Manual práctico sobre sumarios e investigaciones sumarias
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Este manual tiene por objeto apoyar a fiscales, actuarios, investigadores, autoridades administrativas y abogados defensores, en la tramitación de los procedimientos disciplinarios que regula el Estatuto Administrativo.
Contiene algunos consejos fundamentales, una revisión de la jurisprudencia administrativa sobre cada una de las etapas de estos procedimientos; un estudio sobre los vicios de legalidad que suelen afectarlos; el análisis de las normas que rigen la corrección de los vicios durante el curso de la tramitación y a partir de la notificación del correspondiente acto de término, el procedimiento de invalidación como vía para declarar nulas en ese administrativa las sanciones disciplinarias la aplicadas.
Incorpora modelos de resoluciones de la autoridad administrativa y de actuaciones de investigadores, fiscales, ministros de fe e inculpados, extraídos de la experiencia práctica, y destinados a aliviar el trabajo de los intervinientes en estos procedimientos.
INTRODUCCIÓN
Consejos fundamentales
Para la autoridad administrativa
Para los fiscales e investigadores
Para los abogados defensores
Para actuarios e investigadores
En general para los funcionarios
Sugerencias para la Contraloría General de la República respecto de los sumarios e investigaciones sumarias
CAPÍTULO I
NOCIONES PRELIMINARES
¿Qué es un procedimiento administrativo?
¿Qué es el sumario administrativo?
¿En el sumario, cuáles son los actos de mero trámite y el acto terminal que menciona el art. 18 de la Ley No 19.880?
¿En el sumario, qué importancia tiene la distinción entre los actos de trámite y el acto terminal?
¿Qué normas rigen el sumario administrativo?
¿Son obligatorios para los órganos públicos los oficios de la Contraloría General de la República, incluso los de las Contralorías Regionales?
¿Qué etapas legales y fases tiene el sumario administrativo?
¿Existen otros procedimientos disciplinarios?
¿Qué es la independencia de responsabilidades?
¿Qué es un procedimiento breve y desformalizado?
Procedimiento respecto de quienes prestan servicios a honorarios
Procedimiento respecto de las personas sujetas al Código del Trabajo
¿Qué es un ministro de fe?
¿Por qué los plazos del sumario son de días hábiles y por qué el sábado se considera inhábil?
¿Son fatales los plazos que impone la ley para los trámites y decisiones de la Administración?
¿Qué es la acumulación o desacumulación de procedimientos?
¿Cómo se extingue la responsabilidad disciplinaria?
¿Puede interrumpirse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
¿Puede suspenderse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
Con respecto a la suspensión de la prescripción de la acción disciplinaria, qué pasa si los cargos se reformulan?
¿Qué efecto tiene la paralización del expediente durante dos años o si transcurren dos períodos calificatorios?
¿Cómo se contabiliza el plazo de prescripción de la acción disciplinaria en caso de notificación de cargos?
¿En qué momento se evita la prescripción de la acción disciplinaria?
¿Procede que el fiscal proponga el sobreseimiento si la acción disciplinaria ha prescrito?
¿Procede la reapertura del sumario si la acción disciplinaria está prescrita?
¿Qué es el decaimiento?
¿La jurisprudencia judicial recoge el decaimiento del acto terminal disciplinario?
¿Qué ocurre con el decaimiento en la jurisprudencia administrativa de la Contraloría
General de la República?
¿Es aplicable al sumario la figura del decaimiento por demora en la tramitación del procedimiento disciplinario? Opinión del autor
¿Procede el decaimiento respecto de los enfermos terminales?
CAPÍTULO II
EL SUMARIO. DESDE LA RESOLUCIÓN DE INICIO HASTA EL CIERRE DE LA ETAPA INDAGATORIA
LA ETAPA DE INICIACIÓN
¿Cómo se tramita la resolución que ordena el sumario?
¿Quién decide el inicio de un sumario?
¿Hay procedimientos disciplinarios que la ley obliga a instruir?
¿Cómo se identifica el sumario?
¿Qué significa que una Resolución sea Exenta?
LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN
¿Cuándo comienza y cuándo termina la etapa indagatoria?
¿Qué plazo legal rige la investigación?
¿Si la Fiscalía sobrepasa los plazos legales se vicia el procedimiento?
¿Qué criterios internos existen para evitar dilaciones en la tramitación?
¿Qué ocurre si el jefe de la institución es el afectado por los hechos denunciados?
¿Es importante llevar ordenado el expediente y qué significa foliar?
¿Qué ocurre si el sumario no está foliado con números y letras?
¿Pueden realizarse notificaciones o tomarse declaraciones por videoconferencia?
¿Qué ocurre cuando el inculpado recusa al fiscal o al actuario?
¿Queda inhabilitado el fiscal por haber denunciado penalmente los hechos materia del sumario?
¿Qué es lo primero que debe hacer el fiscal al notificársele su nombramiento?
¿Cómo se acepta el cargo de fiscal?
¿Qué ocurre en caso de ausencia del actuario?
¿Cuál es nuestra recomendación respecto del actuario?
¿Siempre debe el fiscal aceptar el cargo o en algunos casos debe excusarse?
¿Qué circunstancias de hecho dificultan desempeñar adecuadamente la labor de fiscal?
¿Puede el jefe de la institución cambiar al fiscal?
¿Cómo se tramita la resolución que cambia de fiscal?
¿Qué son las líneas de investigación?
¿Qué diligencias investigativas debe realizar el fiscal?
¿Cómo registro en el expediente el contenido de una videograbación o de una grabación?
¿Puede el fiscal solicitar un informe técnico?
¿Qué ocurre si hay indicios de que el inculpado es inimputable?
¿Cómo tomar declaraciones urgentes en terreno?
¿Cuál es el modo usual de citar a declarar a un testigo?
¿Es procedente citar a declarar a un testigo mediante correo electrónico?
¿Hay recomendaciones prácticas sobre la forma de tomar las declaraciones?
¿Pueden disponerse medidas de protección para denunciantes y testigos?
¿Qué pasa si el testigo no se presenta a declarar?
¿Qué pasa si la persona que debe ser citada no está en su lugar de trabajo por cualquier motivo?
¿Qué pasa si el funcionario citado a declarar, en calidad de testigo o inculpado, invoca su derecho a guardar silencio o no se presenta a declarar?
¿Qué es la libertad de investigación?
¿Quién es el inculpado?
¿Es necesario citar a declarar al inculpado?
¿Cómo debe realizarse la notificación de las citaciones o resoluciones durante la etapa indagatoria?
¿Hasta qué momento del procedimiento conserva el actuario la calidad de ministro de fe?
¿A través de qué empresa debe enviarse la carta certificada?
¿Qué ocurre si la carta certificada llega de vuelta?
¿Puede continuarse el procedimiento si el inculpado no se presenta a declarar?
¿Qué ocurre si el inculpado está en su hogar u hospitalizado guardando reposo y no asiste a su citación a declarar?
¿Qué pasa si un testigo deviene en sumariado?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario antes de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario después de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el ex funcionario inculpado no fijó domicilio en el expediente y no es hallado en el domicilio registrado en la institución?
¿Es obligatorio apercibir al inculpado para que formule causales de implicancia o recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Tiene derecho el inculpado a presentarse acompañado de abogado a declarar en la etapa indagatoria en que rige el secreto del sumario?
¿Qué formalidades debe cumplir el mandato que el sumario confiere a su abogado? . ¿Hay algunas recomendaciones prácticas y, por supuesto, no vinculantes para tomar la declaración del inculpado?
¿Qué pasa si el inculpado presenta recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Puede el inculpado solicitar diligencias o pedir nueva fecha y hora para declarar?
¿Qué resoluciones deben notificarse al sumariado durante la etapa indagatoria?
¿Es secreto el sumario en la etapa indagatoria?
¿Es procedente tomar declaración grupal a inculpados o testigos?
¿Puede el fiscal ordenar un careo?
¿Qué hace el fiscal o la Oficina de Partes, si el inculpado, un testigo o cualquier persona pide copia de la resolución que ordenó el sumario durante la etapa indagatoria?
¿Cuáles son los trámites esenciales de la Etapa Indagatoria?
¿Puede el fiscal anticipar opinión acerca del resultado del sumario?
¿Qué ocurre si el expediente se extravía o destruye?
¿Qué regulación existe sobre la reconstitución de expedientes?
¿Qué ocurre si el fiscal tiene menor grado que el inculpado?
¿Debe dejarse sin efecto el oficio de formulación de cargos si el fiscal tiene menor jerarquía que el inculpado?
¿Cómo se analiza la jerarquía de los profesionales sujetos a la Ley No 19.664?
¿Qué ocurre con la inhabilidad si el sumariado pierde su calidad funcionaria durante la tramitación del procedimiento?
¿Es necesario que el fiscal tenga una remuneración superior al agente público sumariado?
¿Qué hace el fiscal cuando agota la indagación?
¿En qué momento debe el fiscal declarar cerrada la etapa indagatoria?
¿Cómo se redacta el informe proponiendo el sobreseimiento?
CAPÍTULO III
EL SUMARIO. DESDE EL OFICIO DE FORMULACIÓN DE CARGOS HASTA EL ACTO DE TÉRMINO, SU TOMA DE RAZÓN Y REGISTRO
FASE DE DISCUSIÓN
¿Qué es el Oficio de Formulación de Cargos y qué requisitos debe cumplir?
¿Qué relevancia tiene el Oficio de Formulación de cargos?
¿Cuáles son los trámites esenciales del sumario?
¿Qué es la congruencia?
¿Debe en los cargos calificarse ya de grave la infracción a la probidad para que se ajuste a derecho una destitución por falta a la probidad?
¿Pueden proponerse cargos por un hecho que ya ha sido objeto de una anotación de demérito?
¿Qué son los descargos?
¿Qué plazo tiene el sumariado para la presentación de descargos, incorporar y ofrecer pruebas?
¿El sumariado puede pedir la prórroga del plazo para presentar descargos?
¿Está obligado el fiscal a conceder la prórroga?
¿Cómo tramita el fiscal los reclamos de nulidad?
¿Pueden reformularse los cargos?
¿Puede abrirse un término probatorio?
¿Está el fiscal obligado a realizar las diligencias probatorias solicitadas y a abrir término probatorio?
¿Debe notificarse la resolución que abre el término probatorio?
¿Puede fijarse un término probatorio por plazo inferior a veinte días?
¿Qué es la Vista Fiscal?
¿En qué oportunidad debe dictarse la Vista Fiscal?
¿Qué contenido debe tener la Vista Fiscal?
¿Qué consideraciones relevantes hay sobre atenuantes y agravantes?
¿Vencido el término probatorio, puede emitirse la Vista Fiscal, si aún no arriba la respuesta a un oficio solicitado por la defensa?
¿Procede entregar copia de la Vista Fiscal al sumariado o a su abogado?
¿Qué ocurre si transcurren más de cuatro años desde la ocurrencia de los hechos investigados y no se han notificado cargos?
¿Si los hechos pueden configurar un ilícito penal, en qué momento se denuncian?
ETAPA DE FINALIZACIÓN
FASE DE LA DECISIÓN Y LOS RECURSOS
¿Qué significa que en los sumarios la prueba se valore en conciencia?
¿Hay un estándar mayor si el cargo conduce a la destitución?
¿Cómo se aplica la prueba indiciaria?
¿Qué resoluciones dicta el jefe de la institución, luego de recibir la Vista Fiscal?
¿Qué nuevas diligencias podría decretar el jefe de la institución, sin necesidad de ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué alternativas tiene el jefe de la institución aparte de la absolución o condena propuesta en la Vista Fiscal?
¿Por qué motivo se instruyen nuevas diligencias, sin ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué ventajas tiene ordenar nuevas diligencias sin reabrir la etapa indagatoria?
¿Qué ocurre si de las diligencias ordenadas al fiscal sin reabrir la etapa indagatoria surge mérito para formular nuevos cargos?
¿En qué circunstancias debe ordenarse la reapertura de la etapa indagatoria?
¿El Fiscal que ya emitió una Vista Fiscal debe inhabilitarse de dictar otra nueva?
¿Qué son los vicios del procedimiento?
¿Es vinculante para el jefe de la institución la propuesta de sanción o absolución contenida en la Vista Fiscal?
¿Debe la resolución sancionatoria contener sus fundamentos?
¿La resolución sancionatoria puede fundamentar su decisión en las consideraciones de la Vista Fiscal?
¿Toda falta de motivación vicia de nulidad la resolución sancionatoria?
¿Qué recursos establece la ley para impugnar la resolución que aplica una sanción?
¿Qué es el recurso de reposición del artículo 141 del Estatuto Administrativo?
¿Debe certificarse la no interposición de recursos en contra de la resolución sancionatoria?
¿Es procedente siempre el recurso de apelación?
¿Qué funcionarios pueden ejercer derecho de apelación en los hospitales autogestionados?
¿Pueden los funcionarios de planta de los hospitales autogestionados apelar de la resolución que al pronunciarse sobre la Vista Fiscal ordena su destitución o una sanción no expulsiva? ¿Quién dicta el acto de término?
¿Debe notificarse la resolución que se pronuncia sobre la reposición o apelación?
¿Al conocer de la apelación, puede la autoridad superior aumentar o disminuir la sanción?
¿Qué es el acto de término del sumario o acto terminal del sumario?
¿En un hospital autogestionado, quién debe dictar el acto terminal?
¿Puede reabrirse la etapa indagatoria después de afinado el acto terminal del sumario?
¿Quién se ocupa de controlar para evitar que los sumarios rezaguen su tramitación?
FASE DE LA TOMA DE RAZÓN Y EL REGISTRO
¿Qué es la toma de razón del acto terminal del sumario?
¿Qué resolución del sumario se somete el trámite de toma de razón?
¿Qué actos terminales del sumario están sujetos a toma de razón?
¿Qué es el trámite de registro?
¿Qué actos terminales del sumario se someten al trámite de registro?
¿Qué actos de término del sumario no están sujetos ni siquiera a registro?
¿Puede cumplirse el acto terminal del sumario antes de su registro?
¿Qué ocurre si en trámite de registro la Contraloría General detecta un vicio esencial del procedimiento y ordena retrotraerlo? ¿Qué ocurre con las multas descontadas o los descuentos durante el cumplimiento de las sanciones de suspensión del empleo?
¿Qué ocurre si se reabre un sumario en que el acto terminal ha sido tomado razón? . ¿Procede que la Contraloría General de la República tome razón de un acto terminal judicialmente impugnado?
¿Por qué algunas resoluciones llevan la expresión “Tómese Razón” y otras llevan la expresión “Regístrese”?
¿Puede el jefe institucional requerir un informe sobre el sumario al Departamento Jurídico de la institución?
CAPÍTULO IV
EL SUMARIO. LA NULIDAD DE LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
¿En qué momento debe ordenarse la corrección de los vicios esenciales que afecten a los actos previos al acto de término?
¿Qué normas legales obligan a corregir los vicios esenciales del procedimiento que influyen decisivamente en los resultados un procedimiento disciplinario?
Improcedencia del incidente de nulidad
¿Qué casos de vicios esenciales obligan a la corrección del procedimiento?
El incumplimiento de trámites esenciales
Falta de competencia de la autoridad que resuelve sobre el sumario
Falta de citación al inculpado
El fiscal incumple su deber de abstención
Falta de notificación de los cargos
Notificación de cargos viciada por falta de búsquedas en el domicilio
Falta de congruencia entre los cargos, la Vista Fiscal y la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal
Imprecisión de los cargos
Falta de jerarquía del fiscal, que persiste en su rol luego del cierre de la etapa indagatoria, solo si su gestión afectó las posibilidades de la defensa
El fiscal en el oficio de cargos anticipa opinión sobre la sanción que amerita el inculpado en forma previa a su Vista
La firma del fiscal en los cargos difiere de la consignada en la Vista Fiscal
Improcedencia de la firma por poder
Falta de fundamentación o motivación de la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal o sobre los recursos
Falta de fundamentación sobre la forma en que se acreditaron los hechos materia de cargos
Vulneración del principio de racionalidad
¿Qué vicios del procedimiento no obligan a su corrección?
Incumplimiento de trámites no esenciales
Sumario ordenado instruir por autoridad incompetente
Incongruencia no esencial
Falta de fundamentación que no influye decisivamente en el resultado del sumario Falta de firma del fiscal y del actuario
Incumplimiento de plazos de tramitación
El actuario no acredita su calidad de funcionario
El nombramiento de actuario ad-hoc
Falta de apercibimiento al inculpado para formular causales de implicancia o recusación Citación a funcionario como testigo que posteriormente deviene en inculpado
Error en la notificación de la citación a declarar, subsanado por comparecencia posterior
Error fecha en la citación en que el inculpado concurre a declarar
Declaración sin la presencia de actuario, actuario que firma con posterioridad notificación irregular subsanada por actuaciones del sumariado
Falta de firma de las personas interrogadas en algunas de las hojas de sus declaraciones, no constituye vicio
Defectos de la foliación
Violación del secreto del sumario
CAPÍTULO V
EL PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTO DE TÉRMINO DE UN PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
¿Qué es la invalidación administrativa del acto de término?
¿Cuál es el texto del artículo 53 de la Ley No 19.880?
¿Qué plazo de caducidad existe para disponer la invalidación?
¿En qué momento se inicia el plazo de caducidad?
¿Los reclamos interrumpen o suspenden el plazo de caducidad?
¿Es necesario que el procedimiento de invalidación termine dentro del plazo de dos años?
¿Qué ocurre con el plazo si la invalidación se origina a requerimiento de la Contraloría General?
¿En qué caso puede omitirse la audiencia del interesado?
¿Si de oficio se inicia el procedimiento de invalidación, quienes son los interesados?
¿Si un afectado solicita la invalidación, quién más puede ser interesado en el procedimiento de invalidación del acto de término de un sumario?
¿En qué casos puede ocurrir una invalidación parcial del acto de término de un sumario?
¿Qué tramitación tiene el procedimiento de invalidación?
¿De qué forma se notifican las resoluciones en el procedimiento de invalidación?
¿Hay actuario en los procedimientos de invalidación?
CAPÍTULO VI
EL SUMARIO. LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
¿En qué consiste la suspensión preventiva y la destinación transitoria del inculpado? ¿Por qué es importante que el funcionario suspendido o destinado transitoriamente sea notificado del término de la medida que le afecta?
¿En qué oportunidad puede el fiscal ordenar una medida preventiva?
¿Qué ocurre si el funcionario suspendido preventivamente se encuentra con licencia médica? ¿Se considera el tiempo de licencia médica para los efectos de la declaración de vacancia del cargo?
¿Qué ocurre si la licencia médica del funcionario suspendido preventivamente es rechazada?
¿Qué ocurre con las cotizaciones previsionales y de salud en caso de prorrogarse la suspensión en la Vista Fiscal?
¿A quién se comunican las resoluciones que inciden en medidas preventivas?
¿Qué es la prórroga de la suspensión preventiva?
¿Qué resguardos hay que tener cuando se prorroga la suspensión preventiva?
¿Puede dejarse sin efecto la suspensión preventiva y la destinación transitoria?
¿Quién puede disponer el cese de la suspensión preventiva después de la Vista Fiscal?
¿Puede realizar horas extras el funcionario sujeto a suspensión preventiva?
¿Es necesario que el jefe de la institución dicte una resolución que confirme la medida dispuesta por el fiscal?
¿Puede el funcionario suspendido preventivamente postergar su feriado?
¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva de un dirigente gremial?
¿Proceden la suspensión preventiva o la destinación transitoria en las investigaciones sumarias?
CAPÍTULO VII
LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
¿Qué sanciones contempla el Estatuto Administrativo?
¿Cada obligación lleva aparejada una sanción disciplinaria determinada?
¿Qué es la destitución?
¿Qué causales están asociadas a la destitución?
¿Qué es la probidad?
¿Hay falta de probidad asociada al comportamiento social del funcionario?
¿Qué conductas contravienen especialmente la probidad y están asociadas directamente a la destitución?
¿Cuál es la causal de destitución del art. 72 inciso tercero del Estatuto Administrativo? ¿En qué consisten las contravenciones especiales a la probidad del art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado?
¿Cuál es la infracción contemplada en el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado sobre inhabilidades sobrevinientes?
¿Qué ocurre con el otorgamiento de licencias sin fundamento médico?
¿Es la vulneración del reposo otorgado por licencia médica una infracción al principio de probidad?
¿Es imperativo disponer la destitución en caso de infracción grave a la probidad?
¿Quién determina el estándar de gravedad suficiente para proceder a la destitución en caso de infracción al principio de probidad?
¿Quién controla la decisión de la autoridad sobre la gravedad de la infracción a la probidad?
¿Debe la decisión sobre la gravedad de la infracción al principio de probidad ser fundada y constar en el acto administrativo que materialice la sanción?
¿Hay criterios jurisprudenciales especiales para la valoración de la prueba en caso de destitución?
¿Qué criterios jurisprudenciales existen sobre la ausencia injustificada?
¿Toda infracción de deberes funcionarios amerita una sanción disciplinaria?
¿Se aplica el principio de tipicidad a las infracciones disciplinarias?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada censura?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada multa?
¿Qué es la sanción disciplinaria de suspensión?
¿Qué efecto tiene la sanción disciplinaria de suspensión del empleo respecto de las cotizaciones de salud y previsionales?
¿Cuáles son los efectos de las sanciones disciplinarias afinadas sobre la asignación que fija el art. 1 de la ley No 19.490?
¿Equivale no marcar a no asistir al trabajo?
¿Qué dice la jurisprudencia administrativa sobre el principio de proporcionalidad?
¿Procede aplicar la destitución a una mujer con fuero maternal?
CAPÍTULO VIII
LA INVESTIGACIÓN SUMARIA
¿Qué importancia práctica tiene la Investigación Sumaria?
¿Qué normas regulan la Investigación Sumaria?
¿Cuál es el régimen especial y cuál es el régimen supletorio de la investigación sumaria?
El régimen especial de la investigación sumaria
Normas estatutarias de carácter común a investigaciones sumarias y sumarios
La aplicación supletoria de la Ley No 19.880, de 2003, sobre Bases Generales del Procedimiento Administrativo
¿Qué preceptos estatutarios regulan exclusivamente el sumario?
¿Puede prorrogarse el plazo de indagación en la investigación sumaria?
¿Puede el inculpado presentar recusación en contra del Investigador?
¿Presentado el reclamo por incumplimiento del deber de abstención en contra del investigador, se suspende la tramitación del procedimiento?
¿Es secreta la investigación sumaria?
¿Está obligado el Investigador citar a declarar al sumariado?
¿Qué pasa si el Investigador no cumple con los breves plazos que fija la ley?
¿Qué facultades tiene la autoridad de la institución para agilizar una investigación sumaria de plazos rezagados?
¿Puede la autoridad institucional ordenar en la Investigación Sumaria la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos?
¿En qué casos es recomendable una Investigación Sumaria?
CAPÍTULO IX
LA FACULTAD DEL ART. 143 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO. LA PLANILLA DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y EL LIBRO DE CONTROL
¿Qué importancia práctica tiene la facultad del art. 143 del Estatuto Administrativo y el libro o planilla de procedimientos disciplinarios?
¿Qué facultad otorga el art. 143 del Estatuto Administrativo al jefe de la institución?
¿Qué facultades generales de agilización tiene el jefe de la institución respecto de investigaciones sumarias y sumarios?
¿En qué consiste la Planilla de Procedimientos Disciplinarios?
¿En qué consiste el libro de procedimientos disciplinarios?
CAPÍTULO X
EL RECLAMO DE LEGALIDAD DEL ARTÍCULO 160 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO Y 156 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL EN RELACIÓN A SUMARIOS E INVESTIGACIONES SUMARIAS
¿Cuáles son las fuentes legales de este reclamo?
¿Cuáles son las características generales del reclamo de legalidad?
¿Qué dicen esas fuentes legales?
¿Están habilitadas las Asociaciones de funcionarios para deducir este reclamo?
¿Es fatal el plazo de 10 días para deducir el reclamo?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?
¿El reclamo de legalidad es un trámite al interior del procedimiento disciplinario? ¿Puede un exfuncionario presentar el reclamo de legalidad?
¿Por qué es importante el reclamo de ilegalidad respecto de los actos de términos emitidos en sede municipal y de los actos de término no expulsivos?
¿Qué ejemplos reclamos acogidos sobre procedimientos disciplinarios viciados?
CAPÍTULO XI
LA ACCIÓN DE TUTELA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
¿Qué es el procedimiento de tutela laboral?
¿A quiénes se aplica la tutela?
¿Se aplica a los funcionarios públicos?
¿Cuáles son los derechos fundamentales de los trabajadores que se tutelan?
¿Se aplica la tutela si hay actos de discriminación?
¿Cuándo se considera que los derechos y garantías son vulnerados en lo laboral?
¿Qué indemnización corresponde al funcionario vulnerado en sus derechos con ocasión del despido?
¿Puede el Tribunal Laboral ordenar la reincorporación de un funcionario público sancionado con destitución en sumario disciplinario?
¿Corresponde la indemnización integral del daño, incluso del daño moral?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?
CAPÍTULO XII
MODELOS DE ACTUACIONES DE FISCALES Y ACTUARIOS DE SUMARIOS
Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección Fiscal de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de fiscal por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Concede prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Informe en que fiscalía propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad especialmente contemplada en el art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista Fiscal en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista Fiscal en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institución
CAPÍTULO XIII
MODELOS DE ACTUACIONES DEL INVESTIGADOR
Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación Personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada en un solo acto
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de investigador por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Rechaza prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Solicita elevar investigación sumaria a sumario disciplinario
Informe de Investigador propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción no grave al principio de probidad
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista del Investigador en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista del Investigador en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institució
CAPÍTULO XIV
MODELOS RESOLUCIONES Y OFICIOS DE LA JEFATURA INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁQUICO RESPECTO A SUMARIOS
Resolución Exenta. Ordena Sumario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acoge recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención presentada por fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención y ordena cambio de fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado.Cambio de fiscal
Resolución Exenta. Ordena elevar a sumario procedimiento disciplinario
Resolución Exenta. Ordena que los procedimientos disciplinarios ordenados por las
Resoluciones Exentas se acumulen en el más antiguo de ellos
Resolución Exenta. A partir del sumario ordenado. Ordena desacumulación iniciando sumario separado
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena desacumulación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena baja de inventario
Resolución Afecta. Sumario ordenado, a requerimiento de la Contraloría General de la República. Aprueba Vista Fiscal que absuelve a don (XXX) y acto de término sujeto a toma de razón
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal, aplicando medida no expulsiva
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal respecto de don XXX y ordena destitución
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reclamo respecto de vicios del procedimiento; Aprueba Vista Fiscal respecto de don (XXX), ordenando su destitución y confirmando la prórroga de la suspensión provisoria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Corrección de vicios del procedimiento Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza reposición presentada por don (XXX)
Confirma destitución. Mantiene suspensión preventiva y declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de término que aplica destitución a don (XXX), quien no dedujo recursos dentro del plazo legal
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de Término que aplica la medida de destitución a don (XXX), luego de fallados los recursos deducidos
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva 367
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), luego de conocidos y resueltos los recursos presentados. Aplica sanción no expulsiva
CAPÍTULO XV
MODELOS DE RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO RESPECTO DE INVESTIGACIONES SUMARIAS
Resolución Exenta. Ordena Investigación Sumaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza comunicación de deber de abstención, presentada por Investigador
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acoge recusación presentada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Rechaza recusación presentada
Resolución Exenta. Rechaza recusación y ordena Cambio de Investigador en procedimiento ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Procedimiento ordenado. Cambio de Investigador
Resolución Exenta. Ordena Elevar a Sumario procedimiento disciplinario ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Ordena que las Investigaciones Sumarias ordenadas por las Resoluciones Exentas (XXX/XXX,XXX/XXX, XXX/XXX), se acumulen en la más antigua de ellas, la ordenada por la (RE XXX/XXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento respecto de don (XXX) y ordena desacumulación
Resolución Exenta. A partir de Investigación Sumaria ordenada por RE (XXX/XXX, de este origen), ordena desacumulación, iniciando investigación sumaria separada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento en Investigación Sumaria ordenada por (R.E. XXXX/XXXX) de este origen y ordena baja de inventario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Aprueba Vista del Investigador respecto de don (XXX). Ordena sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Vista del Investigador. Ordena destitución de (XXXXXXXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Corrección de vicios del procedimiento
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza reposición presentada por don (XXX) contra resolución que ordenó su destitución. Declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no interpuso recursos dentro de plazo legal. Aplica destitución
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acto de Término respecto de don (XXX) una vez resueltos los recursos deducidos. Aplica destituciónResolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria Acto de Término respecto de don (XXX), luego de resueltos los recursos
CAPÍTULO XVI
MODELOS DE RESOLUCIONES PARA PROCEDIMIENTOS DE INVALIDACIÓN
Resolución Exenta. Inicia de oficio invalidación de la Resolución Exenta (XXX/XXX), de acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY)
Resolución Exenta. Inicia a petición de parte procedimiento de invalidación de la RE (XXX/XXX), de este origen, acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY) y acoge de inmediato la solicitud de invalidación, omitiendo la audiencia previa y la recepción de prueba
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por RE (XXX/XXX), de este origen. Se prescinde del trámite de audiencia al interesado y se recibe a pruebe este procedimiento de invalidación
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Rechaza reposición presentada por don (XXX). Declara admisible recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que rechaza invalidación requerida
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que acoge invalidación requerida
CAPÍTULO XVII
MODELOS PARA ACTUACIONES DEL INCULPADO
Recusación en contra del fiscal dentro de plazo de apercibimiento
Reclamo en contra del fiscal por causal de abstención sobreviniente
Reclamo en contra del investigador por incumplimiento del deber de abstención Patrocinio de abogado y domicilio para notificaciones
Solicita diligencias dentro de la etapa indagatoria
Solicita prórroga para presentar escrito de descargos y copia de las actuaciones del sumario
Copia de lo actuado en investigación sumaria
Descargos en procedimiento disciplinario
Acción constitucional de protección en contra de actos de instrucción del sumario
Recurso de reposición y en subsidio de apelación
Renuncia a recurso de apelación presentado al jefe institucional
Renuncia a recurso de apelación ante superior jerárquico del jefe institucional
Reclamo de legalidad
Requerimiento de invalidación en contra de acto de término no sujeto a toma de razón Modelo de acción de tutela en contra de acto de término gravemente discriminatorio
7 disponibles
Autor: Gonzalo Villar Bordones
Editorial: Libromar
Numero de Paginas: 454
Año de publicación: 2021
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| Description | Autor: Gonzalo Villar Bordones Editorial: Libromar Numero de Paginas: 454 Año de publicación: 2021 | Autor: Francisco Javier Aldunate Ramos Editorial: EJS Año de Publicación: 2022 Paginas :1191 | Autor: José Luis Zavala Ortiz Editorial : Libromar Año de Publicación : 2022 Paginas :257 |
Autor: Críspulo Marmolejo González
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 222
Año de publicación: 2019
| Autor: Gabriel Enrique Celis Danzinger Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 562 Año de publicación: 2018 | Autor: Carlos Salinas Bruzzone Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 1384 Año de publicación: 2019 |
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Este manual tiene por objeto apoyar a fiscales, actuarios, investigadores, autoridades administrativas y abogados defensores, en la tramitación de los procedimientos disciplinarios que regula el Estatuto Administrativo.
Contiene algunos consejos fundamentales, una revisión de la jurisprudencia administrativa sobre cada una de las etapas de estos procedimientos; un estudio sobre los vicios de legalidad que suelen afectarlos; el análisis de las normas que rigen la corrección de los vicios durante el curso de la tramitación y a partir de la notificación del correspondiente acto de término, el procedimiento de invalidación como vía para declarar nulas en ese administrativa las sanciones disciplinarias la aplicadas.
Incorpora modelos de resoluciones de la autoridad administrativa y de actuaciones de investigadores, fiscales, ministros de fe e inculpados, extraídos de la experiencia práctica, y destinados a aliviar el trabajo de los intervinientes en estos procedimientos.
INTRODUCCIÓN
Consejos fundamentales
Para la autoridad administrativa
Para los fiscales e investigadores
Para los abogados defensores
Para actuarios e investigadores
En general para los funcionarios
Sugerencias para la Contraloría General de la República respecto de los sumarios e investigaciones sumarias
CAPÍTULO I
NOCIONES PRELIMINARES
¿Qué es un procedimiento administrativo?
¿Qué es el sumario administrativo?
¿En el sumario, cuáles son los actos de mero trámite y el acto terminal que menciona el art. 18 de la Ley No 19.880?
¿En el sumario, qué importancia tiene la distinción entre los actos de trámite y el acto terminal?
¿Qué normas rigen el sumario administrativo?
¿Son obligatorios para los órganos públicos los oficios de la Contraloría General de la República, incluso los de las Contralorías Regionales?
¿Qué etapas legales y fases tiene el sumario administrativo?
¿Existen otros procedimientos disciplinarios?
¿Qué es la independencia de responsabilidades?
¿Qué es un procedimiento breve y desformalizado?
Procedimiento respecto de quienes prestan servicios a honorarios
Procedimiento respecto de las personas sujetas al Código del Trabajo
¿Qué es un ministro de fe?
¿Por qué los plazos del sumario son de días hábiles y por qué el sábado se considera inhábil?
¿Son fatales los plazos que impone la ley para los trámites y decisiones de la Administración?
¿Qué es la acumulación o desacumulación de procedimientos?
¿Cómo se extingue la responsabilidad disciplinaria?
¿Puede interrumpirse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
¿Puede suspenderse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
Con respecto a la suspensión de la prescripción de la acción disciplinaria, qué pasa si los cargos se reformulan?
¿Qué efecto tiene la paralización del expediente durante dos años o si transcurren dos períodos calificatorios?
¿Cómo se contabiliza el plazo de prescripción de la acción disciplinaria en caso de notificación de cargos?
¿En qué momento se evita la prescripción de la acción disciplinaria?
¿Procede que el fiscal proponga el sobreseimiento si la acción disciplinaria ha prescrito?
¿Procede la reapertura del sumario si la acción disciplinaria está prescrita?
¿Qué es el decaimiento?
¿La jurisprudencia judicial recoge el decaimiento del acto terminal disciplinario?
¿Qué ocurre con el decaimiento en la jurisprudencia administrativa de la Contraloría
General de la República?
¿Es aplicable al sumario la figura del decaimiento por demora en la tramitación del procedimiento disciplinario? Opinión del autor
¿Procede el decaimiento respecto de los enfermos terminales?
CAPÍTULO II
EL SUMARIO. DESDE LA RESOLUCIÓN DE INICIO HASTA EL CIERRE DE LA ETAPA INDAGATORIA
LA ETAPA DE INICIACIÓN
¿Cómo se tramita la resolución que ordena el sumario?
¿Quién decide el inicio de un sumario?
¿Hay procedimientos disciplinarios que la ley obliga a instruir?
¿Cómo se identifica el sumario?
¿Qué significa que una Resolución sea Exenta?
LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN
¿Cuándo comienza y cuándo termina la etapa indagatoria?
¿Qué plazo legal rige la investigación?
¿Si la Fiscalía sobrepasa los plazos legales se vicia el procedimiento?
¿Qué criterios internos existen para evitar dilaciones en la tramitación?
¿Qué ocurre si el jefe de la institución es el afectado por los hechos denunciados?
¿Es importante llevar ordenado el expediente y qué significa foliar?
¿Qué ocurre si el sumario no está foliado con números y letras?
¿Pueden realizarse notificaciones o tomarse declaraciones por videoconferencia?
¿Qué ocurre cuando el inculpado recusa al fiscal o al actuario?
¿Queda inhabilitado el fiscal por haber denunciado penalmente los hechos materia del sumario?
¿Qué es lo primero que debe hacer el fiscal al notificársele su nombramiento?
¿Cómo se acepta el cargo de fiscal?
¿Qué ocurre en caso de ausencia del actuario?
¿Cuál es nuestra recomendación respecto del actuario?
¿Siempre debe el fiscal aceptar el cargo o en algunos casos debe excusarse?
¿Qué circunstancias de hecho dificultan desempeñar adecuadamente la labor de fiscal?
¿Puede el jefe de la institución cambiar al fiscal?
¿Cómo se tramita la resolución que cambia de fiscal?
¿Qué son las líneas de investigación?
¿Qué diligencias investigativas debe realizar el fiscal?
¿Cómo registro en el expediente el contenido de una videograbación o de una grabación?
¿Puede el fiscal solicitar un informe técnico?
¿Qué ocurre si hay indicios de que el inculpado es inimputable?
¿Cómo tomar declaraciones urgentes en terreno?
¿Cuál es el modo usual de citar a declarar a un testigo?
¿Es procedente citar a declarar a un testigo mediante correo electrónico?
¿Hay recomendaciones prácticas sobre la forma de tomar las declaraciones?
¿Pueden disponerse medidas de protección para denunciantes y testigos?
¿Qué pasa si el testigo no se presenta a declarar?
¿Qué pasa si la persona que debe ser citada no está en su lugar de trabajo por cualquier motivo?
¿Qué pasa si el funcionario citado a declarar, en calidad de testigo o inculpado, invoca su derecho a guardar silencio o no se presenta a declarar?
¿Qué es la libertad de investigación?
¿Quién es el inculpado?
¿Es necesario citar a declarar al inculpado?
¿Cómo debe realizarse la notificación de las citaciones o resoluciones durante la etapa indagatoria?
¿Hasta qué momento del procedimiento conserva el actuario la calidad de ministro de fe?
¿A través de qué empresa debe enviarse la carta certificada?
¿Qué ocurre si la carta certificada llega de vuelta?
¿Puede continuarse el procedimiento si el inculpado no se presenta a declarar?
¿Qué ocurre si el inculpado está en su hogar u hospitalizado guardando reposo y no asiste a su citación a declarar?
¿Qué pasa si un testigo deviene en sumariado?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario antes de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario después de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el ex funcionario inculpado no fijó domicilio en el expediente y no es hallado en el domicilio registrado en la institución?
¿Es obligatorio apercibir al inculpado para que formule causales de implicancia o recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Tiene derecho el inculpado a presentarse acompañado de abogado a declarar en la etapa indagatoria en que rige el secreto del sumario?
¿Qué formalidades debe cumplir el mandato que el sumario confiere a su abogado? . ¿Hay algunas recomendaciones prácticas y, por supuesto, no vinculantes para tomar la declaración del inculpado?
¿Qué pasa si el inculpado presenta recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Puede el inculpado solicitar diligencias o pedir nueva fecha y hora para declarar?
¿Qué resoluciones deben notificarse al sumariado durante la etapa indagatoria?
¿Es secreto el sumario en la etapa indagatoria?
¿Es procedente tomar declaración grupal a inculpados o testigos?
¿Puede el fiscal ordenar un careo?
¿Qué hace el fiscal o la Oficina de Partes, si el inculpado, un testigo o cualquier persona pide copia de la resolución que ordenó el sumario durante la etapa indagatoria?
¿Cuáles son los trámites esenciales de la Etapa Indagatoria?
¿Puede el fiscal anticipar opinión acerca del resultado del sumario?
¿Qué ocurre si el expediente se extravía o destruye?
¿Qué regulación existe sobre la reconstitución de expedientes?
¿Qué ocurre si el fiscal tiene menor grado que el inculpado?
¿Debe dejarse sin efecto el oficio de formulación de cargos si el fiscal tiene menor jerarquía que el inculpado?
¿Cómo se analiza la jerarquía de los profesionales sujetos a la Ley No 19.664?
¿Qué ocurre con la inhabilidad si el sumariado pierde su calidad funcionaria durante la tramitación del procedimiento?
¿Es necesario que el fiscal tenga una remuneración superior al agente público sumariado?
¿Qué hace el fiscal cuando agota la indagación?
¿En qué momento debe el fiscal declarar cerrada la etapa indagatoria?
¿Cómo se redacta el informe proponiendo el sobreseimiento?
CAPÍTULO III
EL SUMARIO. DESDE EL OFICIO DE FORMULACIÓN DE CARGOS HASTA EL ACTO DE TÉRMINO, SU TOMA DE RAZÓN Y REGISTRO
FASE DE DISCUSIÓN
¿Qué es el Oficio de Formulación de Cargos y qué requisitos debe cumplir?
¿Qué relevancia tiene el Oficio de Formulación de cargos?
¿Cuáles son los trámites esenciales del sumario?
¿Qué es la congruencia?
¿Debe en los cargos calificarse ya de grave la infracción a la probidad para que se ajuste a derecho una destitución por falta a la probidad?
¿Pueden proponerse cargos por un hecho que ya ha sido objeto de una anotación de demérito?
¿Qué son los descargos?
¿Qué plazo tiene el sumariado para la presentación de descargos, incorporar y ofrecer pruebas?
¿El sumariado puede pedir la prórroga del plazo para presentar descargos?
¿Está obligado el fiscal a conceder la prórroga?
¿Cómo tramita el fiscal los reclamos de nulidad?
¿Pueden reformularse los cargos?
¿Puede abrirse un término probatorio?
¿Está el fiscal obligado a realizar las diligencias probatorias solicitadas y a abrir término probatorio?
¿Debe notificarse la resolución que abre el término probatorio?
¿Puede fijarse un término probatorio por plazo inferior a veinte días?
¿Qué es la Vista Fiscal?
¿En qué oportunidad debe dictarse la Vista Fiscal?
¿Qué contenido debe tener la Vista Fiscal?
¿Qué consideraciones relevantes hay sobre atenuantes y agravantes?
¿Vencido el término probatorio, puede emitirse la Vista Fiscal, si aún no arriba la respuesta a un oficio solicitado por la defensa?
¿Procede entregar copia de la Vista Fiscal al sumariado o a su abogado?
¿Qué ocurre si transcurren más de cuatro años desde la ocurrencia de los hechos investigados y no se han notificado cargos?
¿Si los hechos pueden configurar un ilícito penal, en qué momento se denuncian?
ETAPA DE FINALIZACIÓN
FASE DE LA DECISIÓN Y LOS RECURSOS
¿Qué significa que en los sumarios la prueba se valore en conciencia?
¿Hay un estándar mayor si el cargo conduce a la destitución?
¿Cómo se aplica la prueba indiciaria?
¿Qué resoluciones dicta el jefe de la institución, luego de recibir la Vista Fiscal?
¿Qué nuevas diligencias podría decretar el jefe de la institución, sin necesidad de ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué alternativas tiene el jefe de la institución aparte de la absolución o condena propuesta en la Vista Fiscal?
¿Por qué motivo se instruyen nuevas diligencias, sin ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué ventajas tiene ordenar nuevas diligencias sin reabrir la etapa indagatoria?
¿Qué ocurre si de las diligencias ordenadas al fiscal sin reabrir la etapa indagatoria surge mérito para formular nuevos cargos?
¿En qué circunstancias debe ordenarse la reapertura de la etapa indagatoria?
¿El Fiscal que ya emitió una Vista Fiscal debe inhabilitarse de dictar otra nueva?
¿Qué son los vicios del procedimiento?
¿Es vinculante para el jefe de la institución la propuesta de sanción o absolución contenida en la Vista Fiscal?
¿Debe la resolución sancionatoria contener sus fundamentos?
¿La resolución sancionatoria puede fundamentar su decisión en las consideraciones de la Vista Fiscal?
¿Toda falta de motivación vicia de nulidad la resolución sancionatoria?
¿Qué recursos establece la ley para impugnar la resolución que aplica una sanción?
¿Qué es el recurso de reposición del artículo 141 del Estatuto Administrativo?
¿Debe certificarse la no interposición de recursos en contra de la resolución sancionatoria?
¿Es procedente siempre el recurso de apelación?
¿Qué funcionarios pueden ejercer derecho de apelación en los hospitales autogestionados?
¿Pueden los funcionarios de planta de los hospitales autogestionados apelar de la resolución que al pronunciarse sobre la Vista Fiscal ordena su destitución o una sanción no expulsiva? ¿Quién dicta el acto de término?
¿Debe notificarse la resolución que se pronuncia sobre la reposición o apelación?
¿Al conocer de la apelación, puede la autoridad superior aumentar o disminuir la sanción?
¿Qué es el acto de término del sumario o acto terminal del sumario?
¿En un hospital autogestionado, quién debe dictar el acto terminal?
¿Puede reabrirse la etapa indagatoria después de afinado el acto terminal del sumario?
¿Quién se ocupa de controlar para evitar que los sumarios rezaguen su tramitación?
FASE DE LA TOMA DE RAZÓN Y EL REGISTRO
¿Qué es la toma de razón del acto terminal del sumario?
¿Qué resolución del sumario se somete el trámite de toma de razón?
¿Qué actos terminales del sumario están sujetos a toma de razón?
¿Qué es el trámite de registro?
¿Qué actos terminales del sumario se someten al trámite de registro?
¿Qué actos de término del sumario no están sujetos ni siquiera a registro?
¿Puede cumplirse el acto terminal del sumario antes de su registro?
¿Qué ocurre si en trámite de registro la Contraloría General detecta un vicio esencial del procedimiento y ordena retrotraerlo? ¿Qué ocurre con las multas descontadas o los descuentos durante el cumplimiento de las sanciones de suspensión del empleo?
¿Qué ocurre si se reabre un sumario en que el acto terminal ha sido tomado razón? . ¿Procede que la Contraloría General de la República tome razón de un acto terminal judicialmente impugnado?
¿Por qué algunas resoluciones llevan la expresión “Tómese Razón” y otras llevan la expresión “Regístrese”?
¿Puede el jefe institucional requerir un informe sobre el sumario al Departamento Jurídico de la institución?
CAPÍTULO IV
EL SUMARIO. LA NULIDAD DE LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
¿En qué momento debe ordenarse la corrección de los vicios esenciales que afecten a los actos previos al acto de término?
¿Qué normas legales obligan a corregir los vicios esenciales del procedimiento que influyen decisivamente en los resultados un procedimiento disciplinario?
Improcedencia del incidente de nulidad
¿Qué casos de vicios esenciales obligan a la corrección del procedimiento?
El incumplimiento de trámites esenciales
Falta de competencia de la autoridad que resuelve sobre el sumario
Falta de citación al inculpado
El fiscal incumple su deber de abstención
Falta de notificación de los cargos
Notificación de cargos viciada por falta de búsquedas en el domicilio
Falta de congruencia entre los cargos, la Vista Fiscal y la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal
Imprecisión de los cargos
Falta de jerarquía del fiscal, que persiste en su rol luego del cierre de la etapa indagatoria, solo si su gestión afectó las posibilidades de la defensa
El fiscal en el oficio de cargos anticipa opinión sobre la sanción que amerita el inculpado en forma previa a su Vista
La firma del fiscal en los cargos difiere de la consignada en la Vista Fiscal
Improcedencia de la firma por poder
Falta de fundamentación o motivación de la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal o sobre los recursos
Falta de fundamentación sobre la forma en que se acreditaron los hechos materia de cargos
Vulneración del principio de racionalidad
¿Qué vicios del procedimiento no obligan a su corrección?
Incumplimiento de trámites no esenciales
Sumario ordenado instruir por autoridad incompetente
Incongruencia no esencial
Falta de fundamentación que no influye decisivamente en el resultado del sumario Falta de firma del fiscal y del actuario
Incumplimiento de plazos de tramitación
El actuario no acredita su calidad de funcionario
El nombramiento de actuario ad-hoc
Falta de apercibimiento al inculpado para formular causales de implicancia o recusación Citación a funcionario como testigo que posteriormente deviene en inculpado
Error en la notificación de la citación a declarar, subsanado por comparecencia posterior
Error fecha en la citación en que el inculpado concurre a declarar
Declaración sin la presencia de actuario, actuario que firma con posterioridad notificación irregular subsanada por actuaciones del sumariado
Falta de firma de las personas interrogadas en algunas de las hojas de sus declaraciones, no constituye vicio
Defectos de la foliación
Violación del secreto del sumario
CAPÍTULO V
EL PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTO DE TÉRMINO DE UN PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
¿Qué es la invalidación administrativa del acto de término?
¿Cuál es el texto del artículo 53 de la Ley No 19.880?
¿Qué plazo de caducidad existe para disponer la invalidación?
¿En qué momento se inicia el plazo de caducidad?
¿Los reclamos interrumpen o suspenden el plazo de caducidad?
¿Es necesario que el procedimiento de invalidación termine dentro del plazo de dos años?
¿Qué ocurre con el plazo si la invalidación se origina a requerimiento de la Contraloría General?
¿En qué caso puede omitirse la audiencia del interesado?
¿Si de oficio se inicia el procedimiento de invalidación, quienes son los interesados?
¿Si un afectado solicita la invalidación, quién más puede ser interesado en el procedimiento de invalidación del acto de término de un sumario?
¿En qué casos puede ocurrir una invalidación parcial del acto de término de un sumario?
¿Qué tramitación tiene el procedimiento de invalidación?
¿De qué forma se notifican las resoluciones en el procedimiento de invalidación?
¿Hay actuario en los procedimientos de invalidación?
CAPÍTULO VI
EL SUMARIO. LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
¿En qué consiste la suspensión preventiva y la destinación transitoria del inculpado? ¿Por qué es importante que el funcionario suspendido o destinado transitoriamente sea notificado del término de la medida que le afecta?
¿En qué oportunidad puede el fiscal ordenar una medida preventiva?
¿Qué ocurre si el funcionario suspendido preventivamente se encuentra con licencia médica? ¿Se considera el tiempo de licencia médica para los efectos de la declaración de vacancia del cargo?
¿Qué ocurre si la licencia médica del funcionario suspendido preventivamente es rechazada?
¿Qué ocurre con las cotizaciones previsionales y de salud en caso de prorrogarse la suspensión en la Vista Fiscal?
¿A quién se comunican las resoluciones que inciden en medidas preventivas?
¿Qué es la prórroga de la suspensión preventiva?
¿Qué resguardos hay que tener cuando se prorroga la suspensión preventiva?
¿Puede dejarse sin efecto la suspensión preventiva y la destinación transitoria?
¿Quién puede disponer el cese de la suspensión preventiva después de la Vista Fiscal?
¿Puede realizar horas extras el funcionario sujeto a suspensión preventiva?
¿Es necesario que el jefe de la institución dicte una resolución que confirme la medida dispuesta por el fiscal?
¿Puede el funcionario suspendido preventivamente postergar su feriado?
¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva de un dirigente gremial?
¿Proceden la suspensión preventiva o la destinación transitoria en las investigaciones sumarias?
CAPÍTULO VII
LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
¿Qué sanciones contempla el Estatuto Administrativo?
¿Cada obligación lleva aparejada una sanción disciplinaria determinada?
¿Qué es la destitución?
¿Qué causales están asociadas a la destitución?
¿Qué es la probidad?
¿Hay falta de probidad asociada al comportamiento social del funcionario?
¿Qué conductas contravienen especialmente la probidad y están asociadas directamente a la destitución?
¿Cuál es la causal de destitución del art. 72 inciso tercero del Estatuto Administrativo? ¿En qué consisten las contravenciones especiales a la probidad del art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado?
¿Cuál es la infracción contemplada en el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado sobre inhabilidades sobrevinientes?
¿Qué ocurre con el otorgamiento de licencias sin fundamento médico?
¿Es la vulneración del reposo otorgado por licencia médica una infracción al principio de probidad?
¿Es imperativo disponer la destitución en caso de infracción grave a la probidad?
¿Quién determina el estándar de gravedad suficiente para proceder a la destitución en caso de infracción al principio de probidad?
¿Quién controla la decisión de la autoridad sobre la gravedad de la infracción a la probidad?
¿Debe la decisión sobre la gravedad de la infracción al principio de probidad ser fundada y constar en el acto administrativo que materialice la sanción?
¿Hay criterios jurisprudenciales especiales para la valoración de la prueba en caso de destitución?
¿Qué criterios jurisprudenciales existen sobre la ausencia injustificada?
¿Toda infracción de deberes funcionarios amerita una sanción disciplinaria?
¿Se aplica el principio de tipicidad a las infracciones disciplinarias?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada censura?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada multa?
¿Qué es la sanción disciplinaria de suspensión?
¿Qué efecto tiene la sanción disciplinaria de suspensión del empleo respecto de las cotizaciones de salud y previsionales?
¿Cuáles son los efectos de las sanciones disciplinarias afinadas sobre la asignación que fija el art. 1 de la ley No 19.490?
¿Equivale no marcar a no asistir al trabajo?
¿Qué dice la jurisprudencia administrativa sobre el principio de proporcionalidad?
¿Procede aplicar la destitución a una mujer con fuero maternal?
CAPÍTULO VIII
LA INVESTIGACIÓN SUMARIA
¿Qué importancia práctica tiene la Investigación Sumaria?
¿Qué normas regulan la Investigación Sumaria?
¿Cuál es el régimen especial y cuál es el régimen supletorio de la investigación sumaria?
El régimen especial de la investigación sumaria
Normas estatutarias de carácter común a investigaciones sumarias y sumarios
La aplicación supletoria de la Ley No 19.880, de 2003, sobre Bases Generales del Procedimiento Administrativo
¿Qué preceptos estatutarios regulan exclusivamente el sumario?
¿Puede prorrogarse el plazo de indagación en la investigación sumaria?
¿Puede el inculpado presentar recusación en contra del Investigador?
¿Presentado el reclamo por incumplimiento del deber de abstención en contra del investigador, se suspende la tramitación del procedimiento?
¿Es secreta la investigación sumaria?
¿Está obligado el Investigador citar a declarar al sumariado?
¿Qué pasa si el Investigador no cumple con los breves plazos que fija la ley?
¿Qué facultades tiene la autoridad de la institución para agilizar una investigación sumaria de plazos rezagados?
¿Puede la autoridad institucional ordenar en la Investigación Sumaria la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos?
¿En qué casos es recomendable una Investigación Sumaria?
CAPÍTULO IX
LA FACULTAD DEL ART. 143 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO. LA PLANILLA DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y EL LIBRO DE CONTROL
¿Qué importancia práctica tiene la facultad del art. 143 del Estatuto Administrativo y el libro o planilla de procedimientos disciplinarios?
¿Qué facultad otorga el art. 143 del Estatuto Administrativo al jefe de la institución?
¿Qué facultades generales de agilización tiene el jefe de la institución respecto de investigaciones sumarias y sumarios?
¿En qué consiste la Planilla de Procedimientos Disciplinarios?
¿En qué consiste el libro de procedimientos disciplinarios?
CAPÍTULO X
EL RECLAMO DE LEGALIDAD DEL ARTÍCULO 160 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO Y 156 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL EN RELACIÓN A SUMARIOS E INVESTIGACIONES SUMARIAS
¿Cuáles son las fuentes legales de este reclamo?
¿Cuáles son las características generales del reclamo de legalidad?
¿Qué dicen esas fuentes legales?
¿Están habilitadas las Asociaciones de funcionarios para deducir este reclamo?
¿Es fatal el plazo de 10 días para deducir el reclamo?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?
¿El reclamo de legalidad es un trámite al interior del procedimiento disciplinario? ¿Puede un exfuncionario presentar el reclamo de legalidad?
¿Por qué es importante el reclamo de ilegalidad respecto de los actos de términos emitidos en sede municipal y de los actos de término no expulsivos?
¿Qué ejemplos reclamos acogidos sobre procedimientos disciplinarios viciados?
CAPÍTULO XI
LA ACCIÓN DE TUTELA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
¿Qué es el procedimiento de tutela laboral?
¿A quiénes se aplica la tutela?
¿Se aplica a los funcionarios públicos?
¿Cuáles son los derechos fundamentales de los trabajadores que se tutelan?
¿Se aplica la tutela si hay actos de discriminación?
¿Cuándo se considera que los derechos y garantías son vulnerados en lo laboral?
¿Qué indemnización corresponde al funcionario vulnerado en sus derechos con ocasión del despido?
¿Puede el Tribunal Laboral ordenar la reincorporación de un funcionario público sancionado con destitución en sumario disciplinario?
¿Corresponde la indemnización integral del daño, incluso del daño moral?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?
CAPÍTULO XII
MODELOS DE ACTUACIONES DE FISCALES Y ACTUARIOS DE SUMARIOS
Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección Fiscal de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de fiscal por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Concede prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Informe en que fiscalía propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad especialmente contemplada en el art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista Fiscal en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista Fiscal en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institución
CAPÍTULO XIII
MODELOS DE ACTUACIONES DEL INVESTIGADOR
Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación Personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada en un solo acto
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de investigador por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Rechaza prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Solicita elevar investigación sumaria a sumario disciplinario
Informe de Investigador propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción no grave al principio de probidad
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista del Investigador en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista del Investigador en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institució
CAPÍTULO XIV
MODELOS RESOLUCIONES Y OFICIOS DE LA JEFATURA INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁQUICO RESPECTO A SUMARIOS
Resolución Exenta. Ordena Sumario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acoge recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención presentada por fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención y ordena cambio de fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado.Cambio de fiscal
Resolución Exenta. Ordena elevar a sumario procedimiento disciplinario
Resolución Exenta. Ordena que los procedimientos disciplinarios ordenados por las
Resoluciones Exentas se acumulen en el más antiguo de ellos
Resolución Exenta. A partir del sumario ordenado. Ordena desacumulación iniciando sumario separado
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena desacumulación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena baja de inventario
Resolución Afecta. Sumario ordenado, a requerimiento de la Contraloría General de la República. Aprueba Vista Fiscal que absuelve a don (XXX) y acto de término sujeto a toma de razón
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal, aplicando medida no expulsiva
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal respecto de don XXX y ordena destitución
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reclamo respecto de vicios del procedimiento; Aprueba Vista Fiscal respecto de don (XXX), ordenando su destitución y confirmando la prórroga de la suspensión provisoria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Corrección de vicios del procedimiento Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza reposición presentada por don (XXX)
Confirma destitución. Mantiene suspensión preventiva y declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de término que aplica destitución a don (XXX), quien no dedujo recursos dentro del plazo legal
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de Término que aplica la medida de destitución a don (XXX), luego de fallados los recursos deducidos
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva 367
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), luego de conocidos y resueltos los recursos presentados. Aplica sanción no expulsiva
CAPÍTULO XV
MODELOS DE RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO RESPECTO DE INVESTIGACIONES SUMARIAS
Resolución Exenta. Ordena Investigación Sumaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza comunicación de deber de abstención, presentada por Investigador
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acoge recusación presentada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Rechaza recusación presentada
Resolución Exenta. Rechaza recusación y ordena Cambio de Investigador en procedimiento ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Procedimiento ordenado. Cambio de Investigador
Resolución Exenta. Ordena Elevar a Sumario procedimiento disciplinario ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Ordena que las Investigaciones Sumarias ordenadas por las Resoluciones Exentas (XXX/XXX,XXX/XXX, XXX/XXX), se acumulen en la más antigua de ellas, la ordenada por la (RE XXX/XXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento respecto de don (XXX) y ordena desacumulación
Resolución Exenta. A partir de Investigación Sumaria ordenada por RE (XXX/XXX, de este origen), ordena desacumulación, iniciando investigación sumaria separada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento en Investigación Sumaria ordenada por (R.E. XXXX/XXXX) de este origen y ordena baja de inventario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Aprueba Vista del Investigador respecto de don (XXX). Ordena sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Vista del Investigador. Ordena destitución de (XXXXXXXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Corrección de vicios del procedimiento
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza reposición presentada por don (XXX) contra resolución que ordenó su destitución. Declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no interpuso recursos dentro de plazo legal. Aplica destitución
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acto de Término respecto de don (XXX) una vez resueltos los recursos deducidos. Aplica destituciónResolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria Acto de Término respecto de don (XXX), luego de resueltos los recursos
CAPÍTULO XVI
MODELOS DE RESOLUCIONES PARA PROCEDIMIENTOS DE INVALIDACIÓN
Resolución Exenta. Inicia de oficio invalidación de la Resolución Exenta (XXX/XXX), de acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY)
Resolución Exenta. Inicia a petición de parte procedimiento de invalidación de la RE (XXX/XXX), de este origen, acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY) y acoge de inmediato la solicitud de invalidación, omitiendo la audiencia previa y la recepción de prueba
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por RE (XXX/XXX), de este origen. Se prescinde del trámite de audiencia al interesado y se recibe a pruebe este procedimiento de invalidación
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Rechaza reposición presentada por don (XXX). Declara admisible recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que rechaza invalidación requerida
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que acoge invalidación requerida
CAPÍTULO XVII
MODELOS PARA ACTUACIONES DEL INCULPADO
Recusación en contra del fiscal dentro de plazo de apercibimiento
Reclamo en contra del fiscal por causal de abstención sobreviniente
Reclamo en contra del investigador por incumplimiento del deber de abstención Patrocinio de abogado y domicilio para notificaciones
Solicita diligencias dentro de la etapa indagatoria
Solicita prórroga para presentar escrito de descargos y copia de las actuaciones del sumario
Copia de lo actuado en investigación sumaria
Descargos en procedimiento disciplinario
Acción constitucional de protección en contra de actos de instrucción del sumario
Recurso de reposición y en subsidio de apelación
Renuncia a recurso de apelación presentado al jefe institucional
Renuncia a recurso de apelación ante superior jerárquico del jefe institucional
Reclamo de legalidad
Requerimiento de invalidación en contra de acto de término no sujeto a toma de razón Modelo de acción de tutela en contra de acto de término gravemente discriminatorio
| Ley N°18.834 - Explicado y comentado El artículo 6° de la Ley N°10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, previene que corresponde exclusivamente al Contralor informar sobre derecho a sueldos, gratificaciones, asignaciones, desahucios, pensiones de retiro, jubilaciones, montepíos y, en general, sobre los asuntos que se relacionen con el Estatuto Administrativo, y con el funcionamiento de los Servicios Públicos sometidos a su fiscalización, para los efectos de la correcta aplicación de las leyes y reglamentos que los rigen. De acuerdo con lo anterior, solo las decisiones y dictámenes de la Contraloría General de la República serán los medios que podrán hacerse valer como constitutivos de la jurisprudencia administrativa. Es así que las materias referidas al personal de la Administración del Estado se encuentran contenidas en el Estatuto Administrativo, el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales y/o en estatutos especiales (ejemplo del personal del Congreso Nacional, que reconocen una misma raíz jurídica, el Estatuto de Personal del Ministerio Público y otros). Por ello su interpretación y adecuación a casos concretos alcanza una importancia fundamental a efectos de la resolución de controversias que puedan suscitarse en el seno de distintas entidades públicas. Esta obra busca dar cuenta de esta jurisprudencia administrativa, tomando como base el trabajo liderado en las últimas décadas por la Contraloría General de la República y distintos autores en derecho público, destacando el modelo de don Rolando Pantoja Bauzá. En el último tiempo el Estatuto Administrativo ha sido objeto de numerosas modificaciones las que principalmente han sido dirigidas a incorporar de manera expresa el principio de probidad administrativa al ejercicio de la función pública, regular los concursos de ingreso a la Administración y otras materias, sin considerar, por ejemplo, la estabilidad en el empleo, al menos de manera seria y formal, siendo los avances judiciales y de jurisprudencia administrativa los más relevantes en estos puntos, los que se han ido recogiendo en diversos dictámenes de Contraloría. Este es un repositorio actualizado de jurisprudencia administrativa en los artículos más sensibles que este contiene, libro con pretensión de constituirse en material de consulta para estudiantes y abogados, pero principalmente para funcionarios que quieran conocer más en detalle el funcionamiento de la Administración del Estado, conociendo su “piedra basal”, esto es, la estructura legal de gestión de personal y su normativa aplicable. | La falta de servicio se ha ido instalando en los últimos 20 años como una de las materias con mayor conflictividad en el ámbito de la responsabilidad civil, tanto respecto del Estado, municipalidades, servicios de salud, Ministerio Público y Fuerzas Armadas. Esta investigación ha seleccionado de la base de sentencias del Portal I-Jurídica las casuísticas y líneas jurisprudenciales en los siguientes ámbitos: – Falta de servicio estatal – Falta de servicio municipal – Falta de servicio en ámbito sanitario – Falta de servicio Ministerio Público – Falta de servicio Fuerzas Armadas En cada sección se presentan la línea decisional con alusión a la fecha y rol de ingreso de la respectiva Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. PRIMERA PARTE FALTA DE SERVICIO ESTATAL Concepto de falta de servicio Falta de servicio estatal y personal del funcionario en cúmulo de responsabilidades Responsabilidad por falta de servicio del Estado emana de aplicar las normas del Código Civil sobre responsabilidad por hecho propio ¿Para que concurra falta de servicio es menester que exista una obligación legalmente consagrada? No toda ilegalidad es constitutiva de falta de servicio Responsabilidad del Estado por falta de servicio no es objetiva Legitimación pasiva del Fisco 7.1. Fisco carece de legitimación pasiva en acción por falta de servicio por cónyuge que consiguió divorcio fraudulentamente 7.2. Representación de SII en acción de responsabilidad la tiene su Director Falta de servicio por actuación del Registro Civil 8.1. Falta de servicio en error en concesión de posesión efectiva por parte de Registro Civil 8.2. Incurre en falta de servicio Registro Civil si hay errores en fecha de nacimiento en pasaporte Responsabilidad por falta de servicio no alcanza a empresa autónoma del Estado No es posible determinar falta de servicio por acto u omisión de autoridad respecto de estados de excepción constitucional Postulantes a subsidio habitacional sólo tienen una mera expectativa y no pueden perseguir la responsabilidad del Estado Falta de servicio en el ámbito de la vivienda y urbanismo 12.1. Falta de servicio por omisión al no adoptar las medidas para evitar daño de propiedad contigua por amenaza de derrumbe 12.2. Responsabilidad por falta de servicio del SERVIU por calidad de viviendas sociales. Rol de fiscalización a quienes delega asistencia técnica 12.3. Hay falta de servicio al no mantener al día plan de evacuación y drenaje de aguas lluvia 12.4. Hay falta de servicio si no se toman los resguardos necesarios al percatarse de daños estructurales en viviendas sociales 12.5. Vendedores de viviendas no son legitimados activos de acción por falta de servicio estatal en contra de SERVIU No existe falta de servicio estatal si se autorizó erradamente subdivisión de inmueble en terrenos de uso agrícola si el comprador pudo constatar la limitación al adquirir la propiedad Falta de servicio estatal. Hecho dañoso que proviene de naturaleza y del hombre No existe falta de servicio si actividad desplegada por el Fisco se ajusta al ejercicio de facultad autorizada por Ley. Cierre de acceso a camino Actos de policía 16.1. Falta de servicio por omisión de actuar policial en violencia intrafamiliar. Relación de causalidad 16.2. Fundamento de la falta de servicios de accionar de Carabineros por suicidio de persona expuesta 16.3. Falta de servicio estatal por incumplimiento de policía de cumplir cabalmente orden de investigar 16.4. Responsabilidad del Estado por ineficiente actuar policial 16.5. Falta de servicio de carabineros por muerte de cabo atrapada en vehículo policial al chocar con camión en intento de detenerlo 16.6. Falta de servicio de carabineros al herir en ojo a ciudadano por disparo de balín de goma 16.7. Responsabilidad extracontractual del Estado por fallecimiento de funcionario policial en operativo por no entrega de elementos de protección personal acordes a la labor encomendada 16.8. Responsabilidad por muerte de carabinero en acto de servicio se rige según normas de responsabilidad extracontractual de Código Civil Falta de servicio de Gendarmería 17.1. Es necesario identificar reglas o deberes de actuación incumplidos por Gendarmería para acreditar falta de servicio en muerte de reo 17.2. Pérdida de extremidad de interno en establecimiento penitenciario por falta de servicio de Gendarmería 17.3. Estado no tiene responsabilidad objetiva que asegure a todo evento la seguridad de los reclusos 17.4. Falta de servicio estatal por deficiente deber de cuidado de Gendarmería respecto de interna que se suicida en una celda 17.5. Gendarmería debe acreditar que cumplió su deber de cuidado de reclusa que perdió a bebé estando en prisión preventiva 17.6. No hay falta de servicio de gendarmería por fallecimiento de reo a causa de herida cortopunzante si le brindaron todas las atenciones de salud necesarias 17.7. No hay falta de servicio de gendarmería por fallecimiento de reo a causa de herida cortopunzante si le brindaron todas las atenciones de salud necesarias 17.8. No hay falta de servicio acreditada si no se prueba negligencia de gendarmería en muerte de interno 17.9. No hay falta de servicio de Gendarmería por choque protagonizado por sujeto que incumple medida cautelar de arresto domiciliario Falta de servicio por actos del Poder Judicial 18.1. No hay falta de servicio estatal por vicios en procedimiento de selección de magistrados 18.2. No se configura falta de servicio si no se aumenta dotación de funcionarios de juzgado No se configura falta de servicio por parte de la Administración por no pago de subsidio Falta de servicio del SII 20.1. Procede acoger excepción dilatoria en demanda contra SII por falta de servicio por errores en proceso de avalúo ya que procede impugnación del acto administrativo 20.2. Existe falta de servicio estatal si el SII advierte duplicidad de giros emitidos y no lo subsana Falta de servicio estatal en accidente minero. Órganos de la administración si hubieran cumplido obligación legal no se hubieran producido de tal manera los hechos22. Diversa interpretación respecto de base de cálculo de pensión a jubilado de Fuerzas Armadas no constituye falta de servicio23. No hay falta de servicio estatal si carretera estaba debidamente señalizada y accidente de tránsito se debió a conducción imprudente de chofer de bus 24. Hay falta de servicio si se permite que funcionarios suban a bote con mal clima y sin conocimientos de navegación 25. Hay falta de servicio de Corporación de Asistencia Judicial por tramitación negligente de postulante 26. Hay falta de servicio de SENAME por suicidio de joven que ya tenía antecedentes de intentos de suicidio 27. No hay falta de servicio por colisión en camino público si ésta se debe a falta de atención de conductores 28. Hay falta de servicio de tripulación de avioneta que efectúa irresponsablemente maniobra que provoca accidente fatal Hay falta de servicio estatal al no estar debidamente señalizado en puente el peso máximo que éste puede soportar Responsabilidad por falta de servicio. Elemento corto punzante expuesto a menor en zoológico Falta de servicio en el marco de relación estatutaria con funcionarios 31.1. Falta de servicio sólo es posible respecto de administrados y no un eventual incumplimiento contractual con empleado estatal 31.2. No se configura falta de servicio por instrucción de sumario administrativo con absolución por causal formal 31.3. Denuncia ante Ministerio Público por hechos por los cuales funcionaria fue sumariada correctamente no constituye falta de servicio Falta de servicio estatal por desastres naturales 32.1. Hay falta de servicio estatal al no capacitar ni señalizar correctamente a ciudadanos frente a terremoto y tsunami 32.2. Hay falta de servicio al no mantener al día plan de evacuación y drenaje de aguas lluvia 32.3. Falta de servicio estatal. No hay caso fortuito en tsunami ocurrido con posterioridad a terremoto 32.3. Hay falta de servicio estatal al no confeccionar los planes de prevención suficientes en caso de terremoto y tsunami33. Prescripción 33.1. Interposición de querella criminal por hechos que además constituyen falta de servicio no interrumpe plazo de prescripción de acción por esto último 33.2. Interrupción de prescripción de acción de responsabilidad por falta de servicio estatal por reconocimiento de error de procedimiento 33.3. Cómputo del plazo de prescripción de acción de indemnización por falta de servicio desde que se produce la omisión SEGUNDA PARTE FALTA DE SERVICIO EN EL ÁMBITO MUNICIPAL Fundamento normativo de la responsabilidad por falta de servicio en el ámbito municipal2. Responsabilidad por falta de servicio municipal: ¿objetiva?3. Requisitos de la falta de servicio de parte de municipio 4. Legitimación 4.1. No es necesario emplazar a conductor de vehículo municipal para accionar en contra de aquélla por responsabilidad extracontractual 4.2. No se configura falta de servicio por parte Municipalidad por eventual otorgamiento fraudulento de licencia de conducir a chofer que provocó choque con resultados de muerte Falta de servicio municipal por mal estado de aceras, calles y veredas Mantención y falta de señalética 6.1. Responsabilidad municipal por mantención de señalética. Alcance de expresión “adecuado” 6.2. Hay falta de servicio de municipalidad al no tener debidamente señalizado lugar de barranco sin barreras de contención 6.3. Hay falta de servicio de municipalidad que no mantiene acera en buen estado o señalizando de su peligro 6.4. Accidente ocasionado a consecuencia de no señalización de trabajos en la vía pública es falta de servicio municipal7. Falta de servicio por mal estado de veredas y calles que causa accidente y lesiones de transeúntes 7.1. Existe falta de servicio de municipalidad por accidente de transeúnte por mal estado de calle 7.2. Acreditación de falta de servicio municipal por lesiones sufridas por mujer por calle en mal estado 7.3. Falta de servicio municipal por diferencia de pastelones no señalizada ni reparada que ocasiona caída de transeúnte Falta de servicio municipal por caídas de transeúntes en la vía pública 8.1. Se configura falta de servicio por parte de municipalidad al acreditarse caída de demandante a excavación con desenlace de muerte 8.2. Acreditación de falta de servicio municipal por caída en hoyo en la vía pública 8.3. No puede atribuirse falta de servicio a municipalidad por accidente en vía pública si no se acredita mal estado de tapa de alcantarillado Falta de servicio en mantención de postes y alumbrado público 9.1. Falta de servicio municipal derivado de mantención de alumbrado público 9.2. Hay falta de servicio de municipalidad por caída de poste contendido eléctrico sobre vivienda a causa de retroexcavadora que realiza trabajos en vía pública 9.3. Municipalidad es responsable por caída de poste en mal estado 9.4. Responsabilidad por falta de servicio de municipio por no mantener poste de luz en espacio público 10. Falta de servicio por mantención de árboles en vía pública 10.1. Falta de servicio de municipalidad por no mantención de árboles y caída de uno de ellos sobre automóvil particular 10.2. Municipalidad es responsable por falta de servicio por caída de árbol de la vía pública en inmueble particular 10.3. Corresponde a municipalidad acreditar que caída de árbol que causó daño a transeúnte no obedece a su negligencia 10.4. Responsabilidad de Municipalidad y caso fortuito por caída de árbol Falta de servicio municipal en instalación de escultura en parque público sin precaver del riesgo de la misma Responsabilidad por falta de servicio municipal. Cancha en mal estado Falta de servicio en omisión de Municipalidad que organiza cicletada de autorización a Gobernación y no disponer de servicio de ambulancia. Cúmulo de faltas Falta de servicio por ausencia de actos de fiscalización 14.1. Responsabilidad Municipal por falta de fiscalización de obras en acera encargadas por SERVIU 14.2. Se configura falta de servicio de municipalidad por accidente de tránsito ocasionado por conductor en vehículo de su propiedad 14.3. Municipalidad incurre en falta de servicio al no vigilar adecuadamente labores de concesionada encargada de mantención de alumbrado público 14.4. No hay falta de servicio de municipalidad por no fiscalización permanente a empresas extractoras de arena 14.5. Si funcionario municipal cometió falta personal utilizando dependencias, insumos y medios de municipalidad ésta no está exenta de responsabilidad15. Falta de servicio municipal en el ámbito educacional 15.1. Exigencia de Buen funcionamiento de establecimiento educacional municipal 15.2. Responsabilidad por falta de servicio ante maltrato escolar de estudiante de liceo municipal 15.3. Existe falta de servicio de Corporación Municipal de Educación que en su calidad de sostenedora no previene apuñalamiento de estudiante a otro 15.4. Hay falta de servicio municipal por abusos sexuales cometidos por docente de colegio dependiente de municipio 15.5. No hay falta de servicio de municipalidad por accidente sufrido por menor en establecimiento educacional causado por juego entre los niños 15.6. Municipalidad incurre en falta de servicio al no cumplir deber de cuidado de alumnos de establecimiento del que es sostenedora al ocurrir la muerte de uno de ellos en su interior 15.7. Incumplimiento de municipalidad en calidad de sostenedora de velar por integridad física y psíquica de alumnos 15.8. No existe falta de servicio de municipio por hecho fue cometido por profesor sin conocimiento de las autoridades, afuera de dependencia y en actividades que no eran propias Falta de servicio en la recepción de obra 16.1. No existe falta de servicio municipal por recepción definitiva de edificación. Municipalidad no tiene responsabilidad por vicios de construcción 16.2. No hay responsabilidad por falta de servicio de Director de Obras Municipales por modificación de criterio en concesión de permiso de edificación por error de apreciación Falta de servicio en proceso de licitación 17.1. Declaración de ilegalidad por parte del TCP de decisión administrativa al preferir a segundo oferente sin debida argumentación no configura a prima facie falta de servicio 17.2. Municipalidad no es responsable por funcionario que no respeta bases de licitación y provoca perjuicio 17.3. Existencia de falta de servicio municipal por contrato adjudicado que no se pudo ejecutar por error de municipal 17.4. Hay falta de servicio municipal si funcionario contacta a oferente de licitación para informarle que ganó cuando aún no está resuelta Falta de servicio municipal no puede extraerse pura y simplemente de la responsabilidad de un tercero sin previamente acreditar culpa del servicio No es posible indemnización por falta de servicio municipal si daño no es cierto y directo es necesario que ésta sea causa directa de los perjuicios reclamados Hay falta de servicio municipal al implementar juego para personas discapacitadas sin la seguridad correspondiente No puede alegarse falta de servicio municipal si se acciona por incumplimiento de contrato Cuantificación del daño moral por muerte por de cónyuge y padre de demandantes por falta de servicio municipal Falta de servicio a raíz de declaración de ilegalidad en actuar de Municipalidad da lugar a indemnización del daño emergente y moral Acción de responsabilidad municipal por falta de servicio es de competencia de juzgados civiles Falta de servicio por conducta omisiva de Municipalidad con relación a separación de trabajadora Hay falta de servicio de municipalidad que dispone tránsito de bus de pasajeros por calle no habilitada para ello TERCERA PARTE FALTA DE SERVICIO EN EL ÁMBITO SANITARIO Legitimación pasiva 1.1. Fisco no es legitimado pasivo en demanda por falta de Servicio de Salud 1.2. Seguir proceso contra médico por cuasidelito de homicidio no exime a respectivo servicio de salud de legitimidad pasiva por falta de servicio 1.3. Directores de Hospital no pueden ser directamente demandados respecto a materias relacionadas a la responsabilidad civil que dicho hospital pueda incurrir Fundamentos de la falta de servicio estatal en el ámbito sanitario y casuística Funcionamiento que no es normal ni regular Falta de servicio por atención en parto 4.1. Deceso de paciente por falta de atención 4.2. Falta de servicio de servicio de salud al realizar parto natural en mujer con diabetes gestacional y bebé de más de 4000 gramos 4.3. Falta de servicio de Salud en atención de parto en modalidad de libre elección 4.4. Hay falta de servicio por atención tardía al derivar a domicilio sin examinación acuciosa a paciente con embarazo de alto riesgo que se presenta con dolores 4.5. Falta de servicio de hospital en atención a embarazada por sufrimiento fetal en cesárea 4.6. Actuación tardía de dependientes de Servicio de Salud que justifican existencia de falta de servicio. Oportunidad de cirugía de parto 4.7. Falta de servicio de salud al omitir cesárea a madre que dio origen a lesión de recién nacido Ausencia de diagnóstico, exámenes y de tratamientos certeros 5.1. Ausencia de exámenes mínimos, diagnóstico y tratamientos certeros por parte de servicio de salud. Falta de servicio por infección 5.2. Exigencia al Servicio de Salud de intervención de personas competentes y atención pronta y regular 5.3. Sometimiento a drogas supresoras de conciencia para intervención no supone per se riesgo vital. Ausencia de atención 5.4. Hay falta de servicio de hospital que no entrega interconsulta para corrobación de diagnóstico Falta de servicio de salud si personal de recinto hospitalario cuando no se toman las precauciones para evitar caída de paciente Falta de servicio por error o tardanza de diagnóstico Falta de servicio por contagio intrahospitalario 8.1. Hay falta de servicio por mal manejo de contagio de bacterias intrahospitalarias por parte de paciente 8.2. La sola constatación de una infección intrahospitalaria no acredita per se falta de servicio de hospital 8.3. Hay falta de servicio de salud al no agotar todos los medios para tratar infección bacteriana contraída en centro hospitalario Hay falta de servicio al no dar respuesta ni curar adecuadamente quemadura que presenta paciente en su pierna luego de cirugía vesicular Hay falta de servicio de salud al realizar de forma deficiente postura de clips en cirugía de colecistectomía laparoscópica Hay falta de servicio si conductor de ambulancia retarda su salida ocasionando con ello demora en atención de urgencia a paciente que posteriormente fallece Requisito de relación de causalidad en la responsabilidad por falta de servicio sanitaria Mediación 13.1. Si producto de mediación entre Servicio de Salud y paciente el primero no cumple obligación contraída procede demandar cumplimiento y no perjuicios 13.2. Requisito de someter reclamo a procedimiento de mediación ante el Consejo de Defensa del Estado no depende de la voluntad de dicho organismo Criterios para cuantificar daño moral por aflicción de padres por hijo que quedó tetrapléjico Exigencia de aplicación de Ley No 19.966 para acoger o demanda por falta de servicio de salud Falta de servicio de salud debe consideración los medios de que se dispone Para obtener reembolso de sumas pagadas por el Estado debe tratarse de daños causados por actos realizados en ejercicio de funciones o con ocasión de las mismas Si centro hospitalario pone a disposición de paciente todos los medios técnicos y humanos no se configura falta de servicio Entrega de restos óseos erróneamente CUARTA PARTE FALTA DE SERVICIO MINISTERIO PÚBLICO Sobreseimiento y absolución en procedimientos penales no configuran per se falta de servicio de Ministerio Público 2. Alcance de “conductas injustificadamente erróneas” para establecer responsabilidad por falta de servicio del Ministerio Público 3. Formalización contando con antecedentes objetivos que luego termina en absolución no constituye abuso o falta de servicio de Ministerio Público 4. Hay falta de servicio de Ministerio Público si sujeto formalizado es absuelto por la falta de diligencia en etapa investigativa 5. No procede establecer falta de servicio su planificación e implementación del plan de seguridad y las diligencias de control que se verificaron se ajustaron a estándares QUINTA PARTE FALTA DE SERVICIO FUERZAS ARMADAS |
Descripción
Este libro se construye a partir del supuesto que el más importante insumo conceptual de los estudios sobre regulación económica viene dado por el Análisis Económico del Derecho. Se busca explorar el contenido de la alianza entre el derecho y la regulación económica, a partir de la idea de que dicha interacción fortalece la libertad económica, como un valor relevante para la democracia y el progreso de los pueblos. Ambos enfoques -en conjunto- son necesarios y útiles para lograr ese objetivo último. Una necesaria integración de ambas disciplinas contribuye a maximizar el bienestar individual y el de la sociedad en su conjunto. Esta integración abona la necesidad de desmontar la argumentación de que las economías más libres y prósperas suelen vivir cada vez más apartadas del Derecho. Un entramado de normas y entidades que regulen razonablemente las actividades económicas y custodien la libre competencia necesariamente expanden los beneficios de una economía de mercado.
Este texto pretende probar que es necesaria una perspectiva teórica de comprensión del modelo de agencias reguladoras en Chile; que ésta debe fundamentarse en la aplicación de algunas categorías conceptuales del Análisis Económico del Derecho al Derecho Administrativo; y que esta nueva configuración puede fortalecer una mejora en la calidad regulatoria y la obtención de un mejor equilibrio entre eficiencia de los mercados y bienestar de usuarios y consumidores. Se busca plantear y dar solución a problemas jurídicos que nacen a partir de las diversas configuraciones de entidades supervisoras y reguladoras de mercados. Se exploran esos diversos modelos con el objeto de contrastarlos con el modelo de superintendencias chilenas, dominante en la actual estructura jurídico-administrativa chilena.
Para tales efectos, se recurre a la determinación de conceptos jurídicos y económicos, algunos de los cuales se encuentran presentes en informes de organismos internacionales como la OECD. Para probar que es necesaria una nueva configuración del modelo de agencias reguladoras en Chile, se analiza su situación actual, explorando el modelo y régimen legal de los principales órganos reguladores económicos. Para probar que esta nueva configuración debe fundamentarse en la aplicación de algunas categorías conceptuales del Análisis Económico del Derecho al Derecho Administrativo, se examinarán los conceptos fundamentales propuestos en esta investigación y se contrastarán con el modo de comprensión del Derecho Regulatorio en Estados Unidos y Europa.
Críspulo Marmolejo González
| Colección de Derecho Administrativos. La presente investigación aborda uno de los capítulos tradicionales que integran el Derecho Administrativo general, cual es, la contratación administrativa y los contratos administrativos, como expresión de la actividad formal de la Administración del Estado, cuyo enfoque se sitúa en el contexto de nuestro ordenamiento jurídico interno, principalmente a partir de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento, la Ley del MOP y el Reglamento de Contratos de Obra Pública, la Ley de Concesiones de Obra Pública y su Reglamento, analizadas, por cierto, en el contexto de otras fuentes jurídicas, como la Constitución Política, los tratados internacionales pertinentes, la Ley N° 18.575, la Ley N° 19.880, la Ley N° 20.285, y la Ley de Administración Financiera del Estado Decreto Ley N° 1.263, así como la jurisprudencia constitucional, judicial y administrativa, sin perjuicio de recurrir también a la doctrina nacional e internacional. Se trata en definitiva, de una obra destinada principalmente a académicos y profesores de la cátedra de Derecho Administrativo, como también a los abogados, administradores públicos, estudiantes de Derecho, y a todos los servidores y funcionarios que se desempeñan en los órganos de la Administración del Estado. El primer capítulo aborda los fundamentos de la contratación administrativa, vale decir, lo denominada teoría o parte general, conformada por los conceptos, características, clasificaciones y elementos de los contratos administrativos, así como los principios jurídicos y procedimientos de contratación pública, luego, los efectos de tales contratos, el control de los mismos, su régimen de extinción y finalmente, los mecanismos de solución de controversias. Los capítulos siguientes se abocan a la parte especial, es decir, al estudio de los contratos administrativos en particular. El segundo apartado se ocupa de los contratos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en aquellos sometidos al régimen normativo de la Ley de Compras Públicas. A su turno, el tercero y el cuarto apartado abordan, respectivamente, los contratos de obra pública, principalmente aquellos regidos por la normativa del MOP-, y de concesiones de esta obra pública, aquellos que regula la Ley concesiones y su Reglamento. Por su parte el quinto capítulo, analiza la estructura del contrato de concesiones de servicio público, incursionando en algunas de las modalidades de concesiones de servicio público que contempla nuestro ordenamiento jurídico administrativo. En definitiva, se trata de un texto pedagógico de estudio, cuyo índice temático se ajusta a los programas universitarios definidos para dicha materia por las Facultades de Derecho y Ciencia Jurídicas, y que por tanto privilegia el enfoque didáctico y sistemático sobre la materia, desde la perspectiva de la asignatura de Derecho Administrativo impartida-como curso de pregrado- en la carrera de Derecho. Ediciones Jurídicas El Jurista | indiceAnálisis Crítico de las Prerrogativas Sancionatorias del EstadoBases para la Comprensión Autónoma del Derecho Sancionador Regulatorio en ChileLa presente obra se hace cargo de la evolución de los poderes de sanción de la Administración en Chile, para cuyos efectos analiza esta en el Derecho Administrativo nacional y en el Derecho Administrativo español, máxime cuando la evolución del derecho peninsular ha servido de sustento jurídico para la actual comprensión de las prerrogativas administrativo-sancionatorias en nuestro país. Esta investigación presenta una interesante sistematización de las diversas teorías que se han formulado en Chile para la inteligencia de dichas prerrogativas, dedicando un estudio especial a lo que el autor denomina “teoría de la crítica formal a la radicación de poderes de sanción en la Administración pública”, cuyo sustento se halla en la tesis del ius puniendi estatal único del Estado, posición mayoritariamente aceptada por la doctrina ius administrativa y la jurisprudencia constitucional, administrativa y judicial. El autor efectúa una propuesta innovadora al presentar una relectura de la actividad sustancial de la Administración, advirtiendo la existencia –en el marco de lo que denomina “actividad de intervención”– de un “nuevo derecho sancionatorio en el ámbito de los mercados regulados”, que goza de autonomía respecto de las garantías de orden penal. Cabe destacar, también, el esfuerzo realizado en orden a identificar los principios jurídicos que informarían un “nuevo” Derecho Administrativo Sancionador Regulatorio. La presente obra viene a llenar un sensible vacío referido a un análisis sistemático de los poderes de sanción de la Administración, avanzando decididamente hacia una concepción autónoma del Derecho Sancionador Regulatorio respecto del Derecho Penal, evidenciando las limitaciones de la tesis del ius puniendi estatal único para la comprensión de las diversas manifestaciones del poder de sanción de la Administración. |
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