Medidas de Apoyo a las Personas Con Discapacidad
Medidas de Apoyo a las Personas Con Discapacidad
Medidas prejudiciales y precautorias ante la jurisprudencia
Este libro es el resultado de un proceso de selección de la jurisprudencia de las medidas prejudiciales y precautorias en los procesos civiles.
Tratándose de las medidas prejudiciales se describen los criterios jurisprudenciales referidos a las medidas preparatorias probatorias, siendo la de exhibición de documentos la que mayoritariamente ha sido abordada por las Cortes.También se analizan las medidas prejudiciales precautorias en cuanto a los requisitos y obligaciones que el legislador impone al solicitante.
En cuanto a las medidas precautorias propiamente tales, se describe la jurisprudencia referida a los requisitos generales de dichas medidas y, posteriormente la de cada una de las que señala el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil.
Esperamos que esta investigación sea útil para abogados litigantes.
PRIMERA PARTE MEDIDAS PREJUDICIALES
- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MEDIDA PREJUDICIAL
- No basta la enunciación de la acción que se perseguirá para conceder medida prejudicial referida a contrato
- Si solicitante modifica solicitud eliminando frases que condicionaban las acciones a deducir proceden acceder a la medida prejudicial
- No resulta procedente la oposición a la medida prejudicial precautoria decretada, desde que ello no se encuentra expresamente contemplado en la ley
- Obligación de presentar demanda dentro del término de diez días sólo resulta procedente respecto de las medidas prejudiciales precautorias no así de las preparatorias
- MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS
- Exhibición de documentos
1.1. Se deben exhibir documentos que están en poder de la parte contra la que se solicita 1.2. No procede apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil ya que solicitada no puede contar con pagaré porque no existe 1.3. Si obligada a exhibir documentos manifestó que no tiene pagaré que acompañar resulta justificado que no lo pueda exhibir porque no existe 1.4. Circunstancia de que demandado no cuente con documentos en su poder o se encuentra impedido de exhibirlos no puede ser presumida por el tribunal sino deben ser invocada por parte solicitante 1.5. Se entiende cumplida medida prejudicial de exhibición de documentos si se aportaron documentos cuya exhibición se solicitó aun cuando no lo haya realizado respecto de aquéllos cuya existencia ha negado 1.6. Inexistencia de motivos que justifiquen medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Documentos secretos o confidenciales 1.7. Procede solicitud de exhibición de documento ya que requisito de confidencialidad debe ser mirado a la luz de quien es el peticionario siendo aquel el propio demandante 1.8. No puede concederse medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos si no se determinan concretamente 1.9. Exhibición de documentos. No corresponde hacer extensivo el apercibimiento a otros documentos distintos al solicitados 1.10. Medida prejudicial de exhibición de documentos está relacionada con el juicio que se pretende entablar y su vinculación con lo pedido 1.11. Medida prejudicial de exhibición requiere especificación detallada de documentos que se pretende hacer exhibir 1.12. Procede medida prejudicial de exhibición de instrumento privados toda vez que se individualiza monto de deuda, su fecha y comunicación al Boletín Comercial 1.13. Medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no interrumpe prescripción de responsabilidad por daños en la construcción si demandante es distinto en proceso 1.14. Concluida medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no es aplicable plazo para deducir la demanda posterior y la notificación de la misma debe serlo personalmente 1.15. Tribunal debe acoger a tramitación la oposición de la demandada a la medida prejudicial de exhibición
- Medida prejudicial de inspección personal del tribunal puede llevarse a cabo sin audiencia de la parte contraria
- Medida prejudicial de informe de perito
- Tribunal que conoce de medida prejudicial probatoria es competente para conocer de la acción principal
- Norma de atribución de competencia para conocimiento de demanda habiéndose solicitado medida prejudicial
- Resolución que resuelve solicitud de medida prejudicial preparatoria es apelable
III. MEDIDAS PREJUDICIALES PRECAUTORIAS
- Requisitos para solicitar las medidas prejudiciales precautorias
- Medidas prejudiciales precautorias sólo se pueden impetrar por el demandante en contra de quien se propone demandar
- Requisito de garantía 3.1. Plazo de 30 días para constituir fianza se cuenta desde notificaciónde resolución que concede medida precautoria 3.2. Procede decretar medida prejudicial precautoria sin que sea motivopara lo contrario que fiador propuesto goce la calidad de mandatario y abogado patrocinante 3.3. Resulta garantía suficiente para efectos de obtener medida prejudicial precautoria vehículo motorizado siendo improcedente aplicar a efectos de evaluar suficiencia art. 2350 de Código Civil 3.4. Se revoca medida prejudicial de prohibición de celebrar contratos y actos ya que fianza no puede recaer en el mismo demandante 3.5. Revocación de medida prejudicial precautoria ante incumplimiento de obligación de caución o fianza
- Obligaciones de presentar demanda dentro de término y pedir que se mantenga medida 4.1. Alcance de las obligaciones del artículo 280 del Código de Procedimiento Civil 4.2. Plazo para notificación de medida prejudicial precautoria. Caducidad 4.3. Ley no exige que la demanda efectivamente interpuesta sea idéntica a fundamentos expuestos en medida prejudicial precautoria 4.4. Demanda presentada en procedimiento iniciado por medida judicial deben estar necesariamente relacionada con la medida 4.5. Ampliación o rectificación de la demanda que menciona mantener la medida prejudicial precautoria se entenderá formar parte de aquélla para efectos legales 4.6. Sanción prevista en artículo 280 del Código de Procedimiento Civil para evento de no presentación dentro de plazo no es la inadmisibilidad de la demanda 4.7. Plazo para presentar demanda conforme artículo 280 del CPC lo es exclusivamente para mantener la vigencia de la medida prejudicial precautoria. Incumplimiento no faculta al tribunal para tener por no interpuesta la demanda 4.8. No corresponde supeditar vigencia de medida prejudicial precautoria a notificación de demanda en un determinado plazo 4.9. Concesión de medidas prejudiciales precautorias y aplicación de regla de la radicación 4.10. Tribunal competente para conocer la demanda en caso de caducidad de la medida prejudicial precautoria 4.11. Requisitos de legalidad de vigencia de medida prejudicial precautoria 4.12. Validación de nulidad procesal de medidas prejudiciales precautorias si el tribunal amplió el plazo más allá de lo señalado por artículo 280 al decretarse en juicio su mantención como medida precautoria cautelar 4.13. Habiéndose decretado medida prejudicial precautoria demanda se notifica por estado diario 4.14. Requisitos de periculum in mora en medida prejudicial precautoria ]4.15. Procede mantener medida prejudicial precautoria ante solicitud de designación de juez partidor ya que existe una alta probabilidad de que los comuneros puedan vender sus acciones y derechos 4.16. Procede decretar alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos si en la demanda la actora difiere del fundamento entregado al solicitarla
- Nombramiento de interventor
- Medida prejudicial precautoria de retención de bienes
- Medidas prejudiciales precautorias innominadas 7.1. Juez ha de ponderar si ellas son instrumentales a la protección de la posibilidad de que quien las solicita 7.2. Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
III. PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LAS MEDIDAS PREJUDICIALES
- Son aplicables al juicio ejecutivo las medidas precautorias prejudiciales siempre que cumplan con todos los requisitos legales
- Procede medida prejudicial precautoria en procedimiento de designación de juez árbitro
- Juzgado civil tiene competencia para conocer de medida prejudicial si tribunal arbitral no se constituye
- Demora en presentación de demanda ante juez árbitro habiéndose acogido solicitud de medida prejudicial
- Puede solicitarse medida prejudicial ante justicia ordinaria, aunque se haya prorrogado competencia a juez árbitro
- Gestión preparatoria se entiende incluida dentro de medidas prejudiciales en cláusula compromisoria
- Requisitos de medidas prejudiciales precautorias en procedimiento de laley de propiedad intelectual son los mismos que establece el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil
- Procede medida prejudicial para acción de desposeimiento de finca hipotecada
- APELACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA SOLICITUD DE MEDIDAS PREJUDICIALES
- Medidas prejudiciales preparatorias
1.1. Resolución que rechaza solicitud de medida prejudicial preparatoria es un auto y no es apelable 1.2. Resolución que acogió parcialmente medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.3. Resolución que acoge medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.4. Resolución que concede medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.5. Resolución que concede una medida prejudicial probatoria es apelable sólo en efectivo devolutivo 1.6. Resolución que dispone que solicitante precise finalidad de medida prejudicial y documentos que cuya exhibición pretende no es apelable
- Medidas prejudiciales precautorias
2.1. Resolución que se pronuncia sobre medida precautoria acogiéndola o rechazándola es apelable 2.2. Resolución que rechaza alzamiento de medida prejudicial es apelable si actor no dedujo demanda dentro de plazo establecido en la ley 2.3. Sentencia que concede medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar contratos y actos es apelable 2.4. Resolución que rechaza la ampliación de plazo solicitada para la notificación de la medida prejudicial precautoria no es apelable 2.5. Resolución que dispone que solicitante ofrezca fianza en virtud de medida prejudicial precautoria no es apelable 2.6. Resolución que rechaza solicitud de dejar sin efecto medida precautoria prejudicial es apelable
SEGUNDA PARTE MEDIDAS PRECAUTORIAS
- REQUISITOS GENERALES DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS
- Objetivo de las medidas precautorias
- Comprobantes graves del derecho que se reclama
- Oposición a medida precautoria siempre da lugar a formación de incidente
- Para solicitar medida precautoria es necesario que esté notificada la demanda. Desde ese momento se entiende existir juicio
- Medidas son esencialmente provisionales
5.1. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.2. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.3. Pueden concederse medidas precautorias una vez citadas las partes a oír sentencia
- No proceden medidas precautorias en juicio ejecutivo
- MEDIDA PRECAUTORIA DE SECUESTRO DE LA COSA QUE ES OBJETO DE LA DEMANDA
- Medida precautoria de secuestro. No hay peligro de deterioro de camión si tiene seguro2. Se acoge medida prejudicial precautoria de secuestro de vehículos objeto de contrato de arrendamiento con opción de compra que se encuentra incumplido por no pago de rentas
III. MEDIDA PRECAUTORIA DE NOMBRAMIENTO DE INTERVENTOR
- Necesidad de periculum in mora para acoger medida precautoria de nombramiento de interventor
- Medida precautoria de nombramiento de interventor. Demanda por mala implementación de un sistema destinado a proteger de las heladas la cosecha de mandarinas de la demandante
- Procede medida precautoria de designación de interventor a pesar de que no se hayan indicado bienes determinados
- No resulta correcto el razonamiento del tribunal para negar lugar al interventor solicitado basado en circunstancia de existir una comunidad hereditaria y no bienes determinados de la misma
- Facultades del interventor
- Recurso de apelación
6.1. Posición que señala que no es apelable resolución que rechaza la solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.2. Posición que sostiene que es apelable la resolución que se pronuncia sobre solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.3. Resolución que limita facultades del interventor designado en los autos arbitrales no es apelable subsidiariamente
- MEDIDA PRECAUTORIA DE RETENCIÓN DE BIENES
- Requisito de peligro de demora
1.1. No procede decretar medida precautoria de retención si no se prueba por actor periculum in mora 1.2. Patrimonio del demandado que podría verse comprometido, dificultando o haciendo imposible el futuro cumplimiento de la sentencia 1.3. Si demandada es una municipalidad no se cumple requisito de que las facultades económicas del demandado no ofrezcan garantías suficientes
- Procedencia de retención de bienes cuando éstos son de fácil transferencia
- Corresponde acreditar necesidad de medida precautoria de retención de bienes respecto de todos los demandados
- No procede precautoria de retención de bienes que no sean objeto del juicio si no se acredita concurrencia de requisitos
- No es procedente decretar medida precautoria de retención ni de prohibición de celebrar actos o contratos por no verificarse requisito de proporcionalidad con la cuantía del juicio
- Medida precautoria de retención de bienes sobre fondos excedentes de remate en cuenta corriente de tribunal
- Medida precautoria de retención de dinero. Extensión. Término de funcionamiento de persona jurídica demandada
- Procede medida precautoria de retención de dineros contra persona natural representante legal de empresa demandada considerando que mantiene otros juicios de elevadas cuantías
- Medida precautoria de retención de dineros decretada en sí misma en nada puede servir para acreditar el daño demandado
- No es obstáculo para acoger medida precautoria de retención de bienes el hecho de haberse reservado la demandante el avalúo y monto de los perjuicios para la etapa de cumplimiento o un juicio posterior
- Desproporción de la medida de retención de bienes
- Recurso de apelación
12.1. Resolución que rechaza solicitud de medida precautoria de retención de bienes no es apelable 12.2. Es apelable subsidiariamente resolución que acogió medida precautoria de retención de bienes
- MEDIDA PRECAUTORIA DE PROHIBICIÓN DE CELEBRAR ACTOS Y CONTRATOS
- Requisitos para conceder medida precautoria de prohibición de celebras actos y contratos
- Alcance de los antecedentes exigidos por la ley para otorgarla
- Necesidad de acreditar periculum in mora para ampliación de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
- Se rechaza solicitud de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos al no incorporar documentos que den cuenta de presunción, valor de la propiedad y proporcionalidad
- Proporcionalidad
5.1. Procede medida precautoria de prohibición de actos y contratos pero considerando la proporcionalidad de la medida 5.2. Se rechaza medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto inmueble ya que su tasación fiscal es superior a cuantía de supuesta deuda en más de un tercio 5.3. Opositor a medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmueble debe acreditar desproporcionalidad
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos. Certificados de fianza
- Sola circunstancia de que demandado mantenga una serie de procesos judiciales pendientes resulta insuficiente para acceder a medida precautoria
- No procede disponer medida de prohibición de celebrar actos y contratos ya que inminencia de inicio de una partición del inmueble no configura peligro en la demora
- Sucesiva transferencia de inmueble objeto de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos constituye presunción grave que hace evidente que demandado no ofrece garantía suficiente para responder a resultas del juicio
- Deuda de energía eléctrica y agua potable existente hace varios meses constituye indicio para decretar medida prejudicial precautoria
- Tardanza en pago de obligación emanada de sentencia firme es antecedente que acredita presupuestos de medida precautoria
- Prohibición de celebrar actos y contratos no procede si se persigue cobro de saldo de precio
- Procede decretar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos ya que sentencia acogió parcialmente la pretensión de los actores
- Procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de partición por tardanza de notificar a todos los comuneros
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmueble aportado por la demandada a sociedad de la cual es socia mayoritaria. Teoría del levantamiento del velo
- Corresponde medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de vehículo considerando certificados de deuda de servicios básicos y gastos comunes del departamento objeto del juicio
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando sentencia penal condenatoria firme y que si bien la demandada posee bienes aquellos presentan facilidad inherente de enajenación
- Procede medida precautoria de celebrar actos y contrato respecto de inmueble que es objeto de acción ejecutiva hipotecaria
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando elevado monto adeudado y que la acción se funda en incumplimientos de pagos pactados desde el año 2016
- Boleta de garantía
20.1. No procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de boleta de garantía
20.2. Medida precautoria consistente en la prohibición de presentar a cobro Boleta Garantía Fiel Cumplimiento en juicio de resolución de contrato con municipalidad
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de derechos y acciones de sociedades considerando que son materia de juicio de acciones de nulidad incoadas
- Medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a bienes que son materia del juicio no requiere acreditar facultades de demandado
- Procede mantener medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos ya que no es necesario acreditar facultades del demandado que no ofrezcan garantía
- No es aplicable medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de declaración de interdicción
- Alzamiento
25.1. Se rechaza alzamiento de medida precautoria que recae en bien que es materia de juicio de resolución de contrato de compra venta 25.2. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos y prenda ya que se acreditó extinción de la obligación 25.3. Procede acoger solicitud de alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmuebles decretada por tribunal arbitral en el año 1986 25.4. Procede dejar sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a inmueble al haber sido obtenida como prejudicial modificándose sus presupuestos de emergencia que se habían tenido a la vista 25.5. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de actos y contratos ya que su aplicación no se encuentra restringida a un bien determinado 25.6. No procede alzamiento parcial de medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de inmueble que el incidentista pretende arrendar
- Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes ajenos al juicio 26.1. Requisitos para decretar prohibición de celebrar actos puede afectar a bienes ajenos al juicio si no existe garantía que asegure su resultado 26.2. Es necesario que el solicitante acredite que el demandado no cuenta con bienes que den garantía suficiente para asegurar el resultado del juicio 26.3. Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes que no sean materia del juicio. Demandado no debe ofrecer suficiente garantía 26.4. Solicitante de precautoria que recaiga sobre bienes que no son objeto del juicio debe acreditar que las facultades económicas del demandado no son suficientes
- Medidas precautorias respecto de terceros
- Inmueble de propiedad de tercero no puede ser objeto de prohibición de celebrar actos y contratos
- Efectos de la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
29.1. No produce efectos medida precautoria dictada luego de enajenación de inmueble 29.2. Si no existe prohibición de enajenar a época de venta de inmueble no hay objeto ilícito 29.3. Fallecimiento de uno de los demandados no es causa suficiente para reponer prohibición de celebrar actos y contratos si ya había sido alzada
- Recurso de apelación 30.1. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable 30.2. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre cinco bienes inmuebles de sociedad conyugal es apelable en el solo efecto devolutivo 30.3. Resolución que otorga medida de prohibición de celebración de actos y contratos es apelable en el solo efecto devolutivo 30.4. Resolución que resolvió negar lugar a solicitud de alzamiento de la medida precautoria es apelable 30.5. Arrendamiento. Resolución que concede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable 30.6. No procede apelación respecto de resoluciones que dejan sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos en procedimiento de Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos
- MEDIDAS PRECAUTORIAS INNOMINADAS
- Procede revocar medida precautoria innominada relativa a suspender efectos de licitación por no cumplir por periculum in mora y por no concretar caución
- Medida precautoria innominada es esencialmente transitoria
- No procede medida cautelar innominada de suspensión de cobro deboleta de garantía y su ampliación de suspensión de cobro de póliza de garantía en caso sub lite
- Error del solicitante al confundir medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos con medida innominada
- Desproporción en medida precautoria innominada
- Resolución que concede medida precautoria innominada es apelable
- Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
Medidas prejudiciales y precautorias ante la jurisprudencia
Este libro es el resultado de un proceso de selección de la jurisprudencia de las medidas prejudiciales y precautorias en los procesos civiles.
Tratándose de las medidas prejudiciales se describen los criterios jurisprudenciales referidos a las medidas preparatorias probatorias, siendo la de exhibición de documentos la que mayoritariamente ha sido abordada por las Cortes.También se analizan las medidas prejudiciales precautorias en cuanto a los requisitos y obligaciones que el legislador impone al solicitante.
En cuanto a las medidas precautorias propiamente tales, se describe la jurisprudencia referida a los requisitos generales de dichas medidas y, posteriormente la de cada una de las que señala el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil.
Esperamos que esta investigación sea útil para abogados litigantes.
PRIMERA PARTE MEDIDAS PREJUDICIALES
- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MEDIDA PREJUDICIAL
- No basta la enunciación de la acción que se perseguirá para conceder medida prejudicial referida a contrato
- Si solicitante modifica solicitud eliminando frases que condicionaban las acciones a deducir proceden acceder a la medida prejudicial
- No resulta procedente la oposición a la medida prejudicial precautoria decretada, desde que ello no se encuentra expresamente contemplado en la ley
- Obligación de presentar demanda dentro del término de diez días sólo resulta procedente respecto de las medidas prejudiciales precautorias no así de las preparatorias
- MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS
- Exhibición de documentos
1.1. Se deben exhibir documentos que están en poder de la parte contra la que se solicita 1.2. No procede apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil ya que solicitada no puede contar con pagaré porque no existe 1.3. Si obligada a exhibir documentos manifestó que no tiene pagaré que acompañar resulta justificado que no lo pueda exhibir porque no existe 1.4. Circunstancia de que demandado no cuente con documentos en su poder o se encuentra impedido de exhibirlos no puede ser presumida por el tribunal sino deben ser invocada por parte solicitante 1.5. Se entiende cumplida medida prejudicial de exhibición de documentos si se aportaron documentos cuya exhibición se solicitó aun cuando no lo haya realizado respecto de aquéllos cuya existencia ha negado 1.6. Inexistencia de motivos que justifiquen medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Documentos secretos o confidenciales 1.7. Procede solicitud de exhibición de documento ya que requisito de confidencialidad debe ser mirado a la luz de quien es el peticionario siendo aquel el propio demandante 1.8. No puede concederse medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos si no se determinan concretamente 1.9. Exhibición de documentos. No corresponde hacer extensivo el apercibimiento a otros documentos distintos al solicitados 1.10. Medida prejudicial de exhibición de documentos está relacionada con el juicio que se pretende entablar y su vinculación con lo pedido 1.11. Medida prejudicial de exhibición requiere especificación detallada de documentos que se pretende hacer exhibir 1.12. Procede medida prejudicial de exhibición de instrumento privados toda vez que se individualiza monto de deuda, su fecha y comunicación al Boletín Comercial 1.13. Medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no interrumpe prescripción de responsabilidad por daños en la construcción si demandante es distinto en proceso 1.14. Concluida medida prejudicial probatoria de exhibición de documento no es aplicable plazo para deducir la demanda posterior y la notificación de la misma debe serlo personalmente 1.15. Tribunal debe acoger a tramitación la oposición de la demandada a la medida prejudicial de exhibición
- Medida prejudicial de inspección personal del tribunal puede llevarse a cabo sin audiencia de la parte contraria
- Medida prejudicial de informe de perito
- Tribunal que conoce de medida prejudicial probatoria es competente para conocer de la acción principal
- Norma de atribución de competencia para conocimiento de demanda habiéndose solicitado medida prejudicial
- Resolución que resuelve solicitud de medida prejudicial preparatoria es apelable
III. MEDIDAS PREJUDICIALES PRECAUTORIAS
- Requisitos para solicitar las medidas prejudiciales precautorias
- Medidas prejudiciales precautorias sólo se pueden impetrar por el demandante en contra de quien se propone demandar
- Requisito de garantía 3.1. Plazo de 30 días para constituir fianza se cuenta desde notificaciónde resolución que concede medida precautoria 3.2. Procede decretar medida prejudicial precautoria sin que sea motivopara lo contrario que fiador propuesto goce la calidad de mandatario y abogado patrocinante 3.3. Resulta garantía suficiente para efectos de obtener medida prejudicial precautoria vehículo motorizado siendo improcedente aplicar a efectos de evaluar suficiencia art. 2350 de Código Civil 3.4. Se revoca medida prejudicial de prohibición de celebrar contratos y actos ya que fianza no puede recaer en el mismo demandante 3.5. Revocación de medida prejudicial precautoria ante incumplimiento de obligación de caución o fianza
- Obligaciones de presentar demanda dentro de término y pedir que se mantenga medida 4.1. Alcance de las obligaciones del artículo 280 del Código de Procedimiento Civil 4.2. Plazo para notificación de medida prejudicial precautoria. Caducidad 4.3. Ley no exige que la demanda efectivamente interpuesta sea idéntica a fundamentos expuestos en medida prejudicial precautoria 4.4. Demanda presentada en procedimiento iniciado por medida judicial deben estar necesariamente relacionada con la medida 4.5. Ampliación o rectificación de la demanda que menciona mantener la medida prejudicial precautoria se entenderá formar parte de aquélla para efectos legales 4.6. Sanción prevista en artículo 280 del Código de Procedimiento Civil para evento de no presentación dentro de plazo no es la inadmisibilidad de la demanda 4.7. Plazo para presentar demanda conforme artículo 280 del CPC lo es exclusivamente para mantener la vigencia de la medida prejudicial precautoria. Incumplimiento no faculta al tribunal para tener por no interpuesta la demanda 4.8. No corresponde supeditar vigencia de medida prejudicial precautoria a notificación de demanda en un determinado plazo 4.9. Concesión de medidas prejudiciales precautorias y aplicación de regla de la radicación 4.10. Tribunal competente para conocer la demanda en caso de caducidad de la medida prejudicial precautoria 4.11. Requisitos de legalidad de vigencia de medida prejudicial precautoria 4.12. Validación de nulidad procesal de medidas prejudiciales precautorias si el tribunal amplió el plazo más allá de lo señalado por artículo 280 al decretarse en juicio su mantención como medida precautoria cautelar 4.13. Habiéndose decretado medida prejudicial precautoria demanda se notifica por estado diario 4.14. Requisitos de periculum in mora en medida prejudicial precautoria ]4.15. Procede mantener medida prejudicial precautoria ante solicitud de designación de juez partidor ya que existe una alta probabilidad de que los comuneros puedan vender sus acciones y derechos 4.16. Procede decretar alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos si en la demanda la actora difiere del fundamento entregado al solicitarla
- Nombramiento de interventor
- Medida prejudicial precautoria de retención de bienes
- Medidas prejudiciales precautorias innominadas 7.1. Juez ha de ponderar si ellas son instrumentales a la protección de la posibilidad de que quien las solicita 7.2. Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
III. PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LAS MEDIDAS PREJUDICIALES
- Son aplicables al juicio ejecutivo las medidas precautorias prejudiciales siempre que cumplan con todos los requisitos legales
- Procede medida prejudicial precautoria en procedimiento de designación de juez árbitro
- Juzgado civil tiene competencia para conocer de medida prejudicial si tribunal arbitral no se constituye
- Demora en presentación de demanda ante juez árbitro habiéndose acogido solicitud de medida prejudicial
- Puede solicitarse medida prejudicial ante justicia ordinaria, aunque se haya prorrogado competencia a juez árbitro
- Gestión preparatoria se entiende incluida dentro de medidas prejudiciales en cláusula compromisoria
- Requisitos de medidas prejudiciales precautorias en procedimiento de laley de propiedad intelectual son los mismos que establece el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil
- Procede medida prejudicial para acción de desposeimiento de finca hipotecada
- APELACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN QUE SE PRONUNCIA SOBRE LA SOLICITUD DE MEDIDAS PREJUDICIALES
- Medidas prejudiciales preparatorias
1.1. Resolución que rechaza solicitud de medida prejudicial preparatoria es un auto y no es apelable 1.2. Resolución que acogió parcialmente medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.3. Resolución que acoge medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.4. Resolución que concede medida prejudicial de exhibición de documentos es apelable 1.5. Resolución que concede una medida prejudicial probatoria es apelable sólo en efectivo devolutivo 1.6. Resolución que dispone que solicitante precise finalidad de medida prejudicial y documentos que cuya exhibición pretende no es apelable
- Medidas prejudiciales precautorias
2.1. Resolución que se pronuncia sobre medida precautoria acogiéndola o rechazándola es apelable 2.2. Resolución que rechaza alzamiento de medida prejudicial es apelable si actor no dedujo demanda dentro de plazo establecido en la ley 2.3. Sentencia que concede medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar contratos y actos es apelable 2.4. Resolución que rechaza la ampliación de plazo solicitada para la notificación de la medida prejudicial precautoria no es apelable 2.5. Resolución que dispone que solicitante ofrezca fianza en virtud de medida prejudicial precautoria no es apelable 2.6. Resolución que rechaza solicitud de dejar sin efecto medida precautoria prejudicial es apelable
SEGUNDA PARTE MEDIDAS PRECAUTORIAS
- REQUISITOS GENERALES DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS
- Objetivo de las medidas precautorias
- Comprobantes graves del derecho que se reclama
- Oposición a medida precautoria siempre da lugar a formación de incidente
- Para solicitar medida precautoria es necesario que esté notificada la demanda. Desde ese momento se entiende existir juicio
- Medidas son esencialmente provisionales
5.1. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.2. Procede mantener medidas precautorias mientras duren las circunstancias que se tuvieron a la vista al decretarlas 5.3. Pueden concederse medidas precautorias una vez citadas las partes a oír sentencia
- No proceden medidas precautorias en juicio ejecutivo
- MEDIDA PRECAUTORIA DE SECUESTRO DE LA COSA QUE ES OBJETO DE LA DEMANDA
- Medida precautoria de secuestro. No hay peligro de deterioro de camión si tiene seguro2. Se acoge medida prejudicial precautoria de secuestro de vehículos objeto de contrato de arrendamiento con opción de compra que se encuentra incumplido por no pago de rentas
III. MEDIDA PRECAUTORIA DE NOMBRAMIENTO DE INTERVENTOR
- Necesidad de periculum in mora para acoger medida precautoria de nombramiento de interventor
- Medida precautoria de nombramiento de interventor. Demanda por mala implementación de un sistema destinado a proteger de las heladas la cosecha de mandarinas de la demandante
- Procede medida precautoria de designación de interventor a pesar de que no se hayan indicado bienes determinados
- No resulta correcto el razonamiento del tribunal para negar lugar al interventor solicitado basado en circunstancia de existir una comunidad hereditaria y no bienes determinados de la misma
- Facultades del interventor
- Recurso de apelación
6.1. Posición que señala que no es apelable resolución que rechaza la solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.2. Posición que sostiene que es apelable la resolución que se pronuncia sobre solicitud de medida precautoria de nombramiento de interventor 6.3. Resolución que limita facultades del interventor designado en los autos arbitrales no es apelable subsidiariamente
- MEDIDA PRECAUTORIA DE RETENCIÓN DE BIENES
- Requisito de peligro de demora
1.1. No procede decretar medida precautoria de retención si no se prueba por actor periculum in mora 1.2. Patrimonio del demandado que podría verse comprometido, dificultando o haciendo imposible el futuro cumplimiento de la sentencia 1.3. Si demandada es una municipalidad no se cumple requisito de que las facultades económicas del demandado no ofrezcan garantías suficientes
- Procedencia de retención de bienes cuando éstos son de fácil transferencia
- Corresponde acreditar necesidad de medida precautoria de retención de bienes respecto de todos los demandados
- No procede precautoria de retención de bienes que no sean objeto del juicio si no se acredita concurrencia de requisitos
- No es procedente decretar medida precautoria de retención ni de prohibición de celebrar actos o contratos por no verificarse requisito de proporcionalidad con la cuantía del juicio
- Medida precautoria de retención de bienes sobre fondos excedentes de remate en cuenta corriente de tribunal
- Medida precautoria de retención de dinero. Extensión. Término de funcionamiento de persona jurídica demandada
- Procede medida precautoria de retención de dineros contra persona natural representante legal de empresa demandada considerando que mantiene otros juicios de elevadas cuantías
- Medida precautoria de retención de dineros decretada en sí misma en nada puede servir para acreditar el daño demandado
- No es obstáculo para acoger medida precautoria de retención de bienes el hecho de haberse reservado la demandante el avalúo y monto de los perjuicios para la etapa de cumplimiento o un juicio posterior
- Desproporción de la medida de retención de bienes
- Recurso de apelación
12.1. Resolución que rechaza solicitud de medida precautoria de retención de bienes no es apelable 12.2. Es apelable subsidiariamente resolución que acogió medida precautoria de retención de bienes
- MEDIDA PRECAUTORIA DE PROHIBICIÓN DE CELEBRAR ACTOS Y CONTRATOS
- Requisitos para conceder medida precautoria de prohibición de celebras actos y contratos
- Alcance de los antecedentes exigidos por la ley para otorgarla
- Necesidad de acreditar periculum in mora para ampliación de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
- Se rechaza solicitud de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos al no incorporar documentos que den cuenta de presunción, valor de la propiedad y proporcionalidad
- Proporcionalidad
5.1. Procede medida precautoria de prohibición de actos y contratos pero considerando la proporcionalidad de la medida 5.2. Se rechaza medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto inmueble ya que su tasación fiscal es superior a cuantía de supuesta deuda en más de un tercio 5.3. Opositor a medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmueble debe acreditar desproporcionalidad
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos. Certificados de fianza
- Sola circunstancia de que demandado mantenga una serie de procesos judiciales pendientes resulta insuficiente para acceder a medida precautoria
- No procede disponer medida de prohibición de celebrar actos y contratos ya que inminencia de inicio de una partición del inmueble no configura peligro en la demora
- Sucesiva transferencia de inmueble objeto de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos constituye presunción grave que hace evidente que demandado no ofrece garantía suficiente para responder a resultas del juicio
- Deuda de energía eléctrica y agua potable existente hace varios meses constituye indicio para decretar medida prejudicial precautoria
- Tardanza en pago de obligación emanada de sentencia firme es antecedente que acredita presupuestos de medida precautoria
- Prohibición de celebrar actos y contratos no procede si se persigue cobro de saldo de precio
- Procede decretar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos ya que sentencia acogió parcialmente la pretensión de los actores
- Procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de partición por tardanza de notificar a todos los comuneros
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmueble aportado por la demandada a sociedad de la cual es socia mayoritaria. Teoría del levantamiento del velo
- Corresponde medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de vehículo considerando certificados de deuda de servicios básicos y gastos comunes del departamento objeto del juicio
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando sentencia penal condenatoria firme y que si bien la demandada posee bienes aquellos presentan facilidad inherente de enajenación
- Procede medida precautoria de celebrar actos y contrato respecto de inmueble que es objeto de acción ejecutiva hipotecaria
- Medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos considerando elevado monto adeudado y que la acción se funda en incumplimientos de pagos pactados desde el año 2016
- Boleta de garantía
20.1. No procede otorgar medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de boleta de garantía
20.2. Medida precautoria consistente en la prohibición de presentar a cobro Boleta Garantía Fiel Cumplimiento en juicio de resolución de contrato con municipalidad
- Procede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de derechos y acciones de sociedades considerando que son materia de juicio de acciones de nulidad incoadas
- Medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a bienes que son materia del juicio no requiere acreditar facultades de demandado
- Procede mantener medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos ya que no es necesario acreditar facultades del demandado que no ofrezcan garantía
- No es aplicable medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos en juicio de declaración de interdicción
- Alzamiento
25.1. Se rechaza alzamiento de medida precautoria que recae en bien que es materia de juicio de resolución de contrato de compra venta 25.2. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos y prenda ya que se acreditó extinción de la obligación 25.3. Procede acoger solicitud de alzamiento de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de inmuebles decretada por tribunal arbitral en el año 1986 25.4. Procede dejar sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a inmueble al haber sido obtenida como prejudicial modificándose sus presupuestos de emergencia que se habían tenido a la vista 25.5. Procede alzamiento de medida precautoria de prohibición de actos y contratos ya que su aplicación no se encuentra restringida a un bien determinado 25.6. No procede alzamiento parcial de medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de inmueble que el incidentista pretende arrendar
- Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes ajenos al juicio 26.1. Requisitos para decretar prohibición de celebrar actos puede afectar a bienes ajenos al juicio si no existe garantía que asegure su resultado 26.2. Es necesario que el solicitante acredite que el demandado no cuenta con bienes que den garantía suficiente para asegurar el resultado del juicio 26.3. Prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes que no sean materia del juicio. Demandado no debe ofrecer suficiente garantía 26.4. Solicitante de precautoria que recaiga sobre bienes que no son objeto del juicio debe acreditar que las facultades económicas del demandado no son suficientes
- Medidas precautorias respecto de terceros
- Inmueble de propiedad de tercero no puede ser objeto de prohibición de celebrar actos y contratos
- Efectos de la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos
29.1. No produce efectos medida precautoria dictada luego de enajenación de inmueble 29.2. Si no existe prohibición de enajenar a época de venta de inmueble no hay objeto ilícito 29.3. Fallecimiento de uno de los demandados no es causa suficiente para reponer prohibición de celebrar actos y contratos si ya había sido alzada
- Recurso de apelación 30.1. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable 30.2. Resolución que decretó medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre cinco bienes inmuebles de sociedad conyugal es apelable en el solo efecto devolutivo 30.3. Resolución que otorga medida de prohibición de celebración de actos y contratos es apelable en el solo efecto devolutivo 30.4. Resolución que resolvió negar lugar a solicitud de alzamiento de la medida precautoria es apelable 30.5. Arrendamiento. Resolución que concede medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos es apelable 30.6. No procede apelación respecto de resoluciones que dejan sin efecto medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos en procedimiento de Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos
- MEDIDAS PRECAUTORIAS INNOMINADAS
- Procede revocar medida precautoria innominada relativa a suspender efectos de licitación por no cumplir por periculum in mora y por no concretar caución
- Medida precautoria innominada es esencialmente transitoria
- No procede medida cautelar innominada de suspensión de cobro deboleta de garantía y su ampliación de suspensión de cobro de póliza de garantía en caso sub lite
- Error del solicitante al confundir medida precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos con medida innominada
- Desproporción en medida precautoria innominada
- Resolución que concede medida precautoria innominada es apelable
- Resolución que no concede medida prejudicial precautoria innominada es apelable
Nombres de dominio y proveedores de servicios de internet
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Nueva contratación pública, reflexión y crítica de la ley N° 19.886 y su reglamento
Nueva contratación pública, reflexión y crítica de la ley N° 19.886 y su reglamento
Ordenanza de aduanas y otras normas anexas – actualizada hasta la ley N° 21.761
En esta edición:
Se incorpora la ley No 21.761 que modificada diversos cuerpos legales en lo relativo a los delitos de robo, hurto y receptación de cables de telecomunicaciones. En otras modificaciones se establece que quienes hagan uso malicioso de certificaciones o análisis aduaneros falsos recibirán las mismas sanciones que aquellos que los falsifiquen.
Finalmente, se agrega el artículo 169 bis, que sanciona al funcionario público que facilite un delito aduanero en el ejercicio de sus funciones.
Adicionalmente se modifica el artículo No 8 bis, sobre el plazo a las donaciones, y además, se actualizan las normas anexas al procedimiento de gestión aduanera.
ORDENANZA DE ADUANAS D.F.L. Nº 30/04
TÍTULO PRELIMINAR
- Ámbito de aplicación y definiciones básicas 2. Plazos 3. Disposiciones generales relativas a los derechos y obligaciones de las personas respecto de la legislación aduanera 4. De las aduanas 5. Ejercicio de la potestad aduanera
LIBRO I DE LA JUNTA GENERAL DE ADUANAS
LIBRO II DE LA ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS, MERCANCÍAS Y PERSONAS HACIA Y DESDE EL TERRITORIO NACIONAL Y DE SU PRESENTACIÓN AL SERVICIO DE ADUANAS
TÍTULO I GENERALIDADES
TÍTULO II PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE MERCANCÍAS Y RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS
- De la recepción de los vehículos y presentación de mercancías a la Aduana 2. De la entrega de las mercancías a los recintos de depósito aduanero y de la cancelación del manifiesto 3. Del naufragio y de las especies procedentes de él 4. Del embarque de las mercancías
TÍTULO III DEL ALMACENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS
TÍTULO IV ELEMENTOS DE BASE PARA LA APLICACIÓN DE LOS GRAVÁMENES ADUANEROS
TÍTULO V DESTINACIONES ADUANERAS
- De las destinaciones aduaneras 2. Disposiciones comunes aplicables a todas las destinaciones aduaneras 3. Obligación tributaria aduanera 4. Normas especiales sobre algunas destinaciones aduaneras
- Importación 2. Reingreso 3. Admisión temporal 4. Admisión temporal para perfeccionamiento activo 5. Almacén particular 5 bis. Depósito 6. Exportación 7. Salida temporal 8. Salida temporal para perfeccionamiento pasivo
TÍTULO VI DE LAS MATERIAS DE COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS, DE LA REPOSICIÓN ADMINISTRATIVA, DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE RECLAMO POR VULNERACIÓN DE DERECHOS
- De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros 2. De la reposición administrativa 3. Del procedimiento de reclamación 4. Del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
TÍTULO VII DEVOLUCIONES DE GRAVÁMENES ADUANEROS
TÍTULO VIII SUBASTA DE MERCANCÍAS ABANDONADAS, INCAUTADAS O DECOMISADAS
LIBRO III DE LAS INFRACCIONES A LA ORDENANZA, DE SUS PENAS Y DEL PROCEDIMIENTO PARA APLICARLAS
TÍTULO I DE LAS INFRACCIONES A LA ORDENANZA
- Disposiciones generales 2. De las contravenciones aduaneras y sus sanciones 3. Del contrabando y del fraude 4. Del comiso administrativo de la mercancía
TÍTULO II DE LA FISCALIZACIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO
- Disposiciones generales 2. Del contrabando y fraude
LIBRO IV DE LOS DESPACHADORES DE ADUANA
Artículos transitorios
OTRAS NORMAS
SOBRE EL SERVICIO NACIONAL DE ADUANASD.F.L. Nº 329 de Hacienda D.O. 20.06.1979, Aprueba Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas
Decreto Ley Nº 2.554 de Hacienda D.O. 10.03.1979, Determina que el jefe superior del Servicio de Aduanas será el encargado en forma exclusiva de la interpretación administrativa de las disposiciones legales y reglamentarias que indica
Decreto Nº 1.230 de Hacienda D.O. 16.01.1990, Establece las Aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados
Ley Nº 19.479 D.O. 21.11.1996, Introduce modificaciones a la Ordenanza de Aduanas y a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicta normas sobre gestión y personal de dicho Servicio y sustituye su planta de personal
Resolución Nº 3.829 DNA D.O. 25.09.2010, Delega facultades sobre delegación de facultades del Director Nacional del Servicio, a los Subdirectores, Jefes de Departamento, Directores Regionales y Administradores de Aduanas
Decreto Nº 28 de Hacienda D.O. 29.03.2018, Establece requisitos y condiciones que deberán cumplir las autorizaciones otorgadas por el Director Nacional de Aduanas, para la admisión temporal para perfeccionamiento activo
Resolución Nº 617 DNA D.O 09.02.2026, Normativa que regula el procedimiento para el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
SOBRE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS
Ley Nº 20.322 D.O. 27.01.2009, Fortalece y perfecciona la jurisdicción Tributaria y Aduanera (sólo artículo 1º, Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros)
Resolución Nº 4.189 DNA D.O. 14.11.2024, Establécense los siguientes criterios generales para la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 21.713, en lo relativo a la actividad administrativa y judicial que debe ser realizada por este Servicio en materia de conciliación y allanamiento
INSTRUCCIONES SOBRE ARTICULADOS DE LA ORDENANZA DE ADUANAS
Decreto Nº 298 de Hacienda D.O. 8.07.1999, Aprueba Reglamento de Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 4.930 DNA D.O. 12.11.2007, Establece instrucciones para la aplicación del procedimiento administrativo contravencional del Libro III de la Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 2.523 DNA 5.04.2012, Instrucciones y procedimiento interno para la tramitación de reclamos de segunda instancia (art. 117 de la Ordenanza de Aduanas)
Resolución Nº 7.303 DNA D.O. 17.01.2015, Modifica normativa aduanera, a fin de adaptarla al nuevo artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas, referido a la no formulación de denuncias a quien incurriere en una contravención aduanera
Decreto Nº 32 de Hacienda D.O. 9.07.2018, Aprueba Reglamento que establece los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las personas que asistirán al Servicio Nacional de Aduanas en los procesos a que se refiere el artículo 23 ter de la Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 3.939 DNA D.O. 30.10.2024, Establécense las siguientes instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 21.713
SOBRE AGENTE DE ADUANAS
Resolución Nº 4.322 DNA D.O. 25.09.2014, Procedimiento para la autorización de auxiliares de Agentes de Aduana, otorgamiento, uso y control del Carné Aduanero y Registro de Auxiliares
Resolución Nº 8.034 DNA D.O. 16.01.2016, Fija sistema de procedimiento para informar operaciones o actividades sospechosas por parte de los Agentes de Aduanas
Resolución Nº 5.739 DNA D.O. 13.09.2017, Establece las siguientes instrucciones para el otorgamiento del mandato para despachar, por parte del dueño, consignante o consignatario de la mercancía, al Agente de Aduana
Resolución Exenta Nº 718 DNA D.O. 19.02.2020, Procedimiento para el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
SOBRE IMPORTACIONES
Ley Nº 19.912 D.O. 4.11.2003. Adecua la legislación que indica conforme a los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio OMC suscritos por Chile
D.F.L. Nº 31 de Hacienda D.O. 22.04.2005, Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país
Decreto Nº 1.314 de Hacienda D.O. 22.03.2013, Aprueba Reglamento Antidistorsiones
SOBRE CONSEJO ADUANERO PÚBLICO-PRIVADO
Resolución Nº 5.992 DNA D.O. 30.08.2012, Crea Consejo Aduanero Público-Privado
Resolución Nº 8.626 DNA D.O. 29.08.2013, Aprueba Reglamento Consejo de la Sociedad Civil del Servicio Nacional de Aduanas, denominado Consejo Aduanero Público-Privado
Resolución Nº 7.160 DNA D.O. 29.12.2014, Aprueba Mecanismos Generales de Participación Ciudadana del Servicio Nacional de Aduanas
Resolución Nº 5.854 DNA D.O. 27.09.2016, Aprueba el Procedimiento de Publicación Anticipada
SOBRE RECINTOS DE DEPÓSITO ADUANERO
Decreto Nº 1.114 de Hacienda D.O. 26.05.1998, Establece reglamento para la habilitación y concesión de los recintos de depósito aduanero y el almacenamiento de las mercancías
Resolución Nº 3.058 DNA D.O. 16.05.2012, Aprueba requerimientos mínimos que forman parte del estándar Aduana a operadores de recintos de depósito aduanero
Resolución Nº 3.060 DNA D.O. 16.05.2012, Apruébese el siguiente procedimiento para el estudio y resolución de las solicitudes de habilitación directa de almacenes extraportuarios y de recintos de depósito aduanero
Decreto Nº 73 de Hacienda D.O. 2.03.2018, Aprueba los requisitos que deben cumplir ciertos importadores para retirar las mercancías extranjeras que se encuentren en los recintos de depósito aduanero para su importación, para acceder a los beneficios que indica
Resolución Nº 1893 D.N.A 14.05.2025, Aprueba procedimiento para el conocimiento de las solicitudes de prórroga de la habilitación como recinto de depósito aduanero
Ordenanza de aduanas y otras normas anexas – actualizada hasta la ley N° 21.761
En esta edición:
Se incorpora la ley No 21.761 que modificada diversos cuerpos legales en lo relativo a los delitos de robo, hurto y receptación de cables de telecomunicaciones. En otras modificaciones se establece que quienes hagan uso malicioso de certificaciones o análisis aduaneros falsos recibirán las mismas sanciones que aquellos que los falsifiquen.
Finalmente, se agrega el artículo 169 bis, que sanciona al funcionario público que facilite un delito aduanero en el ejercicio de sus funciones.
Adicionalmente se modifica el artículo No 8 bis, sobre el plazo a las donaciones, y además, se actualizan las normas anexas al procedimiento de gestión aduanera.
ORDENANZA DE ADUANAS D.F.L. Nº 30/04
TÍTULO PRELIMINAR
- Ámbito de aplicación y definiciones básicas 2. Plazos 3. Disposiciones generales relativas a los derechos y obligaciones de las personas respecto de la legislación aduanera 4. De las aduanas 5. Ejercicio de la potestad aduanera
LIBRO I DE LA JUNTA GENERAL DE ADUANAS
LIBRO II DE LA ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS, MERCANCÍAS Y PERSONAS HACIA Y DESDE EL TERRITORIO NACIONAL Y DE SU PRESENTACIÓN AL SERVICIO DE ADUANAS
TÍTULO I GENERALIDADES
TÍTULO II PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE MERCANCÍAS Y RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS
- De la recepción de los vehículos y presentación de mercancías a la Aduana 2. De la entrega de las mercancías a los recintos de depósito aduanero y de la cancelación del manifiesto 3. Del naufragio y de las especies procedentes de él 4. Del embarque de las mercancías
TÍTULO III DEL ALMACENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS
TÍTULO IV ELEMENTOS DE BASE PARA LA APLICACIÓN DE LOS GRAVÁMENES ADUANEROS
TÍTULO V DESTINACIONES ADUANERAS
- De las destinaciones aduaneras 2. Disposiciones comunes aplicables a todas las destinaciones aduaneras 3. Obligación tributaria aduanera 4. Normas especiales sobre algunas destinaciones aduaneras
- Importación 2. Reingreso 3. Admisión temporal 4. Admisión temporal para perfeccionamiento activo 5. Almacén particular 5 bis. Depósito 6. Exportación 7. Salida temporal 8. Salida temporal para perfeccionamiento pasivo
TÍTULO VI DE LAS MATERIAS DE COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS, DE LA REPOSICIÓN ADMINISTRATIVA, DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE RECLAMO POR VULNERACIÓN DE DERECHOS
- De las materias de competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros 2. De la reposición administrativa 3. Del procedimiento de reclamación 4. Del procedimiento especial de reclamo por vulneración de derechos
TÍTULO VII DEVOLUCIONES DE GRAVÁMENES ADUANEROS
TÍTULO VIII SUBASTA DE MERCANCÍAS ABANDONADAS, INCAUTADAS O DECOMISADAS
LIBRO III DE LAS INFRACCIONES A LA ORDENANZA, DE SUS PENAS Y DEL PROCEDIMIENTO PARA APLICARLAS
TÍTULO I DE LAS INFRACCIONES A LA ORDENANZA
- Disposiciones generales 2. De las contravenciones aduaneras y sus sanciones 3. Del contrabando y del fraude 4. Del comiso administrativo de la mercancía
TÍTULO II DE LA FISCALIZACIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO
- Disposiciones generales 2. Del contrabando y fraude
LIBRO IV DE LOS DESPACHADORES DE ADUANA
Artículos transitorios
OTRAS NORMAS
SOBRE EL SERVICIO NACIONAL DE ADUANASD.F.L. Nº 329 de Hacienda D.O. 20.06.1979, Aprueba Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas
Decreto Ley Nº 2.554 de Hacienda D.O. 10.03.1979, Determina que el jefe superior del Servicio de Aduanas será el encargado en forma exclusiva de la interpretación administrativa de las disposiciones legales y reglamentarias que indica
Decreto Nº 1.230 de Hacienda D.O. 16.01.1990, Establece las Aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados
Ley Nº 19.479 D.O. 21.11.1996, Introduce modificaciones a la Ordenanza de Aduanas y a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicta normas sobre gestión y personal de dicho Servicio y sustituye su planta de personal
Resolución Nº 3.829 DNA D.O. 25.09.2010, Delega facultades sobre delegación de facultades del Director Nacional del Servicio, a los Subdirectores, Jefes de Departamento, Directores Regionales y Administradores de Aduanas
Decreto Nº 28 de Hacienda D.O. 29.03.2018, Establece requisitos y condiciones que deberán cumplir las autorizaciones otorgadas por el Director Nacional de Aduanas, para la admisión temporal para perfeccionamiento activo
Resolución Nº 617 DNA D.O 09.02.2026, Normativa que regula el procedimiento para el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
SOBRE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS
Ley Nº 20.322 D.O. 27.01.2009, Fortalece y perfecciona la jurisdicción Tributaria y Aduanera (sólo artículo 1º, Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros)
Resolución Nº 4.189 DNA D.O. 14.11.2024, Establécense los siguientes criterios generales para la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 21.713, en lo relativo a la actividad administrativa y judicial que debe ser realizada por este Servicio en materia de conciliación y allanamiento
INSTRUCCIONES SOBRE ARTICULADOS DE LA ORDENANZA DE ADUANAS
Decreto Nº 298 de Hacienda D.O. 8.07.1999, Aprueba Reglamento de Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 4.930 DNA D.O. 12.11.2007, Establece instrucciones para la aplicación del procedimiento administrativo contravencional del Libro III de la Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 2.523 DNA 5.04.2012, Instrucciones y procedimiento interno para la tramitación de reclamos de segunda instancia (art. 117 de la Ordenanza de Aduanas)
Resolución Nº 7.303 DNA D.O. 17.01.2015, Modifica normativa aduanera, a fin de adaptarla al nuevo artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas, referido a la no formulación de denuncias a quien incurriere en una contravención aduanera
Decreto Nº 32 de Hacienda D.O. 9.07.2018, Aprueba Reglamento que establece los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las personas que asistirán al Servicio Nacional de Aduanas en los procesos a que se refiere el artículo 23 ter de la Ordenanza de Aduanas
Resolución Nº 3.939 DNA D.O. 30.10.2024, Establécense las siguientes instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 21.713
SOBRE AGENTE DE ADUANAS
Resolución Nº 4.322 DNA D.O. 25.09.2014, Procedimiento para la autorización de auxiliares de Agentes de Aduana, otorgamiento, uso y control del Carné Aduanero y Registro de Auxiliares
Resolución Nº 8.034 DNA D.O. 16.01.2016, Fija sistema de procedimiento para informar operaciones o actividades sospechosas por parte de los Agentes de Aduanas
Resolución Nº 5.739 DNA D.O. 13.09.2017, Establece las siguientes instrucciones para el otorgamiento del mandato para despachar, por parte del dueño, consignante o consignatario de la mercancía, al Agente de Aduana
Resolución Exenta Nº 718 DNA D.O. 19.02.2020, Procedimiento para el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas
SOBRE IMPORTACIONES
Ley Nº 19.912 D.O. 4.11.2003. Adecua la legislación que indica conforme a los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio OMC suscritos por Chile
D.F.L. Nº 31 de Hacienda D.O. 22.04.2005, Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país
Decreto Nº 1.314 de Hacienda D.O. 22.03.2013, Aprueba Reglamento Antidistorsiones
SOBRE CONSEJO ADUANERO PÚBLICO-PRIVADO
Resolución Nº 5.992 DNA D.O. 30.08.2012, Crea Consejo Aduanero Público-Privado
Resolución Nº 8.626 DNA D.O. 29.08.2013, Aprueba Reglamento Consejo de la Sociedad Civil del Servicio Nacional de Aduanas, denominado Consejo Aduanero Público-Privado
Resolución Nº 7.160 DNA D.O. 29.12.2014, Aprueba Mecanismos Generales de Participación Ciudadana del Servicio Nacional de Aduanas
Resolución Nº 5.854 DNA D.O. 27.09.2016, Aprueba el Procedimiento de Publicación Anticipada
SOBRE RECINTOS DE DEPÓSITO ADUANERO
Decreto Nº 1.114 de Hacienda D.O. 26.05.1998, Establece reglamento para la habilitación y concesión de los recintos de depósito aduanero y el almacenamiento de las mercancías
Resolución Nº 3.058 DNA D.O. 16.05.2012, Aprueba requerimientos mínimos que forman parte del estándar Aduana a operadores de recintos de depósito aduanero
Resolución Nº 3.060 DNA D.O. 16.05.2012, Apruébese el siguiente procedimiento para el estudio y resolución de las solicitudes de habilitación directa de almacenes extraportuarios y de recintos de depósito aduanero
Decreto Nº 73 de Hacienda D.O. 2.03.2018, Aprueba los requisitos que deben cumplir ciertos importadores para retirar las mercancías extranjeras que se encuentren en los recintos de depósito aduanero para su importación, para acceder a los beneficios que indica
Resolución Nº 1893 D.N.A 14.05.2025, Aprueba procedimiento para el conocimiento de las solicitudes de prórroga de la habilitación como recinto de depósito aduanero
