Medidas prejudiciales y precautorias ante la jurisprudencia
$28.000
Autor: José Luis Zavala Ortiz
Editorial: Libromar
Numero de Paginas: 190
Año de publicación: 2026
4 disponibles
Este libro es el resultado de un proceso de selección de la jurisprudencia de las medidas prejudiciales y precautorias en los procesos civiles.
Tratándose de las medidas prejudiciales se describen los criterios jurisprudenciales referidos a las medidas preparatorias probatorias, siendo la de exhibición de documentos la que mayoritariamente ha sido abordada por las Cortes.
También se analizan las medidas prejudiciales precautorias en cuanto a los requisitos y obligaciones que el legislador impone al solicitante.
En cuanto a las medidas precautorias propiamente tales, se describe la jurisprudencia referida a los requisitos generales de dichas medidas y, posteriormente la de cada una de las que señala el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil.
Esperamos que esta investigación sea útil para abogados litigantes.
PRIMERA PARTE
MEDIDAS PREJUDICIALES
- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MEDIDA PREJUDICIAL
- No basta la enunciación de la acción que se perseguirá para conceder medida prejudicial referida a contrato
- Si solicitante modifica solicitud eliminando frases que condicionaban las acciones a deducir proceden acceder a la medida prejudicial
- No resulta procedente la oposición a la medida prejudicial precautoria decretada, desde que ello no se encuentra expresamente contemplado en la ley
- Obligación de presentar demanda dentro del término de diez días sólo resulta procedente respecto de las medidas prejudiciales precautorias no así de las preparatorias
- MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS
- Exhibición de documentos
1.1. Se deben exhibir documentos que están en poder de la parte contra la que se solicita
1.2. No procede apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil ya que solicitada no puede contar con pagaré porque no existe
1.3. Si obligada a exhibir documentos manifestó que no tiene pagaré que acompañar resulta justificado que no lo pueda exhibir porque no existe
1.4. Circunstancia de que demandado no cuente con documentos en su poder o se encuentra impedido de exhibirlos no puede ser presumida por el tribunal sino deben ser invocada por parte solicitante
1.5. Se entiende cumplida medida prejudicial de exhibición de documentos si se aportaron documentos cuya exhibición se solicitó aun cuando no lo haya realizado respecto de aquéllos cuya existencia ha negado
1.6. Inexistencia de motivos que justifiquen medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Documentos secretos o confidenciales
1.7. Procede solicitud de exhibición de documento ya que requisito de confidencialidad debe ser mirado a la luz de quien es el peticionario siendo aquel el propio demandante
1.8. No puede concederse medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos si no se determinan concretamente
1.9. Exhibición de documentos. No corresponde hacer extensivo el apercibimiento a otros documentos distintos al solicitados
1.10. Medida prejudicial de exhibición de documentos está relacionada con el juicio que se pretende entablar y su vinculación con lo pedido
1.11. Medida prejudicial de exhibición requiere especificación detallada de documentos que se pretende hacer exhibir
1.12. Procede medida prejudicial de exhibición de instrumento privados toda vez que se individualiza monto de deuda, su fecha y comunicación al Boletín Comercial
1.13. Medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no interrumpe prescripción de responsabilidad por daños en la construcción si demandante es distinto en proceso
1.14. Concluida medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no es aplicable plazo para deducir la demanda posterior y la notificación de la misma debe serlo personalmente
1.15. Tribunal debe acoger a tramitación la oposición de la demandada a la medida prejudicial de exhibición
- Medida prejudicial de inspección personal del tribunal puede llevarse a cabo sin audiencia de la parte contraria
- Medida prejudicial de informe de perito
- Tribunal que conoce de medida prejudicial probatoria es competente para conocer de la acción principal
- Norma de atribución de competencia para conocimiento de demanda habiéndose solicitado medida prejudicial
- Resolución que resuelve solicitud de medida prejudicial preparatoria es apelable
III. MEDIDAS PREJUDICIALES PRECAUTORIAS
- Requisitos para solicitar las medidas prejudiciales precautorias
- Medidas prejudiciales precautorias sólo se pueden impetrar por el demandante en contra de quien se propone demandar
- Requisito de garantía
3.1. Plazo de 30 días para constituir fianza se cuenta desde notificaciónde resolución que concede medida precautoria
3.2. Procede decretar medida prejudicial precautoria sin que sea motivopara lo contrario que fiador propuesto goce la calidad de mandatario y abogado patrocinante
3.3. Resulta garantía suficiente para efectos de obtener medida prejudicial precautoria vehículo motorizado siendo improcedente aplicar a efectos de evaluar suficiencia art. 2350 de Código Civil
3.4. Se revoca medida prejudicial de prohibición de celebrar contratos y actos ya que fianza no puede recaer en el mismo demandante
3.5. Revocación de medida prejudicial precautoria ante incumplimiento de obligación de caución o fianza - Obligaciones de presentar demanda dentro de término y pedir que se mantenga medida
4.1. Alcance de las obligaciones del artículo 280 del Código de Procedimiento Civil
4.2. Plazo para notificación de medida prejudicial precautoria. Caducidad
4.3. Ley no exige que la demanda efectivamente interpuesta sea idéntica a fundamentos expuestos en medida prejudicial precautoria
4.4. Demanda presentada en procedimiento iniciado por medida judicial deben estar necesariamente relacionada con la medida
4.5. Ampliación o rectificación de la demanda que menciona mantener la medida prejudicial precautoria se entenderá formar parte de aquélla para efectos legales
4.6. Sanción prevista en artículo 280 del Código de Procedimiento Civil para evento de no presentación dentro de plazo no es la inadmisibilidad de la demanda
4.7. Plazo para presentar demanda conforme artículo 280 del CPC lo es exclusivamente para mantener la vigencia de la medida prejudicial precautoria. Incumplimiento no faculta al tribunal para tener por no interpuesta la demanda
4.8. No corresponde supeditar vigencia de medida prejudicial precautoria a notificación de demanda en un determinado plazo
4.9. Concesión de medidas prejudiciales precautorias y aplicación de regla de la radicación
4.10. Tribunal competente para conocer la demanda en caso de caducidad de la medida prejudicial precautoria
4.11. Requisitos de legalidad de vigencia de medida prejudicial precautoria
4.12. Validación de nulidad procesal de medidas prejudiciales precautorias si el tribunal amplió el plazo más allá de lo señalado por artículo 280 al decretarse en juicio su mantención como medida precautoria cautelar
4.13. Habiéndose decretado medida prejudicial precautoria demanda se notifica por estado diario
4.14. Requisitos de periculum in mora en medida prejudicial precautoria
]4.15. Procede mantener medida prejudicial precautoria ante solicitud de designación de juez partidor ya que existe una alta probabilidad de que los comuneros puedan vender sus acciones y derechos
4.16. Procede decretar alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos si en la demanda la actora difiere del fundamento entregado al solicitarla - Nombramiento de interventor
- Medida prejudicial precautoria de retención de bienes
- Medidas prejudiciales precautorias innominadas
7.1. Juez ha de ponderar si ellas son instrumentales a la protección de la posibilidad de que quien las solicita
7.2. Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
III. PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LAS MEDIDAS PREJUDICIALES
- Son aplicables al juicio ejecutivo las medidas precautorias prejudiciales siempre que cumplan con todos los requisitos legales
- Procede medida prejudicial precautoria en procedimiento de designación de juez árbitro
- Juzgado civil tiene competencia para conocer de medida prejudicial si tribunal arbitral no se constituye
- Demora en presentación de demanda ante juez árbitro habiéndose acogido solicitud de medida prejudicial
- Puede solicitarse medida prejudicial ante justicia ordinaria, aunque se haya prorrogado competencia a juez árbitro
- Gestión preparatoria se entiende incluida dentro de medidas prejudiciales en cláusula compromisoria
- Requisitos de medidas prejudiciales precautorias en procedimiento de laley de propiedad intelectual son los mismos que establece el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil
- Procede medida prejudicial para acción de desposeimiento de finca hipotecada
- APELACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA SOLICITUD DE MEDIDAS PREJUDICIALES
- Medidas prejudiciales preparatorias
1.1. Resolución que rechaza solicitud de medida prejudicial preparatoria es un auto y no es apelable
1.2. Resolución que acogió parcialmente medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable
1.3. Resolución que acoge medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable
1.4. Resolución que concede medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable
1.5. Resolución que concede una medida prejudicial probatoria es apelable sólo en efectivo devolutivo
1.6. Resolución que dispone que solicitante precise finalidad de medida prejudicial y documentos que cuya exhibición pretende no es apelable
- Medidas prejudiciales precautorias
2.1. Resolución que se pronuncia sobre medida precautoria acogiéndola o rechazándola es apelable
2.2. Resolución que rechaza alzamiento de medida prejudicial es apelable si actor no dedujo demanda dentro de plazo establecido en la ley
2.3. Sentencia que concede medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar contratos y actos es apelable
2.4. Resolución que rechaza la ampliación de plazo solicitada para la notificación de la medida prejudicial precautoria no es apelable
2.5. Resolución que dispone que solicitante ofrezca fianza en virtud de medida prejudicial precautoria no es apelable
2.6. Resolución que rechaza solicitud de dejar sin efecto medida precautoria prejudicial es apelable
SEGUNDA PARTE
MEDIDAS PRECAUTORIAS
- REQUISITOS GENERALES DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS
- Objetivo de las medidas precautorias
- Comprobantes graves del derecho que se reclama
- Oposición a medida precautoria siempre da lugar a formación de incidente
- Para solicitar medida precautoria es necesario que esté notificada la demanda. Desde ese momento se entiende existir juicio
- Medidas son esencialmente provisionales
5.1. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas
5.2. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas
5.3. Pueden concederse medidas precautorias una vez citadas las partes a oír sentencia
- No proceden medidas precautorias en juicio ejecutivo
- MEDIDA PRECAUTORIA DE SECUESTRO DE LA COSA QUE ES OBJETO DE LA DEMANDA
- Medida precautoria de secuestro. No hay peligro de deterioro de camión si tiene seguro2. Se acoge medida prejudicial precautoria de secuestro de vehículos objeto de contrato de arrendamiento con opción de compra que se encuentra incumplido por no pago de rentas
III. MEDIDA PRECAUTORIA DE NOMBRAMIENTO DE INTERVENTOR
- Necesidad de periculum in mora para acoger medida precautoria de nombramiento de interventor
- Medida precautoria de nombramiento de interventor. Demanda por mala implementación de un sistema destinado a proteger de las heladas la cosecha de mandarinas de la demandante
- Procede medida precautoria de designación de interventor a pesar de que no se hayan indicado bienes determinados
- No resulta correcto el razonamiento del tribunal para negar lugar al interventor solicitado basado en circunstancia de existir una comunidad hereditaria y no bienes determinados de la misma
- Facultades del interventor
- Recurso de apelación
6.1. Posición que señala que no es apelable resolución que rechaza la solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor
6.2. Posición que sostiene que es apelable la resolución que se pronuncia sobre solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor
6.3. Resolución que limita facultades del interventor designado en los autos arbitrales no es apelable subsidiariamente
- MEDIDA PRECAUTORIA DE RETENCIÓN DE BIENES
- Requisito de peligro de demora
1.1. No procede decretar medida precautoria de retención si no se prueba por actor periculum in mora
1.2. Patrimonio del demandado que podría verse comprometido, dificultando o haciendo imposible el futuro cumplimiento de la sentencia
1.3. Si demandada es una municipalidad no se cumple requisito de que las facultades económicas del demandado no ofrezcan garantías suficientes
- Procedencia de retención de bienes cuando éstos son de fácil transferencia
- Corresponde acreditar necesidad de medida precautoria de retención de bienes respecto de todos los demandados
- No procede precautoria de retención de bienes que no sean objeto del juicio si no se acredita concurrencia de requisitos
- No es procedente decretar medida precautoria de retención ni de prohibición de celebrar actos o contratos por no verificarse requisito de proporcionalidad con la cuantía del juicio
- Medida precautoria de retención de bienes sobre fondos excedentes de remate en cuenta corriente de tribunal
- Medida precautoria de retención de dinero. Extensión. Término de funcionamiento de persona jurídica demandada
- Procede medida precautoria de retención de dineros contra persona natural representante legal de empresa demandada considerando que mantiene otros juicios de elevadas cuantías
- Medida precautoria de retención de dineros decretada en sí misma en nada puede servir para acreditar el daño demandado
- No es obstáculo para acoger medida precautoria de retención de bienes el hecho de haberse reservado la demandante el avalúo y monto de los perjuicios para la etapa de cumplimiento o un juicio posterior
- Desproporción de la medida de retención de bienes
- Recurso de apelación
12.1. Resolución que rechaza solicitud de medida precautoria de retención de bienes no es apelable
12.2. Es apelable subsidiariamente resolución que acogió medida precautoria de retención de bienes
- MEDIDA PRECAUTORIA DE PROHIBICIÓN DE CELEBRAR ACTOS Y CONTRATOS
- Requisitos para conceder medida precautoria de prohibición de celebras actos y contratos
- Alcance de los antecedentes exigidos por la ley para otorgarla
- Necesidad de acreditar periculum in mora para ampliación de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
- Se rechaza solicitud de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos al no incorporar documentos que den cuenta de presunción, valor de la propiedad y proporcionalidad
- Proporcionalidad
5.1. Procede medida precautoria de prohibición de actos y contratos pero considerando la proporcionalidad de la medida
5.2. Se rechaza medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto inmueble ya que su tasación fiscal es superior a cuantía de supuesta deuda en más de un tercio
5.3. Opositor a medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmueble debe acreditar desproporcionalidad
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos. Certificados de fianza
- Sola circunstancia de que demandado mantenga una serie de procesos judiciales pendientes resulta insuficiente para acceder a medida precautoria
- No procede disponer medida de prohibición de celebrar actos y contratos ya que inminencia de inicio de una partición del inmueble no configura peligro en la demora
- Sucesiva transferencia de inmueble objeto de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos constituye presunción grave que hace evidente que demandado no ofrece garantía suficiente para responder a resultas del juicio
- Deuda de energía eléctrica y agua potable existente hace varios meses constituye indicio para decretar medida prejudicial precautoria
- Tardanza en pago de obligación emanada de sentencia firme es antecedente que acredita presupuestos de medida precautoria
- Prohibición de celebrar actos y contratos no procede si se persigue cobro de saldo de precio
- Procede decretar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos ya que sentencia acogió parcialmente la pretensión de los actores
- Procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de partición por tardanza de notificar a todos los comuneros
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmueble aportado por la demandada a sociedad de la cual es socia mayoritaria. Teoría del levantamiento del velo
- Corresponde medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de vehículo considerando certificados de deuda de servicios básicos y gastos comunes del departamento objeto del juicio
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando sentencia penal condenatoria firme y que si bien la demandada posee bienes aquellos presentan facilidad inherente de enajenación
- Procede medida precautoria de celebrar actos y contrato respecto de inmueble que es objeto de acción ejecutiva hipotecaria
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando elevado monto adeudado y que la acción se funda en incumplimientos de pagos pactados desde el año 2016
- Boleta de garantía
20.1. No procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de boleta de garantía
20.2. Medida precautoria consistente en la prohibición de presentar a cobro Boleta Garantía Fiel Cumplimiento en juicio de resolución de contrato con municipalidad
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de derechos y acciones de sociedades considerando que son materia de juicio de acciones de nulidad incoadas
- Medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a bienes que son materia del juicio no requiere acreditar facultades de demandado
- Procede mantener medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos ya que no es necesario acreditar facultades del demandado que no ofrezcan garantía
- No es aplicable medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de declaración de interdicción
- Alzamiento
25.1. Se rechaza alzamiento de medida precautoria que recae en bien que es materia de juicio de resolución de contrato de compra venta
25.2. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos y prenda ya que se acreditó extinción de la obligación
25.3. Procede acoger solicitud de alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmuebles decretada por tribunal arbitral en el año 1986
25.4. Procede dejar sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a inmueble al haber sido obtenida como prejudicial modificándose sus presupuestos de emergencia que se habían tenido a la vista
25.5. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de actos y contratos ya que su aplicación no se encuentra restringida a un bien determinado
25.6. No procede alzamiento parcial de medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de inmueble que el incidentista pretende arrendar
- Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes ajenos al juicio
26.1. Requisitos para decretar prohibición de celebrar actos puede afectar a bienes ajenos al juicio si no existe garantía que asegure su resultado
26.2. Es necesario que el solicitante acredite que el demandado no cuenta con bienes que den garantía suficiente para asegurar el resultado del juicio
26.3. Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes que no sean materia del juicio. Demandado no debe ofrecer suficiente garantía
26.4. Solicitante de precautoria que recaiga sobre bienes que no son objeto del juicio debe acreditar que las facultades económicas del demandado no son suficientes - Medidas precautorias respecto de terceros
- Inmueble de propiedad de tercero no puede ser objeto de prohibición de celebrar actos y contratos
- Efectos de la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
29.1. No produce efectos medida precautoria dictada luego de enajenación de inmueble
29.2. Si no existe prohibición de enajenar a época de venta de inmueble no hay objeto ilícito
29.3. Fallecimiento de uno de los demandados no es causa suficiente para reponer prohibición de celebrar actos y contratos si ya había sido alzada
- Recurso de apelación
30.1. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable
30.2. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre cinco bienes inmuebles de sociedad conyugal es apelable en el solo efecto devolutivo
30.3. Resolución que otorga medida de prohibición de celebración de actos y contratos es apelable en el solo efecto devolutivo
30.4. Resolución que resolvió negar lugar a solicitud de alzamiento de la medida precautoria es apelable
30.5. Arrendamiento. Resolución que concede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable
30.6. No procede apelación respecto de resoluciones que dejan sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos en procedimiento de Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos - MEDIDAS PRECAUTORIAS INNOMINADAS
- Procede revocar medida precautoria innominada relativa a suspender efectos de licitación por no cumplir por periculum in mora y por no concretar caución
- Medida precautoria innominada es esencialmente transitoria
- No procede medida cautelar innominada de suspensión de cobro deboleta de garantía y su ampliación de suspensión de cobro de póliza de garantía en caso sub lite
- Error del solicitante al confundir medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos con medida innominada
- Desproporción en medida precautoria innominada
- Resolución que concede medida precautoria innominada es apelable
- Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
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1.1. Se deben exhibir documentos que están en poder de la parte contra la que se solicita 1.2. No procede apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil ya que solicitada no puede contar con pagaré porque no existe 1.3. Si obligada a exhibir documentos manifestó que no tiene pagaré que acompañar resulta justificado que no lo pueda exhibir porque no existe 1.4. Circunstancia de que demandado no cuente con documentos en su poder o se encuentra impedido de exhibirlos no puede ser presumida por el tribunal sino deben ser invocada por parte solicitante 1.5. Se entiende cumplida medida prejudicial de exhibición de documentos si se aportaron documentos cuya exhibición se solicitó aun cuando no lo haya realizado respecto de aquéllos cuya existencia ha negado 1.6. Inexistencia de motivos que justifiquen medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Documentos secretos o confidenciales 1.7. Procede solicitud de exhibición de documento ya que requisito de confidencialidad debe ser mirado a la luz de quien es el peticionario siendo aquel el propio demandante 1.8. No puede concederse medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos si no se determinan concretamente 1.9. Exhibición de documentos. No corresponde hacer extensivo el apercibimiento a otros documentos distintos al solicitados 1.10. Medida prejudicial de exhibición de documentos está relacionada con el juicio que se pretende entablar y su vinculación con lo pedido 1.11. Medida prejudicial de exhibición requiere especificación detallada de documentos que se pretende hacer exhibir 1.12. Procede medida prejudicial de exhibición de instrumento privados toda vez que se individualiza monto de deuda, su fecha y comunicación al Boletín Comercial 1.13. Medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no interrumpe prescripción de responsabilidad por daños en la construcción si demandante es distinto en proceso 1.14. Concluida medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no es aplicable plazo para deducir la demanda posterior y la notificación de la misma debe serlo personalmente 1.15. Tribunal debe acoger a tramitación la oposición de la demandada a la medida prejudicial de exhibición
III. MEDIDAS PREJUDICIALES PRECAUTORIAS
III. PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LAS MEDIDAS PREJUDICIALES
1.1. Resolución que rechaza solicitud de medida prejudicial preparatoria es un auto y no es apelable 1.2. Resolución que acogió parcialmente medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.3. Resolución que acoge medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.4. Resolución que concede medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.5. Resolución que concede una medida prejudicial probatoria es apelable sólo en efectivo devolutivo 1.6. Resolución que dispone que solicitante precise finalidad de medida prejudicial y documentos que cuya exhibición pretende no es apelable
2.1. Resolución que se pronuncia sobre medida precautoria acogiéndola o rechazándola es apelable 2.2. Resolución que rechaza alzamiento de medida prejudicial es apelable si actor no dedujo demanda dentro de plazo establecido en la ley 2.3. Sentencia que concede medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar contratos y actos es apelable 2.4. Resolución que rechaza la ampliación de plazo solicitada para la notificación de la medida prejudicial precautoria no es apelable 2.5. Resolución que dispone que solicitante ofrezca fianza en virtud de medida prejudicial precautoria no es apelable 2.6. Resolución que rechaza solicitud de dejar sin efecto medida precautoria prejudicial es apelable SEGUNDA PARTE MEDIDAS PRECAUTORIAS
5.1. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.2. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.3. Pueden concederse medidas precautorias una vez citadas las partes a oír sentencia
III. MEDIDA PRECAUTORIA DE NOMBRAMIENTO DE INTERVENTOR
6.1. Posición que señala que no es apelable resolución que rechaza la solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.2. Posición que sostiene que es apelable la resolución que se pronuncia sobre solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.3. Resolución que limita facultades del interventor designado en los autos arbitrales no es apelable subsidiariamente
1.1. No procede decretar medida precautoria de retención si no se prueba por actor periculum in mora 1.2. Patrimonio del demandado que podría verse comprometido, dificultando o haciendo imposible el futuro cumplimiento de la sentencia 1.3. Si demandada es una municipalidad no se cumple requisito de que las facultades económicas del demandado no ofrezcan garantías suficientes
12.1. Resolución que rechaza solicitud de medida precautoria de retención de bienes no es apelable 12.2. Es apelable subsidiariamente resolución que acogió medida precautoria de retención de bienes
5.1. Procede medida precautoria de prohibición de actos y contratos pero considerando la proporcionalidad de la medida 5.2. Se rechaza medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto inmueble ya que su tasación fiscal es superior a cuantía de supuesta deuda en más de un tercio 5.3. Opositor a medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmueble debe acreditar desproporcionalidad
20.1. No procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de boleta de garantía 20.2. Medida precautoria consistente en la prohibición de presentar a cobro Boleta Garantía Fiel Cumplimiento en juicio de resolución de contrato con municipalidad
25.1. Se rechaza alzamiento de medida precautoria que recae en bien que es materia de juicio de resolución de contrato de compra venta 25.2. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos y prenda ya que se acreditó extinción de la obligación 25.3. Procede acoger solicitud de alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmuebles decretada por tribunal arbitral en el año 1986 25.4. Procede dejar sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a inmueble al haber sido obtenida como prejudicial modificándose sus presupuestos de emergencia que se habían tenido a la vista 25.5. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de actos y contratos ya que su aplicación no se encuentra restringida a un bien determinado 25.6. No procede alzamiento parcial de medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de inmueble que el incidentista pretende arrendar
29.1. No produce efectos medida precautoria dictada luego de enajenación de inmueble 29.2. Si no existe prohibición de enajenar a época de venta de inmueble no hay objeto ilícito 29.3. Fallecimiento de uno de los demandados no es causa suficiente para reponer prohibición de celebrar actos y contratos si ya había sido alzada
| Autor: Jaime Gallegos Zúñiga Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 408 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 209 Año de publicación: 2022 | Autores :Alexander Olbertz Stuven, Romy Rutherford Parentti Editorial: Der Numero de Paginas: 164 Año de publicación: 2022 | Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Editorial: Ediciones DER Numero de Paginas: 365 Año de publicación: 2022 | Autor: Miguel Angel Sepulveda Comas Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 116 Año de publicación: 2022 |
| Content | Autor: José Luis Zavala Ortiz Editorial: Libromar Numero de Paginas: 190 Año de publicación: 2026 | El libro desarrolla, desde normas positivas, el Derecho Bancario y Financiero de Chile, estructurando sistemáticamente los preceptos aplicables, acompañados por diversos pronunciamientos de nuestros tribunales, como también por las reflexiones que, sobre estos asuntos, han efectuado autoras y autores nacionales. Es una obra que voluntariamente ha sido concebida sin atender a profusas discusiones académicas locales y tampoco al Derecho comparado, puesto que se buscó conseguir un instrumento fundamentalmente práctico, que presente estructurada y racionalmente los aspectos centrales de la fragmentada regulación bancaria y financiera, permitiendo exhibir un panorama global y actualizado de esta área en Chile. Índice Abreviaturas Introducción general. I. Introducción 1. La normativa de la banca hoy, aspectos generales 2. Los bancos en Chile 3. Algo de historia. II. Orden económico internacional 1. Fondo Monetario Internacional (FMI). 2. Grupo Banco Mundial 2.1. Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento 2.2. Asociación Internacional de Fomento 2.3. Corporación Financiera Internacional 2.4. Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones 2.5. Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones 3. Banco Interamericano de Desarrollo 4. CAF, Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe 5. Banco de Pagos Internacionales (BPI). 6. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD). 7. Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI 8. Normativa multilateral III. Entidades reguladoras y de fiscalización nacionales 1. Banco Central 1.1. Consideraciones generales 1.2. Dirección y Administración 1.2.1. Remoción de los consejeros 1.3. Facultades del BCCh 12 Índice 1.3.1. Regulación de la cantidad de dinero en circulación y de crédito 1.3.2. Regulación del sistema financiero y del mercado de capitales 1.3.3. Facultades para cautelar la estabilidad del sistema financiero 1.3.4. Funciones del Banco Central como agente fiscal 1.3.5. Atribuciones en materia internacional 1.3.6. Facultades en materia de operaciones de cambios internacionales. 1.3.7. Limitaciones cambiarias 1.3.8. Restricciones cambiarias 1.3.9. Otras atribuciones y deberes 1.4. Procedimiento de reclamación a las decisiones del BCCh 2. Consejo de Estabilidad Financiera (CEF) 3. Comisión para el Mercado Financiero (CMF). 3.1. Antecedentes 3.2. CMF, aspectos generales 3.3. Consejo de la CMF 3.3.1. Incompatibilidades 3.3.2. Deberes de abstención 3.3.3. Causales de remoción 3.3.4. Régimen post empleo 3.4. Atribuciones del Consejo de la CMF 3.5. Otras atribuciones de la CMF 3.6. Sujetos fiscalizados 3.7. Unidad de Investigación 3.8. Proceso sancionatorio 3.8.1. Determinación del rango y monto de las multas 3.8.2. Prescripción de las multas y demás sanciones 3.8.3. Procedimiento sancionatorio 3.8.3.1. Normas Comunes 3.8.3.2. Procedimiento General 3.8.3.2.1 Actuaciones Previas e Inicio del Procedimiento 3.8.3.3. Procedimiento Simplificado 3.8.3.4. De la Colaboración del Presunto Infractor Índice 13 3.8.3.5. Disposiciones Generales 3.8.3.6. De los recursos 3.8.3.6.1 Reposición 3.8.3.6.2 Reclamo de ilegalidad general 3.8.3.6.3 Reclamo de ilegalidad contra sanciones 4. Unidad de Análisis Financiero (UAF). 4.1. Atribuciones de la UAF 4.2. Sujetos obligados a informar a la UAF 4.2.1. Oficial de cumplimiento 4.3. Deberes relacionados con el conocimiento de los clientes 4.4. Alcances del deber de informar y medidas cautelares que pueden adoptarse 4.5. Sujetos fiscalizados preliminarmente por el Servicio Nacional de Aduanas (SNA). 4.6. Prohibición de informar al afectado o terceros 4.7. Operación sospechosa 4.8. Infracciones y sanciones 4.9. Procedimiento sancionatorio administrativo 4.9.1. Plazos de prescripción IV. Bancos, aspectos orgánicos y de funcionamiento general 1. Constitución de un Banco. 1.1. Régimen societario 1.2. Antecedentes a presentar. 1.3. Requisitos para accionistas fundadores y controladores 1.4. Autorización provisional 1.5. Menciones de los estatutos 1.6. Otorgamiento de garantía y pago del capital 1.7. Autorización de existencia 1.8. Análisis de los recursos con los que se cuentan y del plan de negocios. 1.9. Autorización para funcionar. 1.10. Otorgamiento de licencia en caso de institución financiera constituida en el extranjero. 14 Índice 2. Sucursales de bancos constituidos en el extranjero 3. Representaciones de bancos constituidos como agentes de negocios 4. Funcionamiento de los bancos 5. Apertura de oficinas 6. Exclusividad del giro bancario y su protección 7. Administración de los bancos 7.1. Disposiciones generales 7.2. Incompatibilidades 7.3. Elección 7.4. Funcionamiento 7.5. Responsabilidades 8. Aportes y acciones 8.1. Adquisiciones por más del 10% del capital de un banco 8.2. Exigencias especiales para accionistas controladores 8.3. Junta de Accionistas 9. Capital, reservas y dividendos 9.1. Repartos de dividendos 10. Clasificación de gestión y solvencia 11. Encaje y reserva técnica 12. Relación entre activos y patrimonio 13. Bancos de importancia sistémica 14. Sociedades filiales en el país 14.1. Procedimiento para constituir una sociedad filial. 15. Sociedades de apoyo al giro 16. Operaciones en el exterior 17. Medidas para la regularización temprana 18. Liquidación forzosa 19. Garantía estatal de los depósitos V. Banco del Estado y cooperativas de ahorro y crédito 1. Banco del Estado 2. Cooperativas de ahorro y crédito Índice 15 VI. Cuenta corriente bancaria, cuenta vista, tarjetas de pago y fraudes en transacciones electrónicas 1. Cuenta corriente bancaria 1.1. Características del contrato de cuenta corriente bancaria 1.2. Obligaciones básicas del banco 1.3. Apertura de una cuenta corriente bancaria 1.4. Acreditación de las sumas depositadas en la cuenta corriente bancaria 1.5. Órdenes de pago 1.5.1. Cheque 1.5.1.1. Cheque al portador 1.5.1.2. Cheque a la orden 1.5.1.3. Cheque nominativo 1.5.1.4. Forma de extender el cheque 1.5.1.5. Responsabilidades ante cheques falsificados 1.5.1.6. Obligaciones del librador 1.5.1.7. Plazo de pago de los cheques. 1.5.1.8. Orden de no pago. 1.5.1.9. Disposiciones varias. 1.5.1.10. Pérdida, hurto o robo de cheque. 1.5.1.11. Protesto de cheque. 1.5.1.11.1 Datos que debe contener el acta de protesto. 1.6. Cargos y comisiones 1.7. Término de cuenta corriente bancaria 1.8. Cuenta corriente bancaria en moneda extranjera 2. Cuentas a la vista 2.1. Características 2.2. Apertura de cuenta vista 2.3. Funcionamiento de la cuenta vista 2.4. Estados de cuenta 2.5. Duración de la cuenta vista 3. Tarjetas de pago 3.1. Intervinientes en la operatoria de las tarjetas de pago 16 Índice 3.1.1.1. Empresa Emisora de Tarjetas 3.1.1.2. Empresa Operadora 3.1.1.3. Entidades afiliadas 3.1.2. Contenido de los contratos que se celebren. 3.1.3. Pago a entidades afiliadas 3.2. Tarjetas de crédito 3.3. Tarjetas de débito 3.4. Tarjetas de pago con provisión de fondos 3.4.1. Emisión y operación de medios de pago con provisión de fondos por entidades no bancarias 4. Responsabilidad de titulares o usuarios de tarjetas de pago y en transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude 4.1. Fraudes en transacciones electrónicas 4.2. Avisos en caso de verificarse un fraude. 4.3. Cambios relevantes de la Ley 21.234, de 2020. 4.4. Medidas de seguridad 4.5. Conductas que constituyen fraude en tarjetas de pago y en transacciones electrónicas VII. Crédito bancario, limitaciones y operaciones de crédito de dinero. 1. Crédito bancario, limitaciones generales 1.1. Forma de computar las obligaciones de una persona 1.2. Crédito a una misma persona 1.2.1. Excepciones en términos agregados 1.2.2. Excepción especial de obras públicas 1.3. Créditos relacionados a la propiedad o administración del banco 1.4. Acciones de propia emisión 1.5. Créditos a directores o apoderados generales del propio banco 1.6. Otras limitaciones relacionadas con facultades de disposición 1.6.1. Adquisición de bienes 1.6.2. Comprometer responsabilidad por obligaciones de terceros 2. Operaciones de crédito de dinero 2.1. Capital, intereses, comisiones y reajustes Índice 17 2.1.1. Reajustes 2.1.2. Ausencia de límites de interés 2.1.3. Otros aspectos sobre los intereses 2.1.4. Comisiones 2.1.5. Presunciones sobre intereses pagados 2.1.6. Interés corriente 2.1.7. Interés máximo convencional 2.1.8. Anatocismo 2.2. Oportunidad del pago 2.3. Obligaciones en moneda extranjera o expresadas en moneda extranjera. VIII. Secreto y reserva bancaria 1. Secreto bancario 2. Reserva bancaria 3. Levantamiento del secreto por orden de los tribunales 4. Levantamiento del secreto en ejercicio de facultades fiscalizadoras de la CMF 4.1. Posibilidad del Fiscal de la CMF de acceder a información 4.2. Información a la CMF en términos globales y eliminación de documentos. 5. Oportunidad en que debe entregarse la información 6. Levantamiento del secreto o reserva en el ámbito tributario 6.1. Solicitudes directas del SII 6.2. Deberes establecidos por la Ley 21.453, de 2022, que modifica el CT obligando a bancos y a otras instituciones financieras a entregar información sobre saldos y sumas de abonos en cuentas financieras al SII 6.3. Información referente a remesas, pagos, egresos o ingresos de fondos a, o desde el exterior 6.4. Convenios internacionales IX. Derecho del consumidor financiero 1. Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) 18 Índice 2. Ámbito de aplicación de la LPDC 3. Escenario previo a la Ley 20.555 4. Derechos generales del consumidor financiero 4.1. Recibir la información del costo total del producto o servicio 4.2. Conocer las condiciones objetivas que el proveedor establece, previa y públicamente, para acceder al crédito y para otras operaciones financieras 4.3. La oportuna liberación de las garantías constituidas para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una vez extinguidas éstas 4.4. Elegir al tasador de los bienes ofrecidos en garantía, entre las alternativas que le presente la institución financiera 4.5. Conocer la liquidación total del crédito, a su solo requerimiento 4.6. Acudir siempre ante el tribunal competente conforme a las disposiciones establecidas en la LPDC 4.7. Los demás derechos establecidos en las leyes referidas a derechos de los consumidores, en especial, aquellos previstos en la LOCD. 5. Cuestiones precontractuales, información, contenido de las cláusulas y otros asuntos 5.1. Normas relativas a sobrendeudamiento 5.2. Información que debe suministrarse en toda operación de consumo 5.3. Información que debe brindarse en contratos de adhesión de productos y servicios financieros 5.4. Ficha para garantes de créditos 5.5. Prohibición de otorgar mandatos en blanco e irrevocables 5.6. Prohibición de ofrecer productos o servicios de manera atada 5.7. Contrataciones condicionadas al uso de determinados medios de pago 5.8. Intereses 5.9. Posibilidad de concretar los pagos 5.10. Cotizaciones 5.11. Cargo automático en cuenta 5.12. Información sobre cobro de bienes y servicios ya prestados 5.13. Renovación, restitución o reposición del soporte físico 5.14. Cláusulas abusivas 5.15. Término anticipado 5.15.1. Certificado de liquidación para término anticipado 5.16. Retraso del término de servicios financieros Índice 19 5.17. Alzamiento de garantías 5.17.1. Hipoteca específica 5.17.2. Hipoteca general 5.17.3. Escrituras e inscripciones 5.17.4. Prendas 5.17.5. Disposiciones comunes. 5.18. Cobranzas extrajudiciales 5.18.1. Gastos de las cobranzas extrajudiciales 5.18.2. Procedimientos de cobranza extrajudicial 5.18.3. Principios que deben respetarse en el desarrollo de las cobranzas extrajudiciales 5.18.4. Registro de las actuaciones 5.18.5. Aspectos procesales de las cobranzas. 6. Sanciones generales aplicables a los proveedores de servicios o productos financieros 7. Portabilidad Financiera 7.1. Modalidades de los procesos de portabilidad 7.2. Solicitud de portabilidad 7.3. Oferta de portabilidad financiera 7.4. Aceptación de la oferta de portabilidad financiera 7.5. Contratación de productos y servicios financieros 7.6. Cumplimiento del mandato de término 7.7. Responsabilidad por término o cierre de productos 7.8. Forma de realizar el pago al proveedor inicial 7.9. Proceso de portabilidad financiera con subrogación 7.10. Solemnidades del nuevo crédito 7.10.1. Reglas especiales para cauciones con cláusula de garantía general 7.10.2. Reglas especiales para cauciones sin cláusula de garantía general 7.10.3. Garantías bajo sistema registral 7.10.4. Cargos o derechos 7.11. Devengo de intereses del nuevo crédito 7.12. Régimen contravencional 20 Índice X. Algunas operaciones puntuales de los bancos 1. Descuento 2. Factoraje o Factoring 2.1. Plazo para el pago de una factura y normas protectoras de proveedores. 2.2. Factura irrevocablemente aceptada 2.3. Cesión de la factura. 2.4. Mérito ejecutivo 3. Leasing 3.1. Clases de leasing 3.1.1. Leasing operativo 3.1.2. Leasing financiero o de intermediación 3.1.2.1. Características del leasing financiero 3.1.2.2. Lease-back 4. Boleta bancaria de garantía 4.1. Modalidades de las boletas bancarias de garantía 4.2. Naturaleza jurídica 4.3. Pago y extinción de la boleta bancaria de garantía. 5. Vale Vista 6. Operaciones en comercio exterior 6.1. Órdenes de pago transfronterizas 6.1.1. Órdenes de pago simple 6.1.2. Órdenes de pago documentarias 6.2. Remesas o cobranzas 6.3. Crédito documentario 6.3.1. Intervinientes 6.3.2. Principios rectores centrales 6.3.3. Cláusulas de exoneración de responsabilidad Bibliografía Anexo de normativa Leyes Índice 21 Decretos con Fuerza de Ley Decretos Leyes Decretos supremos. Otras fuentes Anexo de jurisprudencia Tribunal Constitucional Corte Suprema Cortes de Apelaciones Contraloría General de la República Anexo de enlaces electrónicos | IndiceDescripciónVisión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS | DescripciónLa presente obra tiene como finalidad que el lector pueda comprender en forma simple, clara y sucinta cuáles son los objetivos, las funciones principales que los empleados del tribunal deben realizar en cada una de las unidades que conforman la Corte de Apelaciones y cómo se organizan para ello. Se abordan los aspectos generales, su definición, facultades y normativa aplicable. Asimismo, la clasificación, conformación, relaciones jerárquicas, estructura organizacional y gestión administrativa de las Cortes de Apelaciones. Enseguida se desarrolla el funcionamiento de la Unidad de Atención de Público y Partes, para luego enfocarse en la gestión de causas al interior de las cortes, continuando con la Unidad de Cuenta, la Unidad de Tablas y la Unidad de Protecciones. Se analiza también la Unidad de Sala y las principales funciones de la Unidad de Servicios, para concluir con la Unidad de Pleno y Presidencia. Autores: Alexander Olbertz Stuven, Romy Rutherford Parentti Ediciones DER | DescripciónTranscurridos casi seis años de la segunda edición del libro Urbanismo y construcción, el autor se ha visto impulsado, por muchos abogados y académicos, a poner al día esta obra, la que, sin lugar a dudas, constituye un valioso apoyo para los alumnos de los programas de postgrado en materia de derecho urbanístico y también para la judicatura y todos los profesionales del sector público y privado que se desempeñan en la industria inmobiliaria en nuestro país. Han sido muchos los cambios legislativos y jurisprudenciales, tanto en sede administrativa como judicial, que justifican plenamente y hacen muy necesaria esta nueva y actualizada edición, la que analiza en detalle las diversas modificaciones normativas y reglamentarias en estos últimos años. En particular, es posible destacar el análisis de la nueva normativa urbanística y pronunciamientos recientes de la Contraloría, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, así como también las sentencias de los tribunales superiores de justicia y Tribunal Constitucional que vienen a regular e interpretar importantes temáticas propias del derecho urbanístico. Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Ediciones DER | Indice Descripción La obra tiene como finalidad abordar la noción de justo precio como sustento doctrinal del mecanismo rescisorio de la lesión enorme en el contrato de compraventa, a través de un recorrido histórico con el fin de dilucidar el origen y sentido de la idea de justo precio, su configuración, transformaciones y proyecciones a lo largo de los siglos previos a la codificación liberal. La investigación es de suma relevancia, toda vez que sus implicancias no sólo son estrictamente jurídicas, pues la discusión sobre la justicia de los precios implica dialogar con la historia, la filosofía y la economía. |
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