Derecho De Las Obligaciones Y Legislación Comparada
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Nuestras apuntaciones se intitulan Derecho de las Obligaciones, no Teoría General de las Obligaciones. El vocablo “teoría”, según los diferentes conceptos aportados por la RAE, es el “Conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación”; “Que conoce las cosas o las considera tan solo especulativamente”. A diferencia, el Derecho – aun cuando muchos conceptos existen -, tradicionalmente se ha entendido, desde el punto de vista objetivo, como el conjunto de normas imperativas destinadas a mantener la convivencia pacífica y ordenada en la sociedad, regulando las relaciones que se producen entre las personas; y que subjetivamente corresponde a un interés jurídicamente protegido por el derecho objetivo. Por tanto, como nuestras apuntaciones interrelacionan Teoría General de las Obligaciones y Derecho de las Obligaciones, al incorporar a los conceptos legislación civil de varios países, ésta nos permite intitular nuestro sencillo y modesto trabajo como “Derecho de las Obligaciones y Legislación Comparada”. Se trata, entonces, de la legislación como el conjunto de leyes de los Estados que al situarse unas frente a las otras, permiten conocer la concepción que sobre una misma temática – en el ámbito de las obligaciones -, se adopta en la legislación que puede compararse. De esta forma se conoce la regulación normativa disponible de los países sobre determinado hecho, devenido de la actividad humana, que genera obligaciones entre las personas.
Durante más de dos mil años, las obligaciones – si se permite y quiere: el Derecho de las Obligaciones y la Teoría General de las Obligaciones – han estado en constante evolución y efervescencia, en movimiento sin pausa; por lo cual pudiera inadvertidamente pensarse que ya nada más hay por agregar a lo dicho a través de la historia, cuando no es así. Muestra de esto es que han sido publicadas y continúan publicándose magníficas y excelentes obras jurídicas sobre obligaciones, y emitiéndose normas jurídicas (unas por el legislador y otras por los tribunales constitucionales cuando asumen función legislativa), porque el conocimiento no culmina sino a tiempo oportuno. Nuestras apuntaciones se presentan, entonces, como modestos comentarios al Derecho de las Obligaciones, a manera de conceptos entrelazados o conexos; desde luego que casi toda la actividad humana se desenvuelve no sólo en relaciones sociales y familiares, sino que en este transcurrir la mayor parte del tiempo del hombre y la mujer se agota en actividades relacionadas con obligaciones que se asumen para ser cumplidas; y todo a manera de dar, hacer algo o abstenerse de realizar una actuación, o permitir que otro la haga. Así, la actividad humana vincula a la persona a través de relaciones recíprocas la mayoría de las veces, y ahora con mayor intensidad, en donde el tiempo transcurre en velocidad que asombra, y el ser humano cada vez se deshumaniza para metalizar sus actos y relaciones; se complica y agota física y psicológicamente en este mundo “ancho y ajeno”, cibernético, digital, electrónico, de internet, la revolución de las comunicaciones, las redes sociales y la inteligencia artificial. Y todo lo anteriormente expresado y más, con fuerte impacto no sólo en las relaciones jurídicas contractuales y “cuasicontractuales”, sino también en las delictuales y “cuasidelictuales” a que se contraen restringidamente algunos códigos civiles, no sólo antiguos sino modernos.
Nuestras apuntaciones comprenden, en primer lugar, la obligación en general; y en segundo lugar, el pago o cumplimiento de las obligaciones y la responsabilidad civil.
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Autor: Gilberto Guerrero-Quintero
Editorial: Hammurabi
Numero de Paginas: 611
Año de publicación: 2024
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Description | Autor: Gilberto Guerrero-Quintero Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 611 Año de publicación: 2024 | Autor: Carlos Künsemüller Loebenfelder Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 222 Año de publicación: 2022 | Editores: Alberto Pino Emhart Manuel González González Editorial : Tirant lo Blanch Año de Publicación : 2022 Paginas :324 | Justo donec enim diam vulputate. Purus faucibus ornare suspendisse sed nisi lacus sed viverra tellus. Ut sem viverra aliquet eget sit. Sed velit dignissim sodales ut eu sem integer vitae justo. Semper viverra nam libero justo. Ac turpis egestas integer eget aliquet nibh praesent. Massa massa ultricies mi quis hendrerit. Mi eget mauris pharetra et ultrices neque. A erat nam at lectus urna. | Autor: José Eduardo Troncoso Valdés. Editorial: Legge Ediciones Año de Publicación: 2022 Paginas :388 | Accumsan lacus vel facilisis volutpat est velit egestas. Sem fringilla ut morbi tincidunt. |
Content | INDICE Nuestras apuntaciones se intitulan Derecho de las Obligaciones, no Teoría General de las Obligaciones. El vocablo “teoría”, según los diferentes conceptos aportados por la RAE, es el “Conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación”; “Que conoce las cosas o las considera tan solo especulativamente”. A diferencia, el Derecho – aun cuando muchos conceptos existen -, tradicionalmente se ha entendido, desde el punto de vista objetivo, como el conjunto de normas imperativas destinadas a mantener la convivencia pacífica y ordenada en la sociedad, regulando las relaciones que se producen entre las personas; y que subjetivamente corresponde a un interés jurídicamente protegido por el derecho objetivo. Por tanto, como nuestras apuntaciones interrelacionan Teoría General de las Obligaciones y Derecho de las Obligaciones, al incorporar a los conceptos legislación civil de varios países, ésta nos permite intitular nuestro sencillo y modesto trabajo como “Derecho de las Obligaciones y Legislación Comparada”. Se trata, entonces, de la legislación como el conjunto de leyes de los Estados que al situarse unas frente a las otras, permiten conocer la concepción que sobre una misma temática – en el ámbito de las obligaciones -, se adopta en la legislación que puede compararse. De esta forma se conoce la regulación normativa disponible de los países sobre determinado hecho, devenido de la actividad humana, que genera obligaciones entre las personas. Durante más de dos mil años, las obligaciones – si se permite y quiere: el Derecho de las Obligaciones y la Teoría General de las Obligaciones – han estado en constante evolución y efervescencia, en movimiento sin pausa; por lo cual pudiera inadvertidamente pensarse que ya nada más hay por agregar a lo dicho a través de la historia, cuando no es así. Muestra de esto es que han sido publicadas y continúan publicándose magníficas y excelentes obras jurídicas sobre obligaciones, y emitiéndose normas jurídicas (unas por el legislador y otras por los tribunales constitucionales cuando asumen función legislativa), porque el conocimiento no culmina sino a tiempo oportuno. Nuestras apuntaciones se presentan, entonces, como modestos comentarios al Derecho de las Obligaciones, a manera de conceptos entrelazados o conexos; desde luego que casi toda la actividad humana se desenvuelve no sólo en relaciones sociales y familiares, sino que en este transcurrir la mayor parte del tiempo del hombre y la mujer se agota en actividades relacionadas con obligaciones que se asumen para ser cumplidas; y todo a manera de dar, hacer algo o abstenerse de realizar una actuación, o permitir que otro la haga. Así, la actividad humana vincula a la persona a través de relaciones recíprocas la mayoría de las veces, y ahora con mayor intensidad, en donde el tiempo transcurre en velocidad que asombra, y el ser humano cada vez se deshumaniza para metalizar sus actos y relaciones; se complica y agota física y psicológicamente en este mundo “ancho y ajeno”, cibernético, digital, electrónico, de internet, la revolución de las comunicaciones, las redes sociales y la inteligencia artificial. Y todo lo anteriormente expresado y más, con fuerte impacto no sólo en las relaciones jurídicas contractuales y “cuasicontractuales”, sino también en las delictuales y “cuasidelictuales” a que se contraen restringidamente algunos códigos civiles, no sólo antiguos sino modernos. Nuestras apuntaciones comprenden, en primer lugar, la obligación en general; y en segundo lugar, el pago o cumplimiento de las obligaciones y la responsabilidad civil. | "El derecho no tiene una existencia propia, dijo Savigny, su esencia es más bien la vida de los hombres mismos vista desde un lado particular". Probar la verdad de esta observación es toda la ambición de esta colección de ensayos. La primera parte trata de varios aspectos fundamentales: ¿Porque el hombre no es simplemente en el derecho hombre, sino persona, y que significa ser eso? La cuestión de la autonomía privada tiene también raíces antiguas: ¿Es verdad que Roma es un ejemplo a seguir desde el punto de vista liberal? Otro aspecto es la universalidad del derecho que se convirtió durante el siglo XX en un remedio contra el nacionalismo y sus exageraciones gracias a Ernst Rabel. Finalmente, se trata la tensión entre positivismo literal y iusnaturalismo mágico en Latino-América. La segunda parte empieza con el problema de la venta de cosa ajena, fundamental para la relación entre compraventa y transferencia de la propiedad en el derecho chileno. Un tema que está abordado también respecto a un futuro código civil europeo. Por último, se comparan la concepción de la pena contractual en el derecho chileno, radicado en el anticapitalismo católico, y la del liberalismo triunfante en Alemania. Índice Prólogo 13 Tabula gratulatoria 19 I Πρωτα DE CÓMO EL HOMBRE LLEGÓ A SER PERSONA: LOS ORÍGENES DE UN CONCEPTO JURÍDICO-FILOSÓFICO EN EL DERECHO ROMANO 23 I. LA FUNCIÓN DEL CONCEPTO DE PERSONA EN EL DERECHO 23 II. EL CONCEPTO CLÁSICO ROMANO DE PERSONA: EL HOMBRE EN LAS CADENAS DE LOS STATUS 28 1. El lazo de Phersu 28 2. El ius personarum 30 3. Libres y esclavos 32 4. Nacidos libres y libertos 34 5. Romanos y extranjeros 34 6. El pater familias y sus dependientes 35 7. El pater familias como corona de la creación 37 III. LA DISOLUCIÓN DE LAS CADENAS DE LOS ESTATUS POR OBRA DE LOS JURISTAS ROMANOS 38 IV. UNUM LACTUM BIBERUNT: MUTACIÓN DEL CONCEPTO DE PERSONA 42 V. EL AGENTE DE LA MUTACIÓN: EL DERECHO NATURAL ROMANO 46 VI. LA IGUALDAD FORMAL: ¿UN ARDID DEL DERECHO NATURAL? 50 VII. LA DENTICIÓN DE LA MÁSCARA 52 AUTONOMÍA PRIVADA Y LEY PÚBLICA EN ROMA 57 I. INTRODUCCIÓN 57 II. LEYES (LEGES PUBLICAE) EN EL CAMPO DEL IUS CIVILE 59 III. SENATUS CONSULTA EN EL CAMPO DEL IUS CIVILE 59 IV. LA ILUSIÓN ÓPTICA 60 V. ANEXO 1: LEYES (LEGES PUBLICAE) EN EL CAMPO DEL IUS CIVILE 67 1. Leyes relacionadas con el estatus, incluyendo leyes para la protección de la propiedad 67 2. Leyes relacionadas con contratos 69 3. Otras leyes 70 VI. ANEXO 2: SENATUS CONSULTA EN EL CAMPO DEL IUS CIVILE 70 1. Senatus consulta relacionados con el estatus, incluyendo senatus consulta para la protección de la propiedad 70 2. Senatus consulta relacionados con contratos 72 UNA HUIDA A ROMA: LA TRAYECTORIA INTELECTUAL DE ERNST RABEL 73 I. EL DILEMA DE LOS JUDÍOS EN LA MONARQUÍA DE LOS HABSBURGO 73 1. La disputa de los pueblos en la Monarquía del Danubio 73 2. Ernst Rabel como persona 78 II. LA IDEA DE UN ORDENAMIENTO JURÍDICO MUNDIAL 83 1. La teoría de la calificación autónoma en el derecho internacional privado 83 2. La raíz científica: el ius gentium romano (Völkergemeinrecht o ‘derecho común de gentes’) 86 2.1. Ius gentium entendido según la doctrina de aquella época 88 2.2. El “derecho de compraventa de mercancías” como ius gentium moderno 90 3. Requisitos metódicos del ordenamiento jurídico mundial 92 III. “UNA HUIDA A ROMA” 96 MALESTAR Y BIENESTAR EN LA CODIFICACIÓN: EL COMENTARIO JURÍDICO EN AMÉRICA LATINA 101 I. INTRODUCCIÓN 101 II. EL COMENTARIO DE GREGORIO LÓPEZ A LAS SIETE PARTIDAS COMO CULMINACIÓN DE LA CULTURA JURÍDICA COLONIAL 102 III. LA IMPORTANCIA DEL COMENTARIO DE LÓPEZ EN LA CULTURA JURÍDICA NACIONAL POSTERIOR 106 IV. COMENTARIOS MODERNOS A CÓDIGOS CIVILES EN LOS DISTINTOS ESTADOS DE AMÉRICA LATINA 111 1. Chile: el manual como género principal 111 2. Argentina: Auténtica cultura de comentario 117 3. Brasil 119 4. Ecuador 121 5. Colombia 121 6. México 122 7. Perú 123 V. LA ENMIENDA EN LUGAR DEL COMENTARIO 124 II De rebus LA VENTA DE COSA AJENA EN LA SISTEMÁTICA DEL CÓDIGO CIVIL 133 I. INTRODUCCIÓN: LA INCOMODIDAD DE LA DOCTRINA CHILENA ANTE LA VENTA DE COSA AJENA 133 II. PROTECCIÓN DEL COMPRADOR Y REQUISITOS DE LA RESPONSABILIDAD POR EVICCIÓN EN ROMA 135 III. ADQUISICIÓN A NON DOMINO Y FIN DE LA VIRILIS DEFENSIO EN LA GÉNESIS DE LA OBLIGACIÓN DE TRANSFERIR LA PROPIEDAD 141 IV. PROTECCIÓN REAL DEL COMPRADOR Y OBLIGACIONES DEL VENDEDOR EN EL CÓDIGO CIVIL CHILENO 146 1. Prescripción adquisitiva y virilis defensio en Chile 146 2. El Código Civil chileno frente a los llamamientos de reforma 150 3. Hipótesis generales de nulidad y la venta de cosa ajena 156 4. Incumplimiento contractual fuera del régimen de evicción 159 V. CONCLUSIONES 162 LA TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD EN LA COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES EN EL DERECHO EUROPEO 165 I. LA UNIFICACIÓN DE LAS REGLAS SOBRE TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD EN LA VENTA 165 1. DCFR y CESL como etapas de la unificación jurídica 165 2. El patrimonio de la tradición europea como obstáculo para la unificación jurídica 168 2.1. El realismo jurídico escandinavo 168 2.2. Los tres sistemas clásicos 169 2.3. La naturaleza científica del problema 174 3. Unificación jurídica de tradiciones diversas 177 3.1. Las “cuatro causas” aristotélico-tomistas como método para individualizar la norma 177 3.2. La primacía de los argumentos teleológico-sistemáticos 178 II. LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS REGLAS CORRECTAS PARA LA TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD EN LA COMPRAVENTA 182 1. La necesidad del acuerdo real de transferencia (dinglicher Vertrag) 182 1.1. Code civil y BGB: acto jurídico y relación jurídica 182 1.2. Derecho de obligaciones y derecho de bienes como categorías separadas 188 2. La entrega como base para presumir el acuerdo 190 2.1. La entrega: un correlato del contrato real 190 2.2. Atribución de la propiedad y traspaso del riesgo 191 2.3. La naturaleza jurídica de la entrega 193 3. La superfluidad del principio de abstracción 193 3.1. El carácter tautológico del argumento de la tutela del tráfico 193 3.2. La restitución de las prestaciones por la reivindicación o la repetición 196 3.3. Impugnación por error y certeza del derecho 199 3.4. Una conclusión provisoria: la navaja de Ockham 200 4. Traspaso de la propiedad y pago del precio como paquete único 201 III. CONCLUSIONES: LA TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD EN EL CASO DE LA COMPRAVENTA DEL DCFR Y DEL CESL 203 1. DCFR: La teoría del titulus y del modus en su rol funcional 203 2. El CESL: el derecho “durmiente” de bienes del DCFR 206 GRAVAMEN (PENA) CONTRACTUAL EN ALEMANIA Y CHILE: DOS MODELOS OPUESTOS 211 I. INTRODUCCIÓN 211 1. Selección de las jurisdicciones comparadas 211 2. La raíz histórica común 212 II. LA PENA CONTRACTUAL EN ALEMANIA 213 1. Promesa de pena no autónoma 213 1.1. Concepto de pena contractual 213 1.2. Objeto de la pena contractual 215 1.3. Delimitación con respecto a instituciones relacionadas 216 1.4. ¿Es la pena contractual una forma de sanción privada? 218 1.5. Regulación legal de la pena contractual y su teleología 219 1.6. Causa de validez de una promesa de pena contractual 221 1.7. El principio de la culpa del § 339 BGB 223 1.8. Excepciones a los §§ 339 y ss. BGB 224 1.9. Importe de la pena contractual 226 1.10. Tipo de pena 230 1.11. Derecho a la pena y derecho al cumplimiento 231 2. Promesa de pena autónoma 236 3. Pena contractual e indemnización a suma alzada de los daños 239 4. Categorización de la pena contractual 241 VI. EL DERECHO CHILENO 243 VII. LOS DOS MODELOS 252 Bibliografía 261 Lugares originales de publicación 301 | Esta obra colectiva tiene por objeto reunir trabajos de profesores chilenos de derecho civil, analizando distintos aspectos dogmáticos de la acción de provecho por dolo ajeno, configurada en los artículos 1458 y 2316 del Código Civil chileno. Estas normas, originales en cuanto a los Códigos Civiles de la época, se encontraban hasta hace poco en desuso. Sin embargo, a partir de recientes fallos de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional, ha cobrado un creciente interés en la dogmática civil y el ejercicio práctico de la profesión. Ello particularmente debido a la naturaleza jurídica restitutoria que la Corte le ha atribuido a esta acción. La obra, en consecuencia, viene a llenar el vacío doctrinario, analizando distintos aspectos de la acción y tomando en cuenta la reciente jurisprudencia desarrollada en Chile, teniendo además en cuenta distintos aspectos prácticos. Índice I PRÓLOGO Algunas notas sobre el provecho obtenido a causa del dolo ajeno 13 Enrique Barros Bourie II ASPECTOS GENERALES Y CONSTITUCIONALES El provecho del dolo ajeno ante los derechos y principios constitucionales 25 Hernán Corral Talciani Fenómeno Phi y eficacia del conjunto. Sobre el dinamismo del art. 2316 del Código Civil 45 Alfredo Ferrante III NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES DE LA ACCIÓN Defensas frente a la acción por provecho del dolo ajeno 65 Manuel González González Sobre el provecho obtenido del dolo ajeno 85 Daniel Peñailillo Arévalo La acción por provecho del dolo ajeno: régimen legal y condiciones 115 Álvaro Vidal Olivares IV REQUISITOS DE PROCEDENCIA Y CARACTERES Sobre el concepto de “provecho” y la naturaleza jurídica del acto que sirve de antecedente a la acción por provecho del dolo ajeno del art. 2316 del Código Civil 137 Rodrigo Momberg Uribe Provecho indirecto en la jurisprudencia chilena: Provecho positivo y negativo, quantum amplio y restringido 157 Ignacio Ríos Erazo Concurso entre la acción de indemnización de perjuicios y la acción de provecho por dolo ajeno en el Código Civil chileno 193 Adrián Schopf Olea Andrés Jana Linetzky La repetición del provecho del dolo como acción restitutoria 223 José Miguel Valdivia Olivares Nicolás Rojas Covarrubias V IMPLICANCIAS DE LA NATURALEZA RESTITUTORIA Notas sobre el provecho del dolo ajeno y la acción reivindicatoria 245 Jaime Alcalde Silva La acción por provecho del dolo ajeno y su relación con la categoría de “restitución por ilícitos” 265 Pablo Letelier Cibié Algunas implicancias de la naturaleza restitutoria de la acción de provecho por dolo ajeno 285 Alberto Pino Emhart La culpa del demandante en la acción de provecho del dolo ajeno a propósito del caso Inverlink. Comentario a la sentencia Corfo con Inversiones Torres del Paine 305 Lilian C. San Martín Neira | Justo donec enim diam vulputate. Purus faucibus ornare suspendisse sed nisi lacus sed viverra tellus. Ut sem viverra aliquet eget sit. Sed velit dignissim sodales ut eu sem integer vitae justo. Semper viverra nam libero justo. Ac turpis egestas integer eget aliquet nibh praesent. Massa massa ultricies mi quis hendrerit. Mi eget mauris pharetra et ultrices neque. A erat nam at lectus urna. | Colección Manuales Jurídicos El presente libro denominado Economía para abogados es una obra que describe las principales teorías económicas en los ámbitos de la micro y macroeconomía, preparado especialmente para abogados, estudiantes de la carrera de Derecho y otras profesiones humanistas. Los principales objetivos de este trabajo son facilitar a los lectores del mundo humanista la comprensión y aplicación de los conocimientos económicos que faciliten el análisis del macro entorno social y económico y además, entregar elementos de juicio científico para abordar aquellos casos de contenido jurídico- económico facilitando la toma de decisión profesional. Los contenidos satisfacen los programas de la cátedra de teoría económica de las facultades de Derecho en nuestro país. El libro se divide en tres partes una parte general que explica los conceptos, principios y leyes económicas básicas que permiten conocer y comprender el sistema económico y las conductas básicas de los agentes económicos. El lector que termina el estudio de la parte general podrá abordar indistintamente la segunda o tercera parte según su necesidad. En los capítulos de la segunda parte se abordan las principales teorías microeconómicas, tales como los mercados de competencia perfecta e imperfecta, teoría de la oferta y demanda, teoría de la elasticidad, la empresa y teoría de la producción y el mercado de los factores productivos. Por último, la tercera parte contiene los capítulos que permiten al lector comprender la macroeconomía y fenómenos tales como el crecimiento, el ciclo y desarrollo económico, la inflación, entre otros, y además, las políticas monetarias, fiscales y de comercio internacional, incluyendo las principales políticas económicas implementadas por el Estado de Chile en las últimas décadas. En esta segunda edición se han actualizado materias de relevancia para nuestro pais tales como los oligopolios y colusión, causas del ciclo económico entre otros, además, se agregan mas ejemplos, actualizan citas y adicionan comentarios de últimos premios nobel de economía. La mayor adición corresponde a un capitulo nuevo referido a la equidad en la distribución a la renta y el bienestar económico que recoge las teorías económicas tradicionales las cuales explican que el funcionamiento normal del mercado es causante de inequidad económica con el paso del tiempo. Asimismo, se abordan investigaciones mas recientes que demuestran la existencia de otras causas económicas de la inequidad tales como el abuso de la posición mono política, la colusión en marcados oligopólicos, la corrupción política entre otras y los efectos de la inequidad de las sociedades. | Pharetra sit amet aliquam id diam. Duis at tellus at urna condimentum mattis. Ac turpis egestas integer eget aliquet nibh praesent tristique magna. |
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