año de publicación: 2022Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 183 Año de publicación: 2022Autor: María Déborah Ramírez Rondón Editorial : Hammurabi Año de Publicación  : 2022 Paginas :214Autor: Alejandro Gómez Sotomayor Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022Autor: Ismael González Cerda Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022
ContentLas Instituciones de Gayo se caracterizan por el hecho de que se trata de “la mejor y casi totalmente conservada obra de un jurista romano fuera de la tradición justinianea”. Sigue ofreciendo las ventajas de una lectura académica coherente, que impresiona por su claridad y comprensibilidad. Además, el pensamiento jurídico de Gayo afirma la peculiaridad de que “está mucho más cerca de la tradición dogmática de la jurisprudencia continental, es decir, del esfuerzo por el sistema, del esfuerzo por la conceptualización y la división, así como de la tendencia a la abstracción, que del método de cualquier otro jurista antiguo”. Hasta qué punto las Instituciones pueden ser consideradas como una obra escrita exclusivamente por Gayo, y cómo considerar las glosas o interpolaciones que contiene, todavía es objeto de debate académico. Sin embargo, sí existe consenso en la enorme importancia del hallazgo, ya que numerosas instituciones jurídicas, que la Comisión Justinianea no recogió en su corpus por considerarlas obsoletas, solamente se conocen a través de las Instituciones. La obra de Gayo fue transmitida indirectamente a tiempos posteriores en varias formas,​ ya que fue utilizada con mayor frecuencia como modelo para diversos documentos legales durante los siglos V y VI. Los denominados Fragmenta Augustodunensis ofrecen una visión relativamente menor. Los manuscritos de la Antigüedad tardía de la Collatio y Epitome Gai, contenidos en la Lex Romana Visigothorum, adquirieron mayor importancia para la investigación. Posteriormente integradas en el Corpus iuris civilis, las influencias de Gayo bajo el sistema legal de Justiniano I aparecen en los Digestos y en las Instituciones de Justiniano.
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Descripción
CONTROVERSIAS EN MATERIA LABORAL
I. EXIGENCIA DE TEST PCR CON RESULTADO NEGATIVO A TRABAJADORES II. DEVOLUCIÓN DEL DESCUENTO POR EL APORTE DEL EMPLEADOR A LA AFC III. REQUISITO DE PROCEDENCIA PARA EL PAGO DE LA SEMANA CORRIDA IV. OBLIGACIÓN DEL FISCO DE ENTERAR LAS COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL RESPECTO DE UN VÍNCULO A HONORARIOS CALIFICADO JUDICIALMENTE COMO RELACIÓN LABORAL V. INCORPORACIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS EN LA BASE DE CÁLCULO DE LA ÚLTIMA REMUNERACIÓN MENSUAL (ARTÍCULO 172) CUANDO FUERON PAGADAS EN FORMA PERMANENTE VI. CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA MODALIDAD DE TRABAJO A DISTANCIA O TELETRABAJO VII. CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES DE FALTA DE PROBIDAD E INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO EN CASO DE MALA FE DEL TRABAJADOR VIII. JUSTIFICACIÓN DEL DESPIDO EN JUICIO CUANDO LA CARTA DE DESPIDO NO SATISFACE REQUISITOS LEGALES IX. ACEPTACIÓN DE EXTENSIÓN DE BENEFICIOS Y LA POSIBILIDAD PARA RENUNCIAR A ELLA Y LAS IMPLICANCIAS RESPECTO DEL PAGO DE LA CUOTA SINDICAL X. DISCUSIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRIMACÍA DE LA REALIDAD EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE TRABAJO, EN RELACIÓN A LA SIMILITUD DE LOS FALLOS DE CONTRASTE PARA LA INTERPRETACIÓN DE UNA DETERMINADA MATERIA DE DERECHO XI. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 162 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO (NULIDAD DEL DESPIDO O “LEY BUSTOS”) A LA EMPRESA PRINCIPAL XII. POSIBILIDAD DE RECLAMAR JUDICIALMENTE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA PROCEDENCIA DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS QUE DEBEN OPERAR DURANTE UNA HUELGA
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DELITOS DE FALSEDAD DOCUMENTAL

En la presente monografía, se estudia cada tipo penal, desde la estructura del delito, sus elementos normativos, se apoyan en jurisprudencia Española, Colombiana, Chilena, al igual que con la doctrina. Su redacción es de forma didáctica, de tal manera que un estudiante, o un profesional versado le pueda ser fácil su lectura. Los delitos de falsedad documental son aquellos tipos penales que castigan la acción de falsificar, alterar o usar documentos falsos con fines fraudulentos. Estos delitos pueden incluir la fabricación de documentos falsos, la alteración de documentos auténticos, el uso de documentos falsos o alterados, o la impersonación de otra persona mediante el uso de documentación falsa o alterada. En general, la falsedad documental se refiere a la creación o alteración de documentos con el propósito de engañar o defraudar a otras personas o entidades. Los documentos falsos o alterados pueden ser de cualquier tipo, como facturas, títulos universitarios, pasaportes, certificados médicos, etc. Los delitos de falsedad documental suelen ser graves y están tipificados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos. La pena prevista por estos delitos depende de la gravedad del hecho y de los daños causados, y puede incluir prisión y multas.
Indice DERECHO INTERNACIONAL DE AMÉRICA LATINA Aportes del pensamiento iusinternacional de Andrés Bello “Si se me permitiera imprimir mi primera sensación frente a ella no dudaría en calificarla, aun antes de extraordinaria, profunda, clarificadora, desde mi óptica latina como seductora porque toma posición frente a debates jurídicos, invita a degustar sus reflexiones para profundizar y gozarla. Jurídicamente es novedosa porque trae al escenario la reciente y profunda reforma al Code civil francés del 2016, de cuyo contenido somos vigilantes los latinoamericanos por la introducción de tantas primicias de originalidad al llevar al área contractual los avances de la jurisprudencia de Casación, en tanto verdadera bandera del renacimiento del Derecho Privado … La construcción sistemática del incumplimiento es una de las cuestiones más escabrosas en su planteamiento como requisito esencial y especial conducente a la resolución del contrato … Si bien para el civilista muchos de los conceptos referidos a la resolución del contrato, como va desde la rescisión hasta la nulidad, en cuyos senderos muchas veces la jurisprudencia muestra muchos traspiés, principalmente por los cambios de integración de los magistrados de una época con otra, de unos más cultos y otros menos, la labor del autor se orienta hacia una tarea didáctica, un planteamiento clarificador, subrayando, dejando la emoción de leer a un verdadero Maestro…”. (Prólogo del Dr. Ricardo Zeledón Zeledón, exmagistrado del Tribunal Supremo de Costa Rica, catedrático de la Universidad de Costa Rica, expresidente de la Academia costarricense de Derecho, Presidente del Comité Americano de Derecho Agrario, Presidente Emérito de la Unión Mundial de Derecho Agrario y Miembro de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España).Indice El autor hace un estudio pormenorizado de la motivación, como un principio general del Derecho Público, en tres clases de actos públicos; actos administrativos, actos judiciales y legislativos. La visión de la obra es particularista, estableciendo que estamos en presencia de un principio, un derecho y una obligación, por lo tanto, el ciudadano tiene la posibilidad de exigir su cumplimiento. El tema en la sociedad actual ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. El autor llega a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos de la administración, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos.Indice-Libro-PC-Rechazo Análisis jurisprudencial de sentencias dictadas entre el año 2015 y 2021 En esta obra, que se encuentra en el marco de realización de tesis de Magíster en Derecho Privado de la Universidad de Concepción durante el año 2021-2022, se analizan los factores más comunes que inciden en el juez concursal para rechazar una solicitud de liquidación voluntaria en la ley N.º 20.720. Esta probanza se realizará desde la óptica jurisprudencial, en su labor descriptiva, de sistematización y con un énfasis de sentencia lata, mediante la sistematización de 57 sentencias de primera, segunda instancia y de la Excelentísima Corte Suprema entre el año 2015 y 2021. Este análisis evidenciará la tendencia que siguen nuestros tribunales de justicia nacionales hacia la acreditación de insolvencia del deudor a través de los antecedentes exigidos en el artículo 115 y 273, de tal manera de rechazar una solicitud sino se acredita aquella, siendo insuficiente su sola confesión espontánea. Entre los factores se destacan: el tribunal al cual se presenta la solicitud, juicios pendientes y cantidad de juicios a considerarse, sala de la Corte Suprema y su conformación, entre otros. Sin duda, ayudará a los abogados y abogadas a revisar los criterios de nuestros tribunales de justicia al momento de presentar su solicitud de liquidación voluntaria y los fundamentos doctrinales y jurisprudenciales de éstos al momento de resolver por su negativa. Para el abogado que tramita procedimientos concursales, conocer los factores más comunes de rechazo de solicitudes de liquidación voluntaria constituye una herramienta fundamental para prever el éxito de la acción que pretende ejercitar. De ese modo, puede asesorar mejor a su cliente, podrá fundamentar adecuadamente la solicitud de liquidación y, en su caso, recurrir fundadamente contra la resolución que niega lugar a la solicitud. Desde el punto de vista dogmático, la respuesta es muy importante para juzgar la calidad y conveniencia práctica de la norma en vigor, de cara a futuros cambios legislativos.  
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