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Curso De Tramitación Electrónica – Análisis De La Ley N° 20.886, Sobre Tramitación Digital De Los Procesos Judiciales Civiles

$23.990

Autor: Rodrigo Silva Montes
Editorial: EJS
Numero de Paginas: 199
Año de publicación: 2025

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Nos encontramos en presencia de un cambio de soporte de papel a lo electrónico y solamente respecto de algunas de las actuaciones que se realizan en nuestros procedimientos, sin que por ello se extienda obviamente con semejante generalidad a los medios audiovisuales que deberían regir las audiencias en todos los procesos, lugar donde es notoria y constituye la mejor demostración del atraso de nuestros procedimientos civiles escritos.

De allí que hacer extensiva la tramitación electrónica a los juicios escritos no puede entenderse como una dilación a la llegada de la necesaria modernización según los principios que rigen los procesos orales, que deben ajustarse a una composición orgánica y reglas procesales muy diversos a los que actualmente los rigen.

Sin embargo, la información que nos deberá brindar la tramitación electrónica deberá poner de manifiesto que nuestros actuales tribunales civiles dedican la mayoría de su tiempo, atendida su actual composición, a la solución de problemas de naturaleza que no revisten un carácter propiamente jurisdiccional como debe ser la atención de público, las soluciones de problemas de carácter administrativo, y principalmente la decisión de aspectos de naturaleza que distan mucho de la labor de adjudicador, como lo son muchas de las funciones de la ejecución que se entrega a los tribunales por una decisión legislativa más que por la esencia que implica el ejercicio de la jurisdicción. Por eso es que se ha dicho que para que sea eficaz la sentencia o un título ejecutivo necesitamos más ejecución y menos juicio, única forma de satisfacer expeditamente el crédito que contiene el título.

  1. DE LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE LOS PROCESOS JUDICIALES
  2. Generalidades
    1.1. Ámbito de aplicación
    1.2. Conceptos básicos
  3. Principios formativos
    A. Principio de equivalencia funcional del soporte electrónico
    B. Principio de fidelidad
    C. Principio de publicidad
    D. Principio de la buena fe
    E. Principio de actualización de sistemas informáticos
    F. Principio de cooperación
    G. El Auto Acordado 71/2016
    a. Legalidad y competencia
    b. Responsabilidad
    c. Eficiencia
    d. Rotación de funciones
    e. Concentración de audiencias
    f. Celeridad y oportunidad en la decisión
  4. Uso obligatorio del sistema informático, respaldo y conservación
    3.1. Sujeto pasivo del mandato legal
    3.2. Contenido del mandato
    3.3. Registro
    3.4. Conservación
    A. Ente responsable
    B. Respaldo
  5. Firma electrónica
    4.1. Sujetos pasivos del mandato
    4.2. Responsabilidad
    4.3. Falta de autorización
    4.4. Copias autorizadas
  6. Presentación de demandas y escritos
    5.1. Regla general
    5.2. Excepción
    A. Cuando las “circunstancias” así lo requieran
    B. Se trate de una persona “autorizada por el tribunal” por carecer de los medios tecnológicos necesarios
  7. Presentación de documentos
    6.1. Documentos electrónicos
    6.2. Documentos no electrónicos
    6.3. Títulos ejecutivos
    6.4. Apercibimiento
  8. Patrocinio y poder electrónico
    7.1. Patrocinio
    7.2. Mandato judicial
  9. Otras formas de notificación
  10. Registro de actuaciones de receptores
    9.1. Carga de registrarse
    9.2. Oportunidad para informar
    9.3. Registro georreferenciado
    9.4. Registro fotográfico o de video
    9.5. Facultad de la Corte Suprema
    9.6. Sanciones a los receptores
  11. Exhortos
    10.1. Regla general
    10.2. Excepción
  12. Oficios y comunicaciones judiciales
    11.1. Regla general
    11.2. Excepción
  13. DE LA MODIFICACIÓN DE DIVERSOS CUERPOS LEGALES

II.I. De las modificaciones al Código de Procedimiento Civil

  1. Substitución de los artículos 29 y 30 (formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes)
    A. Del artículo 29
    a. Concepto
    b. Registro y conservación
    c. Eliminación de antecedentes
  2. Del artículo 30
    a. Legislación que se modifica
    b. Suma
  3. Derogación del artículo 31, sobre las copias
  4. Substitución del artículo 33 del CPC (sobre la presentación de escritos)
    A. De lo que se elimina
    B. De los cambios
  5. Modificaciones al artículo 34 (eliminación de “escritos en papel”)
  6. Derogación del artículo 35 (sobre el desglose de fojas del expediente)
  7. Reemplazo de los artículos 36 y 37
    6.1. En cuanto al artículo 36 (custodia del expediente)
    6.2. En cuanto al artículo 37 (de la entrega del expediente a terceros)
  8. Modificación del artículo 46 (sobre la notificación “personal especial”)
  9. De las notificaciones por el “Estado Diario Electrónico”
  10. Del artículo 57 (certificación de las diligencias de notificación)
  11. De las actuaciones judiciales
    10.1. Testimonio en la carpeta electrónica
    10.2. Comunicaciones entre tribunales
  12. Del privilegio de pobreza
  13. De las resoluciones judiciales
    12.1. Aviso de sentencia definitiva
    12.2. Suspensión de la vista de la causa; y recusación de abogados integrantes
    12.3. Firma electrónica de las resoluciones judiciales
    12.4. Fallos separados o parciales
  14. De la apelación
    13.1. Del llamado “falso recurso de hecho”
    13.2. Remisión de los antecedentes al tribunal ad quem
    13.3. Solicitud de alegatos
    13.4. Certificado de ingreso
    13.5. Examen de admisibilidad del recurso de apelación
    13.6. Del Recurso de Hecho
    A. Plazo
    B. Petición de la carpeta electrónica
    C. Fallo
    13.7. De la prescripción de la apelación
    13.8. Inadmisibilidad del recurso de apelación
    13.9. Adhesión a la apelación
    13.10. De las notificaciones
    13.11. De los informes en derecho
  15. De la Tabla de Emplazamientos
  16. De la conciliación
  17. Prueba documental electrónica
  18. Prueba testimonial
  19. De las observaciones a la prueba en el juicio ejecutivo
  20. Del recurso de casación
    19.1. Eliminación de causales
    19.2. De los efectos del recurso de casación
    19.3. Examen de admisibilidad
    19.4. Certificado de ingreso y comparecencia

II.II. De las modificaciones al Código Orgánico de Tribunales

  1. De los acuerdos
    2. De la competencia
    3. De la integración
    4. De los relatores
    5. De los secretarios
    6. De los “receptores ad hoc”
    7. De los receptores
    8. Del juramento de nuevos abogados
    9. Medidas disciplinarias

ANEXOS

  1. Ley No 20.886, que modifica al Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales, publicada en el Diario Oficial No 41.335, de fecha 18 de diciembre de 2015
    2. Auto Acordado No 37-2016, para la Aplicación en el Poder Judicial de la Ley No 20.886, que Establece la Tramitación Digital de los Procedimientos Judiciales, dictado por la Corte Suprema el 15 de abril de 2016, y publicado en el Diario Oficial No 41.439, del 22 de abril de 2016
    3. Auto Acordado No 71-2016, que regula el funcionamiento de tribunales que tramitan electrónicamente, dictado por la Corte Suprema el 16 de junio de 2016, y publicado en el Diario Oficial No 41.503, del 8 de julio de 2016
    4. Convenio de Budapest, Hungría, sobre ciberdelincuencia
    5. Auto Acordado No 13-2021, de la Corte Suprema, publicado en el Diario Oficial de 22 de enero de 2021, sobre remates judiciales de inmuebles mediante videoconferencias
    6. Auto Acordado No 271-2021, de la Corte Suprema, publicado en el Diario Oficial de 18 de diciembre de 2021, sobre audiencias y vistas de causas por videoconferencias

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Nos encontramos en presencia de un cambio de soporte de papel a lo electrónico y solamente respecto de algunas de las actuaciones que se realizan en nuestros procedimientos, sin que por ello se extienda obviamente con semejante generalidad a los medios audiovisuales que deberían regir las audiencias en todos los procesos, lugar donde es notoria y constituye la mejor demostración del atraso de nuestros procedimientos civiles escritos.

De allí que hacer extensiva la tramitación electrónica a los juicios escritos no puede entenderse como una dilación a la llegada de la necesaria modernización según los principios que rigen los procesos orales, que deben ajustarse a una composición orgánica y reglas procesales muy diversos a los que actualmente los rigen.

Sin embargo, la información que nos deberá brindar la tramitación electrónica deberá poner de manifiesto que nuestros actuales tribunales civiles dedican la mayoría de su tiempo, atendida su actual composición, a la solución de problemas de naturaleza que no revisten un carácter propiamente jurisdiccional como debe ser la atención de público, las soluciones de problemas de carácter administrativo, y principalmente la decisión de aspectos de naturaleza que distan mucho de la labor de adjudicador, como lo son muchas de las funciones de la ejecución que se entrega a los tribunales por una decisión legislativa más que por la esencia que implica el ejercicio de la jurisdicción. Por eso es que se ha dicho que para que sea eficaz la sentencia o un título ejecutivo necesitamos más ejecución y menos juicio, única forma de satisfacer expeditamente el crédito que contiene el título.

  1. DE LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE LOS PROCESOS JUDICIALES
  2. Generalidades 1.1. Ámbito de aplicación 1.2. Conceptos básicos
  3. Principios formativos A. Principio de equivalencia funcional del soporte electrónico B. Principio de fidelidad C. Principio de publicidad D. Principio de la buena fe E. Principio de actualización de sistemas informáticos F. Principio de cooperación G. El Auto Acordado 71/2016 a. Legalidad y competencia b. Responsabilidad c. Eficiencia d. Rotación de funciones e. Concentración de audiencias f. Celeridad y oportunidad en la decisión
  4. Uso obligatorio del sistema informático, respaldo y conservación 3.1. Sujeto pasivo del mandato legal 3.2. Contenido del mandato 3.3. Registro 3.4. Conservación A. Ente responsable B. Respaldo
  5. Firma electrónica 4.1. Sujetos pasivos del mandato 4.2. Responsabilidad 4.3. Falta de autorización 4.4. Copias autorizadas
  6. Presentación de demandas y escritos 5.1. Regla general 5.2. Excepción A. Cuando las “circunstancias” así lo requieran B. Se trate de una persona “autorizada por el tribunal” por carecer de los medios tecnológicos necesarios
  7. Presentación de documentos 6.1. Documentos electrónicos 6.2. Documentos no electrónicos 6.3. Títulos ejecutivos 6.4. Apercibimiento
  8. Patrocinio y poder electrónico 7.1. Patrocinio 7.2. Mandato judicial
  9. Otras formas de notificación
  10. Registro de actuaciones de receptores 9.1. Carga de registrarse 9.2. Oportunidad para informar 9.3. Registro georreferenciado 9.4. Registro fotográfico o de video 9.5. Facultad de la Corte Suprema 9.6. Sanciones a los receptores
  11. Exhortos 10.1. Regla general 10.2. Excepción
  12. Oficios y comunicaciones judiciales 11.1. Regla general 11.2. Excepción
  13. DE LA MODIFICACIÓN DE DIVERSOS CUERPOS LEGALES

II.I. De las modificaciones al Código de Procedimiento Civil

  1. Substitución de los artículos 29 y 30 (formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes) A. Del artículo 29 a. Concepto b. Registro y conservación c. Eliminación de antecedentes
  2. Del artículo 30 a. Legislación que se modifica b. Suma
  3. Derogación del artículo 31, sobre las copias
  4. Substitución del artículo 33 del CPC (sobre la presentación de escritos) A. De lo que se elimina B. De los cambios
  5. Modificaciones al artículo 34 (eliminación de “escritos en papel”)
  6. Derogación del artículo 35 (sobre el desglose de fojas del expediente)
  7. Reemplazo de los artículos 36 y 37 6.1. En cuanto al artículo 36 (custodia del expediente) 6.2. En cuanto al artículo 37 (de la entrega del expediente a terceros)
  8. Modificación del artículo 46 (sobre la notificación “personal especial”)
  9. De las notificaciones por el “Estado Diario Electrónico”
  10. Del artículo 57 (certificación de las diligencias de notificación)
  11. De las actuaciones judiciales 10.1. Testimonio en la carpeta electrónica 10.2. Comunicaciones entre tribunales
  12. Del privilegio de pobreza
  13. De las resoluciones judiciales 12.1. Aviso de sentencia definitiva 12.2. Suspensión de la vista de la causa; y recusación de abogados integrantes 12.3. Firma electrónica de las resoluciones judiciales 12.4. Fallos separados o parciales
  14. De la apelación 13.1. Del llamado “falso recurso de hecho” 13.2. Remisión de los antecedentes al tribunal ad quem 13.3. Solicitud de alegatos 13.4. Certificado de ingreso 13.5. Examen de admisibilidad del recurso de apelación 13.6. Del Recurso de Hecho A. Plazo B. Petición de la carpeta electrónica C. Fallo 13.7. De la prescripción de la apelación 13.8. Inadmisibilidad del recurso de apelación 13.9. Adhesión a la apelación 13.10. De las notificaciones 13.11. De los informes en derecho
  15. De la Tabla de Emplazamientos
  16. De la conciliación
  17. Prueba documental electrónica
  18. Prueba testimonial
  19. De las observaciones a la prueba en el juicio ejecutivo
  20. Del recurso de casación 19.1. Eliminación de causales 19.2. De los efectos del recurso de casación 19.3. Examen de admisibilidad 19.4. Certificado de ingreso y comparecencia

II.II. De las modificaciones al Código Orgánico de Tribunales

  1. De los acuerdos 2. De la competencia 3. De la integración 4. De los relatores 5. De los secretarios 6. De los “receptores ad hoc” 7. De los receptores 8. Del juramento de nuevos abogados 9. Medidas disciplinarias

ANEXOS

  1. Ley No 20.886, que modifica al Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales, publicada en el Diario Oficial No 41.335, de fecha 18 de diciembre de 2015 2. Auto Acordado No 37-2016, para la Aplicación en el Poder Judicial de la Ley No 20.886, que Establece la Tramitación Digital de los Procedimientos Judiciales, dictado por la Corte Suprema el 15 de abril de 2016, y publicado en el Diario Oficial No 41.439, del 22 de abril de 2016 3. Auto Acordado No 71-2016, que regula el funcionamiento de tribunales que tramitan electrónicamente, dictado por la Corte Suprema el 16 de junio de 2016, y publicado en el Diario Oficial No 41.503, del 8 de julio de 2016 4. Convenio de Budapest, Hungría, sobre ciberdelincuencia 5. Auto Acordado No 13-2021, de la Corte Suprema, publicado en el Diario Oficial de 22 de enero de 2021, sobre remates judiciales de inmuebles mediante videoconferencias 6. Auto Acordado No 271-2021, de la Corte Suprema, publicado en el Diario Oficial de 18 de diciembre de 2021, sobre audiencias y vistas de causas por videoconferencias
Autor: Francisco Javier Aldunate Ramos Editorial: EJS Año de Publicación: 2022 Paginas :1191Autor:  Eric Andrés Chávez Chávez Editorial: Ediciones Jurídicas de Santiago Numero de Paginas: 370 Año de publicación: 2022Autor: Mauricio Torres Jáuregui Editorial: EJS Año de Publicación: 2022 Paginas :238Autor: Eric Andrés Chávez Chávez Editorial : EJS Año de Publicación  : 2022 Paginas :425Autor: Renato Pezoa Huerta Editorial : EJS Año de Publicación  : 2022 Paginas :99
ContentAutor: Rodrigo Silva Montes Editorial: EJS Numero de Paginas: 199 Año de publicación: 2025Ley N°18.834 - Explicado y comentado El artículo 6° de la Ley N°10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, previene que corresponde exclusivamente al Contralor informar sobre derecho a sueldos, gratificaciones, asignaciones, desahucios, pensiones de retiro, jubilaciones, montepíos y, en general, sobre los asuntos que se relacionen con el Estatuto Administrativo, y con el funcionamiento de los Servicios Públicos sometidos a su fiscalización, para los efectos de la correcta aplicación de las leyes y reglamentos que los rigen. De acuerdo con lo anterior, solo las decisiones y dictámenes de la Contraloría General de la República serán los medios que podrán hacerse valer como constitutivos de la jurisprudencia administrativa. Es así que las materias referidas al personal de la Administración del Estado se encuentran contenidas en el Estatuto Administrativo, el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales y/o en estatutos especiales (ejemplo del personal del Congreso Nacional, que reconocen una misma raíz jurídica, el Estatuto de Personal del Ministerio Público y otros). Por ello su interpretación y adecuación a casos concretos alcanza una importancia fundamental a efectos de la resolución de controversias que puedan suscitarse en el seno de distintas entidades públicas. Esta obra busca dar cuenta de esta jurisprudencia administrativa, tomando como base el trabajo liderado en las últimas décadas por la Contraloría General de la República y distintos autores en derecho público, destacando el modelo de don Rolando Pantoja Bauzá. En el último tiempo el Estatuto Administrativo ha sido objeto de numerosas modificaciones las que principalmente han sido dirigidas a incorporar de manera expresa el principio de probidad administrativa al ejercicio de la función pública, regular los concursos de ingreso a la Administración y otras materias, sin considerar, por ejemplo, la estabilidad en el empleo, al menos de manera seria y formal, siendo los avances judiciales y de jurisprudencia administrativa los más relevantes en estos puntos, los que se han ido recogiendo en diversos dictámenes de Contraloría. Este es un repositorio actualizado de jurisprudencia administrativa en los artículos más sensibles que este contiene, libro con pretensión de constituirse en material de consulta para estudiantes y abogados, pero principalmente para funcionarios que quieran conocer más en detalle el funcionamiento de la Administración del Estado, conociendo su “piedra basal”, esto es, la estructura legal de gestión de personal y su normativa aplicable.

Orgánico y civil

Incluye modificaciones de la Ley 21.394 al Código Orgánico de Tribunales y al Código de Procedimietno Civil
La obra estudia las materias e instituciones más tradicionales del Derecho Procesal Orgánico y Civil, en una forma didáctica, que permite repasar los conceptos, requisitos y desarrollo del tema de una forma que permita recordar y en su caso profundizar el tema, en las llamadas obras clásicas del Derecho Procesal Civil o la materia de los diferentes profesores de la cátedra y por tanto asentar este conocimiento o resaltarlo en la memoria. Comprende el libro el estudio completo del Derecho Procesal Orgánico y Civil, siendo de una consulta fácil y rápida que permita desarrollar la siempre expresada en aulas de las diferentes Escuelas de Derecho.
INDICE Este libro es producto de una tesis de pregrado, titulada «El pensamiento conservador en la Constitución chilena de 1980», qué fue escrita entre los años 2013 y 2015. El centro de esta obra es mostrar que el problema principal de la Constitución de 1980 no es necesariamente su y legitimidad de origen, ni específicamente sus enclaves antidemocráticos. Ellos no son sino expresiones de un asunto mayor: la influencia del pensamiento conservador presenten en la redacción de la Constitución. Esto puede no parecer problemático, hasta que se tiene a la vista una sociedad que se ha vuelto cada vez más exigente en cuanto a reformas económicas y sociales se refiere; para esta sociedad una constitución conservadora está vista como poco representativa. Han pasado más de 5 años desde que la tesis original fue escrita, y cómo es natural, los procesos sociales han modificado la situación en la que nos encontramos.  por esta razón, El lector encontrará, además, reflexiones sobre el significado del proceso constituyente iniciado por la expresidenta Bachelet, además de esbozar algunas luces sobre el proceso constituyente 2020 por estallido social, en concordancia con las principales tesis formuladas en el cuerpo de este libro.La obra estudia las materias e instituciones más tradicionales, en una forma didáctica, que permite repasar los conceptos, requisitos y desarrollo del tema de una forma que se pueda recordar y en su caso profundizar el tema, en las llamadas obras clásicas del Derecho Civil chileno, y por tanto asentar este conocimiento o resaltarlo en la memoria. Comprende el estudio completo del Derecho Civil, siendo de una consulta fácil y rápida que permita desarrollar la siempre expresada "geografía del código" que se estudia en las aulas de las diferentes Escuelas de Derecho.Esta obra realiza un estudio general e introductorio sobre el Conocimiento de Embarque (Bill of Lading), siendo este el principal instrumento mercantil acreditativo del contrato de transporte marítimo de mercancías, desde que el armador recibe la carga y la embarca a bordo de la nave. En cinco capítulos, despliega un nutrido tratamiento doctrinal y jurisprudencial en torno a su evolución histórica, sus diversos conceptos y caracteres etimológicos; su función contractual y la forma de emisión por el armador o naviero. Adicionalmente se centra en el carácter jurídico del Conocimiento de Embarque en cuanto título, y culmina con algunos materiales para determinar su relación con el Crédito Documentario Bancario
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