Tributación De Las Empresas de Menor Tamaño
$51.000
En la presente obra se aborda, de manera integral, la tributación de las empresas de menor tamaño, con especial énfasis en los sistemas optativos de tributación, vale decir, los regímenes Pro Pyme y los de renta presunta, que se enfocan precisamente en este tipo de contribuyentes. También se analiza, ciertamente, el régimen general de la Ley de la Renta, contenido en la letra A) del artículo 14, dado que conocerlo en detalle pase a ser imprescindible para una correcta interpretación de los regímenes alternativos del mismo. Cabe mencionar que los contribuyentes de menor tamaño pueden igualmente optar por tributar sujeto a este régimen general.
Asimismo, se estudia con detenimiento el régimen simplificado, enfocado en ciertos gremios de pequeños empresarios, a quienes somete a la aplicación de un tributo anual de carácter único, sustitutivo de los impuestos de categoría y global complementario e independiente de los resultados efectivos de su actividad, liberándolos además de la obligación de llevar contabilidad.
Es importante señalar que, en los análisis y comentarios incluidos en este texto, se ha dado especial relevancia a las instrucciones y dictámenes impartidos por el SII para la aplicación de las normas que regulan la imposición de estos contribuyentes
ÍNDICE
CAPÍTULO 1 – ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO CHILENAS
1. Consideraciones preliminares
2. Estructura jurídica de las empresas de menor tamaño
2.1. Empresario individual (Persona natural)
2.2. Microempresa familiar
2.3. Empresa individual de responsabilidad limitada
2.4. Sociedad de responsabilidad limitada
2.5. Sociedad anónima
2.6. Sociedad por acciones (SpA)
3. Régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales. Registro de Empresas y Sociedades
3.1. Personas jurídicas que pueden acogerse al régimen simplificado establecido por la Ley Nº 20.659
3.2. Formulario electrónico que contiene el contrato social y sus modificaciones
3.3. Registro de Empresas y Sociedades (RES)
3.4. Algunos datos estadísticos de interés respecto del RES
3.5. Vigencia de la Ley Nº 20.659 de 2013
4. Breve semblanza de la tributación que afecta a las diversas formas de organización jurídica que puede adoptar una empresa de menor tamaño
CAPÍTULO 2 – RÉGIMEN GENERAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14, LETRA A)
1. Conceptos previos
2. Contribuyentes que pueden acogerse a este régimen
2.1. Empresas que inician sus actividades a partir del 1 de enero de 2020
2.2. Empresas sujetas a otros regímenes de la Ley de la Renta y que opten por acogerse al régimen general
3. Tributación de las empresas frente al impuesto de primera categoría
4. Régimen tributario de los propietarios de las empresas sujetas al régimen general
5. Registros tributarios de las rentas empresariales
5.1. Formato de los registros empresariales
6. Liberación de llevar ciertos registros
7. Orden de imputación y sus efectos tributarios
8. Determinación del crédito aplicable a los propietarios de la empresa
9. Opción de la empresa de anticipar a sus propietarios el crédito por impuesto de primera categoría
10. Normas para compensar rentas y créditos improcedentes
11. Información anual que estas empresas deben enviar al SII
12. Facultad especial de revisión del SII
13. Incentivo al ahorro en favor de las Mipymes
13.1. Incentivo al ahorro para empresas con ingresos brutos anuales inferiores a 100.000 unidades de fomento
13.2. Determinación de la RLI que se mantiene invertida en la empresa
13.3. Requisitos para acceder a este beneficio
14. Selección de dictámenes del Director Nacional del SII
14.1. Pago voluntario a título de impuesto de primera categoría
14.2. Asignación de créditos a los dividendos distribuidos por una S.A. autorizada a llevar su contabilidad en moneda extranjera
14.3. Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA
14.4. Retiros en exceso reinvertidos hasta el 31.12.14
14.5. Plazo para incorporarse al régimen del Nº 1 de la letra B) del artículo 14 de la Ley de la Renta por contribuyente sujeto a la letra A) del mismo artículo
14.6. Solicitud de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por una asociación gremial
CAPÍTULO 3 – RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE TRIBUTACIÓN PARA LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
1. Conceptos previos
2. Régimen aplicable a los pequeños mineros artesanales
2.1. Contribuyentes sujetos a este régimen
2.2. Tributación que afecta a los pequeños mineros artesanales
2.2.1. Base imponible del impuesto único
2.2.2. Tasa aplicable
2.3. Retención del impuesto por los compradores de los minerales
2.4. Otros beneficios y franquicias
2.5. Alcances del régimen de impuesto único del artículo 23 en relación con el impuesto global complementario
2.6. Opción de tributar con arreglo a las disposiciones del artículo 34
3. Tributación de los pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública
3.1. Monto del impuesto único que deben pagar estos contribuyentes
3.2. Recaudación del impuesto
3.3. Reducción proporcional del impuesto en el caso de permisos o licencias inferiores a un año
3.4. Otros alcances del régimen tributario de impuesto único aplicable a los comerciantes que desarrollan su actividad en la vía pública
3.5. Casos especiales
3.5.1. Productores y/o mayoristas que venden en ferias libres
3.5.2. Bailes y baratillos públicos efectuados por instituciones comunitarias y de beneficencia
3.6. Situación de los vendedores ambulantes que ejerzan el comercio a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros
4. Tributación de los suplementeros
4.1. Situación de los suplementeros que ejercen exclusivamente su actividad
4.2. Retención del impuesto por parte de las empresas editoras o importadoras
4.3. Situación de los suplementeros estacionados que expenden además otras especies
4.4. Forma en que puede acreditarse por los suplementeros que están al día en sus obligaciones tributarias
4.5. Presunción de renta para los efectos de justificar gastos o inversiones
4.6. Otros alcances del régimen tributario aplicable a los suplementeros
5. Tributación de los talleres artesanales u obreros
5.1. Requisitos de aplicación del régimen simplificado establecido para los pequeños talleres artesanales u obreros
5.2. Contribuyentes que no pueden acogerse al régimen tributario simplificado
5.3. Diferenciación entre “taller artesanal u obrero” y “ocupación lucrativa”
5.4. Actividades que no quedan comprendidas dentro del concepto de “talleres artesanales u obreros” ni pueden ser consideradas “ocupaciones lucrativas”
5.5. Normas relativas al capital efectivo
5.5.1. Fecha de determinación del capital efectivo
5.5.2. Concepto de capital efectivo
5.6. Valoración de los bienes que deben computarse en el capital efectivo
5.6.1. Cómputo de los bienes físicos del activo inmovilizado
5.6.2. Cómputo de los bienes físicos del activo realizable
5.6.3. Cómputo de las maquinarias y equipos ajenos
5.7. Ejemplo de determinación del capital efectivo
5.8. Tributación
5.8.1. Monto del impuesto único
5.8.2. Pagos provisionales obligatorios
5.8.3. Recargo transitorio establecido por la Ley Nº 18.985
5.9. Período que comprende el impuesto
5.10. Declaración y pago del impuesto único anual
5.11. Alcances del régimen de tributación establecido en el artículo 26 en relación con el impuesto global complementario
5.12. Normas sobre contabilidad
5.13. Contribuyentes que deben dejar de tributar como propietarios de talleres artesanales u obreros
5.14. Incorporación a este régimen de contribuyentes que han estado tributando de acuerdo con el régimen ordinario de la Ley de la Renta
6. Tributación de los pescadores artesanales
6.1. Monto del impuesto único
6.2. Presunción de renta para los efectos de justificar gastos o inversiones
6.3. Situación frente al impuesto global complementario
7. Tributación de las microempresas familiares
7.1. Concepto de microempresa familiar
7.2. Tributación de estas microempresas
8. Selección de pronunciamientos de la Dirección Nacional del SII
8.1. Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA
8.2. Tributación de la recolección y venta de chatarra
8.3. Tributación de los suplementeros
8.4. Cumplimiento de obligaciones tributarias de trabajadores que ejercen el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros
8.5. Contribuyentes que tienen derecho al crédito por gastos de capacitación
CAPÍTULO 4 – RÉGIMEN PRO PYME GENERAL
1. Comentarios previos
2. Requisitos que deben cumplir los contribuyentes para acogerse y permanecer en el régimen de tributación establecido en el Nº 3 de la letra D) del artículo 14
3. Acceso al financiamiento de la Pyme
4. Forma de ingresar al régimen Pro Pyme del Nº 3 de la letra D) del artículo 14
5. Tributación de la Pyme
6. Tributación de los propietarios de la Pyme
7. Traslado desde el régimen de la letra A) del artículo 14 al régimen Pro Pyme
8. Retiro o exclusión del régimen Pro Pyme
9. Información que estos contribuyentes deben remitir al SII
10. Disminución transitoria de la tasa del impuesto de primera categoría de estos contribuyentes
10.1. Situaciones especiales
10.2. Disminución transitoria de los PPM
11. Incentivo al ahorro en favor de estos contribuyentes
12. Selección de pronunciamientos del Director Nacional del SII
12.1. Ingresos de entidades relacionadas, no domiciliadas ni residentes en Chile, para efectos del cálculo del límite de ingresos del régimen Pro Pyme
12.2. Exclusión de régimen Pro Pyme por incumplimiento de requisitos
12.3. Reconocimiento como gasto de bienes inmuebles en el régimen Pro Pyme general
12.4. Registro de egresos para su rebaja de la base imponible en el régimen de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta
12.5. Tratamiento tributario de activos al pasar de renta presunta al régimen del Nº 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta
12.6. Rebaja como gasto de cuota de leasing por parte de empresa sujeta al Nº 3 de la letra D) del artículo 14
12.7. Arriendo de bien raíz por un empresario individual a sí mismo, como persona natural
12.8. Gasto por cotizaciones de AFP e Isapre de un accionista
CAPÍTULO 5 – RÉGIMEN PRO PYME TRANSPARENCIA TRIBUTARIA
1. Comentarios preliminares
2. Ingreso y requisitos para optar y permanecer en el régimen de tributación establecido en el Nº 8 de la letra D) del artículo 14
2.1. Ingreso al régimen de transparencia tributaria
2.2. Formalidades que se deben cumplir
2.3. Situaciones especiales de ingreso al régimen de transparencia tributaria
2.3.1. Contribuyentes sujetos al régimen de la letra A del artículo 14 ter vigente al 31.12.19
2.3.2. Contribuyentes sujetos al régimen de renta atribuida, según texto de la ley vigente al 31.12.19
2.3.3. Contribuyentes sujetos al régimen semi integrado, según la letra B) del artículo 14 de la Ley de la Renta vigente hasta el 31.12.19
2.3.4. Reinversiones de utilidades efectuadas a través de aportes de capital a una sociedad de personas, realizadas a partir del 1.01.15 y las efectuadas mediante la adquisición de acciones de pago
3. Tributación de la Pyme en el régimen de transparencia tributaria
4. Determinación del resultado tributario anual o base imponible afecta a impuestos finales de los contribuyentes acogidos al régimen de transparencia tributaria
4.1. Ingresos
4.2. Egresos
4.3. Otras partidas que deben considerarse como un egreso
5. Tributación que afecta a los contribuyentes sujetos al régimen de transparencia tributaria sobre el resultado tributario que determinen al término del año comercial respectivo
5.1. Base imponible afecta a impuestos
5.2. Impuestos finales que afectan a los propietarios de la empresa
6. Tratamiento tributario de la disminución de capital
7. Pagos provisionales mensuales obligatorios (PPMO)
8. Registros y controles que se encuentran obligados a llevar los contribuyentes que se acojan al régimen de transparencia tributaria
8.1. Registro de compras y ventas
8.2. Libro de ingresos y egresos
8.3. Libro de caja
9. Permanencia en el régimen de transparencia tributaria y retiro voluntario del mismo
10. Casos en los cuales los contribuyentes abandonan el régimen en comento
11. Traslado desde el régimen de la letra A) del artículo 14 o desde el régimen del Nº 3 de la letra D) al régimen de transparencia tributaria del Nº 8 de la letra D)
12. Obligación de informar al SII y de certificar a los propietarios de las empresas acogidas al régimen de transparencia tributaria
13. Normas aplicables en caso de término del giro de un contribuyente acogido al régimen de transparencia tributaria
14. Comparación con el régimen Pro Pyme general. Algunos ejemplos
15. Selección de dictámenes emanados de la Dirección Nacional del SII
15.1. Tratamiento tributario de rentas retiradas desde empresa que opera bajo régimen de zona franca
15.2. Retención de impuesto adicional y recuperación de pagos provisionales mensuales en el régimen Pro Pyme transparente
15.3. Crédito por impuestos soportados en el exterior en caso de empresas acogidas al régimen Pro Pyme transparente
15.4. Reconocimiento del ingreso diferido contenido en la letra d) del Nº 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta, al realizar un cambio de régimen tributario
15.5. Improcedencia del régimen del Nº 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta en personas jurídicas sin fines de lucro
15.6. Créditos contra la retención de impuesto adicional en el régimen del Nº 8 de la letra D) del artículo 14
CAPÍTULO 6 – RÉGIMEN DE RENTA PRESUNTA
1. Comentarios preliminares
2. Requisitos para acogerse y permanecer en el régimen de renta presunta, según la forma de organización jurídica de la empresa y las características que posean sus propietarios
3. Requisitos copulativos que deben cumplir estos contribuyentes para acogerse y permanecer en el régimen de renta presunta
3.1. Límite de ingresos anuales netos
3.1.1. Obligación de incluir los ingresos de los relacionados
3.1.2. Obligación de informar por parte de las empresas relacionadas
3.1.3. Sistema de control de ingresos que deben llevar estos contribuyentes
3.2. Límite al capital efectivo en el caso de contribuyentes que inicien sus actividades
3.3. Contribuyentes que pueden acogerse a renta presunta
3.4. Los ingresos anuales provenientes de la posesión o explotación, a cualquier título, de derechos sociales, acciones de sociedades o cuotas de fondos de inversión, no excedan del 10% de los ingresos brutos totales del año comercial respectivo
4. Casos en los cuales, aun cumpliendo los requisitos legales para acogerse o mantenerse en el régimen de renta presunta, los contribuyentes igualmente deben declarar su renta efectiva
5. Oportunidad en que los contribuyentes que cumplan los requisitos y condiciones señalados deben ejercer la opción de acogerse al régimen de renta presunta
6. Régimen tributario que afecta a los contribuyentes que abandonen el régimen de renta presunta, ya sea de forma obligatoria o voluntaria
6.1. Contribuyentes que deban abandonar el régimen de renta presunta
6.2. Contribuyentes que abandonen voluntariamente el régimen de renta presunta
6.3. Inventario de activos y pasivos, y utilidades acumuladas por el retiro o exclusión del régimen simplificado
7. Determinación de la renta presunta
7.1. Renta presunta proveniente de la actividad agrícola
7.1.1. Ejemplo práctico de cálculo y declaración del impuesto
7.2. Renta presunta proveniente de la actividad del transporte terrestre de carga ajena o de pasajeros
7.3. Renta presunta proveniente de la actividad minera
7.4. Tasas a considerar para la determinación de la renta presunta en el año tributario 2023
8. Declaración Jurada que estos contribuyentes deben enviar al SII. Certificación
9. Selección de dictámenes de la Dirección Nacional del SII
9.1. Obligación de declarar renta y pagar PPM en ejercicio sin ingresos
9.2. Crédito por contribuciones de bienes raíces en caso de bien raíz agrícola entregado en usufructo
9.3. Tratamiento de existencias y depreciación del activo fijo de empresa que debe abandonar el régimen de renta presunta y se acoge al régimen Pro Pyme
9.4. Tributación de contribuyente que simultáneamente realiza actividades de transporte y de movimiento de tierras
9.5. Tributación del mayor valor en la enajenación de bienes raíces
CAPÍTULO 7 – REGÍMENES OPCIONALES DE TRIBUTACIÓN QUE RIGIERON CON ANTERIORIDAD
1. Generalidades
2. Régimen opcional establecido en el artículo 14 bis
2.1. Requisitos para ingresar al régimen del ex artículo 14 bis
2.1.1. Contribuyentes que se encontraban tributando sobre su renta efectiva según contabilidad completa
2.1.2. Contribuyentes que recién iniciaban sus actividades
2.2. Aviso que debía darse al SII
2.3. Base afecta de los tributos
2.4. Pagos provisionales mensuales que efectuaban estos contribuyentes
2.5. Obligaciones de las cuales quedaban liberadas las empresas acogidas al régimen optativo
2.6. Situación de los contribuyentes acogidos a este régimen que ponían término a sus actividades
2.7. Crédito especial por concepto del impuesto de primera categoría establecido por el artículo 1º transitorio de la Ley Nº 18.775
2.8. Reglas que debían aplicar los contribuyentes de este régimen que se mantuvieron en él hasta el 31.12.16
3. Régimen opcional del artículo 14 ter de la Ley de la Renta
3.1. Contribuyentes que podían acogerse al régimen de la letra A del artículo 14 ter
3.2. Contribuyentes que podían acogerse a este régimen en los años 2018 y 2019
3.3. Requisitos que debían cumplir los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2017 para acogerse y permanecer en el régimen en comento
3.3.1. Requisitos cuyo cumplimiento debía ser observado para poder acogerse o ingresar al régimen
3.3.2. Requisitos cuyo cumplimiento debía ser observado para poder mantenerse en el régimen
3.4. Condiciones para ingresar al régimen
3.5. Determinación del resultado tributario anual o base imponible afecta a los impuestos de primera categoría y global complementario o adicional
3.6. Tributación que afecta a los contribuyentes sujetos al régimen en análisis, sobre el resultado tributario que determinen al término del año comercial respectivo
3.6.1. Impuesto de primera categoría que afecta a la empresa, comunidad o sociedad respectiva
3.6.2. Exención del impuesto de primera categoría por la que podían optar los contribuyentes del impuesto global complementario
3.6.3. Impuesto global complementario o adicional, que afecta a los propietarios, comuneros, socios o accionistas de la empresa, comunidad o sociedad respectiva
3.6.4. Crédito por impuesto de primera categoría en contra de los impuestos global complementario o adicional
3.7. Créditos contra el impuesto de primera categoría
3.8. Registros y controles que se encontraban obligados a llevar los contribuyentes que se acogían al régimen de tributación en comento
3.9. Obligaciones tributarias y registros de que estaban liberados los contribuyentes que se acogían al régimen en análisis
3.10. Normas transitorias de la Ley Nº 21.210 que aplicaban a los contribuyentes acogidos al artículo 14 ter al 31.12.19
4. Régimen opcional del artículo 14 quáter de la Ley de la Renta
4.1. Ámbito de aplicación de este régimen tributario
4.2. Requisitos para acogerse al régimen del artículo 14 quáter
4.3. Forma de acogerse a las normas del ex artículo 14 quáter
4.4. Incumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 14 quáter
4.5. Renta sobre la cual se calcula el beneficio
4.6. Pagos provisionales mensuales
5 disponibles
Autor : Gonzalo Araya Ibáñez
Editorial : Thomson Reuters
Año de Publicación : 2023
Paginas : 384
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Description | Autor : Gonzalo Araya Ibáñez Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2023 Paginas : 384 | Autor: Equipo Editorial Thomson Reuters Editorial: Thomson Reuters Año de Publicación: 2021 Paginas :344 | Autor: Claudio Ortega Lucero Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 398 Año de publicación: 2020 | Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 380 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Juridica Editorial: Juridica Numero de Paginas: 772 Año de publicación: 2022 | Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2022 Paginas :1546 |
Content | En la presente obra se aborda, de manera integral, la tributación de las empresas de menor tamaño, con especial énfasis en los sistemas optativos de tributación, vale decir, los regímenes Pro Pyme y los de renta presunta, que se enfocan precisamente en este tipo de contribuyentes. También se analiza, ciertamente, el régimen general de la Ley de la Renta, contenido en la letra A) del artículo 14, dado que conocerlo en detalle pase a ser imprescindible para una correcta interpretación de los regímenes alternativos del mismo. Cabe mencionar que los contribuyentes de menor tamaño pueden igualmente optar por tributar sujeto a este régimen general.
Asimismo, se estudia con detenimiento el régimen simplificado, enfocado en ciertos gremios de pequeños empresarios, a quienes somete a la aplicación de un tributo anual de carácter único, sustitutivo de los impuestos de categoría y global complementario e independiente de los resultados efectivos de su actividad, liberándolos además de la obligación de llevar contabilidad.
Es importante señalar que, en los análisis y comentarios incluidos en este texto, se ha dado especial relevancia a las instrucciones y dictámenes impartidos por el SII para la aplicación de las normas que regulan la imposición de estos contribuyentes
ÍNDICE
CAPÍTULO 1 - ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO CHILENAS 1. Consideraciones preliminares 2. Estructura jurídica de las empresas de menor tamaño 2.1. Empresario individual (Persona natural) 2.2. Microempresa familiar 2.3. Empresa individual de responsabilidad limitada 2.4. Sociedad de responsabilidad limitada 2.5. Sociedad anónima 2.6. Sociedad por acciones (SpA) 3. Régimen de constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales. Registro de Empresas y Sociedades 3.1. Personas jurídicas que pueden acogerse al régimen simplificado establecido por la Ley Nº 20.659 3.2. Formulario electrónico que contiene el contrato social y sus modificaciones 3.3. Registro de Empresas y Sociedades (RES) 3.4. Algunos datos estadísticos de interés respecto del RES 3.5. Vigencia de la Ley Nº 20.659 de 2013 4. Breve semblanza de la tributación que afecta a las diversas formas de organización jurídica que puede adoptar una empresa de menor tamaño CAPÍTULO 2 - RÉGIMEN GENERAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14, LETRA A) 1. Conceptos previos 2. Contribuyentes que pueden acogerse a este régimen 2.1. Empresas que inician sus actividades a partir del 1 de enero de 2020 2.2. Empresas sujetas a otros regímenes de la Ley de la Renta y que opten por acogerse al régimen general 3. Tributación de las empresas frente al impuesto de primera categoría 4. Régimen tributario de los propietarios de las empresas sujetas al régimen general 5. Registros tributarios de las rentas empresariales 5.1. Formato de los registros empresariales 6. Liberación de llevar ciertos registros 7. Orden de imputación y sus efectos tributarios 8. Determinación del crédito aplicable a los propietarios de la empresa 9. Opción de la empresa de anticipar a sus propietarios el crédito por impuesto de primera categoría 10. Normas para compensar rentas y créditos improcedentes 11. Información anual que estas empresas deben enviar al SII 12. Facultad especial de revisión del SII 13. Incentivo al ahorro en favor de las Mipymes 13.1. Incentivo al ahorro para empresas con ingresos brutos anuales inferiores a 100.000 unidades de fomento 13.2. Determinación de la RLI que se mantiene invertida en la empresa 13.3. Requisitos para acceder a este beneficio 14. Selección de dictámenes del Director Nacional del SII 14.1. Pago voluntario a título de impuesto de primera categoría 14.2. Asignación de créditos a los dividendos distribuidos por una S.A. autorizada a llevar su contabilidad en moneda extranjera 14.3. Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA 14.4. Retiros en exceso reinvertidos hasta el 31.12.14 14.5. Plazo para incorporarse al régimen del Nº 1 de la letra B) del artículo 14 de la Ley de la Renta por contribuyente sujeto a la letra A) del mismo artículo 14.6. Solicitud de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por una asociación gremial CAPÍTULO 3 - RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE TRIBUTACIÓN PARA LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES 1. Conceptos previos 2. Régimen aplicable a los pequeños mineros artesanales 2.1. Contribuyentes sujetos a este régimen 2.2. Tributación que afecta a los pequeños mineros artesanales 2.2.1. Base imponible del impuesto único 2.2.2. Tasa aplicable 2.3. Retención del impuesto por los compradores de los minerales 2.4. Otros beneficios y franquicias 2.5. Alcances del régimen de impuesto único del artículo 23 en relación con el impuesto global complementario 2.6. Opción de tributar con arreglo a las disposiciones del artículo 34 3. Tributación de los pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública 3.1. Monto del impuesto único que deben pagar estos contribuyentes 3.2. Recaudación del impuesto 3.3. Reducción proporcional del impuesto en el caso de permisos o licencias inferiores a un año 3.4. Otros alcances del régimen tributario de impuesto único aplicable a los comerciantes que desarrollan su actividad en la vía pública 3.5. Casos especiales 3.5.1. Productores y/o mayoristas que venden en ferias libres 3.5.2. Bailes y baratillos públicos efectuados por instituciones comunitarias y de beneficencia 3.6. Situación de los vendedores ambulantes que ejerzan el comercio a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros 4. Tributación de los suplementeros 4.1. Situación de los suplementeros que ejercen exclusivamente su actividad 4.2. Retención del impuesto por parte de las empresas editoras o importadoras 4.3. Situación de los suplementeros estacionados que expenden además otras especies 4.4. Forma en que puede acreditarse por los suplementeros que están al día en sus obligaciones tributarias 4.5. Presunción de renta para los efectos de justificar gastos o inversiones 4.6. Otros alcances del régimen tributario aplicable a los suplementeros 5. Tributación de los talleres artesanales u obreros 5.1. Requisitos de aplicación del régimen simplificado establecido para los pequeños talleres artesanales u obreros 5.2. Contribuyentes que no pueden acogerse al régimen tributario simplificado 5.3. Diferenciación entre “taller artesanal u obrero” y “ocupación lucrativa” 5.4. Actividades que no quedan comprendidas dentro del concepto de “talleres artesanales u obreros” ni pueden ser consideradas “ocupaciones lucrativas” 5.5. Normas relativas al capital efectivo 5.5.1. Fecha de determinación del capital efectivo 5.5.2. Concepto de capital efectivo 5.6. Valoración de los bienes que deben computarse en el capital efectivo 5.6.1. Cómputo de los bienes físicos del activo inmovilizado 5.6.2. Cómputo de los bienes físicos del activo realizable 5.6.3. Cómputo de las maquinarias y equipos ajenos 5.7. Ejemplo de determinación del capital efectivo 5.8. Tributación 5.8.1. Monto del impuesto único 5.8.2. Pagos provisionales obligatorios 5.8.3. Recargo transitorio establecido por la Ley Nº 18.985 5.9. Período que comprende el impuesto 5.10. Declaración y pago del impuesto único anual 5.11. Alcances del régimen de tributación establecido en el artículo 26 en relación con el impuesto global complementario 5.12. Normas sobre contabilidad 5.13. Contribuyentes que deben dejar de tributar como propietarios de talleres artesanales u obreros 5.14. Incorporación a este régimen de contribuyentes que han estado tributando de acuerdo con el régimen ordinario de la Ley de la Renta 6. Tributación de los pescadores artesanales 6.1. Monto del impuesto único 6.2. Presunción de renta para los efectos de justificar gastos o inversiones 6.3. Situación frente al impuesto global complementario 7. Tributación de las microempresas familiares 7.1. Concepto de microempresa familiar 7.2. Tributación de estas microempresas 8. Selección de pronunciamientos de la Dirección Nacional del SII 8.1. Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA 8.2. Tributación de la recolección y venta de chatarra 8.3. Tributación de los suplementeros 8.4. Cumplimiento de obligaciones tributarias de trabajadores que ejercen el comercio o actividades artísticas a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros 8.5. Contribuyentes que tienen derecho al crédito por gastos de capacitación CAPÍTULO 4 - RÉGIMEN PRO PYME GENERAL 1. Comentarios previos 2. Requisitos que deben cumplir los contribuyentes para acogerse y permanecer en el régimen de tributación establecido en el Nº 3 de la letra D) del artículo 14 3. Acceso al financiamiento de la Pyme 4. Forma de ingresar al régimen Pro Pyme del Nº 3 de la letra D) del artículo 14 5. Tributación de la Pyme 6. Tributación de los propietarios de la Pyme 7. Traslado desde el régimen de la letra A) del artículo 14 al régimen Pro Pyme 8. Retiro o exclusión del régimen Pro Pyme 9. Información que estos contribuyentes deben remitir al SII 10. Disminución transitoria de la tasa del impuesto de primera categoría de estos contribuyentes 10.1. Situaciones especiales 10.2. Disminución transitoria de los PPM 11. Incentivo al ahorro en favor de estos contribuyentes 12. Selección de pronunciamientos del Director Nacional del SII 12.1. Ingresos de entidades relacionadas, no domiciliadas ni residentes en Chile, para efectos del cálculo del límite de ingresos del régimen Pro Pyme 12.2. Exclusión de régimen Pro Pyme por incumplimiento de requisitos 12.3. Reconocimiento como gasto de bienes inmuebles en el régimen Pro Pyme general 12.4. Registro de egresos para su rebaja de la base imponible en el régimen de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta 12.5. Tratamiento tributario de activos al pasar de renta presunta al régimen del Nº 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta 12.6. Rebaja como gasto de cuota de leasing por parte de empresa sujeta al Nº 3 de la letra D) del artículo 14 12.7. Arriendo de bien raíz por un empresario individual a sí mismo, como persona natural 12.8. Gasto por cotizaciones de AFP e Isapre de un accionista CAPÍTULO 5 - RÉGIMEN PRO PYME TRANSPARENCIA TRIBUTARIA 1. Comentarios preliminares 2. Ingreso y requisitos para optar y permanecer en el régimen de tributación establecido en el Nº 8 de la letra D) del artículo 14 2.1. Ingreso al régimen de transparencia tributaria 2.2. Formalidades que se deben cumplir 2.3. Situaciones especiales de ingreso al régimen de transparencia tributaria 2.3.1. Contribuyentes sujetos al régimen de la letra A del artículo 14 ter vigente al 31.12.19 2.3.2. Contribuyentes sujetos al régimen de renta atribuida, según texto de la ley vigente al 31.12.19 2.3.3. Contribuyentes sujetos al régimen semi integrado, según la letra B) del artículo 14 de la Ley de la Renta vigente hasta el 31.12.19 2.3.4. Reinversiones de utilidades efectuadas a través de aportes de capital a una sociedad de personas, realizadas a partir del 1.01.15 y las efectuadas mediante la adquisición de acciones de pago 3. Tributación de la Pyme en el régimen de transparencia tributaria 4. Determinación del resultado tributario anual o base imponible afecta a impuestos finales de los contribuyentes acogidos al régimen de transparencia tributaria 4.1. Ingresos 4.2. Egresos 4.3. Otras partidas que deben considerarse como un egreso 5. Tributación que afecta a los contribuyentes sujetos al régimen de transparencia tributaria sobre el resultado tributario que determinen al término del año comercial respectivo 5.1. Base imponible afecta a impuestos 5.2. Impuestos finales que afectan a los propietarios de la empresa 6. Tratamiento tributario de la disminución de capital 7. Pagos provisionales mensuales obligatorios (PPMO) 8. Registros y controles que se encuentran obligados a llevar los contribuyentes que se acojan al régimen de transparencia tributaria 8.1. Registro de compras y ventas 8.2. Libro de ingresos y egresos 8.3. Libro de caja 9. Permanencia en el régimen de transparencia tributaria y retiro voluntario del mismo 10. Casos en los cuales los contribuyentes abandonan el régimen en comento 11. Traslado desde el régimen de la letra A) del artículo 14 o desde el régimen del Nº 3 de la letra D) al régimen de transparencia tributaria del Nº 8 de la letra D) 12. Obligación de informar al SII y de certificar a los propietarios de las empresas acogidas al régimen de transparencia tributaria 13. Normas aplicables en caso de término del giro de un contribuyente acogido al régimen de transparencia tributaria 14. Comparación con el régimen Pro Pyme general. Algunos ejemplos 15. Selección de dictámenes emanados de la Dirección Nacional del SII 15.1. Tratamiento tributario de rentas retiradas desde empresa que opera bajo régimen de zona franca 15.2. Retención de impuesto adicional y recuperación de pagos provisionales mensuales en el régimen Pro Pyme transparente 15.3. Crédito por impuestos soportados en el exterior en caso de empresas acogidas al régimen Pro Pyme transparente 15.4. Reconocimiento del ingreso diferido contenido en la letra d) del Nº 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta, al realizar un cambio de régimen tributario 15.5. Improcedencia del régimen del Nº 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta en personas jurídicas sin fines de lucro 15.6. Créditos contra la retención de impuesto adicional en el régimen del Nº 8 de la letra D) del artículo 14 CAPÍTULO 6 - RÉGIMEN DE RENTA PRESUNTA 1. Comentarios preliminares 2. Requisitos para acogerse y permanecer en el régimen de renta presunta, según la forma de organización jurídica de la empresa y las características que posean sus propietarios 3. Requisitos copulativos que deben cumplir estos contribuyentes para acogerse y permanecer en el régimen de renta presunta 3.1. Límite de ingresos anuales netos 3.1.1. Obligación de incluir los ingresos de los relacionados 3.1.2. Obligación de informar por parte de las empresas relacionadas 3.1.3. Sistema de control de ingresos que deben llevar estos contribuyentes 3.2. Límite al capital efectivo en el caso de contribuyentes que inicien sus actividades 3.3. Contribuyentes que pueden acogerse a renta presunta 3.4. Los ingresos anuales provenientes de la posesión o explotación, a cualquier título, de derechos sociales, acciones de sociedades o cuotas de fondos de inversión, no excedan del 10% de los ingresos brutos totales del año comercial respectivo 4. Casos en los cuales, aun cumpliendo los requisitos legales para acogerse o mantenerse en el régimen de renta presunta, los contribuyentes igualmente deben declarar su renta efectiva 5. Oportunidad en que los contribuyentes que cumplan los requisitos y condiciones señalados deben ejercer la opción de acogerse al régimen de renta presunta 6. Régimen tributario que afecta a los contribuyentes que abandonen el régimen de renta presunta, ya sea de forma obligatoria o voluntaria 6.1. Contribuyentes que deban abandonar el régimen de renta presunta 6.2. Contribuyentes que abandonen voluntariamente el régimen de renta presunta 6.3. Inventario de activos y pasivos, y utilidades acumuladas por el retiro o exclusión del régimen simplificado 7. Determinación de la renta presunta 7.1. Renta presunta proveniente de la actividad agrícola 7.1.1. Ejemplo práctico de cálculo y declaración del impuesto 7.2. Renta presunta proveniente de la actividad del transporte terrestre de carga ajena o de pasajeros 7.3. Renta presunta proveniente de la actividad minera 7.4. Tasas a considerar para la determinación de la renta presunta en el año tributario 2023 8. Declaración Jurada que estos contribuyentes deben enviar al SII. Certificación 9. Selección de dictámenes de la Dirección Nacional del SII 9.1. Obligación de declarar renta y pagar PPM en ejercicio sin ingresos 9.2. Crédito por contribuciones de bienes raíces en caso de bien raíz agrícola entregado en usufructo 9.3. Tratamiento de existencias y depreciación del activo fijo de empresa que debe abandonar el régimen de renta presunta y se acoge al régimen Pro Pyme 9.4. Tributación de contribuyente que simultáneamente realiza actividades de transporte y de movimiento de tierras 9.5. Tributación del mayor valor en la enajenación de bienes raíces CAPÍTULO 7 - REGÍMENES OPCIONALES DE TRIBUTACIÓN QUE RIGIERON CON ANTERIORIDAD 1. Generalidades 2. Régimen opcional establecido en el artículo 14 bis 2.1. Requisitos para ingresar al régimen del ex artículo 14 bis 2.1.1. Contribuyentes que se encontraban tributando sobre su renta efectiva según contabilidad completa 2.1.2. Contribuyentes que recién iniciaban sus actividades 2.2. Aviso que debía darse al SII 2.3. Base afecta de los tributos 2.4. Pagos provisionales mensuales que efectuaban estos contribuyentes 2.5. Obligaciones de las cuales quedaban liberadas las empresas acogidas al régimen optativo 2.6. Situación de los contribuyentes acogidos a este régimen que ponían término a sus actividades 2.7. Crédito especial por concepto del impuesto de primera categoría establecido por el artículo 1º transitorio de la Ley Nº 18.775 2.8. Reglas que debían aplicar los contribuyentes de este régimen que se mantuvieron en él hasta el 31.12.16 3. Régimen opcional del artículo 14 ter de la Ley de la Renta 3.1. Contribuyentes que podían acogerse al régimen de la letra A del artículo 14 ter 3.2. Contribuyentes que podían acogerse a este régimen en los años 2018 y 2019 3.3. Requisitos que debían cumplir los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2017 para acogerse y permanecer en el régimen en comento 3.3.1. Requisitos cuyo cumplimiento debía ser observado para poder acogerse o ingresar al régimen 3.3.2. Requisitos cuyo cumplimiento debía ser observado para poder mantenerse en el régimen 3.4. Condiciones para ingresar al régimen 3.5. Determinación del resultado tributario anual o base imponible afecta a los impuestos de primera categoría y global complementario o adicional 3.6. Tributación que afecta a los contribuyentes sujetos al régimen en análisis, sobre el resultado tributario que determinen al término del año comercial respectivo 3.6.1. Impuesto de primera categoría que afecta a la empresa, comunidad o sociedad respectiva 3.6.2. Exención del impuesto de primera categoría por la que podían optar los contribuyentes del impuesto global complementario 3.6.3. Impuesto global complementario o adicional, que afecta a los propietarios, comuneros, socios o accionistas de la empresa, comunidad o sociedad respectiva 3.6.4. Crédito por impuesto de primera categoría en contra de los impuestos global complementario o adicional 3.7. Créditos contra el impuesto de primera categoría 3.8. Registros y controles que se encontraban obligados a llevar los contribuyentes que se acogían al régimen de tributación en comento 3.9. Obligaciones tributarias y registros de que estaban liberados los contribuyentes que se acogían al régimen en análisis 3.10. Normas transitorias de la Ley Nº 21.210 que aplicaban a los contribuyentes acogidos al artículo 14 ter al 31.12.19 4. Régimen opcional del artículo 14 quáter de la Ley de la Renta 4.1. Ámbito de aplicación de este régimen tributario 4.2. Requisitos para acogerse al régimen del artículo 14 quáter 4.3. Forma de acogerse a las normas del ex artículo 14 quáter 4.4. Incumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 14 quáter 4.5. Renta sobre la cual se calcula el beneficio 4.6. Pagos provisionales mensuales | Presentamos una selección de artículos publicados en nuestra revista Contabilidad, Auditoría e IFRS (RCA) durante el último período y que se encuentran totalmente vigentes, manteniendo su gran valor informativo. En este caso, los artículos seleccionados han sido preparados por especialistas e integrantes del equipo de asesores contables de Thomson Reuters, quienes, de forma didáctica y técnica, facilitan la comprensión de los contenidos. Esta obra abarca las siguientes áreas: Activos y Pasivos Regulatorios Reconocimiento de Ingresos Según IFRS 15 Leasing Propiedades de Inversión Deterioro de la Plusvalía Beneficios a los empleados Impuestos a las Ganancias bajo NIC 12 Inversiones Permanentes Control Unilateral y Conjunto en IFRS Combinación de Negocios y Consolidación bajo IFRS ÍNDICE INGRESOS Activos y Pasivos Regulatorios – Desafíos y Cambios para las Empresas Reguladas Enzo Vazon Páez Reconocimiento de Ingresos según IFRS 15 Nicolás Martínez Alvear ACTIVOS Y PASIVOS Leasing Nicolás Martínez Alvear Propiedades de Inversión Nicolas Martínez Alvear Deterioro de la Plusvalía Nicolás Martínez Alvear Beneficios a los empleados Gabriel Valenzuela Osses Impuestos a las Ganancias bajo NIC 12 Gabriel Valenzuela Osses INVERSIONES PERMANENTES Inversiones Permanentes Gabriel Valenzuela Osses Control Unilateral y Conjunto en IFRS Gabriel Valenzuela Osses Combinación de Negocios y Consolidación bajo IFRS Gabriel Valenzuela Osses | Obra que trata la determinación y el estudio del “Capital Propio Tributario”. En su contenido, se desarrollan los principales aspectos patrimoniales, tributarios, laborales y municipales de la empresa, en cuanto a lo teórico y práctico. Orientada al aprendizaje teórico y conceptual conforme a la legislación vigente, es metodológica y práctica en la resolución de casos, rescatando lo mejor y más actualizado de la jurisprudencia administrativa del Servicio de Impuestos Internos, como también aquel contenido de interés de los Tribunales Superiores de Justicia, la Contraloría General de la República y la Ley de Rentas Municipales. Este trabajo ha sido pensado para el mundo académico y para el profesional inquieto que desea conocer, comprender y profundizar los alcances del “Capital Propio Tributario”, en cuanto a su determinación, usos, mecánica procedimental y lineamientos o respaldos jurídicos; asimismo, su interacción con la Ley N° 21.131 sobre “Pago a 30 días”, término de giro, fusiones, créditos de rentas de fuente extranjera, capital efectivamente aportado y otros tantos temas tributarios contingentes, incluyendo los alcances de la reciente Reforma Tributaria Ley N° 21.210 del 24.02.2020 que “Moderniza la Legislación Tributaria”. | «La presente obra analiza exhaustivamente el crédito fiscal del IVA, desde sus aspectos teóricos y técnicos hasta la revisión de otros tributos susceptibles de rebajarse como crédito fiscal. En sus 12 capítulos, actualizados de acuerdo con las últimas normas legales, conteniendo las recientes reformas tributarias, se incluyen numerosos ejemplos prácticos, avalados por el análisis de cientos de pronunciamientos de la Dirección Nacional del SII y por las instrucciones oficiales impartidas por dicho Servicio, para la aplicación correcta de este importante mecanismo del impuesto a las ventas elegido por el legislador.» Autor: Gonzalo Araya Ibáñez Editorial Thomson Reuters ÍNDICE Introducción Glosario de términos utilizados en esta obra CAPÍTULO 1 ALGUNOS ASPECTOS TEÓRICOS Y TÉCNICOS DEL IVA 1. Conceptos previos 2. Diversas modalidades del impuesto a las ventas 3. El impuesto al valor agregado 4. Mecanismos básicos del impuesto al valor agregado 5. Naturaleza y extensión del crédito fiscal 6. Otros elementos característicos del crédito fiscal 6.1. Cómputo del crédito fiscal 6.2. Regla del prorrateo 6.3. Devolución de saldos 7. Neutralidad del IVA 7.1. Influencia del IVA en el proceso de integración vertical 7.2. Neutralidad del IVA en materia de utilización de los factores de producción CAPÍTULO 2 CONCEPTO Y TITULARIDAD DEL CRÉDITO FISCAL 1. Definición 2. Naturaleza del crédito fiscal 3. Titulares del crédito fiscal 4. Situaciones especiales relacionadas con la materia 4.1. Titulares del crédito fiscal en las operaciones efectuadas a través de mandatarios o representantes 4.2. Titularidad del crédito fiscal en el caso de la asociación o cuentas en participación 5. Transferencia del crédito fiscal y/o de sus remanentes 6. Tratamiento de los remanentes del crédito fiscal en los casos de transformación de sociedades 7. Absorción y división de sociedades CAPÍTULO 3 DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Conceptos que dan derecho a crédito fiscal 3. Rubros que dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 4. Crédito fiscal a que tienen derecho las empresas constructoras 4.1. Crédito fiscal a que tienen derecho estos contribuyentes desde el 1 de enero de 2016 5. Aplicación del IVA en la venta habitual de bienes inmuebles 5.1. Otras modificaciones introducidas por las Leyes Nºs. 20.780 y 20.899 al D.L. Nº 825 6. Determinación del crédito fiscal mensual 6.1. Agregados y deducciones al crédito fiscal mensual 6.1.1. Agregados 6.1.2. Deducciones 6.2. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6.3. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Aplicación de procedimiento del Código Tributario 7. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 8. Impuestos que no pueden rebajarse como crédito 9. Impuestos pagados en razón de los retiros de bienes corporales muebles e inmuebles gravados en la letra d) del artículo 8º 10. Impuestos pagados en la importación o adquisición de automóviles, station wagons y otros vehículos similares 11. Impuesto pagado por el arrendamiento de automóviles, station wagons y similares 12. Impuestos pagados en la adquisición de productos subsidiados de acuerdo con el inciso segundo del artículo 48 13. No procede el derecho a crédito fiscal por los gastos incurridos en supermercados y comercios similares 14. Nuevas conductas infraccionales agregadas al Nº 20 del artículo 97 del Código Tributario por la Ley Nº 20.780 de 2014 15. Instrucciones del SII acerca de los rubros que no dan derecho a crédito en el caso de los agricultores 16. Situación de los impuestos recargados en facturas no fidedignas, falsas o ilegales 16.1. Significado de algunas expresiones contenidas en el número 5 del artículo 23 del D.L. Nº 825 16.2. Medidas de prevención que debe adoptar el contribuyente al efectuar el pago de las facturas en referencia 16.3. Hechos que deben acreditarse posteriormente en caso de ser objetada la factura por el SII 16.4. Caso en que no procede la aplicación del procedimiento descrito en los párrafos precedentes 16.5. Mantención del derecho a crédito fiscal en caso de probarse que el impuesto ha sido recargado y efectivamente enterado en arcas fiscales por el vendedor 16.6. Vigencia del nuevo texto del número 5 del artículo 23 del Decreto Ley Nº 825 y de sus modificaciones posteriores 17. Improcedencia del derecho a crédito por la parte del IVA que las empresas constructoras recuperen en virtud del artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975, de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825, vigente hasta el 31.12.2015 18. Derecho a crédito fiscal para el adquirente o contratante, siempre que se trate de vendedores habituales de bienes inmuebles 19. Crédito fiscal provisional de acuerdo con el Nº 6 del artículo 23 del D.L. Nº 825 19.1. Crédito fiscal provisional 19.2. Aplicación de la Resolución Nº 24 Ex., de 2020, en los casos establecidos en los artículos sexto y séptimo transitorios de la Ley Nº 20.780 19.3. Vigencia de estas instrucciones 20. Acuse de recibo a que se refiere el número 7 del artículo 23 del D.L. Nº 825. Nuevo requisito para tener derecho al crédito fiscal 20.1. Modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.956 al referido Nº 7 del artículo 23 y a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura 21. Sanciones aplicables a quienes desfiguren el monto del crédito fiscal 22. Otros dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 22.1. IVA soportado por los partícipes de una asociación o cuentas en participación. Improcedencia de su rebaja como crédito fiscal por el gestor de la misma 22.2. Transportistas de carga ajena. Requisitos para hacer uso del crédito fiscal 22.3. Importación realizada conjuntamente por dos sociedades. División del crédito fiscal 22.4. Servicios prestados a título gratuito. Irrecuperabilidad del IVA soportado sobre los insumos utilizados en su prestación 22.5. Adquisición de especies destinadas a la atención de clientes. Derecho a crédito fiscal 22.6. Contratación de un cóctel para el personal. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA pagado por la empresa 22.7. Gastos de mantención de los vehículos de los vendedores de una empresa pagados por ésta. No dan derecho a crédito fiscal 22.8. Adquisición de casas rodantes autopropulsadas. Derecho a crédito fiscal 22.9. Servicios de sondaje prestados a una empresa minera. Derecho a crédito fiscal 22.10. Suministro gratuito de alimentos al personal. Derecho a crédito fiscal por el IVA pagado por la empresa en su compra 22.11. Gastos ocasionados por las camionetas utilizadas como vehículos de apoyo por los transportistas. Derecho a crédito fiscal 22.12. Compra de productos agrícolas para ser utilizados como semilla. Procedencia del crédito fiscal 22.13. Adquisición de automóviles y de partes y repuestos por una firma armadora y comercializadora de vehículos motorizados. Derecho a crédito fiscal 22.14. Pago por una empresa de parte de los medicamentos recetados a sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.15. Extravío o destrucción del original de la factura que respalda el crédito fiscal 22.16. Crédito fiscal respecto de bienes siniestrados 22.17. Importación o adquisición de camionetas de doble cabina. Derecho a crédito fiscal 22.18. Arrendamiento de inmuebles amoblados o con instalaciones. Derecho a crédito fiscal 22.19. Adquisición de vehículos tipo jeep. Requisito para hacer uso del crédito fiscal 22.20. Recuperación del crédito fiscal por las ISAPRES 22.21. Arrendamiento por una empresa de un inmueble amoblado para que sirva de casa habitación a un socio gerente. Derecho a crédito fiscal 22.22. Arrendamiento de inmuebles no amoblados o sin instalaciones. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su adquisición 22.23. Seguro sobre vehículos. Recuperación como crédito fiscal del IVA pagado por la aseguradora en la adquisición de un vehículo nuevo que debe entregar en reposición del siniestrado 22.24. Entrega en comodato de los locales de un terminal agropecuario. Improcedencia de rebajar como crédito fiscal el IVA soportado en su construcción 22.25. Empresa de asesorías en marketing y promociones. Imposibilidad legal de utilizar como crédito fiscal el IVA pagado en la adquisición de bienes corporales muebles entregados gratuitamente con fines promocionales o de propaganda 22.26. Transporte de trabajadores. Derecho a crédito fiscal por la adquisición por la misma empresa de vehículos destinados a tal fin 22.27. Pago de primas de seguros de vida y complementarios de salud, contratados por una empresa en beneficio de sus trabajadores. Improcedencia del derecho a crédito fiscal 22.28. Derecho a utilizar como crédito fiscal, por parte de una empresa de marketing y promoción, el impuesto soportado en la adquisición de bienes que serán entregados gratuitamente 22.29. Procedencia de utilizar como crédito fiscal el impuesto soportado en facturas emitidas después de su fecha de vigencia 22.30. Uso como crédito fiscal del IVA pagado al cesionario de una factura no fidedigna o falsa 22.31. Bienes adquiridos por una empresa publicitaria para su entrega promocional gratuita. No procede derecho a crédito fiscal tratándose de la entrega gratuita de vehículos 22.32. Vehículos con caja de cambios automática. No procede la utilización del crédito fiscal pagado en la adquisición 22.33. Documento que acredita el pago de impuesto al valor agregado en la importación para efectos de su uso como crédito fiscal 22.34. No da derecho a crédito fiscal el impuesto soportado en la adquisición de bienes o servicios destinados a generar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 22.35. Derecho a crédito fiscal en el caso en que el impuesto hubiese sido determinado en forma errónea por el arrendador, al no aplicar la deducción establecida en el inciso primero del artículo 17 del D.L. Nº 825 22.36. Derecho a crédito fiscal en el caso de pérdida total de las mercaderías 22.37. Momento en que se puede utilizar como crédito fiscal el IVA consignado en una declaración de importación pagada en forma diferida 22.38. Recuperación de IVA pagado en la compra de un inmueble CAPÍTULO 4 DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL Y OPORTUNIDAD EN QUE DEBE DEDUCIRSE 1. Determinación del crédito fiscal mensual 2. Algunos concepto sobre débito fiscal 2.1. Concepto de débito fiscal 2.2. Determinación del débito fiscal mensual 2.3. Ajustes del débito fiscal mensual 2.3.1. Agregados al débito fiscal mensual 2.3.2. Deducciones al débito fiscal mensual 2.4. Sanciones aplicables en caso de desfiguración del monto del débito fiscal mensual 3. Ajustes del crédito fiscal mensual 3.1. Agregados al crédito fiscal 3.2. Deducciones al crédito fiscal 4. Cuadro resumen de determinación del crédito fiscal 5. Oportunidad en que debe rebajarse el crédito fiscal 6. Crédito fiscal no utilizado dentro del plazo legal. Procedimiento aplicable 7. Contabilización del crédito fiscal mensual 8. Imputación del crédito fiscal. Determinación del impuesto a pagar 8.1. Postergación del pago del IVA 8.2. Procedimiento mediante el cual se hace efectiva la postergación del pago del IVA 8.3. Vigencia de este beneficio 9. Acumulación del crédito fiscal 10. Reajuste de los remanentes de crédito fiscal 11. Reembolsos extraordinarios de remanentes de crédito fiscal establecidos como medidas de apoyo a las empresas de menor tamaño durante la pandemia del COVID-19 en los años 2020 y 2021 11.1. Reembolso extraordinario de los remanentes de crédito fiscal dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 21.256, de 2020 11.2. Devolución de remanente de crédito fiscal del IVA a Pymes de acuerdo con el artículo 2º de la Ley Nº 21.353 de 2021 12. Imputación del remanente de crédito fiscal en caso de término de giro CAPÍTULO 5 APLICACIÓN PROPORCIONAL DEL CRÉDITO FISCAL 1. Conceptos preliminares 2. Descripción del procedimiento establecido por el artículo 43 del Reglamento 3. Ejemplo de determinación del crédito fiscal proporcional 4. Obligación de complementar el Registro de Compras y Ventas 5. Proporcionalidad en el uso del crédito fiscal en el caso de operaciones sobre inmuebles 6. Facultad del SII para establecer otros métodos o procedimientos distintos 7. Tratamiento del IVA no recuperable frente a la Ley sobre Impuesto a la Renta 8. Otros pronunciamientos sobre la materia emitidos por el Servicio de Impuestos Internos 8.1. Donaciones sin fines publicitarios. Aplicación de las normas sobre proporcionalidad del crédito fiscal 8.2. Cálculo de la relación porcentual del crédito fiscal proporcional 8.3. Tratamiento de las exportaciones en el cálculo del crédito fiscal proporcional 8.4. Recuperación del IVA soportado o pagado en la adquisición o importación de bienes y en la utilización de servicios destinados a la prestación del servicio de cajeros automáticos 8.5. Cálculo de la proporcionalidad establecida en el artículo 43 del Reglamento del D.L. Nº 825, de 1974, para determinar el crédito fiscal del período 8.6. Ventas realizadas en el extranjero por un contribuyente nacional deben considerarse para efectos de determinar el crédito fiscal proporcional 8.7. Improcedencia de aplicar las reglas sobre proporcionalidad de créditos fiscales, aunque se realice una operación específica de cesión de derechos no gravada con IVA 8.8. El crédito asociado a la importación de buses realizada por una empresa de transporte público constituye crédito de utilización común en la medida en que dicho bien efectivamente se destine a la generación de operaciones gravadas y exentas 8.9. Facturación y determinación de la base imponible en el cobro de rentas adicionales de un contrato de arrendamiento con opción de compra. Las deducciones aplicables a dicha base imponible no hacen aplicable la obligación de proporcionalizar el crédito fiscal del IVA 8.10. Confirma criterios sobre ingresos que se deben considerar para calcular la proporcionalidad del crédito fiscal IVA CAPÍTULO 6 RECUPERACIÓN DE LOS REMANENTES DE CRÉDITO FISCAL ORIGINADOS EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS A FORMAR PARTE DEL ACTIVO FIJO 1. Consideraciones generales 2. Ampliación de este beneficio a los bienes corporales inmuebles y a los bienes muebles destinados a su construcción 3. Aplicación de estas normas respecto del IVA pagado en la importación de bienes que por su naturaleza correspondan a los que normalmente se clasifican en el activo fijo, hecha en virtud de un contrato de arrendamiento 4. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por el IVA soportado en la utilización de servicios que integren el valor de costo de los bienes del activo fijo 5. Período por el cual debe pedirse la devolución o imputación 6. Ejemplo de aplicación del artículo 27 bis 7. Procedimientos para hacer efectiva la recuperación de estos remanentes 8. Restitución de las cantidades recibidas por los contribuyentes a los cuales se les haya anticipado la devolución del remanente de crédito fiscal 9. Forma en que deben restituirse estas cantidades 10. Restitución adicional que deben efectuar los contribuyentes en referencia 11. Determinación de su monto 11.1. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal hubo compras de activos fijos sólo en un mes 11.2. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal se registraron compras de activo fijo en más de un mes 11.3. Caso en que en el período en que se produjeron los remanentes de crédito fiscal el contribuyente sólo realizó ventas afectas 12. Tratamiento aplicable cuando, en el período de dos meses o más en que se acumuló el remanente, el contribuyente no hubiese realizado ventas ni prestaciones de servicios 13. Oportunidad hasta la cual se mantiene la obligación de restituir las sumas devueltas anticipadamente correspondientes a remanentes de crédito fiscal por adquisiciones de bienes destinados al activo fijo 14. Restitución de las sumas devueltas en exceso 15. Restitución de las sumas devueltas en caso de término de giro 16. Situación de los exportadores 17. Vigencia de las disposiciones contenidas en el texto del inciso segundo del artículo 27 bis fijado por la Ley Nº 19.738 18. Sanciones 19. Jurisprudencia administrativa 19.1. Recuperación de los remanentes de crédito fiscal originados por la compra de un bosque que no se encuentra en explotación 19.2. Rubros que dan derecho a solicitar la devolución de los remanentes de IVA tratándose de plantaciones de árboles frutales 19.3. Explotación de bosques. Gastos que no pueden ampararse en lo dispuesto en el artículo 27 bis 19.4. Imposibilidad de modificar por la vía administrativa el procedimiento de cálculo del remanente del IVA a devolver establecido en el artículo 27 bis 19.5. Construcción de una galería comercial. Arrendamiento sin instalaciones de sus locales. Inaplicabilidad de las disposiciones del artículo 27 bis 19.6. Empresa dedicada al arrendamiento de vehículos. Recuperación del remanente de crédito fiscal del IVA acumulado por la compra de dichos vehículos 19.7. Improcedencia de obtener reembolso de remanentes de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825 por sociedad que ha absorbido a la que ha solicitado tal devolución 19.8. Recuperación de remanentes de crédito fiscal originados en la adquisición de una línea de transmisión de energía eléctrica 19.9. No procede solicitar en un mismo período tributario devolución de remanentes del IVA, por concepto de cambio de sujeto, dispuesto en el artículo 3º del D.L. Nº 825, como por activo fijo, en virtud del artículo 27 bis del mismo cuerpo legal 19.10. Incidencia de la indemnización recibida por un bien del activo fijo siniestrado en el mecanismo de devolución y restitución de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974 19.11. Procedencia de solicitar a través del mecanismo del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, la devolución del remanente de crédito fiscal originado en la construcción de un edificio amoblado emplazado en terrenos de propiedad del arrendatario 19.12. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974, en el caso de la adquisición de un bus utilizado en el transporte de pasajeros 19.13. No procede devolución de remanente de crédito fiscal de IVA, en virtud del artículo 27 bis del D.L. Nº 825, por la adquisición de bienes destinados a realizar operaciones favorecidas con la exención contenida en el artículo 11 de la Ley Nº 18.392 19.14. La restitución adicional contemplada en el inciso segundo del artículo 27 bis constituye un gasto necesario para producir la renta 19.15. Procedencia de la devolución de remanente de crédito fiscal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 bis del D.L. Nº 825, de 1974. No se exige que el activo fijo que originó dicho remanente se encuentre dentro del patrimonio del contribuyente al momento de efectuar la solicitud de devolución CAPÍTULO 7 IMPUTACIÓN O REEMBOLSO DE LOS IMPUESTOS RECARGADOS EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES DEUDORES DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN EN EL MARCO DE UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANIZACIÓN 1. Conceptos preliminares 2. Revisión somera de la Ley Nº 20.720 3. Requisitos para que opere la imputación o devolución de los créditos de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4. Procedimientos para solicitar el beneficio establecido en el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 4.1. Contribuyente opta por la imputación 4.2. Contribuyente opta por la devolución 4.3. Procedimiento general de devolución o recuperación 5. Obligación de restituir 6. Sanciones 7. Vigencia del nuevo beneficio contenido en el artículo 27 ter 8. Jurisprudencia administrativa 8.1. Sentido y alcance de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 27 ter 8.2. Procedencia de nota de crédito derivada de condonación en acuerdo de reorganización judicial CAPÍTULO 8 CRÉDITO ESPECIAL QUE FAVORECE A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 21 DEL D.L. Nº 910 DE 1975 1. Consideraciones previas 2. Descripción y finalidad de este beneficio 3. Ámbito de aplicación y operatoria de la deducción autorizada por este artículo 4. Imputación del crédito a los pagos provisionales obligatorios 5. Concepto de inmueble destinado para la habitación 6. Contratos generales de obras de urbanización para viviendas 6.1. Tratamiento aplicable a los contratos generales de obras de urbanización que benefician simultáneamente a viviendas y a otros inmuebles 6.2. Aplicación de este crédito a los contratos generales de construcción para la ejecución de obras de alcantarillado y agua potable rural destinadas a la habitación 7. Inaplicabilidad del crédito especial del 0,65 respecto de mejoras y otros trabajos menores 8. Inaplicabilidad de este beneficio a los contratos de ampliación, modificación, reparación o mantenimiento de viviendas 9. Extensión de este beneficio a los contratos generales de construcción que las empresas constructoras celebren con ciertas instituciones de beneficencia o bien público 10. Aplicación del crédito especial del 0,65 a las adjudicaciones realizadas en la liquidación de sociedades, comunidades y cooperativas de viviendas 11. Aplicación del crédito especial a los contratos de construcción de más de una vivienda 12. Normas transitorias de la Ley Nº 21.420. Crédito especial aplicable en el período comprendido entre los años 2023 y 2024 13. Jurisprudencia administrativa del SII 13.1. Obras de construcción y reparación de puentes en carreteras. Reparación y pavimentación de calles y calzadas 13.2. Proyecto de loteo habitacional. Habilitación de recintos deportivos para el uso de los habitantes del conjunto habitacional 13.3. Remodelación de un inmueble construido originalmente como escuela para convertirlo en un edificio de departamentos 13.4. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a proyectos de ampliación o mejoramiento de viviendas sociales que no requieren para su ejecución de un permiso de edificación 13.5. Aplicación del beneficio contenido en el artículo 21 de D.L. Nº 910 a la instalación de colectores solares 13.6. Procedencia del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 respecto de contrato general de construcción de obras de urbanización de aguas potables y aguas servidas 13.7. Aplicación del beneficio tributario contemplado en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 a un contrato de reparación de viviendas sociales 13.8. Beneficio establecido en el artículo 21 del D.L. Nº 910 de 1975 por el avance de obra interrumpida temporalmente CAPÍTULO 9 CRÉDITO ESPECIAL ORIGINADO POR EL IMPUESTO AL PETRÓLEO DIÉSEL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº 18.502 1. Explicación previa 2. Antecedentes históricos del impuesto a los combustibles 3. Impuesto específico al petróleo diésel establecido por la Ley Nº 18.502 3.1. Hecho gravado y sujetos pasivos 3.2. Monto del impuesto al petróleo diésel 3.3. Pago del impuesto 3.4. Incidencia en la base imponible del IVA 3.5. Exención que favorece a las exportaciones de petróleo diésel 3.6. Ventas de este combustible a las zonas francas 3.7. Recuperación del impuesto al petróleo diésel soportado por los contribuyentes a que se refiere el artículo 7º de la Ley Nº 18.502 3.8. Situación de las empresas constructoras 3.9. Situación de las empresas ferroviarias y de las establecidas en la provincia de Isla de Pascua 4. Crédito especial por el impuesto al petróleo diésel establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 4.1. Contribuyentes que pueden acogerse a este beneficio 4.2. Contribuyentes excluidos de la franquicia 4.3. Formas de recuperar el impuesto al petróleo diésel 4.4. Situación de las empresas que tienen vehículos que utilicen petróleo diésel 4.5. Situación de las empresas que realizan operaciones tanto gravadas como exentas del IVA 4.6. Recuperación del impuesto por los exportadores 4.7. Registro separado del impuesto al petróleo diésel en las facturas 4.8. Obligación de llevar un libro especial denominado “Combustible Diésel. Ley Nº 18.502″ 4.9. Vigencia de las disposiciones del D.S. Nº 311 de 1986 5. Situación de las pequeñas empresas a que se refiere el inciso quinto del artículo 1º de la Ley Nº 20.493 6. Dictámenes del SII en materias tratadas en el presente capítulo 6.1. Procedencia de aplicar el impuesto específico contenido en el artículo 6º de la Ley Nº 18.502 a importación de petróleo diésel realizada por la Armada de Chile 6.2. Solicita se complemente o aclare opinión sobre la procedencia de aplicar impuesto específico de la Ley Nº 18.502 a la importación de petróleo diésel efectuada por la Armada de Chile, en relación a lo ya manifestado en Oficio Nº 2.248 de 30.08.2019 6.3. Consulta sobre tratamiento del impuesto específico al petróleo diésel cuando resulta en un monto negativo CAPÍTULO 10 CRÉDITO ESPECIAL POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RECARGADO EN FACTURAS PENDIENTES DE PAGO EMITIDAS A CONTRIBUYENTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE DEUDORES EN UN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN 1. Texto legal que establece este beneficio. Reseña general de sus disposiciones 2. Impuestos que pueden recuperarse 3. Beneficiarios de este crédito 4. Presupuestos y requisitos que deben concurrir 5. Determinación del monto del crédito 6. Forma en que deben imputarse los abonos 7. Procedimiento y operatoria 8. Información que deben proporcionar los Liquidadores a los Servicios de Impuestos Internos y de Tesorería 9. Nuevo sistema de recuperación de créditos a que se refiere el artículo 27 ter del D.L. Nº 825 de 1974 10. Jurisprudencia administrativa del SII 10.1. Procedencia de emitir nota de débito, en virtud el artículo 29 de la Ley Nº 18.591, a cesionarios de facturas, acreedores en un procedimiento concursal de liquidación y emitidas al fallido por el cedente de las mismas 10.2. Los requisitos dispuestos en el artículo 29 de la Ley Nº 18.591 se entienden igualmente cumplidos si el acreedor en un procedimiento concursal de liquidación mantiene un convenio vigente con Tesorería o si ha postergado el pago del IVA, en virtud del artículo 64 del D.L. Nº 825 10.3. Pertinencia de emitir nota de débito por la retención del 5% de IVA por aplicación del artículo 29 de la Ley Nº 18.591 10.4. Devolución del anticipo de IVA efectuado en las ventas de harina de trigo recargado a una empresa en proceso de liquidación CAPÍTULO 11 OTROS IMPUESTOS SUSCEPTIBLES DE REBAJARSE COMO CRÉDITO FISCAL DEL IVA 1. Consideraciones previas 2. Crédito especial originado por el impuesto del artículo 11 de la Ley Nº 18.211 2.1. Aplicación respecto de este crédito de las normas contenidas en el párrafo 6º del Título II del D.L. Nº 825 2.2. Vigencia del crédito tratado en el presente párrafo 3. Recuperación del impuesto específico al petróleo diésel por las empresas de transporte de carga en camiones 3.1. Contribuyentes titulares de este beneficio 3.2. Monto recuperable 3.3. Determinación del beneficio que se glosa 3.4. Ejemplo de determinación de la devolución del IVA en caso de contribuyentes con actividades de transporte terrestre de carga afectas y exentas de IVA 3.5. Otras normas relacionadas con la aplicación y fiscalización de este beneficio 3.6. Declaraciones juradas que deben remitir al SII estos contribuyentes 3.7. Vigencia 3.8. Establecimiento de normas que permitan diferenciar el petróleo diésel que se utiliza en vehículos motorizados del que se emplea en la industria 4. Recuperación del Impuesto de Timbres y Estampillas mediante su inclusión en el crédito fiscal del IVA 4.1. Contribuyentes beneficiados con esta norma legal 4.2. Impuesto de timbres y estampillas susceptible de recuperarse 4.3. Imposibilidad de recuperar el impuesto de terceros 4.4. Monto del beneficio 4.5. Pérdida del beneficio y reintegro del crédito fiscal del impuesto al valor agregado por impuesto de timbres y estampillas 4.6. Acreditación del pago o retención del impuesto de timbres y estampillas y cumplimiento de obligaciones accesorias al pago del impuesto 4.7. Efectos del beneficio en el impuesto a la renta 4.8. Situación especial de los exportadores 4.9. Vigencia del beneficio analizado 5. Dictámenes del SII en materias propias de este capítulo 5.1. Procedencia de la recuperación del impuesto al petróleo diésel según las normas del artículo 2º de la Ley Nº 19.764 CAPÍTULO 12 OBLIGACIONES DE INFORMAR AL SII 1. Consideraciones previas 2. Obligación de presentar declaraciones de IVA 3. Propuesta de IVA y Registro de Compras y Ventas 4. Obligación de presentar declaraciones de resumen 4.1. Contribuyentes que estaban obligados a presentar estas declaraciones semestrales 4.2. Forma de presentar las declaraciones juradas establecidas por la Resolución Nº 5 de 2014 4.3. Plazo para la presentación de las declaraciones juradas en análisis 4.4. Contribuyentes exceptuados de la obligación de presentar estas declaraciones juradas 4.5. Sanciones aplicables 4.6. Vigencia de las normas de la Resolución Nº 5 Ex. de 2014 Referencias bibliográficas | DescripciónTrigésima quinta Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 1688, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Apéndice Actualizado al 28 de Septiembre de 2020 Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor don Juan Colombo Campbell e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Juna Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewin Editorial Jurídica de Chile | Esta obra es una consolidación y profundización de fichas de análisis tributarias enfocadas en la Ley de Impuesto a la Renta. En más de 200 fichas se revisa de forma exhaustiva todo el contenido de la ley del ramo, con un lenguaje simple y comprensible, apto tanto para especialistas en la materia como para aquellos que recién se inician en el estudio de este importante tributo. Se incluyen ejemplos y ejercicios, avalados por las instrucciones de la Dirección Nacional del SII, como también referencias a diversos textos normativos de dicho Servicio, a su jurisprudencia administrativa y a diversos otros textos legales, enriqueciendo su contenido |
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