Derecho De Las Obligaciones Y Legislación Comparada
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Nuestras apuntaciones se intitulan Derecho de las Obligaciones, no Teoría General de las Obligaciones. El vocablo “teoría”, según los diferentes conceptos aportados por la RAE, es el “Conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación”; “Que conoce las cosas o las considera tan solo especulativamente”. A diferencia, el Derecho – aun cuando muchos conceptos existen -, tradicionalmente se ha entendido, desde el punto de vista objetivo, como el conjunto de normas imperativas destinadas a mantener la convivencia pacífica y ordenada en la sociedad, regulando las relaciones que se producen entre las personas; y que subjetivamente corresponde a un interés jurídicamente protegido por el derecho objetivo. Por tanto, como nuestras apuntaciones interrelacionan Teoría General de las Obligaciones y Derecho de las Obligaciones, al incorporar a los conceptos legislación civil de varios países, ésta nos permite intitular nuestro sencillo y modesto trabajo como “Derecho de las Obligaciones y Legislación Comparada”. Se trata, entonces, de la legislación como el conjunto de leyes de los Estados que al situarse unas frente a las otras, permiten conocer la concepción que sobre una misma temática – en el ámbito de las obligaciones -, se adopta en la legislación que puede compararse. De esta forma se conoce la regulación normativa disponible de los países sobre determinado hecho, devenido de la actividad humana, que genera obligaciones entre las personas.
Durante más de dos mil años, las obligaciones – si se permite y quiere: el Derecho de las Obligaciones y la Teoría General de las Obligaciones – han estado en constante evolución y efervescencia, en movimiento sin pausa; por lo cual pudiera inadvertidamente pensarse que ya nada más hay por agregar a lo dicho a través de la historia, cuando no es así. Muestra de esto es que han sido publicadas y continúan publicándose magníficas y excelentes obras jurídicas sobre obligaciones, y emitiéndose normas jurídicas (unas por el legislador y otras por los tribunales constitucionales cuando asumen función legislativa), porque el conocimiento no culmina sino a tiempo oportuno. Nuestras apuntaciones se presentan, entonces, como modestos comentarios al Derecho de las Obligaciones, a manera de conceptos entrelazados o conexos; desde luego que casi toda la actividad humana se desenvuelve no sólo en relaciones sociales y familiares, sino que en este transcurrir la mayor parte del tiempo del hombre y la mujer se agota en actividades relacionadas con obligaciones que se asumen para ser cumplidas; y todo a manera de dar, hacer algo o abstenerse de realizar una actuación, o permitir que otro la haga. Así, la actividad humana vincula a la persona a través de relaciones recíprocas la mayoría de las veces, y ahora con mayor intensidad, en donde el tiempo transcurre en velocidad que asombra, y el ser humano cada vez se deshumaniza para metalizar sus actos y relaciones; se complica y agota física y psicológicamente en este mundo “ancho y ajeno”, cibernético, digital, electrónico, de internet, la revolución de las comunicaciones, las redes sociales y la inteligencia artificial. Y todo lo anteriormente expresado y más, con fuerte impacto no sólo en las relaciones jurídicas contractuales y “cuasicontractuales”, sino también en las delictuales y “cuasidelictuales” a que se contraen restringidamente algunos códigos civiles, no sólo antiguos sino modernos.
Nuestras apuntaciones comprenden, en primer lugar, la obligación en general; y en segundo lugar, el pago o cumplimiento de las obligaciones y la responsabilidad civil.
9 disponibles
Autor: Gilberto Guerrero-Quintero
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 611
Año de publicación: 2024
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| Description | Autor: Gilberto Guerrero-Quintero Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 611 Año de publicación: 2024 | Congue nisi vitae suscipit tellus mauris. Aliquet sagittis id consectetur purus ut. Imperdiet massa tincidunt nunc pulvinar sapien et ligula ullamcorper. Sagittis vitae et leo duis ut diam quam. Interdum consectetur libero id faucibus nisl tincidunt. Lobortis elementum nibh tellus molestie nunc non blandit massa. | Autor: Óscar Andrés Torres Zagal Editorial: Editorial Libromar Numero de Paginas: 232 Año de publicación: 2022 | Autor: Ediciones Jurídicas de Santiago Editorial: EJS Numero de Paginas: 663 Año de publicación: 2022 | Autor: Universidad de los Andes Editorial: Thomson Reuters Año de Publicación: 2021 Paginas :124 | Autor: Juan Sebastián Vera Sánchez Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 196 Año de publicación: 2022 | ||
| Content | INDICE Nuestras apuntaciones se intitulan Derecho de las Obligaciones, no Teoría General de las Obligaciones. El vocablo “teoría”, según los diferentes conceptos aportados por la RAE, es el “Conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación”; “Que conoce las cosas o las considera tan solo especulativamente”. A diferencia, el Derecho – aun cuando muchos conceptos existen -, tradicionalmente se ha entendido, desde el punto de vista objetivo, como el conjunto de normas imperativas destinadas a mantener la convivencia pacífica y ordenada en la sociedad, regulando las relaciones que se producen entre las personas; y que subjetivamente corresponde a un interés jurídicamente protegido por el derecho objetivo. Por tanto, como nuestras apuntaciones interrelacionan Teoría General de las Obligaciones y Derecho de las Obligaciones, al incorporar a los conceptos legislación civil de varios países, ésta nos permite intitular nuestro sencillo y modesto trabajo como “Derecho de las Obligaciones y Legislación Comparada”. Se trata, entonces, de la legislación como el conjunto de leyes de los Estados que al situarse unas frente a las otras, permiten conocer la concepción que sobre una misma temática – en el ámbito de las obligaciones -, se adopta en la legislación que puede compararse. De esta forma se conoce la regulación normativa disponible de los países sobre determinado hecho, devenido de la actividad humana, que genera obligaciones entre las personas. Durante más de dos mil años, las obligaciones – si se permite y quiere: el Derecho de las Obligaciones y la Teoría General de las Obligaciones – han estado en constante evolución y efervescencia, en movimiento sin pausa; por lo cual pudiera inadvertidamente pensarse que ya nada más hay por agregar a lo dicho a través de la historia, cuando no es así. Muestra de esto es que han sido publicadas y continúan publicándose magníficas y excelentes obras jurídicas sobre obligaciones, y emitiéndose normas jurídicas (unas por el legislador y otras por los tribunales constitucionales cuando asumen función legislativa), porque el conocimiento no culmina sino a tiempo oportuno. Nuestras apuntaciones se presentan, entonces, como modestos comentarios al Derecho de las Obligaciones, a manera de conceptos entrelazados o conexos; desde luego que casi toda la actividad humana se desenvuelve no sólo en relaciones sociales y familiares, sino que en este transcurrir la mayor parte del tiempo del hombre y la mujer se agota en actividades relacionadas con obligaciones que se asumen para ser cumplidas; y todo a manera de dar, hacer algo o abstenerse de realizar una actuación, o permitir que otro la haga. Así, la actividad humana vincula a la persona a través de relaciones recíprocas la mayoría de las veces, y ahora con mayor intensidad, en donde el tiempo transcurre en velocidad que asombra, y el ser humano cada vez se deshumaniza para metalizar sus actos y relaciones; se complica y agota física y psicológicamente en este mundo “ancho y ajeno”, cibernético, digital, electrónico, de internet, la revolución de las comunicaciones, las redes sociales y la inteligencia artificial. Y todo lo anteriormente expresado y más, con fuerte impacto no sólo en las relaciones jurídicas contractuales y “cuasicontractuales”, sino también en las delictuales y “cuasidelictuales” a que se contraen restringidamente algunos códigos civiles, no sólo antiguos sino modernos. Nuestras apuntaciones comprenden, en primer lugar, la obligación en general; y en segundo lugar, el pago o cumplimiento de las obligaciones y la responsabilidad civil. | Congue nisi vitae suscipit tellus mauris. Aliquet sagittis id consectetur purus ut. Imperdiet massa tincidunt nunc pulvinar sapien et ligula ullamcorper. Sagittis vitae et leo duis ut diam quam. Interdum consectetur libero id faucibus nisl tincidunt. Lobortis elementum nibh tellus molestie nunc non blandit massa. | DescripciónEl libro expone y explica el tipo societario, en las normas que la regulan en el Código de Comercio, incorporada por la Ley N° 20.190 de 2017, en un completo panorama, con referencia al derecho comparado latinoamericano de Siglo XXI y a la doctrina nacional y extranjera. Tiene por destinatarios a los operadores jurídicos de esta materia societaria, abogados, jueces y también a profesionales que utilizan el tipo societario para emprendimientos que requieren de una estructura corporativa ágil, acorde a la economía en que se desarrollan las pequeñas y medianas empresas. En esta última dimensión, el libro pretende ser un instrumento útil para las PYMEs, en sus objetos de negocios. Se considera especialmente el ámbito del levantamiento de capital de riesgo, su vinculación con la Norma de Carácter General N° 452 de 2021 de la Comisión para el Mercado Financiero y la creación de un mercado de transacción de acciones y bonos de la SpA y la sociedad anónima cerrada en la Ley de Mercado de Valores. Termina el libro con un capítulo final destinado a exponer una nueva mirada al gobierno corporativo de las sociedades de capital, mediante la incorporación de los trabajadores a la propiedad accionaria, en un nuevo trato económico entre capital y trabajo, con cita a economistas que proponen este modelo que se ha denominado de “cogestión” en Europa y que ya cuenta con valiosas experiencias en Chile, en un proceso auspicioso que recién se inicia.
| INDICEDescripción
Esta obra es una recopilación de trabajos de juventud (1985-1989) del autor – todos inéditos – en los cuales se profundiza, desde un enfoque positivista y crítico, en diversas aristas de la teoría política, del derecho y del Estado, el derecho constitucional y su práctica institucional, los derechos humanos y el desarrollo de la ciencia política en Europa y América Latina, temas que han marcado su trayectoria y vida académica, así como su permanente compromiso con los ideales democráticos y la construcción de un Estado social y democrático de derecho.
Autor: Francisco Zúñiga Urbina
| «La revista Doctrina y Jurisprudencia Penal es una revista trimestral preparada por el Departamento de Derecho Penal de la Universidad de los Andes con la colaboración de destacados académicos del área, que forman parte de su comité editorial. Este texto aborda temas de interés penal y procesal penal desde una perspectiva práctica. Se divide en tres secciones, una dedicada a la publicación de estudios originales sobre problemas que repercuten en nuestra realidad jurídica, otra integrada por comentarios de sentencias, que se sistematizarán según su origen: Juzgados de Garantía; Tribunales Orales en Lo Penal; Corte de Apelaciones y Corte Suprema y, finalmente, una que agrupa una serie de sentencias clasificadas y sistematizadas por tema. La aspiración de esta publicación, y de toda la colección que seguirá, es apartarse de la miscelánea doctrinaria y jurisprudencial desarrollando temas específicos de la parte especial y general del Derecho Penal. De este modo, su aspiración es ser un aporte trimestral efectivo al trabajo de los estudiosos del Derecho, pero muy especialmente a los operadores que lidian cotidianamente con estas cuestiones en nuestros tribunales de justicia. Este número especial se dedica a examinar las mayores dificultades que presentan los delitos de peligro para la salud pública en época de pandemia. No sólo se abordan las distintas nociones de delitos de peligro a partir del art. 318 y del 318 bis, como su relación con el art. 316, sino que además se abordan cuestiones procedimentales que se presentan y se han presentado con ocasión de la aplicación de estas figuras hoy.» Índice I. Estudios Testeos de legitimidad para el Derecho penal argentino en tiempos de coronavirus….. 3 Legitimacy tests for argentine criminal law in times of coronavirus Juan María Rodríguez Estévez II. Comentarios de sentencias Comentario a la SCA de San Miguel de 23 de junio de 2020 (rol Nº 294-2020)……………… 25 Francisco Acosta Joerges Comentario a la SCA de Santiago de 31 de julio de 2009 (rol Nº 6307-2007)…………………. 43 Ignacio Castillo Val Comentario a la SJG de 14 de julio de 2020 (RIT Nº 5595-2020)……………………………………….. 55 Mª Soledad Krause M. Comentario a la SCA de Temuco de 11 de junio de 2020 (rol Nº 84-2020) ……………………… 65 Iván Navas Mondaca Comentario SCA de San Miguel de 6 de julio de 2020 (rol Nº 188-2007)………………………… 73 Tatiana Vargas Pinto – Gonzalo Hoyl Moreno III. Sentencias clasificadas Delito de peligro abstracto……………………………………………………………………………………………………… 91 Delito de peligro concreto………………………………………………………………………………………………………. 99 Diseminar gérmenes patógenos y riesgo de propagación………………………………………………… 103 Falta, art. 495 Nº 1……………………………………………………………………………………………………………………… 111 Falta, art. 496 Nº 1……………………………………………………………………………………………………………………… 113 Ley penal en blanco …………………………………………………………………………………………………………………. 115 Prisión preventiva y medidas cautelares………………………………………………………………………………. 117 Procedimiento monitorio………………………………………………………………………………………………………… 119 Salud pública …………………………………………………………………………………………………………………………….. 123 | Índice Palabras del autor 7 I. Introducción al proceso penal 1. GENERALIDADES 13 2. DIFERENCIA ENTRE EL PROCESO PENAL Y EL PROCESO CIVIL 15 3. GÉNESIS DEL DERECHO PROCESAL CHILENO ACTUAL 16 4. SISTEMA INQUISITIVO, SISTEMA ACUSATORIO Y SISTEMA MIXTO 18 5. FASES O ETAPAS DEL PROCESO PENAL 20 6. ASPECTOS ORGÁNICOS DEL PROCESO PENAL CHILENO 21 II. Norma procesal penal y su relación con las normas penales 1. PARADIGMAS DE LA VISIÓN TRADICIONAL DE LA RELACIÓN ENTRE NORMALES PENALES Y NORMAS PROCESALES PENALES 23 2. CRITERIOS TRADICIONALES PARA DISTINGUIR ENTRE DERECHO PENAL Y DERECHO PROCESAL PENAL 25 3. ASUNCIOÌ?N METODOLOÌ?GICA: “SINCRONISMO” ENTRE DERECHO PENAL Y DERECHO PROCESAL PENAL 28 III. Garantías constitucionales relativas al proceso penal 1. GARANTÍAS CONSAGRADAS EN LA CONSTITUCIÓN 31 2. GARANTÍAS PROCESALES CONSAGRADAS EN TRATADOS INTERNACIONALES 34 IV. Principios básicos del proceso penal 1. PRINCIPIOS DEL NUEVO PROCESO PENAL 37 1.1. Principios generales 37 1.2. Principio de presunción de inocencia en particular 41 V. Sujetos procesales e intervinientes en el nuevo proceso penal 1. ESQUEMA GENERAL 57 2. SUJETOS PROCESALES EN PARTICULAR 58 VI. Etapa de investigación 1. ESQUEMA GENERAL 93 2. ETAPA DE INVESTIGACIÓN DESFORMALIZADA 94 3. ETAPA DE INVESTIGACIÓN FORMALIZADA 103 3.1. Formalización de la investigación 103 3.2. Medidas cautelares 105 3.3. Salidas alternativas 117 3.4. Conclusión de la investigación: art. 248 CPP 121 3.5. Medidas investigativas 125 VII. Etapa intermedia 1. ESQUEMA GENERAL 139 2. INTRODUCCIÓN 140 3. DESARROLLO DE LA ETAPA INTERMEDIA 142 4. AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL (APJO) 144 VIII. El juicio oral 1. ESQUEMA GENERAL 151 2. INTRODUCCIÓN 151 3. LA PRUEBA EN EL JUICIO ORAL 155 4. DESARROLLO DEL JUICIO ORAL 161 IX. Recursos en el procedimiento penal 1. LOS RECURSOS EN GENERAL 169 2. RECURSO DE REPOSICIÓN (Arts. 362-363 CPP) 171 3. RECURSO DE APELACIÓN (Arts. 364-371 CPP) 172 4. RECURSO DE NULIDAD (Arts. 372-387 CPP) 174 X. Procedimientos especiales 1. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO (Arts. 388 ss. CPP) 181 2. PROCEDIMIENTO MONITORIO (Art. 392 CPP) 186 3. PROCEDIMIENTO ABREVIADO (Arts. 406 ss. CPP) 187 4. ACUSACIÓN PRIVADA (Arts. 400 ss. CPP) 190 5. MEDIDAS DE SEGURIDAD (Arts. 455 ss. CPP) 191 | ||
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