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Autor: Carlos Cárcamo Vogel
Editorial: El Jurista
Numero de Paginas: 212
Año de publicación: 2026

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El contenido de este libro es la doctrina sintetizada que fluye de fallos de tribunales superiores de justicia y dictámenes de la Contraloría General de la República, sobre el sistema recursivo administrativo, sumarios, decaimiento, actos y contratos, régimen sancionatorio, entre otros. Obra práctica y de consulta rápida para abogados, jueces y académicos.

CAPÍTULO I
ACTO ADMINISTRATIVO

TÍTULO PRIMERO
CONCEPTOS Y ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO

  1. Concepto de acto administrativo
    2. Elementos de un acto administrativo
    3. La responsabilidad administrativa se hace efectiva mediante la dictación de un acto administrativo
    4. Presunción de validez de los actos administrativos
    5. Los actos administrativos que afecten derechos de particulares deben ser fundados
    6. De los actos administrativos en general
    7. Retroactividad de los actos administrativos. Artículo 52 de la Ley No 19.880
    8. Vicios que no invalidan el acto administrativo
    9. Desviación de poder
    10. Acto aclaratorio del artículo 62 de la Ley No 19.880

TÍTULO SEGUNDO
MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Motivación y principio de juridicidad. En materia de calificaciones funcionarias, la obligación que impone la ley de fundamentar la decisión, obedece al principio de juridicidad
    2. La ausencia de motivación de un acto administrativo, es un vicio que recae en un requisito esencial del mismo
    3. No se cumple con la motivación del acto, si en un contrato se señala que cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al mismo, sin expresión de causa
    4. La motivación es un requisito esencial

TÍTULO TERCERO
DECAIMIENTO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Concepto de decaimiento
    2. Decaimiento en liquidación tardía de término de contrato
    3. Decaimiento y dilación en la tramitación de procedimientos de la Administración
  2. Criterio de algunas Cortes de Apelaciones
    II. Nuevo criterio de la Corte Suprema y de algunas Cortes de Apelaciones
    III. Criterio de Contraloría General de la República

TÍTULO CUARTO
INVALIDACIÓN, CAUDUCIDAD Y REVOCACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Frente a la presencia de un acto irregular, la Administración está obligada a invalidarlo
    2. La invalidación no es un recurso administrativo
    3. El plazo de dos años establecido en el artículo 53 inciso 1 de la Ley No 19.880, es uno de caducidad
    4. Cuando el mismo interesado solicita la invalidación, la omisión de la audiencia del artículo 53 de la Ley No 19.880 no vicia la actuación
    5. Transcurrido el plazo de dos años del artículo 53, la Administración ya no puede invalidar
    6. Consecuencias de la no realización de la audiencia previa del artículo 53
    7. La resolución de adjudicación no se publicó en el portal, por lo tanto, la empresa adjudicada no fue notificada. Procede la invalidación
    8. Límites a la facultad de invalidación
    9. Impugnación del acto invalidatorio
    10. Montepío fue concedido de forma válida, posterior a ello se produce una causal de inhabilidad. No procede la invalidación, porque ha transcurrido el plazo de prescripción adquisitiva del Código Civil
    11. Concepto de revocación
    12. Las razones para revocar un proceso licitatorio no pueden ser genéricas, sino que deben precisarse
    13. Cada uno de los actos de un proceso licitatorio pueden ser impugnados separadamente
    14. En caso se infrinja el principio de abstención, ello no importa la invalidez de los actos en las cuales se intervino, debido a la calidad de actos separables de una licitación
    15. Límite a la revocación cuando la naturaleza del acto impide que sea dejado sin efecto
    16. El llamado a licitación mediante un acto administrativo, no es uno de aquellos que declare derechos, por lo que se puede revocar
    17. Razón esgrimida para revocar se ajusta a derecho
    18. Invalidación parcial
    19. Invalidación y conversión del acto administrativo
    20. Convalidación de los actos administrativos
    21. Caducidad de patente de alcoholes. La caducidad es una sanción de derecho estricto
    22. Permisos de edificación caducan de manera automática
    23 Invalidación y el principio de conservación de los actos administrativos
    24. La notificación del acto invalidatorio no constituye la audiencia previa a que se refiere el artículo 53 de la Ley No 19.880
    25. Notificación hecha al oferente de que se iniciará un proceso de invalidación, cumple con el trámite de la audiencia previa
    26. La audiencia previa es un requisito esencial
    27. La invalidación procede incluso respecto de los actos que fueron tomados de razón por Contraloría
    28. La invalidación no impide que los afectados puedan ejercer las acciones judiciales correspondientes
    29. Expresiones de carácter genérico esgrimidos en un proceso de calificación, es una causa para invalidar el acto
    30. La declaración de desierta de una licitación, no es un acto apto para reemplazar la invalidación
    31. Las políticas de gobierno no son susceptibles de invalidarse, pues no son actos administrativos
    32. Revocación y actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente
    33. Diferencias entre la revocación y la invalidación. Límites de cada una

TÍTULO QUINTO
VICIOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Calidad de esencial o no de un vicio

TÍTULO SEXTO
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

  1. Frente a la demora por parte de la Administración en resolver un requerimiento, se aplica el silencio negativo
    2. La demora por parte de la Administración en resolver un recurso de reconsideración, hace procedente la aplicación del silencio negativo
    3. Las abstenciones son una ausencia de manifestación de voluntad en relación a una decisión. Sentido del silencio en relación a ello
    4. No procede el silencio administrativo en las actuaciones fiscalizadoras de los órganos de la Administración
    5. Revalidación de título universitario. Improcedencia del silencio positivo
    6. No se aplica el silencio positivo, si con ello se evita el cumplimiento de requisitos formales necesarios para constituir un derecho

CAPÍTULO II
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO
DE LOS CONTRATOS EN GENERAL

  1. Término anticipado del contrato
    2. Excepción de contrato no cumplido
    3. Exigibilidad anticipada de las prestaciones de contrato
    4. Servicios prestados por un proveedor, pero sin contrato vigente
    5. Qué se entiende por total tramitación del acto que aprueba el contrato
    6. Las modificaciones a los contratos no pueden alterar o ampliar el objeto sobre el cual recae la contratación. Se infringen los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes
    7. Proveedor no puede modificar unilateralmente el contrato, menos aún si con ello se libera del cumplimiento sus obligaciones
    8. Cuando la contratación se materializa con la sola orden de compra, esta hace las veces de contrato, por lo que se aplican igualmente las
    inhabilidades para contratar establecidas en la Ley No 19.886
    9. No se puede dejar sin efecto ipso jure la adjudicación por la no suscripción del contrato
    10. La Administración es que la debe ponderar si concurren o no los hechos que habilitan poner término al contrato, sin que sea necesario
    un análisis previo de Contraloría
    11. El plazo para realizar el pago se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido
    conformes y no desde que aquella se halle en “estado aceptado”
    12. Alcance de la noción de contrato administrativo
    13. No procede la renovación automática de un contrato, puesto que pugna con el sistema de propuesta pública y el principio de transparencia
    14. Pagos con imputación a presupuestos futuros
    15. La aplicación de la compensación en los contratos administrativos

TÍTULO SEGUNDO
PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES A LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

  1. Principio de la buena fe
    2. A los contratos administrativos se les aplica el principio de equilibrio
    económico de las prestaciones mutuas
    3. Principio del enriquecimiento sin causa

TÍTULO TERCERO
TÉRMINO DEL CONTRATO

  1. En las bases de licitación deben señalarse de manera específica las causales de incumplimiento grave, para poder poner término anticipado al contrato
    2. No es procedente la facultad por parte del proveedor, de poner término anticipado al contrato de manera unilateral
    3. No es procedente añadir en el contrato una cláusula nueva de término del mismo y que no estaba contemplada en las bases administrativas

TÍTULO CUARTO
CASO FORTUITO Y TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN

  1. El principio de estricta sujeción a las bases admite como excepción la concurrencia de una situación de caso fortuito
    2. Corresponde a la autoridad administrativa ponderar si se configura a eximente de caso fortuito
    3. Teoría de la imprevisión
    4. Concurren los elementos de la fuerza

TÍTULO QUINTO
RENUNCIA DE DERECHOS Y ACCIONES POR PARTE DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS

  1. Organismos públicos no pueden transigir en contratos específicos, sin que exista una ley que los autorice
    2. Término anticipado de los servicios sin responsabilidad posterior del contratante, ni derecho a indemnización para el organismo público, implica renuncia anticipada de derechos por parte de este
    3. Pese a que en los contratos administrativos se aplica el artículo 1558 CC, los órganos de la Administración no pueden limitar los perjuicios de los que debe responden el proveedor contratante

SEGUNDA PARTE
DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

CAPÍTULO I
GENERALIDADES SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES

  1. Los organismos del Estado están obligados a cursar las multas derivadas de incumplimientos contractuales
    2. La Administración no puede condonar las multas que deben aplicarse
    3. Prescripción de las multas que se establecen en las bases de licitación y los consecuentes contratos
    4. Las sanciones son de derecho estricto, no se pueden aplicar a situaciones no contempladas en ellas
    5. Prescripción del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración
    6. No corresponde aplicar multas por causas no imputables al proveedor
    7. No corresponde que las multas se descuenten directamente de la factura
    8. El monto de las multas incluye los impuestos que correspondan
    9. Las multas no constituyen hechos gravados con IVA, por la cual no corresponde facturar por parte del mandante, ni emitir nota de crédito por parte del contratista, por cuanto no se trata de una operación gravada
    10. No se infringe el principio del non bis in ídem, si se aplica para un mismo hecho de incumplimiento, la multa contemplada en el convenio y la suspensión establecida por la Dirección de Compras y Contratación Pública
    11. Las municipalidades no pueden mediante ordenanzas, establecer sanciones no previstas por la ley. Se infringe el principio de legalidad
    12. La imposición de una multa por un funcionario que no tiene atribuciones para hacerlo, no es una irregularidad de forma
    13. El otorgamiento de un plazo de gracia para la entrega del bien, no impide la aplicación de una multa
    14. Aplicación del principio del non bis in idem al Derecho Administrativo Sancionador
    15. Aplicación del principio de que no se puede reformar para peor
    16. Indeterminación de las multas
    17. Las multas aplicadas por organismos públicos, son ingresos propios de dichos servicios

CAPÍTULO II
LAS MULTAS SON UN INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

  1. Las multas son producto de un incumplimiento contractual y no constituyen una sanción administrativa, por lo mismo, la prescripción de la acción es de acuerdo con las normas del Código Civil
    2. Las multas son cláusulas penales
    3. Multas y cauciones. Los fundamentos de las multas y las garantías de fiel cumplimiento del contrato son diversos

CAPÍTULO III
RÉGIMEN SANCIONATORIO EN SECTORES REGULADOS

  1. Cobro ejecutivo de las multas cursadas al término de un sumario, impuestas por las secretarias regionales Ministeriales de Salud
    2. Mérito ejecutivo de una multa interpuesta por la Superintendencia de Educación y plazo de prescripción de la sanción aplicada
    3. Generación de intereses en multas interpuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente
    4. Condonación de deudas por parte de una Municipalidad
    5. Reajustabilidad de las sumas restituidas por aplicación de una multa dispuesta por la Superintendencia de Educación
    6. Competencia del Servicio Agrícola y Ganadero para sancionar infracciones a los planes de descontaminación atmosférica
    7. Ámbito de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente
    8. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles cuenta con las facultades para solicitar información contable, dentro de procedimiento
    sancionatorio

CAPÍTULO IV
SUMARIOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO
DE LOS SUMARIOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL

  1. Aplicación supletoria de la Ley No 19.880 a los sumarios administrativos regulados en leyes especiales
    2. Plazos para la tramitación de los sumarios
    3. Personal contratado a honorarios no puede cumplir la labor de fiscal instructor en sumarios administrativos
    4. Funcionario que ha sido designado como fiscal tiene la calidad de contratado y el sumariado es de planta
    5. La falta de experiencia no es un impedimento para la designación del fiscal
    6. Fiscal instructor es de un grado inferior jerárquico al inculpado que se ha separado del organismo público
    7. No es impedimento para la designación del fiscal, el hecho que cumpla funciones en el mismo Departamento del inculpado
    8. La Ley No 21.369 no contiene disposiciones que regule la jerarquía de quien lleve un sumario. Aplicación supletoria del Estatuto Administrativo
    9. Determinación de la jerarquía entre el fiscal instructor y el inculpado, cuando ambos están sujetos a estatutos diversos
    10. Designación de fiscal instructor a funcionario que ostente la calidad de jefe en el organismo, pero ha sido contrato de acuerdo con las
    normas del Código del Trabajo
    11. Sumario instruido por funcionario distinto al que designa la ley
    12. Finalidad de los sumarios administrativos
    13. El efecto de cosa juzgada no se produce en procedimientos disciplinarios
    14. Momento en que se suspende el procedimiento sumario, en el caso regulado en artículo 84 ter de la Ley No 18.961 (ley orgánica constitucional de Carabineros)
    15. Solicitud del inculpado para rendir prueba

TÍTULO SEGUNDO
FUERO MATERNAL

  1. Aplicación del fuero maternal a funcionarias públicas
    2. Sanción aplicada a funcionaria con fuero maternal, se hará efectiva una vez que termine esa protección o se acoja el desafuero
    3. Fuero maternal se aplica a servidoras que prestan servicios a honorarios, de acuerdo con un contrato celebrado en virtud del Estatuto Administrativo
    4. Duración del fuero maternal frente a una sanción
    5. Fuero maternal se aplica a funcionarias suplentes

TÍTULO TERCERO
LA PRUEBA EN EL SUMARIO Y LA TRAMITACIÓN EN SÍ DE ESTE ÚLTIMO

  1. Mérito de los elementos de convicción debe ser apreciado por la autoridad que tramita el procedimiento
    2. Medios de prueba. Son admisibles como medios de prueba las capturas de pantalla de conversaciones, en las investigaciones sumarias sobre acoso laboral o sexual
    3. Durante la tramitación de un sumario, el funcionario involucrado renuncia a su cargo. El sumario debe de todas formas concluir, aplicándose la sanción respectiva
    4. Se eleva a sumario la investigación con posterioridad al alejamiento del funcionario. Renuncia efectiva es posterior al inicio de la investigación. La tramitación del sumario debe finalizar
    5. Sentido de la frase “si se encontrare en tramitación”, del inciso final del artículo 147 de la Ley No 18.834 sobre Estatuto Administrativo
    6. Aplicación de sanción en proceso disciplinario es de derecho estricto
    7. Modificación de sanción impuesta. Prescripción de la acción de responsabilidad funcionaria
    8. Debe aplicarse el principio de proporcionalidad en la aplicación de las sanciones
    9. Para rebajar la pena no es obligación considerar el buen comportamiento anterior del funcionario investigado
    10. El fiscal de un sumario puede rechazar la petición de abrir un término probatorio, cuando las diligencias no son útiles para la investigación
    11. Puede abrirse un término probatorio de un plazo inferior a los 20 días que establece el artículo 138 de la Ley No 18.834
    12. Excesiva tardanza en la tramitación de un sumario, genera responsabilidad administrativa
    13. Responsabilidad administrativa de los funcionarios contratados a honorarios
    14. Toma de declaración a un inculpado que está con licencia médica
    15. Solo una vez que los procesos disciplinarios se encuentran totalmente tramitados, pierden la connotación de secretos y les resulta aplicable el principio de publicidad a que se refiere el artículo 5 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado
    16. Independencia de la responsabilidad penal y administrativa
    17. Independencia de las responsabilidades y facultad discrecional de la Administración para determinar la reapertura de un sumario
    18. Principio a la debida defensa en un sumario

TÍTULO CUARTO
LA SANCIÓN DISCIPLINARIA

  1. No se puede aplicar una multa en cuotas
    2. Medida de suspensión del empleo y cotizaciones fondos de pensiones
    3. La calificación de la gravedad en la sanción aplicada a infracción a la probidad administrativa, le corresponde al organismo de la Administración en particular
    4. Las causales de infracción a la probidad administrativa enumeradas en el artículo 62 de la Ley No 18.575 no son taxativas
    5. Inhabilidad de ingreso a la Administración pública y las corporaciones municipales
    6. No corresponde aplicar sanciones adicionales que no están contempladas en el Estatuto Administrativo

TÍTULO QUINTO
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA

  1. No es posible la reapertura de sumario, cuando la acción disciplinaria esté prescrita
    2. Se formulan cargos en diferentes ocasiones del procedimiento. Cargo que suspende la prescripción es el primero de ellos
    3. Interrupción de la prescripción de la acción disciplinaria por nueva falta cometida
    4. Los organismos de la Administración están en la obligación de declarar de oficio la prescripción de la acción disciplinaria

TERCERA PARTE
RECURSOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO
DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL

  1. Aplicación supletoria del sistema recursivo de la Ley No 19.880
    2. La Contraloría General de la República no constituye instancia de apelación respecto de sus oficinas regionales
    3. Recurso de revisión. No concurren las causales
    4. Recurso de revisión y reclamo de ilegalidad
    5. Recurso de revisión. Significado de la palabra “aparecieren”
    6. Recurso de revisión. Cuando se entiende que un acto se encuentra “firme”
    7. Error de hecho y la circunstancia de no compartir una interpretación de CGR
    8. Interposición de recurso de revisión por medios electrónicos fuera del horario de atención al público
    9. Improcedencia del recurso jerárquico
    10. Recurso de protección y actos intermedios de un sumario
    11. Recurso de protección como acción para revisar procedimientos administrativos
    12. Interposición de los recursos y suspensión del acto impugnado
    13. Resolución que resuelve un recurso no se pronuncia sobre todos los antecedentes

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El contenido de este libro es la doctrina sintetizada que fluye de fallos de tribunales superiores de justicia y dictámenes de la Contraloría General de la República, sobre el sistema recursivo administrativo, sumarios, decaimiento, actos y contratos, régimen sancionatorio, entre otros. Obra práctica y de consulta rápida para abogados, jueces y académicos.

CAPÍTULO I ACTO ADMINISTRATIVO

TÍTULO PRIMERO CONCEPTOS Y ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO

  1. Concepto de acto administrativo 2. Elementos de un acto administrativo 3. La responsabilidad administrativa se hace efectiva mediante la dictación de un acto administrativo 4. Presunción de validez de los actos administrativos 5. Los actos administrativos que afecten derechos de particulares deben ser fundados 6. De los actos administrativos en general 7. Retroactividad de los actos administrativos. Artículo 52 de la Ley No 19.880 8. Vicios que no invalidan el acto administrativo 9. Desviación de poder 10. Acto aclaratorio del artículo 62 de la Ley No 19.880

TÍTULO SEGUNDO MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Motivación y principio de juridicidad. En materia de calificaciones funcionarias, la obligación que impone la ley de fundamentar la decisión, obedece al principio de juridicidad 2. La ausencia de motivación de un acto administrativo, es un vicio que recae en un requisito esencial del mismo 3. No se cumple con la motivación del acto, si en un contrato se señala que cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al mismo, sin expresión de causa 4. La motivación es un requisito esencial

TÍTULO TERCERO DECAIMIENTO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Concepto de decaimiento 2. Decaimiento en liquidación tardía de término de contrato 3. Decaimiento y dilación en la tramitación de procedimientos de la Administración
  2. Criterio de algunas Cortes de Apelaciones II. Nuevo criterio de la Corte Suprema y de algunas Cortes de Apelaciones III. Criterio de Contraloría General de la República

TÍTULO CUARTO INVALIDACIÓN, CAUDUCIDAD Y REVOCACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Frente a la presencia de un acto irregular, la Administración está obligada a invalidarlo 2. La invalidación no es un recurso administrativo 3. El plazo de dos años establecido en el artículo 53 inciso 1 de la Ley No 19.880, es uno de caducidad 4. Cuando el mismo interesado solicita la invalidación, la omisión de la audiencia del artículo 53 de la Ley No 19.880 no vicia la actuación 5. Transcurrido el plazo de dos años del artículo 53, la Administración ya no puede invalidar 6. Consecuencias de la no realización de la audiencia previa del artículo 53 7. La resolución de adjudicación no se publicó en el portal, por lo tanto, la empresa adjudicada no fue notificada. Procede la invalidación 8. Límites a la facultad de invalidación 9. Impugnación del acto invalidatorio 10. Montepío fue concedido de forma válida, posterior a ello se produce una causal de inhabilidad. No procede la invalidación, porque ha transcurrido el plazo de prescripción adquisitiva del Código Civil 11. Concepto de revocación 12. Las razones para revocar un proceso licitatorio no pueden ser genéricas, sino que deben precisarse 13. Cada uno de los actos de un proceso licitatorio pueden ser impugnados separadamente 14. En caso se infrinja el principio de abstención, ello no importa la invalidez de los actos en las cuales se intervino, debido a la calidad de actos separables de una licitación 15. Límite a la revocación cuando la naturaleza del acto impide que sea dejado sin efecto 16. El llamado a licitación mediante un acto administrativo, no es uno de aquellos que declare derechos, por lo que se puede revocar 17. Razón esgrimida para revocar se ajusta a derecho 18. Invalidación parcial 19. Invalidación y conversión del acto administrativo 20. Convalidación de los actos administrativos 21. Caducidad de patente de alcoholes. La caducidad es una sanción de derecho estricto 22. Permisos de edificación caducan de manera automática 23 Invalidación y el principio de conservación de los actos administrativos 24. La notificación del acto invalidatorio no constituye la audiencia previa a que se refiere el artículo 53 de la Ley No 19.880 25. Notificación hecha al oferente de que se iniciará un proceso de invalidación, cumple con el trámite de la audiencia previa 26. La audiencia previa es un requisito esencial 27. La invalidación procede incluso respecto de los actos que fueron tomados de razón por Contraloría 28. La invalidación no impide que los afectados puedan ejercer las acciones judiciales correspondientes 29. Expresiones de carácter genérico esgrimidos en un proceso de calificación, es una causa para invalidar el acto 30. La declaración de desierta de una licitación, no es un acto apto para reemplazar la invalidación 31. Las políticas de gobierno no son susceptibles de invalidarse, pues no son actos administrativos 32. Revocación y actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente 33. Diferencias entre la revocación y la invalidación. Límites de cada una

TÍTULO QUINTO VICIOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

  1. Calidad de esencial o no de un vicio

TÍTULO SEXTO EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

  1. Frente a la demora por parte de la Administración en resolver un requerimiento, se aplica el silencio negativo 2. La demora por parte de la Administración en resolver un recurso de reconsideración, hace procedente la aplicación del silencio negativo 3. Las abstenciones son una ausencia de manifestación de voluntad en relación a una decisión. Sentido del silencio en relación a ello 4. No procede el silencio administrativo en las actuaciones fiscalizadoras de los órganos de la Administración 5. Revalidación de título universitario. Improcedencia del silencio positivo 6. No se aplica el silencio positivo, si con ello se evita el cumplimiento de requisitos formales necesarios para constituir un derecho

CAPÍTULO II CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO DE LOS CONTRATOS EN GENERAL

  1. Término anticipado del contrato 2. Excepción de contrato no cumplido 3. Exigibilidad anticipada de las prestaciones de contrato 4. Servicios prestados por un proveedor, pero sin contrato vigente 5. Qué se entiende por total tramitación del acto que aprueba el contrato 6. Las modificaciones a los contratos no pueden alterar o ampliar el objeto sobre el cual recae la contratación. Se infringen los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes 7. Proveedor no puede modificar unilateralmente el contrato, menos aún si con ello se libera del cumplimiento sus obligaciones 8. Cuando la contratación se materializa con la sola orden de compra, esta hace las veces de contrato, por lo que se aplican igualmente las inhabilidades para contratar establecidas en la Ley No 19.886 9. No se puede dejar sin efecto ipso jure la adjudicación por la no suscripción del contrato 10. La Administración es que la debe ponderar si concurren o no los hechos que habilitan poner término al contrato, sin que sea necesario un análisis previo de Contraloría 11. El plazo para realizar el pago se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conformes y no desde que aquella se halle en “estado aceptado” 12. Alcance de la noción de contrato administrativo 13. No procede la renovación automática de un contrato, puesto que pugna con el sistema de propuesta pública y el principio de transparencia 14. Pagos con imputación a presupuestos futuros 15. La aplicación de la compensación en los contratos administrativos

TÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES A LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

  1. Principio de la buena fe 2. A los contratos administrativos se les aplica el principio de equilibrio económico de las prestaciones mutuas 3. Principio del enriquecimiento sin causa

TÍTULO TERCERO TÉRMINO DEL CONTRATO

  1. En las bases de licitación deben señalarse de manera específica las causales de incumplimiento grave, para poder poner término anticipado al contrato 2. No es procedente la facultad por parte del proveedor, de poner término anticipado al contrato de manera unilateral 3. No es procedente añadir en el contrato una cláusula nueva de término del mismo y que no estaba contemplada en las bases administrativas

TÍTULO CUARTO CASO FORTUITO Y TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN

  1. El principio de estricta sujeción a las bases admite como excepción la concurrencia de una situación de caso fortuito 2. Corresponde a la autoridad administrativa ponderar si se configura a eximente de caso fortuito 3. Teoría de la imprevisión 4. Concurren los elementos de la fuerza

TÍTULO QUINTO RENUNCIA DE DERECHOS Y ACCIONES POR PARTE DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS

  1. Organismos públicos no pueden transigir en contratos específicos, sin que exista una ley que los autorice 2. Término anticipado de los servicios sin responsabilidad posterior del contratante, ni derecho a indemnización para el organismo público, implica renuncia anticipada de derechos por parte de este 3. Pese a que en los contratos administrativos se aplica el artículo 1558 CC, los órganos de la Administración no pueden limitar los perjuicios de los que debe responden el proveedor contratante

SEGUNDA PARTE DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

CAPÍTULO I GENERALIDADES SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES

  1. Los organismos del Estado están obligados a cursar las multas derivadas de incumplimientos contractuales 2. La Administración no puede condonar las multas que deben aplicarse 3. Prescripción de las multas que se establecen en las bases de licitación y los consecuentes contratos 4. Las sanciones son de derecho estricto, no se pueden aplicar a situaciones no contempladas en ellas 5. Prescripción del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración 6. No corresponde aplicar multas por causas no imputables al proveedor 7. No corresponde que las multas se descuenten directamente de la factura 8. El monto de las multas incluye los impuestos que correspondan 9. Las multas no constituyen hechos gravados con IVA, por la cual no corresponde facturar por parte del mandante, ni emitir nota de crédito por parte del contratista, por cuanto no se trata de una operación gravada 10. No se infringe el principio del non bis in ídem, si se aplica para un mismo hecho de incumplimiento, la multa contemplada en el convenio y la suspensión establecida por la Dirección de Compras y Contratación Pública 11. Las municipalidades no pueden mediante ordenanzas, establecer sanciones no previstas por la ley. Se infringe el principio de legalidad 12. La imposición de una multa por un funcionario que no tiene atribuciones para hacerlo, no es una irregularidad de forma 13. El otorgamiento de un plazo de gracia para la entrega del bien, no impide la aplicación de una multa 14. Aplicación del principio del non bis in idem al Derecho Administrativo Sancionador 15. Aplicación del principio de que no se puede reformar para peor 16. Indeterminación de las multas 17. Las multas aplicadas por organismos públicos, son ingresos propios de dichos servicios

CAPÍTULO II LAS MULTAS SON UN INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

  1. Las multas son producto de un incumplimiento contractual y no constituyen una sanción administrativa, por lo mismo, la prescripción de la acción es de acuerdo con las normas del Código Civil 2. Las multas son cláusulas penales 3. Multas y cauciones. Los fundamentos de las multas y las garantías de fiel cumplimiento del contrato son diversos

CAPÍTULO III RÉGIMEN SANCIONATORIO EN SECTORES REGULADOS

  1. Cobro ejecutivo de las multas cursadas al término de un sumario, impuestas por las secretarias regionales Ministeriales de Salud 2. Mérito ejecutivo de una multa interpuesta por la Superintendencia de Educación y plazo de prescripción de la sanción aplicada 3. Generación de intereses en multas interpuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente 4. Condonación de deudas por parte de una Municipalidad 5. Reajustabilidad de las sumas restituidas por aplicación de una multa dispuesta por la Superintendencia de Educación 6. Competencia del Servicio Agrícola y Ganadero para sancionar infracciones a los planes de descontaminación atmosférica 7. Ámbito de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente 8. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles cuenta con las facultades para solicitar información contable, dentro de procedimiento sancionatorio

CAPÍTULO IV SUMARIOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO DE LOS SUMARIOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL

  1. Aplicación supletoria de la Ley No 19.880 a los sumarios administrativos regulados en leyes especiales 2. Plazos para la tramitación de los sumarios 3. Personal contratado a honorarios no puede cumplir la labor de fiscal instructor en sumarios administrativos 4. Funcionario que ha sido designado como fiscal tiene la calidad de contratado y el sumariado es de planta 5. La falta de experiencia no es un impedimento para la designación del fiscal 6. Fiscal instructor es de un grado inferior jerárquico al inculpado que se ha separado del organismo público 7. No es impedimento para la designación del fiscal, el hecho que cumpla funciones en el mismo Departamento del inculpado 8. La Ley No 21.369 no contiene disposiciones que regule la jerarquía de quien lleve un sumario. Aplicación supletoria del Estatuto Administrativo 9. Determinación de la jerarquía entre el fiscal instructor y el inculpado, cuando ambos están sujetos a estatutos diversos 10. Designación de fiscal instructor a funcionario que ostente la calidad de jefe en el organismo, pero ha sido contrato de acuerdo con las normas del Código del Trabajo 11. Sumario instruido por funcionario distinto al que designa la ley 12. Finalidad de los sumarios administrativos 13. El efecto de cosa juzgada no se produce en procedimientos disciplinarios 14. Momento en que se suspende el procedimiento sumario, en el caso regulado en artículo 84 ter de la Ley No 18.961 (ley orgánica constitucional de Carabineros) 15. Solicitud del inculpado para rendir prueba

TÍTULO SEGUNDO FUERO MATERNAL

  1. Aplicación del fuero maternal a funcionarias públicas 2. Sanción aplicada a funcionaria con fuero maternal, se hará efectiva una vez que termine esa protección o se acoja el desafuero 3. Fuero maternal se aplica a servidoras que prestan servicios a honorarios, de acuerdo con un contrato celebrado en virtud del Estatuto Administrativo 4. Duración del fuero maternal frente a una sanción 5. Fuero maternal se aplica a funcionarias suplentes

TÍTULO TERCERO LA PRUEBA EN EL SUMARIO Y LA TRAMITACIÓN EN SÍ DE ESTE ÚLTIMO

  1. Mérito de los elementos de convicción debe ser apreciado por la autoridad que tramita el procedimiento 2. Medios de prueba. Son admisibles como medios de prueba las capturas de pantalla de conversaciones, en las investigaciones sumarias sobre acoso laboral o sexual 3. Durante la tramitación de un sumario, el funcionario involucrado renuncia a su cargo. El sumario debe de todas formas concluir, aplicándose la sanción respectiva 4. Se eleva a sumario la investigación con posterioridad al alejamiento del funcionario. Renuncia efectiva es posterior al inicio de la investigación. La tramitación del sumario debe finalizar 5. Sentido de la frase “si se encontrare en tramitación”, del inciso final del artículo 147 de la Ley No 18.834 sobre Estatuto Administrativo 6. Aplicación de sanción en proceso disciplinario es de derecho estricto 7. Modificación de sanción impuesta. Prescripción de la acción de responsabilidad funcionaria 8. Debe aplicarse el principio de proporcionalidad en la aplicación de las sanciones 9. Para rebajar la pena no es obligación considerar el buen comportamiento anterior del funcionario investigado 10. El fiscal de un sumario puede rechazar la petición de abrir un término probatorio, cuando las diligencias no son útiles para la investigación 11. Puede abrirse un término probatorio de un plazo inferior a los 20 días que establece el artículo 138 de la Ley No 18.834 12. Excesiva tardanza en la tramitación de un sumario, genera responsabilidad administrativa 13. Responsabilidad administrativa de los funcionarios contratados a honorarios 14. Toma de declaración a un inculpado que está con licencia médica 15. Solo una vez que los procesos disciplinarios se encuentran totalmente tramitados, pierden la connotación de secretos y les resulta aplicable el principio de publicidad a que se refiere el artículo 5 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado 16. Independencia de la responsabilidad penal y administrativa 17. Independencia de las responsabilidades y facultad discrecional de la Administración para determinar la reapertura de un sumario 18. Principio a la debida defensa en un sumario

TÍTULO CUARTO LA SANCIÓN DISCIPLINARIA

  1. No se puede aplicar una multa en cuotas 2. Medida de suspensión del empleo y cotizaciones fondos de pensiones 3. La calificación de la gravedad en la sanción aplicada a infracción a la probidad administrativa, le corresponde al organismo de la Administración en particular 4. Las causales de infracción a la probidad administrativa enumeradas en el artículo 62 de la Ley No 18.575 no son taxativas 5. Inhabilidad de ingreso a la Administración pública y las corporaciones municipales 6. No corresponde aplicar sanciones adicionales que no están contempladas en el Estatuto Administrativo

TÍTULO QUINTO PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA

  1. No es posible la reapertura de sumario, cuando la acción disciplinaria esté prescrita 2. Se formulan cargos en diferentes ocasiones del procedimiento. Cargo que suspende la prescripción es el primero de ellos 3. Interrupción de la prescripción de la acción disciplinaria por nueva falta cometida 4. Los organismos de la Administración están en la obligación de declarar de oficio la prescripción de la acción disciplinaria

TERCERA PARTE RECURSOS ADMINISTRATIVOS

TÍTULO PRIMERO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL

  1. Aplicación supletoria del sistema recursivo de la Ley No 19.880 2. La Contraloría General de la República no constituye instancia de apelación respecto de sus oficinas regionales 3. Recurso de revisión. No concurren las causales 4. Recurso de revisión y reclamo de ilegalidad 5. Recurso de revisión. Significado de la palabra “aparecieren” 6. Recurso de revisión. Cuando se entiende que un acto se encuentra “firme” 7. Error de hecho y la circunstancia de no compartir una interpretación de CGR 8. Interposición de recurso de revisión por medios electrónicos fuera del horario de atención al público 9. Improcedencia del recurso jerárquico 10. Recurso de protección y actos intermedios de un sumario 11. Recurso de protección como acción para revisar procedimientos administrativos 12. Interposición de los recursos y suspensión del acto impugnado 13. Resolución que resuelve un recurso no se pronuncia sobre todos los antecedentes
Autor: Cristóbal Osorio Vargas Editorial: Der Ediciones Numero de Paginas: 690 Año de publicación: 2022Autor: Equipo Editorial Thomson Reuters Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación : 2022 Paginas :250Autor: Andrés Bustos Díaz, Fernando Azofeifa Castro Editorial : Tirant lo Blanch Año de Publicación  : 2022 Paginas :160Autor: Gabriel Enrique Celis Danzinger Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 562 Año de publicación: 2018Autores: Jaime Arancibia Mattar, Juan Carlos Flores Rivas y Rosa Fernanda Gómez González Editorial : Der Ediciones Año de Publicación : 2022 Paginas :252
ContentAutor: Carlos Cárcamo Vogel Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 212 Año de publicación: 2026INDICE Incluye Ley Nº 21.180, sobre Transformación Digital del Estado En esta obra se enfocará en estudiar la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Asimismo, examine el surgimiento del procedimiento administrativo electrónico a la luz de las modificaciones necesarias por la Ley Nº 21.180, y la adaptación del procedimiento administrativo al nuevo Estado digital. Así, es un libro sobre el Procedimiento Administrativo de tramitación de papel y digital. De esta forma, cobra especial relevancia en este estudio el análisis de los principios del procedimiento administrativo –y la irrupción de nuevos principios como son los de neutralidad tecnológica, de actualización, de equivalencia funcional, de fidelidad, de interoperabilidad y de cooperación–, las reglas comunes, el procedimiento propiamente tal y la institución del silencio administrativo. Se examinará no obstante el conjunto de reformas que se han introducido a dicho marco normativo en el proceso de digitalización del Estado que se concreta con la Ley Nº 21.180.Hasta la entrada completa en vigencia de las reformas de esta ley a todos los organismos de la Administración del Estado, lo que ocurrirá no obstante el 11 de noviembre de 2024, se hace indispensable examinar el procedimiento administrativo “predigitalización” y el “nuevo post digitalización” , en tanto la normativa aludida entra en vigencia. Asimismo, en el del procedimiento administrativo “nuevo post digitalización” se hace necesario aludir a normas que complementan el estudio de regulación de la Ley Nº 21.180, por un lado; el DFL Nº 1, de 6 de abril de 2021,Descripción Procedimientos Administrativos de la Ley N° 19.880 Recursos Administrativos Accesos a la Información Pública de la Ley N° 20.2845 En esta nueva edición de Estrategia y Práctica Profesional: Derecho Administrativo se tratan las siguientes temáticas: FORMULARIOS RELACIONADOS CON LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 19.880 • Solicitud de información • Procedimiento • Deber de abstención RECURSOS ADMINISTRATIVOS • Recurso de reposición • Recurso de revisión • Recurso jerárquico FORMULARIOS RELACIONADOS SOBRE EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA LEY Nº 20.285 • Acceso a la información • Entrega de información • Denegación de información • Formulación de descargos • Reclamación de ilegalidad • Requerimientos para subsanar solicitud de información • Solicitud de amparo a derecho de acceso a la información Esta obra mantiene su carácter completamente práctico al reunir en un volumen toda la documentación necesaria para el ejercicio profesional en esta materia, complementada con normativa, jurisprudencia administrativa y judicial aplicables a cada formulario. Autores: Equipo Editorial Thomson Reuters Thomson Reuters ÍNDICE Presentación CAPÍTULO I FORMULARIOS RELACIONADOS A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 19.880 1. Persona solicita información 2. Persona solicita responsabilidad 3. Remisión de solicitud a autoridad competente (por falta de competencia del órgano requerido) 4. Solicitud de inicio de procedimiento 5. Solicitud para eximirse de presentar documento en poder de la Administración 6. Solicitud para eximirse de presentar documento que no corresponde al procedimiento 7. Solicitud para practicar acto de instrucción en forma compatible con obligaciones laborales o profesionales 8. Deber de abstención. Por amistad o enemistad íntima 9. Deber de abstención. Por asociación 10. Deber de abstención. Por haber sido testigo o perito 11. Deber de abstención. Por interés 12. Deber de abstención. Por servicios actuales 13. Promoción de la abstención. Por amistad íntima o enemistad manifiesta 14. Promoción de la abstención. Por asociación 15. Promoción de la abstención. Por haber sido perito o testigo en el procedimiento 16. Promoción de la abstención. Por interés 17. Promoción de la abstención. Por parentesco 18. Promoción de la abstención. Por servicios profesionales pasados 19. Promoción de la abstención. Por servicios 20. Resolución que se pronuncia sobre comunicación de deber de abstención 21. Acompaña documento necesario para iniciar procedimiento 22. Acompaña documento 23. Alega defecto de tramitación 24. Alega defecto y pide responsabilidad 25. Interesado acompaña documento 26. Interesado alega defecto 27. Interesado solicita ampliación de plazo 28. Interesado solicita conocer estado de tramitación de procedimiento 29. Interesado solicita copia autorizada de los documentos del expediente 30. Interesado solicita devolución de originales 31. Persona acompaña documento 32. Persona formula alegación 33. Subsana falta 34. Acto administrativo que resuelve recurso administrativo 35. Acto administrativo que afecta derechos de particulares 36. Resolución que subsana vicios de actos administrativos CAPÍTULO II RECURSOS ADMINISTRATIVOS 37. Recurso de reposición. Acto de mero trámite que hace imposible continuar el procedimiento 38. Recurso de reposición. Acto de mero trámite que produce indefensión 39. Recurso de reposición 40. Recurso de revisión (aparecieren documentos de valor esencial para la resolución del asunto ignorados al momento de dictación del acto) 41. Recurso de revisión (aparecieren documentos de valor esencial para la resolución del asunto que no fue posible acompañar) 42. Recurso de revisión (declaración de documentos o testimonios falsos por sentencia con anterioridad a la resolución, que se desconocía) 43. Recurso de revisión (declaración de documentos o testimonios falsos por sentencia con posterioridad a la resolución) 44. Recurso de revisión (manifiesto error de hecho) 45. Recurso de revisión (Que la resolución se hubiere dictado sin el debido emplazamiento) 46. Recurso de revisión (Que por sentencia ejecutoriada se haya declarado que el acto se dictó como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia u otra maquinación fraudulenta) 47. Recurso jerárquico I 48. Recurso jerárquico II 49. Recurso jerárquico. Acto de mero trámite que hace imposible continuar el procedimiento CAPÍTULO III FORMULARIOS RELACIONADOS SOBRE EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA LEY Nº 20.285 50. Acceso a la información, por apoderado del solicitante, con voluntad de ser notificado mediante comunicación electrónica 51. Acceso a la información, por apoderado del solicitante 52. Acceso a la información, por el solicitante, con voluntad de ser notificado mediante comunicación electrónica 53. Acceso a la información, por el solicitante 54. Caso en que la información solicitada está permanentemente a disposición del público 55. Caso en que la información solicitada pertenece a múltiples organismos 56. Caso en que la información solicitada se refiere a documentos o antecedentes que contengan información que pueda afectar derechos de terceros 57. Caso en que no es posible individualizar al órgano competente 58. Deniega acceso a información (por causal de secreto o reserva, artículo 21, número 5) 59. Deniega acceso a información (por causales de secreto o reserva, artículo 21, números 1, 2, 3 y 4) 60. Deniega acceso a información (por oposición de terceros) 61. Entrega información sujeta a pago de costos directos de reproducción 62. Entrega información 63. Escrito de oposición a la entrega de información 64. Formulación de descargos por autoridad reclamada (por denegación de la información sin oposición de tercero) 65. Formulación de descargos por autoridad reclamada (por falta de respuesta, que se ha dado en forma positiva) 66. Prórroga por otros diez días hábiles para pronunciarse sobre la solicitud de información 67. Reclamación de ilegalidad del art. 28 Ley Nº 20.285 68. Remisión de solicitud a autoridad competente (por falta de competencia del órgano requerido) 69. Remisión de solicitud a autoridad competente (por no poseer los documentos solicitados) 70. Requerimiento para subsanar solicitud de información (por falta de identificación clara de la información requerida) 71. Requerimiento para subsanar solicitud de información (por falta de identificación del solicitante y de su apoderado en su caso) 72. Solicitud de amparo a derecho de acceso a la información (en caso de oposición de tercero) 73. Solicitud de amparo a derecho de acceso a la información (por denegación de la información sin oposición de tercero) 74. Solicitud de amparo a derecho de acceso a la información (por falta de respuesta y sin prórroga) 75. Solicitud de amparo a derecho de acceso a la información (por falta de respuesta, con prórroga) 76. Subsanación de falta de solicitud de acceso a la información 77. Tercero presenta observaciones (por denegación de la información en caso de oposición de este)ÍNDICE Prólogo 13 Parte i DERECHO BANCARIO Capítulo Primero NOCION DE DERECHO BANCARIO 17 Generalidades 17 Derecho público bancario 18 Derecho privado bancario 19 Capítulo Segundo EVOLUCIÓN HISTÓRICA 21 Capítulo Tercero SISTEMA BANCARIO 25 Noción de sistema bancario 25 Entidades reguladoras 25 Banca Central 25 Organismos de supervisión y entidades de control 26 Las instituciones de crédito en general 26 Sistema bancario chileno 27 El panorama internacional 27 Capítulo Cuatro SISTEMA BANCARIO CHILENO 29 Sección I EL BANCO CENTRAL DE CHILE 1. Generalidades 29 2. Objetivo del banco central 30 3. Dirección y administración 30 4. Facultades y operaciones del banco 31 4.1. Ser banquero de los bancos 31 4.2. Emisor de la moneda 31 4.2.1. Las criptomonedas 35 4.3. Dictar normas en materia de regulación de la cantidad de dinero en circulación y de crédito. 43 4.4. Atribuciones en materia internacional (art. 38 LOC). 44 4.5. Facultades en materia de cambios internacionales y de comercio exterior (art. 39 LOC). 45 5.- Facultades sancionatorias del banco central 46 6.- Procedimiento de reclamo de los acuerdo del consejo (art. 66 LOC). 46 1.- Notificación de los acuerdos 46 2.- Reclamos (art. 69 LGB) 46 Sección II COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO (EX SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS) 1.- Evolución histórica del organismo de supervición 47 2.- Comisión para el Mercado Financiero 49 Entidades sujetas a su supervisión (art. 3). 49 Atribuciones generales de la CMF (art. 5º). 50 Organización de la CMF 50 Capítulo Quinto DE LAS EMPRESAS BANCARIAS 51 I.- Concepto 51 II.- Legislación que rige a las empresas bancarias establecidas en Chile 52 Capítulo Sexto CONSTITUCION DE LAS EMPRESAS BANCARIAS 53 I.- Estructura jurídica 53 II.- Autorización del Estado. 53 Capítulo Séptimo SUCURSALES O AGENCIAS DE BANCOS EXTRANJEROS 57 Capítulo Octavo FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION DE LOS BANCOS 59 I.- Obligatoridad del realizar el giro 59 II.- Protección del giro bancario (art.39) 59 II.- Dirección y administración de los bancos 60 1.- El directorio 60 2.- Sesiones de directorio 60 3.- Inhabilidades e incompatibilidades 61 III.- Requisitos que deben cumplir los accionistas 61 IV.- Del capital de los bancos. 62 1.- Capital y reservas 62 2.- Aumentos y disminuciones de capital 63 3.-Las acciones 63 4.- Dividendos 64 Capítulo Noveno INDICES DE SOLVENCIA Y LIQUIDEZ BANCARIA 65 I.- Concepto 65 II.- Clasificacion de gestion y solvencia (arts. 59 a 62 LGB) 66 III.- Analisis de los indices de solvencia y liquidez. 66 1.- El encaje bancario 66 2.- La reserva técnica.- 67 3.- Relación entre activos y patrimonio.- 68 4.- Limitaciones en el otorgamiento de créditos.- Art. 84 68 1.- Sin garantías: 68 2.- Con garantías: 69 5.- Prohibición de otorgar créditos. 69 6.- Prohibición de adquirir ciertos bienes. (art. 84 Nº 5) 70 7.- Prohibición de garantizar obligaciones de terceros (art. 84 Nº 6). 70 Capítulo Undécimo MEDIDAS PARA REGULARIZAR LA SITUACION FINANCIERA CRITICA DE LOS BANCOS 71 1.- Capitalización Preventiva (art. 118) 71 2.- Solidaridad bancaria 72 3.- Procedimiento de reorganización o liquidación 72 4.- Liquidación Forzosa. Art. 130 72 Capítulo Duodécimo CONSERVACION DE DOCUMENTOS Y CADUCIDAD DE LOS DEPOSITOS 73 I.- Conservacion de la documentacion. art. 155 73 II. Caducidad de los depositos. artículo 156 73 Parte II Capítulo Primero OPERACIONES BANCARIAS 77 I.- Concepto 77 II.- Portabildad financiera 77 III.- Responsabilidad por fraudes bancarios 78 IV.- Garantía del estado a las captaciones (Art. 144 y 145) 79 Capítulo Segundo ASPECTOS GENERALES DE LA CONTRACION BANCARIA 81 I.- Caracterización jurídica de los contratos bancarios 81 II.- Fuentes del Dereho contractual bancario 82 III.- Clasificación de los contratos bancarios 84 Capítulo Tercero LA CUENTA CORRIENTE BANCARIA 87 I.- Introducción 87 II.- Normativa que regula la cuenta corriente bancaria 87 III.- Definición legal 88 IV.- Caractertistícas del contrato 88 V.- Obligaciones del banco 90 VI.- Extinción o conclusión del contrato. 92 Capítulo Cuarto CONTRATOS BANCARIOS DE PASIVO 93 I.- Introducción. Actividad bancaria, entidades de crédito y operaciones pasivas 93 II.- Los depósitos bancarios en general 93 III. Los depósitos bancarios de dinero 95 Capítulo quinto CONTRATOS BANCARIOS DE ACTIVO 101 I.- El contrato de préstamo 101 II El contrato de apertura de crédito 107 III. El contrato de descuento 110 IV.- Préstamo hipotecarios 113 Capítulo Sexto CONTRATOS BANCARIOS DE GESTION 119 I.- El crédito documentario o carta de crédito 119 II.- El aval bancario 126 III.- Las tarjetas bancarias 127 IV.- La tarjeta de crédito 127 V.- Sistema de la tarjeta de crédito 132 VI.- El servicio bancario de cajas de seguridad 136 VII.- Underwriting 140 Capítulo Séptimo DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS 143 I. Figuras contractuales bancarias de gestión del riesgo financiero 143 Capítulo Octavo SOCIEDADES FILIALES COMPLEMENTARIAS DEL GIRO 151Colección de Derecho Administrativos. La presente investigación aborda uno de los capítulos tradicionales que integran el Derecho Administrativo general, cual es, la contratación administrativa y los contratos administrativos, como expresión de la actividad formal de la Administración del Estado, cuyo enfoque se sitúa en el contexto de nuestro ordenamiento jurídico interno, principalmente a partir de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento, la Ley del MOP y el Reglamento de Contratos de Obra Pública, la Ley de Concesiones de Obra Pública y su Reglamento, analizadas, por cierto, en el contexto de otras fuentes jurídicas, como la Constitución Política, los tratados internacionales pertinentes, la Ley N° 18.575, la Ley N° 19.880, la Ley N° 20.285, y la Ley de Administración Financiera del Estado Decreto Ley N° 1.263, así como la jurisprudencia constitucional, judicial y administrativa, sin perjuicio de recurrir también a la doctrina nacional e internacional. Se trata en definitiva, de una obra destinada principalmente a académicos y profesores de la cátedra de Derecho Administrativo, como también a los abogados, administradores públicos, estudiantes de Derecho, y a todos los servidores y funcionarios que se desempeñan en los órganos de la Administración del Estado. El primer capítulo aborda los fundamentos de la contratación administrativa, vale decir, lo denominada teoría o parte general, conformada por los conceptos, características, clasificaciones y elementos de los contratos administrativos, así como los principios jurídicos y procedimientos de contratación pública, luego, los efectos de tales contratos, el control de los mismos, su régimen de extinción y finalmente, los mecanismos de solución de controversias. Los capítulos siguientes se abocan a la parte especial, es decir, al estudio de los contratos administrativos en particular. El segundo apartado se ocupa de los contratos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en aquellos sometidos al régimen normativo de la Ley de Compras Públicas. A su turno, el tercero y el cuarto apartado abordan, respectivamente, los contratos de obra pública, principalmente aquellos regidos por la normativa del MOP-, y de concesiones de esta obra pública, aquellos que regula la Ley concesiones y su Reglamento. Por su parte el quinto capítulo, analiza la estructura del contrato de concesiones de servicio público, incursionando en algunas de las modalidades de concesiones de servicio público que contempla nuestro ordenamiento jurídico administrativo. En definitiva, se trata de un texto pedagógico de estudio, cuyo índice temático se ajusta a los programas universitarios definidos para dicha materia por las Facultades de Derecho y Ciencia Jurídicas, y que por tanto privilegia el enfoque didáctico y sistemático sobre la materia, desde la perspectiva de la asignatura de Derecho Administrativo impartida-como curso de pregrado- en la carrera de Derecho. Ediciones Jurídicas El JuristaEsta obra analiza descriptivamente las principales modificaciones introducidas a la Ley N°19.880 (2003), que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado (LBPA), por la Ley N°21.180 (2019), sobre Transformación Digital del Estado, que incorpora significativas reformas a la regulación existente en materia de procedimiento administrativo. La reforma constituye una ocasión propicia para abordar las distintas cuestiones relacionadas con la obligatoriedad de la tramitación electrónica, los principios incorporados por la ley, las notificaciones electrónicas y el expediente administrativo digital. Si bien esta ley regula de manera directa la forma en que se desarrollarán las actuaciones administrativas desde un soporte papel a uno electrónico, esta transformación también conlleva una serie de cambios sustantivos relacionados con la manera en cómo las personas y funcionarios públicos se relacionan con la Administración del Estado (derechos en un contexto digital, manejo y almacenamiento de datos, ciberseguridad, uso de inteligencia artificial, entre otros). De ahí la importancia de analizar las modificaciones que la ley incorpora.
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