El DL N° 2.695 y su Jurisprudencia

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El DL N° 2.695 que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella ha generado diversos conflictos jurídicos por su aplicación, incluso con posterioridad a la reforma de la Ley N° 21.118 de 2018.

Esta investigación ha seleccionado de la base de sentencias del Portal I-Jurídica (www.i-jurudica.cl) las casuísticas y líneas jurisprudenciales en los siguientes ámbitos:

– Requisitos de la solicitud de saneamiento

– Procedimiento de oposición – Acciones de dominio

– Acción compensatoria

– Nulidad de derecho público del procedimiento de saneamiento

En cada sección se presentan la línea decisional con alusión a la fecha y rol de ingreso de la respectiva Corte de Apelaciones y la Corte Suprema.

Esperamos colaborar con esta investigación en proporcionar a los abogados y demás operadores juridicos un panorama actualizado de la jurisprudencia del DL N° 2.695.

PRIMERA PARTE

EVOLUCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA ACERCA DE LA VIGENCIA Y VALIDEZ DEL DL NO 2.695

SEGUNDA PARTE

REQUISITOS Y OPOSICIÓN

I. Requisitos

1. Solicitante de regularización de pequeña propiedad deben estar en posesión y no mera tenencia
2. Medios de prueba de posesión material de solicitante
3. Procedimiento de regularización del DL No 2.695 no es aplicable cuando el solicitante es copropietario en virtud de un Titulo Inscrito
4. No es relevante que predio esté inscrito para regularización de pequeña propiedad raíz conforme DL No 2.695
5. Efecto jurídico de procedimiento de regularización: Modo originario de adquisición del dominio por prescripción

II. Oposición

1. Legitimados activos

1.1. Alcance de expresión “terceros” habilitados para oponerse a la regularización 1.2. Oposición de regularización conforme DL No 2.695 exige ser poseedor exclusivo

1.3. El excluido de oposición es el comunero que forma parte de una comunidad y no totalidad de la inscripción posesoría

1.4. Límite a la oposición a regularización de pequeña propiedad conforme DL No 2.695 respecto de comuneros en comunidad con el solicitante

1.5. No puede oponerse a regularización de pequeña propiedad quien no tiene interés actual

1.6. No es posible oponerse a regularización de posesión conforme DL No 2.695 si demandante reconoce haber sido inquilino en el predio

1.7. Restricción para oposición a regularización conforme DL No 2.695 respecto de terceros comuneros que no actúan en conjunto 1.8. Comunidad en liquidación para efectos de artículo 19 del DL No 2.695

1.9. Oposición a regularización del DL No 2.695 habiendo sido excluida de posesión efectiva la solicitante

1.10. Oponente que detenta Titulo Inscrito en calidad de cesionario de una heredera no cumple exigencia de exclusividad

2. Oposición regularización posesión de la pequeña propiedad raíz. Plazo de interposición de la oposición debe computarse conforme a reglas de la Ley No 19.880

3. Prueba en procedimiento de regularización

3.1. Carga de la prueba que recae sobre oponente a solicitud de regularización conforme DL No 2.695 3.2. Exigencias que recaen sobre et juez en la apreciación de la prueba en conciencia

3.3. No es posible asignarle valor probatorio a croquis insertado en la demanda que señala ubicación de retazo que lo posiciona dentro del terreno regularizado de la demandada

3.4. Valoración de antecedentes acumulados en la instancia administrativa que la ley obliga remitir por el Servicio al Juzgado cuando se deduzca oposición a la regularización

4. En oposición a regularización a saneamiento de DL No 2.695 es estrictamente necesaria la identificación de la posesión

5. Posesión inscrita está por sobre la posesión material en oposición a regularización de pequeña propiedad

6. Acogimiento de oposición a regularización de propiedad conlleva a acoger solicitud de inscripción de accionante aun cuando oposición solo se refiera a parte de inmueble

7. Oposición a regularización de pequeña propiedad conforme DL No 2.695 acogida erróneamente por superficie mayor a la invocada por el opositor

8. No procede regularización conforme DL No 2.695 respecto de parte de bien raiz de mayor cabida con Título Inscrito

9. Procedimiento

9.1. Naturaleza de procedimiento judicial por oposición a regularización de pequeña propiedad raiz

9.2. Limite de competencia de tribunal en oposición a saneamiento conforme DL No 2.695

9.3. Alcance de obligación legal de notificar demanda y su proveido a lo menos con tres días hábiles de anticipación a verificación de audiencia en

regularización conforme DL No 2.695

9.4. Oposición. Apercibimiento de notificación de demanda y proveído

9.5. Si bien es efectivo que la tramitación contenida en el DL No 2.695, no regula la posible intervención de terceros excluyentes, tampoco la descarta 9.6. Requerimiento al Tribunal Constitucional respecto articulo 19 No del DL No 2.695 para efectos de resolver inaplicabilidad por inconstitucionalidad

TERCERA PARTE
ACCIONES DE DOMINIO DE ART. 26 DEL DL NO 2.695

1. Fundamentos de las acciones de dominio de art. 26 del DL No 2.695

2. No se exigen los requisitos de la oposición para acciones de dominio

3. Acciones deben cumplir requisitos generales de la reivindicación

4. Si al causante le estaba vedada acción reivindicatoria de DL No 2.695 a los herederos se les transmite en la misma calidad 5. Oportunidad para ejercicio de acción reivindicatoria en caso de inscripción de inmueble conforme procedimiento DL No 2.695

6. Acción reivindicatoria contra regularización conforme DL No 2.695. No existe cancelación parcial de inscripción 7. Acción reivindicatoria de DL No 2.695 y efecto interrupción de la prescripción adquisitiva

8. Inexistencia de inscripción su papel si acción reivindicatoria de DL No 2.695 se deduce dentro de plazo

9. Acción de dominio requiere notificación de la demanda. Plazo de prescripción y no de caducidad

CUARTA PARTE
ACCIÓN COMPENSATORIA

1. Para el ejercicio de acción de compensación en dinero del artículo 28 del DL No 2.695 se exige buena fe 2. No es obstáculo al ejercicio de acción compensatoria que se haya deducido oposición a solicitud de regularización

3. Fundamentos del derecho a compensación

4. Procede acción de compensación en dinero de DL No 2.965 si requirente acreditó dominio sobre el total o una parte y no ha ejercido acciones de dominio 5. No procede acción de compensación contemplada en DL No 2.695 ya que causantes de ambas partes celebraron contrato de compraventa y causante de

parte demandante recibió el pago

6. Insuficiencia informe para determinar el monto de la compensación en dinero de los derechos de dominio de que eran titulares los demandantes no

puede ser un obstáculo que impida resolver el conflicto

QUINTA PARTE
NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO DE PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN

ANEXO
TEXTO ACTUALIZADO DEL DL N° 2.695

– Fija normas para regularizar la posesión  de la pequeña propiedad Raíz  y para la constitución del dominio sobre ella

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Autores: José Luis Zavala Ortiz – José Andrés Zavala Valenzuela
Editorial: Libromar
Año de Publicación  : 2023
Paginas : 146

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DescriptionAutores: José Luis Zavala Ortiz - José Andrés Zavala Valenzuela Editorial: Libromar Año de Publicación  : 2023 Paginas : 146Autor: Editorial Juridica Editorial: Juridica Numero de Paginas: 326 Año de publicación:2022Autor: Fernando Ugarte Vial Editorial: Ediciones Jurídicas de Santiago Numero de Paginas: 548 Año de publicación: 2022Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Editorial: Ediciones DER Numero de Paginas: 365 Año de publicación: 2022Autor: Felipe Silva Urra Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 131 Año de publicación: 2022Autor:  Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación  : 2022 Paginas :478
ContentDescripción Detalles del producto El DL N° 2.695 que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella ha generado diversos conflictos jurídicos por su aplicación, incluso con posterioridad a la reforma de la Ley N° 21.118 de 2018. Esta investigación ha seleccionado de la base de sentencias del Portal I-Jurídica (www.i-jurudica.cl) las casuísticas y líneas jurisprudenciales en los siguientes ámbitos: - Requisitos de la solicitud de saneamiento - Procedimiento de oposición - Acciones de dominio - Acción compensatoria - Nulidad de derecho público del procedimiento de saneamiento En cada sección se presentan la línea decisional con alusión a la fecha y rol de ingreso de la respectiva Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. Esperamos colaborar con esta investigación en proporcionar a los abogados y demás operadores juridicos un panorama actualizado de la jurisprudencia del DL N° 2.695. PRIMERA PARTE EVOLUCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA ACERCA DE LA VIGENCIA Y VALIDEZ DEL DL NO 2.695 SEGUNDA PARTE REQUISITOS Y OPOSICIÓN I. Requisitos 1. Solicitante de regularización de pequeña propiedad deben estar en posesión y no mera tenencia 2. Medios de prueba de posesión material de solicitante 3. Procedimiento de regularización del DL No 2.695 no es aplicable cuando el solicitante es copropietario en virtud de un Titulo Inscrito 4. No es relevante que predio esté inscrito para regularización de pequeña propiedad raíz conforme DL No 2.695 5. Efecto jurídico de procedimiento de regularización: Modo originario de adquisición del dominio por prescripción II. Oposición 1. Legitimados activos 1.1. Alcance de expresión "terceros" habilitados para oponerse a la regularización 1.2. Oposición de regularización conforme DL No 2.695 exige ser poseedor exclusivo 1.3. El excluido de oposición es el comunero que forma parte de una comunidad y no totalidad de la inscripción posesoría 1.4. Límite a la oposición a regularización de pequeña propiedad conforme DL No 2.695 respecto de comuneros en comunidad con el solicitante 1.5. No puede oponerse a regularización de pequeña propiedad quien no tiene interés actual 1.6. No es posible oponerse a regularización de posesión conforme DL No 2.695 si demandante reconoce haber sido inquilino en el predio 1.7. Restricción para oposición a regularización conforme DL No 2.695 respecto de terceros comuneros que no actúan en conjunto 1.8. Comunidad en liquidación para efectos de artículo 19 del DL No 2.695 1.9. Oposición a regularización del DL No 2.695 habiendo sido excluida de posesión efectiva la solicitante 1.10. Oponente que detenta Titulo Inscrito en calidad de cesionario de una heredera no cumple exigencia de exclusividad 2. Oposición regularización posesión de la pequeña propiedad raíz. Plazo de interposición de la oposición debe computarse conforme a reglas de la Ley No 19.880 3. Prueba en procedimiento de regularización 3.1. Carga de la prueba que recae sobre oponente a solicitud de regularización conforme DL No 2.695 3.2. Exigencias que recaen sobre et juez en la apreciación de la prueba en conciencia 3.3. No es posible asignarle valor probatorio a croquis insertado en la demanda que señala ubicación de retazo que lo posiciona dentro del terreno regularizado de la demandada 3.4. Valoración de antecedentes acumulados en la instancia administrativa que la ley obliga remitir por el Servicio al Juzgado cuando se deduzca oposición a la regularización 4. En oposición a regularización a saneamiento de DL No 2.695 es estrictamente necesaria la identificación de la posesión 5. Posesión inscrita está por sobre la posesión material en oposición a regularización de pequeña propiedad 6. Acogimiento de oposición a regularización de propiedad conlleva a acoger solicitud de inscripción de accionante aun cuando oposición solo se refiera a parte de inmueble 7. Oposición a regularización de pequeña propiedad conforme DL No 2.695 acogida erróneamente por superficie mayor a la invocada por el opositor 8. No procede regularización conforme DL No 2.695 respecto de parte de bien raiz de mayor cabida con Título Inscrito 9. Procedimiento 9.1. Naturaleza de procedimiento judicial por oposición a regularización de pequeña propiedad raiz 9.2. Limite de competencia de tribunal en oposición a saneamiento conforme DL No 2.695 9.3. Alcance de obligación legal de notificar demanda y su proveido a lo menos con tres días hábiles de anticipación a verificación de audiencia en regularización conforme DL No 2.695 9.4. Oposición. Apercibimiento de notificación de demanda y proveído 9.5. Si bien es efectivo que la tramitación contenida en el DL No 2.695, no regula la posible intervención de terceros excluyentes, tampoco la descarta 9.6. Requerimiento al Tribunal Constitucional respecto articulo 19 No del DL No 2.695 para efectos de resolver inaplicabilidad por inconstitucionalidad TERCERA PARTE ACCIONES DE DOMINIO DE ART. 26 DEL DL NO 2.695 1. Fundamentos de las acciones de dominio de art. 26 del DL No 2.695 2. No se exigen los requisitos de la oposición para acciones de dominio 3. Acciones deben cumplir requisitos generales de la reivindicación 4. Si al causante le estaba vedada acción reivindicatoria de DL No 2.695 a los herederos se les transmite en la misma calidad 5. Oportunidad para ejercicio de acción reivindicatoria en caso de inscripción de inmueble conforme procedimiento DL No 2.695 6. Acción reivindicatoria contra regularización conforme DL No 2.695. No existe cancelación parcial de inscripción 7. Acción reivindicatoria de DL No 2.695 y efecto interrupción de la prescripción adquisitiva 8. Inexistencia de inscripción su papel si acción reivindicatoria de DL No 2.695 se deduce dentro de plazo 9. Acción de dominio requiere notificación de la demanda. Plazo de prescripción y no de caducidad CUARTA PARTE ACCIÓN COMPENSATORIA 1. Para el ejercicio de acción de compensación en dinero del artículo 28 del DL No 2.695 se exige buena fe 2. No es obstáculo al ejercicio de acción compensatoria que se haya deducido oposición a solicitud de regularización 3. Fundamentos del derecho a compensación 4. Procede acción de compensación en dinero de DL No 2.965 si requirente acreditó dominio sobre el total o una parte y no ha ejercido acciones de dominio 5. No procede acción de compensación contemplada en DL No 2.695 ya que causantes de ambas partes celebraron contrato de compraventa y causante de parte demandante recibió el pago 6. Insuficiencia informe para determinar el monto de la compensación en dinero de los derechos de dominio de que eran titulares los demandantes no puede ser un obstáculo que impida resolver el conflicto QUINTA PARTE NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO DE PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN ANEXO TEXTO ACTUALIZADO DEL DL N° 2.695 - Fija normas para regularizar la posesión  de la pequeña propiedad Raíz  y para la constitución del dominio sobre ella
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Séptima Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 3653, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Apéndice Actualizado al 25 de Septiembre de 2021 Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor don Juan Colombo Campbell e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Jun Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewin   Editorial Jurídica de Chile
Descripción
«Esta obra es la primera monografía chilena sobre revisión de sentencias firmes, e incluye el estudio de la institución en sus dos vertientes: civil y penal. Constituye un novedoso aporte a nuestra literatura jurídica, tanto por la exhaustividad de la investigación como por su enorme utilidad práctica. En la primera parte del libro se estudia la historia de la revisión, para luego adentrarse en el examen de su regulación en el sistema jurídico chileno, analizando cada una de las causales, los requisitos que permiten darlas por configuradas y los problemas de interpretación que han surgido de su aplicación, ofreciendo criterios de interpretación y soluciones prácticas a los problemas que enfrentan diariamente abogados litigantes y jueces, siempre a la luz de la historia de la ley, de la doctrina y sobre todo de la jurisprudencia, tanto chilenas como extranjeras, clásicas y actuales. El autor hace un completo estudio de la doctrina y la jurisprudencia sobre revisión durante los ciento veinte años de existencia en nuestro país, además de su regulación en el derecho comparado, con constantes referencias a la opinión de los autores y a las resoluciones de los tribunales de los ordenamientos jurídicos que han ejercido mayor influencia en nuestro derecho: el francés y el español. En el prólogo de la obra, dice el profesor Raúl Tavolari: “así como, entre nosotros, en materia arbitral, no hay operador que deje de recurrir al libro de Patricio Aylwin o si el debate dice relación con el mandato, a la obra de Stitchkin o a la de Alessandri Besa, si el problema fuere la nulidad, en lo sucesivo, este libro constituirá el referente obligado en tramitaciones y decisiones sobre revisión”. Se trata de una obra original y rigurosa que, por la claridad de su exposición y la exhaustividad de su análisis, será de utilidad tanto para abogados litigantes como para jueces y estudiosos del Derecho en genera Autor: Fernando Ugarte Vial
Descripción
Transcurridos casi seis años de la segunda edición del libro Urbanismo y construcción, el autor se ha visto impulsado, por muchos abogados y académicos, a poner al día esta obra, la que, sin lugar a dudas, constituye un valioso apoyo para los alumnos de los programas de postgrado en materia de derecho urbanístico y también para la judicatura y todos los profesionales del sector público y privado que se desempeñan en la industria inmobiliaria en nuestro país. Han sido muchos los cambios legislativos y jurisprudenciales, tanto en sede administrativa como judicial, que justifican plenamente y hacen muy necesaria esta nueva y actualizada edición, la que analiza en detalle las diversas modificaciones normativas y reglamentarias en estos últimos años. En particular, es posible destacar el análisis de la nueva normativa urbanística y pronunciamientos recientes de la Contraloría, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, así como también las sentencias de los tribunales superiores de justicia y Tribunal Constitucional que vienen a regular e interpretar importantes temáticas propias del derecho urbanístico. Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés Ediciones DER
Descripción
LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA COMO DERECHO FUNDAMENTAL Historia, doctrina y jurisprudencia La presente investigación tiene por objeto sistematizar la historia, doctrina y jurisprudencia sobre el derecho a la objeción de conciencia como un derecho fundamental del ser humano emanado del derecho a la libertad de conciencia. Se analiza desde diferentes perspectivas, ya que la objeción de conciencia es parte intrínseca del ser humano en su factor espiritual, moral, religioso, social, cultura, su papel en la historia y sobre todo en su relación con el derecho público, tanto internacional, a través de los diversos órganos y tratados internacionales de derechos humanos, como su desarrollo a nivel nacional (constitucional y administrativo) en un análisis de los más importantes órganos, instancias y jurisprudencia tanto judicial como administrativa. Se trata en definitiva, de una monografía destinada principalmente a estudiantes, académicos, como también una base doctrinal para la catedra de filosofía del derecho, derechos humanos o fundamentales y la catedra de libertad de conciencia.
Vigésima séptima Edición Oficial. Aprobada por Decreto Exento Nº 80, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 2 de febrero de 2022 Texto completo del Código Civil, más un Apéndice con las siguientes normas complementarias especialmente seleccionadas para la utilidad de los alumnos:
  • Ley sobre el efecto retroactivo de las leyes.
  • Ley N° 19.947, establece nueva Ley de Matrimonio Civil.
  • Decreto N° 673, aprueba normas reglamentarias sobre matrimonio civil y registro de mediadores.
  • Ley N° 4.808, sobre registro Civil.
  • Ley N° 19.620, dicta normas sobre adopción de menores.
  • Reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones.
  • Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, extracto ( artículos 21 a 92).
  • Ley Nº 17.336, Propiedad Intelectual.
  • Ley Nº 19.039, fija texto refundido y sistematizado de la ley de propiedad industrial.
  • D.L. Nº 2.695, fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
  • Ley Nº 18.101, fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos.
  • D.L. Nº 993, disposiciones especiales sobre arrendamiento  de predios rústicos, medierías  o aparcerías y otras formas de explotación por terceros.
  • Ley Nº 18.010, establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica.
  • Ley Nº 19.496, establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
  • Ley Nº 20.830, crea el Acuerdo de Unión Civil.
  • D.S. Nº 510, aprueba Reglamento de la Ley Nº 20.830, que crea el Acuerdo de Unión Civil.
Esta Edición Oficial ha sido preparada por la Comisión Permanente de Códigos de la República de la Editorial Jurídica de Chile, presidida por el profesor Héctor Humeres Noguer e integrada además por los siguientes profesores: Juan Manuel Baraona Sainz Enrique Barros Bourie Juan Colombo Campbell Alfredo Etcheberry Orthusteguy Ana María García Barzelatto Rafael Gómez Balmaceda Héctor Humeres Noguer María Teresa Infante Caffi Cristían Maturana Miquel Arturo Prado Puga Domingo Valdés Prieto Paulino Varas Alfonso En representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Paula Recabarren Lewi
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