Código de derecho de familia – 1ª Edición profesional
$25.990
Autor: Cristián Lepin Molina
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 559
Año de publicación: 2019
10 disponibles
La regulación de la familia se encuentra dispersa en nuestro ordenamiento jurídico, estando lejos de constituir un todo orgánico, no obstante que como área especial del derecho aparece claramente definida. Esa unidad conceptual y temática, sumado a la dispersión señalada y a la necesidad de recopilar las normas que se refieren a las relaciones familiares hacen necesaria una obra como esta.
Si bien sus principales normas se encuentran en el Código Civil, existen una cantidad importante de leyes complementarias, como la Ley Nº 14.908, de 5 de octubre de 1962, fija el texto definitivo y refundido de la Ley Nº 5.750, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 14.550, regulando las materias concernientes a las pensiones alimentarias.
Por la Ley Nº 16.346, de 20 de octubre de 1965, se incorpora la legitimación adoptiva, pero sin derogar la Ley Nº 7.613. Posteriormente, se dicta la Ley Nº 18.703, de 10 de mayo de 1988, que derogó la Ley Nº 16.346, pero mantuvo vigente la Ley Nº 7.613. Contempló dos tipos de adopción: la simple y la plena.
Por su parte, la Ley Nº 19.620 establece una nueva regulación para la adopción (deroga las leyes Nºs. 7.613 y 18.703).
La Ley Nº 19.325, de 27 de agosto de 1994, establece la ley de violencia intrafamiliar, la que es modificada posteriormente por la Ley Nº 20.066, de 7 de octubre de 2005.
Otra ley importante es la Nueva Ley de Matrimonio Civil Nº 19.947, de 17 de mayo de 2004. Por primera vez incorpora el divorcio vincular y la compensación económica como derecho a favor del cónyuge más débil.
La Ley Nº 19.968, de 30 de agosto de 2004 establece una judicatura especializada para conocer de los asuntos de familia.
Recientemente, la Ley Nº 20.830, de 21 de abril de 2015, que crea el Acuerdo de Unión Civil, estableciendo un estatuto de protección familiar para parejas del mismo o de diferente sexo.
Todo ello sin mencionar el gran número de leyes modificatorias, que han configurado un nuevo derecho de familia, basado en los principios de igualdad, libertad y protección de las relaciones familiares.
Este Código de Derecho Familiar contiene la mayoría de las normas de familia, algunas especiales y otras generales, abarcando todos los ámbitos del Derecho de Familia.
Se estructura en cuatro partes, la Primera Parte sobre las normas pertinentes de la Constitución Política y Tratados Internacionales, contiene el conjunto de Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que se refieren a las relaciones familiares.
La Segunda Parte sobre los Códigos, contiene las normas pertinentes del Código Civil, de Derecho Internacional Privado, Código de Comercio y Código Tributario.
La Tercera Parte sobre las Leyes de Familia, incorpora todas las leyes especiales de familia y otras leyes que tienen normas sobre la familia, pero sólo las disposiciones pertinentes.
Por último, la Cuarta Parte sobre los Reglamentos, decretos, autos acordados y circulares, reúne los reglamentos y circulares sobre la materia.
Esperamos que este Código contribuya, en parte, al estudio y conocimiento de las normas sobre las relaciones familiares, que permita sustituir en parte la falta de sistematización y coherencia de nuestro Derecho Familiar, y facilite la labor de jueces, abogados, investigadores, académicos y estudiantes de derecho.
Esta edición Profesional se encuentra completamente actualizada, sistematizada, anotada, concordada, con índice de leyes y temático con el objeto de facilitar la búsqueda de información por el lector.
Cristián Lepin Molina
Profesor Facultad de Derecho
Universidad de Chile
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| Description | La regulación de la familia se encuentra dispersa en nuestro ordenamiento jurídico, estando lejos de constituir un todo orgánico, no obstante que como área especial del derecho aparece claramente definida. Esa unidad conceptual y temática, sumado a la dispersión señalada y a la necesidad de recopilar las normas que se refieren a las relaciones familiares hacen necesaria una obra como esta. Si bien sus principales normas se encuentran en el Código Civil, existen una cantidad importante de leyes complementarias, como la Ley Nº 14.908, de 5 de octubre de 1962, fija el texto definitivo y refundido de la Ley Nº 5.750, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 14.550, regulando las materias concernientes a las pensiones alimentarias. Por la Ley Nº 16.346, de 20 de octubre de 1965, se incorpora la legitimación adoptiva, pero sin derogar la Ley Nº 7.613. Posteriormente, se dicta la Ley Nº 18.703, de 10 de mayo de 1988, que derogó la Ley Nº 16.346, pero mantuvo vigente la Ley Nº 7.613. Contempló dos tipos de adopción: la simple y la plena. Por su parte, la Ley Nº 19.620 establece una nueva regulación para la adopción (deroga las leyes Nºs. 7.613 y 18.703). La Ley Nº 19.325, de 27 de agosto de 1994, establece la ley de violencia intrafamiliar, la que es modificada posteriormente por la Ley Nº 20.066, de 7 de octubre de 2005. Otra ley importante es la Nueva Ley de Matrimonio Civil Nº 19.947, de 17 de mayo de 2004. Por primera vez incorpora el divorcio vincular y la compensación económica como derecho a favor del cónyuge más débil. La Ley Nº 19.968, de 30 de agosto de 2004 establece una judicatura especializada para conocer de los asuntos de familia. Recientemente, la Ley Nº 20.830, de 21 de abril de 2015, que crea el Acuerdo de Unión Civil, estableciendo un estatuto de protección familiar para parejas del mismo o de diferente sexo. Todo ello sin mencionar el gran número de leyes modificatorias, que han configurado un nuevo derecho de familia, basado en los principios de igualdad, libertad y protección de las relaciones familiares. Este Código de Derecho Familiar contiene la mayoría de las normas de familia, algunas especiales y otras generales, abarcando todos los ámbitos del Derecho de Familia. Se estructura en cuatro partes, la Primera Parte sobre las normas pertinentes de la Constitución Política y Tratados Internacionales, contiene el conjunto de Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que se refieren a las relaciones familiares. La Segunda Parte sobre los Códigos, contiene las normas pertinentes del Código Civil, de Derecho Internacional Privado, Código de Comercio y Código Tributario. La Tercera Parte sobre las Leyes de Familia, incorpora todas las leyes especiales de familia y otras leyes que tienen normas sobre la familia, pero sólo las disposiciones pertinentes. Por último, la Cuarta Parte sobre los Reglamentos, decretos, autos acordados y circulares, reúne los reglamentos y circulares sobre la materia. Esperamos que este Código contribuya, en parte, al estudio y conocimiento de las normas sobre las relaciones familiares, que permita sustituir en parte la falta de sistematización y coherencia de nuestro Derecho Familiar, y facilite la labor de jueces, abogados, investigadores, académicos y estudiantes de derecho. Esta edición Profesional se encuentra completamente actualizada, sistematizada, anotada, concordada, con índice de leyes y temático con el objeto de facilitar la búsqueda de información por el lector. Cristián Lepin Molina Profesor Facultad de Derecho Universidad de Chile | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 240 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 178 Año de publicación: 2022 | Autor: Alejandro Gómez Sotomayor Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2022 | Autor: María Déborah Ramírez Rondón Editorial : Hammurabi Año de Publicación : 2022 Paginas :214 | Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 183 Año de publicación: 2022 |
| Content | Autor: Cristián Lepin Molina Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 559 Año de publicación: 2019 | IndiceDescripciónEl presente diccionario, es concebido como una herramienta que contribuirá con los abogados, estudiantes de derechos y ciencias afines, brindando un detallado análisis de los diversos conceptos que lo integran. El DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, incluye una destacada visión de los conceptos jurídicos, resaltándose que se incluyen en el mismo concepto modernos de reciente data para el derecho, como los derivados de las redes sociales. Inspirado en el derecho hispano, recoge la presente obra, vocabulario de diversos países de nuestro continente, y en especial referencia al castellano, como idioma oficial de nuestros países. En este diccionario, el lector encontrar conceptos de las diversas ramas que inteIndice-Libro-DdCJran las ciencias jurídicas y de aquellas que le son afines. En fin, la presente obra, es de carácter amplio, ya que no solo se circunscribe al saber del derecho, sino se integran conceptos de ciencias afines, como la criminalística, criminología, y medicina legal, entre otras. En Valencia del Rey a los 10 días de mes de Septiembre del año 2022. |
IndiceVisión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES TRÁNSITO | Indice El autor hace un estudio pormenorizado de la motivación, como un principio general del Derecho Público, en tres clases de actos públicos; actos administrativos, actos judiciales y legislativos. La visión de la obra es particularista, estableciendo que estamos en presencia de un principio, un derecho y una obligación, por lo tanto, el ciudadano tiene la posibilidad de exigir su cumplimiento. El tema en la sociedad actual ha cobrado un redoblado interés. El derecho administrativo autoritario hoy no resiste los embates y exigencias de una sociedad empoderada que exige a sus autoridades transparentar, a cabalidad, los motivos de sus decisiones. Hemos pasado de una época en que la regla general era la no exteriorización de los fundamentos de los actos a otra en que la regla general es, por el contrario, la publicidad de dichos fundamentos. El autor llega a considerar a la motivación un verdadero y auténtico principio general del derecho público chileno. Pero, no sólo referido a los actos administrativos, sino a todos los actos de los órganos del Estado. La motivación, desde un punto de vista más técnico, ha devenido en un requisito esencial de los actos de la administración, cuya omisión compromete absolutamente la validez de tales actos. | Indice DERECHO INTERNACIONAL DE AMÉRICA LATINA Aportes del pensamiento iusinternacional de Andrés Bello “Si se me permitiera imprimir mi primera sensación frente a ella no dudaría en calificarla, aun antes de extraordinaria, profunda, clarificadora, desde mi óptica latina como seductora porque toma posición frente a debates jurídicos, invita a degustar sus reflexiones para profundizar y gozarla. Jurídicamente es novedosa porque trae al escenario la reciente y profunda reforma al Code civil francés del 2016, de cuyo contenido somos vigilantes los latinoamericanos por la introducción de tantas primicias de originalidad al llevar al área contractual los avances de la jurisprudencia de Casación, en tanto verdadera bandera del renacimiento del Derecho Privado … La construcción sistemática del incumplimiento es una de las cuestiones más escabrosas en su planteamiento como requisito esencial y especial conducente a la resolución del contrato … Si bien para el civilista muchos de los conceptos referidos a la resolución del contrato, como va desde la rescisión hasta la nulidad, en cuyos senderos muchas veces la jurisprudencia muestra muchos traspiés, principalmente por los cambios de integración de los magistrados de una época con otra, de unos más cultos y otros menos, la labor del autor se orienta hacia una tarea didáctica, un planteamiento clarificador, subrayando, dejando la emoción de leer a un verdadero Maestro…”. (Prólogo del Dr. Ricardo Zeledón Zeledón, exmagistrado del Tribunal Supremo de Costa Rica, catedrático de la Universidad de Costa Rica, expresidente de la Academia costarricense de Derecho, Presidente del Comité Americano de Derecho Agrario, Presidente Emérito de la Unión Mundial de Derecho Agrario y Miembro de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España). | IndiceDescripciónDELITOS DE FALSEDAD DOCUMENTALEn la presente monografía, se estudia cada tipo penal, desde la estructura del delito, sus elementos normativos, se apoyan en jurisprudencia Española, Colombiana, Chilena, al igual que con la doctrina. Su redacción es de forma didáctica, de tal manera que un estudiante, o un profesional versado le pueda ser fácil su lectura. Los delitos de falsedad documental son aquellos tipos penales que castigan la acción de falsificar, alterar o usar documentos falsos con fines fraudulentos. Estos delitos pueden incluir la fabricación de documentos falsos, la alteración de documentos auténticos, el uso de documentos falsos o alterados, o la impersonación de otra persona mediante el uso de documentación falsa o alterada. En general, la falsedad documental se refiere a la creación o alteración de documentos con el propósito de engañar o defraudar a otras personas o entidades. Los documentos falsos o alterados pueden ser de cualquier tipo, como facturas, títulos universitarios, pasaportes, certificados médicos, etc. Los delitos de falsedad documental suelen ser graves y están tipificados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos. La pena prevista por estos delitos depende de la gravedad del hecho y de los daños causados, y puede incluir prisión y multas. |
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