Código Sanitario 2024. Vigésima Cuarta Edición

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DISPONIBLE A PARTIR DEL 08 DE MARZO DEL 2024

Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático.

Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.

Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.

Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.

Índice temático Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del artículo en que se encuentra tratado el concepto.

Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura.

Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2024 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.

ÍNDICE DEL CÓDIGO SANITARIO

TÍTULO PRELIMINAR

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De los Servicios de Salud

Párrafo III. De las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades

LIBRO PRIMERO
DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

TÍTULO I
De la protección materno infantil

TÍTULO II
De las enfermedades transmisibles

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De las enfermedades venéreas

TÍTULO III
De los laboratorios de salud pública

TÍTULO IV
De las estadísticas sanitarias

TTÍTULO V
De la divulgación y educación sanitarias

LIBRO SEGUNDO
DE LA PROFILAXIS SANITARIA INTERNACIONAL

TÍTULO I
Definiciones

TTÍTULO II
De la protección sanitaria internacional

LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO

TÍTULO I
Normas generales

TÍTULO II
De la higiene y seguridad del ambiente

Párrafo I. De las aguas y de sus usos sanitarios

Párrafo II. De las viviendas, locales, campamentos y demás

Párrafo III. De los desperdicios y basuras

TÍTULO III
De la higiene y seguridad de los lugares de trabajo

TÍTULO IV
De otros factores de riesgos

Párrafo I. De la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones

Párrafo II. De las substancias tóxicas o peligrosas para la salud

LIBRO CUARTO
DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTICIOS, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO MÉDICO

TÍTULO I
De los productos farmacéuticos

TÍTULO II
De los productos alimenticios

Párrafo I. De los productos alimenticios en general

Párrafo II. De la leche y los productos lácteos

TÍTULO III
De los productos cosméticos y productos de higiene y odorización personal

TÍTULO IV
De los elementos de uso médico

TÍTULO V
De los ensayos clínicos de productos farmacéuticos y elementos de uso médico

TÍTULO VI
De la responsabilidad por productos sanitarios defectuosos

LIBRO QUINTO
DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES LIBRO SEXTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE LA SALUD

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I
De los establecimientos asistenciales de salud

TÍTULO II
De los establecimientos de óptica y de otros elementos de uso médico

TÍTULO III
De los establecimientos del área farmacéutica

LIBRO SÉPTIMO
DE LA OBSERVACIÓN Y RECLUSIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES, DE LOS ALCOHÓLICOS Y DE LOS QUE PRESENTEN ESTADO DE DEPENDENCIA DE OTRAS DROGAS Y SUBSTANCIAS

LIBRO OCTAVO
DE LAS INHUMACIONES, EXHUMACIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

LIBRO NOVENO
DEL APROVECHAMIENTO DE TEJIDOS O PARTES DEL CUERPO DE UN DONANTE VIVO Y DE LA UTILIZACIÓN DE CADÁVERES O PARTE DE ELLOS CON FINES CIENTÍFICOS O TERAPÉUTICOS

LIBRO DÉCIMO
DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

TÍTULO I
De la inspección y allanamiento

TÍTULO II
Del sumario sanitario

TÍTULO III
De las sanciones y medidas sanitarias

ÍNDICE DEL APÉNDICE

– Ley Nº 19.451. Establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 10 de abril de 1996)

– Decreto Nº 35. Aprueba reglamento de la Ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 21 de octubre de 2013)

– Resolución Nº 601 exenta. Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectúen extracción y trasplantes de órganos (D.O. de 19 de abril de 1999)

– Decreto Nº 357. Reglamento general de cementerios (D.O. de 18 de junio de 1970)

– Decreto Nº 161. Reglamento de hospitales y clínicas (D.O. de 19 de noviembre de 1982)

– Decreto Nº 825. Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso médico (D.O. de 21 de agosto de 1999)

– Decreto Nº 3. Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas (D.O. de 25 de abril de 1985)

– Decreto Nº 133. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines (D.O. de 23 de agosto de 1984)

– Decreto Nº 466. Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados (D.O. de 12 de marzo de 1985)

– Decreto Nº 405. Reglamento de productos psicotrópicos (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto Nº 404. Reglamento de estupefacientes (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa (D.O. de 21 de febrero de 1990)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 (D.O. de 24 de abril de 2006)

– Ley Nº 20.584. Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (D.O. de 24 de abril de 2012)

– Ley Nº 20.585. Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (D.O. de 11 de mayo de 2012)

– Ley Nº 20.606. Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (D.O. de 6 de julio de 2012)

– Ley Nº 20.869. Sobre publicidad de los alimentos (D.O. de 13 de noviembre de 2015)

– Ley Nº 21.331. Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental (D.O. de 11 de mayo de 2021)

– Ley Nº 21.375. Consagra los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 21 de octubre de 2021)

– Decreto Nº 44. Aprueba reglamento de las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines de la Ley Nº 21.030 (D.O. de 8 de febrero de 2018)

– Decreto Nº 67. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario (D.O. de 23 de octubre de 2018)

– Ley Nº 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos (D.O. de 10 de febrero de 2023)

– Ley Nº 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personascon trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación (D.O. de 10 de marzo de 2023)

– Ley Nº 21.559. Regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación (D.O. de 28 de abril de 2023)

– Decreto Nº 6. Reglamento sobre acciones vinculadas a la atención de salud realizada a distancia (D.O. de 9 de diciembre de 2022)

– Decreto Nº 41. Reglamento sobre cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 10 de enero de 2023)

Modificaciones incorporadas a esta edición

Índice Temático

 

MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN

Modificaciones introducidas al Código Sanitario en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2024:

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.566, publicada en el Diario Oficial de 11 de mayo de 2023, modifica el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 1º, 3º, 8º, 8º bis, 9º, 10 bis, 11, 13 y 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo 2º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 8º bis, 79 bis y 159 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.

– El artículo 3º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 120 bis y 122 del Código Sanitario.

– El artículo único del Decreto Nº 91, publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único de la Ley Nº 21.509, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2022, modifica el artículo 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo único del Decreto Nº 75, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2022, modifica los artículos 2º, 2º bis, 3º, 4º, 6º, 8º bis y 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único del Decreto Nº 10, publicado en el Diario Oficial de 7 de septiembre de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 31, publicado en el Diario Oficial de 28 de marzo de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º del Decreto Nº 6, publicado en el Diario Oficial de 10 de marzo de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 7, publicado en el Diario Oficial de 4 de marzo de 2022, modifica los artículos 2º y 2º bis del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo único del Decreto Nº 43, publicado en el Diario Oficial de 6 de enero de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo 1º del Decreto Nº 52, publicado en el Diario Oficial de 24 de diciembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º del Decreto Nº 40, publicado en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2021, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos.

– El artículo único de la Ley Nº 21.388, publicada en el Diario Oficial de 28 de octubre de 2020, modifica los artículos 174, 174 bis y 179 del Código Sanitario.

– El artículo único de la Ley Nº 21.380, publicada en el Diario Oficial de 21 de octubre de 2021, modifica los artículos 5º bis y 5º quáter de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo único de la Ley Nº 21.372, publicada en el Diario Oficial de 7 de octubre de 2021, modifica el artículo 6º de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

– El artículo 1º del Decreto Nº 39, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus.

– El artículo 1º de la Ley Nº 21.371, publicada en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2021, modifica los artículos 5º, 1º y 2º transitorio de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

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Autor: María Soledad Krause M.
Editorial: Thomson Reuters
Numero de Paginas: 560
Año de Publicación  : 2024

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DescriptionAutor: María Soledad Krause M. Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 560 Año de Publicación  : 2024Autores: Javier Alonso Morales Escudey - Marco Antonio Fernández Ponce Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 200 Año de publicación: 2024Autor: Pablo Gajardo Zúñiga Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2023 Paginas :480Autor: María José Jordán Palet Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 105 Año de publicación: 2022Autor: Equipo Editorial Thomson Reuters Editorial: Thomson Reuters Año de Publicación  : 2023.Autor: Gabriel Celis Danzinger Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :604
ContentDISPONIBLE A PARTIR DEL 08 DE MARZO DEL 2024

Respaldo de un director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático.

Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional.

Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido.

Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares.

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Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura.

Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2024 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.

ÍNDICE DEL CÓDIGO SANITARIO

TÍTULO PRELIMINAR

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De los Servicios de Salud

Párrafo III. De las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades

LIBRO PRIMERO DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

TÍTULO I De la protección materno infantil

TÍTULO II De las enfermedades transmisibles

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De las enfermedades venéreas

TÍTULO III De los laboratorios de salud pública

TÍTULO IV De las estadísticas sanitarias

TTÍTULO V De la divulgación y educación sanitarias

LIBRO SEGUNDO DE LA PROFILAXIS SANITARIA INTERNACIONAL

TÍTULO I Definiciones

TTÍTULO II De la protección sanitaria internacional

LIBRO TERCERO DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO

TÍTULO I Normas generales

TÍTULO II De la higiene y seguridad del ambiente

Párrafo I. De las aguas y de sus usos sanitarios

Párrafo II. De las viviendas, locales, campamentos y demás

Párrafo III. De los desperdicios y basuras

TÍTULO III De la higiene y seguridad de los lugares de trabajo

TÍTULO IV De otros factores de riesgos

Párrafo I. De la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones

Párrafo II. De las substancias tóxicas o peligrosas para la salud

LIBRO CUARTO DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTICIOS, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO MÉDICO

TÍTULO I De los productos farmacéuticos

TÍTULO II De los productos alimenticios

Párrafo I. De los productos alimenticios en general

Párrafo II. De la leche y los productos lácteos

TÍTULO III De los productos cosméticos y productos de higiene y odorización personal

TÍTULO IV De los elementos de uso médico

TÍTULO V De los ensayos clínicos de productos farmacéuticos y elementos de uso médico

TÍTULO VI De la responsabilidad por productos sanitarios defectuosos

LIBRO QUINTO DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES LIBRO SEXTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE LA SALUD

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I De los establecimientos asistenciales de salud

TÍTULO II De los establecimientos de óptica y de otros elementos de uso médico

TÍTULO III De los establecimientos del área farmacéutica

LIBRO SÉPTIMO DE LA OBSERVACIÓN Y RECLUSIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES, DE LOS ALCOHÓLICOS Y DE LOS QUE PRESENTEN ESTADO DE DEPENDENCIA DE OTRAS DROGAS Y SUBSTANCIAS

LIBRO OCTAVO DE LAS INHUMACIONES, EXHUMACIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

LIBRO NOVENO DEL APROVECHAMIENTO DE TEJIDOS O PARTES DEL CUERPO DE UN DONANTE VIVO Y DE LA UTILIZACIÓN DE CADÁVERES O PARTE DE ELLOS CON FINES CIENTÍFICOS O TERAPÉUTICOS

LIBRO DÉCIMO DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

TÍTULO I De la inspección y allanamiento

TÍTULO II Del sumario sanitario

TÍTULO III De las sanciones y medidas sanitarias

ÍNDICE DEL APÉNDICE

– Ley Nº 19.451. Establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 10 de abril de 1996)

– Decreto Nº 35. Aprueba reglamento de la Ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 21 de octubre de 2013)

– Resolución Nº 601 exenta. Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectúen extracción y trasplantes de órganos (D.O. de 19 de abril de 1999)

– Decreto Nº 357. Reglamento general de cementerios (D.O. de 18 de junio de 1970)

– Decreto Nº 161. Reglamento de hospitales y clínicas (D.O. de 19 de noviembre de 1982)

– Decreto Nº 825. Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso médico (D.O. de 21 de agosto de 1999)

– Decreto Nº 3. Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas (D.O. de 25 de abril de 1985)

– Decreto Nº 133. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines (D.O. de 23 de agosto de 1984)

– Decreto Nº 466. Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados (D.O. de 12 de marzo de 1985)

– Decreto Nº 405. Reglamento de productos psicotrópicos (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto Nº 404. Reglamento de estupefacientes (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa (D.O. de 21 de febrero de 1990)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 (D.O. de 24 de abril de 2006)

– Ley Nº 20.584. Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (D.O. de 24 de abril de 2012)

– Ley Nº 20.585. Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (D.O. de 11 de mayo de 2012)

– Ley Nº 20.606. Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (D.O. de 6 de julio de 2012)

– Ley Nº 20.869. Sobre publicidad de los alimentos (D.O. de 13 de noviembre de 2015)

– Ley Nº 21.331. Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental (D.O. de 11 de mayo de 2021)

– Ley Nº 21.375. Consagra los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 21 de octubre de 2021)

– Decreto Nº 44. Aprueba reglamento de las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines de la Ley Nº 21.030 (D.O. de 8 de febrero de 2018)

– Decreto Nº 67. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario (D.O. de 23 de octubre de 2018)

– Ley Nº 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos (D.O. de 10 de febrero de 2023)

– Ley Nº 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personascon trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación (D.O. de 10 de marzo de 2023)

– Ley Nº 21.559. Regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación (D.O. de 28 de abril de 2023)

– Decreto Nº 6. Reglamento sobre acciones vinculadas a la atención de salud realizada a distancia (D.O. de 9 de diciembre de 2022)

– Decreto Nº 41. Reglamento sobre cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 10 de enero de 2023)

Modificaciones incorporadas a esta edición

Índice Temático

  MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN Modificaciones introducidas al Código Sanitario en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2024: – El artículo 1º de la Ley Nº 21.566, publicada en el Diario Oficial de 11 de mayo de 2023, modifica el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 1º, 3º, 8º, 8º bis, 9º, 10 bis, 11, 13 y 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo 2º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 8º bis, 79 bis y 159 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. – El artículo 3º de la Ley Nº 21.541, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2023, modifica los artículos 120 bis y 122 del Código Sanitario. – El artículo único del Decreto Nº 91, publicado en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único de la Ley Nº 21.509, publicada en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2022, modifica el artículo 14 de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo único del Decreto Nº 75, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2022, modifica los artículos 2º, 2º bis, 3º, 4º, 6º, 8º bis y 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único del Decreto Nº 10, publicado en el Diario Oficial de 7 de septiembre de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 31, publicado en el Diario Oficial de 28 de marzo de 2022, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º del Decreto Nº 6, publicado en el Diario Oficial de 10 de marzo de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 7, publicado en el Diario Oficial de 4 de marzo de 2022, modifica los artículos 2º y 2º bis del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo único del Decreto Nº 43, publicado en el Diario Oficial de 6 de enero de 2022, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo 1º del Decreto Nº 52, publicado en el Diario Oficial de 24 de diciembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º del Decreto Nº 40, publicado en el Diario Oficial de 25 de noviembre de 2021, modifica la Lista I del Título V del Decreto Nº 405, Reglamento de productos psicotrópicos. – El artículo único de la Ley Nº 21.388, publicada en el Diario Oficial de 28 de octubre de 2020, modifica los artículos 174, 174 bis y 179 del Código Sanitario. – El artículo único de la Ley Nº 21.380, publicada en el Diario Oficial de 21 de octubre de 2021, modifica los artículos 5º bis y 5º quáter de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo único de la Ley Nº 21.372, publicada en el Diario Oficial de 7 de octubre de 2021, modifica el artículo 6º de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. – El artículo 1º del Decreto Nº 39, publicado en el Diario Oficial de 30 de septiembre de 2021, modifica el artículo 10 del Decreto Nº 4, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus. – El artículo 1º de la Ley Nº 21.371, publicada en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2021, modifica los artículos 5º, 1º y 2º transitorio de la Ley Nº 20.584, que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

INDICE LA VALORACIÓN PROBATORIA DEL DERECHO A LA SALUD Una aproximación a partir de las demandas de medicamentos de alto costo Prólogo Sergio Fuenzalida Bascuñán La política pública sanitaria se encuentra en riesgo vital. El rol adjudicador del poder judicial en materia sanitaria ha generado una importante distorsión en los mecanismos de creación e implementación de políticas públicas; toda vez que, por la vía del cumplimiento de fallos particulares dictados a propósito de recursos de protección, la industria farmacéutica asegura la venta de costosos medicamentos al precio que ellos unilateralmente impongan, jugando con la necesidad de un Estado bipolar que, de una parte, pretende hacer gestión de recursos públicos en forma eficiente, colectiva y progresiva pero que, de otra parte, exige obviar esa racionalidad distributiva tildándola de arbitraria e ilegal para casos concretos. Reconociendo la complejidad de la problemática descrita, la que involucra factores jurídicos, políticos, económicos y sociales; este trabajo pretende limitarse a un tema específico, cual es descifrar qué puede exigírsele a los tribunales superiores de justicia para justificar adecuadamente las decisiones que están provocando esta fricción institucional. Para ello, se propone un estudio crítico de los fallos que se han dictado sobre la materia, identificando la existencia de una regla atributiva jurisprudencial que el máximo tribunal construyó a propósito del conocimiento y fallo de estas causas. Es a partir de esta regla que el trabajo revisa tópicos tales como la determinación del presupuesto normativo aplicable y la valoración de la prueba allegada para acreditar las premisas fácticas de estos casos, siendo estas últimas particularmente complejas, toda vez que se relacionan con la determinación del riesgo vital de los pacientes demandantes, el beneficio terapéutico y la seguridad de los medicamentos demandados. Todo lo anterior en un escenario de incertidumbre científica respecto al valor terapéutico de los productos demandados, y donde, a su vez, se detecta la presencia de sesgos cognitivos por parte de los intervinientes. A propósito de ello, el texto da cuenta de brechas importantes en la valoración probatoria y en la motivación de estas decisiones, concluyendo que no se logra justificar, social y racionalmente, el mediático rol adjudicador de los tribunales superiores de cara a la ciudadanía.Despacho a partir del 25 de Septiembre. INDICE Este libro analiza los embarazos no deseados como fuente de responsabilidad civil. Se expone el origen y evolución de la acción por anticoncepción fallida o wrongful conception en el derecho extranjero para demostrar que ella es admisible en Chile, centrando el análisis en el daño y en la extensión de los perjuicios indemnizables. Los supuestos de embarazos no deseados o de anticoncepción fallida son la responsabilidad civil médica –en el contexto de una intervención de esterilización– o la responsabilidad por productos defectuosos –por el uso de anticonceptivos defectuosos–. Igualmente, se comenta de manera general la modificación al Código Sanitario que incorpora un régimen de responsabilidad estricta para productos sanitarios defectuosos en Chile. Adicionalmente, se realiza un análisis comparado de las tres acciones de responsabilidad civil asociadas a la vida humana (perjuicio de nacer – perjuicio de vivir – anticoncepción fallida) con el objeto de identificar la especificidad dogmática de la anticoncepción fallida. Demostraremos que la anticoncepción fallida se funda en la lesión al interés anticonceptivo, en el derecho a la salud reproductiva, en la autodeterminación reproductiva y en el derecho a la planificación familiar, todos emanados de la libertad y autonomía personal. Si las personas tienen el derecho a decidir sobre su situación reproductiva, se deben reparar los perjuicios causados como consecuencia de una afectación ilícita por parte de terceros.  Indice Estándar de proporcionalidad de una multa impuesta en virtud del Código Sanitario según la jurisprudencia chilena Uno de los límites de esta potestad sancionatoria es que esta sea ejercida conforme al principio de proporcionalidad al momento de determinar el quantum específico de la multa. En nuestro derecho existe una regulación sancionatoria deficiente en materia sanitaria por cuanto no se regula mayormente criterios de graduación para la determinación específica de la multa a ser impuesta en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. Dada la situación anterior es que el presente trabajo tiene por objeto analizar y sintetizar los criterios que han señalado los tribunales de justicia como relevantes para calificar como proporcional o no una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública. Aquello será realizado en miras a formular diversas preguntas que debiese realizarse la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa aplicada en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario, para que dicha decisión sea conforme al principio de proporcionalidad en materia sancionatoria. Es así como, en una primera parte, se describirá el estado actual sancionatorio en materia sanitaria y la insuficiencia normativa que ésta presenta respecto de los criterios de graduación de multas y su relación con el principio de proporcionalidad. Posteriormente, se analizarán y sistematizarán los criterios jurisprudenciales de 22 casos judiciales en donde los tribunales se pronunciaron respecto de la proporcionalidad o no de una multa aplicada por el Instituto de Salud Pública en virtud del art. 174 inciso I del Código Sanitario. A raíz de dicho análisis se formulará lo que se denominará “preguntas del examen de proporcionalidad” con el propósito de otorgarle criterios a la autoridad sanitaria al momento de determinar el quantum de una multa conforme a dicho principio.DESPACHO A PARTIR DEL 24 DE FEBRERO DEL 2023  ACTUALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO CONFIABLE, REALIZADA POR EXPERTOS Nuestro equipo editorial lleva décadas realizando este trabajo de actualización, con un nivel de excelencia difícil de igualar y ampliamente reconocido por los profesionales del derecho. Todo el valor diferencial de la edición impresa también la tienes en su versión digital, a través de Proview. Fijamos el standard en cuanto a valor agregado, con: ✔ Respaldo de un Director Cada código cuenta con la supervisión de un abogado destacado en la materia, encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice, concordancias, títulos de artículos e índice temático. ✔ Apéndice normativo Compilación y sistematización de normas complementarias al código, indispensables para el ejercicio profesional. ✔ Títulos en artículos del código y del apéndice En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve descripción de su contenido. ✔ Concordancias Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando tratan sobre materias similares. ✔ Índice temático Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del artículo en que se encuentra tratado el concepto. ✔ Articulado y apéndice actualizados Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición de este código. Las modificaciones han sido incorporadas en los artículos y el sentido de estas, se explican en detalle en las notas de actualización (al pie de página). En los casos de modificaciones que tienen una vigencia diferida, el nuevo texto se incluye en la nota del artículo correspondiente, de forma tal que el lector pueda contar con la versión actual y con la futura. ✔ Listado de modificaciones actualizado al 4 de enero de 2023 En este listado, se presentan todos los cambios normativos que se han incorporado en este código, detallando la norma modificatoria, la norma modificada, y los artículos. Contempla las modificaciones introducidas desde el 1 de febrero del 2002.

ÍNDICE DEL CÓDIGO SANITARIO

TÍTULO PRELIMINAR

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De los Servicios de Salud

Párrafo III. De las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades

LIBRO PRIMERO DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

TÍTULO I De la protección materno infantil

TÍTULO II De las enfermedades transmisibles

Párrafo I. Disposiciones generales

Párrafo II. De las enfermedades venéreas

TÍTULO III De los laboratorios de salud pública

TÍTULO IV De las estadísticas sanitarias

TTÍTULO V De la divulgación y educación sanitarias

LIBRO SEGUNDO DE LA PROFILAXIS SANITARIA INTERNACIONAL

TÍTULO I Definiciones

TTÍTULO II De la protección sanitaria internacional

LIBRO TERCERO DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO

TÍTULO I Normas generales

TÍTULO II De la higiene y seguridad del ambiente

Párrafo I. De las aguas y de sus usos sanitarios

Párrafo II. De las viviendas, locales, campamentos y demás

Párrafo III. De los desperdicios y basuras

TÍTULO III De la higiene y seguridad de los lugares de trabajo

TÍTULO IV De otros factores de riesgos

Párrafo I. De la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones

Párrafo II. De las substancias tóxicas o peligrosas para la salud

LIBRO CUARTO DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ALIMENTICIOS, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO MÉDICO

TÍTULO I De los productos farmacéuticos

TÍTULO II De los productos alimenticios

Párrafo I. De los productos alimenticios en general

Párrafo II. De la leche y los productos lácteos

TÍTULO III De los productos cosméticos y productos de higiene y odorización personal

TÍTULO IV De los elementos de uso médico

TÍTULO V De los ensayos clínicos de productos farmacéuticos y elementos de uso médico

TÍTULO VI De la responsabilidad por productos sanitarios defectuosos

LIBRO QUINTO DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES LIBRO SEXTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEL ÁREA DE LA SALUD

TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO I De los establecimientos asistenciales de salud

TÍTULO II De los establecimientos de óptica y de otros elementos de uso médico

TÍTULO III De los establecimientos del área farmacéutica

LIBRO SÉPTIMO DE LA OBSERVACIÓN Y RECLUSIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES, DE LOS ALCOHÓLICOS Y DE LOS QUE PRESENTEN ESTADO DE DEPENDENCIA DE OTRAS DROGAS Y SUBSTANCIAS

LIBRO OCTAVO DE LAS INHUMACIONES, EXHUMACIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

LIBRO NOVENO DEL APROVECHAMIENTO DE TEJIDOS O PARTES DEL CUERPO DE UN DONANTE VIVO Y DE LA UTILIZACIÓN DE CADÁVERES O PARTE DE ELLOS CON FINES CIENTÍFICOS O TERAPÉUTICOS

LIBRO DÉCIMO DE LOS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

TÍTULO I De la inspección y allanamiento

TÍTULO II Del sumario sanitario

TÍTULO III De las sanciones y medidas sanitarias

ÍNDICE DEL APÉNDICE

– Ley Nº 19.451. Establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 10 de abril de 1996)

– Decreto Nº 35. Aprueba reglamento de la Ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos (D.O. de 21 de octubre de 2013)

– Resolución Nº 601 exenta. Aprueba requisitos que deben cumplir los establecimientos asistenciales que efectúen extracción y trasplantes de órganos (D.O. de 19 de abril de 1999)

– Decreto Nº 357. Reglamento general de cementerios (D.O. de 18 de junio de 1970)

– Decreto Nº 161. Reglamento de hospitales y clínicas (D.O. de 19 de noviembre de 1982)

– Decreto Nº 825. Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso médico (D.O. de 21 de agosto de 1999)

– Decreto Nº 3. Aprueba reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas (D.O. de 25 de abril de 1985)

­– Decreto Nº 133. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines (D.O. de 23 de agosto de 1984)

– Decreto Nº 466. Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados (D.O. de 12 de marzo de 1985)

– Decreto Nº 405. Reglamento de productos psicotrópicos (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto Nº 404. Reglamento de estupefacientes (D.O. de 20 de febrero de 1984)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa (D.O. de 21 de febrero de 1990)

– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 (D.O. de 24 de abril de 2006)

– Ley Nº 20.584. Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud (D.O. de 24 de abril de 2012)

– Ley Nº 20.585. Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas (D.O. de 11 de mayo de 2012)

– Ley Nº 20.606. Sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad (D.O. de 6 de julio de 2012)

– Ley Nº 20.869. Sobre publicidad de los alimentos (D.O. de de noviembre de 2015)

– Ley Nº 21.331. Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental (D.O. de 11 demayo de 2021)

– Decreto Nº 4. Decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus (D.O. de 8 de febrero de 2020)

– Ley Nº 21.375. Consagra los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves (D.O. de 21 de octubre de 2021)

– Decreto Nº 44. Aprueba reglamento de las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento y materias afines de la Ley Nº 21.030 (D.O. de 8 de febrero de 2018)

– Decreto Nº 67. Aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario (D.O. de 23 de octubre de 2018)

Indice El presente texto tiene por objeto una versión sistemática y actualizada sobre el denomina – do Derecho de Compras Públicas, referido particularmente a la categoría de los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en el régimen de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, sin excluir, la revisión de otros sistemas normativos de adquisiciones y servicios especiales para la Administración del Estado. El trabajo, privilegia un enfoque pragmático, profesional y forense, de manera que, el prisma de estudio se centra en una sistematización de la normativa legal y reglamentaria sobre compras públicas, adoptando un enfoque operativo, a la luz de los criterios adoptados por la jurisprudencia judicial, constitucional y administrativa, por lo que sus principales destina – tarios naturales son abogados y profesionales que participan en este tipo de contrataciones o brindan asesoría, dentro o fuera de la Administración Pública. Finalmente, cabe destacar que, a diferencia de otros trabajos anteriores, en esta oportunidad, el autor ha incursionado en la fase contractual o de ejecución del contrato de suministro y/o servicios, con especial hincapié, en el régimen sancionatorio y de aplicación de multas.
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