Juzgar con perspectiva de género
$25.990
sobre la autora:Abogada de la Universidad de Chile, Máster en Derecho y Género, por la Universidad de Jaén, Máster en Derecho Penal y Procesal Penal por la Universidad Carlos III de Madrid, Jueza Interina del Juzgado de Letras y Garantía de Andacollo.
El presente libro tiene por objeto responder a la pregunta sobre el por qué y el cómo incorporar la perspectiva de género en la valoración de la prueba y en la interpretación de los textos normativos en el ámbito penal, esto es, en la justificación externa de la premisa fáctica y normativa. En ese sentido, se utilizan elementos teóricos de la justificación racional de las sentencias judiciales y de la teoría de género, teniendo como resultado, por una parte, la descripción de las funciones que cumple la perspectiva de género en los distintos momentos de la actividad probatoria, planteándose una propuesta en torno a la valoración del testimonio único de la víctima. Por otra parte, se propone la utilización de ciertas pautas interpretativas en el ejercicio hermenéutico realizado por jueces y juezas. Asimismo, se realiza una propuesta sobre cómo incorporar la perspectiva de género, a través de las pautas interpretativas señaladas, en el ámbito de la interpretación de las disposiciones penales en el caso de los delitos de omisión impropia fundamentados en una posición de garante por relación materno-filial.
Prólogo
Insoslayablemente tengo que comenzar estas líneas dedicadas a presentar la obra que el lector o lectora tiene entre sus manos, agradeciendo la confianza y el acto de fe que la autora –Alejandra Corvalán Helbig— ha realizado al encargarme el cometido, el que asumo con alegría e ilusión.
De lleno en el encargo, valga decir que sin duda la obra puede ser clasificada entre aquellas que se denominan monografías, esto es, un estudio detallado sobre un tema específico, el que en el presente caso brinda una reconstrucción panorámica de un específico ámbito temático, regalando a quien transita en su lectura una mejor comprensión de las discusiones presentes en la literatura, con un encaje práctico, que de igual manera ilustra sobre los fundamentos de sus acuerdos y desacuerdos. Es precisamente lo reseñado aquello que el texto pretende entregar, pretensión que se cumple con holgura y éxito sobrado.
Entonces, tal como su título anuncia, “Juzgar con perspectiva de género: una aproximación desde la justificación racional de las sentencias judiciales”, se nos ofrece en el libro un panorama bastante completo de la exigencia de racionalidad de los actos jurisdiccionales de adjudicación, el que se centra en dos grandes ejes que recorren toda la obra: la dimensión epistémica y la dimensión hermenéutica. No obstante lo anterior, a la autora no le interesan –a los efectos de este esfuerzo— las diversas causas que pueden llevar a la incorrección de la decisión judicial en materia penal, tanto en lo relativo a la premisa fáctica como a la normativa, sino que se detiene con gran esmero en aquellas que surgen “del marcado carácter androcéntrico y heteropatriarcal del derecho”, lo que a su juicio demanda la necesidad de “desmitificar su supuesta neutralidad, universalidad y racionalidad”.
El trabajo se sincera ab initio, reseñando qué se entiende por justificación interna y externa de la sentencia, pero con marcado interés por la justificación externa, tanto de la premisa fáctica como de la normativa, pues es aquello a lo que se dedica en lo sucesivo y como fuera adelantado, este estudio lo realiza la autora desde la conceptualización del enfoque de género y el rendimiento que esta herramienta interpretativa exhibe en la justificación racional de la sentencia en sus dos caras. Así, constituye el hilo conductor del camino trazado por el trabajo, el aporte que la mirada de género brinda en la erradicación de la discriminación de la mujer tanto en materia probatoria como al tiempo de interpretar el sistema reglado de prohibiciones propias del derecho penal, ello como la vía idónea para erradicar la irracionalidad, la incorrección y la discriminación en las decisiones judiciales.
Del modo apuntado, a fin de concretar la construcción de una “justicia epistémica” como lo nomina la autora, es necesario hacer patente cómo se ha de incorporar la perspectiva de género en la actividad probatoria, resultando útil para ello la disección que realiza la doctrina sobre los momentos en que puede ser dividida la institución a que se alude, ejercicio que resulta propicio para lograr lo que Alejandra Corvalán pretende transmitir. En conexión directa con lo asentado, es necesario hacerse cargo de lo relativo al testimonio único de la víctima y las tesis que la doctrina nos propone para abordar las complejidades de esta temática, lo que aparece con nitidez en el texto.
A su turno, la tercera parte persigue, con apego al enfoque de género, “la construcción de pautas hermenéuticas” en el derecho penal, al servicio de la finalidad buscada, que no es menos que la obtención de decisiones judiciales correctas y justas, para lo cual se propone la utilización de criterios tales como (i) la identificación, análisis y selección de los textos normativos aplicables; (ii) el análisis a la luz de los demás componentes del fenómeno legal; (iii) el análisis de estereotipos de género; (iv) el análisis de resultados diferenciados en razón de género; (v) el análisis interseccional y de las circunstancias que rodean el caso; (vi) la interpretación cognitiva; (vii) la interpretación decisoria y (viii) la argumentación jurídica, materias todas que desarrolla en clave de igualdad y acceso a la justicia.
Es especialmente significativo en este apartado, el tema específico escogido a fin de explayarse en los criterios apuntados, esto es, la verificación de una propuesta concreta en la hermenéutica de los deberes materno-filial, desde la óptica de la perspectiva de género, evidenciándose en el trabajo que, las resoluciones de la judicatura desnudas de este enfoque, son fuentes prolíferas de decisiones injustas y sesgadas en perjuicio de las mujeres. Resulta acertado y muy gráfico para reforzar la propuesta, el tratamiento del tema a través del estudio de casos muy elocuentes, en los que se deja ver la desigual consideración respecto de lo que es exigido por el intérprete a la hora de hacer operar las instituciones jurídicas y categorías dogmáticas propias del derecho penal a cada uno de los progenitores.
Lo anterior se deja ver con nitidez en las causas traídas a colación, respecto de las cuales, como afirma la autora “se puede identificar un doble parámetro en virtud del cual los deberes que se extraen de la relación materno-filial son considerablemente más exigentes que las paterno-filial […] producto de la creencia generalizada de que son las madres las que se deben hacer cargo única o principalmente de las labores de cuidado”.
Cruza todo el trabajo la conceptualización de los estereotipos nocivos de género y la imperiosa necesidad de su conjura, como aquel que pregona que “una madre todo lo sabe, todo lo puede y todo lo sacrifica por sus hijos/as” y su necesario reemplazo por reconocer “la inmensa diversidad de mujeres que ejercen la maternidad de múltiples maneras y condiciones [las cuales] tienen diferentes herramientas, recursos y experiencias. Es por esto que, en vez de tender a la construcción de estándares supuestamente neutrales sobre la base de un ‘hombre medio’ o en el mejor de los casos de una ‘persona media’, se debe avanzar hacia la generación de estándares situados, que reconozcan la diversidad de individuos y no patologicen o excluyan las experiencias que se producen en los márgenes”.
Debo responder una interrogante final que no puede ser obviada en estas iniciales palabras y es ¿a quiénes va dirigida la obra? O mejor dicho, ¿quiénes pueden sacar provecho de ella? Y la respuesta fluye natural, todos y todas quienes tienen algún contacto con el proceso penal: estudiantes de derecho; abogados y abogadas operadores del sistema, entre ellos por cierto, fiscalas y fiscales, defensores y defensoras; magistrados y magistradas e, indudablemente, académicos y académicas estudiosas de la disciplina y de la teoría de género. No tengo ninguna duda que este libro será de consulta ineludible para todos los y las mencionadas, pues si se quiere discernir entre aquellas sentencias dotadas de racionalidad y corrección –tanto de la premisa fáctica como de la normativa— y las que no lo son, no existe otro trabajo que aborde de manera tan gráfica el tópico, como se aprecia de la lectura del mismo.
A modo de colofón, no puedo dejar de reseñar quién es Alejandra Corvalán Helbig para lo cual parto indicando lo obvio: es una joven abogada perteneciente a la judicatura, quien además posee marcado interés por la academia, pues ha realizado postgrados en materia de género y derecho penal y procesal penal, lo que me consta directamente, pues me correspondió la suerte y el privilegio de dirigir su magnífico trabajo final en el Máster Derecho y Género: Dimensiones Jurídicas y Tutela Jurisdiccional de la Universidad de Jaén. Alejandra es de aquellas personas juzgadoras que son imprescindibles en la impartición de justicia, pues no cejan en perfeccionarse día a día, para dotar, desde el enfoque de derechos humanos y de género, de justificación racional a sus decisiones jurisdiccionales, tal como lo anuncia el título del presente libro.
Marcela Paz Araya Novoa
Ministra de la Corte de Apelaciones de Valdivia
Doctora en Derecho
8 in stock
Autora: Alejandra Corvalán Helbig
Editorial: Rubicon
Numero de Paginas: 201
Año de publicación: 2024
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Description | Autora: Alejandra Corvalán Helbig Editorial: Rubicon Numero de Paginas: 201 Año de publicación: 2024 | Autor: Roberto Orosco Arenas Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 98 Año de publicación: 2021 | Autor: Tatiana Vargas Pinto Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2022 Paginas :608 | Autor: José Luis Guzmán Dalbora Editorial : EJS Año de Publicación : 2022 Paginas :174 | Autor: Natanael Landaeta Sánchez Editorial: Rubicón Editores Numero de Paginas: 118 Año de publicación: 2021 | Autor: Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación : 2022 Paginas :635 |
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sobre la autora:Abogada de la Universidad de Chile, Máster en Derecho y Género, por la Universidad de Jaén, Máster en Derecho Penal y Procesal Penal por la Universidad Carlos III de Madrid, Jueza Interina del Juzgado de Letras y Garantía de Andacollo.
reseña:
El presente libro tiene por objeto responder a la pregunta sobre el por qué y el cómo incorporar la perspectiva de género en la valoración de la prueba y en la interpretación de los textos normativos en el ámbito penal, esto es, en la justificación externa de la premisa fáctica y normativa. En ese sentido, se utilizan elementos teóricos de la justificación racional de las sentencias judiciales y de la teoría de género, teniendo como resultado, por una parte, la descripción de las funciones que cumple la perspectiva de género en los distintos momentos de la actividad probatoria, planteándose una propuesta en torno a la valoración del testimonio único de la víctima. Por otra parte, se propone la utilización de ciertas pautas interpretativas en el ejercicio hermenéutico realizado por jueces y juezas. Asimismo, se realiza una propuesta sobre cómo incorporar la perspectiva de género, a través de las pautas interpretativas señaladas, en el ámbito de la interpretación de las disposiciones penales en el caso de los delitos de omisión impropia fundamentados en una posición de garante por relación materno-filial.
Prólogo
Insoslayablemente tengo que comenzar estas líneas dedicadas a presentar la obra que el lector o lectora tiene entre sus manos, agradeciendo la confianza y el acto de fe que la autora –Alejandra Corvalán Helbig— ha realizado al encargarme el cometido, el que asumo con alegría e ilusión.
De lleno en el encargo, valga decir que sin duda la obra puede ser clasificada entre aquellas que se denominan monografías, esto es, un estudio detallado sobre un tema específico, el que en el presente caso brinda una reconstrucción panorámica de un específico ámbito temático, regalando a quien transita en su lectura una mejor comprensión de las discusiones presentes en la literatura, con un encaje práctico, que de igual manera ilustra sobre los fundamentos de sus acuerdos y desacuerdos. Es precisamente lo reseñado aquello que el texto pretende entregar, pretensión que se cumple con holgura y éxito sobrado.
Entonces, tal como su título anuncia, “Juzgar con perspectiva de género: una aproximación desde la justificación racional de las sentencias judiciales”, se nos ofrece en el libro un panorama bastante completo de la exigencia de racionalidad de los actos jurisdiccionales de adjudicación, el que se centra en dos grandes ejes que recorren toda la obra: la dimensión epistémica y la dimensión hermenéutica. No obstante lo anterior, a la autora no le interesan –a los efectos de este esfuerzo— las diversas causas que pueden llevar a la incorrección de la decisión judicial en materia penal, tanto en lo relativo a la premisa fáctica como a la normativa, sino que se detiene con gran esmero en aquellas que surgen “del marcado carácter androcéntrico y heteropatriarcal del derecho”, lo que a su juicio demanda la necesidad de “desmitificar su supuesta neutralidad, universalidad y racionalidad”.
El trabajo se sincera ab initio, reseñando qué se entiende por justificación interna y externa de la sentencia, pero con marcado interés por la justificación externa, tanto de la premisa fáctica como de la normativa, pues es aquello a lo que se dedica en lo sucesivo y como fuera adelantado, este estudio lo realiza la autora desde la conceptualización del enfoque de género y el rendimiento que esta herramienta interpretativa exhibe en la justificación racional de la sentencia en sus dos caras. Así, constituye el hilo conductor del camino trazado por el trabajo, el aporte que la mirada de género brinda en la erradicación de la discriminación de la mujer tanto en materia probatoria como al tiempo de interpretar el sistema reglado de prohibiciones propias del derecho penal, ello como la vía idónea para erradicar la irracionalidad, la incorrección y la discriminación en las decisiones judiciales.
Del modo apuntado, a fin de concretar la construcción de una “justicia epistémica” como lo nomina la autora, es necesario hacer patente cómo se ha de incorporar la perspectiva de género en la actividad probatoria, resultando útil para ello la disección que realiza la doctrina sobre los momentos en que puede ser dividida la institución a que se alude, ejercicio que resulta propicio para lograr lo que Alejandra Corvalán pretende transmitir. En conexión directa con lo asentado, es necesario hacerse cargo de lo relativo al testimonio único de la víctima y las tesis que la doctrina nos propone para abordar las complejidades de esta temática, lo que aparece con nitidez en el texto.
A su turno, la tercera parte persigue, con apego al enfoque de género, “la construcción de pautas hermenéuticas” en el derecho penal, al servicio de la finalidad buscada, que no es menos que la obtención de decisiones judiciales correctas y justas, para lo cual se propone la utilización de criterios tales como (i) la identificación, análisis y selección de los textos normativos aplicables; (ii) el análisis a la luz de los demás componentes del fenómeno legal; (iii) el análisis de estereotipos de género; (iv) el análisis de resultados diferenciados en razón de género; (v) el análisis interseccional y de las circunstancias que rodean el caso; (vi) la interpretación cognitiva; (vii) la interpretación decisoria y (viii) la argumentación jurídica, materias todas que desarrolla en clave de igualdad y acceso a la justicia.
Es especialmente significativo en este apartado, el tema específico escogido a fin de explayarse en los criterios apuntados, esto es, la verificación de una propuesta concreta en la hermenéutica de los deberes materno-filial, desde la óptica de la perspectiva de género, evidenciándose en el trabajo que, las resoluciones de la judicatura desnudas de este enfoque, son fuentes prolíferas de decisiones injustas y sesgadas en perjuicio de las mujeres. Resulta acertado y muy gráfico para reforzar la propuesta, el tratamiento del tema a través del estudio de casos muy elocuentes, en los que se deja ver la desigual consideración respecto de lo que es exigido por el intérprete a la hora de hacer operar las instituciones jurídicas y categorías dogmáticas propias del derecho penal a cada uno de los progenitores.
Lo anterior se deja ver con nitidez en las causas traídas a colación, respecto de las cuales, como afirma la autora “se puede identificar un doble parámetro en virtud del cual los deberes que se extraen de la relación materno-filial son considerablemente más exigentes que las paterno-filial […] producto de la creencia generalizada de que son las madres las que se deben hacer cargo única o principalmente de las labores de cuidado”.
Cruza todo el trabajo la conceptualización de los estereotipos nocivos de género y la imperiosa necesidad de su conjura, como aquel que pregona que “una madre todo lo sabe, todo lo puede y todo lo sacrifica por sus hijos/as” y su necesario reemplazo por reconocer “la inmensa diversidad de mujeres que ejercen la maternidad de múltiples maneras y condiciones [las cuales] tienen diferentes herramientas, recursos y experiencias. Es por esto que, en vez de tender a la construcción de estándares supuestamente neutrales sobre la base de un ‘hombre medio’ o en el mejor de los casos de una ‘persona media’, se debe avanzar hacia la generación de estándares situados, que reconozcan la diversidad de individuos y no patologicen o excluyan las experiencias que se producen en los márgenes”.
Debo responder una interrogante final que no puede ser obviada en estas iniciales palabras y es ¿a quiénes va dirigida la obra? O mejor dicho, ¿quiénes pueden sacar provecho de ella? Y la respuesta fluye natural, todos y todas quienes tienen algún contacto con el proceso penal: estudiantes de derecho; abogados y abogadas operadores del sistema, entre ellos por cierto, fiscalas y fiscales, defensores y defensoras; magistrados y magistradas e, indudablemente, académicos y académicas estudiosas de la disciplina y de la teoría de género. No tengo ninguna duda que este libro será de consulta ineludible para todos los y las mencionadas, pues si se quiere discernir entre aquellas sentencias dotadas de racionalidad y corrección –tanto de la premisa fáctica como de la normativa— y las que no lo son, no existe otro trabajo que aborde de manera tan gráfica el tópico, como se aprecia de la lectura del mismo.
A modo de colofón, no puedo dejar de reseñar quién es Alejandra Corvalán Helbig para lo cual parto indicando lo obvio: es una joven abogada perteneciente a la judicatura, quien además posee marcado interés por la academia, pues ha realizado postgrados en materia de género y derecho penal y procesal penal, lo que me consta directamente, pues me correspondió la suerte y el privilegio de dirigir su magnífico trabajo final en el Máster Derecho y Género: Dimensiones Jurídicas y Tutela Jurisdiccional de la Universidad de Jaén. Alejandra es de aquellas personas juzgadoras que son imprescindibles en la impartición de justicia, pues no cejan en perfeccionarse día a día, para dotar, desde el enfoque de derechos humanos y de género, de justificación racional a sus decisiones jurisdiccionales, tal como lo anuncia el título del presente libro.
Marcela Paz Araya Novoa
Ministra de la Corte de Apelaciones de Valdivia
Doctora en Derecho
| CAPÍTULO I DELITO CONTINUADO * Concepto de delito continuado * Unidad natural de acción * Unidad jurídica de acción * Historia del delito continuado * Presupuestos del delito continuado * Pluralidad de acciones u omisiones * Que el tipo penal infraccionado sea igual o semejante * Relación de continuidad espacio-temporal entre las acciones * No debe recaer el delito sobre bienes jurídicos personalísimos * Elemento subjetivo en el delito continuado * Efectos procesales CAPÍTULO II DELITO REITERADO * Aplicación y requisitos del delito reiterado * Concurso real, ideal y medial * Concurso material o real * Concurso formal o ideal * Concurso medial CAPÍTULO III ANALISIS DE FALLOS RESPECTO DE LOS DELITOS CONTINUADOS O REITERADOS * Jurisprudencia relacionada al delito continuado * Jurisprudencia relacionada al delito reiterado | Colección de Códigos Profesionales, actualizada al 3 de enero de 2022. Constituye una herramienta esencial de consulta para abogados, de práctico manejo en Tribunales e ideal para aquellos que están comenzando su vida profesional. • Articulado y apéndices actualizados. • Concordancias. • Títulos de artículos. • Índice temático. • Títulos de artículos del cuerpo del código y de las normas del apéndice. • Listado de modificaciones actualizado al 3 de enero de 2022. Autora: Tatiana Vargas Pinto Thomson Reuters ÍNDICE DEL CÓDIGO PENAL Mensaje del gobierno acompañando el presente Código Penal al Congreso LIBRO PRIMERO Título I De los delitos y de las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal, la atenúan o la agravan § 1. De los delitos § 2. De las circunstancias que eximen de responsabilidad criminal § 3. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal § 4. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal § 5. De las circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad criminal según la naturaleza y accidentes del delito Título II De las personas responsables de los delitos Título III De las penas § 1. De las penas en general § 2. De la clasificación de las penas § 3. De los límites, naturaleza y efectos de las penas Penas que llevan consigo otras accesorias Naturaleza y efectos de algunas penas § 4. De la aplicación de las penas Tabla demostrativa Aplicación práctica de las reglas anteriores § 5. De la ejecución de las penas y su cumplimiento Título IV De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias y los que durante una condena delinquen de nuevo § 1. De las penas en que incurren los que quebrantan las sentencias § 2. De las penas en que incurren los que durante una condena delinquen de nuevo Título V De la extinción de la responsabilidad penal LIBRO SEGUNDO CRÍMENES Y SIMPLES DELITOS Y SUS PENAS Título I Crímenes y simples delitos contra la seguridad exterior y soberanía del Estado Título II Crímenes y simples delitos contra la seguridad interior del Estado Título III De los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución § 1. De los delitos relativos al ejercicio de los derechos políticos y a la libertad de imprenta § 2. De los crímenes y simples delitos relativos al ejercicio de los cultos permitidos en la República § 3. Crímenes y simples delitos contra la libertad y seguridad, cometidos por particulares § 4. De la tortura, otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de otros agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución § 5. De los delitos contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia Título IV De los crímenes y simples delitos contra la fe pública, de las falsificaciones, del falso testimonio y del perjurio § 1. De la moneda falsa § 2. De la falsificación de documentos de crédito del Estado, de las Municipalidades, de los establecimientos públicos, sociedades anónimas o bancos de emisión legalmente autorizados § 3. De la falsificación de sellos, punzones, matrices, marcas, papel sellado, timbres, estampillas, etc. § 4. De la falsificación de documentos públicos o auténticos § 5. De la falsificación de instrumentos privados § 6. De la falsificación de pasaportes, portes de armas y certificados § 7. De las falsedades vertidas en el proceso y del perjurio § 8. Del ejercicio ilegal de una profesión y de la usurpación de funciones o nombres Título V De los crímenes y simples delitos cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos § 1. Anticipación y prolongación indebida de funciones públicas § 2. Nombramientos ilegales § 3. Usurpación de atribuciones § 4. Prevaricación § 5. Malversación de caudales públicos § 6. Fraudes y exacciones ilegales § 7. Infidelidad en la custodia de documentos § 8. Violación de secretos § 9. Cohecho § 9 bis. Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros § 9 ter. Normas comunes a los Párrafos anteriores § 10. Resistencia y desobediencia § 11. Denegación de auxilio y abandono de destino § 12. Abusos contra particulares § 13. Disposición general Título VI De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares § 1. Atentados contra la autoridad § 1 bis. Atentados y amenazas contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos § 1 ter. Retenciones o toma de control de vehículo de transporte público de pasajeros § 2. Otros desórdenes públicos § 2 bis. De la obstrucción a la investigación § 3. De la rotura de sellos § 4. De los embarazos puestos a la ejecución de los trabajos públicos § 5. Crímenes y simples delitos de los proveedores § 6. De las infracciones de las leyes y reglamentos referentes a loterías, casas de juego y de préstamo sobre prendas § 7. Crímenes y simples delitos relativos a la industria, al comercio y a las subastas públicas § 7 bis. De la corrupción entre particulares § 8. De las infracciones de las leyes y reglamentos relativos a las armas prohibidas § 9. Delitos relativos a la salud animal y vegetal § 10. De las asociaciones ilícitas § 11. De las amenazas de atentado contra las personas y propiedades § 12. De la evasión de los detenidos § 13. De la vagancia y mendicidad § 14. Crímenes y simples delitos contra la salud pública § 15. De la infracción de las leyes o reglamentos sobre inhumaciones y exhumaciones § 16. Crímenes y simples delitos relativos a los ferrocarriles, telégrafos y conductores de correspondencia Título VII Crímenes y delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual § 1. Aborto § 2. Abandono de niños y personas desvalidas § 3. Crímenes y simples delitos contra el estado civil de las personas § 4. Del rapto § 5. De la violación § 6. Del estupro y otros delitos sexuales § 7. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores § 8. De los ultrajes públicos a las buenas costumbres § 9. Del incesto § 10. Celebración de matrimonios ilegales Título VIII Crímenes y simples delitos contra las personas § 1. Del parricidio § 1. bis. Del femicidio § 1. ter. Del homicidio § 2. Del infanticidio § 3. Lesiones corporales § 3 bis. Del maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad § 4. Del duelo § 5. Disposiciones comunes a los párrafos 1, 1 bis, 1 ter, 3 y 4 de este Título § 5 bis. De los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas § 6. De la calumnia § 7. De las injurias § 8. Disposiciones comunes a los dos párrafos anteriores Título IX Crímenes y simples delitos contra la propiedad § 1. De la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño § 2. Del robo con violencia o intimidación en las personas § 3. Del robo con fuerza en las cosas § 4. Del hurto § 4 bis. Del Abigeato § 5. Disposiciones comunes a los cuatro párrafos anteriores § 5 bis. De la receptación § 6. De la usurpación § 7. De los delitos concursales y de las defraudaciones § 8. Estafas y otros engaños § 9. Del incendio y otros estragos § 10. De los daños § 11. Disposiciones generales Título X De los cuasidelitos LIBRO TERCERO Título I De las faltas Título II Disposiciones comunes a las faltas Título Final De la observancia de este Código ÍNDICE DEL APÉNDICE – Decreto Ley Nº 321. Sobre libertad condicional (D.O. 12 de marzo de 1925) – Decreto Nº 338. Aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 321, de 1925, que Establece la Libertad Condicional para las Personas Condenadas a Penas Privativas de Libertad (D.O. de 17 de septiembre de 2020) – Ley Nº 18.050. Fija normas generales para conceder indultos particulares (D.O. de 6 de noviembre de 1981) – Decreto Nº 1.542. Reglamento sobre indultos particulares (D.O. de 7 de enero de 1982) – Decreto Ley Nº 409. Sobre regeneración y reintegración del penado a la sociedad (D.O. de 18 de agosto de 1932) – Ley Nº 18.216. Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 14 de mayo de 1983) – Decreto Nº 1.120. Reglamento de la Ley Nº 18.216 (D.O. de 18 de enero de 1984) – Decreto Nº 515. Aprueba reglamento de monitoreo telemático de condenados a penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad (D.O. de 18 de enero de 2013) – Decreto Nº 890. Fija texto actualizado de la Ley Nº 12.927, sobre Seguridad del Estado (D.O. de 26 de agosto de 1975) – Ley Nº 18.314. Determina conductas terroristas y fija su penalidad (D.O. de 17 de mayo de 1984) – Ley Nº 19.913. Crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos (D.O. de 18 de diciembre de 2003) – Ley Nº 20.393. Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica (D.O. de 2 de diciembre de 2009) – Ley Nº 20.000. Sustituye la Ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas (D.O. de 16 de febrero de 2005) – Decreto Supremo Nº 867. Aprueba reglamento de la Ley Nº 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sustituye la Ley Nº 19.366 (D.O. de 19 de febrero de 2008) – Ley Nº 19.327. De derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (D.O. de 31 de agosto de 1994) – Ley Nº 19.223. Tipifica figuras penales relativas a la informática (D.O. de 7 de junio de 1993) – Ley Nº 19.925. Sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas (D.O. de 19 de enero de 2004) – Ley General sobre Ferrocarriles. Texto definitivo fijado por Decreto Nº 1.157, del Ministerio de Fomento, de 13 de julio de 1931 (D.O. de 16 de septiembre de 1931) – Decreto Nº 808. Promulga la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas mediante Resolución N° 39/46, de fecha 10 de diciembre de 1984 (D.O. de 26 de noviembre de 1988) – Decreto Nº 809. Promulga la Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura, adoptada el 9.12.85 por la Organización de los Estados Americanos en el decimoquinto período ordinario de sesiones de la Asamblea General Nº 809 (D.O. de 26 de noviembre de 1988) – Ley Nº 20.084. Establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal (D.O. de 7 de diciembre de 2005) – Ley Nº 20.066. Establece Ley de Violencia Intrafamiliar (D.O. de 7 de octubre de 2005) Modificaciones incorporadas a esta edición Índice temático | INDICE Contrariamente a suposiciones del sentido común, el fenómeno de la corrupción es de antigua data, como certifican la historia del derecho penal y la criminología histórica. Asimismo, representa un hecho social de viejas raíces en Iberoamérica, sin exceptuar a Chile. En nuestro país han sido sempiternos protagonistas de las prácticas corruptas los miembros de las capas dirigentes. El libro reconstruye la trayectoria de la criminalidad nacional de corrupción desde 1810, mostrando sus formas principales, los hechos clamorosos, las posiciones institucionales, empresariales o profesionales de los hechores, sus técnicas psicológicas de neutralización, y los mecanismos jurídicos o extrajudiciales que posibilitan la inveterada impunidad de los responsables. Aborda la relación entre demagogia y corrupción, particularmente estrecha en nuestros días. Finalmente, proporciona un estudio comparativo del cohecho en el continente iberoamericano, a la vez que realiza un análisis filosófico-jurídico y político-criminal del actual tipo básico del delito: el cohecho en razón del cargo. | indiceDescripción
Una propuesta sobre la fundamentación y los criterios para la atribución de titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas.
La pregunta sobre la titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas ha pasado casi desapercibida por la doctrina nacional, existiendo pocas menciones y escaso tratamiento a esta cuestión en manuales, tratados y revistas sobre derechos fundamentales.
La presente obra sistematiza los argumentos hasta ahora presentados por la doctrina nacional, a favor y en contra de la titularidad de las personas jurídicas como regla general. Pero también expone novedosos argumentos basados en el modelo dualista de Gregorio Peces-Barba para fundamentar la idea de la titularidad en abstracto de las personas jurídicas.
Además de lo anterior se proponen ciertos criterios y una fórmula para atribución de titularidad de derechos fundamentales de las personas jurídicas, para aquellos casos en donde existe duda o controversia sobre la atribución o negación de titularidad respecto de ciertos derechos que aparentemente sólo pueden ser gozados y ejercidos por personas naturales. Esta propuesta es producto de una sistematización de los criterios desarrollados por el derecho comparado español y alemán a nivel dogmático y jurisprudencial.
Por último, se exponen algunos de los desafíos que debe enfrentar en la materia tanto el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos como el Poder Constituyente chileno al momento de redactar la nueva constitución.
| DescripciónCuadragésima Sexta Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 1456, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Apéndice Actualizado al 23 de Agosto de 2022 Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor don Juan Colombo Campbell e integrada además por los siguientes profesores: Enrique Barros Bourie Jun Colombo Campbell Ricardo Escobar Calderón Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewin |
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