La Sentencia de Divorcio, Análisis Sobre la Oportunidad en que Queda Firme y Ejecutoriada
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DESPACHOS A PARTIR DEL 10 DE AGOSTO 2023
Es usual que en la tramitación de un juicio de divorcio, los cónyuges no sólo litiguen respecto del divorcio mismo, sino que también lo hagan respecto de otras materias que tienen una vinculación directa con la ruptura matrimonial, que deberán tramitarse —por regla general— en un mismo proceso, resolviéndose, todas ellas, por un mismo fallo, por cuanto la Ley que Crea los Tribunales de Familia dispone, como regla general del procedimiento, la acumulación necesaria de materias.
En relación a las acciones que se tramitan conjuntamente en el marco de un juicio de divorcio, es posible —y, de hecho, en la práctica ocurre con frecuencia—, que los cónyuges no disientan respecto del divorcio mismo —es decir, ambos cónyuges quieren divorciarse—, pero que, sin embargo, disputen respecto de las restantes materias que se tramitan conjuntamente con él.
Esto es muy relevante, ya que el juicio de divorcio termina con la dictación de una sola sentencia que se pronuncia respecto del divorcio y de las restantes materias que se tramitaron conjuntamente con él, y porque el divorcio produce efecto, entre las partes, desde que la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada, y, respecto de terceros, desde la correspondiente subinscripción.
Surge, en consecuencia, la interrogante de determinar la oportunidad en la que queda firme y ejecutoriada la sentencia de divorcio, cuando existen recursos procesales pendientes respecto de materias distintas al divorcio, pero que se tramitaron conjuntamente con éste. De hecho, existe un vacío en la ley respecto de esta materia, lo que puede generar problemas prácticos muy relevantes.
Específicamente, la importancia de determinar la oportunidad en la que la sentencia de divorcio queda firme y ejecutoriada cuando existen recursos procesales pendientes respecto de las restantes materias que se tramitaron con el divorcio, es sinónimo, nada más ni nada menos, de determinar el momento exacto en el que termina el matrimonio en esos casos, y, en consecuencia, el momento desde el cual se producen los efectos del divorcio.
Hasta ahora la doctrina no se ha pronunciado respecto del tema que nos ocupa, y la jurisprudencia de nuestros Tribunales es contradictoria, existiendo una notoria divergencia entre el criterio utilizado por los Tribunales de Familia para zanjar el asunto, y el criterio aplicado por la Corte Suprema
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Autor: Verónica Ortuzar
Editorial: Rubicón Editores
Año de publicación: 2023
Paginas: 146
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Name | La Sentencia de Divorcio, Análisis Sobre la Oportunidad en que Queda Firme y Ejecutoriada remove | Código de la Familia 2020. Séptima edición actualizada. 2 Tomos remove | Tribunales de Familia: Organización, Funcionamiento y Principales Procedimientos remove | Protección de los derechos del niño, niña o adolescente remove | Incumplimiento de la Pensión de Alimentos remove | Matrimonio Igualitario remove |
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Description | Autor: Verónica Ortuzar Editorial: Rubicón Editores Año de publicación: 2023 Paginas: 146 | Autor: Javier Barrientos Grandon Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 1258 Año de publicación: 2020 | Autores: Sara Marcela Covarrubias Naser, Patricio Héctor Aguilar Paulsen, Juan Carlos Maggiolo Caro Editorial : Der Año de Publicación : 2022 Paginas :116 | Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Numero de Paginas: 356 Año de publicación: 2022 | Autora: Geraldine Saavedra Salas Editorial: Rubicón Editores Numero de Paginas: 150 Año de publicación: 2019 | Autores: Departamento de Derecho Privado – Facultad de Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 222 Año de publicación: 2022 |
Content | DESPACHOS A PARTIR DEL 10 DE AGOSTO 2023 INDICE Es usual que en la tramitación de un juicio de divorcio, los cónyuges no sólo litiguen respecto del divorcio mismo, sino que también lo hagan respecto de otras materias que tienen una vinculación directa con la ruptura matrimonial, que deberán tramitarse —por regla general— en un mismo proceso, resolviéndose, todas ellas, por un mismo fallo, por cuanto la Ley que Crea los Tribunales de Familia dispone, como regla general del procedimiento, la acumulación necesaria de materias. En relación a las acciones que se tramitan conjuntamente en el marco de un juicio de divorcio, es posible —y, de hecho, en la práctica ocurre con frecuencia—, que los cónyuges no disientan respecto del divorcio mismo —es decir, ambos cónyuges quieren divorciarse—, pero que, sin embargo, disputen respecto de las restantes materias que se tramitan conjuntamente con él. Esto es muy relevante, ya que el juicio de divorcio termina con la dictación de una sola sentencia que se pronuncia respecto del divorcio y de las restantes materias que se tramitaron conjuntamente con él, y porque el divorcio produce efecto, entre las partes, desde que la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada, y, respecto de terceros, desde la correspondiente subinscripción. Surge, en consecuencia, la interrogante de determinar la oportunidad en la que queda firme y ejecutoriada la sentencia de divorcio, cuando existen recursos procesales pendientes respecto de materias distintas al divorcio, pero que se tramitaron conjuntamente con éste. De hecho, existe un vacío en la ley respecto de esta materia, lo que puede generar problemas prácticos muy relevantes. Específicamente, la importancia de determinar la oportunidad en la que la sentencia de divorcio queda firme y ejecutoriada cuando existen recursos procesales pendientes respecto de las restantes materias que se tramitaron con el divorcio, es sinónimo, nada más ni nada menos, de determinar el momento exacto en el que termina el matrimonio en esos casos, y, en consecuencia, el momento desde el cual se producen los efectos del divorcio. Hasta ahora la doctrina no se ha pronunciado respecto del tema que nos ocupa, y la jurisprudencia de nuestros Tribunales es contradictoria, existiendo una notoria divergencia entre el criterio utilizado por los Tribunales de Familia para zanjar el asunto, y el criterio aplicado por la Corte Suprema | indice Descripción En esta edición se recogen las modificaciones y reformas legales producidas hasta mayo 2020, y se actualiza la jurisprudencia de los tribunales ordinarios de justicia y del Tribunal Constitucional. Se incorpora un capítulo nuevo para exponer sistemáticamente la jurisprudencia sobre las uniones de hecho y, además, se amplían las concordancias y el índice de materias. | La presente obra contiene la descripción de todas las materias que debe conocer un juzgado de familia, en conformidad a la legislación vigente, especificando las funciones de las diferentes unidades de trabajo, revisando para cada una el detalle de las labores que deben cumplir los/las jefes de unidad, administrativos en jefe y demás funcionarios/as. Para esto, se ha considerado un juzgado de jurisdicción de mayor tamaño, aclarando aquellos casos especiales en función del tamaño del tribunal. Se analiza la “unidad de sala”, a cargo de la realización de las audiencias diarias y especialmente la labor de los/las encargados/as de actas; atención de público y mediación, con sus funciones primordiales, especialmente la de derivación a mediación en causas obligatorias según la ley (actualmente, no obligatoria según la Ley N° 21.266). Luego, se examina la unidad de servicios del tribunal, encargada de la labor logística del juzgado, y finaliza con la unidad de causas y cumplimiento, encargada principalmente de la preparación de los proyectos de resolución del juzgado. Incluye, además, ejemplos, esquemas y trámites generales que corresponde realizar por cada unidad de trabajo y las labores asignadas en cada caso. Señala las principales herramientas que los/las funcionarios/as deben utilizar en un tribunal con competencia familia, especialmente del sistema informático denominado SITFA. Se revisa también el procedimiento de cumplimiento de resoluciones dictadas por los juzgados de familia, entre otros temas relevantes. Autores: Sara Marcela Covarrubias Naser, Patricio Héctor Aguilar Paulsen, Juan Carlos Maggiolo Caro Introducción a los tribunales de familia1.1. Definición 1.2. Procedimientos/unidades 1.3. El administrador 1.4. Materias que se conocen en los juzgados de familia Unidades operativas de los tribunales de familia 2.1. Unidad de Sala A) Jefe de Unidad de Sala B) Administrativo jefe de Unidad de Sala C) Subunidad de Agenda o administrativo/a encargado/a de la Agenda D) Administrativos de Unidad de Sala 2.2. Unidad de Atención de Público y Mediación A) Jefe/a de atención de público B) Administrativo/a jefe de atención de público C) Administrativo/a de atención de público 2.3. Unidad de Servicios A) Jefe/a de Unidad de Servicios B) Administrativo/a contable C) Administrativo informático 2.4. Unidad de Administración de Causas A) Jefe de Unidad de Administración de Causas B) Administrativo jefe de Unidad de Causas C) Administrativo de causas 2.5. Unidad de Cumplimiento A) Administrativo de Unidad de Cumplimiento Reglas sobre cumplimiento de las sentencias3.1. Explicación previa3.2. Existencia de un régimen general A) Cumplimiento del derecho de alimentos B) Causas sobre el derecho de relación directa y regular Funcionamiento del Centro Medidas Cautelares de Santiago Condiciones especiales en pandemia 5.1. Mención especial sobre el teletrabajo y el retorno seguro 5.2. Atención de público 5.3. Dotación mínima 5.4. Retorno masivo 5.5. Medidas de resguardo Flujo esquematizado de procedimientos Nota de actualización: Ley 21.302 Material de apoyo y bibliografía Anexos N°1: Unidad de Sala N°2: Atención de público N°3: Unidad de servicios N°4: Unidad de causas N°5: Unidad de cumplimiento N°6: Protocolo operativo de funcionamiento de tribunales por medios telemáticos durante la contingencia provocada por COVID-19 | Siendo uno de los temas más relevantes del actual Derecho de Familia, la protección de los derecho de los niños, niñas y adolescentes es uno de los menos desarrollados por la literatura jurídica nacional, cuestión paradójica si consideramos la inmensa carga que han impuesto a nuestro país los instrumentos internacionales suscritos por Chile. Ahora bien, dentro del proceso de reforma a la administración de justicia familiar se crearon una serie de procedimientos para las distintas materias contenidas en el artículo 8° de la Ley 19.968, procedimientos entre los que se encuentra el de aplicación judicial de las medidas de protección. En un primer momento parecía que el procedimiento proteccional instaurado por la Ley No 19.968 había cubierto todas las expectativas que la reforma tuvo en consideración respecto del resguardo de la amenaza o vulneración de los derechos del niño, niña y adolescente, y que las falencias proteccionales se dan a nivel de las instituciones que materializaban la ejecución de las sentencias que imponen las medidas más que a la normativa propiamente tal, cuestión que está lejos de ser cierta. Los que tienen la oportunidad de tramitar con regularidad en sede familiar ven que el problema proteccional no parte de la aplicación o ejecución de las medidas de protección por las instituciones vinculadas a los tribunales, sino más bien, del conjunto de políticas, instituciones y normas para tales fines . De ahí, que a modo de comprender los límites de la función jurisdiccional en el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia el autor plantea un análisis armónico y coherente de las Leyes Nos 19.968, 21.302 y 21.430 para cumplir con tales fines. Como se ha hecho costumbre en los trabajos que ha desarrollado el autor, los temas consideran el aporte de especializados autores del área, opiniones, pensamientos y contribuciones que se fueron integrando a los distintos títulos buscando mantener una estructura más o menos sistemática para la enseñanza, aprendizaje y posterior aplicación de las materias vistas. Ahora bien, innovando en este punto, se requirió además de la colaboración de la psicóloga Bárbara Alejandra Alvarado Cottenie, quien desde su especialidad, ha sido la responsable de completar, corregir y actualizar los distintos aspectos vinculados a las principales formas de maltrato, cuestión que de seguro podrán apreciar en los títulos respectivos. Por último, debemos señalar, que la obra busca proporcionar un trabajo más o menos sistemático de los temas vistos, cuestión que podrán comprobar una vez que hayan recorrido su contenido, el cual esperamos sea de su completo agrado. ÍNDICE CAPÍTULO I CUESTIONES PRELIMINARES 1. Reglamentación de los procedimientos de familia. 2. Cuestiones previas 3. Presupuesto que hace necesario el procedimiento CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DE LA LEY No 21.430 4. Cuestiones preliminares 5. De la protección integral de la Ley No 21.430. 5.a. Normas de aplicación general 5.a.1.Definiciones. 5.a.1.a. Medios de acción 5.a.1.b. Ámbitos de acción. Protección de los Derechos del Niño, Niña o Adolescente 5.a.1.c. Protección especial. 5.a.1.d. Procedimiento de la protección de derechos 5.a.1.e. Protección judicial 5.a.1.e.1. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 5.a.1.f. Otras cuestiones vinculadas a la protección judicial y administrativa 5.a.2. Principios rectores de los procesos de protección de derechos 5.a.3. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 5.a.4. Acción de tutela administrativa de derechos 5.b. Deberes de la Administración del Estado. 5.c. De las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.1. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.2. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez 5.d. De las medidas de protección administrativas. Cuestión previa. 5.d.1. Medidas de protección administrativa 5.d.2. Legalidad de las medidas de protección 5.d.3. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas. 5.d.4. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas 5.d.5. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial. 5.d.6. Procedimiento de protección administrativa 5.d.7. Revisión de medidas . 5.d.8. Acción de reclamación por ilegalidad 6. Amenaza o vulneración de derechos propiamente tal. CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS POR LA LEY No 21.430 7. Catálogo de derechos reconocidos por la Ley No 21.430 7.a. Derecho al ejercicio de los derechos civiles y políticos 7.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos 7.b. Derecho a la vida. 7.b.1. Deber del Estado en función del derecho 7.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 7.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 7.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.d. Derecho a la identidad 7.e. Derecho a vivir en familia 7.e.1. Deberes del Estado en función del derecho 7.f. Derecho a ser oído 7.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 7.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 7.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 7.h.1. Deber del Estado en función del derecho 7.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión 7.j. Derecho a la participación 7.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 7.k Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales 7.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho 7.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen 7.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos 7.m. Derecho a la información 7.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 7.n. Derecho a la protección contra la violencia 7.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 7.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 7.o.1. Deberes en función del derecho 7.p. Derecho a la atención médica de emergencia 7.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho 7.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 7.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho 7.r. Derecho a la educación 7.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa 7.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.t. Derecho a la seguridad social 7.t.1. Deber y restricción en función del derecho 7.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes 7.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 7.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos 7.x. Derechos y deberes en el espacio urbano 7.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 7.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho 7.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria. 7.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización 7.z.a.1.Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 7.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley 7.z.b.1.Rol del Estado y otros órganos en función del derecho 7.z.c. Derecho a la protección internacional 7.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho. 7.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios 7.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad 7.z.f. Derecho a una publicidad responsable CAPÍTULO IV SITUACIONES ESPECIALES DE AMENAZA O VULNERACIÓN DE DERECHOS 8. Maltratos a que están expuestos los niños, niñas y adolescentes 8.a. Ciertos registros del fenómeno de maltrato infantil a lo largo de la historia 8.b. Generalidades. 8.c. Variables que ayudan a diferenciar y explicar las secuelas del maltrato infantil 8.d. Tipos de maltrato infantil. 8.d.1. Maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a. Síndrome de alienación parental como modalidad especial de maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a.1. Cuestiones previas 8.d.1.a.2. Concepto de alienación parental 8.d.1.a.3. Algo de historia. 8.d.1.a.4. Distinción entre conducta alienadora y el síndrome propiamente tal. 8.d.1.a.5. Grados o niveles de SAP 8.d.1.a.6. Criterios diagnósticos del síndrome 8.d.1.a.7. Criterios proporcionados por Gardner para ayudar a evaluar la existencia del síndrome 8.d.1.a.8. Progenitores alienadores. 8.d.1.a.9. Terapia sugerida por Gardner. 8.d.1.a.10. Cuestionamientos a Gardner y su teoría 8.d.1.a.10.a. Carencia de rigor científico de la teoría 8.d.1.a.10.b. SAP parte de verdades relativas a las que otorga valor dogmático absoluto, para luego proponer premisas falsas a las que también otorga rigor de verdades dogmáticas. 8.d.1.a.10.c. Formulación del SAP propone una falacia lógica de razonamiento circular 8.d.1.a.10.d. Confunde causa y efecto, presumiendo alienación 8.d.1.a.10.e. Además de confundir signos con síntomas, carece de estos últimos 8.d.1.a.10.f. SAP no hace un diagnóstico diferencial 8.d.1.a.10.g. Existe clara animadversión o prejuicio desfavorable hacia la figura materna, que tiende a denigrarla 8.d.1.a.10.h. Sustenta el rechazo o apego del menor respecto de un padre a la existencia del síndrome, prescindiendo del análisis de múltiples y complejas otras causas que eventualmente podrían generar tal resultado 8.d.1.a.10.i. Dado que el SAP no exige que la madre sea evaluada ni entrevistada, el diagnóstico resulta -normalmente- de la apreciación subjetiva del evaluador 8.d.1.a.10.j. Parte siempre de la base que la opinión, testimonio o denuncia del niño o su madre, son falsos o infundados 8.d.1.a.10.k. Etiología del SAP es legal, no médica 8.d.1.a.10.l. La intervención terapéutica que impone el SAP es coacción legal -no médica- por tanto, deja a los menores en una situación de riesgo extremo 8.d.1.a.10.ll. Por medio de la terapia se impone un tratamiento al niño derivado de los síntomas de la madre 8.d.1.a.10.m.Terapia de Gardner pretende reemplazar rol del Juez, ya que se impone y desarrolla en el mismo fallo 8.d.1.a.10.n. Ideología que sustenta el SAP relativiza conductas sexualmente abusivas y/o pedófilas 8.d.1.a.10.ñ. Conclusión 8.d.1.b. Consecuencias del maltrato psicológico (o emocional) 8.d.2. Sobreprotección 8.d.2.a. Consecuencias de la sobreprotección 8.d.3. Maltrato físico 8.d.4. Abuso sexual infantil 8.d.4.a. Generalidades 8.d.4.b. Perfil de la víctima. 8.d.4.c. Perfil del agresor 8.d.4.d. Medios destinados a la concreción de conductas de abuso sexual infantil 8.d.4.e. La evaluación psicológica del abuso sexual infantil 8.d.4.e.1. Diferencias entre el psicodiagnóstico clínico y la evaluación forense 8.d.4.e.2. Instrumentos de evaluación de abuso sexual infantil 8.d.4.e.2.a. La entrevista clínica 8.d.4.e.2.b. Test proyectivos y de personalidad 8.d.4.e.2.c. Hora de juego diagnóstica 8.d.4.e.2.d. Juego con muñecos anatómicamente correctos 8.d.4.f. Determinantes del impacto psicológico y psicopatológico de la agresión 8.d.4.g. Repercusiones a corto plazo 8.d.4.g.1. Periodo o etapa de lactancia 8.d.4.g.2. Periodo o etapa preescolar 8.d.4.g.3. Periodo o etapa escolar básica. 8.d.4.g.4. Periodo o etapa de la adolescencia 8.d.4.g.5. Resumen de las consecuencias a corto plazo del abuso sexual 8.d.4.h. Repercusiones a mediano o largo plazo 8.d.4.i. Falsas denuncias de abuso sexual infantil. 8.d.5. Otras tipologías 9. Perfil del maltratador 10. Teoría del origen del temperamento agresivo del sujeto CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO DE LA APLICACIÓN JUDICIAL DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Sección primera Consideraciones previas 11. Introducción 12. Principios y reglas generales del procedimiento de protección 12.a. Principio del derecho del menor a ser oído Sección segunda Inicio del procedimiento 13. Inicio del procedimiento de protección 14. Medidas cautelares especiales. 14.a. Colisión de jurisdicciones ante la aplicación de una medida cautelar 15. Admisibilidad y recepción 15.a. Control de admisibilidad 15.b. Derivación a la sede administrativa 16. Facultades del Juez en la etapa de recepción 17. Resolución que provee el requerimiento Sección tercera Audiencia preparatoria 18. Generalidades 19. Desarrollo de la audiencia preparatoria 20. Incorporación de datos necesarios para registro de audio 21. Individualización de partes 22. Informe sobre motivo de comparecencia, derechos y deberes, como respuesta a dudas e inquietudes 23. Lectura de antecedentes 24. Relación breve y sintética de contenido del requerimiento 25. Indagación de motivo del proceso, forma en que afecta al niño, niña o adolescente e identidad de las personas involucradas en la afectación de sus derechos 26. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicita la adopción de la medida 27. Determinación de medidas cautelares del artículo 71 28. Promoción de mediación 29. Promoción de conciliación 30. Determinación de objeto del juicio 31. Determinación de los hechos a probar 32. Convenciones probatorias que las partes hubieren acordado 33. Determinación de pruebas a rendir a propuesta de las partes 34. Disposición de la práctica de otras pruebas que el Tribunal estime necesarias. 35. Dictar sentencia definitiva de la causa 36. Fijación de audiencia de juicio 37. Resolución que cita a juicio Sección Cuarta Audiencia de juicio 38. Generalidades. 39. Desarrollo de la audiencia de juicio 40. Incorporación de los datos necesarios para el registro de audio 41. Individualización de las partes 42. Verificación de la presencia de las personas que hubieren sido citadas a la audiencia 43. Declaración de inicio del juicio 44. Señalar el o los objetivos de la audiencia de juicio, advirtiendo a las partes que deben estar atentas a todo lo que se expondrá 45. Disponer que los testigos y peritos que hubieren comparecido hagan abandono de la sala de audiencia, mientras esperan su turno para declarar 46. Adopción de las medidas necesarias para garantizar el adecuado desarrollo de la audiencia, pudiendo disponer la presencia de uno o más miembros del consejo técnico 47. Ordenar en interés superior del niño, niña o adolescente que este u otro miembro del grupo familiar se ausente durante determinadas actuaciones 48. Recepción de la prueba admitida por el tribunal y la decretada por éste 48.a. Normas especiales relativas a las pericias en causas proteccionales 48.a.1. Cuestiones previas 48.a.2. Programa de pericias 48.a.3. Contenido del informe derivado del programa de pericias. 48.a.4. Cuestiones finales relativas al informe derivado del programa de pericias 49. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicite la adopción de la medida 50. Recepción de la opinión del consejero que hubiere asistido respecto de la prueba rendida en el ámbito de su especialidad 51. Dar la palabra a las partes para que formulen en forma oral y breve las observaciones que le merezca la prueba rendida y la opinión del consejero, así como sus conclusiones de un modo preciso y concreto 52. Réplica de las partes de lo expuesto por la contraria. 53. Procurar un acuerdo entre las partes sobre la forma más conducente de solucionar la situación. 54. Pronunciamiento de la sentencia 55. Nueva audiencia CAPÍTULO VI MEDIDAS DE PROTECCIÓN 56. Cuestión previa 57. Medidas de protección jurisdiccional. 57.a. Hipótesis que contempla la ley 57.a.1. Concurrencia a programas o acciones de apoyo, reparación u orientación para enfrentar y superar la situación de crisis, e impartir instrucciones pertinentes 57.a.1.a. Intervenciones ambulatorias de reparación 57.a.1.b. Fortalecimiento y vinculación 57.a.1.b.1. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 57.a.1.b.2. Programas de preparación para la vida independiente. 57.a.1.b.3. Programas de prevención focalizada. 57.a.2. Adopción del cuidado alternativo del niño 57.a.2.a. Características del cuidado alternativo 57.a.2.b. Modalidades de cuidado alternativo 57.a.2.b.1. Cuidado alternativo bajo modalidad de acogimiento residencial 57.a.2.c. Otras cuestiones relativas al cuidado alternativo 57.a.2.d. Efectos y/o consecuencias de la adopción del cuidado alternativo 58. Ejecución de las medidas 59. Obligación de informar 60. Incumplimiento de las medidas. 61. Obligación de visita. 61.a. Trabas o dificultades en la visita del Juez 62. Derecho a audiencia con el Juez 63. Suspensión, modificación y cesación de las medidas 64. Deber de información sobre la oferta programática conforme a las líneas de acción desarrolladas CAPÍTULO VII ROL DEL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE SUS COLABORADORES ACREDITADOS EN EL PROCESO PROTECCIONAL 65. Estructura de la Ley N° 21.302 (crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia) 65.a. Normas preliminares 65.a.1. Definición del Servicio (artículo 1o) 65.a.2. Supervigilancia y fiscalización (artículo 1o) 65.a.3. Objeto del Servicio (artículo 2o) 65.a.3.a. Forma en que el Servicio materializará el cumplimiento de su objeto 65.a.4. Responsabilidad del Servicio conforme su objeto (artículo 2o bis.) 65.a.4.a. Competencia para conocer de las demandas de indemnización de daños causados por el Servicio o sus colaboradores acreditados en el ejercicio de sus funciones 65.a.5. Sujetos de atención (artículo 3o) 65.a.6. Principios rectores esenciales del Servicio (artículo 4o) 65.b. Organización y funciones del Servicio 65.b.1. Organización del Servicio (inciso 1o del artículo 5o) 65.b.2. Incapacidad para ser Director Nacional o regional del Servicio (inciso 4o del artículo 5o). 65.b.3. Funciones del Servicio (artículo 6o) 65.b.4. Funciones del Director Nacional (artículo 7o) 65.b.5. Funciones del Director Regional (artículo 8o) 65.b.6. Consejo de expertos (artículo 9o al 15) 65.b.7. Coordinación intersectorial (artículo 16 y 17) 65.c. Protección especializada 65.c.1. Líneas de acción, programa de protección especializada y proyecto (Párrafo 1o del Título III) 65.c.1.a. Líneas de acción 65.c.1.a.1. Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia 65.c.1.a.1.a. Programa de diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos . 65.c.1.a.1.b. Programa de pericias 65.c.1.a.2. Intervenciones ambulatorias de reparación 65.c.1.a.3. Fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.3.a. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 65.c.1.a.3.b. Programas de preparación para la vida independiente. 65.c.1.a.3.c. Programas de prevención focalizada 65.c.1.a.3.d. Cuestiones finales relativas a la línea de acción de fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.4. Cuidado alternativo 65.c.1.a.4.a. Carácter excepcional del cuidado alternativo. 65.c.1.a.5. Adopción 65.c.1.a.6. Cuestiones finales relativas a las líneas de acción 65.c.1.b. Programa de protección especializada 65.c.1.c. Proyecto 65.c.2. De los registros (Párrafo 2o del Título III) 65.c.3. Sistema Integrado de Información, seguimiento y monitoreo (Párrafo 3o del Título III) 65.c.3.a. Objetivo del Sistema 65.c.3.b. Finalidad del Sistema 65.c.3.c. Información que registrará el Sistema 65.c.4. Deber de reserva y confidencialidad (Párrafo 4o del Título III) 65.c.4.a. Sujeto pasivo del deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.b. Información protegida por el deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.c. Consecuencias de la infracción al deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.d. Acceso a la información confidencial 65.c.4.e. Cuestiones finales respecto del deber de reserva y confidencialidad. 65.c.5. Colaboradores acreditados (Párrafo 5o del Título III) 65.c.6. Evaluación y supervisión de la protección especializada (Párrafo 6o del Título III). 65.c.6.a. Evaluación de los programas de protección especializada 65.c.6.b. Supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas de protección especializada 65.c.6.b.1. Características de supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas 65.c.6.c. Obligaciones y facultades de otros órganos. 65.c.7. Sanciones y procedimiento sancionatorio (Párrafo 7o del Título III) 65.c.7.a. Tipos de infracción 65.c.7.a.1. Infracciones menos graves y su sanción 65.c.7.a.2. Infracciones graves del inciso 1o del artículo 41 y su sanción 65.c.7.a.3. Infracciones graves del inciso 7o del artículo 41 y su sanción 65.c.7.a.4. Infracciones graves de la Ley N° 20.032 y su sanción 65.c.7.a.5. Infracción gravísima y su sanción. 65.c.7.b. Procedimiento sancionatorio 65.c.7.c. Procedimiento de reclamación 65.c.8. Administración de cierre (Párrafo 8o del Título III) 65.c.8.a. Casos en que procede la administración de cierre 65.c.8.b. Particularidades de la administración de cierre 65.c.8.c. Designación del administrador de cierre 65.c.8.d. Procedimiento de administración de cierre 65.c.8.e. Funciones del administrador de cierre 65.c.8.f. Normativa complementaria. 65.c.9. Administración provisional (Párrafo 9o del Título III) 65.c.9.a. Casos en que procede la administración provisional 65.c.9.b. Particularidades de la administración provisional 65.c.9.c. Designación del administrador provisional 65.c.9.d. Procedimiento de administración provisional 65.c.9.e. Funciones del administrador provisional 65.c.9.f. Normativa complementaria. 65.c.10. Efectos de la administración provisional o de cierre (Párrafo 10 del Título III) Bibliografía | IndiceDescripciónIncumplimiento de la Pensión de AlimentosEl arresto y otras sanciones.El presente trabajo tiene por objeto analizar una de las instituciones trascendentales del derecho de familia, el derecho de alimentos el cual se encuentra íntimamente vinculado a uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, el derecho a la vida. En la primera parte de la obra se realizará un estudio de aspectos dogmáticos del derecho de alimentos, tales como su concepto, naturaleza jurídica, marco legal así como su regulación en otros ordenamientos jurídicos. Asimismo, se revisaran los mecanismos instaurados por nuestro legislador para asegurar que el obligado al pago de los alimentos cumpla fiel y oportunamente a ellos. En la segunda parte se presentará un estudio de sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones de nuestro país, con ocasión de la interposición de recursos de amparo presentados por alimentantes, quienes justificando encontrarse dentro de las hipótesis de excepción reguladas en el artículo 14 inciso final de la Ley N° 14.908, solicitan dejar sin efecto una orden de arresto, por ser la misma vulneratoria de su derecho a la libertad personal. Intentaremos determinar las principales tendencias jurisprudenciales sobre la materia e identificar si los tribunales han acogido los habeas corpus inclinándose preponderantemente a una órbita penal en su decisión, privilegiando el derecho fundamental a libertad personal del apremiado, más que una órbita de protección a la niñez y adolescencia en la cual se debiese privilegiar el interés superior del niño, niña y adolescente. | DescripciónEsta obra colectiva comenta los aspectos más importantes de la Ley N°21.400, que “modifica diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio entre personas del mismo sexo”. Son siete estudios que, desde diversas miradas, profundizan en las modificaciones introducidas por dicha ley en nuestro ordenamiento. A partir de estos trabajos, se obtiene un panorama claro y detallado de los principales avances representados por la Ley sobre Matrimonio Igualitario en cuanto a la salvaguarda de los derechos humanos de quienes deciden contraer nupcias con personas de su mismo sexo y de la reglamentación de las relaciones entre ellas y con sus hijos o hijas. La obra sobresale por el rigor con que está escrita y los sugerentes análisis y opiniones que integran cada capítulo, por lo que constituye un invaluable aporte al derecho de familias nacional y demuestra la reflexiva y acuciosa labor de los académicos del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, siempre enfocada al pleno reconocimiento de los derechos humanos y de los valores que sustentan el Estado democrático y la República. TEMARIO: PRINCIPALES MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL POR LA LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO Maricruz Gómez de la Torre Vargas 1. Antecedentes 2. Matrimonio 3. Cambios en la terminología jurídica 4. Filiación 4.1. Filiación matrimonial 4.2. Filiación no matrimonial 4.3. Filiación por técnicas de reproducción asistida 5. Regímenes patrimoniales 6. Sucesorio Conclusión Bibliografía MATRIMONIO IGUALITARIO. UNA REVISIÓN DE LAS MUTACIONES DEL CONTRATO MATRIMONIAL Mauricio Tapia Rodríguez 1. Mutaciones del contrato matrimonial en el tiempo 2. Modificaciones incorporadas por esta reforma en el contrato matrimonial Bibliografía MATRIMONIO IGUALITARIO: UNA MIRADA DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Laura Albornoz Pollmann 1. Lenguaje 2. Régimen patrimonial matrimonial 3. Compensación económica 4. Roles de cuidado de la familia común, ejercicio de la maternidad-paternidad 5. Violencia de género 6. Filiación, derechos reproductivos A modo de conclusión Bibliografía Jurisprudencia ASPECTOS FILIATIVOS DE LA LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO Fabiola Lathrop Gómez 1. Introducción 2. Modificaciones generales en materia de filiación 2.1. Neutralidad de género en disposiciones sobre filiación 2.2. Determinación de la filiación 2.2.1. Título VII “De la filiación” 2.2.2. Título VIII “De las acciones de filiación” 2.3. Efectos de la filiación 2.4. ¿Filiación múltiple? 2.5. Filiación por adopción 3. Modificaciones en materia de técnicas de reproducción asistida 3.1. El nuevo art. 182 del CC 3.2. Voluntad procreacional 3.3. ¿Qué ocurre con la gestación por subrogación? 3.4. Necesidad de una ley integral de técnicas de reproducción asistida 4. Conclusiones Bibliografía ASPECTOS PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO IGUALITARIO María Agnes Salah Abusleme y María Magdalena Bustos Díaz 1. La igualdad como principio rector 2. Regímenes de bienes del matrimonio igualitario 2.1. Capitulaciones matrimoniales a) Capitulaciones matrimoniales celebradas antes del matrimonio b) Capitulaciones matrimoniales celebradas en el acto del matrimonio 2.2. Régimen de separación de bienes 2.3. Participación en los gananciales 2.4. Substitución de regímenes patrimoniales durante el matrimonio y matrimonios celebrados en el extranjero 2.5. Evaluación crítica de la reforma 3. Aspectos sucesorios del matrimonio igualitario 3.1. Relevancia del régimen de bienes del matrimonio al momento de la muerte de uno de los cónyuges 3.2. La sucesión intestada de los cónyuges 3.3. El cónyuge sobreviviente en la sucesión testada 3.4. Otras reglas sucesorias de importancia para el cónyuge sobreviviente 3.5. Los “cónyuges”, “progenitores” y hermanos y colaterales de “simple conjunción” o “doble conjunción” 4. Impacto de la categoría “progenitores” 4.1. Reglas de responsabilidad civil 4.2. Patria potestad 4.3. Derecho de alimentos 5. Otros aspectos patrimoniales orientados hacia la protección de las remuneraciones, prestaciones familiares y pensiones Conclusiones Bibliografía citada Leyes citadas LEY SOBRE CAMBIO DE ORDEN DE APELLIDOS: BIENVENIDA CUOTA DE AUTONOMÍA EN LA IDENTIDAD PERSONAL Javiera Verdugo Toro 1. ¿Cómo era antes? 2. ¿Cómo es ahora? 3. Algunas observaciones 4. Modificación de los apellidos, infancia y adolescencia Conclusiones Bibliografía MODIFICACIONES DE LA LEY DE MATRIMONIO IGUALITARIO A CIERTAS LEYES ESPECIALES: PARTICULAR REFERENCIA A LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO Fabiola Lathrop Gómez 1. Breve explicación 2. Leyes civiles 3. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social 4. Ley de Identidad de Género |
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