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Código de derecho de la seguridad privada

$45.490

Autor: Patricio Iglesias Coronel
Editorial: Libromar
Numero de Paginas: 659
Año de publicación: 2026

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TODA LA NORMATIVA QUE SE PRESENTA EN ESTE LIBRO SE ENCUENTRA REVISADA Y ACTUALIZADA AL DÍA 1 DE MARZO DE 2026.

CAPÍTULO I
MARCO CONSTITUCIONAL

I.1. Constitución Política de la República (Art. pertinentes)

CAPÍTULO II
SEGURIDAD PRIVADA LEY NO 21.659 Y NORMAS REGLAMENTARIAS

II.1. Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.3. Decreto No 208, aprueba Reglamento de Eventos Masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.4. Resolución No 1.820, exenta aprueba matriz de factores de riesgo en seguridad privada para la clasificación de entidades en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada

II.5. Resolución No 1.977, aprueba instrucciones generales para la actividad de seguridad privada relativa a la custodia y transporte de carga sobredimensionada

II.6. Resolución Exenta No 2.099, aprueba instrucciones generales para el transporte de valores por vía fluvial, lacustre o marítima

II.7. Resolución Exenta No 2.100, aprueba formulario de solicitud y acta descriptiva para la autorización de eventos masivos en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada

II.8. Resolución Exenta No 2.121, aprueba procedimiento y determina las zonas urbanas en que las operaciones de transporte de valores serán consideradas de alto riesgo

II.9. Resolución Exenta No 2.183, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es Carabineros de Chile

II.10. Resolución Exenta No 2.277, aprueba instrucciones generales sobre procedimiento de autorización de planes, programas, perfiles de ingreso y egreso de los cursos de capacitación en materia de seguridad privada y sobre la solicitud de exámenes

II.11. Resolución Exenta No 2.310, aprueba instrucciones generales sobre transitoriedad de la Ley No 21.659 y del Decreto No 209, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba reglamento de Seguridad Privada

II.12. Resolución No 396, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante

CAPÍTULO III
SEGURIDAD PRIVADA DECRETO LEY NO 3.607 Y NORMAS REGLAMENTARIAS

III.1. Decreto Ley No 3.607, deroga DL. No 194, de 1973, y establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados

III.2. Ley No 19.303, establece obligaciones a entidades que indica, en materia de seguridad de las personas

CAPÍTULO IV
AUTORIDADES FISCALIZADORAS

Párrafo 1. Autoridades Fiscalizadoras Específicas Ley de Seguridad Privada

IV.1.1. Ley No 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile (Art. pertinentes)

IV.1.2. Decrero con Fuerza de Ley No 292, aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante (Art. pertinentes)

IV.1.3. Ley No 16.752, fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Art. pertinentes)

IV.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Autoridades Rectoras Seguridad Privada

IV.2.1. Ley No 21.730, crea el Ministerio de Seguridad Pública (Art. pertinentes)

IV.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 3. Autoridades Fiscalizadoras Ley sobre Control de Armas y Explosivos

IV.3.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas (Art. pertinentes)

Párrafo 4. Autoridades Fiscalizadoras Eventos Masivos

IV.4.1. Decreto con Fuerza de Ley No 1-19175, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la Ley No 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (Art. pertinentes)

IV.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 5. Autoridades fiscalizadoras generales

IV.5.1. Autoridad Fiscalizadora Sanitaria

IV.5.1.1. Código Sanitario (Art. pertinentes)

IV.5.2. Autoridad Fiscalizadora Laboral

IV.5.2.1. Código del Trabajo (Art. pertinentes)

IV.5.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

IV.5.3. Autoridad Fiscalizadora del Tránsito

IV.5.3.1. Ley No 18.290, de Tránsito (Art. pertinentes)

CAPÍTULO V
IMPLEMENTOS A FISCALIZAR

Párrafo 1. Armas de Fuego y Munición

V.1.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas. (Art. pertinentes)

V.1.2. Decreto No 83, aprueba Reglamento Complementario de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas de y Elementos Similares. (Art. pertinentes)

V.1.3. Decreto Ley No 3.356, fija normas uniformes para ser aplicadas a los Señores Generales, Almirantes y Suboficiales Mayores en Retiros de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile. Ministerio de Defensa Nacional

V.1.4. Código Penal (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Armas No Letales

V.2.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.2.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 3. Drones

V.3.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.3.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 4. Cajeros Automáticos

V.4.1. Ley No 20.601, aumenta las penas del delito de robo de cajeros automáticos

V.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.4.3. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad

Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.4.4. Decreto No 222, regula medidas mínimas de seguridad aplicables a la instalación y operación de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero de cualquier especie

Párrafo 5. Desfibriladores

V.5.1. Ley No 21.156, establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica

V.5.2. Decreto No 56, aprueba reglamento sobre la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles  en los establecimientos y recintos que indica, de acuerdo a lo establecido por la Ley No 21.156 (Art. pertinentes)

Párrafo 6. Seguros

V.6.1. Código de Comercio (Art. pertinentes)

CAPÍTULO VI
CASINOS DE JUEGO

VI.1. Ley No 19.995, establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)

VI.2. Decreto No 287, reglamento de funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)

CAPÍTULO VII
FUNERALES DE RIESGO

VII.1. Ley No 21.717, establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales

VII.2. Decreto No 56, aprueba reglamento que establece la metodología y los antecedentes para calificar un funeral como de riesgo, así como otras materias relacionadas establecidas en la Ley No 21.717

CAPÍTULO VIII
FÚTBOL PROFESIONAL

VIII.1. Ley No 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional. (Art. pertinentes)

VIII.2. Decreto No 1.046, aprueba reglamento de la Ley No 19.327, que establece derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Art. pertinentes)

CAPÍTULO IX
EVENTOS MASIVOS

IX.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

IX.2. Decreto No 208, aprueba reglamento de eventos masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

CAPÍTULO X
DERECHOS FUNDAMENTALES

X.1. Constitución Política de la República de Chile (Art. pertinentes)

X.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

X.3. Decreto con Fuerza de Ley No 3, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (Art. pertinentes)

X.4. Ley No 20.422, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad (Art. pertinentes)

X.5. Ley No 20.609, establece medidas contra la discriminación (Art. pertinentes)

X.6. Ley No 21.559, regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación

X.7. Ley No 19.628, sobre protección de la vida privada (Art. pertinentes)

X.8. Decreto con Fuerza de Ley No 1, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo (Art. pertinentes)

X.9. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.675 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

X.10. Ley No 21.675, estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género (Art. pertinentes)

CAPÍTULO XI
PROCEDIMIENTOS

Párrafo 1. Procedimientos administrativos

XI.1.1. Ley No 19.880, establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado

XI.1.2. Ley No 20.285, sobre acceso a la Información Pública, Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Art. pertinentes)

XI.1.3. Ley No 20.730, regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios (Art. pertinentes)

XI.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada, Ministerio del Interior y Seguridad Pública (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Procedimiento judicial

XI.2.1. Ley No 18.287, establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local

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TODA LA NORMATIVA QUE SE PRESENTA EN ESTE LIBRO SE ENCUENTRA REVISADA Y ACTUALIZADA AL DÍA 1 DE MARZO DE 2026.

CAPÍTULO I MARCO CONSTITUCIONAL

I.1. Constitución Política de la República (Art. pertinentes)

CAPÍTULO II SEGURIDAD PRIVADA LEY NO 21.659 Y NORMAS REGLAMENTARIAS

II.1. Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.3. Decreto No 208, aprueba Reglamento de Eventos Masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

II.4. Resolución No 1.820, exenta aprueba matriz de factores de riesgo en seguridad privada para la clasificación de entidades en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada

II.5. Resolución No 1.977, aprueba instrucciones generales para la actividad de seguridad privada relativa a la custodia y transporte de carga sobredimensionada

II.6. Resolución Exenta No 2.099, aprueba instrucciones generales para el transporte de valores por vía fluvial, lacustre o marítima

II.7. Resolución Exenta No 2.100, aprueba formulario de solicitud y acta descriptiva para la autorización de eventos masivos en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada

II.8. Resolución Exenta No 2.121, aprueba procedimiento y determina las zonas urbanas en que las operaciones de transporte de valores serán consideradas de alto riesgo

II.9. Resolución Exenta No 2.183, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es Carabineros de Chile

II.10. Resolución Exenta No 2.277, aprueba instrucciones generales sobre procedimiento de autorización de planes, programas, perfiles de ingreso y egreso de los cursos de capacitación en materia de seguridad privada y sobre la solicitud de exámenes

II.11. Resolución Exenta No 2.310, aprueba instrucciones generales sobre transitoriedad de la Ley No 21.659 y del Decreto No 209, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba reglamento de Seguridad Privada

II.12. Resolución No 396, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante

CAPÍTULO III SEGURIDAD PRIVADA DECRETO LEY NO 3.607 Y NORMAS REGLAMENTARIAS

III.1. Decreto Ley No 3.607, deroga DL. No 194, de 1973, y establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados

III.2. Ley No 19.303, establece obligaciones a entidades que indica, en materia de seguridad de las personas

CAPÍTULO IV AUTORIDADES FISCALIZADORAS

Párrafo 1. Autoridades Fiscalizadoras Específicas Ley de Seguridad Privada

IV.1.1. Ley No 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile (Art. pertinentes)

IV.1.2. Decrero con Fuerza de Ley No 292, aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante (Art. pertinentes)

IV.1.3. Ley No 16.752, fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Art. pertinentes)

IV.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Autoridades Rectoras Seguridad Privada

IV.2.1. Ley No 21.730, crea el Ministerio de Seguridad Pública (Art. pertinentes)

IV.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 3. Autoridades Fiscalizadoras Ley sobre Control de Armas y Explosivos

IV.3.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas (Art. pertinentes)

Párrafo 4. Autoridades Fiscalizadoras Eventos Masivos

IV.4.1. Decreto con Fuerza de Ley No 1-19175, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la Ley No 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (Art. pertinentes)

IV.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 5. Autoridades fiscalizadoras generales

IV.5.1. Autoridad Fiscalizadora Sanitaria

IV.5.1.1. Código Sanitario (Art. pertinentes)

IV.5.2. Autoridad Fiscalizadora Laboral

IV.5.2.1. Código del Trabajo (Art. pertinentes)

IV.5.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

IV.5.3. Autoridad Fiscalizadora del Tránsito

IV.5.3.1. Ley No 18.290, de Tránsito (Art. pertinentes)

CAPÍTULO V IMPLEMENTOS A FISCALIZAR

Párrafo 1. Armas de Fuego y Munición

V.1.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas. (Art. pertinentes)

V.1.2. Decreto No 83, aprueba Reglamento Complementario de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas de y Elementos Similares. (Art. pertinentes)

V.1.3. Decreto Ley No 3.356, fija normas uniformes para ser aplicadas a los Señores Generales, Almirantes y Suboficiales Mayores en Retiros de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile. Ministerio de Defensa Nacional

V.1.4. Código Penal (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Armas No Letales

V.2.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.2.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 3. Drones

V.3.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.3.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

Párrafo 4. Cajeros Automáticos

V.4.1. Ley No 20.601, aumenta las penas del delito de robo de cajeros automáticos

V.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.4.3. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad

Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

V.4.4. Decreto No 222, regula medidas mínimas de seguridad aplicables a la instalación y operación de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero de cualquier especie

Párrafo 5. Desfibriladores

V.5.1. Ley No 21.156, establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica

V.5.2. Decreto No 56, aprueba reglamento sobre la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles  en los establecimientos y recintos que indica, de acuerdo a lo establecido por la Ley No 21.156 (Art. pertinentes)

Párrafo 6. Seguros

V.6.1. Código de Comercio (Art. pertinentes)

CAPÍTULO VI CASINOS DE JUEGO

VI.1. Ley No 19.995, establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)

VI.2. Decreto No 287, reglamento de funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)

CAPÍTULO VII FUNERALES DE RIESGO

VII.1. Ley No 21.717, establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales

VII.2. Decreto No 56, aprueba reglamento que establece la metodología y los antecedentes para calificar un funeral como de riesgo, así como otras materias relacionadas establecidas en la Ley No 21.717

CAPÍTULO VIII FÚTBOL PROFESIONAL

VIII.1. Ley No 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional. (Art. pertinentes)

VIII.2. Decreto No 1.046, aprueba reglamento de la Ley No 19.327, que establece derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Art. pertinentes)

CAPÍTULO IX EVENTOS MASIVOS

IX.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

IX.2. Decreto No 208, aprueba reglamento de eventos masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada

CAPÍTULO X DERECHOS FUNDAMENTALES

X.1. Constitución Política de la República de Chile (Art. pertinentes)

X.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

X.3. Decreto con Fuerza de Ley No 3, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (Art. pertinentes)

X.4. Ley No 20.422, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad (Art. pertinentes)

X.5. Ley No 20.609, establece medidas contra la discriminación (Art. pertinentes)

X.6. Ley No 21.559, regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación

X.7. Ley No 19.628, sobre protección de la vida privada (Art. pertinentes)

X.8. Decreto con Fuerza de Ley No 1, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo (Art. pertinentes)

X.9. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.675 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)

X.10. Ley No 21.675, estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género (Art. pertinentes)

CAPÍTULO XI PROCEDIMIENTOS

Párrafo 1. Procedimientos administrativos

XI.1.1. Ley No 19.880, establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado

XI.1.2. Ley No 20.285, sobre acceso a la Información Pública, Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Art. pertinentes)

XI.1.3. Ley No 20.730, regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios (Art. pertinentes)

XI.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada, Ministerio del Interior y Seguridad Pública (Art. pertinentes)

Párrafo 2. Procedimiento judicial

XI.2.1. Ley No 18.287, establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local

Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial: IUS CIVILE Año de Publicación: 2022 Paginas :266Autor: Alejandro Vergara Blanco Editorial: Thomson Reuters Numero de Paginas: 600 Año de publicación: 2022Autor: Francisco Agüero Vargas Editorial : Der Año de Publicación  : 2022 Paginas :600Autores: Leonardo Javier Castillo Cárdenas - Andrés Eduardo Celedón Baeza - Soledad Alejandra Morales Trapp - Juan Bladimiro Santana Soto Editorial : Der Ediciones Año de Publicación : 2022 Paginas :200Autor: Gabriel Enrique Celis Danzinger Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 562 Año de publicación: 2018
ContentAutor: Patricio Iglesias Coronel Editorial: Libromar Numero de Paginas: 659 Año de publicación: 2026En la actualidad, el Estado compra, construye y se asocia con privados con una intensidad que no le conocíamos. Cada vez son mayores los volúmenes de compra que demandan los Órganos de la Administración del Estado y más variadas las obras que el Estado necesita construir y/o administrar con la ayuda de los particulares. Para alcanzar un desarrollo óptimo de esta nueva forma de gobernar –en ayuda con el sector privado– y que las asociaciones públicas-privadas sean beneficiosas tanto para la Administración Pública como para los particulares, es necesario que las reglas que regulan el procedimiento de formación de voluntad y ejecución del contrato administrativo sean claras y conocidas por las partes. En este contexto, la jurisprudencia y la doctrina juegan un rol importante. Ante la limitada capacidad de las Leyes y los Reglamentos para prever todas las situaciones que pueden darse, el rol de la jurisprudencia y la doctrina es colmar ese vacío con decisiones que sean adecuadas a los principios jurídicos que regulan la materia. Así, en lo que respecta a la contratación administrativa, se espera que el contenido de los principios introducidos por la LBCASYPS –tales como, igualdad de los oferentes, estricta sujeción a las bases y libre concurrencia de los oferentes– sea finalmente definido por un desarrollo jurisprudencial y académico robusto, coherente y fundamentado. Pretender que sea la propia LBCASYPS o su Reglamento los encargados de definir el contenido de dichos principios, es un despropósito. Debido a lo anterior, llama la atención que, a más de 10 años de la dictación de la Ley N° 19.886 (LBCASYPS), aún no exista certeza sobre el contenido de algunos de sus principios basales, como lo es, por ejemplo, el principio de igualdad de los oferentes. En concreto, es común ver en la jurisprudencia tanto administrativa como judicial que este principio es utilizado por los particulares como un broche de oro en sus respectivas demandas o denuncias, en las que en base a muy pocos fundamentos y apelando a un sentimiento común de justicia, se alega que cualquier tipo de infracción al CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE ordenamiento jurídico constituye una trasgresión al principio de igualdad. Y por el otro lado, advertimos que la CGR o el Tribunal encargado de resolver el conflicto, en no pocas ocasiones, hace suyo dichos argumentos y a través de una escasa fundamentación y desarrollo del principio, declara si éste ha sido transgredido o no. Por su parte, la doctrina nacional tampoco ha realizado esfuerzos por sistematizar el principio de igualdad de los oferentes y ello se ve reflejado en las escasas o casi inexistentes obras que lo tratan con profundidad. En este ámbito, el principal objeto de este estudio es sistematizar el contenido del principio de igualdad de los oferentes y definir sus características y efectos, determinando, por ejemplo, quién es el obligado, en qué tipo de cláusulas normativas y reglamentarias se encuentra regulado, a qué tipo de igualdad estamos hablando cuando nos referimos a la igualdad entre los oferentes y si se trata de una igualdad establecida como principio y/o valor general o como un derecho individual de los particulares. Aclarado lo anterior, estaremos en condiciones de establecer líneas o parámetros bajo los cuales podrá señalarse que el principio de igualdad ha sido infringido y, por el contrario, definir cuándo este principio no ha sido violado. Con este estudio, además, pretendemos analizar los parámetros o guías dictados por la jurisprudencia (administrativa y judicial) y la doctrina, para efectos de determinar si las decisiones o soluciones dictadas por aquellas se adecuan o no al contenido del principio de igualdad de los oferentes. Para alcanzar las conclusiones recién referidas, en primer término, estimamos necesario estudiar el contexto en el cual surgen y se desarrollan los contratos administrativos. Por esta razón, en el Primer Capítulo nos referiremos a la actividad contractual de la Administración –por oposición a su actividad unilateral de dictar actos administrativos– y cómo es que, en definitiva, la asociación entre el mundo público y privado –principalmente a través de los contratos– ha mutado la forma de gobernar y el concepto de administrado. Esta primera parte del Primer Capítulo finaliza con un análisis de los beneficios y costos de las asociaciones públicas y privadas. Estudiada la actividad contractual de la Administración, en la segunda parte de este Capítulo nos referiremos al contrato administrativo, específicamente, a su concepto, características y clasificación, destacando las particularidades de este tipo de acuerdo de voluntades que lo diferencian de los contratos celebrados bajo el régimen civil. Analizados los distintos tipos de contratos administrativos que se encuentran regulados por el ordenamiento jurídico nacional, en el Segundo Capítulo estudiaremos específicamente los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS. Así, en la primera parte de este Capítulo el objeto de estudio será la propia Ley y su Reglamento, centrándonos en Introducción definir las novedades que introdujo la dictación de la LBCASYPS. Luego, la segunda parte del Capítulo trata los aspectos conceptuales del contrato de suministro y prestación de servicios y la tercera parte se refiere a cada uno de los procedimientos de contratación administrativa regulados por la LBCASYPS y su Reglamento –esto son, la licitación pública, la licitación privada, el trato directo, la compra ágil, el convenio marco y el proceso de gran compra vía convenio marco–, destacando los principales problemas y desafíos que se han presentado en cada una de estas etapas. El Segundo Capítulo finaliza con un breve análisis de los principios introducidos por la LBCASYPS –el principio de estricta sujeción a las bases y el principio de libre concurrencia– para dar pie al análisis del principio objeto del presente estudio. Así, una vez definido el marco teórico del presente estudio –esto es, la actividad contractual y los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS y su Reglamento– el Tercer Capítulo se refiere de manera específica al principio de igualdad de los oferentes. Para efectos de definir el objeto del estudio, estimamos pertinente, en primer lugar, referirnos a los aspectos conceptuales de este principio. Así, en esta primera parte del Capítulo se analizan –con el fin de una comparación posterior– las distintas concepciones del principio de igualdad en materia constitucional, para luego analizar los diferentes entendimientos del principio de igualdad de los oferentes. La segunda parte de este Capítulo constituye un estudio de las manifestaciones y excepciones al principio comento, utilizando como parámetro las regulaciones, la jurisprudencia y la doctrina que existen sobre la materia. Para efectos de un correcto entendimiento, este análisis se encuentra expuesto por orden cronológico, según las principales etapas de los procedimientos administrativos de contratación y busca poner en evidencia cómo es que, en la práctica, se ha aplicado el principio de igualdad de los oferentes. Asimismo, este estudio busca levantar algunas inconsistencias en la jurisprudencia judicial y administrativa Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial IUS CIVILE Índice Tabla de abreviaturas………………………………………… 9 Introducción………………………………………………. 11 Capítulo I LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA……….. 15 Primera Parte FUNDAMENTOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN……….. 15 I. Relevancia de la contratación administrativa……………………. 15 II. El origen de la actividad contractual de la Administración………….. 17 III. La actividad contractual de la Administración como una nueva forma de administrar. . . . . . . 20 IV. Beneficios de la asociación público-privada…………………….. 24 1. Generaría mayor competencia, aumentando los incentivos para prestar el servicio de manera eficiente…………………………… 25 2. Dotaría de mayor transparencia, publicidad y “accountability” a los procesos de compra y negociación…………………………… 27 3. Mejoraría la calidad de los servicios gracias al conocimiento e infraestructura del sector privado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4. Aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales……………………………….. 29 V. Críticas a la asociación público-privada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 1. La asociación pública-privada no generaría mayor competencia ni sería más eficiente……………………………………….. 31 ÍNDICE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 258 2. Los privados no se encontrarían sujetos a los valores de transparencia, publicidad y “accountability” con la misma intensidad que el sector público . … . . . . . . . . . . . . . . 33 3. Los conflictos de intereses entre las metas públicas y privadas impedirían mejorar la calidad de los bienes y servicios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 4. No sería efectivo que aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales………………… 36 Segunda Parte EL CONTRATO ADMINISTRATIVO. . . . . . . . . . . . . . . 38 I. Concepto de contrato administrativo…………………………. 38 II. Características del contrato administrativo…………………….. 39 1. El contrato administrativo se encuentra sometido a un régimen de Derecho Público en unión con herramientas del Derecho Privado…… 40 2. Tiene por objeto satisfacer una necesidad pública…………….. 42 3. Los efectos del contrato administrativo se definen en razón del interés público involucrado y pueden incluso alcanzar a terceros……….. 43 4. Es un contrato “intuito personae” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 5. Dispone de cláusulas exorbitantes en favor de la Administración….. 45 5.1. El poder de interpretación unilateral del contrato………… 47 5.2. El poder de dirección, fiscalización, inspección y control……. 48 5.3. El poder sancionatorio o correctivo de la Administración…… 49 5.4. El poder de modificación unilateral del contrato (“ius variandi”). . 50 5.5. El poder de terminación unilateral del contrato. . . . . . . . . . . . . . 52 III. Clases de contratos que celebra la administración: con transferencia de funciones públicas y sin transferencia de funciones públicas………… 54 1. Contratos en que existe transferencia de funciones públicas al sector privado… … 55 2. Contratos en que no existe transferencia de funciones públicas al sector privado. . . . … … 58 IV. Tipos de contratos administrativos regulados por el ordenamiento jurídico chileno……. 60 1. Contrato de obra pública regulado en la LOCMOP y el RCOP……. 61 2. Contrato de concesión………………………………… 62 2.1. Contrato de concesión de obra pública regulado por la LCOP y el RLCOP… 63 2.2. Contrato de concesión de servicio público………………. 65 2.3. Contrato de concesión municipal bajo la LOCM………….. 66 Índice 259 Capítulo II EL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS BAJO LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO… 69 Primera Parte LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO…………… 69 I. Los orígenes de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 II. Objetivos de la LBCASYPS y su Reglamento……………………. 70 1. Lograr un uso eficiente de los recursos públicos……………… 70 2. Utilizar las compras públicas como una herramienta para ejecutar Políticas públicas sustentables e inclusivas…………………… 73 III. Aplicación de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 1. Ámbito de aplicación material. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 2. Ámbito de aplicación subjetivo…………………………… 76 IV. Características de la LBCASYPS…………………………….. 78 1. Es una Ley de bases…………………………………… 78 2. Es una norma de aplicación directa……………………….. 79 3. Constituye un cuerpo de principios y reglas jurídicas aplicables supletoriamente a otros tipos de contratos administrativos………….. 79 V. La nueva institucionalidad que introdujo la LBCASYPS……………. 80 1. TCP………………………………………………. 80 2. DCYCP……………………………………………. 87 3. Sistema de Información……………………………….. 88 3.1. Obligación de inscripción en el Registro Electrónico de contratistas o proveedores . . . . 89 3.2. Obligación de contratar electrónicamente………………. 89 3.3. Obligación de suministrar información básica……………. 90 Segunda Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS. . . . . . . . . 91 I. Concepto……………………………………………… 91 II. Características…………………………………………. 92 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 260 Tercera Parte LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGULADOS POR LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO……. 92 I. La licitación pública……………………………………… 94 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 3. Características………………………………………. 98 3.1. Es un procedimiento concursal abierto………………… 98 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 98 4. Principales etapas……………………………………. 99 4.1. Preparación o elaboración de las bases de licitación……….. 99 4.2. El llamado o aviso a participar en la licitación pública……… 105 4.3. Período de consultas y aclaraciones……………………. 106 4.4. Presentación y recepción de ofertas…………………… 107 4.5. Apertura de ofertas……………………………….. 109 4.6. Evaluación de las ofertas……………………………. 110 4.7. Adjudicación del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112 4.8. Perfeccionamiento del contrato……………………… 116 II. Licitación privada……………………………………….. 117 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118 3. Características………………………………………. 119 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 119 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119 3.3. Subsidiariamente le son aplicables las normas de la licitación pública…. 120 4. Principales etapas……………………………………. 120 4.1. Dictación y publicación de la resolución fundada que dispone la licitación privada…… 120 4.2. Preparación y elaboración de las bases de licitación privada….. 121 4.3. Invitación a participar……………………………… 121 4.4. Recepción y evaluación de ofertas…………………….. 122 4.5. Adjudicación y perfeccionamiento del contrato………….. 123 III. Trato o contratación directa……………………………….. 123 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 124 Índice 261 3. Características………………………………………. 125 3.1. No es un procedimiento concursal, sino una negociación directa. 125 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación pública y privada. 127 4. Principales etapas……………………………………. 127 4.1. Cotizaciones previas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127 4.2. Dictación y publicación de la resolución fundada por medio de la cual se procede al trato directo e identificación del contratante. 128 4.3. Celebración del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 IV. Compra Ágil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 130 3. Características………………………………………. 131 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 131 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 132 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación privada………………………………………… 132 4. Principales etapas……………………………………. 132 4.1. Requerimiento de 3 cotizaciones……………………… 132 4.2. Emisión y posterior aceptación de la orden de compra……… 133 V. Convenio marco…………… 133 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 3. Características………………………………………. 135 3.1. En ciertos aspectos es un mecanismo de carácter Concursal y, en otros, es una negociación……..135 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 136 4. Principales etapas……………………………………. 137 4.1. Suscripción del convenio marco por la DCYCP. . . . . . . . . . . . . . . 137 4.2. Suscripción del convenio marco por la entidad licitante…….. 139 VI. Gran compra vía convenio marco……………………………. 139 1. Concepto………………………………………. 139 2. Procedencia…………………………………….. 140 3. Características…………………………………… 140 3.1. En ciertos aspectos es un procedimiento concursal abierto y en otros es cerrado …………… 141 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 262 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 141 3.3. Supletoriamente, se le aplican todas las disposiciones del RLBCASYPS…………………………………….. 141 4. Principales etapas……………………………………. 141 4.1. Comunicación de la intención de compra. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142 4.2. Presentación y evaluación de ofertas…………………… 142 4.3. Adjudicación, dictación del acto administrativo y suscripción del acuerdo complementario…………………………… 143 Cuarta Parte LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO………….. 144 I. Principio de estricta sujeción a las bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144 II. Principio de libre concurrencia……………………………… 147 Capítulo III EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES. . . . . 151 Primera Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………………… 151 I. El principio de igualdad en la CPR…………………………… 151 1. Igualdad general. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152 2. La igualdad como protección de bienes públicos importantes. . . . . . . 156 3. Igualdad como no discriminación por factores pertenecientes a grupos…. 156 4. Igualdad como obligación positiva de promover la igualdad de oportunidades……… 158 II. El principio de igualdad en las contrataciones administrativas………. 159 III. Elementos sustantivos (dimensión formal) del principio de igualdad de los oferentes regulado en el artículo 9 de la LOCBGAE……….. 161 IV. La tautología del contenido del principio de igualdad de los oferentes en La jurisprudencia del TCP y la CGR. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164 V. Distintas concepciones del principio de igualdad de los oferentes. . . . . . . 167 1. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una igualdad de trato….. 167 263 2. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una prohibición de privilegios… 168 3. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de imparcialidad… 169 4. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de igualdad de oportunidades. . . . . 170 5. El principio de igualdad de los oferentes como igual sujeción a las base. .. . .. . . . 171 VI. Infracciones al principio de igualdad de los oferentes…………….. 172 1. Otorgar un privilegio a un oferente en desmedro del resto de los proponentes…………………………………………… 173 2. Establecer un trato desigual entre los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175 3. Causar un perjuicio al resto de los participantes………………. 177 4. Dejar a un oferente en desventaja respecto con el resto………… 177 5. Comparar ofertas que no resultan del todo comparables……….. 178 Segunda Parte MANIFESTACIONES Y EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………….. 179 I. Fase preparatoria a la licitación…………………………….. 179 1. El estudio de mercado previo debe efectuarse considerando a todos los Oferentes…………………………………………… 180 2. El diseño de las bases debe efectuarse con confidencialidad……… 180 3. La entidad licitante debe utilizar el procedimiento de contratación Administrativa que la LBCASYPS y el RLBCASYPS determinan para cada Caso en particular…………………………………….. 181 II. Elaboración, diseño y publicación de las bases de la licitación……….. 182 1. Las bases deben estar formuladas con un lenguaje preciso y directo…………. 183 2. El orden de prelación que existe entre los documentos que rigen la Licitación no puede ser modificado……………………….. 184 3. El contenido de las bases no puede ser objeto de negociaciones entre La Administración y el oferente…………………………… 185 4. Las condiciones y reglas fijadas en las bases no pueden establecer diferencias arbitrarias entre los proponentes……………………. 186 5. Las características o estándares de los bienes o servicios solicitados deben Ser descritos de manera objetiva………………………….. 188 5.1. Las bases no pueden solicitar marcas específicas………….. 189 5.2. No se pueden describir los bienes o servicios requeridos de manera tal que sólo un proveedor pueda cumplir con dichas exigencias. 191 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 264 6. El contenido de las bases no puede ser modificado, sino muy limitadamente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192 5.1. El contenido de las bases puede ser modificado antes del cierre De la recepción de las ofertas siempre que se otorgue un plazo Prudencial a los proveedores para adecuar sus propuestas…… 193 5.2. Luego del cierre de la recepción de las ofertas, el contenido de Las bases no puede ser modificado, a menos que se resguarden los Eventuales derechos de los oferentes…………………… 194 5.3. El contenido de las bases no puede ser modificado durante el Periodo de preguntas y aclaraciones…………………… 196 5.4. En caso de que una licitación pública o privada sea declarada Desierta, el contenido de las bases de la nueva licitación o trato Directo no puede ser modificado……………………… 197 III. Llamado a los oferentes…………………………………… 198 1. El llamado debe ser público y gratuito……………………… 199 2. El llamado debe ser abierto…………………………….. 200 IV. Presentación de ofertas…………………………………… 202 1. Las ofertas deben someterse a los requisitos exigidos en las bases…. 203 1.1. Excepción: pueden aceptarse las ofertas que no cumplen con los Requisitos formales, no esenciales, exigidos en las bases. . . . . . . . 204 2. Las ofertas deben contener todos los documentos y antecedentes exigidos En las bases, por lo que no pueden admitirse ofertas incompletas…. 207 2.1. No procede la aceptación de ofertas incompletas, aun cuando las Omisiones hayan sido justificadas por el oferente afectado…… 208 2.2. No procede aceptar ofertas incompletas, aun cuando la entidad Licitante cuente con los documentos omitidos por haber sido presentados en licitaciones anteriores……………………. 209 2.3. No procede que la entidad licitante acepte documentos equivalentes a los solicitados en los respectivos pliegos ……………….. 209 2.4. No procede la aceptación de ofertas incompletas amparándose en Que los archivos digitales contenían errores técnicos……….. 210 2.5. Excepción: pueden aceptarse ofertas incompletas siempre y cuando La omisión recaiga en aspectos formales, no esenciales exigidos en Las bases. . . . . . . 211 3. Las ofertas no pueden ofrecer bienes o servicios adicionales a los solicitados, aun cuando aquel ofrecimiento no implique un mayor gasto Para la Administración…………… 211 4. Las ofertas deben ser presentadas dentro del plazo establecido en las Bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213 5. No pueden admitirse modificaciones a las ofertas…………….. 214 Índice 265 5.1. Primera excepción: facultad de la autoridad licitante para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales . . . . . . . . 215 5.2. Segunda excepción: facultad de la entidad licitante para solicitar Aclaraciones de las ofertas………………………….. 219 6. Cada oferente tiene el derecho a presentar una sola oferta………. 221 V. Las garantías o cauciones………………………………….. 223 1. La entidad licitante debe solicitar a todos los oferentes una garantía que Cumpla con las mismas condiciones……………………….. 223 1.1. Todos los oferentes deben presentar una garantía…………. 223 1.2. Las garantías presentadas por los oferentes deben cumplir con las mismas Condiciones……………………………… 223 2. El monto de las garantías no debe significar una discriminación arbitraria para las empresas y oferentes más pequeños…………………. 225 VI. Evaluación de las ofertas………………………………….. 226 1. La evaluación de las ofertas debe realizarse por medio de una comisión Imparcial…………………………………………… 227 1.1. Los miembros de la Comisión Evaluadora no pueden tener conflictos de interés…………………………………. 227 1.2. Prohibición de contacto entre los miembros de la Comisión Evaluadora y los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 228 2. La evaluación de las ofertas debe efectuarse de conformidad con los Criterios, puntajes y ponderaciones establecidos en las bases……… 230 3. Las ofertas deben ser evaluadas en base a criterios objetivos……… 233 VII. Adjudicación y ejecución del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238 1. La adjudicación debe realizarse de conformidad con los mecanismos Definidos en las bases………………………………….. 238 2. El pago del contrato debe realizarse de conformidad a lo estipulado en las bases…………………………………………… 239 3. El contrato no puede ser modificado………………………. 239 3.1. Primera excepción: los contratos administrativos pueden ser Objeto de modificaciones cuando así lo permitan las bases y/o el Contrato……………………….. 241 3.2. Segunda excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones en caso de que ocurra un caso fortuito o fuerza mayor………………………………………….243 3.3. Tercera excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones que no alteren su esencia. . . . . . . . . . . . . . . . . 245 Conclusiones……………………………………………… 247 Bibliografía……………………………………………….. 249COMENTARIOS DE SENTENCIAS Y DICTÁMENES EN TEMAS RELEVANTES DE LA DISCIPLINA (2012 A 2022) Comentarios de sentencias y dictámenes en temas relevantes de la disciplina (2012 – 2022) Esta obra recopila comentarios de jurisprudencia publicados por el autor en la última década, sobre 32 temas relevantes de la praxis del derecho administrativo. Entre los temas aquí seleccionados se encuentran: fuentes del derecho administrativo; organización administrativa; derecho laboral administrativo; problemas de los varios tipos de actos administrativos y sus vicios; problemas actuales del procedimiento administrativo; sobre bienes públicos y recursos naturales; temas relativos al control y el contencioso administrativo, entre otros temas.
INDICE Una Forma de Control Judicial de la intervención Estatal en la Economía
Esta obra aborda un tema omitido en la doctrina nacional, como es la existencia de un tribunal con competencia para conocer asuntos económicos, rol que cumple el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). El autor revisa exhaustivamente la jurisprudencia y práctica del TDLC y la Corte Suprema respecto del control de la actividad administrativa, dividiendo su investigación en cuatro partes: en la primera, aborda cuestiones sobre la intervención del Estado en la economía y aspectos históricos que permiten entender cómo se llegó a controlar la actividad estatal por el sistema de libre competencia y los aspectos de diseño institucional que permiten esa revisión. En la segunda parte, examina el ámbito del contencioso-administrativo del TDLC, que no solo incluye la actividad jurisdiccional contenciosa, sino también la judicial no contenciosa. En la tercera parte, pesquisa el alcance y eficacia de las decisiones dictadas por el TDLC al controlar la actividad estatal, esencialmente, sentencias y resoluciones dictadas en el marco de la potestad consultiva, así como la tutela cautelar contra la Administración. Finalmente, en la cuarta parte, se estudian los criterios sustantivos que subyacen a las decisiones del TDLC al juzgar la actividad estatal. Este trabajo será de gran utilidad para abogados en ejercicio profesional que buscan sedes judiciales para debatir asuntos con la Administración, especialmente en materia económica, como una sede alternativa al Tribunal de Contratación Pública o Contraloría General de la República, y también para los profesionales que se dedican a la litigación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o que se relacionan con la Fiscalía Nacional Económica en sus investigaciones u operaciones de concentración (fusiones), entre otros.
La presente obra tiene por objeto ser una herramienta de apoyo para el estudio del principio de transparencia y acceso a la información, que permita conocer y aplicar aquellas nociones destinadas a mejorar el acceso a la justicia bajo el imperativo de justicia abierta y transparente. La idea de “justicia abierta” se enmarca dentro del concepto de “gobierno abierto” como manifestación moderna de la democracia, que propone una nueva representación de los procesos basados en los pilares de transparencia y participación ciudadana. Por su parte, la open justice se ha desarrollado bajo la creciente aplicación de buenas prácticas judiciales, propiciando los datos abiertos y la colaboración judicial, además de las innovaciones tecnológicas. Todos estos temas serán abordados y revisados en el desarrollo del presente trabajoColección de Derecho Administrativos. La presente investigación aborda uno de los capítulos tradicionales que integran el Derecho Administrativo general, cual es, la contratación administrativa y los contratos administrativos, como expresión de la actividad formal de la Administración del Estado, cuyo enfoque se sitúa en el contexto de nuestro ordenamiento jurídico interno, principalmente a partir de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento, la Ley del MOP y el Reglamento de Contratos de Obra Pública, la Ley de Concesiones de Obra Pública y su Reglamento, analizadas, por cierto, en el contexto de otras fuentes jurídicas, como la Constitución Política, los tratados internacionales pertinentes, la Ley N° 18.575, la Ley N° 19.880, la Ley N° 20.285, y la Ley de Administración Financiera del Estado Decreto Ley N° 1.263, así como la jurisprudencia constitucional, judicial y administrativa, sin perjuicio de recurrir también a la doctrina nacional e internacional. Se trata en definitiva, de una obra destinada principalmente a académicos y profesores de la cátedra de Derecho Administrativo, como también a los abogados, administradores públicos, estudiantes de Derecho, y a todos los servidores y funcionarios que se desempeñan en los órganos de la Administración del Estado. El primer capítulo aborda los fundamentos de la contratación administrativa, vale decir, lo denominada teoría o parte general, conformada por los conceptos, características, clasificaciones y elementos de los contratos administrativos, así como los principios jurídicos y procedimientos de contratación pública, luego, los efectos de tales contratos, el control de los mismos, su régimen de extinción y finalmente, los mecanismos de solución de controversias. Los capítulos siguientes se abocan a la parte especial, es decir, al estudio de los contratos administrativos en particular. El segundo apartado se ocupa de los contratos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en aquellos sometidos al régimen normativo de la Ley de Compras Públicas. A su turno, el tercero y el cuarto apartado abordan, respectivamente, los contratos de obra pública, principalmente aquellos regidos por la normativa del MOP-, y de concesiones de esta obra pública, aquellos que regula la Ley concesiones y su Reglamento. Por su parte el quinto capítulo, analiza la estructura del contrato de concesiones de servicio público, incursionando en algunas de las modalidades de concesiones de servicio público que contempla nuestro ordenamiento jurídico administrativo. En definitiva, se trata de un texto pedagógico de estudio, cuyo índice temático se ajusta a los programas universitarios definidos para dicha materia por las Facultades de Derecho y Ciencia Jurídicas, y que por tanto privilegia el enfoque didáctico y sistemático sobre la materia, desde la perspectiva de la asignatura de Derecho Administrativo impartida-como curso de pregrado- en la carrera de Derecho. Ediciones Jurídicas El Jurista
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