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Protección integrales de menores – análisis de la ley N° 21430

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La protección de los niños y adolescentes es una tarea que nos incumbe a todos como sociedad. Entonces, ¿cómo los protegemos? ¿Es acaso sólo el Estado quien debe hacerse cargo de ello? ¿Cuál es el rol de las familias? ¿Cuál es el aporte de los establecimientos educacionales, de tos centros deportivos, de los legisladores; en fin, de los diferentes actores sociales?

Los niños requieren protección adicional, el ordenamiento jurídico ordinario no es suficiente; necesitan que nos hagamos cargo de darles una educación de calidad desde los primeros años enseñándoles habilidades y destrezas fundamentales para su desenvolvimiento en la vida. Nos exigen, a los adultos, que seamos consecuentes entre lo que decimos y hacemos, que seamos referentes de actitudes éticas y ejemplos de responsabilidad, lealtad y esfuerzo, puesto que ellos repetirán esos modelos cuando sean maduros.

La familia es la primera llamada a proteger a los niños. Hoy existen diferentes tipos de familias, y cualquiera que sea su composición debe hacerlo conociendo los mecanismos de protección que existen en el país, ya sea por legislación propia o por el cumplimiento de acuerdos internacionales suscritos, ratificados y que estén vigentes.

La época de “gobernar, es educar”, eje fundamental del gobierno del presidente Pedro Aguirre Cerda, junto con otros que le siguieron, amplió la cobertura en la instrucción pública, primaria y secundaria.

En los últimos años algunos padres y apoderados de las nuevas generaciones, en su afán por proteger a sus hijos, tienden a pensar que una forma de hacerlo es ir delante de ellos quitándoles los obstáculos del camino, impidiéndoles tomar decisiones. que se hagan responsables de sus actos y aprendan de sus errores. Esto se ha traducido. incluso, en pedir a los establecimientos educacionales que disminuyan sus exigencias académicas, en justificar acciones que realizan, a pesar de estar reñidas con la sana convivencia o con valores que siempre hemos considerado universales.

Es frecuente que los menores sean víctimas de violencia intrafamiliar, moneda de cambio en dolorosos procesos de divorcio y negociaciones de pensiones alimenticias, involucrándolos en situaciones que les hacen daño, llegando incluso a dificultar que vean a uno de sus padres.

No les podemos fallar a los menores, el profesor Silva Montes se hace cargo de recorrer una serie de cuerpos normativos que buscan proteger a los menores, entre ellos Convención de los Derechos del Niño, Defensoría de tos Derechos de la Niñez, Código Civil, Constitución Política de la República, tratados internacionales ratificados por Chile y leyes específicas para velar por sus derechos, entre otros.

ANÁLISIS DE LA LEY N° 21.430

1. NORMAS GENERALES

1.1. OBJETIVOS DE LA LEY
A. En relación a los menores

a. Objeto de la ley
b. Sistema de Garantía y Protección Integral
c. Integración
d. Conceptos
B. Principales obligados por la Ley No 21.430
a. Concepto de familia
i. Ley de Violencia Intrafamiliar
ii. Código Civil
iii. Diccionario de la Real Academia Española
b. Derechos y deberes de los padres
c. Ejercicio de los derechos
d. Órganos de la Administración del Estado
C. Mandato legal
D. Recursos y procedimientos .

1.2. APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE ESTA LEY
A. Interpretación
In dubio pro menor
B. Aplicación

2. PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS

2.1. DE LOS PRINCIPIOS
A. Sujetos de Derecho
B. Interés superior del niño, niña o adolescente
a. En la Ley No 19.968
b. En el Decreto Supremo No 8
c. En la Ley No 21.430
i. Opinión del menor en la toma de decisiones
ii. Concepto de Interés Superior del Niño
iii. En cuando a los procedimientos
C. Igualdad y no discriminación arbitraria
a. Prohibición general
b. Medidas concretas
D. Fortalecimiento del rol protector de la familia
E. Derecho y deber preferente de los padres
F. Autonomía progresiva
G. Efectividad de los derechos
H. Perspectiva de género: Mandato para el Estado
I. Protección social de la Infancia y Adolescencia
J. Prioridad por los menores
a. Órganos del Estado
b. Niños vulnerados
c. Mandato a los Órganos del Estado
d. Cuenta pública
e. Ley de Presupuesto
K. Progresividad y no regresividad de derechos
L. Participación social
a. Declaración general
b. Rol del Estado
M. Principio de inclusión
N. Difusión de los derechos de los menores
a. Responsabilidad del Estado
b. Concursos públicos
Ñ. Principio de intersectorialidad
O. Principios de participación y colaboración ciudadana

2.2. DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS
2.2.1. Derechos civiles y políticos
2.2.2. Derecho a la vida
2.2.3. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado .
A. Mandato a los padres
B. Mandato a los órganos del Estado
C. En cuando al medio ambiente
D. Mediciones socioeconómicas
2.2.4. Derecho a la identidad
2.2.5. Derecho a vivir en familia
A. Derecho primario
B. Deber primario
C. Rol subsidiario del Estado
D. Prohibición de separar al menor
E. Cuidados alternativos
a. Ocupación especial de los cuidados alternativos
Plan intersectorial
b. Acciones afirmativas. Situación de discapacidad de los padres
F. Traslados y retenciones ilícitas de menores en el extranjero
2.2.6. Derecho a ser oído
A. Derecho de los menores
B. Manera de expresarse
C. Mandato al Estado
D. Establecimientos educacionales, de salud, y otros
2.2.7. Libertad de expresión y comunicación
A. Derechos de los menores
B. Prestadores de servicios de telecomunicaciones
C. Mensajes dirigidos a menores
D. Comunicación audiovisual
2.2.8. Libertad de pensamiento, conciencia y religión
A. De los niños
B. De los padres
2.2.9. Libertad de asociación y de reunión
A. Garantía de derechos
B. Prohibición legal
C. Mandato al Estado
D. Derecho de reunión
E. Derecho a promover y convocar a reuniones
2.2.10. Derecho a la participación
A. Derecho de los menores
B. Deberes del Estado
2.2.11. Derecho a la vida privada y a la protección de los datos personales
A. Derecho a desarrollar su vida privada
B. Protección de datos personales
C. Reserva y confidencialidad
a. Regla general
b. Excepción
2.2.12. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen
A. Concepto
B. Deber de los padres
C. Deber de respeto de lo anterior por parte del Estado
D. Deber de respeto de todos
E. Medios de comunicación
F. Prohibición de exhibir y divulgar información
G. Mandato a los funcionarios públicos
H. Figuras calificadas
2.2.13. Derecho a la información
A. Concepto
B. Contenidos informativos adecuados
C. Mandato a los órganos de la Administración del Estado
D. La información debe ser precisa. Mandato a los medios de comunicación .
E. Derechos y deberes de los menores
2.2.14. Derecho a la protección contra la violencia
A. Deber de respeto
B. Prohibición de violencia
C. Maltrato prenatal
D. Maltrato corporal y trato degradante
E. Deber de las familias
F. Mecanismos de coordinación. Maltrato infantil
G. No discriminación
H. Derechos sexuales
I. Bullying
J. Mandato al Estado
2.2.15. Protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil
A. Concepto
B. Trabajo infantil
a. Concepto
b. Prohibición general
c. Mandato al Estado
C. Explotación sexual
a. Concepto
b. Mandato al Estado
Mandatos especiales
2.2.16. Derecho a la salud y a los servicios de salud
A. Concepto
B. Atención de salud
Derecho a compañía
C. Planes, programas y servicios
a. Deber del Estado
b. Acceso a servicios médicos, odontológicos y salud mental
c. Credencial
D. Discapacidad
E. Acciones dirigidas a la protección de la salud. Motivos ideológicos, morales o religiosos
F. Exigencia a los Establecimientos de Salud. Aborto .
G. Derecho a ser inmunizado
a. Concepto
b. Programas gratuitos de vacunación
i. Deber del Estado
ii. Deber de padres o responsables legales
H. Políticas y programas de prevención del uso de alcohol y drogas
a. Deber de garantizarlos
b. Programas permanentes para recuperación de menores dependientes y consumidores
I. Garantes
2.2.17. Derecho a atención médica de emergencia
A. Concepto
B. Centros y Servicios de Salud públicos
C. Centros y Servicios de Salud privados
D. Prohibición de negar atención de emergencia
2.2.18. De la información de la salud y el consentimiento informado
A. Concepto
B. Mandato a los prestadores de salud
C. Caso del menor internado
D. Consentimiento especial
2.2.19. Derecho a la educación
A. Concepto
B. Propósitos de la educación
C. Garantía del Estado. Educación parvularia
D. Educación básica y media
E. Educación integral
F. Discriminación arbitraria
G. Educación inclusiva de calidad
H. Necesidades educativas especiales
I. Ingreso al sistema educacional a menores privados de su entorno familiar
J. Medidas pedagógicas y disciplinarias
K. Centros de alumnos
L. Reglamentos escolares
M. No escolarización, absentismo y abandono escolar
2.2.20. Derecho a la atención a la diversidad educativa
A. Necesidades educativas especiales
B. Sistema de educación inclusivo
C. Necesidades educativas “específicas”
D. Garantía de matrícula
2.2.21. Derecho a la seguridad social
A. Concepto
B. Deber del Estado. Credencial
C. Prohibición a los padres
2.2.22. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y las artes
A. Concepto
B. Deber del Estado
C. Deportes competitivos
2.2.23. Embarazo, paternidad y maternidad en menores
A. Concepto
B. Deber del Estado
Doble protección
C. Derecho a ser apoyados y a no ser presionados a un proceso de adopción del hijo
D. Prohibición de discriminación
E. Madre privada de libertad
F. Objetivo prioritario de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia
A. Concepto
B. Diversidad de necesidades
C. Menores con discapacidad
2.2.25. Derechos y deberes en el espacio urbano
2.2.26. Medio ambiente
A. Concepto
B. Mandato al Estado
a. “Disfrute” del medio ambiente
b. Actividades de “goce y disfrute”
c. Colaboración de instituciones privadas
d. Programas formativos, divulgativos y de sensibilización
2.2.27. Libertad personal y ambulatoria
A. Concepto
B. Libertad de desplazamiento
C. Libertad personal
D. Libertad ambulatoria
E. Medidas de cuidado alternativo
F. Internación provisoria
G. Acción de amparo y asistencia jurídica
H. Derecho a un procedimiento expedito; y a un defensor especializado
I. Derecho del menor a impugnar la legalidad de la privación de su libertad
J. Derecho de los padres a conocer el paradero de los menores
a. Del paradero del menor
b. Deber de informar
c. Separación del menor de su familia
d. Programas de reinserción social del adolescente
2.2.28. Debido proceso, tutela judicial y especialización
A. Proceso racional y justo
B. Defensa jurídica
C. Especialización de funcionarios
2.2.29. Protección reforzada y especializada de los menores vulnerables y de los adolescentes en conflicto con la ley
A. Derecho a recuperación y reintegración
B. Protección por polivictimización
C. Servicios de protección
D. Prestaciones necesarias. Integración social de los que infrinjan la ley
E. Mandato a entidades privadas
2.2.30. Protección internacional
A. Menores refugiados
B. Menores apátridas
C. Niños no acompañados o separados de sus familias
D. Soluciones duraderas apropiadas
E. Prioridad en la tramitación
F. Solicitud “en frontera”
2.2.31. Protección y defensa como consumidores y usuarios
A. Derechos de los menores
B. Deber del Estado
2.2.32. Bienes, productos o servicios comercializados
2.2.33. De la publicidad. De los Principios de Actuación
2.2.34. Deberes y responsabilidades

3. DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL

3.1. NORMAS DE APLICACIÓN GENERAL
3.1.1. Definiciones
A. Concepto
B. Definiciones
a. Medios de acción
i. Concepto
ii. Rol del Estado
b. Ámbito de acción
i. Promoción y defensa de derechos
ii. Seguimiento y acompañamiento
iii. Protección de derechos
c. Protección especial
i. Concepto
ii. Clases
iii. Apoyo estatal
d. Procedimiento de protección de derechos
i. Concepto
ii. Colaboración, conciliación y apoyo
e. Protección judicial
i. Concepto
ii. De su ejercicio
iii. Medidas de protección
iv. Coordinación a nivel regional
v. Coordinación a nivel comunal
3.1.2. Principios rectores de los procesos de protección
A. Procesos de protección de derechos
B. Reiteración de obligación de respetar derechos
3.1.3. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección
3.1.4. Acción de tutela administrativa de derechos
A. Legitimación activa amplia
B. Autoridad competente
C. Causales
D. Objetivo
E. Reglamento

 

3.2. DE LOS DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
3.2.1. Deber general de la Administración del Estado
3.2.2. Deber de inexcusabilidad
3.2.3. Deber de denuncia
A. Regla general
B. Plazo
C. Incumplimiento
D. Confidencialidad
E. Inmunidad del denunciante
3.2.4. Deber de reserva y confidencialidad
A. Concepto
B. Deber extensivo
C. Secreto profesional
a. Regla general
b. Excepción
D. Información innominada
E. Probidad administrativa
F. Sanción penal

3.3. DE LAS OFICINAS LOCALES DE LA NIÑEZ
A. Introducción
B. Funciones
C. Coordinación y supervisión
D. Instalación de las Oficinas Locales de la Niñez
E. Convenios con municipalidades y otros organismos públicos
a. Municipalidades
b. Otros organismos públicos
F. Coordinador local y gestores de casos
G. Reglamento No 15
H. De las funciones
a. Orientación
b. Participación
i. Fortalecer e impulsar
ii. Consejos Consultivos Comunales
c. Detección de riesgos
d. Procesos de protección
i. Procesos de protección administrativa universal y/o especializada
ii. Procesos de protección universal
iii. Procesos de protección especializada
e. Procesos de protección administrativa universal
i. Debido proceso
ii. Implementación
iii. Intervención del tribunal de familia
f. Procesos de protección administrativa especializada
i. Concepto
ii. Procedimiento
Intervención de las municipalidades
g. Monitoreo y seguimiento de las medidas de protección
i. Concepto
ii. Las medidas de protección son esencialmente provisionales
iii. Reglamento
h. Registro único de menores
i. Articular oferta de servicios sociales y otros
i. Concepto
ii. Informe al SEREMI
iii. Mesas de articulación interministerial
iv. Reglamento
v. Funcionamiento de las mesas
I. De la competencia

3.4. DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN ADMINISTRATIVAS

A. Enumeración
a. Derivación
b. Instrucción de matrículas o permanencias
c. Instrucción de activación de beneficios de seguridad social
d. Programas de asistencia integral a la embarazada
e. Ingreso a tratamientos
f. Derivación al Registro Civil
g. Otras medidas de protección
i. Medidas de protección innominadas
ii. Tribunales de familia
iii. Las medidas no son excluyentes
iv. Casos urgentes
B. Legalidad de las medidas de protección
a. Requisitos
b. Deber de motivación
i. Concepto
ii. Interés superior del niño, niña o adolescente
c. Incumplimiento
C. De la competencia
a. Órganos competentes
b. Cumplimiento forzado
D. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial
a. Referencias anteriores
b. Derivación forzosa
c. Derivación a protección judicial
d. Coordinación entre autoridades
e. Desacato
E. Procedimiento de protección administrativa
a. Referencia anterior
b. Requisitos
De la fase de discusión
i. Del inicio del proceso
ii. Formalidad del requerimiento
iii. Examen de admisibilidad
iv. Análisis de los antecedentes
v. Derechos de los menores a intervenir y a designar abogado
vi. Acuerdo voluntario
De la fase de prueba

vii. Citación a los interesados, y comparendo
De la fase de fallo
viii. Medida de protección administrativa
c. Revisión
ix. Revisión periódica de la medida de protección
d. Desistimiento
x. No paralizará al proceso
e. Oposición a cumplir el fallo
xi. Contravención de las medidas
Apremios
F. Revisión de medidas
a. Concepto
b. Objetivos
G. Acción de reclamación de ilegalidad
a. Legitimación activa
b. Tribunal competente
c. Causales
d. Plazo
e. Procedimiento
f. Compatibilidad con otros recursos

4. INSTITUCIONALIDAD

A. Conformación
B. Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes
a. De su objeto
b. De sus reuniones y su composición
c. Reglamento
C. De los demás órganos del Estado
D. De la policía
a. Deber de consideración especial
b. Personal debidamente formado
c. Deberes de información

5. DE LA POLÍTICA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SU PLAN DE ACCIÓN

A. Política Nacional de la Niñez y Adolescencia
B. Contenido Mínimo de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia
a. Del contenido mínimo
b. Del Plan de Acción
C. Contenido mínimo del plan de acción
D. Procedimiento de formulación y aprobación
a. Concepto
b. Tiempo de duración
c. Decreto Supremo
E. Evaluación y Monitoreo

ANEXOS

Anexo 1
Decreto No 830, promulga Convención sobre los Derechos del Niño

Anexo 2
Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (“Reglas de Beijing”)

Anexo 3
Acta No 205-2015. Modifica y refunde texto del Auto Acordado sobre procedimiento aplicable al Convenio de La Haya relativo a los efectos civiles de la sustracción internacional de niños y niñas (publicado en el Diario Oficial de 16 de enero de 2016)

Anexo 4
Ley No 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (publicado en el Diario Oficial de 15 de marzo de 2022)

Anexo 5
Ley No 21.067, que crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez (publicada en el Diario Oficial de 29 de enero de 2018)

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Autor: Rodrigo Silva Montes
Editorial: EJS
Numero de Paginas: 321
Año de publicación: 2025

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DescriptionAutor: Rodrigo Silva Montes Editorial: EJS Numero de Paginas: 321 Año de publicación: 2025Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Numero de Paginas: 356 Año de publicación: 2022Autor: Laura Albornoz Pollmann Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 232 Año de publicación: 2022Autores: Cristián Lepin Molina – Belén Lama Gálvez Editorial: Rubicón Editores Numero de Paginas: 234 Año de publicación: 2019Autor: Carlos Garrido Chacana Editorial: Metropolitana Año de Publicación: 2022 Paginas :122Autor: Carlos Sánchez Grez Editorial: Editorial Rubicón Numero de Paginas: 114 Año de publicación: 2019
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La protección de los niños y adolescentes es una tarea que nos incumbe a todos como sociedad. Entonces, ¿cómo los protegemos? ¿Es acaso sólo el Estado quien debe hacerse cargo de ello? ¿Cuál es el rol de las familias? ¿Cuál es el aporte de los establecimientos educacionales, de tos centros deportivos, de los legisladores; en fin, de los diferentes actores sociales? Los niños requieren protección adicional, el ordenamiento jurídico ordinario no es suficiente; necesitan que nos hagamos cargo de darles una educación de calidad desde los primeros años enseñándoles habilidades y destrezas fundamentales para su desenvolvimiento en la vida. Nos exigen, a los adultos, que seamos consecuentes entre lo que decimos y hacemos, que seamos referentes de actitudes éticas y ejemplos de responsabilidad, lealtad y esfuerzo, puesto que ellos repetirán esos modelos cuando sean maduros. La familia es la primera llamada a proteger a los niños. Hoy existen diferentes tipos de familias, y cualquiera que sea su composición debe hacerlo conociendo los mecanismos de protección que existen en el país, ya sea por legislación propia o por el cumplimiento de acuerdos internacionales suscritos, ratificados y que estén vigentes. La época de "gobernar, es educar", eje fundamental del gobierno del presidente Pedro Aguirre Cerda, junto con otros que le siguieron, amplió la cobertura en la instrucción pública, primaria y secundaria. En los últimos años algunos padres y apoderados de las nuevas generaciones, en su afán por proteger a sus hijos, tienden a pensar que una forma de hacerlo es ir delante de ellos quitándoles los obstáculos del camino, impidiéndoles tomar decisiones. que se hagan responsables de sus actos y aprendan de sus errores. Esto se ha traducido. incluso, en pedir a los establecimientos educacionales que disminuyan sus exigencias académicas, en justificar acciones que realizan, a pesar de estar reñidas con la sana convivencia o con valores que siempre hemos considerado universales. Es frecuente que los menores sean víctimas de violencia intrafamiliar, moneda de cambio en dolorosos procesos de divorcio y negociaciones de pensiones alimenticias, involucrándolos en situaciones que les hacen daño, llegando incluso a dificultar que vean a uno de sus padres. No les podemos fallar a los menores, el profesor Silva Montes se hace cargo de recorrer una serie de cuerpos normativos que buscan proteger a los menores, entre ellos Convención de los Derechos del Niño, Defensoría de tos Derechos de la Niñez, Código Civil, Constitución Política de la República, tratados internacionales ratificados por Chile y leyes específicas para velar por sus derechos, entre otros. ANÁLISIS DE LA LEY N° 21.430 1. NORMAS GENERALES 1.1. OBJETIVOS DE LA LEY A. En relación a los menores a. Objeto de la ley b. Sistema de Garantía y Protección Integral c. Integración d. Conceptos B. Principales obligados por la Ley No 21.430 a. Concepto de familia i. Ley de Violencia Intrafamiliar ii. Código Civil iii. Diccionario de la Real Academia Española b. Derechos y deberes de los padres c. Ejercicio de los derechos d. Órganos de la Administración del Estado C. Mandato legal D. Recursos y procedimientos . 1.2. APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE ESTA LEY A. Interpretación In dubio pro menor B. Aplicación 2. PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS 2.1. DE LOS PRINCIPIOS A. Sujetos de Derecho B. Interés superior del niño, niña o adolescente a. En la Ley No 19.968 b. En el Decreto Supremo No 8 c. En la Ley No 21.430 i. Opinión del menor en la toma de decisiones ii. Concepto de Interés Superior del Niño iii. En cuando a los procedimientos C. Igualdad y no discriminación arbitraria a. Prohibición general b. Medidas concretas D. Fortalecimiento del rol protector de la familia E. Derecho y deber preferente de los padres F. Autonomía progresiva G. Efectividad de los derechos H. Perspectiva de género: Mandato para el Estado I. Protección social de la Infancia y Adolescencia J. Prioridad por los menores a. Órganos del Estado b. Niños vulnerados c. Mandato a los Órganos del Estado d. Cuenta pública e. Ley de Presupuesto K. Progresividad y no regresividad de derechos L. Participación social a. Declaración general b. Rol del Estado M. Principio de inclusión N. Difusión de los derechos de los menores a. Responsabilidad del Estado b. Concursos públicos Ñ. Principio de intersectorialidad O. Principios de participación y colaboración ciudadana 2.2. DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS 2.2.1. Derechos civiles y políticos 2.2.2. Derecho a la vida 2.2.3. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado . A. Mandato a los padres B. Mandato a los órganos del Estado C. En cuando al medio ambiente D. Mediciones socioeconómicas 2.2.4. Derecho a la identidad 2.2.5. Derecho a vivir en familia A. Derecho primario B. Deber primario C. Rol subsidiario del Estado D. Prohibición de separar al menor E. Cuidados alternativos a. Ocupación especial de los cuidados alternativos Plan intersectorial b. Acciones afirmativas. Situación de discapacidad de los padres F. Traslados y retenciones ilícitas de menores en el extranjero 2.2.6. Derecho a ser oído A. Derecho de los menores B. Manera de expresarse C. Mandato al Estado D. Establecimientos educacionales, de salud, y otros 2.2.7. Libertad de expresión y comunicación A. Derechos de los menores B. Prestadores de servicios de telecomunicaciones C. Mensajes dirigidos a menores D. Comunicación audiovisual 2.2.8. Libertad de pensamiento, conciencia y religión A. De los niños B. De los padres 2.2.9. Libertad de asociación y de reunión A. Garantía de derechos B. Prohibición legal C. Mandato al Estado D. Derecho de reunión E. Derecho a promover y convocar a reuniones 2.2.10. Derecho a la participación A. Derecho de los menores B. Deberes del Estado 2.2.11. Derecho a la vida privada y a la protección de los datos personales A. Derecho a desarrollar su vida privada B. Protección de datos personales C. Reserva y confidencialidad a. Regla general b. Excepción 2.2.12. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen A. Concepto B. Deber de los padres C. Deber de respeto de lo anterior por parte del Estado D. Deber de respeto de todos E. Medios de comunicación F. Prohibición de exhibir y divulgar información G. Mandato a los funcionarios públicos H. Figuras calificadas 2.2.13. Derecho a la información A. Concepto B. Contenidos informativos adecuados C. Mandato a los órganos de la Administración del Estado D. La información debe ser precisa. Mandato a los medios de comunicación . E. Derechos y deberes de los menores 2.2.14. Derecho a la protección contra la violencia A. Deber de respeto B. Prohibición de violencia C. Maltrato prenatal D. Maltrato corporal y trato degradante E. Deber de las familias F. Mecanismos de coordinación. Maltrato infantil G. No discriminación H. Derechos sexuales I. Bullying J. Mandato al Estado 2.2.15. Protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil A. Concepto B. Trabajo infantil a. Concepto b. Prohibición general c. Mandato al Estado C. Explotación sexual a. Concepto b. Mandato al Estado Mandatos especiales 2.2.16. Derecho a la salud y a los servicios de salud A. Concepto B. Atención de salud Derecho a compañía C. Planes, programas y servicios a. Deber del Estado b. Acceso a servicios médicos, odontológicos y salud mental c. Credencial D. Discapacidad E. Acciones dirigidas a la protección de la salud. Motivos ideológicos, morales o religiosos F. Exigencia a los Establecimientos de Salud. Aborto . G. Derecho a ser inmunizado a. Concepto b. Programas gratuitos de vacunación i. Deber del Estado ii. Deber de padres o responsables legales H. Políticas y programas de prevención del uso de alcohol y drogas a. Deber de garantizarlos b. Programas permanentes para recuperación de menores dependientes y consumidores I. Garantes 2.2.17. Derecho a atención médica de emergencia A. Concepto B. Centros y Servicios de Salud públicos C. Centros y Servicios de Salud privados D. Prohibición de negar atención de emergencia 2.2.18. De la información de la salud y el consentimiento informado A. Concepto B. Mandato a los prestadores de salud C. Caso del menor internado D. Consentimiento especial 2.2.19. Derecho a la educación A. Concepto B. Propósitos de la educación C. Garantía del Estado. Educación parvularia D. Educación básica y media E. Educación integral F. Discriminación arbitraria G. Educación inclusiva de calidad H. Necesidades educativas especiales I. Ingreso al sistema educacional a menores privados de su entorno familiar J. Medidas pedagógicas y disciplinarias K. Centros de alumnos L. Reglamentos escolares M. No escolarización, absentismo y abandono escolar 2.2.20. Derecho a la atención a la diversidad educativa A. Necesidades educativas especiales B. Sistema de educación inclusivo C. Necesidades educativas “específicas” D. Garantía de matrícula 2.2.21. Derecho a la seguridad social A. Concepto B. Deber del Estado. Credencial C. Prohibición a los padres 2.2.22. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y las artes A. Concepto B. Deber del Estado C. Deportes competitivos 2.2.23. Embarazo, paternidad y maternidad en menores A. Concepto B. Deber del Estado Doble protección C. Derecho a ser apoyados y a no ser presionados a un proceso de adopción del hijo D. Prohibición de discriminación E. Madre privada de libertad F. Objetivo prioritario de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia A. Concepto B. Diversidad de necesidades C. Menores con discapacidad 2.2.25. Derechos y deberes en el espacio urbano 2.2.26. Medio ambiente A. Concepto B. Mandato al Estado a. “Disfrute” del medio ambiente b. Actividades de “goce y disfrute” c. Colaboración de instituciones privadas d. Programas formativos, divulgativos y de sensibilización 2.2.27. Libertad personal y ambulatoria A. Concepto B. Libertad de desplazamiento C. Libertad personal D. Libertad ambulatoria E. Medidas de cuidado alternativo F. Internación provisoria G. Acción de amparo y asistencia jurídica H. Derecho a un procedimiento expedito; y a un defensor especializado I. Derecho del menor a impugnar la legalidad de la privación de su libertad J. Derecho de los padres a conocer el paradero de los menores a. Del paradero del menor b. Deber de informar c. Separación del menor de su familia d. Programas de reinserción social del adolescente 2.2.28. Debido proceso, tutela judicial y especialización A. Proceso racional y justo B. Defensa jurídica C. Especialización de funcionarios 2.2.29. Protección reforzada y especializada de los menores vulnerables y de los adolescentes en conflicto con la ley A. Derecho a recuperación y reintegración B. Protección por polivictimización C. Servicios de protección D. Prestaciones necesarias. Integración social de los que infrinjan la ley E. Mandato a entidades privadas 2.2.30. Protección internacional A. Menores refugiados B. Menores apátridas C. Niños no acompañados o separados de sus familias D. Soluciones duraderas apropiadas E. Prioridad en la tramitación F. Solicitud “en frontera” 2.2.31. Protección y defensa como consumidores y usuarios A. Derechos de los menores B. Deber del Estado 2.2.32. Bienes, productos o servicios comercializados 2.2.33. De la publicidad. De los Principios de Actuación 2.2.34. Deberes y responsabilidades 3. DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL 3.1. NORMAS DE APLICACIÓN GENERAL 3.1.1. Definiciones A. Concepto B. Definiciones a. Medios de acción i. Concepto ii. Rol del Estado b. Ámbito de acción i. Promoción y defensa de derechos ii. Seguimiento y acompañamiento iii. Protección de derechos c. Protección especial i. Concepto ii. Clases iii. Apoyo estatal d. Procedimiento de protección de derechos i. Concepto ii. Colaboración, conciliación y apoyo e. Protección judicial i. Concepto ii. De su ejercicio iii. Medidas de protección iv. Coordinación a nivel regional v. Coordinación a nivel comunal 3.1.2. Principios rectores de los procesos de protección A. Procesos de protección de derechos B. Reiteración de obligación de respetar derechos 3.1.3. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección 3.1.4. Acción de tutela administrativa de derechos A. Legitimación activa amplia B. Autoridad competente C. Causales D. Objetivo E. Reglamento   3.2. DE LOS DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 3.2.1. Deber general de la Administración del Estado 3.2.2. Deber de inexcusabilidad 3.2.3. Deber de denuncia A. Regla general B. Plazo C. Incumplimiento D. Confidencialidad E. Inmunidad del denunciante 3.2.4. Deber de reserva y confidencialidad A. Concepto B. Deber extensivo C. Secreto profesional a. Regla general b. Excepción D. Información innominada E. Probidad administrativa F. Sanción penal 3.3. DE LAS OFICINAS LOCALES DE LA NIÑEZ A. Introducción B. Funciones C. Coordinación y supervisión D. Instalación de las Oficinas Locales de la Niñez E. Convenios con municipalidades y otros organismos públicos a. Municipalidades b. Otros organismos públicos F. Coordinador local y gestores de casos G. Reglamento No 15 H. De las funciones a. Orientación b. Participación i. Fortalecer e impulsar ii. Consejos Consultivos Comunales c. Detección de riesgos d. Procesos de protección i. Procesos de protección administrativa universal y/o especializada ii. Procesos de protección universal iii. Procesos de protección especializada e. Procesos de protección administrativa universal i. Debido proceso ii. Implementación iii. Intervención del tribunal de familia f. Procesos de protección administrativa especializada i. Concepto ii. Procedimiento Intervención de las municipalidades g. Monitoreo y seguimiento de las medidas de protección i. Concepto ii. Las medidas de protección son esencialmente provisionales iii. Reglamento h. Registro único de menores i. Articular oferta de servicios sociales y otros i. Concepto ii. Informe al SEREMI iii. Mesas de articulación interministerial iv. Reglamento v. Funcionamiento de las mesas I. De la competencia 3.4. DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN ADMINISTRATIVAS A. Enumeración a. Derivación b. Instrucción de matrículas o permanencias c. Instrucción de activación de beneficios de seguridad social d. Programas de asistencia integral a la embarazada e. Ingreso a tratamientos f. Derivación al Registro Civil g. Otras medidas de protección i. Medidas de protección innominadas ii. Tribunales de familia iii. Las medidas no son excluyentes iv. Casos urgentes B. Legalidad de las medidas de protección a. Requisitos b. Deber de motivación i. Concepto ii. Interés superior del niño, niña o adolescente c. Incumplimiento C. De la competencia a. Órganos competentes b. Cumplimiento forzado D. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial a. Referencias anteriores b. Derivación forzosa c. Derivación a protección judicial d. Coordinación entre autoridades e. Desacato E. Procedimiento de protección administrativa a. Referencia anterior b. Requisitos De la fase de discusión i. Del inicio del proceso ii. Formalidad del requerimiento iii. Examen de admisibilidad iv. Análisis de los antecedentes v. Derechos de los menores a intervenir y a designar abogado vi. Acuerdo voluntario De la fase de prueba vii. Citación a los interesados, y comparendo De la fase de fallo viii. Medida de protección administrativa c. Revisión ix. Revisión periódica de la medida de protección d. Desistimiento x. No paralizará al proceso e. Oposición a cumplir el fallo xi. Contravención de las medidas Apremios F. Revisión de medidas a. Concepto b. Objetivos G. Acción de reclamación de ilegalidad a. Legitimación activa b. Tribunal competente c. Causales d. Plazo e. Procedimiento f. Compatibilidad con otros recursos 4. INSTITUCIONALIDAD A. Conformación B. Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes a. De su objeto b. De sus reuniones y su composición c. Reglamento C. De los demás órganos del Estado D. De la policía a. Deber de consideración especial b. Personal debidamente formado c. Deberes de información 5. DE LA POLÍTICA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SU PLAN DE ACCIÓN A. Política Nacional de la Niñez y Adolescencia B. Contenido Mínimo de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia a. Del contenido mínimo b. Del Plan de Acción C. Contenido mínimo del plan de acción D. Procedimiento de formulación y aprobación a. Concepto b. Tiempo de duración c. Decreto Supremo E. Evaluación y Monitoreo ANEXOS Anexo 1 Decreto No 830, promulga Convención sobre los Derechos del Niño Anexo 2 Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (“Reglas de Beijing”) Anexo 3 Acta No 205-2015. Modifica y refunde texto del Auto Acordado sobre procedimiento aplicable al Convenio de La Haya relativo a los efectos civiles de la sustracción internacional de niños y niñas (publicado en el Diario Oficial de 16 de enero de 2016) Anexo 4 Ley No 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (publicado en el Diario Oficial de 15 de marzo de 2022) Anexo 5 Ley No 21.067, que crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez (publicada en el Diario Oficial de 29 de enero de 2018)
Siendo uno de los temas más relevantes del actual Derecho de Familia, la protección de los derecho de los niños, niñas y adolescentes es uno de los menos desarrollados por la literatura jurídica nacional, cuestión paradójica si consideramos la inmensa carga que han impuesto a nuestro país los instrumentos internacionales suscritos por Chile. Ahora bien, dentro del proceso de reforma a la administración de justicia familiar se crearon una serie de procedimientos para las distintas materias contenidas en el artículo 8° de la Ley 19.968, procedimientos entre los que se encuentra el de aplicación judicial de las medidas de protección. En un primer momento parecía que el procedimiento proteccional instaurado por la Ley No 19.968 había cubierto todas las expectativas que la reforma tuvo en consideración respecto del resguardo de la amenaza o vulneración de los derechos del niño, niña y adolescente, y que las falencias proteccionales se dan a nivel de las instituciones que materializaban la ejecución de las sentencias que imponen las medidas más que a la normativa propiamente tal, cuestión que está lejos de ser cierta. Los que tienen la oportunidad de tramitar con regularidad en sede familiar ven que el problema proteccional no parte de la aplicación o ejecución de las medidas de protección por las instituciones vinculadas a los tribunales, sino más bien, del conjunto de políticas, instituciones y normas para tales fines . De ahí, que a modo de comprender los límites de la función jurisdiccional en el Sistema de Garantías y de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia el autor plantea un análisis armónico y coherente de las Leyes Nos 19.968, 21.302 y 21.430 para cumplir con tales fines. Como se ha hecho costumbre en los trabajos que ha desarrollado el autor, los temas  consideran el aporte de especializados autores del área, opiniones, pensamientos y contribuciones que se fueron integrando a los distintos títulos buscando mantener una estructura más o menos sistemática para la enseñanza, aprendizaje y posterior aplicación de las materias vistas. Ahora bien, innovando en este punto, se requirió además de la colaboración de la psicóloga Bárbara Alejandra Alvarado Cottenie, quien desde su especialidad, ha sido la responsable de completar, corregir y actualizar los distintos aspectos vinculados a las principales formas de maltrato, cuestión que de seguro podrán apreciar en los títulos respectivos. Por último, debemos señalar, que la obra busca proporcionar un trabajo más o menos sistemático de los temas vistos, cuestión que podrán comprobar una vez que hayan recorrido su contenido, el cual esperamos sea de su completo agrado.   ÍNDICE   CAPÍTULO I CUESTIONES PRELIMINARES 1. Reglamentación de los procedimientos de familia. 2. Cuestiones previas 3. Presupuesto que hace necesario el procedimiento CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DE LA LEY No 21.430 4. Cuestiones preliminares 5. De la protección integral de la Ley No 21.430. 5.a. Normas de aplicación general 5.a.1.Definiciones. 5.a.1.a. Medios de acción 5.a.1.b. Ámbitos de acción. Protección de los Derechos del Niño, Niña o Adolescente 5.a.1.c. Protección especial. 5.a.1.d. Procedimiento de la protección de derechos 5.a.1.e. Protección judicial 5.a.1.e.1. Competencia de los Tribunales de Familia en materia de protección de derechos. 5.a.1.f. Otras cuestiones vinculadas a la protección judicial y administrativa 5.a.2. Principios rectores de los procesos de protección de derechos 5.a.3. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales. 5.a.4. Acción de tutela administrativa de derechos 5.b. Deberes de la Administración del Estado. 5.c. De las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.1. Funciones de las Oficinas Locales de la Niñez 5.c.2. Competencia de las Oficinas Locales de la Niñez 5.d. De las medidas de protección administrativas. Cuestión previa. 5.d.1. Medidas de protección administrativa 5.d.2. Legalidad de las medidas de protección 5.d.3. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección administrativas. 5.d.4. Medidas ante el incumplimiento de las medidas de protección administrativas 5.d.5. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial. 5.d.6. Procedimiento de protección administrativa 5.d.7. Revisión de medidas . 5.d.8. Acción de reclamación por ilegalidad 6. Amenaza o vulneración de derechos propiamente tal.   CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS POR LA LEY No 21.430 7. Catálogo de derechos reconocidos por la Ley No 21.430 7.a. Derecho al ejercicio de los derechos civiles y políticos 7.a.1. Deber de los órganos del Estado en función del ejercicio de tales derechos 7.b. Derecho a la vida. 7.b.1. Deber del Estado en función del derecho 7.c. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado 7.c.1. Deberes de los padres en función del derecho 7.c.2. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.d. Derecho a la identidad 7.e. Derecho a vivir en familia 7.e.1. Deberes del Estado en función del derecho 7.f. Derecho a ser oído 7.g. Derecho a la libertad de expresión y comunicación 7.g.1. Deberes del Estado y de los prestadores de servicios de telecomunicaciones en función de los derechos descritos 7.h. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión 7.h.1. Deber del Estado en función del derecho 7.i. Derecho a la libertad de asociación y de reunión 7.j. Derecho a la participación 7.j.1. Deber de los órganos del Estado en función del derecho 7.k Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales 7.k.1. Deber de los funcionarios públicos, las organizaciones de la sociedad civil en función del derecho 7.l. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen 7.l.1. Deberes que se imponen en función de tales derechos 7.m. Derecho a la información 7.m.1. Deberes del Estado en función del derecho. 7.n. Derecho a la protección contra la violencia 7.ñ. Derecho a la protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil 7.ñ.1. Deberes de los órganos del Estado en función del derecho 7.o. Derecho a la salud y a los servicios de salud 7.o.1. Deberes en función del derecho 7.p. Derecho a la atención médica de emergencia 7.p.1. Deberes de los centros y servicios de salud en función del derecho 7.q. Derecho a la información sobre la salud y el consentimiento informado 7.q.1. Deberes de los prestadores de salud en función del derecho 7.r. Derecho a la educación 7.r.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.s. Derecho a la atención a la diversidad educativa 7.s.1. Deberes del Estado y sus órganos en función del derecho 7.t. Derecho a la seguridad social 7.t.1. Deber y restricción en función del derecho 7.u. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes 7.v. Derecho a medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad 7.w. Derecho a zonas y equipamientos recreativos 7.x. Derechos y deberes en el espacio urbano 7.y. Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él 7.y.1. Deberes del Estado y de sus órganos en función del derecho 7.z. Derecho a la libertad personal y ambulatoria. 7.z.a. Derecho al debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización 7.z.a.1.Deberes del Estado y sus órganos en función de los derechos vistos 7.z.b. Derecho a protección reforzada ante vulneración de derechos y conflicto con la ley 7.z.b.1.Rol del Estado y otros órganos en función del derecho 7.z.c. Derecho a la protección internacional 7.z.c.1. Deberes de ciertas autoridades en función del derecho. 7.z.d. Derecho a la protección y defensa como consumidores y usuarios 7.z.e. Derecho a bienes, productos o servicios suficientemente seguros para garantizar su inocuidad 7.z.f. Derecho a una publicidad responsable CAPÍTULO IV SITUACIONES ESPECIALES DE AMENAZA O VULNERACIÓN DE DERECHOS 8. Maltratos a que están expuestos los niños, niñas y adolescentes 8.a. Ciertos registros del fenómeno de maltrato infantil a lo largo de la historia 8.b. Generalidades. 8.c. Variables que ayudan a diferenciar y explicar las secuelas del maltrato infantil 8.d. Tipos de maltrato infantil. 8.d.1. Maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a. Síndrome de alienación parental como modalidad especial de maltrato psicológico (o emocional) 8.d.1.a.1. Cuestiones previas 8.d.1.a.2. Concepto de alienación parental 8.d.1.a.3. Algo de historia. 8.d.1.a.4. Distinción entre conducta alienadora y el síndrome propiamente tal. 8.d.1.a.5. Grados o niveles de SAP 8.d.1.a.6. Criterios diagnósticos del síndrome 8.d.1.a.7. Criterios proporcionados por Gardner para ayudar a evaluar la existencia del síndrome 8.d.1.a.8. Progenitores alienadores. 8.d.1.a.9. Terapia sugerida por Gardner. 8.d.1.a.10. Cuestionamientos a Gardner y su teoría 8.d.1.a.10.a. Carencia de rigor científico de la teoría 8.d.1.a.10.b. SAP parte de verdades relativas a las que otorga valor dogmático absoluto, para luego proponer premisas falsas a las que también otorga rigor de verdades dogmáticas. 8.d.1.a.10.c. Formulación del SAP propone una falacia lógica de razonamiento circular 8.d.1.a.10.d. Confunde causa y efecto, presumiendo alienación 8.d.1.a.10.e. Además de confundir signos con síntomas, carece de estos últimos 8.d.1.a.10.f. SAP no hace un diagnóstico diferencial 8.d.1.a.10.g. Existe clara animadversión o prejuicio desfavorable hacia la figura materna, que tiende a denigrarla 8.d.1.a.10.h. Sustenta el rechazo o apego del menor respecto de un padre a la existencia del síndrome, prescindiendo del análisis de múltiples y complejas otras causas que eventualmente podrían generar tal resultado 8.d.1.a.10.i. Dado que el SAP no exige que la madre sea evaluada ni entrevistada, el diagnóstico resulta -normalmente- de la apreciación subjetiva del evaluador 8.d.1.a.10.j. Parte siempre de la base que la opinión, testimonio o denuncia del niño o su madre, son falsos o infundados 8.d.1.a.10.k. Etiología del SAP es legal, no médica 8.d.1.a.10.l. La intervención terapéutica que impone el SAP es coacción legal -no médica- por tanto, deja a los menores en una situación de riesgo extremo 8.d.1.a.10.ll. Por medio de la terapia se impone un tratamiento al niño derivado de los síntomas de la madre 8.d.1.a.10.m.Terapia de Gardner pretende reemplazar rol del Juez, ya que se impone y desarrolla en el mismo fallo 8.d.1.a.10.n. Ideología que sustenta el SAP relativiza conductas sexualmente abusivas y/o pedófilas 8.d.1.a.10.ñ. Conclusión 8.d.1.b. Consecuencias del maltrato psicológico (o emocional) 8.d.2. Sobreprotección 8.d.2.a. Consecuencias de la sobreprotección 8.d.3. Maltrato físico 8.d.4. Abuso sexual infantil 8.d.4.a. Generalidades 8.d.4.b. Perfil de la víctima. 8.d.4.c. Perfil del agresor 8.d.4.d. Medios destinados a la concreción de conductas de abuso sexual infantil 8.d.4.e. La evaluación psicológica del abuso sexual infantil 8.d.4.e.1. Diferencias entre el psicodiagnóstico clínico y la evaluación forense 8.d.4.e.2. Instrumentos de evaluación de abuso sexual infantil 8.d.4.e.2.a. La entrevista clínica 8.d.4.e.2.b. Test proyectivos y de personalidad 8.d.4.e.2.c. Hora de juego diagnóstica 8.d.4.e.2.d. Juego con muñecos anatómicamente correctos 8.d.4.f. Determinantes del impacto psicológico y psicopatológico de la agresión 8.d.4.g. Repercusiones a corto plazo 8.d.4.g.1. Periodo o etapa de lactancia 8.d.4.g.2. Periodo o etapa preescolar 8.d.4.g.3. Periodo o etapa escolar básica. 8.d.4.g.4. Periodo o etapa de la adolescencia 8.d.4.g.5. Resumen de las consecuencias a corto plazo del abuso sexual 8.d.4.h. Repercusiones a mediano o largo plazo 8.d.4.i. Falsas denuncias de abuso sexual infantil. 8.d.5. Otras tipologías 9. Perfil del maltratador 10. Teoría del origen del temperamento agresivo del sujeto CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO DE LA APLICACIÓN JUDICIAL DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Sección primera Consideraciones previas 11. Introducción 12. Principios y reglas generales del procedimiento de protección 12.a. Principio del derecho del menor a ser oído Sección segunda Inicio del procedimiento 13. Inicio del procedimiento de protección 14. Medidas cautelares especiales. 14.a. Colisión de jurisdicciones ante la aplicación de una medida cautelar 15. Admisibilidad y recepción 15.a. Control de admisibilidad 15.b. Derivación a la sede administrativa 16. Facultades del Juez en la etapa de recepción 17. Resolución que provee el requerimiento Sección tercera Audiencia preparatoria 18. Generalidades 19. Desarrollo de la audiencia preparatoria 20. Incorporación de datos necesarios para registro de audio 21. Individualización de partes 22. Informe sobre motivo de comparecencia, derechos y deberes, como respuesta a dudas e inquietudes 23. Lectura de antecedentes 24. Relación breve y sintética de contenido del requerimiento 25. Indagación de motivo del proceso, forma en que afecta al niño, niña o adolescente e identidad de las personas involucradas en la afectación de sus derechos 26. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicita la adopción de la medida 27. Determinación de medidas cautelares del artículo 71 28. Promoción de mediación 29. Promoción de conciliación 30. Determinación de objeto del juicio 31. Determinación de los hechos a probar 32. Convenciones probatorias que las partes hubieren acordado 33. Determinación de pruebas a rendir a propuesta de las partes 34. Disposición de la práctica de otras pruebas que el Tribunal estime necesarias. 35. Dictar sentencia definitiva de la causa 36. Fijación de audiencia de juicio 37. Resolución que cita a juicio Sección Cuarta Audiencia de juicio 38. Generalidades. 39. Desarrollo de la audiencia de juicio 40. Incorporación de los datos necesarios para el registro de audio 41. Individualización de las partes 42. Verificación de la presencia de las personas que hubieren sido citadas a la audiencia 43. Declaración de inicio del juicio 44. Señalar el o los objetivos de la audiencia de juicio, advirtiendo a las partes que deben estar atentas a todo lo que se expondrá 45. Disponer que los testigos y peritos que hubieren comparecido hagan abandono de la sala de audiencia, mientras esperan su turno para declarar 46. Adopción de las medidas necesarias para garantizar el adecuado desarrollo de la audiencia, pudiendo disponer la presencia de uno o más miembros del consejo técnico 47. Ordenar en interés superior del niño, niña o adolescente que este u otro miembro del grupo familiar se ausente durante determinadas actuaciones 48. Recepción de la prueba admitida por el tribunal y la decretada por éste 48.a. Normas especiales relativas a las pericias en causas proteccionales 48.a.1. Cuestiones previas 48.a.2. Programa de pericias 48.a.3. Contenido del informe derivado del programa de pericias. 48.a.4. Cuestiones finales relativas al informe derivado del programa de pericias 49. Oír al niño, niña o adolescente en cuyo favor se solicite la adopción de la medida 50. Recepción de la opinión del consejero que hubiere asistido respecto de la prueba rendida en el ámbito de su especialidad 51. Dar la palabra a las partes para que formulen en forma oral y breve las observaciones que le merezca la prueba rendida y la opinión del consejero, así como sus conclusiones de un modo preciso y concreto 52. Réplica de las partes de lo expuesto por la contraria. 53. Procurar un acuerdo entre las partes sobre la forma más conducente de solucionar la situación. 54. Pronunciamiento de la sentencia 55. Nueva audiencia CAPÍTULO VI MEDIDAS DE PROTECCIÓN 56. Cuestión previa 57. Medidas de protección jurisdiccional. 57.a. Hipótesis que contempla la ley 57.a.1. Concurrencia a programas o acciones de apoyo, reparación u orientación para enfrentar y superar la situación de crisis, e impartir instrucciones pertinentes 57.a.1.a. Intervenciones ambulatorias de reparación 57.a.1.b. Fortalecimiento y vinculación 57.a.1.b.1. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 57.a.1.b.2. Programas de preparación para la vida independiente. 57.a.1.b.3. Programas de prevención focalizada. 57.a.2. Adopción del cuidado alternativo del niño 57.a.2.a. Características del cuidado alternativo 57.a.2.b. Modalidades de cuidado alternativo 57.a.2.b.1. Cuidado alternativo bajo modalidad de acogimiento residencial 57.a.2.c. Otras cuestiones relativas al cuidado alternativo 57.a.2.d. Efectos y/o consecuencias de la adopción del cuidado alternativo 58. Ejecución de las medidas 59. Obligación de informar 60. Incumplimiento de las medidas. 61. Obligación de visita. 61.a. Trabas o dificultades en la visita del Juez 62. Derecho a audiencia con el Juez 63. Suspensión, modificación y cesación de las medidas 64. Deber de información sobre la oferta programática conforme a las líneas de acción desarrolladas CAPÍTULO VII ROL DEL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE SUS COLABORADORES ACREDITADOS EN EL PROCESO PROTECCIONAL 65. Estructura de la Ley N° 21.302 (crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia) 65.a. Normas preliminares 65.a.1. Definición del Servicio (artículo 1o) 65.a.2. Supervigilancia y fiscalización (artículo 1o) 65.a.3. Objeto del Servicio (artículo 2o) 65.a.3.a. Forma en que el Servicio materializará el cumplimiento de su objeto 65.a.4. Responsabilidad del Servicio conforme su objeto (artículo 2o bis.) 65.a.4.a. Competencia para conocer de las demandas de indemnización de daños causados por el Servicio o sus colaboradores acreditados en el ejercicio de sus funciones 65.a.5. Sujetos de atención (artículo 3o) 65.a.6. Principios rectores esenciales del Servicio (artículo 4o) 65.b. Organización y funciones del Servicio 65.b.1. Organización del Servicio (inciso 1o del artículo 5o) 65.b.2. Incapacidad para ser Director Nacional o regional del Servicio (inciso 4o del artículo 5o). 65.b.3. Funciones del Servicio (artículo 6o) 65.b.4. Funciones del Director Nacional (artículo 7o) 65.b.5. Funciones del Director Regional (artículo 8o) 65.b.6. Consejo de expertos (artículo 9o al 15) 65.b.7. Coordinación intersectorial (artículo 16 y 17) 65.c. Protección especializada 65.c.1. Líneas de acción, programa de protección especializada y proyecto (Párrafo 1o del Título III) 65.c.1.a. Líneas de acción 65.c.1.a.1. Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia 65.c.1.a.1.a. Programa de diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos . 65.c.1.a.1.b. Programa de pericias 65.c.1.a.2. Intervenciones ambulatorias de reparación 65.c.1.a.3. Fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.3.a. Programas de fortalecimiento y revinculación familiar 65.c.1.a.3.b. Programas de preparación para la vida independiente. 65.c.1.a.3.c. Programas de prevención focalizada 65.c.1.a.3.d. Cuestiones finales relativas a la línea de acción de fortalecimiento y vinculación 65.c.1.a.4. Cuidado alternativo 65.c.1.a.4.a. Carácter excepcional del cuidado alternativo. 65.c.1.a.5. Adopción 65.c.1.a.6. Cuestiones finales relativas a las líneas de acción 65.c.1.b. Programa de protección especializada 65.c.1.c. Proyecto 65.c.2. De los registros (Párrafo 2o del Título III) 65.c.3. Sistema Integrado de Información, seguimiento y monitoreo (Párrafo 3o del Título III) 65.c.3.a. Objetivo del Sistema 65.c.3.b. Finalidad del Sistema 65.c.3.c. Información que registrará el Sistema 65.c.4. Deber de reserva y confidencialidad (Párrafo 4o del Título III) 65.c.4.a. Sujeto pasivo del deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.b. Información protegida por el deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.c. Consecuencias de la infracción al deber de reserva y confidencialidad 65.c.4.d. Acceso a la información confidencial 65.c.4.e. Cuestiones finales respecto del deber de reserva y confidencialidad. 65.c.5. Colaboradores acreditados (Párrafo 5o del Título III) 65.c.6. Evaluación y supervisión de la protección especializada (Párrafo 6o del Título III). 65.c.6.a. Evaluación de los programas de protección especializada 65.c.6.b. Supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas de protección especializada 65.c.6.b.1. Características de supervisión y fiscalización de la ejecución de los programas 65.c.6.c. Obligaciones y facultades de otros órganos. 65.c.7. Sanciones y procedimiento sancionatorio (Párrafo 7o del Título III) 65.c.7.a. Tipos de infracción 65.c.7.a.1. Infracciones menos graves y su sanción 65.c.7.a.2. Infracciones graves del inciso 1o del artículo 41 y su sanción  65.c.7.a.3. Infracciones graves del inciso 7o del artículo 41 y su sanción 65.c.7.a.4. Infracciones graves de la Ley N° 20.032 y su sanción 65.c.7.a.5. Infracción gravísima y su sanción. 65.c.7.b. Procedimiento sancionatorio 65.c.7.c. Procedimiento de reclamación 65.c.8. Administración de cierre (Párrafo 8o del Título III) 65.c.8.a. Casos en que procede la administración de cierre 65.c.8.b. Particularidades de la administración de cierre 65.c.8.c. Designación del administrador de cierre 65.c.8.d. Procedimiento de administración de cierre 65.c.8.e. Funciones del administrador de cierre 65.c.8.f. Normativa complementaria. 65.c.9. Administración provisional (Párrafo 9o del Título III) 65.c.9.a. Casos en que procede la administración provisional 65.c.9.b. Particularidades de la administración provisional 65.c.9.c. Designación del administrador provisional 65.c.9.d. Procedimiento de administración provisional 65.c.9.e. Funciones del administrador provisional 65.c.9.f. Normativa complementaria. 65.c.10. Efectos de la administración provisional o de cierre (Párrafo 10 del Título III) BibliografíaEsta obra está dirigida a las y los estudiantes de pregrado y tiene por propósito ser un complemento al estudio de las materias propias del derecho filiativo, parte integrante del ramo de Derecho de Familia. A través de un abordaje sencillo, se da un tratamiento separado a toda la materia relativa a los derechos y deberes que nuestra legislación desde sus orígenes reconoce a padres, madres, hijos e hijas en sus relaciones de parentesco, aunque con distintos sesgos de clase y género, los que han ido siendo corregidos con el transcurso del tiempo. De la misma forma se ha podido recoger, aunque someramente, lo relativo a las normas y principios que forman parte del Sistema Internacional de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes, y su necesaria integración a nuestro Ordenamiento jurídico como eje central del derecho que lo contiene. El avance de la sociedad ha ido permitiendo que nuevas formas de familia se expresen y sean reconocidas y valoradas socialmente; por ello este libro intenta mirar aquellos desafíos que a la legislación se le plantean día a día en esta materia, incluyendo las configuraciones que se podrían dar en el futuro con el uso masivo de las técnicas de reproducción humana asistida, o con el reconocimiento de derechos filiativos de parejas integradas por personas del mismo sexo, temas que se debaten actualmente en el Congreso Nacional.
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 Tengo la satisfacción de presentar el primer número de la Revista chilena de Derecho de Familia e Infancia, publicación trimestral de Rubicón Editores, que tiene como principal objetivo ser un espacio para la reflexión sobre los constantes cambios que afectan al Derecho de Familia y el incipiente desarrollo del Derecho de la Infancia con una mirada interdisciplinaria.
Este número cuenta con dos secciones: Doctrina y Jurisprudencia, donde la última se divide a su vez en dos partes, la primera constituida por un fallo comentado y la otra de sentencias destacadas del período. En la sección de Doctrina, se incluyen cuatro artículos, tanto de autores nacionales como extranjeros. En el primero de ellos, la doctora Graciela Medina, en su artículo “Dañar al cónyuge en los tiempos del divorcio express”, analiza si los daños y perjuicios producidos por el incumplimiento de los deberes matrimoniales y por la violencia deben quedar sin indemnizar después de la sanción del Código Civil y Comercial argentino, a la luz del nuevo ordenamiento argentino, el cual reguló un sistema de divorcio incausado. Luego, la profesora Marcela Acuña San Martín, en su artículo “Particularidades de la autonomía de la voluntad en el acuerdo completo y suficiente”, parte de la premisa de que son diversas y múltiples las manifestaciones de la autonomía de la voluntad que reconoce hoy nuestro Derecho de Familia, y, dentro de los negocios jurídicos en el ámbito matrimonial, examina las particularidades del acuerdo completo y suficiente regulado en los artículos 27 y 55 de la Ley de Matrimonio Civil. Por su parte, en el artículo del profesor Arturo Klenner, titulado “Relevancia de la formulación de la pretensión en el procedimiento de violencia intrafamiliar” se reflexiona en torno a la importancia de formular oportunamente, en el procedimiento de violencia intrafamiliar, la pretensión de condena del denunciado al pago de una multa, pudiendo además solicitarse, o no, las medidas accesorias legales. Por último, profesor Alex Zúñiga Tejos, en el artículo “La ineficacia de la autorización de la mujer para que el marido obligue bienes sociales en virtud de una fianza y codeuda solidaria con cláusula de garantía general en favor de un tercero”, pretende analizar la ineficacia de la autorización otorgada por la mujer casada en sociedad conyugal para que el marido se constituya como “fiador y codeudor solidario” de un tercero cuando conlleva una cláusula de garantía general, reflexionando sobre el carácter de “especificidad” que debe cumplir dicha manifestación de voluntad a la luz de la doctrina y jurisprudencia, así como las diversas perspectivas civiles y procesales que se pueden presentar cuando el acreedor inicia procedimientos judiciales para perseguir bienes sociales. En la sección jurisprudencia, tenemos la primera parte constituida por un fallo comentado por el doctor José Ramón de Verda y Beamonte, el cual realiza un análisis de la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2018 por el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, el cual excluye el resarcimiento del daño moral provocado por la ocultación dolosa de la verdadera filiación biológica del hijo matrimonial, negando la posibilidad de que puedan aplicarse las reglas generales de la responsabilidad civil con esta finalidad. Finalmente, en la segunda parte de esta sección, se ha realizado un esfuerzo para recopilar y sistematizar las sentencias de la Corte Suprema correspondientes al año 2018, por lo que se incluye una selección de treinta y seis sentencias dictadas por la Corte Suprema, en las que se tratan materias como: interés superior del niño, derecho a ser oído, divorcio, compensación económica, bienes familiares, cuidado personal, aumento, cese y cumplimiento de alimentos, relación directa y regular, recurso de protección y amparo, apremios, exequátur, procedimiento de familia, recurso de casación forma y fondo, entre otros. Por último, quiero agradecer al equipo de la revista, a su Secretaria de Redacción Belén Lama Gálvez por su decisivo apoyo para concretar este proyecto editorial y por su valioso trabajo, al Comité Editorial por su colaboración permanente, y a José Manuel Ríos por su colaboración en la sección de jurisprudencia.
Indice Principales aspectos de la ley 21.302. Crea el Servicio Nacional de Protección especializada a la niñez y  adolescencia. Dada la trascendencia que para los efectos de la ejecución de las distintas medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes tiene la promulgación de la Ley 21.302, es que en esta oportunidad el autor se avocó al estudio de los principales aspectos de este cuerpo legal. Si bien la normativa instaura una nueva institucionalidad, que viene a remplazar al Servicio Nacional de Menores, más importante que la creación de aquella es la incorporación de mecanismos tendientes a resguardar la responsabilidad de la institución como de los organismos acreditados frente al rol que deben desempeñar en la ejecución de las distintas líneas de acción previstas en las Leyes 20.032 y 21.302. Es así, que podemos destacar la clara definición del objeto del Servicio como de su responsabilidad y los diversos principios rectores de actuación. En lo que respecta a la “Protección especializada” la ley ha definido las distintas líneas de acción, programa de protección especializada y proyectos destinados a la cobertura de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos, incluyendo a sus familias, o a quienes tengan su cuidado, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, también vino a innovar en el sentido de establecer la obligación del Servicio de llevar ciertos registros y sistema de información relativos a los sujetos de atención y sus familias con el fin de obtener una aplicación adecuada de las medidas que se adopten para el caso particular. Por otro lado, y con el fin de resguardar el uso adecuado de la información relativa a los niños, niñas y adolescentes como de sus familias, es que se ha establecido la obligación de reserva y confidencialidad de la misma, regulando pormenorizadamente las consecuencias de su infracción, entre otras cuestiones de interés relativas al tema. En armonía con lo anterior, se vino a reglar un sistema de evaluación y supervisión que proporciona una serie de instrumentos que permiten la fiscalización eficiente de la ejecución de los programas de protección especializada a fin de constatar posibles infracciones a las obligaciones del Servicio y sus colaboradores acreditados, y eventualmente, aplicar las sanciones que procedan conforme al procedimiento que regla el mismo cuerpo legal. Por último, y como señala el autor, por medio de la obra se buscó proporcionar a sus lectores un resumen de los principales aspectos de la Ley 21.302 vinculados a las líneas de acción destinadas a la ejecución de las medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes.
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   El Juez de Familia y sus Facultades Limitación al debido proceso en el ejercicio de las facultades de oficio de carácter probatorio y cautelar
El presente trabajo de investigación busca aportar con conocimientos nuevos al estudio del derecho procesal de familia, analizando la observancia del derecho fundamental al debido proceso en el ejercicio de las facultades de oficio de carácter probatorio y cautelar del juez de familia, al identificar las garantías procesales que estarían siendo vulneradas por su empleo y los remedios o atenuantes a tales limitaciones. Teniendo presente que el estudio de las facultades o potestades oficiosas del juez de familia, se ha centrado principalmente en establecer si las de carácter probatorio atentan o vulneran el derecho fundamental a un debido proceso, en específico a la garantía del juez imparcial, y que en cuanto a la potestad cautelar del juez de familia, los trabajos en doctrina se han enfocado en mayor medida en analizar, en términos sustantivos y procesales, el objeto de esta potestad, que son las medidas cautelares.
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