Ordenanza De Aduanas y Otras Normas Anexas
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Dentro de las normas que regulan el comercio exterior en Chile y uno de sus principales organismos es el Servicio Nacional de Aduanas principalmente, la Ordenanza de aduanas, la ley orgánica del servicio y otras más.
La ordenanza ha tenido diversas modificaciones principalmente en la parte de sanciones en los delitos de contrabando, La ley 21.582, suprime o modifica la intervención de notarios en trámites, actuaciones y gestiones determinadas, prohíbe a los organismos del Estado exigir la presentación de autorizaciones notariales de firmas en documentos otorgados en soporte de papel o electrónico.
Se suprime la necesidad de escritura pública para conferir el poder conferido al suplente de un Agente de Aduanas para que pueda entrar en funciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204 de la Ordenanza de Aduanas. Y la ley 21.632 tiene como objeto de incluir en el delito de contrabando el ingreso o extracción de dinero del territorio nacional.
Además, se actualiza normas anexas al procedimiento de gestión aduanera.
Ordenanza de Aduanas D.F.L. Nº 30/04
Título preliminar
1. Ámbito de aplicación y definiciones básicas
2. Plazos
3. Disposiciones generales relativas a los derechos y obligaciones de las personas respecto de la legislación aduanera
4. De las aduanas
5. Ejercicio de la potestad aduanera
Libro I. De la Junta General de Aduanas
Libro II. De la entrada y salida de vehículos, mercancías y personas hacia y desde el territorio nacional y de su presentación al Servicio de Aduanas
Título I. Generalidades
Título II. Presentación y entrega de mercancías y recepción de vehículos
1. De la recepción de los vehículos y presentación de mercancías a la Aduana
2. De la entrega de las mercancías a los recintos de depósito aduanero y de la cancelación del manifiesto
3. Del naufragio y de las especies procedentes de él
4. Del embarque de las mercancías
Título III. Del almacenamiento de las mercancías
Título IV. Elementos de base para la aplicación de los gravámenes aduaneros
Título V. Destinaciones aduaneras
1. De las destinaciones aduaneras
2. Disposiciones comunes aplicables a todas las destinaciones aduaneras
3. Obligación tributaria aduanera
4. Normas especiales sobre algunas destinaciones aduaneras
1. Importación
2. Reingreso
3. Admisión temporal
4. Admisión temporal para perfeccionamiento activo
5. Almacén particular
5 bis. Depósito
6. Exportación
7. Salida temporal
8. Salida temporal para perfeccionamiento pasivo
Título VI. De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, de la reposición administrativa, del procedimiento de reclamación y del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
1. De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros
2. De la reposición administrativa
3. Del procedimiento de reclamación
4. Del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
Título VII. Devoluciones de gravámenes aduaneros
Título VIII. Subasta de mercancías abandonadas, incautadas o decomisadas
Libro III. De las infracciones a la Ordenanza, de sus penas y del procedimiento para aplicarlas
Título I. De las infracciones a la Ordenanza
1. Disposiciones generales
2. De las contravenciones aduaneras y sus sanciones
3. Del contrabando y del fraude
4. Del comiso administrativo de la mercancía
Título II. De la fiscalización y del procedimiento
1. Disposiciones generales
2. Del contrabando y fraude
Libro IV. De los despachadores de Aduana
Artículos transitorios
Otras normas
Sobre el Servicio Nacional de Aduanas
• D.F.L. Nº 329 de Hacienda D.O. 20.06.1979, Aprueba Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas
• Decreto Ley Nº 2.554 de Hacienda D.O. 10.03.1979, Determina que el jefe superior del Servicio de Aduanas será el encargado en forma exclusiva de la interpretación administrativa de las disposiciones legales y reglamentarias que indica
• Decreto Nº 1.230 de Hacienda D.O. 16.01.1990, Establece las Aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados
• Ley Nº 19.479 D.O. 21.11.1996, Introduce modificaciones a la Ordenanza de Aduanas y a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicta normas sobre gestión y personal de dicho Servicio y sustituye su planta de personal
• Resolución Nº 3.829 DNA D.O. 25.09.2010, Delega facultades sobre delegación de facultades del Director Nacional del Servicio, a los Subdirectores, Jefes de Departamento, Directores Regionales y Administradores de Aduanas
• Decreto Nº 28 de Hacienda D.O. 29.03.2018, Establece requisitos y condiciones que deberán cumplir las autorizaciones otorgadas por el Director Nacional de Aduanas, para la admisión temporal para perfeccionamiento activo
Sobre los Tribunales Tributarios y Aduaneros
• Ley Nº 20.322 D.O. 27.01.2009, Fortalece y perfecciona la jurisdicción Tributaria y Aduanera (sólo artículo 1º, Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros)
Instrucciones sobre articulados de la Ordenanza de Aduanas
• Decreto Nº 298 de Hacienda D.O. 8.07.1999, Aprueba Reglamento de Ordenanza de Aduanas
• Resolución Nº 4.930 DNA D.O. 16.10.2006, Establece instrucciones para la aplicación del procedimiento administrativo contravencional del Libro III de la Ordenanza de Aduanas
• Resolución Nº 2.523 DNA 5.04.2012, Instrucciones y procedimiento interno para la tramitación de reclamos de segunda instancia (art. 117 de la Ordenanza de Aduanas)
• Resolución Nº 7.303 DNA D.O. 17.01.2015, Modifica normativa aduanera, a fin de adaptarla al nuevo artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas, referido a la no formulación de denuncias a quien incurriere en una contravención aduanera
• Decreto Nº 32 de Hacienda D.O. 9.07.2018, Aprueba Reglamento que establece los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las personas que asistirán al Servicio Nacional de Aduanas en los procesos a que se refiere el artículo 23 ter de la Ordenanza de Aduanas
Sobre Agente de Aduanas
• Resolución Nº 8.559 DNA D.O. 16.11.2012, Establece normas para la aplicación de sanciones respecto de los Agentes de Aduanas y demás operadores sujetos a la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
• Resolución Nº 4.322 DNA D.O. 25.09.2014, Procedimiento para la autorización de auxiliares de Agentes de Aduana, otorgamiento, uso y control del Carné Aduanero y Registro de Auxiliares
• Resolución Nº 8.034 DNA D.O. 16.01.2016, Fija sistema de procedimiento para informar operaciones o actividades sospechosas por parte de los Agentes de Aduanas
• Resolución Nº 5.739 DNA D.O. 13.09.2017, Establece las siguientes instrucciones para el otorgamiento del mandato para despachar, por parte del dueño, consignante o consignatario de la mercancía, al Agente de Aduana
Sobre Importaciones
• Ley Nº 19.912 D.O. 4.11.2003. Adecua la legislación que indica conforme a los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio OMC suscritos por Chile
• D.F.L. Nº 31 de Hacienda D.O. 22.04.2005, Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país
• Decreto Nº 1.314 de Hacienda D.O. 22.03.2013, Aprueba Reglamento Antidistorsiones
Sobre Consejo Aduanero Público-Privado
• Resolución Nº 5.992 DNA D.O. 30.08.2012, Crea Consejo Aduanero Público-Privado
• Resolución Nº 8.626 DNA D.O. 29.08.2013, Aprueba Reglamento Consejo de la Sociedad Civil del Servicio Nacional de Aduanas, denominado Consejo Aduanero Público-Privado Nacional de Aduanas
• Resolución Nº 5.854 DNA D.O. 27.09.2016, Aprueba el Procedimiento de Publicación Anticipada
Sobre recintos de depósito aduanero
• Decreto Nº 1.114 de Hacienda D.O. 26.05.1998, Establece reglamento para la habilitación y concesión de los recintos de depósito aduanero y el almacenamiento de las mercancías
• Resolución Nº 3.058 DNA D.O. 16.05.2012, Aprueba requerimientos mínimos que forman parte del estándar Aduana a operadores de recintos de depósito aduanero
• Resolución Nº 3.060 DNA D.O. 16.05.2012, Apruébese el siguiente procedimiento para el estudio y resolución de las solicitudes de habilitación directa de almacenes extraportuarios y de recintos de depósito aduanero
• Decreto Nº 73 de Hacienda D.O. 2.03.2018, Aprueba los requisitos que deben cumplir ciertos importadores para retirar las mercancías extranjeras que se encuentren en los recintos de depósito aduanero para su importación, para acceder a los beneficios que indica
6 disponibles
Autora : Monserrat Vendrell Buffo
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 438
Año de publicación: 2024
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Settings | Ordenanza De Aduanas y Otras Normas Anexas remove | Crédito Fiscal. Impuesto al Valor Agregado remove | Crédito Fiscal. Impuesto al Valor Agregado- Versión Proview remove | Contabilidad IFRS (NIIF) para Pymes y Grandes Empresas. Casos Prácticos y Ejercicios remove | Impuesto a la renta. 2 Tomos remove | Curso sobre Derecho y Código Tributario. 2 Tomos. Octava Edición Actualizada remove |
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Description | Autora : Monserrat Vendrell Buffo Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 438 Año de publicación: 2024 | Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 380 Año de publicación: 2022 | Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 380 Año de publicación: 2022 | Autor: Pedro Daniel Retamal González Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 244 Año de publicación: 2022 | Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2022 Paginas :1546 | Autor: Christian Aste Mejías Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 1764 Año de publicación: 2020 |
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Dentro de las normas que regulan el comercio exterior en Chile y uno de sus principales organismos es el Servicio Nacional de Aduanas principalmente, la Ordenanza de aduanas, la ley orgánica del servicio y otras más.
La ordenanza ha tenido diversas modificaciones principalmente en la parte de sanciones en los delitos de contrabando, La ley 21.582, suprime o modifica la intervención de notarios en trámites, actuaciones y gestiones determinadas, prohíbe a los organismos del Estado exigir la presentación de autorizaciones notariales de firmas en documentos otorgados en soporte de papel o electrónico.
Se suprime la necesidad de escritura pública para conferir el poder conferido al suplente de un Agente de Aduanas para que pueda entrar en funciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204 de la Ordenanza de Aduanas. Y la ley 21.632 tiene como objeto de incluir en el delito de contrabando el ingreso o extracción de dinero del territorio nacional.
Además, se actualiza normas anexas al procedimiento de gestión aduanera.
Ordenanza de Aduanas D.F.L. Nº 30/04
Título preliminar
1. Ámbito de aplicación y definiciones básicas
2. Plazos
3. Disposiciones generales relativas a los derechos y obligaciones de las personas respecto de la legislación aduanera
4. De las aduanas
5. Ejercicio de la potestad aduanera
Libro I. De la Junta General de Aduanas
Libro II. De la entrada y salida de vehículos, mercancías y personas hacia y desde el territorio nacional y de su presentación al Servicio de Aduanas
Título I. Generalidades
Título II. Presentación y entrega de mercancías y recepción de vehículos
1. De la recepción de los vehículos y presentación de mercancías a la Aduana
2. De la entrega de las mercancías a los recintos de depósito aduanero y de la cancelación del manifiesto
3. Del naufragio y de las especies procedentes de él
4. Del embarque de las mercancías
Título III. Del almacenamiento de las mercancías
Título IV. Elementos de base para la aplicación de los gravámenes aduaneros
Título V. Destinaciones aduaneras
1. De las destinaciones aduaneras
2. Disposiciones comunes aplicables a todas las destinaciones aduaneras
3. Obligación tributaria aduanera
4. Normas especiales sobre algunas destinaciones aduaneras
1. Importación
2. Reingreso
3. Admisión temporal
4. Admisión temporal para perfeccionamiento activo
5. Almacén particular
5 bis. Depósito
6. Exportación
7. Salida temporal
8. Salida temporal para perfeccionamiento pasivo
Título VI. De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, de la reposición administrativa, del procedimiento de reclamación y del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
1. De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros
2. De la reposición administrativa
3. Del procedimiento de reclamación
4. Del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
Título VII. Devoluciones de gravámenes aduaneros
Título VIII. Subasta de mercancías abandonadas, incautadas o decomisadas
Libro III. De las infracciones a la Ordenanza, de sus penas y del procedimiento para aplicarlas
Título I. De las infracciones a la Ordenanza
1. Disposiciones generales
2. De las contravenciones aduaneras y sus sanciones
3. Del contrabando y del fraude
4. Del comiso administrativo de la mercancía
Título II. De la fiscalización y del procedimiento
1. Disposiciones generales
2. Del contrabando y fraude
Libro IV. De los despachadores de Aduana
Artículos transitorios
Otras normas
Sobre el Servicio Nacional de Aduanas
• D.F.L. Nº 329 de Hacienda D.O. 20.06.1979, Aprueba Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas
• Decreto Ley Nº 2.554 de Hacienda D.O. 10.03.1979, Determina que el jefe superior del Servicio de Aduanas será el encargado en forma exclusiva de la interpretación administrativa de las disposiciones legales y reglamentarias que indica
• Decreto Nº 1.230 de Hacienda D.O. 16.01.1990, Establece las Aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados
• Ley Nº 19.479 D.O. 21.11.1996, Introduce modificaciones a la Ordenanza de Aduanas y a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicta normas sobre gestión y personal de dicho Servicio y sustituye su planta de personal
• Resolución Nº 3.829 DNA D.O. 25.09.2010, Delega facultades sobre delegación de facultades del Director Nacional del Servicio, a los Subdirectores, Jefes de Departamento, Directores Regionales y Administradores de Aduanas
• Decreto Nº 28 de Hacienda D.O. 29.03.2018, Establece requisitos y condiciones que deberán cumplir las autorizaciones otorgadas por el Director Nacional de Aduanas, para la admisión temporal para perfeccionamiento activo
Sobre los Tribunales Tributarios y Aduaneros
• Ley Nº 20.322 D.O. 27.01.2009, Fortalece y perfecciona la jurisdicción Tributaria y Aduanera (sólo artículo 1º, Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros)
Instrucciones sobre articulados de la Ordenanza de Aduanas
• Decreto Nº 298 de Hacienda D.O. 8.07.1999, Aprueba Reglamento de Ordenanza de Aduanas
• Resolución Nº 4.930 DNA D.O. 16.10.2006, Establece instrucciones para la aplicación del procedimiento administrativo contravencional del Libro III de la Ordenanza de Aduanas
• Resolución Nº 2.523 DNA 5.04.2012, Instrucciones y procedimiento interno para la tramitación de reclamos de segunda instancia (art. 117 de la Ordenanza de Aduanas)
• Resolución Nº 7.303 DNA D.O. 17.01.2015, Modifica normativa aduanera, a fin de adaptarla al nuevo artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas, referido a la no formulación de denuncias a quien incurriere en una contravención aduanera
• Decreto Nº 32 de Hacienda D.O. 9.07.2018, Aprueba Reglamento que establece los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las personas que asistirán al Servicio Nacional de Aduanas en los procesos a que se refiere el artículo 23 ter de la Ordenanza de Aduanas
Sobre Agente de Aduanas
• Resolución Nº 8.559 DNA D.O. 16.11.2012, Establece normas para la aplicación de sanciones respecto de los Agentes de Aduanas y demás operadores sujetos a la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
• Resolución Nº 4.322 DNA D.O. 25.09.2014, Procedimiento para la autorización de auxiliares de Agentes de Aduana, otorgamiento, uso y control del Carné Aduanero y Registro de Auxiliares
• Resolución Nº 8.034 DNA D.O. 16.01.2016, Fija sistema de procedimiento para informar operaciones o actividades sospechosas por parte de los Agentes de Aduanas
• Resolución Nº 5.739 DNA D.O. 13.09.2017, Establece las siguientes instrucciones para el otorgamiento del mandato para despachar, por parte del dueño, consignante o consignatario de la mercancía, al Agente de Aduana
Sobre Importaciones
• Ley Nº 19.912 D.O. 4.11.2003. Adecua la legislación que indica conforme a los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio OMC suscritos por Chile
• D.F.L. Nº 31 de Hacienda D.O. 22.04.2005, Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país
• Decreto Nº 1.314 de Hacienda D.O. 22.03.2013, Aprueba Reglamento Antidistorsiones
Sobre Consejo Aduanero Público-Privado
• Resolución Nº 5.992 DNA D.O. 30.08.2012, Crea Consejo Aduanero Público-Privado
• Resolución Nº 8.626 DNA D.O. 29.08.2013, Aprueba Reglamento Consejo de la Sociedad Civil del Servicio Nacional de Aduanas, denominado Consejo Aduanero Público-Privado Nacional de Aduanas
• Resolución Nº 5.854 DNA D.O. 27.09.2016, Aprueba el Procedimiento de Publicación Anticipada
Sobre recintos de depósito aduanero
• Decreto Nº 1.114 de Hacienda D.O. 26.05.1998, Establece reglamento para la habilitación y concesión de los recintos de depósito aduanero y el almacenamiento de las mercancías
• Resolución Nº 3.058 DNA D.O. 16.05.2012, Aprueba requerimientos mínimos que forman parte del estándar Aduana a operadores de recintos de depósito aduanero
• Resolución Nº 3.060 DNA D.O. 16.05.2012, Apruébese el siguiente procedimiento para el estudio y resolución de las solicitudes de habilitación directa de almacenes extraportuarios y de recintos de depósito aduanero
• Decreto Nº 73 de Hacienda D.O. 2.03.2018, Aprueba los requisitos que deben cumplir ciertos importadores para retirar las mercancías extranjeras que se encuentren en los recintos de depósito aduanero para su importación, para acceder a los beneficios que indica
| «La presente obra analiza exhaustivamente el crédito fiscal del IVA, desde sus aspectos teóricos y técnicos hasta la revisión de otros tributos susceptibles de rebajarse como crédito fiscal. En sus 12 capítulos, actualizados de acuerdo con las últimas normas legales, conteniendo las recientes reformas tributarias, se incluyen numerosos ejemplos prácticos, avalados por el análisis de cientos de pronunciamientos de la Dirección Nacional del SII y por las instrucciones oficiales impartidas por dicho Servicio, para la aplicación correcta de este importante mecanismo del impuesto a las ventas elegido por el legislador.» Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial Thomson Reuters ÍNDICE Introducción Glosario de términos utilizados en esta obra CAPÍTULO 1 ALGUNOS ASPECTOS TEÓRICOS Y TÉCNICOS DEL IVA 1. Conceptos previos 2. Diversas modalidades del impuesto a las ventas 3. El impuesto al valor agregado 4. Mecanismos básicos del impuesto al valor agregado 5. Naturaleza y extensión del crédito fiscal 6. Otros elementos característicos del crédito fiscal 6.1. Cómputo del crédito fiscal 6.2. Regla del prorrateo 6.3. Devolución de saldos 7. Neutralidad del IVA 7.1. Influencia del IVA en el proceso de integración vertical 7.2. Neutralidad del IVA en materia de utilización de los factores de producción CAPÍTULO 2 CONCEPTO Y TITULARIDAD DEL CRÉDITO FISCAL 1. Definición 2. Naturaleza del crédito fiscal 3. Titulares del crédito fiscal 4. Situaciones especiales relacionadas con la materia 4.1. Titulares del crédito fiscal en las operaciones efectuadas a través de mandatarios o representantes 4.2. Titularidad del crédito fiscal en el caso de la asociación o cuentas en participación 5. Transferencia del crédito fiscal y/o de sus remanentes 6. Tratamiento de los remanentes del crédito fiscal en los casos de transformación de sociedades 7. Absorción y división de sociedades CAPÍTULO 3 DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Conceptos que dan derecho a crédito fiscal 3. Rubros que dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 4. Crédito fiscal a que tienen derecho las empresas constructoras 4.1. Crédito fiscal a que tienen derecho estos contribuyentes desde el 1 de enero de 2016 5. Aplicación del IVA en la venta habitual de bienes inmuebles 5.1. Otras modificaciones introducidas por las Leyes Nºs. 20.780 y 20.899 al D.L. Nº 825 6. Determinación del crédito fiscal mensual 6.1. Agregados y deducciones al crédito fiscal mensual 6.1.1. Agregados 6.1.2. Deducciones 6.2. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6.3. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Aplicación de procedimiento del Código Tributario 7. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 8. Impuestos que no pueden rebajarse como crédito 9. Impuestos pagados en razón de los retiros de bienes corporales muebles e inmuebles gravados en la letra d) del artículo 8º 10. Impuestos pagados en la importación o adquisición de automóviles, station wagons y otros vehículos similares 11. Impuesto pagado por el arrendamiento de automóviles, station wagons y similares 12. Impuestos pagados en la adquisición de productos subsidiados de acuerdo con el inciso segundo del artículo 48 13. No procede el derecho a crédito fiscal por los gastos incurridos en supermercados y comercios similares 14. Nuevas conductas infraccionales agregadas al Nº 20 del artículo 97 del Código Tributario por la Ley Nº 20.780 de 2014 15. Instrucciones del SII acerca de los rubros que no dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 16. Situación de los impuestos recargados en facturas no fidedignas, falsas o ilegales 16.1. Significado de algunas expresiones contenidas en el número 5 del artículo 23 del D.L. Nº 825 16.2. Medidas de prevención que debe adoptar el contribuyente al efectuar el pago de las facturas en referencia 16.3. Hechos que deben acreditarse posteriormente en caso de ser objetada la factura por el SII 16.4. Caso en que no procede la aplicación del procedimiento descrito en los párrafos precedentes 16.5. Mantención del derecho a crédito fiscal en caso de probarse que el impuesto ha sido recargado y efectivamente enterado en arcas fiscales por el vendedor 16.6. Vigencia del nuevo texto del número 5 del artículo 23 del Decreto Ley Nº 825 y de sus modificaciones posteriores 17. Improcedencia del derecho a crédito por la parte del IVA que las empresas constructoras recuperen en virtud del artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975, de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825, vigente hasta el 31.12.2015 18. Derecho a crédito fiscal para el adquirente o contratante, siempre que se trate de vendedores habituales de bienes inmuebles 19. Crédito fiscal provisional de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825 19.1. Crédito fiscal provisional 19.2. Aplicación de la Resolución Nº 24 Ex., de 2020, en los casos establecidos en los artículos sexto y séptimo transitorios de la Ley Nº 20.780 19.3. Vigencia de estas instrucciones 20. Acuse de recibo a que se refiere el número 7 del artículo 23 del D.L. Nº 825. Nuevo requisito para tener derecho al crédito fiscal 20.1. Modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.956 al referido Nº 7 del artículo 23 y a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura 21. Sanciones aplicables a quienes desfiguren el monto del crédito fiscal 22. Otros dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 22.1. IVA soportado por los partícipes de una asociación o cuentas en participación. Improcedencia de su rebaja como crédito fiscal por el gestor de la misma 22.2. Transportistas de carga ajena. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 22.3. Importación realizada conjuntamente por dos sociedades. División del crédito fiscal 22.4. Servicios prestados a título gratuito. Irrecuperabilidad del IVA soportado sobre los insumos utilizados en su prestación 22.5. Adquisición de especies destinadas a la atención de clientes. Derecho a crédito fiscal 22.6. Contratación de un cóctel para el personal. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA pagado por la empresa 22.7. Gastos de mantención de los vehículos de los vendedores de una empresa pagados por ésta. No dan derecho a crédito fiscal 22.8. Adquisición de casas rodantes autopropulsadas. Derecho a crédito fiscal 22.9. Servicios de sondaje prestados a una empresa minera. Derecho a crédito fiscal 22.10. Suministro gratuito de alimentos al personal. Derecho a crédito fiscal por el IVA pagado por la empresa en su compra 22.11. Gastos ocasionados por las camionetas utilizadas como vehículos de apoyo por los transportistas. Derecho a crédito fiscal 22.12. Compra de productos agrícolas para ser utilizados como semilla. Procedencia del crédito fiscal 22.13. Adquisición de automóviles y de partes y repuestos por una firma armadora y comercializadora de vehículos motorizados. Derecho a crédito fiscal 22.14. Pago por una empresa de parte de los medicamentos recetados a sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.15. Extravío o destrucción del original de la factura que respalda el crédito fiscal 22.16. Crédito fiscal respecto de bienes siniestrados 22.17. Importación o adquisición de camionetas de doble cabina. Derecho a crédito fiscal 22.18. Arrendamiento de inmuebles amoblados o con instalaciones. Derecho a crédito fiscal 22.19. Adquisición de vehículos tipo jeep. Requisito para hacer uso del crédito fiscal 22.20. Recuperación del crédito fiscal por las ISAPRES 22.21. Arrendamiento por una empresa de un inmueble amoblado para que sirva de casa habitación a un socio gerente. Derecho a crédito fiscal 22.22. Arrendamiento de inmuebles no amoblados o sin instalaciones. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su adquisición 22.23. Seguro sobre vehículos. Recuperación como crédito fiscal del IVA pagado por la aseguradora en la adquisición de un vehículo nuevo que debe entregar en reposición del siniestrado 22.24. Entrega en comodato de los locales de un terminal agropecuario. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su construcción 22.25. Empresa de asesorías en marketing y promociones. Imposibilidad legal de utilizar como crédito fiscal el IVA pagado en la adquisición de bienes corporales muebles entregados gratuitamente con fines promocionales o de propaganda 22.26. Transporte de trabajadores. Derecho a crédito fiscal por la adquisición por la misma empresa de vehículos destinados a tal fin 22.27. Pago de primas de seguros de vida y complementarios de salud, contratados por una empresa en beneficio de sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.28. Derecho a utilizar como crédito fiscal, por parte de una empresa de marketing y promoción, el impuesto soportado en la adquisición de bienes que serán entregados gratuitamente 22.29. Procedencia de utilizar como crédito fiscal el impuesto soportado en facturas emitidas después de su fecha de vigencia 22.30. Uso como crédito fiscal del IVA pagado al cesionario de una factura no fidedigna o falsa 22.31. Bienes adquiridos por una empresa publicitaria para su entrega promocional gratuita. No procede derecho a crédito fiscal tratándose de la entrega gratuita de vehículos 22.32. Vehículos con caja de cambios automática. No procede la utilización del crédito fiscal pagado en la adquisición 22.33. Documento que acredita el pago de impuesto al valor agregado en la importación para efectos de su uso como crédito fiscal 22.34. No da derecho a crédito fiscal el impuesto soportado en la adquisición de bienes o servicios destinados a generar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 22.35. Derecho a crédito fiscal en el caso en que el impuesto hubiese sido determinado en forma errónea por el arrendador, al no aplicar la deducción establecida en el inciso primero del artículo 17 del D.L. Nº 825 22.36. Derecho a crédito fiscal en el caso de pérdida total de las mercaderías 22.37. Momento en que se puede utilizar como crédito fiscal el IVA consignado en una declaración de importación pagada en forma diferida 22.38. Recuperación de IVA pagado en la compra de un inmueble CAPÍTULO 4 DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL Y OPORTUNIDAD EN QUE DEBE DEDUCIRSE 1. Determinación del crédito fiscal mensual 2. Algunos concepto sobre débito fiscal 2.1. Concepto de débito fiscal 2.2. Determinación del débito fiscal mensual 2.3. Ajustes del débito fiscal mensual 2.3.1. Agregados al débito fiscal mensual 2.3.2. Deducciones al débito fiscal mensual 2.4. Sanciones aplicables en caso de desfiguración del monto del débito fiscal mensual 3. Ajustes del crédito fiscal mensual 3.1. Agregados al crédito fiscal 3.2. Deducciones al crédito fiscal 4. Cuadro resumen de determinación del crédito fiscal 5. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Procedimiento aplicable 7. Contabilización del crédito fiscal mensual 8. Imputación del crédito fiscal. Determinación del impuesto a pagar 8.1. Postergación del pago del IVA 8.2. Procedimiento mediante el cual se hace efectiva la postergación del pago del IVA 8.3. Vigencia de este beneficio 9. Acumulación del crédito fiscal 10. Reajuste de los remanentes de crédito fiscal 11. Reembolsos extraordinarios de remanentes de crédito fiscal establecidos como medidas de apoyo a las empresas de menor tamaño durante la pandemia del COVID-19 en los años 2020 y 2021 11.1. Reembolso extraordinario de los remanentes de crédito fiscal dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 21.256, de 2020 11.2. Devolución de remanente de crédito fiscal del IVA a Pymes de acuerdo con el artículo 2º de la Ley Nº 21.353 de 2021 12. Imputación del remanente de crédito fiscal en caso de término de giro CAPÍTULO 5 APLICACIÓN PROPORCIONAL DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Descripción del procedimiento establecido por el artículo 43 del Reglamento 3. Ejemplo de determinación del crédito fiscal proporcional 4. Obligación de complementar el Registro de Compras y Ventas 5. Proporcionalidad en el uso del crédito fiscal en el caso de operaciones sobre inmuebles 6. Facultad del SII para establecer otros métodos o procedimientos distintos 7. Tratamiento del IVA no recuperable frente a la Ley sobre Impuesto a la Renta 8. Otros pronunciamientos sobre la materia emitidos por el Servicio de Impuestos Internos 8.1. Donaciones sin fines publicitarios. Aplicación de las normas sobre proporcionalidad del crédito fiscal 8.2. Cálculo de la relación porcentual del crédito fiscal proporcional 8.3. Tratamiento de las exportaciones en el cálculo del crédito fiscal proporcional 8.4. Recuperación del IVA soportado o pagado en la adquisición o importación de bienes y en la utilización de servicios destinados a la prestación del servicio de cajeros automáticos 8.5. Cálculo de la proporcionalidad establecida en el artículo 43 del Reglamento del D.L. Nº 825, de 1974, para determinar el crédito fiscal del período 8.6. Ventas realizadas en el extranjero por un contribuyente nacional deben considerarse para efectos de determinar el crédito fiscal proporcional 8.7. Improcedencia de aplicar las reglas sobre proporcionalidad de créditos fiscales, aunque se realice una operación específica de cesión de derechos no gravada con IVA 8.8. El crédito asociado a la importación de buses realizada por una empresa de transporte público constituye crédito de utilización común en la medida en que dicho bien efectivamente se destine a la generación de operaciones gravadas y exentas 8.9. Facturación y determinación de la base imponible en el cobro de rentas adicionales de un contrato de arrendamiento con opción de compra. Las deducciones aplicables a dicha base imponible no hacen aplicable la obligación de proporcionalizar el crédito fiscal del IVA 8.10. Confirma criterios sobre ingresos que se deben considerar para calcular la proporcionalidad del crédito fiscal IVA CAPÍTULO 6 RECUPERACIÓN DE LOS REMANENTES DE CRÉDITO FISCAL ORIGINADOS EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS A FORMAR PARTE DEL ACTIVO FIJO 1. Consideraciones generales 2. Ampliación de este beneficio a los bienes corporales inmuebles y a los bienes muebles destinados a su construcción 3. Aplicación de estas normas respecto del IVA pagado en la importación de bienes que por su naturaleza correspondan a los que normalmente se clasifican en el activo fijo, hecha en virtud de un contrato de arrendamiento 4. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por el IVA soportado en la utilización de servicios que integren el valor de costo de los bienes del activo fijo 5. Período por el cual debe pedirse la devolución o imputación 6. Ejemplo de aplicación del artículo 27 bis 7. Procedimientos para hacer efectiva la recuperación de estos remanentes 8. Restitución de las cantidades recibidas por los contribuyentes a los cuales se les haya anticipado la devolución del remanente de crédito fiscal 9. Forma en que deben restituirse estas cantidades 10. Restitución adicional que deben efectuar los contribuyentes en referencia 11. Determinación de su monto 11.1. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal hubo compras de activos fijos sólo en un mes 11.2. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal se registraron compras de activo fijo en más de un mes 11.3. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal el contribuyente sólo realizó ventas afectas 12. Tratamiento aplicable cuando, en el período de dos meses o más en que se acumuló el remanente, el contribuyente no hubiese realizado ventas ni prestaciones de servicios 13. Oportunidad hasta la cual se mantiene la obligación de restituir las sumas devueltas anticipadamente correspondientes a remanentes de crédito fiscal por adquisiciones de bienes destinados al activo fijo 14. Restitución de las sumas devueltas en exceso 15. Restitución de las sumas devueltas en caso de término de giro 16. Situación de los exportadores 17. Vigencia de las disposiciones contenidas en el texto del inciso segundo del artículo 27 bis fijado por la Ley Nº 19.738 18. Sanciones 19. Jurisprudencia administrativa 19.1. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por la compra de un bosque que no se encuentra en explotación 19.2. Rubros que dan derecho a solicitar la devolución de los remanentes de IVA tratándose de plantaciones de árboles frutales 19.3. Explotación de bosques. Gastos que no pueden ampararse en lo dispuesto en el artículo 27 bis 19.4. Imposibilidad de modificar por la vía administrativa el procedimiento de cálculo del remanente del IVA a devolver establecido en el artículo 27 bis 19.5. Construcción de una galería comercial. Arrendamiento sin instalaciones de sus locales. Inaplicabilidad de las disposiciones del artículo 27 bis 19.6. Empresa dedicada al arrendamiento de vehículos. Recuperación del remanente de crédito fiscal del IVA acumulado por la compra de dichos vehículos 19.7. Improcedencia de obtener reembolso de remanentes de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825 por sociedad que ha absorbido a la que ha solicitado tal devolución 19.8. Recuperación de remanentes de crédito fiscal originados en la adquisición de una línea de transmisión de energía eléctrica 19.9. No procede solicitar en un mismo período tributario devolución de remanentes del IVA, por concepto de cambio de sujeto, dispuesto en el artículo 3º del D.L. Nº 825, como por activo fijo, en virtud del artículo 27 bis del mismo cuerpo legal 19.10. Incidencia de la indemnización recibida por un bien del activo fijo siniestrado en el mecanismo de devolución y restitución de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974 19.11. Procedencia de solicitar a través del mecanismo del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, la devolución del remanente de crédito fiscal originado en la construcción de un edificio amoblado emplazado en terrenos de propiedad del arrendatario 19.12. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, en el caso de la adquisición de un bus utilizado en el transporte de pasajeros 19.13. No procede devolución de remanente de crédito fiscal de IVA, en virtud del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, por la adquisición de bienes destinados a realizar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 19.14. La restitución adicional contemplada en el inciso segundo del artículo 27 bis constituye un gasto necesario para producir la renta 19.15. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974. No se exige que el activo fijo que originó dicho remanente se encuentre dentro del patrimonio del contribuyente al momento de efectuar la solicitud de devolución CAPÍTULO 7 IMPUTACIÓN O REEMBOLSO DE LOS IMPUESTOS RECARGADOS EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES DEUDORES DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN EN EL MARCO DE UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANIZACIÓN 1. Conceptos preliminares 2. Revisión somera de la Ley Nº 20.720 3. Requisitos para que opere la imputación o devolución de los créditos de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4. Procedimientos para solicitar el beneficio establecido en el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4.1. Contribuyente opta por la imputación 4.2. Contribuyente opta por la devolución 4.3. Procedimiento general de devolución o recuperación 5. Obligación de restituir 6. Sanciones 7. Vigencia del nuevo beneficio contenido en el artículo 27 ter 8. Jurisprudencia administrativa 8.1. Sentido y alcance de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 27 ter 8.2. Procedencia de nota de crédito derivada de condonación en acuerdo de reorganización judicial CAPÍTULO 8 CRÉDITO ESPECIAL QUE FAVORECE A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 21 DEL D.L. Nº 910 DE 1975 1. Consideraciones previas 2. Descripción y finalidad de este beneficio 3. Ámbito de aplicación y operatoria de la deducción autorizada por este artículo 4. Imputación del crédito a los pagos provisionales obligatorios 5. Concepto de inmueble destinado para la habitación 6. Contratos generales de obras de urbanización para viviendas 6.1. Tratamiento aplicable a los contratos generales de obras de urbanización que benefician simultáneamente a viviendas y a otros inmuebles 6.2. Aplicación de este crédito a los contratos generales de construcción para la ejecución de obras de alcantarillado y agua potable rural destinadas a la habitación 7. Inaplicabilidad del crédito especial del 0,65 respecto de mejoras y otros trabajos menores 8. Inaplicabilidad de este beneficio a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento de viviendas 9. Extensión de este beneficio a los contratos generales de construcción que las empresas constructoras celebren con ciertas instituciones de beneficencia o bien público 10. Aplicación del crédito especial del 0,65 a las adjudicaciones realizadas en la liquidación de sociedades, comunidades y cooperativas de viviendas 11. Aplicación del crédito especial a los contratos de construcción de más de una vivienda 12. Normas transitorias de la Ley Nº 21.420. Crédito especial aplicable en el período comprendido entre los años 2023 y 2024 13. Jurisprudencia administrativa del SII 13.1. Obras de construcción y reparación de puentes en carreteras. Reparación y pavimentación de calles y calzadas 13.2. Proyecto de loteo habitacional. Habilitación de recintos deportivos para el uso de los habitantes del conjunto habitacional 13.3. Remodelación de un inmueble construido originalmente como escuela para convertirlo en un edificio de departamentos 13.4. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a proyectos de ampliación o mejoramiento de viviendas sociales que no requieren para su ejecución de un permiso de edificación 13.5. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a la instalación de colectores solares 13.6. Procedencia del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 respecto de contrato general de construcción de obras de urbanización de aguas potables y aguas servidas 13.7. Aplicación del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 a un contrato de reparación de viviendas sociales 13.8. Beneficio establecido en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 por el avance de obra interrumpida temporalmente CAPÍTULO 9 CRÉDITO ESPECIAL ORIGINADO POR EL IMPUESTO AL PETRÓLEO DIÉSEL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 18.502 1. Explicación previa 2. Antecedentes históricos del impuesto a los combustibles 3. Impuesto específico al petróleo diésel establecido por la Ley Nº 18.502 3.1. Hecho gravado y sujetos pasivos 3.2. Monto del impuesto al petróleo diésel 3.3. Pago del impuesto 3.4. Incidencia en la base imponible del IVA 3.5. Exención que favorece a las exportaciones de petróleo diésel 3.6. Ventas de este combustible a las zonas francas 3.7. Recuperación del impuesto al petróleo diésel soportado por los contribuyentes a que se refiere el artículo 7º de la Ley Nº 18.502 3.8. Situación de las empresas constructoras 3.9. Situación de las empresas ferroviarias y de las establecidas en la provincia de Isla de Pascua 4. Crédito especial por el impuesto al petróleo diésel establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 4.1. Contribuyentes que pueden acogerse a este beneficio 4.2. Contribuyentes excluidos de la franquicia 4.3. Formas de recuperar el impuesto al petróleo diésel 4.4. Situación de las empresas que tienen vehículos que utilicen petróleo diésel 4.5. Situación de las empresas que realizan operaciones tanto gravadas como exentas del IVA 4.6. Recuperación del impuesto por los exportadores 4.7. Registro separado del impuesto al petróleo diésel en las facturas 4.8. Obligación de llevar un libro especial denominado “Combustible Diésel. Ley Nº 18.502″ 4.9. Vigencia de las disposiciones del D.S. Nº 311 de 1986 5. Situación de las pequeñas empresas a que se refiere el inciso quinto del artículo 1º de la Ley Nº 20.493 6. Dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 6.1. Procedencia de aplicar el impuesto específico contenido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 a importación de petróleo diésel realizada por la Armada de Chile 6.2. Solicita se complemente o aclare opinión sobre la procedencia de aplicar impuesto específico de la Ley Nº 18.502 a la importación de petróleo diésel efectuada por la Armada de Chile, en relación a lo ya manifestado en Oficio Nº 2.248 de 30.08.2019 6.3. Consulta sobre tratamiento del impuesto específico al petróleo diésel cuando resulta en un monto negativo CAPÍTULO 10 CRÉDITO ESPECIAL POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RECARGADO EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE DEUDORES EN UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN 1. Texto legal que establece este beneficio. Reseña general de sus disposiciones 2. Impuestos que pueden recuperarse 3. Beneficiarios de este crédito 4. Presupuestos y requisitos que deben concurrir 5. Determinación del monto del crédito 6. Forma en que deben imputarse los abonos 7. Procedimiento y operatoria 8. Información que deben proporcionar los Liquidadores a los Servicios de Impuestos Internos y de Tesorería 9. Nuevo sistema de recuperación de créditos a que se refiere el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 de 1974 10. Jurisprudencia administrativa del SII 10.1. Procedencia de emitir nota de débito, en virtud el artículo 29 de la Ley Nº 18.591, a cesionarios de facturas, acreedores en un procedimiento concursal de liquidación y emitidas al fallido por el cedente de las mismas 10.2. Los requisitos dispuestos en el artículo 29 de la Ley Nº 18.591 se entienden igualmente cumplidos si el acreedor en un procedimiento concursal de liquidación mantiene un convenio vigente con Tesorería o si ha postergado el pago del IVA, en virtud del artículo 64 del D.L. Nº 825 10.3. Pertinencia de emitir nota de débito por la retención del 5% de IVA por aplicación del artículo 29 de la Ley Nº 18.591 10.4. Devolución del anticipo de IVA efectuado en las ventas de harina de trigo recargado a una empresa en proceso de liquidación CAPÍTULO 11 OTROS IMPUESTOS SUSCEPTIBLES DE REBAJARSE COMO CRÉDITO FISCAL DEL IVA 1. Consideraciones previas 2. Crédito especial originado por el impuesto del artículo 11 de la Ley Nº 18.211 2.1. Aplicación respecto de este crédito de las normas contenidas en el párrafo 6º del Título II del D.L. Nº 825 2.2. Vigencia del crédito tratado en el presente párrafo 3. Recuperación del impuesto específico al petróleo diésel por las empresas de transporte de carga en camiones 3.1. Contribuyentes titulares de este beneficio 3.2. Monto recuperable 3.3. Determinación del beneficio que se glosa 3.4. Ejemplo de determinación de la devolución del IVA en caso de contribuyentes con actividades de transporte terrestre de carga afectas y exentas de IVA 3.5. Otras normas relacionadas con la aplicación y fiscalización de este beneficio 3.6. Declaraciones juradas que deben remitir al SII estos contribuyentes 3.7. Vigencia 3.8. Establecimiento de normas que permitan diferenciar el petróleo diésel que se utiliza en vehículos motorizados del que se emplea en la industria 4. Recuperación del Impuesto de Timbres y Estampillas mediante su inclusión en el crédito fiscal del IVA 4.1. Contribuyentes beneficiados con esta norma legal 4.2. Impuesto de timbres y estampillas susceptible de recuperarse 4.3. Imposibilidad de recuperar el impuesto de terceros 4.4. Monto del beneficio 4.5. Pérdida del beneficio y reintegro del crédito fiscal del impuesto al valor agregado por impuesto de timbres y estampillas 4.6. Acreditación del pago o retención del impuesto de timbres y estampillas y cumplimiento de obligaciones accesorias al pago del impuesto 4.7. Efectos del beneficio en el impuesto a la renta 4.8. Situación especial de los exportadores 4.9. Vigencia del beneficio analizado 5. Dictámenes del SII en materias propias de este capítulo 5.1. Procedencia de la recuperación del impuesto al petróleo diésel según las normas del artículo 2º de la Ley Nº 19.764 CAPÍTULO 12 OBLIGACIONES DE INFORMAR AL SII 1. Consideraciones previas 2. Obligación de presentar declaraciones de IVA 3. Propuesta de IVA y Registro de Compras y Ventas 4. Obligación de presentar declaraciones de resumen 4.1. Contribuyentes que estaban obligados a presentar estas declaraciones semestrales 4.2. Forma de presentar las declaraciones juradas establecidas por la Resolución Nº 5 de 2014 4.3. Plazo para la presentación de las declaraciones juradas en análisis 4.4. Contribuyentes exceptuados de la obligación de presentar estas declaraciones juradas 4.5. Sanciones aplicables 4.6. Vigencia de las normas de la Resolución Nº 5 Ex. de 2014 Referencias bibliográficas | «La presente obra analiza exhaustivamente el crédito fiscal del IVA, desde sus aspectos teóricos y técnicos hasta la revisión de otros tributos susceptibles de rebajarse como crédito fiscal. En sus 12 capítulos, actualizados de acuerdo con las últimas normas legales, conteniendo las recientes reformas tributarias, se incluyen numerosos ejemplos prácticos, avalados por el análisis de cientos de pronunciamientos de la Dirección Nacional del SII y por las instrucciones oficiales impartidas por dicho Servicio, para la aplicación correcta de este importante mecanismo del impuesto a las ventas elegido por el legislador.» Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial Thomson Reuters ÍNDICE Introducción Glosario de términos utilizados en esta obra CAPÍTULO 1 ALGUNOS ASPECTOS TEÓRICOS Y TÉCNICOS DEL IVA 1. Conceptos previos 2. Diversas modalidades del impuesto a las ventas 3. El impuesto al valor agregado 4. Mecanismos básicos del impuesto al valor agregado 5. Naturaleza y extensión del crédito fiscal 6. Otros elementos característicos del crédito fiscal 6.1. Cómputo del crédito fiscal 6.2. Regla del prorrateo 6.3. Devolución de saldos 7. Neutralidad del IVA 7.1. Influencia del IVA en el proceso de integración vertical 7.2. Neutralidad del IVA en materia de utilización de los factores de producción CAPÍTULO 2 CONCEPTO Y TITULARIDAD DEL CRÉDITO FISCAL 1. Definición 2. Naturaleza del crédito fiscal 3. Titulares del crédito fiscal 4. Situaciones especiales relacionadas con la materia 4.1. Titulares del crédito fiscal en las operaciones efectuadas a través de mandatarios o representantes 4.2. Titularidad del crédito fiscal en el caso de la asociación o cuentas en participación 5. Transferencia del crédito fiscal y/o de sus remanentes 6. Tratamiento de los remanentes del crédito fiscal en los casos de transformación de sociedades 7. Absorción y división de sociedades CAPÍTULO 3 DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Conceptos que dan derecho a crédito fiscal 3. Rubros que dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 4. Crédito fiscal a que tienen derecho las empresas constructoras 4.1. Crédito fiscal a que tienen derecho estos contribuyentes desde el 1 de enero de 2016 5. Aplicación del IVA en la venta habitual de bienes inmuebles 5.1. Otras modificaciones introducidas por las Leyes Nºs. 20.780 y 20.899 al D.L. Nº 825 6. Determinación del crédito fiscal mensual 6.1. Agregados y deducciones al crédito fiscal mensual 6.1.1. Agregados 6.1.2. Deducciones 6.2. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6.3. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Aplicación de procedimiento del Código Tributario 7. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 8. Impuestos que no pueden rebajarse como crédito 9. Impuestos pagados en razón de los retiros de bienes corporales muebles e inmuebles gravados en la letra d) del artículo 8º 10. Impuestos pagados en la importación o adquisición de automóviles, station wagons y otros vehículos similares 11. Impuesto pagado por el arrendamiento de automóviles, station wagons y similares 12. Impuestos pagados en la adquisición de productos subsidiados de acuerdo con el inciso segundo del artículo 48 13. No procede el derecho a crédito fiscal por los gastos incurridos en supermercados y comercios similares 14. Nuevas conductas infraccionales agregadas al Nº 20 del artículo 97 del Código Tributario por la Ley Nº 20.780 de 2014 15. Instrucciones del SII acerca de los rubros que no dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 16. Situación de los impuestos recargados en facturas no fidedignas, falsas o ilegales 16.1. Significado de algunas expresiones contenidas en el número 5 del artículo 23 del D.L. Nº 825 16.2. Medidas de prevención que debe adoptar el contribuyente al efectuar el pago de las facturas en referencia 16.3. Hechos que deben acreditarse posteriormente en caso de ser objetada la factura por el SII 16.4. Caso en que no procede la aplicación del procedimiento descrito en los párrafos precedentes 16.5. Mantención del derecho a crédito fiscal en caso de probarse que el impuesto ha sido recargado y efectivamente enterado en arcas fiscales por el vendedor 16.6. Vigencia del nuevo texto del número 5 del artículo 23 del Decreto Ley Nº 825 y de sus modificaciones posteriores 17. Improcedencia del derecho a crédito por la parte del IVA que las empresas constructoras recuperen en virtud del artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975, de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825, vigente hasta el 31.12.2015 18. Derecho a crédito fiscal para el adquirente o contratante, siempre que se trate de vendedores habituales de bienes inmuebles 19. Crédito fiscal provisional de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825 19.1. Crédito fiscal provisional 19.2. Aplicación de la Resolución Nº 24 Ex., de 2020, en los casos establecidos en los artículos sexto y séptimo transitorios de la Ley Nº 20.780 19.3. Vigencia de estas instrucciones 20. Acuse de recibo a que se refiere el número 7 del artículo 23 del D.L. Nº 825. Nuevo requisito para tener derecho al crédito fiscal 20.1. Modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.956 al referido Nº 7 del artículo 23 y a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura 21. Sanciones aplicables a quienes desfiguren el monto del crédito fiscal 22. Otros dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 22.1. IVA soportado por los partícipes de una asociación o cuentas en participación. Improcedencia de su rebaja como crédito fiscal por el gestor de la misma 22.2. Transportistas de carga ajena. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 22.3. Importación realizada conjuntamente por dos sociedades. División del crédito fiscal 22.4. Servicios prestados a título gratuito. Irrecuperabilidad del IVA soportado sobre los insumos utilizados en su prestación 22.5. Adquisición de especies destinadas a la atención de clientes. Derecho a crédito fiscal 22.6. Contratación de un cóctel para el personal. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA pagado por la empresa 22.7. Gastos de mantención de los vehículos de los vendedores de una empresa pagados por ésta. No dan derecho a crédito fiscal 22.8. Adquisición de casas rodantes autopropulsadas. Derecho a crédito fiscal 22.9. Servicios de sondaje prestados a una empresa minera. Derecho a crédito fiscal 22.10. Suministro gratuito de alimentos al personal. Derecho a crédito fiscal por el IVA pagado por la empresa en su compra 22.11. Gastos ocasionados por las camionetas utilizadas como vehículos de apoyo por los transportistas. Derecho a crédito fiscal 22.12. Compra de productos agrícolas para ser utilizados como semilla. Procedencia del crédito fiscal 22.13. Adquisición de automóviles y de partes y repuestos por una firma armadora y comercializadora de vehículos motorizados. Derecho a crédito fiscal 22.14. Pago por una empresa de parte de los medicamentos recetados a sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.15. Extravío o destrucción del original de la factura que respalda el crédito fiscal 22.16. Crédito fiscal respecto de bienes siniestrados 22.17. Importación o adquisición de camionetas de doble cabina. Derecho a crédito fiscal 22.18. Arrendamiento de inmuebles amoblados o con instalaciones. Derecho a crédito fiscal 22.19. Adquisición de vehículos tipo jeep. Requisito para hacer uso del crédito fiscal 22.20. Recuperación del crédito fiscal por las ISAPRES 22.21. Arrendamiento por una empresa de un inmueble amoblado para que sirva de casa habitación a un socio gerente. Derecho a crédito fiscal 22.22. Arrendamiento de inmuebles no amoblados o sin instalaciones. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su adquisición 22.23. Seguro sobre vehículos. Recuperación como crédito fiscal del IVA pagado por la aseguradora en la adquisición de un vehículo nuevo que debe entregar en reposición del siniestrado 22.24. Entrega en comodato de los locales de un terminal agropecuario. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su construcción 22.25. Empresa de asesorías en marketing y promociones. Imposibilidad legal de utilizar como crédito fiscal el IVA pagado en la adquisición de bienes corporales muebles entregados gratuitamente con fines promocionales o de propaganda 22.26. Transporte de trabajadores. Derecho a crédito fiscal por la adquisición por la misma empresa de vehículos destinados a tal fin 22.27. Pago de primas de seguros de vida y complementarios de salud, contratados por una empresa en beneficio de sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.28. Derecho a utilizar como crédito fiscal, por parte de una empresa de marketing y promoción, el impuesto soportado en la adquisición de bienes que serán entregados gratuitamente 22.29. Procedencia de utilizar como crédito fiscal el impuesto soportado en facturas emitidas después de su fecha de vigencia 22.30. Uso como crédito fiscal del IVA pagado al cesionario de una factura no fidedigna o falsa 22.31. Bienes adquiridos por una empresa publicitaria para su entrega promocional gratuita. No procede derecho a crédito fiscal tratándose de la entrega gratuita de vehículos 22.32. Vehículos con caja de cambios automática. No procede la utilización del crédito fiscal pagado en la adquisición 22.33. Documento que acredita el pago de impuesto al valor agregado en la importación para efectos de su uso como crédito fiscal 22.34. No da derecho a crédito fiscal el impuesto soportado en la adquisición de bienes o servicios destinados a generar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 22.35. Derecho a crédito fiscal en el caso en que el impuesto hubiese sido determinado en forma errónea por el arrendador, al no aplicar la deducción establecida en el inciso primero del artículo 17 del D.L. Nº 825 22.36. Derecho a crédito fiscal en el caso de pérdida total de las mercaderías 22.37. Momento en que se puede utilizar como crédito fiscal el IVA consignado en una declaración de importación pagada en forma diferida 22.38. Recuperación de IVA pagado en la compra de un inmueble CAPÍTULO 4 DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL Y OPORTUNIDAD EN QUE DEBE DEDUCIRSE 1. Determinación del crédito fiscal mensual 2. Algunos concepto sobre débito fiscal 2.1. Concepto de débito fiscal 2.2. Determinación del débito fiscal mensual 2.3. Ajustes del débito fiscal mensual 2.3.1. Agregados al débito fiscal mensual 2.3.2. Deducciones al débito fiscal mensual 2.4. Sanciones aplicables en caso de desfiguración del monto del débito fiscal mensual 3. Ajustes del crédito fiscal mensual 3.1. Agregados al crédito fiscal 3.2. Deducciones al crédito fiscal 4. Cuadro resumen de determinación del crédito fiscal 5. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Procedimiento aplicable 7. Contabilización del crédito fiscal mensual 8. Imputación del crédito fiscal. Determinación del impuesto a pagar 8.1. Postergación del pago del IVA 8.2. Procedimiento mediante el cual se hace efectiva la postergación del pago del IVA 8.3. Vigencia de este beneficio 9. Acumulación del crédito fiscal 10. Reajuste de los remanentes de crédito fiscal 11. Reembolsos extraordinarios de remanentes de crédito fiscal establecidos como medidas de apoyo a las empresas de menor tamaño durante la pandemia del COVID-19 en los años 2020 y 2021 11.1. Reembolso extraordinario de los remanentes de crédito fiscal dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 21.256, de 2020 11.2. Devolución de remanente de crédito fiscal del IVA a Pymes de acuerdo con el artículo 2º de la Ley Nº 21.353 de 2021 12. Imputación del remanente de crédito fiscal en caso de término de giro CAPÍTULO 5 APLICACIÓN PROPORCIONAL DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Descripción del procedimiento establecido por el artículo 43 del Reglamento 3. Ejemplo de determinación del crédito fiscal proporcional 4. Obligación de complementar el Registro de Compras y Ventas 5. Proporcionalidad en el uso del crédito fiscal en el caso de operaciones sobre inmuebles 6. Facultad del SII para establecer otros métodos o procedimientos distintos 7. Tratamiento del IVA no recuperable frente a la Ley sobre Impuesto a la Renta 8. Otros pronunciamientos sobre la materia emitidos por el Servicio de Impuestos Internos 8.1. Donaciones sin fines publicitarios. Aplicación de las normas sobre proporcionalidad del crédito fiscal 8.2. Cálculo de la relación porcentual del crédito fiscal proporcional 8.3. Tratamiento de las exportaciones en el cálculo del crédito fiscal proporcional 8.4. Recuperación del IVA soportado o pagado en la adquisición o importación de bienes y en la utilización de servicios destinados a la prestación del servicio de cajeros automáticos 8.5. Cálculo de la proporcionalidad establecida en el artículo 43 del Reglamento del D.L. Nº 825, de 1974, para determinar el crédito fiscal del período 8.6. Ventas realizadas en el extranjero por un contribuyente nacional deben considerarse para efectos de determinar el crédito fiscal proporcional 8.7. Improcedencia de aplicar las reglas sobre proporcionalidad de créditos fiscales, aunque se realice una operación específica de cesión de derechos no gravada con IVA 8.8. El crédito asociado a la importación de buses realizada por una empresa de transporte público constituye crédito de utilización común en la medida en que dicho bien efectivamente se destine a la generación de operaciones gravadas y exentas 8.9. Facturación y determinación de la base imponible en el cobro de rentas adicionales de un contrato de arrendamiento con opción de compra. Las deducciones aplicables a dicha base imponible no hacen aplicable la obligación de proporcionalizar el crédito fiscal del IVA 8.10. Confirma criterios sobre ingresos que se deben considerar para calcular la proporcionalidad del crédito fiscal IVA CAPÍTULO 6 RECUPERACIÓN DE LOS REMANENTES DE CRÉDITO FISCAL ORIGINADOS EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS A FORMAR PARTE DEL ACTIVO FIJO 1. Consideraciones generales 2. Ampliación de este beneficio a los bienes corporales inmuebles y a los bienes muebles destinados a su construcción 3. Aplicación de estas normas respecto del IVA pagado en la importación de bienes que por su naturaleza correspondan a los que normalmente se clasifican en el activo fijo, hecha en virtud de un contrato de arrendamiento 4. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por el IVA soportado en la utilización de servicios que integren el valor de costo de los bienes del activo fijo 5. Período por el cual debe pedirse la devolución o imputación 6. Ejemplo de aplicación del artículo 27 bis 7. Procedimientos para hacer efectiva la recuperación de estos remanentes 8. Restitución de las cantidades recibidas por los contribuyentes a los cuales se les haya anticipado la devolución del remanente de crédito fiscal 9. Forma en que deben restituirse estas cantidades 10. Restitución adicional que deben efectuar los contribuyentes en referencia 11. Determinación de su monto 11.1. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal hubo compras de activos fijos sólo en un mes 11.2. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal se registraron compras de activo fijo en más de un mes 11.3. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal el contribuyente sólo realizó ventas afectas 12. Tratamiento aplicable cuando, en el período de dos meses o más en que se acumuló el remanente, el contribuyente no hubiese realizado ventas ni prestaciones de servicios 13. Oportunidad hasta la cual se mantiene la obligación de restituir las sumas devueltas anticipadamente correspondientes a remanentes de crédito fiscal por adquisiciones de bienes destinados al activo fijo 14. Restitución de las sumas devueltas en exceso 15. Restitución de las sumas devueltas en caso de término de giro 16. Situación de los exportadores 17. Vigencia de las disposiciones contenidas en el texto del inciso segundo del artículo 27 bis fijado por la Ley Nº 19.738 18. Sanciones 19. Jurisprudencia administrativa 19.1. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por la compra de un bosque que no se encuentra en explotación 19.2. Rubros que dan derecho a solicitar la devolución de los remanentes de IVA tratándose de plantaciones de árboles frutales 19.3. Explotación de bosques. Gastos que no pueden ampararse en lo dispuesto en el artículo 27 bis 19.4. Imposibilidad de modificar por la vía administrativa el procedimiento de cálculo del remanente del IVA a devolver establecido en el artículo 27 bis 19.5. Construcción de una galería comercial. Arrendamiento sin instalaciones de sus locales. Inaplicabilidad de las disposiciones del artículo 27 bis 19.6. Empresa dedicada al arrendamiento de vehículos. Recuperación del remanente de crédito fiscal del IVA acumulado por la compra de dichos vehículos 19.7. Improcedencia de obtener reembolso de remanentes de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825 por sociedad que ha absorbido a la que ha solicitado tal devolución 19.8. Recuperación de remanentes de crédito fiscal originados en la adquisición de una línea de transmisión de energía eléctrica 19.9. No procede solicitar en un mismo período tributario devolución de remanentes del IVA, por concepto de cambio de sujeto, dispuesto en el artículo 3º del D.L. Nº 825, como por activo fijo, en virtud del artículo 27 bis del mismo cuerpo legal 19.10. Incidencia de la indemnización recibida por un bien del activo fijo siniestrado en el mecanismo de devolución y restitución de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974 19.11. Procedencia de solicitar a través del mecanismo del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, la devolución del remanente de crédito fiscal originado en la construcción de un edificio amoblado emplazado en terrenos de propiedad del arrendatario 19.12. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, en el caso de la adquisición de un bus utilizado en el transporte de pasajeros 19.13. No procede devolución de remanente de crédito fiscal de IVA, en virtud del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, por la adquisición de bienes destinados a realizar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 19.14. La restitución adicional contemplada en el inciso segundo del artículo 27 bis constituye un gasto necesario para producir la renta 19.15. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974. No se exige que el activo fijo que originó dicho remanente se encuentre dentro del patrimonio del contribuyente al momento de efectuar la solicitud de devolución CAPÍTULO 7 IMPUTACIÓN O REEMBOLSO DE LOS IMPUESTOS RECARGADOS EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES DEUDORES DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN EN EL MARCO DE UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANIZACIÓN 1. Conceptos preliminares 2. Revisión somera de la Ley Nº 20.720 3. Requisitos para que opere la imputación o devolución de los créditos de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4. Procedimientos para solicitar el beneficio establecido en el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4.1. Contribuyente opta por la imputación 4.2. Contribuyente opta por la devolución 4.3. Procedimiento general de devolución o recuperación 5. Obligación de restituir 6. Sanciones 7. Vigencia del nuevo beneficio contenido en el artículo 27 ter 8. Jurisprudencia administrativa 8.1. Sentido y alcance de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 27 ter 8.2. Procedencia de nota de crédito derivada de condonación en acuerdo de reorganización judicial CAPÍTULO 8 CRÉDITO ESPECIAL QUE FAVORECE A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 21 DEL D.L. Nº 910 DE 1975 1. Consideraciones previas 2. Descripción y finalidad de este beneficio 3. Ámbito de aplicación y operatoria de la deducción autorizada por este artículo 4. Imputación del crédito a los pagos provisionales obligatorios 5. Concepto de inmueble destinado para la habitación 6. Contratos generales de obras de urbanización para viviendas 6.1. Tratamiento aplicable a los contratos generales de obras de urbanización que benefician simultáneamente a viviendas y a otros inmuebles 6.2. Aplicación de este crédito a los contratos generales de construcción para la ejecución de obras de alcantarillado y agua potable rural destinadas a la habitación 7. Inaplicabilidad del crédito especial del 0,65 respecto de mejoras y otros trabajos menores 8. Inaplicabilidad de este beneficio a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento de viviendas 9. Extensión de este beneficio a los contratos generales de construcción que las empresas constructoras celebren con ciertas instituciones de beneficencia o bien público 10. Aplicación del crédito especial del 0,65 a las adjudicaciones realizadas en la liquidación de sociedades, comunidades y cooperativas de viviendas 11. Aplicación del crédito especial a los contratos de construcción de más de una vivienda 12. Normas transitorias de la Ley Nº 21.420. Crédito especial aplicable en el período comprendido entre los años 2023 y 2024 13. Jurisprudencia administrativa del SII 13.1. Obras de construcción y reparación de puentes en carreteras. Reparación y pavimentación de calles y calzadas 13.2. Proyecto de loteo habitacional. Habilitación de recintos deportivos para el uso de los habitantes del conjunto habitacional 13.3. Remodelación de un inmueble construido originalmente como escuela para convertirlo en un edificio de departamentos 13.4. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a proyectos de ampliación o mejoramiento de viviendas sociales que no requieren para su ejecución de un permiso de edificación 13.5. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a la instalación de colectores solares 13.6. Procedencia del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 respecto de contrato general de construcción de obras de urbanización de aguas potables y aguas servidas 13.7. Aplicación del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 a un contrato de reparación de viviendas sociales 13.8. Beneficio establecido en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 por el avance de obra interrumpida temporalmente CAPÍTULO 9 CRÉDITO ESPECIAL ORIGINADO POR EL IMPUESTO AL PETRÓLEO DIÉSEL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 18.502 1. Explicación previa 2. Antecedentes históricos del impuesto a los combustibles 3. Impuesto específico al petróleo diésel establecido por la Ley Nº 18.502 3.1. Hecho gravado y sujetos pasivos 3.2. Monto del impuesto al petróleo diésel 3.3. Pago del impuesto 3.4. Incidencia en la base imponible del IVA 3.5. Exención que favorece a las exportaciones de petróleo diésel 3.6. Ventas de este combustible a las zonas francas 3.7. Recuperación del impuesto al petróleo diésel soportado por los contribuyentes a que se refiere el artículo 7º de la Ley Nº 18.502 3.8. Situación de las empresas constructoras 3.9. Situación de las empresas ferroviarias y de las establecidas en la provincia de Isla de Pascua 4. Crédito especial por el impuesto al petróleo diésel establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 4.1. Contribuyentes que pueden acogerse a este beneficio 4.2. Contribuyentes excluidos de la franquicia 4.3. Formas de recuperar el impuesto al petróleo diésel 4.4. Situación de las empresas que tienen vehículos que utilicen petróleo diésel 4.5. Situación de las empresas que realizan operaciones tanto gravadas como exentas del IVA 4.6. Recuperación del impuesto por los exportadores 4.7. Registro separado del impuesto al petróleo diésel en las facturas 4.8. Obligación de llevar un libro especial denominado “Combustible Diésel. Ley Nº 18.502″ 4.9. Vigencia de las disposiciones del D.S. Nº 311 de 1986 5. Situación de las pequeñas empresas a que se refiere el inciso quinto del artículo 1º de la Ley Nº 20.493 6. Dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 6.1. Procedencia de aplicar el impuesto específico contenido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 a importación de petróleo diésel realizada por la Armada de Chile 6.2. Solicita se complemente o aclare opinión sobre la procedencia de aplicar impuesto específico de la Ley Nº 18.502 a la importación de petróleo diésel efectuada por la Armada de Chile, en relación a lo ya manifestado en Oficio Nº 2.248 de 30.08.2019 6.3. Consulta sobre tratamiento del impuesto específico al petróleo diésel cuando resulta en un monto negativo CAPÍTULO 10 CRÉDITO ESPECIAL POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RECARGADO EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE DEUDORES EN UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN 1. Texto legal que establece este beneficio. Reseña general de sus disposiciones 2. Impuestos que pueden recuperarse 3. Beneficiarios de este crédito 4. Presupuestos y requisitos que deben concurrir 5. Determinación del monto del crédito 6. Forma en que deben imputarse los abonos 7. Procedimiento y operatoria 8. Información que deben proporcionar los Liquidadores a los Servicios de Impuestos Internos y de Tesorería 9. Nuevo sistema de recuperación de créditos a que se refiere el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 de 1974 10. Jurisprudencia administrativa del SII 10.1. Procedencia de emitir nota de débito, en virtud el artículo 29 de la Ley Nº 18.591, a cesionarios de facturas, acreedores en un procedimiento concursal de liquidación y emitidas al fallido por el cedente de las mismas 10.2. Los requisitos dispuestos en el artículo 29 de la Ley Nº 18.591 se entienden igualmente cumplidos si el acreedor en un procedimiento concursal de liquidación mantiene un convenio vigente con Tesorería o si ha postergado el pago del IVA, en virtud del artículo 64 del D.L. Nº 825 10.3. Pertinencia de emitir nota de débito por la retención del 5% de IVA por aplicación del artículo 29 de la Ley Nº 18.591 10.4. Devolución del anticipo de IVA efectuado en las ventas de harina de trigo recargado a una empresa en proceso de liquidación CAPÍTULO 11 OTROS IMPUESTOS SUSCEPTIBLES DE REBAJARSE COMO CRÉDITO FISCAL DEL IVA 1. Consideraciones previas 2. Crédito especial originado por el impuesto del artículo 11 de la Ley Nº 18.211 2.1. Aplicación respecto de este crédito de las normas contenidas en el párrafo 6º del Título II del D.L. Nº 825 2.2. Vigencia del crédito tratado en el presente párrafo 3. Recuperación del impuesto específico al petróleo diésel por las empresas de transporte de carga en camiones 3.1. Contribuyentes titulares de este beneficio 3.2. Monto recuperable 3.3. Determinación del beneficio que se glosa 3.4. Ejemplo de determinación de la devolución del IVA en caso de contribuyentes con actividades de transporte terrestre de carga afectas y exentas de IVA 3.5. Otras normas relacionadas con la aplicación y fiscalización de este beneficio 3.6. Declaraciones juradas que deben remitir al SII estos contribuyentes 3.7. Vigencia 3.8. Establecimiento de normas que permitan diferenciar el petróleo diésel que se utiliza en vehículos motorizados del que se emplea en la industria 4. Recuperación del Impuesto de Timbres y Estampillas mediante su inclusión en el crédito fiscal del IVA 4.1. Contribuyentes beneficiados con esta norma legal 4.2. Impuesto de timbres y estampillas susceptible de recuperarse 4.3. Imposibilidad de recuperar el impuesto de terceros 4.4. Monto del beneficio 4.5. Pérdida del beneficio y reintegro del crédito fiscal del impuesto al valor agregado por impuesto de timbres y estampillas 4.6. Acreditación del pago o retención del impuesto de timbres y estampillas y cumplimiento de obligaciones accesorias al pago del impuesto 4.7. Efectos del beneficio en el impuesto a la renta 4.8. Situación especial de los exportadores 4.9. Vigencia del beneficio analizado 5. Dictámenes del SII en materias propias de este capítulo 5.1. Procedencia de la recuperación del impuesto al petróleo diésel según las normas del artículo 2º de la Ley Nº 19.764 CAPÍTULO 12 OBLIGACIONES DE INFORMAR AL SII 1. Consideraciones previas 2. Obligación de presentar declaraciones de IVA 3. Propuesta de IVA y Registro de Compras y Ventas 4. Obligación de presentar declaraciones de resumen 4.1. Contribuyentes que estaban obligados a presentar estas declaraciones semestrales 4.2. Forma de presentar las declaraciones juradas establecidas por la Resolución Nº 5 de 2014 4.3. Plazo para la presentación de las declaraciones juradas en análisis 4.4. Contribuyentes exceptuados de la obligación de presentar estas declaraciones juradas 4.5. Sanciones aplicables 4.6. Vigencia de las normas de la Resolución Nº 5 Ex. de 2014 Referencias bibliográficas | La disciplina contable requiere del conocimiento de variadas materias que contribuyan al mejor desarrollo profesional. El objetivo de esta obra es facilitar la aplicación de las Normas Contables que pasaron a llamarse Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o sus siglas en inglés IFRS. Establecemos en forma didáctica la presentación y desarrollo de ejercicios y casos prácticos de la contabilidad para las pequeñas y medianas empresas (pymes) y grandes empresas con el fin de apoyar y dar a entender de forma simple y directa su aplicación, proporcionando una guía de apoyo útil para los usuarios Contables, Ingenieros y Administrativos en general. Las transacciones deben cumplir con la aplicación de los principios contables y de todas las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), que le corresponde aplicar a cada entidad para reflejar razonablemente la situación financiera, su desempeño y los movimientos de flujo de efectivo de la empresa. Esta norma establece requisitos generales para la presentación de los Estados Financieros (Balance y Estado de Resultados) y ofrece directrices para determinar su estructura. Es importante suministrar información que sea útil a los usuarios, que sea comprensible, relevante, fiable y comparable. Además, se deben considerar dos hipótesis fundamentales como son el principio de “devengado” y “negocio en marcha”. Autor: Pedro Daniel Retamal González Thomson Reuters ÍNDICE Introducción NIC 1: Presentación de los Estados Financieros NIC 2: Existencias (Inventarios) NIC 7: El Estado de flujo efectivo (EFE) NIC 8: Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores NIC 10: Hechos posteriores a la fecha de balance NIC 11: Contrato de construcción NIC 12: Impuesto a la Renta e Impuesto diferido NIC 16: Propiedad, planta y equipos (activo fijo) NIIF (IFRS) 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas NIC 18: Ingresos ordinarios NIC 23: Costos por préstamos NIC 29: Información financiera en economías hiperinflacionarias NIC 33: Ganancias por acciones NIC 36: Deterioro del valor de los activos NIC 37: Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes NIC 38: Activos intangibles NIC 40: Propiedades de inversión NIC 41: Agricultura | Esta obra es una consolidación y profundización de fichas de análisis tributarias enfocadas en la Ley de Impuesto a la Renta. 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