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Los Servicios Mínimos como Límites al Derecho de Huelga 2da edición

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La Ley 20.940, conocida como Reforma Laboral, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico una figura nueva hasta ahora desconocida en la legislación del trabajo, denominada Servicios Mínimos, más su consecuencia práctica reflejada en los llamados Equipos de emergencia. Estas figuras tienen aplicación dentro del nuevo procedimiento de Negociación Colectiva establecido en el actual Libro V del Código del Trabajo. En consecuencia, ambos constituyen un límite válido y reconocido por la legislación nacional al derecho fundamental de huelga, siempre y cuando aquello responda a la protección de bienes jurídicos superiores y se cumplan con los imperativos legales para implementación. En estas condiciones se producirá el inevitable conflicto entre el derecho de los trabajadores a las acciones de autotutela colectiva y las garantías que el sistema jurídico entrega al empleador en tanto propietario de los medios de producción. Para solucionar este problema es necesario que los operadores jurídicos y administrativos conozcan a cabalidad los alcances de tal restricción.

El presente libro propone la elaboración de lineamientos para la determinación y aplicación de esta institución, con el objeto de disminuir la incertidumbre a los actores laborales, otorgar certeza jurídica a las partes en conflicto, y, en la medida de lo posible, evitar la judicialización de estos procedimientos.

CAPÍTULO I
LOS SERVICIOS MÍNIMOS COMO LÍMITES AL DERECHO DE HUELGA

  1. La colisión con otros derechos fundamentales2. La situación en el Derecho del trabajo chileno
    2.1. Aspectos principales de la reforma laboral de 2016 en lo referente a la huelga . . .
    2.2. Los servicios mínimos como mecanismo conceptual para ponderar el conflicto de intereses entre los derechos de los trabajadores en huelga y otros intereses

CAPÍTULO II
LA DETERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS

  1. ¿Cuándo es posible la implementación de servicios mínimos?
    1.1. El fundamento jurídico de los servicios mínimos como limitaciones al derecho de huelga
    1.2. El problema de la delimitación y de la limitación que efectúa la ley
    1.3. Los bienes jurídicos protegidos: La opción del legislador
    1.4. Respecto a la magnitud de la afectación
  2. Situaciones que hacen procedente el establecimiento de servicios mínimos y de equipos de emergencia
    2.1. Respecto a la protección de los bienes corporales e instalaciones de la empresa
    2.2 En cuanto a la prevención de accidentes
    2.3. El garantizar la prestación de servicios de utilidad pública
    2.4 Sobre la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, salud o seguridad de las personas
    2.5. Respecto a la prevención del daño ambiental o sanitario
    2.6. La concurrencia de distintas causales3. Requisitos para la procedencia de los servicios mínimos
    3.1. Que su existencia no afecte al derecho de huelga en su esencia
    3.2. Que sean estrictamente necesarios para el fin por el cual son determinados
    3.3. Que respondan a alguna de las hipótesis consignadas por el legislador
    3.4 Que se tome en consideración el tamaño y características de la empresa, establecimiento o faena
    3.5. Que sean provistos solo durante el tiempo que sean necesarios

CAPÍTULO III
EL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS

  1. ¿Qué comprende la calificación?
    2. Etapas del procedimiento de calificación
    2.1. La propuesta del empleador
    2.2. La respuesta
    2.3. La etapa de negociaciones
    2.4. Requerimiento ante la Dirección Regional del Trabajo
    2.5. La resolución de la Dirección del Trabajo
    2.6. La reclamación
    2.7. La recalificación3. De los plazos

CAPÍTULO IV
LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA

  1. Concepto
    2. Conformación de los equipos de emergencia
    2.1. Propuesta o solicitud del empleador
    2.2. Respuesta del sindicato
    2.3. Solicitud a la Inspección del Trabajo
    2.4. Resolución de la Inspección del Trabajo
    2.5. Recurso de Reposición
    2.6. Resolución que resuelve la reposición administrativa
    2.7. Oportunidad para implementar los equipos de emergencia
  2. Sanciones en el caso de incumplimiento. Posibilidad de reemplazo y práctica desleal

CAPÍTULO V
ALGUNOS PROBLEMAS PRÁCTICOS Y JURÍDICOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS

  1. La falta del informe técnico especializado
    2. Las fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo
    3. El incumplimiento de los plazos legales
    4. La falta de instancia judicial de reclamación
    – El principio de inexcusabilidad
    – El derecho a la judicatura o tutela judicial efectiva
    – Las reglas generales en materia de competencia de los tribunales del trabajo
    A) Respecto al artículo 360 del Código del Trabajo
    – El claro tenor de la ley
    – El principio de especialidad
    – La interpretación armónica del artículo 360 con la normativa en su conjunto y argumento “A contrario sensu”
    – La historia fidedigna del establecimiento de la ley
    – El problema de la aplicación práctica
    – La coherencia interna de la ley (art. 22 inciso 1o Código Civil)
    – La diferencia entre los conflictos jurídicos y los conflictos de intereses
    B) Respecto a las vías procesales de reclamación
    – La inaplicabilidad del procedimiento de reclamación judicial
    – La norma supletoria aplicable
    – Las otras vías judiciales
    – Proyecto de reforma a la Ley No 20.940
    – Informe de la Excma. Corte Suprema. Oficio No 154-2017
    C) La evolución jurisprudencial
    1. ¿Y si el acuerdo vulnera el derecho en su esencia?
    2. ¿Y si el acuerdo se aleja de los parámetros o situaciones previstas expresamente por el legislador?
    3. Posibilidad del empleador de reemplazar trabajadores en huelga. Las “adecuaciones necesarias”. Artículo 403 letra e)
    4. ¿Y si las partes no quieren llevar la resolución del asunto a la Dirección del Trabajo? 5. ¿Podrían los grupos negociadores pactar servicios mínimos?

CAPÍTULO VI
CRITERIOS ASENTADOS POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO

ANEXOS

Orden de Servicio No 001
Imparte instrucciones sobre procedimiento administrativo para la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia
Dictámenes de la Dirección del Trabajo
Ord. No 3914/100
Informa respecto a la oportunidad para la presentación de la propuesta de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia
Ord. No 4215/108
1) En aquellos casos en que ha existido suspensión del inicio de la negociación colectiva y, consecuencialmente, prórroga de la vigencia del instrumento colectivo anterior, considerando que el (…)
Ord. No 3678/97
La votación de la huelga, en caso que el instrumento colectivo anterior hubiere sido prorrogado, a causa del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, deberá efectuarse (…)
Ord. No 3300
Resulta jurídicamente procedente que los establecimientos incorporados al Decreto No 434 de 1979, sean considerados empresa para los efectos de la calificación de los servicios mínimos y (…)
Ord. No 3198
Atiende consultas relativas a la calificación de los servicios mínimos, en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley No 20.940 al Código del Trabajo
Ord. No 3191/82
Si se presenta el proyecto de contrato colectivo antes de los sesenta días, se deberá entender, conforme a la presunción en comento, que ha sido presentado el día 60 a que se refiere el inciso 2o (…)
Ord. No 2374
Atiende consultas sobre la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia efectuadas al amparo del artículo tercero transitorio de la Ley No 20.940
Ord. No 1563/38
1. La suspensión del inicio de la negociación colectiva, como consecuencia del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, conlleva necesariamente la prórroga (…)
Ord. No 1224
Atiende consultas referidas al procedimiento para la calificación de los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia
Ord. No 6196
La comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa
Ord. No 5346/92Informa respecto al sentido y alcance de la Ley No 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la calificación y conformación de Servicios Mínimos (…)
Ord. No 3978
Atiende presentación de la empresa de Correos de Chile, sobre servicios esenciales

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Autor: Rubén Gajardo Morales
Editorial: Libromar
Año de Publicación  : 2021
Paginas : 266

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DescriptionAutor: Rubén Gajardo Morales Editorial: Libromar Año de Publicación  : 2021 Paginas : 266Autor:  Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación  : 2022 Paginas :345        Autor: Natalia Rodríguez Donoso Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 100 Año de publicación: 2022Autor: Jorge González Varas Editorial : EJS Año de Publicación  : 2022 Paginas :374Autor: Jorge Danilo Correa Selamé Editorial : EJS Año de Publicación  : 2022 Paginas :729Autor: Jorge Larroucau Torres Editorial : Der Año de Publicación  : 2022 Paginas :412
ContentLa Ley 20.940, conocida como Reforma Laboral, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico una figura nueva hasta ahora desconocida en la legislación del trabajo, denominada Servicios Mínimos, más su consecuencia práctica reflejada en los llamados Equipos de emergencia. Estas figuras tienen aplicación dentro del nuevo procedimiento de Negociación Colectiva establecido en el actual Libro V del Código del Trabajo. En consecuencia, ambos constituyen un límite válido y reconocido por la legislación nacional al derecho fundamental de huelga, siempre y cuando aquello responda a la protección de bienes jurídicos superiores y se cumplan con los imperativos legales para implementación. En estas condiciones se producirá el inevitable conflicto entre el derecho de los trabajadores a las acciones de autotutela colectiva y las garantías que el sistema jurídico entrega al empleador en tanto propietario de los medios de producción. Para solucionar este problema es necesario que los operadores jurídicos y administrativos conozcan a cabalidad los alcances de tal restricción. El presente libro propone la elaboración de lineamientos para la determinación y aplicación de esta institución, con el objeto de disminuir la incertidumbre a los actores laborales, otorgar certeza jurídica a las partes en conflicto, y, en la medida de lo posible, evitar la judicialización de estos procedimientos. CAPÍTULO I LOS SERVICIOS MÍNIMOS COMO LÍMITES AL DERECHO DE HUELGA
  1. La colisión con otros derechos fundamentales2. La situación en el Derecho del trabajo chileno 2.1. Aspectos principales de la reforma laboral de 2016 en lo referente a la huelga . . . 2.2. Los servicios mínimos como mecanismo conceptual para ponderar el conflicto de intereses entre los derechos de los trabajadores en huelga y otros intereses
CAPÍTULO II LA DETERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS
  1. ¿Cuándo es posible la implementación de servicios mínimos? 1.1. El fundamento jurídico de los servicios mínimos como limitaciones al derecho de huelga 1.2. El problema de la delimitación y de la limitación que efectúa la ley 1.3. Los bienes jurídicos protegidos: La opción del legislador 1.4. Respecto a la magnitud de la afectación
  2. Situaciones que hacen procedente el establecimiento de servicios mínimos y de equipos de emergencia 2.1. Respecto a la protección de los bienes corporales e instalaciones de la empresa 2.2 En cuanto a la prevención de accidentes 2.3. El garantizar la prestación de servicios de utilidad pública 2.4 Sobre la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, salud o seguridad de las personas 2.5. Respecto a la prevención del daño ambiental o sanitario 2.6. La concurrencia de distintas causales3. Requisitos para la procedencia de los servicios mínimos 3.1. Que su existencia no afecte al derecho de huelga en su esencia 3.2. Que sean estrictamente necesarios para el fin por el cual son determinados 3.3. Que respondan a alguna de las hipótesis consignadas por el legislador 3.4 Que se tome en consideración el tamaño y características de la empresa, establecimiento o faena 3.5. Que sean provistos solo durante el tiempo que sean necesarios
CAPÍTULO III EL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS
  1. ¿Qué comprende la calificación? 2. Etapas del procedimiento de calificación 2.1. La propuesta del empleador 2.2. La respuesta 2.3. La etapa de negociaciones 2.4. Requerimiento ante la Dirección Regional del Trabajo 2.5. La resolución de la Dirección del Trabajo 2.6. La reclamación 2.7. La recalificación3. De los plazos
CAPÍTULO IV LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA
  1. Concepto 2. Conformación de los equipos de emergencia 2.1. Propuesta o solicitud del empleador 2.2. Respuesta del sindicato 2.3. Solicitud a la Inspección del Trabajo 2.4. Resolución de la Inspección del Trabajo 2.5. Recurso de Reposición 2.6. Resolución que resuelve la reposición administrativa 2.7. Oportunidad para implementar los equipos de emergencia
  2. Sanciones en el caso de incumplimiento. Posibilidad de reemplazo y práctica desleal
CAPÍTULO V ALGUNOS PROBLEMAS PRÁCTICOS Y JURÍDICOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS
  1. La falta del informe técnico especializado 2. Las fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo 3. El incumplimiento de los plazos legales 4. La falta de instancia judicial de reclamación – El principio de inexcusabilidad – El derecho a la judicatura o tutela judicial efectiva – Las reglas generales en materia de competencia de los tribunales del trabajo A) Respecto al artículo 360 del Código del Trabajo – El claro tenor de la ley – El principio de especialidad – La interpretación armónica del artículo 360 con la normativa en su conjunto y argumento “A contrario sensu” – La historia fidedigna del establecimiento de la ley – El problema de la aplicación práctica – La coherencia interna de la ley (art. 22 inciso 1o Código Civil) – La diferencia entre los conflictos jurídicos y los conflictos de intereses B) Respecto a las vías procesales de reclamación – La inaplicabilidad del procedimiento de reclamación judicial – La norma supletoria aplicable – Las otras vías judiciales – Proyecto de reforma a la Ley No 20.940 – Informe de la Excma. Corte Suprema. Oficio No 154-2017 C) La evolución jurisprudencial 1. ¿Y si el acuerdo vulnera el derecho en su esencia? 2. ¿Y si el acuerdo se aleja de los parámetros o situaciones previstas expresamente por el legislador? 3. Posibilidad del empleador de reemplazar trabajadores en huelga. Las “adecuaciones necesarias”. Artículo 403 letra e) 4. ¿Y si las partes no quieren llevar la resolución del asunto a la Dirección del Trabajo? 5. ¿Podrían los grupos negociadores pactar servicios mínimos?
CAPÍTULO VI CRITERIOS ASENTADOS POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO ANEXOS Orden de Servicio No 001 Imparte instrucciones sobre procedimiento administrativo para la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia Dictámenes de la Dirección del Trabajo Ord. No 3914/100 Informa respecto a la oportunidad para la presentación de la propuesta de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia Ord. No 4215/108 1) En aquellos casos en que ha existido suspensión del inicio de la negociación colectiva y, consecuencialmente, prórroga de la vigencia del instrumento colectivo anterior, considerando que el (…) Ord. No 3678/97 La votación de la huelga, en caso que el instrumento colectivo anterior hubiere sido prorrogado, a causa del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, deberá efectuarse (…) Ord. No 3300 Resulta jurídicamente procedente que los establecimientos incorporados al Decreto No 434 de 1979, sean considerados empresa para los efectos de la calificación de los servicios mínimos y (…) Ord. No 3198 Atiende consultas relativas a la calificación de los servicios mínimos, en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley No 20.940 al Código del Trabajo Ord. No 3191/82 Si se presenta el proyecto de contrato colectivo antes de los sesenta días, se deberá entender, conforme a la presunción en comento, que ha sido presentado el día 60 a que se refiere el inciso 2o (…) Ord. No 2374 Atiende consultas sobre la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia efectuadas al amparo del artículo tercero transitorio de la Ley No 20.940 Ord. No 1563/38 1. La suspensión del inicio de la negociación colectiva, como consecuencia del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, conlleva necesariamente la prórroga (…) Ord. No 1224 Atiende consultas referidas al procedimiento para la calificación de los Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia Ord. No 6196 La comunicación de la propuesta de calificación de servicios mínimos debe ser informada a todos los sindicatos de la empresa Ord. No 5346/92Informa respecto al sentido y alcance de la Ley No 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la calificación y conformación de Servicios Mínimos (…) Ord. No 3978 Atiende presentación de la empresa de Correos de Chile, sobre servicios esenciales

Descripción

Trigésima Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 178, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 28 de enero de 2022 Texto completo del Código del Trabajo, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para utilidad de los alumnos:
  • Ley Nº 16.744, seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Ley Nº 19.728, establece un seguro de desempleo.
  • D.L. Nº  3.500, establece nuevo sistema de pensiones.
  • D.F.L  Nº 44, establece normas comunes para subsidios por incapacidad laboral de los trabajadores dependientes del sector privado.
  • D.F.L  Nº 90, establece régimen previsional de asignación por muerte.
  • D.F.L  Nº 150, sobre sistema único de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantía para los trabajadores de los sectores privado y público.
Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor Héctor Humeres Noguer e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Juan Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewi
Indice Descripción Problemas y desafíos a la luz de la normativa vigente La presente investigación aborda la regulación del borde costero del litoral chileno. Para esto se revisan las normas jurídicas vigentes, los principales instrumentos de planificación territorial y las zonas de protección especial. También se abordarán aspectos problemáticos, tales como la jerarquía e incompatibilidad entre normas, los procedimientos de participación ciudadana existentes, la superposición de organismos o estatutos jurídicos aplicables en un territorio determinado y la existencia de zonas costeras sin regulación. De esta forma, se pretende obtener una visión general de la regulación vigente, buscando un cierto grado de sistematicidad entre los mecanismos actuales de ordenación del territorio litoral y formas de generar mayor equilibrio entre las comunidades, ecosistemas, intereses privados y públicos, como una forma de contribuir al desarrollo armónico del país y a una mayor calidad de vida de sus habitantes.La presente obra tiene por objeto principal presentar el fenómeno de las brechas que permiten la elusión tributaria y abordar analíticamente la utilidad de perseguirlas a través de la Norma General Anti-elusiva en cuanto es una de las formas que se utilizan para estrechar o suprimir las brechas ya mencionadas y sus efectos. El autor considera que, cuando pesa sobre un contribuyente la posibilidad de haber realizado actos constitutivos de elusión tributaria o de fraude tributario, surge la necesidad para el Fisco de indagar si existe o no existe elusión en la conducta desplegada por ese contribuyente. Son analizadas las nociones de ciudadano, ciudadanía, contribuyente, potestad tributaria, límites a la potestad tributaria, garantías de los contribuyentes, justo y racional procedimiento, normas anti-elusivas, formas de aplicación de las normas anti-elusivas en diferentes jurisdicciones, utilidad en los resultados de las mismas, interpretación de las normas jurídicas anti-elusivas reconociéndolas como normas jurídicas, lenguaje y verdad, bien común, gobernanza local, democracia, sociedad democrática, estado y derecho. Se detalla la necesidad de un procedimiento objetivo para la aplicación de las normas jurídicas anti-elusivas en que sean efectivamente respetadas las garantías del contribuyente u acatada la potestad tributaria del Estado. Solamente con un equilibrio de dichos factores las brechas elusivas podrán ser perseguidas con la eficacia que se requiere para mejorar los rendimientos tributarios. El texto considera que las normas jurídicas anti-elusivas requieren de conocimientos relevantes sobre las mismas tanto al momento de elaborarlas como a momento de interpretarlas y aplicarlas, motivo por el cual se efectúa el análisis del procedimiento y de las reglas de interpretación aplicables a las normas generales anti-elusivas por considerar esa revisión un antecedente ineludible en la estructura tributaria anti-elusiva. Así, son examinados los sistemas anti-elusivos de distintos países, tales como Brasil; Chile; Italia; Francia; España; Alemania; Inglaterra; Estados Unidos; Nueva Zelandia; Australia, entre otros. El tratamiento de aspectos doctrinarios; de derecho comparado; legales; sociales; jurisprudenciales y jurídicos en general constituyen uno de los aportes interesantes, si bien no el único, de la obra que se presenta. Finalmente se plantea que el respeto de la Potestad Tributaria y de las garantías de los contribuyentes requieren considerar que el Estado contemporáneo para poder cumplir sus fines debe estar construido sobre las bases de una sociedad democrática o, en otros términos, esos elementos deben ser contextualizados dentro de un Estado de Derecho, Democrático y Social que ampare el Bien Común, y que otorgue respuesta y satisfacción a los derechos de sus habitantes, sean o no contribuyentes, y con cargo a la contribución de las personas que tengan capacidad para ello, fundamentado en el principio de solidaridad y respetando la creatividad del ser humano. El autor espera contribuir al estudio de los medios jurídicos para perseguir la elusión tributaria en una perspectiva de modesto e intenso aporte.INDICE Varia ediciones de este texto que contiene diversos temas básicos que un postulante debe conocer para presentarse a rendir su Examen de Grado han visto la luz pública. Muchos estudiantes lo han utilizado con éxito, según me lo han hecho saber. Lo anterior, ha motivado esta revisión de materias que, según señalé, son básicas y, por lo tanto, no agotan los temas. Sabido es que el Examen de Grado debe comprender temas generales pues no es aquella prueba que ordinariamente se rinde durante la permanencia en la Universidad. Como lo he dicho, los que tenemos la suerte de desenvolvernos en el mundo académico vemos como generaciones de alumnos, al regresar de la Universidad, se ven enfrentados a la experiencia que implica rendir un examen decisivos para sus pretensiones. es, en esos instantes, en los que el alumno precisa de un texto que lo guíe en su estudio, sea porque ese alumno no guardó los apuntes de su profesor, sea porque le son insuficiente, sea, en fin, porque el Derecho va cambiando. El autor, espera contribuir en algo con ese alumno que se enfrenta a esta etapa crucial en su carrera, proporcionándole un texto actuallizado, revisado y enriquecido con la valiosa experiencia de participar en exámenes de grado. El estudiante encontrará, asimismo, dos anexos. El primero denominado «Ideas Claves», que contiene puntos que a veces se olvidan y que son fundamentales. El segundo anexo es un Cuadro Comparativo entre los recursos procesales civiles y penales, con la salvedad de las casaciones civiles y el recurso de nulidad penal, por razones obvias. Se omite, asimismo, la comparación de las revisiones en atención a sus diferentes naturalezas.Indice La protección de los derechos fundamentales del artículo 20 de la Constitución de 1980, ha sido por más de cuarenta años una tutela judicial de urgencia que ha permitido amparar el ejercicio de los derechos de las personas. Esta obra describe en profundidad el sistema chileno de protección de los derechos fundamentales en materias civiles, destacándose por su enfoque práctico, dirigido a litigantes, jueces y a quienes deseen profundizar en esta materia, gracias al lenguaje claro y ameno con que se aborda cada tema. Se estudia el contenido y los alcances del juicio de protección dentro de la justicia civil chilena, y para ello su autor ha realizado un exhaustivo estudio jurisprudencial que analiza más de cuatro décadas de fallos de protección, desde 1977 a la fecha, permitiendo al lector observar una jurisprudencia en constante evolución y que ha incorporado elementos que dificultan definir a la protección de un modo preciso. Esto repercute directamente en uno de los asuntos centrales que se abordan en este libro: el ámbito de aplicación del juicio de protección y la manera en que se coordina con otros juicios y con las vías administrativas a disposición de las personas
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