Código De Derecho Administrativo General 2ª Edición. Profesional – Edición De Lujo
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El Derecho Administrativo, de manera considerable, es fruto de las revoluciones liberales acaecidas entre la segunda mitad del siglo XVIII e inicios del siglo XIX, principalmente, de la revolución francesa, lo cual, sin embargo, no se tradujo en un quiebre y total abandono de las instituciones jurídicas del ancien regime. En efecto, lo que florece como nota distintiva de este proceso de transformación, es la sustitución de la voluntad del monarca por la ley como fuente y fundamento de la actuación estatal.
Massimo Severo Giannini establece como fecha de nacimiento del derecho administrativo positivo, el día 18 de febrero de 1800, al entrar en vigencia la primera ley en el mundo que reguló de una forma permanente una administración pública. Desde entonces, el Derecho Administrativo ha evolucionado junto al Estado siendo tributario de la filosofía y la forma que ha adoptado en cada época. Por ello, es un derecho en formación, proceso del cual ha emanado un nutrido ordenamiento jurídico.
Sin embargo, estamos en presencia de un derecho no codificado. Su normativa se encuentra dispersa. No existe en nuestro medio una genuina codificación del derecho administrativo.
A pesar de ello, se observa un incipiente pero progresivo proceso de sistematización en las últimas décadas con la dictación de diversos cuerpos legales que podemos considerar como las bases normativas genéricas -con rango legal-, de nuestro derecho administrativo, tales como la LOC N° 18.575, de Bases Generales de Administración del Estado; la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto Ley N° 1263, de Administración Financiera del Estado; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; la Ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, y la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Ante este horizonte, resulta siempre necesario contar con una completa y actualizada recopilación de la normativa propia del derecho administrativo general, esto es, aquel que regula la organización administrativa del Estado, la actividad formal y sustancial de la Administración, el control, la función pública, la responsabilidad patrimonial del Estado y los bienes del Estado.
El texto que presentamos pretende ser una útil herramienta para abogados, estudiantes, jueces, autoridades y funcionarios que se desempeñan en la administración del Estado.
12 disponibles
Autor: Gabriel Celis Danzinger – Jorge Ortega Gutiérrez
Editorial: Hammurabi
Año de Publicación: 2023
Paginas : 946
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Name | Código De Derecho Administrativo General 2ª Edición. Profesional – Edición De Lujo remove | Delitos de Falsedad Documental remove | Visión Jurisprudencial de las Servidumbres Mineras remove | La Objeción de Conciencia Como Derecho Fundamental, Historia, Doctrina y Jurisprudencia remove | La Sentencia de Inconstitucionalidad remove | Causales del Artículo 160 en la Terminación del Contrato N°6 remove |
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Description | Autor: Gabriel Celis Danzinger - Jorge Ortega Gutiérrez Editorial: Hammurabi Año de Publicación: 2023 Paginas : 946 | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 183 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 182 Año de publicación: 2022 | Autor: Felipe Silva Urra Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 131 Año de publicación: 2022 | Autor: Gonzalo Guerrero Valle Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 219 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 180 Año de publicación: 2022 |
Content | INDICE El Derecho Administrativo, de manera considerable, es fruto de las revoluciones liberales acaecidas entre la segunda mitad del siglo XVIII e inicios del siglo XIX, principalmente, de la revolución francesa, lo cual, sin embargo, no se tradujo en un quiebre y total abandono de las instituciones jurídicas del ancien regime. En efecto, lo que florece como nota distintiva de este proceso de transformación, es la sustitución de la voluntad del monarca por la ley como fuente y fundamento de la actuación estatal. Massimo Severo Giannini establece como fecha de nacimiento del derecho administrativo positivo, el día 18 de febrero de 1800, al entrar en vigencia la primera ley en el mundo que reguló de una forma permanente una administración pública. Desde entonces, el Derecho Administrativo ha evolucionado junto al Estado siendo tributario de la filosofía y la forma que ha adoptado en cada época. Por ello, es un derecho en formación, proceso del cual ha emanado un nutrido ordenamiento jurídico. Sin embargo, estamos en presencia de un derecho no codificado. Su normativa se encuentra dispersa. No existe en nuestro medio una genuina codificación del derecho administrativo. A pesar de ello, se observa un incipiente pero progresivo proceso de sistematización en las últimas décadas con la dictación de diversos cuerpos legales que podemos considerar como las bases normativas genéricas -con rango legal-, de nuestro derecho administrativo, tales como la LOC N° 18.575, de Bases Generales de Administración del Estado; la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto Ley N° 1263, de Administración Financiera del Estado; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; la Ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, y la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Ante este horizonte, resulta siempre necesario contar con una completa y actualizada recopilación de la normativa propia del derecho administrativo general, esto es, aquel que regula la organización administrativa del Estado, la actividad formal y sustancial de la Administración, el control, la función pública, la responsabilidad patrimonial del Estado y los bienes del Estado. El texto que presentamos pretende ser una útil herramienta para abogados, estudiantes, jueces, autoridades y funcionarios que se desempeñan en la administración del Estado. | IndiceDescripciónDELITOS DE FALSEDAD DOCUMENTALEn la presente monografía, se estudia cada tipo penal, desde la estructura del delito, sus elementos normativos, se apoyan en jurisprudencia Española, Colombiana, Chilena, al igual que con la doctrina. Su redacción es de forma didáctica, de tal manera que un estudiante, o un profesional versado le pueda ser fácil su lectura. Los delitos de falsedad documental son aquellos tipos penales que castigan la acción de falsificar, alterar o usar documentos falsos con fines fraudulentos. Estos delitos pueden incluir la fabricación de documentos falsos, la alteración de documentos auténticos, el uso de documentos falsos o alterados, o la impersonación de otra persona mediante el uso de documentación falsa o alterada. En general, la falsedad documental se refiere a la creación o alteración de documentos con el propósito de engañar o defraudar a otras personas o entidades. Los documentos falsos o alterados pueden ser de cualquier tipo, como facturas, títulos universitarios, pasaportes, certificados médicos, etc. Los delitos de falsedad documental suelen ser graves y están tipificados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos. La pena prevista por estos delitos depende de la gravedad del hecho y de los daños causados, y puede incluir prisión y multas. | Indice Descripción Visión Jurisprudencial de las Servidumbres Mineras | DescripciónLA OBJECIÓN DE CONCIENCIA COMO DERECHO FUNDAMENTAL Historia, doctrina y jurisprudencia La presente investigación tiene por objeto sistematizar la historia, doctrina y jurisprudencia sobre el derecho a la objeción de conciencia como un derecho fundamental del ser humano emanado del derecho a la libertad de conciencia. Se analiza desde diferentes perspectivas, ya que la objeción de conciencia es parte intrínseca del ser humano en su factor espiritual, moral, religioso, social, cultura, su papel en la historia y sobre todo en su relación con el derecho público, tanto internacional, a través de los diversos órganos y tratados internacionales de derechos humanos, como su desarrollo a nivel nacional (constitucional y administrativo) en un análisis de los más importantes órganos, instancias y jurisprudencia tanto judicial como administrativa. Se trata en definitiva, de una monografía destinada principalmente a estudiantes, académicos, como también una base doctrinal para la catedra de filosofía del derecho, derechos humanos o fundamentales y la catedra de libertad de conciencia. |
Indice
DescripciónAnálisis de su configuración a partir de la jurisprudencia del Tribunal ConstitucionalLa obra presenta un análisis general y completo de la sentencia de inconstitucionalidad del TC, examinando sus decisiones con el objeto de determinar el nivel de predictibilidad y fijeza que dicho tribunal entrega a sus decisiones en el tiempo. Lo anterior permite estudiar el comportamiento que ha tenido el Tribunal Constitucional en el tiempo, si aquel ha variado y cuáles son las razones que ha enarbolado para hacerlo. Aquello permite conocer el funcionamiento de esa magistratura y cómo aquel ha contribuido para profundizar el correcto desarrollo del sistema institucional, en aras a fortalecer el estado de derecho y la democracia. De esa forma, la obra analiza el valor de la sentencia de inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional como precedente. En tal sentido se determina a quienes obliga, así como también cuál es la parte de aquella que tiene fuerza de precedente. Además, se estudia cómo la magistratura constitucional ha ido recurriendo a sus pronunciamientos anteriores citándolos como precedente. Por último, se finaliza la investigación indicando el valor que posee la sentencia de inconstitucionalidad del Tribunal Constitucional dentro de las fuentes del Derecho, especificando sus efectos y su valor de cosa juzgada, para luego examinar los efectos de la sentencia en las personas, en el tiempo y en el espacio. | IndiceDescripciónNº1, 2021. ACCIDENTES DEL TRABAJOL Nº2, 2021. DESPIDO INDIRECTO Nº3, 2021. DESPIDO INJUSTIFICADO Nº4, 2021. TUTELA LABORA Nº5, 2022. FUNCIONARIOS MUNICIPALES Nº6, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 160 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO |
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