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Manual práctico sobre sumarios e investigaciones sumarias

$51.990

Este manual tiene por objeto apoyar a fiscales, actuarios, investigadores, autoridades administrativas y abogados defensores, en la tramitación de los procedimientos disciplinarios que regula el Estatuto Administrativo.

Contiene algunos consejos fundamentales, una revisión de la jurisprudencia administrativa sobre cada una de las etapas de estos procedimientos; un estudio sobre los vicios de legalidad que suelen afectarlos; el análisis de las normas que rigen la corrección de los vicios durante el curso de la tramitación y a partir de la notificación del correspondiente acto de término, el procedimiento de invalidación como vía para declarar nulas en ese administrativa las sanciones disciplinarias la aplicadas.

Incorpora modelos de resoluciones de la autoridad administrativa y de actuaciones de investigadores, fiscales, ministros de fe e inculpados, extraídos de la experiencia práctica, y destinados a aliviar el trabajo de los intervinientes en estos procedimientos.

INTRODUCCIÓN

Consejos fundamentales
Para la autoridad administrativa
Para los fiscales e investigadores
Para los abogados defensores
Para actuarios e investigadores
En general para los funcionarios
Sugerencias para la Contraloría General de la República respecto de los sumarios e investigaciones sumarias

CAPÍTULO I
NOCIONES PRELIMINARES

¿Qué es un procedimiento administrativo?
¿Qué es el sumario administrativo?
¿En el sumario, cuáles son los actos de mero trámite y el acto terminal que menciona el art. 18 de la Ley No 19.880?
¿En el sumario, qué importancia tiene la distinción entre los actos de trámite y el acto terminal?
¿Qué normas rigen el sumario administrativo?
¿Son obligatorios para los órganos públicos los oficios de la Contraloría General de la República, incluso los de las Contralorías Regionales?
¿Qué etapas legales y fases tiene el sumario administrativo?
¿Existen otros procedimientos disciplinarios?
¿Qué es la independencia de responsabilidades?
¿Qué es un procedimiento breve y desformalizado?
Procedimiento respecto de quienes prestan servicios a honorarios
Procedimiento respecto de las personas sujetas al Código del Trabajo
¿Qué es un ministro de fe?
¿Por qué los plazos del sumario son de días hábiles y por qué el sábado se considera inhábil?
¿Son fatales los plazos que impone la ley para los trámites y decisiones de la Administración?
¿Qué es la acumulación o desacumulación de procedimientos?
¿Cómo se extingue la responsabilidad disciplinaria?
¿Puede interrumpirse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
¿Puede suspenderse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria?
Con respecto a la suspensión de la prescripción de la acción disciplinaria, qué pasa si los cargos se reformulan?
¿Qué efecto tiene la paralización del expediente durante dos años o si transcurren dos períodos calificatorios?
¿Cómo se contabiliza el plazo de prescripción de la acción disciplinaria en caso de notificación de cargos?
¿En qué momento se evita la prescripción de la acción disciplinaria?
¿Procede que el fiscal proponga el sobreseimiento si la acción disciplinaria ha prescrito?
¿Procede la reapertura del sumario si la acción disciplinaria está prescrita?
¿Qué es el decaimiento?
¿La jurisprudencia judicial recoge el decaimiento del acto terminal disciplinario?
¿Qué ocurre con el decaimiento en la jurisprudencia administrativa de la Contraloría

General de la República?
¿Es aplicable al sumario la figura del decaimiento por demora en la tramitación del procedimiento disciplinario? Opinión del autor
¿Procede el decaimiento respecto de los enfermos terminales?

CAPÍTULO II
EL SUMARIO. DESDE LA RESOLUCIÓN DE INICIO HASTA EL CIERRE DE LA ETAPA INDAGATORIA

LA ETAPA DE INICIACIÓN
¿Cómo se tramita la resolución que ordena el sumario?
¿Quién decide el inicio de un sumario?
¿Hay procedimientos disciplinarios que la ley obliga a instruir?
¿Cómo se identifica el sumario?
¿Qué significa que una Resolución sea Exenta?

LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN
¿Cuándo comienza y cuándo termina la etapa indagatoria?
¿Qué plazo legal rige la investigación?
¿Si la Fiscalía sobrepasa los plazos legales se vicia el procedimiento?
¿Qué criterios internos existen para evitar dilaciones en la tramitación?
¿Qué ocurre si el jefe de la institución es el afectado por los hechos denunciados?
¿Es importante llevar ordenado el expediente y qué significa foliar?
¿Qué ocurre si el sumario no está foliado con números y letras?
¿Pueden realizarse notificaciones o tomarse declaraciones por videoconferencia?
¿Qué ocurre cuando el inculpado recusa al fiscal o al actuario?
¿Queda inhabilitado el fiscal por haber denunciado penalmente los hechos materia del sumario?
¿Qué es lo primero que debe hacer el fiscal al notificársele su nombramiento?
¿Cómo se acepta el cargo de fiscal?
¿Qué ocurre en caso de ausencia del actuario?
¿Cuál es nuestra recomendación respecto del actuario?
¿Siempre debe el fiscal aceptar el cargo o en algunos casos debe excusarse?
¿Qué circunstancias de hecho dificultan desempeñar adecuadamente la labor de fiscal?
¿Puede el jefe de la institución cambiar al fiscal?
¿Cómo se tramita la resolución que cambia de fiscal?
¿Qué son las líneas de investigación?
¿Qué diligencias investigativas debe realizar el fiscal?
¿Cómo registro en el expediente el contenido de una videograbación o de una grabación?
¿Puede el fiscal solicitar un informe técnico?
¿Qué ocurre si hay indicios de que el inculpado es inimputable?
¿Cómo tomar declaraciones urgentes en terreno?
¿Cuál es el modo usual de citar a declarar a un testigo?
¿Es procedente citar a declarar a un testigo mediante correo electrónico?
¿Hay recomendaciones prácticas sobre la forma de tomar las declaraciones?
¿Pueden disponerse medidas de protección para denunciantes y testigos?
¿Qué pasa si el testigo no se presenta a declarar?
¿Qué pasa si la persona que debe ser citada no está en su lugar de trabajo por cualquier motivo?
¿Qué pasa si el funcionario citado a declarar, en calidad de testigo o inculpado, invoca su derecho a guardar silencio o no se presenta a declarar?
¿Qué es la libertad de investigación?
¿Quién es el inculpado?
¿Es necesario citar a declarar al inculpado?
¿Cómo debe realizarse la notificación de las citaciones o resoluciones durante la etapa indagatoria?
¿Hasta qué momento del procedimiento conserva el actuario la calidad de ministro de fe?
¿A través de qué empresa debe enviarse la carta certificada?
¿Qué ocurre si la carta certificada llega de vuelta?
¿Puede continuarse el procedimiento si el inculpado no se presenta a declarar?
¿Qué ocurre si el inculpado está en su hogar u hospitalizado guardando reposo y no asiste a su citación a declarar?
¿Qué pasa si un testigo deviene en sumariado?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario antes de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario después de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario?
¿Qué pasa si el ex funcionario inculpado no fijó domicilio en el expediente y no es hallado en el domicilio registrado en la institución?
¿Es obligatorio apercibir al inculpado para que formule causales de implicancia o recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Tiene derecho el inculpado a presentarse acompañado de abogado a declarar en la etapa indagatoria en que rige el secreto del sumario?
¿Qué formalidades debe cumplir el mandato que el sumario confiere a su abogado? . ¿Hay algunas recomendaciones prácticas y, por supuesto, no vinculantes para tomar la declaración del inculpado?
¿Qué pasa si el inculpado presenta recusación en contra del fiscal o el actuario?
¿Puede el inculpado solicitar diligencias o pedir nueva fecha y hora para declarar?
¿Qué resoluciones deben notificarse al sumariado durante la etapa indagatoria?
¿Es secreto el sumario en la etapa indagatoria?
¿Es procedente tomar declaración grupal a inculpados o testigos?
¿Puede el fiscal ordenar un careo?
¿Qué hace el fiscal o la Oficina de Partes, si el inculpado, un testigo o cualquier persona pide copia de la resolución que ordenó el sumario durante la etapa indagatoria?
¿Cuáles son los trámites esenciales de la Etapa Indagatoria?
¿Puede el fiscal anticipar opinión acerca del resultado del sumario?
¿Qué ocurre si el expediente se extravía o destruye?
¿Qué regulación existe sobre la reconstitución de expedientes?
¿Qué ocurre si el fiscal tiene menor grado que el inculpado?
¿Debe dejarse sin efecto el oficio de formulación de cargos si el fiscal tiene menor jerarquía que el inculpado?
¿Cómo se analiza la jerarquía de los profesionales sujetos a la Ley No 19.664?
¿Qué ocurre con la inhabilidad si el sumariado pierde su calidad funcionaria durante la tramitación del procedimiento?
¿Es necesario que el fiscal tenga una remuneración superior al agente público sumariado?
¿Qué hace el fiscal cuando agota la indagación?
¿En qué momento debe el fiscal declarar cerrada la etapa indagatoria?
¿Cómo se redacta el informe proponiendo el sobreseimiento?

CAPÍTULO III
EL SUMARIO. DESDE EL OFICIO DE FORMULACIÓN DE CARGOS HASTA EL ACTO DE TÉRMINO, SU TOMA DE RAZÓN Y REGISTRO

FASE DE DISCUSIÓN
¿Qué es el Oficio de Formulación de Cargos y qué requisitos debe cumplir?
¿Qué relevancia tiene el Oficio de Formulación de cargos?
¿Cuáles son los trámites esenciales del sumario?
¿Qué es la congruencia?
¿Debe en los cargos calificarse ya de grave la infracción a la probidad para que se ajuste a derecho una destitución por falta a la probidad?
¿Pueden proponerse cargos por un hecho que ya ha sido objeto de una anotación de demérito?
¿Qué son los descargos?
¿Qué plazo tiene el sumariado para la presentación de descargos, incorporar y ofrecer pruebas?
¿El sumariado puede pedir la prórroga del plazo para presentar descargos?
¿Está obligado el fiscal a conceder la prórroga?
¿Cómo tramita el fiscal los reclamos de nulidad?
¿Pueden reformularse los cargos?
¿Puede abrirse un término probatorio?
¿Está el fiscal obligado a realizar las diligencias probatorias solicitadas y a abrir término probatorio?
¿Debe notificarse la resolución que abre el término probatorio?
¿Puede fijarse un término probatorio por plazo inferior a veinte días?
¿Qué es la Vista Fiscal?
¿En qué oportunidad debe dictarse la Vista Fiscal?
¿Qué contenido debe tener la Vista Fiscal?
¿Qué consideraciones relevantes hay sobre atenuantes y agravantes?
¿Vencido el término probatorio, puede emitirse la Vista Fiscal, si aún no arriba la respuesta a un oficio solicitado por la defensa?
¿Procede entregar copia de la Vista Fiscal al sumariado o a su abogado?
¿Qué ocurre si transcurren más de cuatro años desde la ocurrencia de los hechos investigados y no se han notificado cargos?
¿Si los hechos pueden configurar un ilícito penal, en qué momento se denuncian?

ETAPA DE FINALIZACIÓN

FASE DE LA DECISIÓN Y LOS RECURSOS
¿Qué significa que en los sumarios la prueba se valore en conciencia?
¿Hay un estándar mayor si el cargo conduce a la destitución?
¿Cómo se aplica la prueba indiciaria?
¿Qué resoluciones dicta el jefe de la institución, luego de recibir la Vista Fiscal?
¿Qué nuevas diligencias podría decretar el jefe de la institución, sin necesidad de ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué alternativas tiene el jefe de la institución aparte de la absolución o condena propuesta en la Vista Fiscal?
¿Por qué motivo se instruyen nuevas diligencias, sin ordenar la reapertura de la etapa indagatoria?
¿Qué ventajas tiene ordenar nuevas diligencias sin reabrir la etapa indagatoria?
¿Qué ocurre si de las diligencias ordenadas al fiscal sin reabrir la etapa indagatoria surge mérito para formular nuevos cargos?
¿En qué circunstancias debe ordenarse la reapertura de la etapa indagatoria?
¿El Fiscal que ya emitió una Vista Fiscal debe inhabilitarse de dictar otra nueva?
¿Qué son los vicios del procedimiento?
¿Es vinculante para el jefe de la institución la propuesta de sanción o absolución contenida en la Vista Fiscal?
¿Debe la resolución sancionatoria contener sus fundamentos?
¿La resolución sancionatoria puede fundamentar su decisión en las consideraciones de la Vista Fiscal?
¿Toda falta de motivación vicia de nulidad la resolución sancionatoria?
¿Qué recursos establece la ley para impugnar la resolución que aplica una sanción?
¿Qué es el recurso de reposición del artículo 141 del Estatuto Administrativo?
¿Debe certificarse la no interposición de recursos en contra de la resolución sancionatoria?
¿Es procedente siempre el recurso de apelación?
¿Qué funcionarios pueden ejercer derecho de apelación en los hospitales autogestionados?
¿Pueden los funcionarios de planta de los hospitales autogestionados apelar de la resolución que al pronunciarse sobre la Vista Fiscal ordena su destitución o una sanción no expulsiva? ¿Quién dicta el acto de término?
¿Debe notificarse la resolución que se pronuncia sobre la reposición o apelación?
¿Al conocer de la apelación, puede la autoridad superior aumentar o disminuir la sanción?
¿Qué es el acto de término del sumario o acto terminal del sumario?
¿En un hospital autogestionado, quién debe dictar el acto terminal?
¿Puede reabrirse la etapa indagatoria después de afinado el acto terminal del sumario?
¿Quién se ocupa de controlar para evitar que los sumarios rezaguen su tramitación?

FASE DE LA TOMA DE RAZÓN Y EL REGISTRO
¿Qué es la toma de razón del acto terminal del sumario?
¿Qué resolución del sumario se somete el trámite de toma de razón?
¿Qué actos terminales del sumario están sujetos a toma de razón?
¿Qué es el trámite de registro?
¿Qué actos terminales del sumario se someten al trámite de registro?
¿Qué actos de término del sumario no están sujetos ni siquiera a registro?
¿Puede cumplirse el acto terminal del sumario antes de su registro?
¿Qué ocurre si en trámite de registro la Contraloría General detecta un vicio esencial del procedimiento y ordena retrotraerlo? ¿Qué ocurre con las multas descontadas o los descuentos durante el cumplimiento de las sanciones de suspensión del empleo?
¿Qué ocurre si se reabre un sumario en que el acto terminal ha sido tomado razón? . ¿Procede que la Contraloría General de la República tome razón de un acto terminal judicialmente impugnado?
¿Por qué algunas resoluciones llevan la expresión “Tómese Razón” y otras llevan la expresión “Regístrese”?
¿Puede el jefe institucional requerir un informe sobre el sumario al Departamento Jurídico de la institución?

CAPÍTULO IV
EL SUMARIO. LA NULIDAD DE LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

¿En qué momento debe ordenarse la corrección de los vicios esenciales que afecten a los actos previos al acto de término?
¿Qué normas legales obligan a corregir los vicios esenciales del procedimiento que influyen decisivamente en los resultados un procedimiento disciplinario?
Improcedencia del incidente de nulidad
¿Qué casos de vicios esenciales obligan a la corrección del procedimiento?
El incumplimiento de trámites esenciales
Falta de competencia de la autoridad que resuelve sobre el sumario
Falta de citación al inculpado
El fiscal incumple su deber de abstención
Falta de notificación de los cargos
Notificación de cargos viciada por falta de búsquedas en el domicilio
Falta de congruencia entre los cargos, la Vista Fiscal y la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal
Imprecisión de los cargos
Falta de jerarquía del fiscal, que persiste en su rol luego del cierre de la etapa indagatoria, solo si su gestión afectó las posibilidades de la defensa
El fiscal en el oficio de cargos anticipa opinión sobre la sanción que amerita el inculpado en forma previa a su Vista
La firma del fiscal en los cargos difiere de la consignada en la Vista Fiscal
Improcedencia de la firma por poder
Falta de fundamentación o motivación de la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal o sobre los recursos
Falta de fundamentación sobre la forma en que se acreditaron los hechos materia de cargos
Vulneración del principio de racionalidad
¿Qué vicios del procedimiento no obligan a su corrección?
Incumplimiento de trámites no esenciales
Sumario ordenado instruir por autoridad incompetente
Incongruencia no esencial
Falta de fundamentación que no influye decisivamente en el resultado del sumario Falta de firma del fiscal y del actuario
Incumplimiento de plazos de tramitación
El actuario no acredita su calidad de funcionario
El nombramiento de actuario ad-hoc
Falta de apercibimiento al inculpado para formular causales de implicancia o recusación Citación a funcionario como testigo que posteriormente deviene en inculpado
Error en la notificación de la citación a declarar, subsanado por comparecencia posterior
Error fecha en la citación en que el inculpado concurre a declarar
Declaración sin la presencia de actuario, actuario que firma con posterioridad notificación irregular subsanada por actuaciones del sumariado
Falta de firma de las personas interrogadas en algunas de las hojas de sus declaraciones, no constituye vicio
Defectos de la foliación
Violación del secreto del sumario

CAPÍTULO V
EL PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTO DE TÉRMINO DE UN PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

¿Qué es la invalidación administrativa del acto de término?
¿Cuál es el texto del artículo 53 de la Ley No 19.880?
¿Qué plazo de caducidad existe para disponer la invalidación?
¿En qué momento se inicia el plazo de caducidad?
¿Los reclamos interrumpen o suspenden el plazo de caducidad?
¿Es necesario que el procedimiento de invalidación termine dentro del plazo de dos años?
¿Qué ocurre con el plazo si la invalidación se origina a requerimiento de la Contraloría General?
¿En qué caso puede omitirse la audiencia del interesado?
¿Si de oficio se inicia el procedimiento de invalidación, quienes son los interesados?
¿Si un afectado solicita la invalidación, quién más puede ser interesado en el procedimiento de invalidación del acto de término de un sumario?
¿En qué casos puede ocurrir una invalidación parcial del acto de término de un sumario?
¿Qué tramitación tiene el procedimiento de invalidación?
¿De qué forma se notifican las resoluciones en el procedimiento de invalidación?
¿Hay actuario en los procedimientos de invalidación?

CAPÍTULO VI
EL SUMARIO. LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
¿En qué consiste la suspensión preventiva y la destinación transitoria del inculpado? ¿Por qué es importante que el funcionario suspendido o destinado transitoriamente sea notificado del término de la medida que le afecta?
¿En qué oportunidad puede el fiscal ordenar una medida preventiva?
¿Qué ocurre si el funcionario suspendido preventivamente se encuentra con licencia médica? ¿Se considera el tiempo de licencia médica para los efectos de la declaración de vacancia del cargo?
¿Qué ocurre si la licencia médica del funcionario suspendido preventivamente es rechazada?
¿Qué ocurre con las cotizaciones previsionales y de salud en caso de prorrogarse la suspensión en la Vista Fiscal?
¿A quién se comunican las resoluciones que inciden en medidas preventivas?
¿Qué es la prórroga de la suspensión preventiva?
¿Qué resguardos hay que tener cuando se prorroga la suspensión preventiva?
¿Puede dejarse sin efecto la suspensión preventiva y la destinación transitoria?
¿Quién puede disponer el cese de la suspensión preventiva después de la Vista Fiscal?
¿Puede realizar horas extras el funcionario sujeto a suspensión preventiva?
¿Es necesario que el jefe de la institución dicte una resolución que confirme la medida dispuesta por el fiscal?
¿Puede el funcionario suspendido preventivamente postergar su feriado?
¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva de un dirigente gremial?
¿Proceden la suspensión preventiva o la destinación transitoria en las investigaciones sumarias?

CAPÍTULO VII
LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS

¿Qué sanciones contempla el Estatuto Administrativo?
¿Cada obligación lleva aparejada una sanción disciplinaria determinada?
¿Qué es la destitución?
¿Qué causales están asociadas a la destitución?
¿Qué es la probidad?
¿Hay falta de probidad asociada al comportamiento social del funcionario?
¿Qué conductas contravienen especialmente la probidad y están asociadas directamente a la destitución?
¿Cuál es la causal de destitución del art. 72 inciso tercero del Estatuto Administrativo? ¿En qué consisten las contravenciones especiales a la probidad del art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado?
¿Cuál es la infracción contemplada en el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado sobre inhabilidades sobrevinientes?
¿Qué ocurre con el otorgamiento de licencias sin fundamento médico?
¿Es la vulneración del reposo otorgado por licencia médica una infracción al principio de probidad?
¿Es imperativo disponer la destitución en caso de infracción grave a la probidad?
¿Quién determina el estándar de gravedad suficiente para proceder a la destitución en caso de infracción al principio de probidad?
¿Quién controla la decisión de la autoridad sobre la gravedad de la infracción a la probidad?
¿Debe la decisión sobre la gravedad de la infracción al principio de probidad ser fundada y constar en el acto administrativo que materialice la sanción?
¿Hay criterios jurisprudenciales especiales para la valoración de la prueba en caso de destitución?
¿Qué criterios jurisprudenciales existen sobre la ausencia injustificada?
¿Toda infracción de deberes funcionarios amerita una sanción disciplinaria?
¿Se aplica el principio de tipicidad a las infracciones disciplinarias?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada censura?
¿Qué es la sanción disciplinaria llamada multa?
¿Qué es la sanción disciplinaria de suspensión?
¿Qué efecto tiene la sanción disciplinaria de suspensión del empleo respecto de las cotizaciones de salud y previsionales?
¿Cuáles son los efectos de las sanciones disciplinarias afinadas sobre la asignación que fija el art. 1 de la ley No 19.490?
¿Equivale no marcar a no asistir al trabajo?
¿Qué dice la jurisprudencia administrativa sobre el principio de proporcionalidad?
¿Procede aplicar la destitución a una mujer con fuero maternal?

CAPÍTULO VIII
LA INVESTIGACIÓN SUMARIA

¿Qué importancia práctica tiene la Investigación Sumaria?
¿Qué normas regulan la Investigación Sumaria?
¿Cuál es el régimen especial y cuál es el régimen supletorio de la investigación sumaria?
El régimen especial de la investigación sumaria
Normas estatutarias de carácter común a investigaciones sumarias y sumarios
La aplicación supletoria de la Ley No 19.880, de 2003, sobre Bases Generales del Procedimiento Administrativo
¿Qué preceptos estatutarios regulan exclusivamente el sumario?
¿Puede prorrogarse el plazo de indagación en la investigación sumaria?
¿Puede el inculpado presentar recusación en contra del Investigador?
¿Presentado el reclamo por incumplimiento del deber de abstención en contra del investigador, se suspende la tramitación del procedimiento?
¿Es secreta la investigación sumaria?
¿Está obligado el Investigador citar a declarar al sumariado?
¿Qué pasa si el Investigador no cumple con los breves plazos que fija la ley?
¿Qué facultades tiene la autoridad de la institución para agilizar una investigación sumaria de plazos rezagados?
¿Puede la autoridad institucional ordenar en la Investigación Sumaria la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos?
¿En qué casos es recomendable una Investigación Sumaria?

CAPÍTULO IX
LA FACULTAD DEL ART. 143 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO. LA PLANILLA DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y EL LIBRO DE CONTROL

¿Qué importancia práctica tiene la facultad del art. 143 del Estatuto Administrativo y el libro o planilla de procedimientos disciplinarios?
¿Qué facultad otorga el art. 143 del Estatuto Administrativo al jefe de la institución?
¿Qué facultades generales de agilización tiene el jefe de la institución respecto de investigaciones sumarias y sumarios?
¿En qué consiste la Planilla de Procedimientos Disciplinarios?
¿En qué consiste el libro de procedimientos disciplinarios?

CAPÍTULO X
EL RECLAMO DE LEGALIDAD DEL ARTÍCULO 160 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO Y 156 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL EN RELACIÓN A SUMARIOS E INVESTIGACIONES SUMARIAS

¿Cuáles son las fuentes legales de este reclamo?
¿Cuáles son las características generales del reclamo de legalidad?
¿Qué dicen esas fuentes legales?
¿Están habilitadas las Asociaciones de funcionarios para deducir este reclamo?
¿Es fatal el plazo de 10 días para deducir el reclamo?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?
¿El reclamo de legalidad es un trámite al interior del procedimiento disciplinario? ¿Puede un exfuncionario presentar el reclamo de legalidad?
¿Por qué es importante el reclamo de ilegalidad respecto de los actos de términos emitidos en sede municipal y de los actos de término no expulsivos?
¿Qué ejemplos reclamos acogidos sobre procedimientos disciplinarios viciados?

CAPÍTULO XI
LA ACCIÓN DE TUTELA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

¿Qué es el procedimiento de tutela laboral?
¿A quiénes se aplica la tutela?
¿Se aplica a los funcionarios públicos?
¿Cuáles son los derechos fundamentales de los trabajadores que se tutelan?
¿Se aplica la tutela si hay actos de discriminación?
¿Cuándo se considera que los derechos y garantías son vulnerados en lo laboral?
¿Qué indemnización corresponde al funcionario vulnerado en sus derechos con ocasión del despido?
¿Puede el Tribunal Laboral ordenar la reincorporación de un funcionario público sancionado con destitución en sumario disciplinario?
¿Corresponde la indemnización integral del daño, incluso del daño moral?
¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario?

CAPÍTULO XII
MODELOS DE ACTUACIONES DE FISCALES Y ACTUARIOS DE SUMARIOS

Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección Fiscal de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de fiscal por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Concede prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Informe en que fiscalía propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad especialmente contemplada en el art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista Fiscal en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista Fiscal en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institución

CAPÍTULO XIII
MODELOS DE ACTUACIONES DEL INVESTIGADOR

Aceptación del Cargo
Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia
Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente
Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral
Líneas de investigación y primeras diligencias
Consignación de líneas de investigación
Oficio solicitando antecedentes laborales
Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales
Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado
Citación a testigo
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado
Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia
Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria
Declaración testimonial en etapa indagatoria
Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado
Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado
Acta de transcripción de entrevista grabada
Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios
Acta de Inspección de documentos incorporados al procedimiento
Acta de Notificación Personal
Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia
Certificados de búsquedas frustradas
Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile
Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada en un solo acto
Cierre de la etapa indagatoria
Informe solicitando cambio de investigador por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria
Rechaza prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente
Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos
Solicita elevar investigación sumaria a sumario disciplinario
Informe de Investigador propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior
Oficio de Cargos
Oficio de Reformulación de Cargos
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley
Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción no grave al principio de probidad
Resolución que provee el escrito de descargos
Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos
Resolución que provee descargos patrocinados por abogado
Declaración de testigo presentado por la defensa
Vista del Investigador en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento
Vista del Investigador en que los descargos reclaman vicios del procedimiento
Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institució

CAPÍTULO XIV
MODELOS RESOLUCIONES Y OFICIOS DE LA JEFATURA INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁQUICO RESPECTO A SUMARIOS

Resolución Exenta. Ordena Sumario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acoge recusación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención presentada por fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención y ordena cambio de fiscal
Resolución Exenta. Sumario ordenado.Cambio de fiscal
Resolución Exenta. Ordena elevar a sumario procedimiento disciplinario
Resolución Exenta. Ordena que los procedimientos disciplinarios ordenados por las
Resoluciones Exentas se acumulen en el más antiguo de ellos
Resolución Exenta. A partir del sumario ordenado. Ordena desacumulación iniciando sumario separado
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena desacumulación
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena baja de inventario
Resolución Afecta. Sumario ordenado, a requerimiento de la Contraloría General de la República. Aprueba Vista Fiscal que absuelve a don (XXX) y acto de término sujeto a toma de razón
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal, aplicando medida no expulsiva
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal respecto de don XXX y ordena destitución
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reclamo respecto de vicios del procedimiento; Aprueba Vista Fiscal respecto de don (XXX), ordenando su destitución y confirmando la prórroga de la suspensión provisoria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Corrección de vicios del procedimiento Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza reposición presentada por don (XXX)
Confirma destitución. Mantiene suspensión preventiva y declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de término que aplica destitución a don (XXX), quien no dedujo recursos dentro del plazo legal
Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de Término que aplica la medida de destitución a don (XXX), luego de fallados los recursos deducidos
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva 367
Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), luego de conocidos y resueltos los recursos presentados. Aplica sanción no expulsiva

CAPÍTULO XV
MODELOS DE RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO RESPECTO DE INVESTIGACIONES SUMARIAS

Resolución Exenta. Ordena Investigación Sumaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza comunicación de deber de abstención, presentada por Investigador
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acoge recusación presentada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Rechaza recusación presentada
Resolución Exenta. Rechaza recusación y ordena Cambio de Investigador en procedimiento ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Procedimiento ordenado. Cambio de Investigador
Resolución Exenta. Ordena Elevar a Sumario procedimiento disciplinario ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen
Resolución Exenta. Ordena que las Investigaciones Sumarias ordenadas por las Resoluciones Exentas (XXX/XXX,XXX/XXX, XXX/XXX), se acumulen en la más antigua de ellas, la ordenada por la (RE XXX/XXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento respecto de don (XXX) y ordena desacumulación
Resolución Exenta. A partir de Investigación Sumaria ordenada por RE (XXX/XXX, de este origen), ordena desacumulación, iniciando investigación sumaria separada
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento
Resolución Exenta. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento en Investigación Sumaria ordenada por (R.E. XXXX/XXXX) de este origen y ordena baja de inventario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Aprueba Vista del Investigador respecto de don (XXX). Ordena sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Vista del Investigador. Ordena destitución de (XXXXXXXX)
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Ordena nuevas diligencias
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Corrección de vicios del procedimiento
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza reposición presentada por don (XXX) contra resolución que ordenó su destitución. Declara admisible apelación subsidiaria
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza apelación presentada por don (XXX)
Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no interpuso recursos dentro de plazo legal. Aplica destitución
Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acto de Término respecto de don (XXX) una vez resueltos los recursos deducidos. Aplica destituciónResolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva
Resolución Exenta. Investigación Sumaria Acto de Término respecto de don (XXX), luego de resueltos los recursos

CAPÍTULO XVI
MODELOS DE RESOLUCIONES PARA PROCEDIMIENTOS DE INVALIDACIÓN

Resolución Exenta. Inicia de oficio invalidación de la Resolución Exenta (XXX/XXX), de acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY)
Resolución Exenta. Inicia a petición de parte procedimiento de invalidación de la RE (XXX/XXX), de este origen, acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY) y acoge de inmediato la solicitud de invalidación, omitiendo la audiencia previa y la recepción de prueba
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por RE (XXX/XXX), de este origen. Se prescinde del trámite de audiencia al interesado y se recibe a pruebe este procedimiento de invalidación
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Rechaza reposición presentada por don (XXX). Declara admisible recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza recurso jerárquico
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que rechaza invalidación requerida
Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que acoge invalidación requerida

CAPÍTULO XVII
MODELOS PARA ACTUACIONES DEL INCULPADO

Recusación en contra del fiscal dentro de plazo de apercibimiento
Reclamo en contra del fiscal por causal de abstención sobreviniente
Reclamo en contra del investigador por incumplimiento del deber de abstención Patrocinio de abogado y domicilio para notificaciones
Solicita diligencias dentro de la etapa indagatoria
Solicita prórroga para presentar escrito de descargos y copia de las actuaciones del sumario
Copia de lo actuado en investigación sumaria
Descargos en procedimiento disciplinario
Acción constitucional de protección en contra de actos de instrucción del sumario
Recurso de reposición y en subsidio de apelación
Renuncia a recurso de apelación presentado al jefe institucional
Renuncia a recurso de apelación ante superior jerárquico del jefe institucional
Reclamo de legalidad
Requerimiento de invalidación en contra de acto de término no sujeto a toma de razón Modelo de acción de tutela en contra de acto de término gravemente discriminatorio

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Autor: Gonzalo Villar Bordones
Editorial: Libromar
Numero de Paginas: 454
Año de publicación: 2021

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DescriptionAutor: Gonzalo Villar Bordones Editorial: Libromar Numero de Paginas: 454 Año de publicación: 2021Autor: Paulina Pastene Navarrete Editorial : Tirant lo Blanch Año de Publicación : 2022 Paginas :282Autores: Leonardo Javier Castillo Cárdenas - Andrés Eduardo Celedón Baeza - Soledad Alejandra Morales Trapp - Juan Bladimiro Santana Soto Editorial : Der Ediciones Año de Publicación : 2022 Paginas :200Autor: Juan Carlos Flores Rivas Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 352 Año de publicación: 2021Autor: Cristóbal Osorio Vargas Editorial: Der Ediciones Numero de Paginas: 690 Año de publicación: 2022Autores: Jaime Arancibia Mattar, Juan Carlos Flores Rivas y Rosa Fernanda Gómez González Editorial : Der Ediciones Año de Publicación : 2022 Paginas :252
Content
Este manual tiene por objeto apoyar a fiscales, actuarios, investigadores, autoridades administrativas y abogados defensores, en la tramitación de los procedimientos disciplinarios que regula el Estatuto Administrativo. Contiene algunos consejos fundamentales, una revisión de la jurisprudencia administrativa sobre cada una de las etapas de estos procedimientos; un estudio sobre los vicios de legalidad que suelen afectarlos; el análisis de las normas que rigen la corrección de los vicios durante el curso de la tramitación y a partir de la notificación del correspondiente acto de término, el procedimiento de invalidación como vía para declarar nulas en ese administrativa las sanciones disciplinarias la aplicadas. Incorpora modelos de resoluciones de la autoridad administrativa y de actuaciones de investigadores, fiscales, ministros de fe e inculpados, extraídos de la experiencia práctica, y destinados a aliviar el trabajo de los intervinientes en estos procedimientos. INTRODUCCIÓN Consejos fundamentales Para la autoridad administrativa Para los fiscales e investigadores Para los abogados defensores Para actuarios e investigadores En general para los funcionarios Sugerencias para la Contraloría General de la República respecto de los sumarios e investigaciones sumarias CAPÍTULO I NOCIONES PRELIMINARES ¿Qué es un procedimiento administrativo? ¿Qué es el sumario administrativo? ¿En el sumario, cuáles son los actos de mero trámite y el acto terminal que menciona el art. 18 de la Ley No 19.880? ¿En el sumario, qué importancia tiene la distinción entre los actos de trámite y el acto terminal? ¿Qué normas rigen el sumario administrativo? ¿Son obligatorios para los órganos públicos los oficios de la Contraloría General de la República, incluso los de las Contralorías Regionales? ¿Qué etapas legales y fases tiene el sumario administrativo? ¿Existen otros procedimientos disciplinarios? ¿Qué es la independencia de responsabilidades? ¿Qué es un procedimiento breve y desformalizado? Procedimiento respecto de quienes prestan servicios a honorarios Procedimiento respecto de las personas sujetas al Código del Trabajo ¿Qué es un ministro de fe? ¿Por qué los plazos del sumario son de días hábiles y por qué el sábado se considera inhábil? ¿Son fatales los plazos que impone la ley para los trámites y decisiones de la Administración? ¿Qué es la acumulación o desacumulación de procedimientos? ¿Cómo se extingue la responsabilidad disciplinaria? ¿Puede interrumpirse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria? ¿Puede suspenderse el plazo de prescripción de la acción disciplinaria? Con respecto a la suspensión de la prescripción de la acción disciplinaria, qué pasa si los cargos se reformulan? ¿Qué efecto tiene la paralización del expediente durante dos años o si transcurren dos períodos calificatorios? ¿Cómo se contabiliza el plazo de prescripción de la acción disciplinaria en caso de notificación de cargos? ¿En qué momento se evita la prescripción de la acción disciplinaria? ¿Procede que el fiscal proponga el sobreseimiento si la acción disciplinaria ha prescrito? ¿Procede la reapertura del sumario si la acción disciplinaria está prescrita? ¿Qué es el decaimiento? ¿La jurisprudencia judicial recoge el decaimiento del acto terminal disciplinario? ¿Qué ocurre con el decaimiento en la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República? ¿Es aplicable al sumario la figura del decaimiento por demora en la tramitación del procedimiento disciplinario? Opinión del autor ¿Procede el decaimiento respecto de los enfermos terminales? CAPÍTULO II EL SUMARIO. DESDE LA RESOLUCIÓN DE INICIO HASTA EL CIERRE DE LA ETAPA INDAGATORIA LA ETAPA DE INICIACIÓN ¿Cómo se tramita la resolución que ordena el sumario? ¿Quién decide el inicio de un sumario? ¿Hay procedimientos disciplinarios que la ley obliga a instruir? ¿Cómo se identifica el sumario? ¿Qué significa que una Resolución sea Exenta? LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN ¿Cuándo comienza y cuándo termina la etapa indagatoria? ¿Qué plazo legal rige la investigación? ¿Si la Fiscalía sobrepasa los plazos legales se vicia el procedimiento? ¿Qué criterios internos existen para evitar dilaciones en la tramitación? ¿Qué ocurre si el jefe de la institución es el afectado por los hechos denunciados? ¿Es importante llevar ordenado el expediente y qué significa foliar? ¿Qué ocurre si el sumario no está foliado con números y letras? ¿Pueden realizarse notificaciones o tomarse declaraciones por videoconferencia? ¿Qué ocurre cuando el inculpado recusa al fiscal o al actuario? ¿Queda inhabilitado el fiscal por haber denunciado penalmente los hechos materia del sumario? ¿Qué es lo primero que debe hacer el fiscal al notificársele su nombramiento? ¿Cómo se acepta el cargo de fiscal? ¿Qué ocurre en caso de ausencia del actuario? ¿Cuál es nuestra recomendación respecto del actuario? ¿Siempre debe el fiscal aceptar el cargo o en algunos casos debe excusarse? ¿Qué circunstancias de hecho dificultan desempeñar adecuadamente la labor de fiscal? ¿Puede el jefe de la institución cambiar al fiscal? ¿Cómo se tramita la resolución que cambia de fiscal? ¿Qué son las líneas de investigación? ¿Qué diligencias investigativas debe realizar el fiscal? ¿Cómo registro en el expediente el contenido de una videograbación o de una grabación? ¿Puede el fiscal solicitar un informe técnico? ¿Qué ocurre si hay indicios de que el inculpado es inimputable? ¿Cómo tomar declaraciones urgentes en terreno? ¿Cuál es el modo usual de citar a declarar a un testigo? ¿Es procedente citar a declarar a un testigo mediante correo electrónico? ¿Hay recomendaciones prácticas sobre la forma de tomar las declaraciones? ¿Pueden disponerse medidas de protección para denunciantes y testigos? ¿Qué pasa si el testigo no se presenta a declarar? ¿Qué pasa si la persona que debe ser citada no está en su lugar de trabajo por cualquier motivo? ¿Qué pasa si el funcionario citado a declarar, en calidad de testigo o inculpado, invoca su derecho a guardar silencio o no se presenta a declarar? ¿Qué es la libertad de investigación? ¿Quién es el inculpado? ¿Es necesario citar a declarar al inculpado? ¿Cómo debe realizarse la notificación de las citaciones o resoluciones durante la etapa indagatoria? ¿Hasta qué momento del procedimiento conserva el actuario la calidad de ministro de fe? ¿A través de qué empresa debe enviarse la carta certificada? ¿Qué ocurre si la carta certificada llega de vuelta? ¿Puede continuarse el procedimiento si el inculpado no se presenta a declarar? ¿Qué ocurre si el inculpado está en su hogar u hospitalizado guardando reposo y no asiste a su citación a declarar? ¿Qué pasa si un testigo deviene en sumariado? ¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario antes de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario? ¿Qué pasa si el inculpado dejó de ser funcionario después de que se dictara la resolución que ordenó instruir el sumario? ¿Qué pasa si el ex funcionario inculpado no fijó domicilio en el expediente y no es hallado en el domicilio registrado en la institución? ¿Es obligatorio apercibir al inculpado para que formule causales de implicancia o recusación en contra del fiscal o el actuario? ¿Tiene derecho el inculpado a presentarse acompañado de abogado a declarar en la etapa indagatoria en que rige el secreto del sumario? ¿Qué formalidades debe cumplir el mandato que el sumario confiere a su abogado? . ¿Hay algunas recomendaciones prácticas y, por supuesto, no vinculantes para tomar la declaración del inculpado? ¿Qué pasa si el inculpado presenta recusación en contra del fiscal o el actuario? ¿Puede el inculpado solicitar diligencias o pedir nueva fecha y hora para declarar? ¿Qué resoluciones deben notificarse al sumariado durante la etapa indagatoria? ¿Es secreto el sumario en la etapa indagatoria? ¿Es procedente tomar declaración grupal a inculpados o testigos? ¿Puede el fiscal ordenar un careo? ¿Qué hace el fiscal o la Oficina de Partes, si el inculpado, un testigo o cualquier persona pide copia de la resolución que ordenó el sumario durante la etapa indagatoria? ¿Cuáles son los trámites esenciales de la Etapa Indagatoria? ¿Puede el fiscal anticipar opinión acerca del resultado del sumario? ¿Qué ocurre si el expediente se extravía o destruye? ¿Qué regulación existe sobre la reconstitución de expedientes? ¿Qué ocurre si el fiscal tiene menor grado que el inculpado? ¿Debe dejarse sin efecto el oficio de formulación de cargos si el fiscal tiene menor jerarquía que el inculpado? ¿Cómo se analiza la jerarquía de los profesionales sujetos a la Ley No 19.664? ¿Qué ocurre con la inhabilidad si el sumariado pierde su calidad funcionaria durante la tramitación del procedimiento? ¿Es necesario que el fiscal tenga una remuneración superior al agente público sumariado? ¿Qué hace el fiscal cuando agota la indagación? ¿En qué momento debe el fiscal declarar cerrada la etapa indagatoria? ¿Cómo se redacta el informe proponiendo el sobreseimiento? CAPÍTULO III EL SUMARIO. DESDE EL OFICIO DE FORMULACIÓN DE CARGOS HASTA EL ACTO DE TÉRMINO, SU TOMA DE RAZÓN Y REGISTRO FASE DE DISCUSIÓN ¿Qué es el Oficio de Formulación de Cargos y qué requisitos debe cumplir? ¿Qué relevancia tiene el Oficio de Formulación de cargos? ¿Cuáles son los trámites esenciales del sumario? ¿Qué es la congruencia? ¿Debe en los cargos calificarse ya de grave la infracción a la probidad para que se ajuste a derecho una destitución por falta a la probidad? ¿Pueden proponerse cargos por un hecho que ya ha sido objeto de una anotación de demérito? ¿Qué son los descargos? ¿Qué plazo tiene el sumariado para la presentación de descargos, incorporar y ofrecer pruebas? ¿El sumariado puede pedir la prórroga del plazo para presentar descargos? ¿Está obligado el fiscal a conceder la prórroga? ¿Cómo tramita el fiscal los reclamos de nulidad? ¿Pueden reformularse los cargos? ¿Puede abrirse un término probatorio? ¿Está el fiscal obligado a realizar las diligencias probatorias solicitadas y a abrir término probatorio? ¿Debe notificarse la resolución que abre el término probatorio? ¿Puede fijarse un término probatorio por plazo inferior a veinte días? ¿Qué es la Vista Fiscal? ¿En qué oportunidad debe dictarse la Vista Fiscal? ¿Qué contenido debe tener la Vista Fiscal? ¿Qué consideraciones relevantes hay sobre atenuantes y agravantes? ¿Vencido el término probatorio, puede emitirse la Vista Fiscal, si aún no arriba la respuesta a un oficio solicitado por la defensa? ¿Procede entregar copia de la Vista Fiscal al sumariado o a su abogado? ¿Qué ocurre si transcurren más de cuatro años desde la ocurrencia de los hechos investigados y no se han notificado cargos? ¿Si los hechos pueden configurar un ilícito penal, en qué momento se denuncian? ETAPA DE FINALIZACIÓN FASE DE LA DECISIÓN Y LOS RECURSOS ¿Qué significa que en los sumarios la prueba se valore en conciencia? ¿Hay un estándar mayor si el cargo conduce a la destitución? ¿Cómo se aplica la prueba indiciaria? ¿Qué resoluciones dicta el jefe de la institución, luego de recibir la Vista Fiscal? ¿Qué nuevas diligencias podría decretar el jefe de la institución, sin necesidad de ordenar la reapertura de la etapa indagatoria? ¿Qué alternativas tiene el jefe de la institución aparte de la absolución o condena propuesta en la Vista Fiscal? ¿Por qué motivo se instruyen nuevas diligencias, sin ordenar la reapertura de la etapa indagatoria? ¿Qué ventajas tiene ordenar nuevas diligencias sin reabrir la etapa indagatoria? ¿Qué ocurre si de las diligencias ordenadas al fiscal sin reabrir la etapa indagatoria surge mérito para formular nuevos cargos? ¿En qué circunstancias debe ordenarse la reapertura de la etapa indagatoria? ¿El Fiscal que ya emitió una Vista Fiscal debe inhabilitarse de dictar otra nueva? ¿Qué son los vicios del procedimiento? ¿Es vinculante para el jefe de la institución la propuesta de sanción o absolución contenida en la Vista Fiscal? ¿Debe la resolución sancionatoria contener sus fundamentos? ¿La resolución sancionatoria puede fundamentar su decisión en las consideraciones de la Vista Fiscal? ¿Toda falta de motivación vicia de nulidad la resolución sancionatoria? ¿Qué recursos establece la ley para impugnar la resolución que aplica una sanción? ¿Qué es el recurso de reposición del artículo 141 del Estatuto Administrativo? ¿Debe certificarse la no interposición de recursos en contra de la resolución sancionatoria? ¿Es procedente siempre el recurso de apelación? ¿Qué funcionarios pueden ejercer derecho de apelación en los hospitales autogestionados? ¿Pueden los funcionarios de planta de los hospitales autogestionados apelar de la resolución que al pronunciarse sobre la Vista Fiscal ordena su destitución o una sanción no expulsiva? ¿Quién dicta el acto de término? ¿Debe notificarse la resolución que se pronuncia sobre la reposición o apelación? ¿Al conocer de la apelación, puede la autoridad superior aumentar o disminuir la sanción? ¿Qué es el acto de término del sumario o acto terminal del sumario? ¿En un hospital autogestionado, quién debe dictar el acto terminal? ¿Puede reabrirse la etapa indagatoria después de afinado el acto terminal del sumario? ¿Quién se ocupa de controlar para evitar que los sumarios rezaguen su tramitación? FASE DE LA TOMA DE RAZÓN Y EL REGISTRO ¿Qué es la toma de razón del acto terminal del sumario? ¿Qué resolución del sumario se somete el trámite de toma de razón? ¿Qué actos terminales del sumario están sujetos a toma de razón? ¿Qué es el trámite de registro? ¿Qué actos terminales del sumario se someten al trámite de registro? ¿Qué actos de término del sumario no están sujetos ni siquiera a registro? ¿Puede cumplirse el acto terminal del sumario antes de su registro? ¿Qué ocurre si en trámite de registro la Contraloría General detecta un vicio esencial del procedimiento y ordena retrotraerlo? ¿Qué ocurre con las multas descontadas o los descuentos durante el cumplimiento de las sanciones de suspensión del empleo? ¿Qué ocurre si se reabre un sumario en que el acto terminal ha sido tomado razón? . ¿Procede que la Contraloría General de la República tome razón de un acto terminal judicialmente impugnado? ¿Por qué algunas resoluciones llevan la expresión “Tómese Razón” y otras llevan la expresión “Regístrese”? ¿Puede el jefe institucional requerir un informe sobre el sumario al Departamento Jurídico de la institución? CAPÍTULO IV EL SUMARIO. LA NULIDAD DE LOS ACTOS DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ¿En qué momento debe ordenarse la corrección de los vicios esenciales que afecten a los actos previos al acto de término? ¿Qué normas legales obligan a corregir los vicios esenciales del procedimiento que influyen decisivamente en los resultados un procedimiento disciplinario? Improcedencia del incidente de nulidad ¿Qué casos de vicios esenciales obligan a la corrección del procedimiento? El incumplimiento de trámites esenciales Falta de competencia de la autoridad que resuelve sobre el sumario Falta de citación al inculpado El fiscal incumple su deber de abstención Falta de notificación de los cargos Notificación de cargos viciada por falta de búsquedas en el domicilio Falta de congruencia entre los cargos, la Vista Fiscal y la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal Imprecisión de los cargos Falta de jerarquía del fiscal, que persiste en su rol luego del cierre de la etapa indagatoria, solo si su gestión afectó las posibilidades de la defensa El fiscal en el oficio de cargos anticipa opinión sobre la sanción que amerita el inculpado en forma previa a su Vista La firma del fiscal en los cargos difiere de la consignada en la Vista Fiscal Improcedencia de la firma por poder Falta de fundamentación o motivación de la resolución que se pronuncia sobre la Vista Fiscal o sobre los recursos Falta de fundamentación sobre la forma en que se acreditaron los hechos materia de cargos Vulneración del principio de racionalidad ¿Qué vicios del procedimiento no obligan a su corrección? Incumplimiento de trámites no esenciales Sumario ordenado instruir por autoridad incompetente Incongruencia no esencial Falta de fundamentación que no influye decisivamente en el resultado del sumario Falta de firma del fiscal y del actuario Incumplimiento de plazos de tramitación El actuario no acredita su calidad de funcionario El nombramiento de actuario ad-hoc Falta de apercibimiento al inculpado para formular causales de implicancia o recusación Citación a funcionario como testigo que posteriormente deviene en inculpado Error en la notificación de la citación a declarar, subsanado por comparecencia posterior Error fecha en la citación en que el inculpado concurre a declarar Declaración sin la presencia de actuario, actuario que firma con posterioridad notificación irregular subsanada por actuaciones del sumariado Falta de firma de las personas interrogadas en algunas de las hojas de sus declaraciones, no constituye vicio Defectos de la foliación Violación del secreto del sumario CAPÍTULO V EL PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTO DE TÉRMINO DE UN PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ¿Qué es la invalidación administrativa del acto de término? ¿Cuál es el texto del artículo 53 de la Ley No 19.880? ¿Qué plazo de caducidad existe para disponer la invalidación? ¿En qué momento se inicia el plazo de caducidad? ¿Los reclamos interrumpen o suspenden el plazo de caducidad? ¿Es necesario que el procedimiento de invalidación termine dentro del plazo de dos años? ¿Qué ocurre con el plazo si la invalidación se origina a requerimiento de la Contraloría General? ¿En qué caso puede omitirse la audiencia del interesado? ¿Si de oficio se inicia el procedimiento de invalidación, quienes son los interesados? ¿Si un afectado solicita la invalidación, quién más puede ser interesado en el procedimiento de invalidación del acto de término de un sumario? ¿En qué casos puede ocurrir una invalidación parcial del acto de término de un sumario? ¿Qué tramitación tiene el procedimiento de invalidación? ¿De qué forma se notifican las resoluciones en el procedimiento de invalidación? ¿Hay actuario en los procedimientos de invalidación? CAPÍTULO VI EL SUMARIO. LAS MEDIDAS PREVENTIVAS LAS MEDIDAS PREVENTIVAS ¿En qué consiste la suspensión preventiva y la destinación transitoria del inculpado? ¿Por qué es importante que el funcionario suspendido o destinado transitoriamente sea notificado del término de la medida que le afecta? ¿En qué oportunidad puede el fiscal ordenar una medida preventiva? ¿Qué ocurre si el funcionario suspendido preventivamente se encuentra con licencia médica? ¿Se considera el tiempo de licencia médica para los efectos de la declaración de vacancia del cargo? ¿Qué ocurre si la licencia médica del funcionario suspendido preventivamente es rechazada? ¿Qué ocurre con las cotizaciones previsionales y de salud en caso de prorrogarse la suspensión en la Vista Fiscal? ¿A quién se comunican las resoluciones que inciden en medidas preventivas? ¿Qué es la prórroga de la suspensión preventiva? ¿Qué resguardos hay que tener cuando se prorroga la suspensión preventiva? ¿Puede dejarse sin efecto la suspensión preventiva y la destinación transitoria? ¿Quién puede disponer el cese de la suspensión preventiva después de la Vista Fiscal? ¿Puede realizar horas extras el funcionario sujeto a suspensión preventiva? ¿Es necesario que el jefe de la institución dicte una resolución que confirme la medida dispuesta por el fiscal? ¿Puede el funcionario suspendido preventivamente postergar su feriado? ¿Qué efectos tiene la suspensión preventiva de un dirigente gremial? ¿Proceden la suspensión preventiva o la destinación transitoria en las investigaciones sumarias? CAPÍTULO VII LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS ¿Qué sanciones contempla el Estatuto Administrativo? ¿Cada obligación lleva aparejada una sanción disciplinaria determinada? ¿Qué es la destitución? ¿Qué causales están asociadas a la destitución? ¿Qué es la probidad? ¿Hay falta de probidad asociada al comportamiento social del funcionario? ¿Qué conductas contravienen especialmente la probidad y están asociadas directamente a la destitución? ¿Cuál es la causal de destitución del art. 72 inciso tercero del Estatuto Administrativo? ¿En qué consisten las contravenciones especiales a la probidad del art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado? ¿Cuál es la infracción contemplada en el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado sobre inhabilidades sobrevinientes? ¿Qué ocurre con el otorgamiento de licencias sin fundamento médico? ¿Es la vulneración del reposo otorgado por licencia médica una infracción al principio de probidad? ¿Es imperativo disponer la destitución en caso de infracción grave a la probidad? ¿Quién determina el estándar de gravedad suficiente para proceder a la destitución en caso de infracción al principio de probidad? ¿Quién controla la decisión de la autoridad sobre la gravedad de la infracción a la probidad? ¿Debe la decisión sobre la gravedad de la infracción al principio de probidad ser fundada y constar en el acto administrativo que materialice la sanción? ¿Hay criterios jurisprudenciales especiales para la valoración de la prueba en caso de destitución? ¿Qué criterios jurisprudenciales existen sobre la ausencia injustificada? ¿Toda infracción de deberes funcionarios amerita una sanción disciplinaria? ¿Se aplica el principio de tipicidad a las infracciones disciplinarias? ¿Qué es la sanción disciplinaria llamada censura? ¿Qué es la sanción disciplinaria llamada multa? ¿Qué es la sanción disciplinaria de suspensión? ¿Qué efecto tiene la sanción disciplinaria de suspensión del empleo respecto de las cotizaciones de salud y previsionales? ¿Cuáles son los efectos de las sanciones disciplinarias afinadas sobre la asignación que fija el art. 1 de la ley No 19.490? ¿Equivale no marcar a no asistir al trabajo? ¿Qué dice la jurisprudencia administrativa sobre el principio de proporcionalidad? ¿Procede aplicar la destitución a una mujer con fuero maternal? CAPÍTULO VIII LA INVESTIGACIÓN SUMARIA ¿Qué importancia práctica tiene la Investigación Sumaria? ¿Qué normas regulan la Investigación Sumaria? ¿Cuál es el régimen especial y cuál es el régimen supletorio de la investigación sumaria? El régimen especial de la investigación sumaria Normas estatutarias de carácter común a investigaciones sumarias y sumarios La aplicación supletoria de la Ley No 19.880, de 2003, sobre Bases Generales del Procedimiento Administrativo ¿Qué preceptos estatutarios regulan exclusivamente el sumario? ¿Puede prorrogarse el plazo de indagación en la investigación sumaria? ¿Puede el inculpado presentar recusación en contra del Investigador? ¿Presentado el reclamo por incumplimiento del deber de abstención en contra del investigador, se suspende la tramitación del procedimiento? ¿Es secreta la investigación sumaria? ¿Está obligado el Investigador citar a declarar al sumariado? ¿Qué pasa si el Investigador no cumple con los breves plazos que fija la ley? ¿Qué facultades tiene la autoridad de la institución para agilizar una investigación sumaria de plazos rezagados? ¿Puede la autoridad institucional ordenar en la Investigación Sumaria la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, fijando un plazo para tales efectos? ¿En qué casos es recomendable una Investigación Sumaria? CAPÍTULO IX LA FACULTAD DEL ART. 143 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO. LA PLANILLA DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS Y EL LIBRO DE CONTROL ¿Qué importancia práctica tiene la facultad del art. 143 del Estatuto Administrativo y el libro o planilla de procedimientos disciplinarios? ¿Qué facultad otorga el art. 143 del Estatuto Administrativo al jefe de la institución? ¿Qué facultades generales de agilización tiene el jefe de la institución respecto de investigaciones sumarias y sumarios? ¿En qué consiste la Planilla de Procedimientos Disciplinarios? ¿En qué consiste el libro de procedimientos disciplinarios? CAPÍTULO X EL RECLAMO DE LEGALIDAD DEL ARTÍCULO 160 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO Y 156 DEL ESTATUTO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL EN RELACIÓN A SUMARIOS E INVESTIGACIONES SUMARIAS ¿Cuáles son las fuentes legales de este reclamo? ¿Cuáles son las características generales del reclamo de legalidad? ¿Qué dicen esas fuentes legales? ¿Están habilitadas las Asociaciones de funcionarios para deducir este reclamo? ¿Es fatal el plazo de 10 días para deducir el reclamo? ¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario? ¿El reclamo de legalidad es un trámite al interior del procedimiento disciplinario? ¿Puede un exfuncionario presentar el reclamo de legalidad? ¿Por qué es importante el reclamo de ilegalidad respecto de los actos de términos emitidos en sede municipal y de los actos de término no expulsivos? ¿Qué ejemplos reclamos acogidos sobre procedimientos disciplinarios viciados? CAPÍTULO XI LA ACCIÓN DE TUTELA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ¿Qué es el procedimiento de tutela laboral? ¿A quiénes se aplica la tutela? ¿Se aplica a los funcionarios públicos? ¿Cuáles son los derechos fundamentales de los trabajadores que se tutelan? ¿Se aplica la tutela si hay actos de discriminación? ¿Cuándo se considera que los derechos y garantías son vulnerados en lo laboral? ¿Qué indemnización corresponde al funcionario vulnerado en sus derechos con ocasión del despido? ¿Puede el Tribunal Laboral ordenar la reincorporación de un funcionario público sancionado con destitución en sumario disciplinario? ¿Corresponde la indemnización integral del daño, incluso del daño moral? ¿En juicio laboral es procedente la transacción o conciliación que altere el resultado del procedimiento disciplinario? CAPÍTULO XII MODELOS DE ACTUACIONES DE FISCALES Y ACTUARIOS DE SUMARIOS Aceptación del Cargo Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral Líneas de investigación y primeras diligencias Consignación de líneas de investigación Oficio solicitando antecedentes laborales Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado Citación a testigo Citación a prestar declaración en calidad de inculpado Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria Declaración testimonial en etapa indagatoria Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado Acta de transcripción de entrevista grabada Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios Acta de Inspección Fiscal de documentos incorporados al procedimiento Acta de Notificación personal Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia Certificados de búsquedas frustradas Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada Cierre de la etapa indagatoria Informe solicitando cambio de fiscal por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria Concede prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos Informe en que fiscalía propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior Oficio de Cargos Oficio de Reformulación de Cargos Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción grave al principio de probidad especialmente contemplada en el art. 62 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado Resolución que provee el escrito de descargos Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos Resolución que provee descargos patrocinados por abogado Declaración de testigo presentado por la defensa Vista Fiscal en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento Vista Fiscal en que los descargos reclaman vicios del procedimiento Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institución CAPÍTULO XIII MODELOS DE ACTUACIONES DEL INVESTIGADOR Aceptación del Cargo Oficio comunicando deber de abstención y manifestando implicancia Oficio comunicando deber de abstención, manifestando implicancia por causal sobreviniente Solicita relevo de la labor de fiscal por exceso de carga laboral Líneas de investigación y primeras diligencias Consignación de líneas de investigación Oficio solicitando antecedentes laborales Comunica calidad de inculpado a funcionario ausente y lo habilita para realizar presentaciones digitales Oficio requiriendo responder cuestionario en calidad de inculpado Citación a testigo Citación a prestar declaración en calidad de inculpado Citación a prestar declaración en calidad de testigo mediante videoconferencia Citación a prestar declaración en calidad de inculpado mediante videoconferencia Declaración del denunciante en etapa indagatoria Declaración testimonial en etapa indagatoria Declaración de inculpado en etapa indagatoria que se presenta con asistencia de abogado Declaración de inculpado que se presenta sin asistencia de abogado Acta de transcripción de entrevista grabada Acta de inspección de videograbaciones o grabaciones de audios Acta de Inspección de documentos incorporados al procedimiento Acta de Notificación Personal Acta de Notificación personal presencial mediante videoconferencia Certificados de búsquedas frustradas Certificación de envío de carta certificada a través de la Empresa de Correos de Chile Certificado de búsquedas frustradas y de remisión de carta certificada en un solo acto Cierre de la etapa indagatoria Informe solicitando cambio de investigador por falta de jerarquía luego del cierre de la etapa indagatoria Rechaza prórroga para presentar descargos y ordena entregar copia digital del expediente Informe proponiendo el sobreseimiento por falta de mérito para formular cargos Solicita elevar investigación sumaria a sumario disciplinario Informe de Investigador propone la desacumulación de la arista del procedimiento que afecta a funcionario de jerarquía superior Oficio de Cargos Oficio de Reformulación de Cargos Oficio de formulación de cargos en que se reprocha la omisión de conducta exigida por la ley Oficio de formulación de cargos en que se reprocha infracción no grave al principio de probidad Resolución que provee el escrito de descargos Resolución que provee reclamo por vicios del procedimiento y descargos Resolución que provee descargos patrocinados por abogado Declaración de testigo presentado por la defensa Vista del Investigador en que los descargos no reclaman vicios del procedimiento Vista del Investigador en que los descargos reclaman vicios del procedimiento Oficio conductor que remite el expediente a la jefatura de la institució CAPÍTULO XIV MODELOS RESOLUCIONES Y OFICIOS DE LA JEFATURA INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁQUICO RESPECTO A SUMARIOS Resolución Exenta. Ordena Sumario Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza recusación Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acoge recusación Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención presentada por fiscal Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza comunicación de abstención y ordena cambio de fiscal Resolución Exenta. Sumario ordenado.Cambio de fiscal Resolución Exenta. Ordena elevar a sumario procedimiento disciplinario Resolución Exenta. Ordena que los procedimientos disciplinarios ordenados por las Resoluciones Exentas se acumulen en el más antiguo de ellos Resolución Exenta. A partir del sumario ordenado. Ordena desacumulación iniciando sumario separado Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena desacumulación Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento y ordena baja de inventario Resolución Afecta. Sumario ordenado, a requerimiento de la Contraloría General de la República. Aprueba Vista Fiscal que absuelve a don (XXX) y acto de término sujeto a toma de razón Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal, aplicando medida no expulsiva Resolución Exenta. Sumario ordenado. Aprueba Vista Fiscal respecto de don XXX y ordena destitución Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reclamo respecto de vicios del procedimiento; Aprueba Vista Fiscal respecto de don (XXX), ordenando su destitución y confirmando la prórroga de la suspensión provisoria Resolución Exenta. Sumario ordenado. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario Resolución Exenta. Sumario ordenado. Ordena nuevas diligencias Resolución Exenta. Sumario ordenado. Corrección de vicios del procedimiento Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza reposición presentada por don (XXX) Confirma destitución. Mantiene suspensión preventiva y declara admisible apelación subsidiaria Resolución Exenta. Sumario ordenado. Rechaza apelación presentada por don (XXX) Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de término que aplica destitución a don (XXX), quien no dedujo recursos dentro del plazo legal Resolución Afecta. Sumario ordenado. Acto de Término que aplica la medida de destitución a don (XXX), luego de fallados los recursos deducidos Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva 367 Resolución Exenta. Sumario ordenado. Acto de Término respecto de don (XXX), luego de conocidos y resueltos los recursos presentados. Aplica sanción no expulsiva CAPÍTULO XV MODELOS DE RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD INSTITUCIONAL Y DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO RESPECTO DE INVESTIGACIONES SUMARIAS Resolución Exenta. Ordena Investigación Sumaria Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza comunicación de deber de abstención, presentada por Investigador Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acoge recusación presentada Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Rechaza recusación presentada Resolución Exenta. Rechaza recusación y ordena Cambio de Investigador en procedimiento ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen Resolución Exenta. Procedimiento ordenado. Cambio de Investigador Resolución Exenta. Ordena Elevar a Sumario procedimiento disciplinario ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen Resolución Exenta. Ordena que las Investigaciones Sumarias ordenadas por las Resoluciones Exentas (XXX/XXX,XXX/XXX, XXX/XXX), se acumulen en la más antigua de ellas, la ordenada por la (RE XXX/XXX) Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento respecto de don (XXX) y ordena desacumulación Resolución Exenta. A partir de Investigación Sumaria ordenada por RE (XXX/XXX, de este origen), ordena desacumulación, iniciando investigación sumaria separada Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento Resolución Exenta. Aprueba Informe que propone el sobreseimiento en Investigación Sumaria ordenada por (R.E. XXXX/XXXX) de este origen y ordena baja de inventario Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Aprueba Vista del Investigador respecto de don (XXX). Ordena sanción no expulsiva Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Aprueba Vista del Investigador. Ordena destitución de (XXXXXXXX) Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Se pronuncia sobre reposición de (XXXX) y Acto de Término relativo al mismo funcionario Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Ordena nuevas diligencias Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Corrección de vicios del procedimiento Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Rechaza reposición presentada por don (XXX) contra resolución que ordenó su destitución. Declara admisible apelación subsidiaria Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada por R.E. (XXX/XXX de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza apelación presentada por don (XXX) Confirma destitución y mantiene suspensión preventiva Resolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no interpuso recursos dentro de plazo legal. Aplica destitución Resolución Exenta. Investigación Sumaria ordenada. Acto de Término respecto de don (XXX) una vez resueltos los recursos deducidos. Aplica destituciónResolución Exenta. Investigación Sumaria. Acto de Término respecto de don (XXX), quien no dedujo recursos dentro de plazo legal. Aplica sanción no expulsiva Resolución Exenta. Investigación Sumaria Acto de Término respecto de don (XXX), luego de resueltos los recursos CAPÍTULO XVI MODELOS DE RESOLUCIONES PARA PROCEDIMIENTOS DE INVALIDACIÓN Resolución Exenta. Inicia de oficio invalidación de la Resolución Exenta (XXX/XXX), de acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY) Resolución Exenta. Inicia a petición de parte procedimiento de invalidación de la RE (XXX/XXX), de este origen, acto de término del procedimiento sumarial ordenado por la RE (YYY/YYY) y acoge de inmediato la solicitud de invalidación, omitiendo la audiencia previa y la recepción de prueba Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por RE (XXX/XXX), de este origen. Se prescinde del trámite de audiencia al interesado y se recibe a pruebe este procedimiento de invalidación Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de este origen. Rechaza reposición presentada por don (XXX). Declara admisible recurso jerárquico Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX) de jefatura subordinada jerárquicamente). Rechaza recurso jerárquico Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que rechaza invalidación requerida Resolución Exenta. Procedimiento de invalidación ordenado por R.E. (XXX/XXX de XXX). Acto de término que acoge invalidación requerida CAPÍTULO XVII MODELOS PARA ACTUACIONES DEL INCULPADO Recusación en contra del fiscal dentro de plazo de apercibimiento Reclamo en contra del fiscal por causal de abstención sobreviniente Reclamo en contra del investigador por incumplimiento del deber de abstención Patrocinio de abogado y domicilio para notificaciones Solicita diligencias dentro de la etapa indagatoria Solicita prórroga para presentar escrito de descargos y copia de las actuaciones del sumario Copia de lo actuado en investigación sumaria Descargos en procedimiento disciplinario Acción constitucional de protección en contra de actos de instrucción del sumario Recurso de reposición y en subsidio de apelación Renuncia a recurso de apelación presentado al jefe institucional Renuncia a recurso de apelación ante superior jerárquico del jefe institucional Reclamo de legalidad Requerimiento de invalidación en contra de acto de término no sujeto a toma de razón Modelo de acción de tutela en contra de acto de término gravemente discriminatorio
El permiso de construcción constituye una importante técnica autorizatoria estatal de carácter reglado y preventivo, cuya finalidad consiste en resguardar el cumplimiento del ordenamiento jurídico urbanístico, y que una vez otorgado, permitirá a su titular destinatario gozar del denominado «privilegio de invariabilidad regulatoria» o también conocido efecto de «congelamiento de las normas urbanísticas». Sin embargo, en las últimas dos décadas, diversos permisos de construcción que han posibilitado el desarrollo de una importante y significativa cantidad de proyectos urbano-inmobiliarios, se ha visto enfrentado a una serie de cuestionamientos sobre la legalidad de su otorgamiento, en medio de una ciudadanía cada vez más activa e involucrada en la adopción de las decisiones de carácter público-urbanístico y cuyas reclamaciones y descontento se ha visto potenciada por la multiplicidad y dispersión de mecanismos para activar la revisión de los mismos, tanto en sede administrativa como jurisdiccional. A lo anterior, se ha sumado también una serie de discusiones propias del Sistema de Evaluación e Impacto Ambiental, y que, dada su cercanía y estrecha vinculación con este tipo de acto administrativo, ha llegado incluso a introducirse como elemento de validez a analizar en el otorgamiento de este, contribuyendo así a escenarios de frecuente judicialización e incertidumbre jurídica durante todo el desarrollo de este tipo de proyectos, la que podrá alcanzar incluso sus etapas de mayor avance o finalización. En dicho contexto, la presente obra aborda de forma integral la jurisprudencia existente sobre la materia, a través de un análisis metódico de los diversos conflictos interpretativos que, caóticamente, suelen producirse respecto a una compleja y dispersa normativa, que pareciera tener tantas interpretaciones como intérpretes existen, y cuyo conocimiento resulta indispensable para todos aquellos que directa o indirectamente se relacionan con la industria inmobiliaria. Índice TABLA DE ABREVIATURAS 11 PRÓLOGO 13 INTRODUCCIÓN 23 Capítulo I EL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN COMO TÉCNICA ADMINISTRATIVA AUTORIZATORIA Y LIMITACIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD 1. Consideraciones generales 27 2. El surgimiento de una técnica administrativa autorizatoria frente al ius aedificandi. Breve reseña de la legislación chilena 29 3. Normativa urbanística y de construcción: limitación al derecho de propiedad y establecimiento del permiso de construcción como un mecanismo para resguardar el cumplimiento preventivo de la misma 36 4. Etapas del procedimiento administrativo autorizatorio, órganos y sujetos que intervienen en su tramitación, y entidades con facultades interpretativas y dictaminantes sobre la materia 44 4.1 Sustanciación del procedimiento administrativo para el otorgamiento del permiso de construcción. 44 4.2 Órganos y sujetos que intervienen en la tramitación, otorgamiento y revisión del permiso de construcción. 49 5. Facultad interpretativa de la División de Desarrollo Urbano y potestad dictaminante de la Contraloría General de la República: Una consideración indispensable al momento de hablar de certidumbre jurídica y confianza en el obrar de la Administración 62 Capítulo II ¿ES ADMISIBLE LA DISCRECIONALIDAD EN EL OTORGAMIENTO DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN? 1. El permiso de construcción: un acto administrativo de naturaleza jurídica reglada 81 2. Actos administrativos vinculados al permiso de construcción. ¿Cuáles son sus efectos? 85 3. Vinculación entre el permiso de construcción y la resolución de calificación ambiental (RCA). una confluencia que suma inestabilidad 98 4. Publicidad de los permisos de construcción y el interés general. Análisis de la doctrina de “las particularidades” desarrollada por la Corte Suprema a partir del artículo 48 literal a) de la LBPA 119 Capítulo III CAMBIOS EN LA INTERPRETACIÓN DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA ¿FIN AL PARADIGMA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS? 1. El activo rol de la ciudadanía en asuntos público-urbanísticos y un disperso sistema de impugnaciones 133 2. La jurisprudencia de los derechos adquiridos y su “giro” en los últimos años. 140 3. Los intentos por dotar al sistema de una mayor estabilidad y seguridad jurídica: Constatación y propuestas 200 Capítulo IV ¿QUÉ ESPERAR DESPUÉS DE LA DECLARACIÓN DE INVALIDACIÓN O ILEGALIDAD DE UN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN? 1. Los efectos de las sentencias judiciales ¿ cómo se han cumplido? Análisis de los casos Edificio Botero en Ñuñoa y Edificio O´Brien en Vitacura 217 2. Responsabilidad patrimonial de la Administración por falta de servicio en la dictación de certificaciones y autorizaciones en materia urbanística 230 3. Comentarios finales. 246 CONCLUSIONES Proposiciones 260 Bibliografía citada Comentarios web 261 Tesis 262 Jurisprudencia citada 265 Jurisprudencia judicial 265 Otras fuentes documentales 273 Circulares DDU 274La presente obra tiene por objeto ser una herramienta de apoyo para el estudio del principio de transparencia y acceso a la información, que permita conocer y aplicar aquellas nociones destinadas a mejorar el acceso a la justicia bajo el imperativo de justicia abierta y transparente. La idea de “justicia abierta” se enmarca dentro del concepto de “gobierno abierto” como manifestación moderna de la democracia, que propone una nueva representación de los procesos basados en los pilares de transparencia y participación ciudadana. Por su parte, la open justice se ha desarrollado bajo la creciente aplicación de buenas prácticas judiciales, propiciando los datos abiertos y la colaboración judicial, además de las innovaciones tecnológicas. Todos estos temas serán abordados y revisados en el desarrollo del presente trabajo

Abre el presente libro el capítulo I que recoge el artículo “Licitación pública: ¿Es el procedimiento ordinario de contratación administrativa?”. En este artículo se trata de contestar la interrogante de si la licitación pública es el procedimiento general para formar la voluntad contractual del Estado o si las causales de licitación privada o el trato directo son lo suficientemente amplias para que el Estado puede eximirse de la licitación pública. Se arriba a la conclusión de que algunas de las causales de trato directo, en la forma que se encuentran reguladas, son demasiado amplias y que deben ser revisadas para impedir que se sorteen la licitación sin una motivación suficiente.

En el capítulo II se pasa revista a los principios de la licitación pública. En primer lugar, se analiza el principio de libre concurrencia de los oferentes, el sistema de registro de los oferentes para limitar las ofertas temerarias y seleccionar la oferta más conveniente. A su vez, se analizan las prácticas atentatorias de la libre concurrencia, extraídas de la práctica administrativa y de la jurisprudencia administrativa. En segundo lugar, revisamos el principio de igualdad de los oferentes tanto al momento de selección del contratista como durante la ejecución del contrato administrativo. Finalmente, se analiza el principio de estricta sujeción a las bases de licitación, sus límites y relación con otros principios de la licitación pública.

En el capítulo III se analiza desde una visión crítica la inhabilidad regulada en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, que impide contratar con el Estado a aquellas empresas que dentro de dos años anteriores a la presentación de sus ofertas hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Se analizan cómo las nuevas exigencias derivadas de la contratación administrativa estratégica, mediante la cual el Estado incorpora elementos exógenos para satisfacer necesidades tales como el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas licitantes o el respeto del medio ambiente, pueden generar impactos complejos en la contratación administrativa.

En el capítulo IV relativo a las bases de licitación como medio de prueba en la litigación pública contractual, planteamos la tesis de que las bases de licitación no son el único medio de prueba válido para acreditar el sentido y alcance de las obligaciones contractuales, no obstante, su importancia. Esta tesis se funda en que generalmente la estructura y articulación de las bases de licitación es un rol que le corresponde íntegramente al Estado, que se puede convertir en un instrumento perverso para diagnosticar el cumplimiento o incumplimiento ocurrido durante la ejecución del contrato administrativo.

En el capítulo V se estudia el principio de probidad administrativa en la fase de evaluación de ofertas de la licitación pública. Sustentamos que las licitaciones públicas deben regirse por el principio de buena fe, bajo la creencia objetiva de que sus miembros deben actuar con honradez y sujetos a una conducta recta, en el sentido de privilegiar el interés público sobre el privado al momento de seleccionar la oferta más conveniente para la satisfacción de la necesidad pública, quedando prohibida la incorporación de elementos o la omisión de requisitos no previstos ni en la ley ni en las bases de licitación, que puedan generar situaciones de privilegios entre los oferentes.

En el capítulo VI se analiza el régimen jurídico que regula la contratación administrativa de las empresas públicas en nuestro Derecho Administrativo, en sus distintas etapas, a saber, licitación, ejecución y terminación. Específicamente, se analiza si los contratos suscritos por las distintas empresas públicas existentes en nuestro país se encuentran sometidas exclusivamente a “la legislación común aplicable a los particulares” o las empresas públicas en su actividad contractual deben respetar ciertas normas y principios del derecho administrativo, como cualquier órgano que integra la Administración Pública.

El capítulo VII tiene por objeto analizar la tesis sustentada por la Contraloría General de la República y por la Corte Suprema, que afirman que las multas en los contratos administrativos ostentan la naturaleza de cláusulas penales de origen contractual, y cuya aplicación se canaliza a través de la simple ejecución de una cláusula contractual.

INDICE Incluye Ley Nº 21.180, sobre Transformación Digital del Estado En esta obra se enfocará en estudiar la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Asimismo, examine el surgimiento del procedimiento administrativo electrónico a la luz de las modificaciones necesarias por la Ley Nº 21.180, y la adaptación del procedimiento administrativo al nuevo Estado digital. Así, es un libro sobre el Procedimiento Administrativo de tramitación de papel y digital. De esta forma, cobra especial relevancia en este estudio el análisis de los principios del procedimiento administrativo –y la irrupción de nuevos principios como son los de neutralidad tecnológica, de actualización, de equivalencia funcional, de fidelidad, de interoperabilidad y de cooperación–, las reglas comunes, el procedimiento propiamente tal y la institución del silencio administrativo. Se examinará no obstante el conjunto de reformas que se han introducido a dicho marco normativo en el proceso de digitalización del Estado que se concreta con la Ley Nº 21.180.Hasta la entrada completa en vigencia de las reformas de esta ley a todos los organismos de la Administración del Estado, lo que ocurrirá no obstante el 11 de noviembre de 2024, se hace indispensable examinar el procedimiento administrativo “predigitalización” y el “nuevo post digitalización” , en tanto la normativa aludida entra en vigencia. Asimismo, en el del procedimiento administrativo “nuevo post digitalización” se hace necesario aludir a normas que complementan el estudio de regulación de la Ley Nº 21.180, por un lado; el DFL Nº 1, de 6 de abril de 2021,Esta obra analiza descriptivamente las principales modificaciones introducidas a la Ley N°19.880 (2003), que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado (LBPA), por la Ley N°21.180 (2019), sobre Transformación Digital del Estado, que incorpora significativas reformas a la regulación existente en materia de procedimiento administrativo. La reforma constituye una ocasión propicia para abordar las distintas cuestiones relacionadas con la obligatoriedad de la tramitación electrónica, los principios incorporados por la ley, las notificaciones electrónicas y el expediente administrativo digital. Si bien esta ley regula de manera directa la forma en que se desarrollarán las actuaciones administrativas desde un soporte papel a uno electrónico, esta transformación también conlleva una serie de cambios sustantivos relacionados con la manera en cómo las personas y funcionarios públicos se relacionan con la Administración del Estado (derechos en un contexto digital, manejo y almacenamiento de datos, ciberseguridad, uso de inteligencia artificial, entre otros). De ahí la importancia de analizar las modificaciones que la ley incorpora.
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