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Estatuto Docente. Concordado, Comentado y con Jurisprudencia. 3ra Edición

$51.300

La obra trata del Estatuto Docente – en su tercera edición – que incluye la última modificación de fecha 27 de diciembre de 2021 con la ley N°21.399. El desarrollo de su articulado no solo es descriptivo, sino que trata de indagar los criterios de los Tribunales de Justicia en sus distintas instancias, de la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo cuando resuelven asuntos de conflicto laboral dentro de la esfera de sus competencias.

El autor recopila jurisprudencia judicial y administrativa de la última década, sobre los temas relevantes de la praxis del derecho laboral docente, agregando las concordancias que sugieren la mayoría de sus artículos junto a comentarios pertinentes a la materia de estudio, para que los usuarios puedan tener a la vista, a modo de referencia, los últimos criterios legales en aquellas materias en que pretende ejercer su acción. Aquella jurisprudencia que se cita, da cuenta que el derecho renueva su vocación universal de permitir la convivencia entre diversos y extraños, al armonizar lo que es diferente con lo justo, al tiempo que orienta los fallos de la Excma. Corte Suprema o los dictámenes de los entes de control administrativo, cuando deben resolver casos asumiendo las contradicciones, buscando la igualdad en sus resoluciones.

No escapa al tratamiento del libro un análisis descriptivo y esquemático de situaciones que afectan la labor docente, entre otros; marco legal y funciones docentes, procedimientos de reclamos contra los profesores, sumarios administrativos, procesos de término de relación de laboral, esquemas de juicios laborales y el funcionamiento de los sistemas de educación pública.

Esta obra permitirá al lector reflexionar acerca del rol del Estatuto Docente, sus normas anexas que se presentan en el apéndice y la necesaria referencia legislativa – a modo de concordancias, en la regulación de los derechos y obligaciones laborales de los docentes con la debida protección, elementos de gran importancia en nuestro vigente sistema político y jurídico.

TÍTULO I
NORMAS GENERALES

PÁRRAFO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1o. Aplicación del Estatuto Docente
Artículo 2o. Definición de profesionales de la educación
Artículo 3o. Ámbito regulatorio del Estatuto Docente
Artículo 4o. Inhabilidades docentes

PÁRRAFO II
FUNCIONES PROFESIONALES

Artículo 5o. Funciones profesionales docentes
Artículo 6o. Función docente
Artículo 7o. Función docente directiva
Artículo 7o bis. Directores de Establecimiento Educacional: Funciones
Artículo 8o. Función técnica-pedagógica
Artículo 8o bis. Garantías del ejercicio profesional docente
Artículo 8o ter. Fuero directivo de asociación gremial
Artículo 9o. Año laboral docente

PÁRRAFO III
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

Artículo 10. Formación de los profesionales de la educación
Artículo 11. Formación gratuita y pertinente. Responsabilidad docente
Artículo 12. Sostenedores: Colaboración
Artículo 12 bis. Directores: Facultades
Artículo 12 ter. Mineduc: Colaboración con CPEIP
Artículo 12 quáter. CPEIP: Certificación de cursos o programas: Requisitos
Artículo 12 quinquies. CPEIP: Sistema de seguimiento de cursos o programas
Artículo 12 sexies. CPEIP: Facultades de sanción
Artículo 13. Requisitos para postular a programas, cursos y actividades de formación .
Artículo 13 bis. Sanción a docente por incumplimiento
Artículo 13 ter. Obligación de reglamento: Mineduc

PÁRRAFO IV
PARTICIPACIÓN

Artículo 14. Derecho a participar de los profesionales de la educación
Artículo 15. Consejo de Profesores

PÁRRAFO V
AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONALES

Artículo 16. Autonomía profesional
Artículo 17. Quejas o denuncias contra un docente
Artículo 18. Responsabilidad docente (es personal)

TÍTULO II
DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL

Artículo 18 A. Objeto del proceso del Acompañamiento Profesional Local

PÁRRAFO I
DE LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL

Artículo 18 B. Objeto de la Formación Local para el Desarrollo Profesional
Artículo 18 C. Diseño del Plan Local para el Desarrollo Profesional
Artículo 18 D. Directivos de Establecimiento Educacional: Facultades
Artículo 18 E. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Rendición de cuentas
Artículo 18 F. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Ley No 20.248

PÁRRAFO II
DEL PROCESO DE INDUCCIÓN AL EJERCICIO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 18 G. Describe inducción: Proceso formativo
Artículo 18 H. Proceso de Inducción propio: Establecimiento Educacional con Desempeño Alto
Artículo 18 I. Director: Atribuciones
Artículo 18 J. Evaluación del proceso de Inducción
Artículo 18 K. Sostenedor y proceso de Inducción: Convenio con Mineduc
Artículo 18 L. CPEIP: Proceso de Inducción
Artículo 18 M. Docente principiante en proceso de Inducción: Obligaciones
Artículo 18 N. Asignación al principiante en proceso de Inducción
Artículo 18 Ñ. Pérdida de la Asignación del principiante en proceso de Inducción

PÁRRAFO III
DE LA MENTORÍA PARA DOCENTES PRINCIPIANTES Y PARA LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL

Artículo 18 O. Definición de Docente Mentor
Artículo 18 P. Docente Mentor: Obligaciones
Artículo 18 Q. Docente Mentor: CPEIP
Artículo 18 R. Proceso de Inducción administrado por CPEIP
Artículo 18 S. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Firma de convenio
Artículo 18 T. Proceso de Inducción administrado por Establecimiento Educacional
Artículo 18 U. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Evaluación
Artículo 18 V. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Término del proceso
Artículo 18 W. Imposibilidad geográfica de asignar docentes mentores

PÁRRAFO IV
OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 18 X. Obligación de sostenedores o administradores
Artículo 18 Y. Información de los procesos de inducción y mentoría es pública
Artículo 18 Z. Reglamentación: Mineduc

PÁRRAFO V
NORMAS COMUNES AL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL

Artículo 18 Z bis. Agencia de la Calidad de la Educación: Evaluación
Artículo 18 Z ter. CPEIP: Obligaciones

TÍTULO III
DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

PÁRRAFO I
ASPECTOS GENERALES DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 19. Objeto del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 A. Fases del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 B. Definición de Tramo
Artículo 19 C. Definición de Tramos: Inicial, Temprano, avanzado
Artículo 19 D. Definición de Tramos voluntarios: Experto I y II
Artículo 19 E. Reconocimiento de competencias: CPEIP
Artículo 19 F. Retroceso de Tramos

PÁRRAFO II
DEL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 19 G. Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 H. Promoción a los Tramos del Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 I. Acreditación de los años de experiencia
Artículo 19 J. Estándares de desempeño profesional docente
Artículo 19 K. Medición de los estándares de desempeño profesional docente
Artículo 19 L. Instrumento portafolio
Artículo 19 M. Categorías de logros
Artículo 19 N. Requisitos para rendir instrumentos de evaluación
Artículo 19 Ñ. Requisitos para rendir instrumentos de reconocimiento de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 O. Tramos de Desarrollo Profesional docente: Tabla
Artículo 19 P. Sanción por incumplimiento
Artículo 19 Q. Obligación de la Subsecretaría de Educación
Artículo 19 R. Asignación Docente
Artículo 19 S. Desvinculación docente
Artículo 19 T. Eximición de evaluación docente
Artículo 19 U. Reglamento: Obligación de Mineduc
Artículo 19 V. Establecimientos Educacionales del DFL 2/98
Artículo 19 W. Evaluación del desempeño docente del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 X. Resultados de la Evaluación

TÍTULO IV
DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL

PÁRRAFO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 19 Y. Docentes del Sector Municipal

PÁRRAFO II
DEL INGRESO A LA CARRERA DOCENTE

Artículo 20. Dotación docente: Definición
Artículo 21. Dotación docente: Plazo de nombramiento
Artículo 22. Adecuación de la dotación docente: Causales
Artículo 23. Derogado
Artículo 24. Dotación docente del sector municipal: Requisitos de incorporación
Artículo 25. Calidad en que se incorpora la dotación docente
Artículo 26. Límite del número de horas de contrato
Artículo 27. Calidad de Titular
Artículo 28. Concursos: Requisitos
Artículo 29. Requisitos formales del contrato o designación
Artículo 30. Comisión calificadora de concurso por Comuna
Artículo 31. Integración de la Comisión calificadora de concurso por Comuna
Artículo 31 bis. Mecanismo de selección de Director
Artículo 32. Definición profesional del Director
Artículo 32 bis. Requisitos del proceso de selección
Artículo 33. Convenio de desempeño del Director del Establecimiento Educacional
Artículo 34. Obligación anual del Director del Establecimiento Educacional
Artículo 34 A. Cese de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 B. Director que cesa de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 C. Directivos Docentes: Exclusiva confianza
Artículo 34 D. Nombramiento de jefe del DAEM
Artículo 34 E. Definiciónn de perfil profesional
Artículo 34 F. Convenio de desempeño del jefe del DAEM
Artículo 34 G. Asignación del Jefe del DAEM
Artículo 34 H. Cese de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 I. Cese de funciones de Jefe del DAEM
Artículo 34 J. Comunas con menos de 1.200 alumnos matriculados
Artículo 34 K. Cese de funciones de Docentes Directivos

PÁRRAFO III
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 35. Remuneración básica mínima nacional
Artículo 36. Docentes titulares
Artículo 37. Accidente de trabajo. Ley No 16.744
Artículo 38. Licencia Médica
Artículo 39. Mutuales de Seguridad
Artículo 40. Permiso para ausentarse de labores docentes
Artículo 41. Feriados de los docentes
Artículo 41 bis. Prórroga de contrato
Artículo 42. Destinaciones laborales
Artículo 43. Destinaciones por convenios
Artículo 44. Permutas de cargos
Artículo 45. Imposiciones previsionales
Artículo 46. Reglamentos internos del Establecimiento Educacional

PÁRRAFO IV
DE LAS ASIGNACIONES ESPECIALES DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 47. Asignación de los Servicios Locales de Educación Pública
Artículo 48. Asignación de experiencia
Artículo 49. Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional
Artículo 50. Asignación de Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta Concentración de alumnos prioritarios: Es imponible y tributable Artículo
51. Asignación de responsabilidad directiva y técnico-pedagógica
Artículo 52. Asignaciones permanentes
Artículo 53. Docente jubilado y recontratado
Artículo 54. Bonificación de reconocimiento profesional
Artículo 55. Bonificación de excelencia académica
Artículo 56. Derogado
Artículo 57. Derogado
Artículo 58. Remuneración Básica Mínima Nacional garantizada
Artículo 59. Derogado
Artículo 60. Derogado
Artículo 61. Derogado
Artículo 62. Remuneraciones totales mínimas
Artículo 63. Asignación. Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta concentración de alumnos prioritarios de excelencia académica y por tramos de desarrollo profesional
Artículo 64. Planilla complementaria
Artículo 65. Derogado

Artículo 66. Derogado
Artículo 67. Derogado

PÁRRAFO V
DE LA JORNADA DE TRABAJO

Artículo 68. Límite
Artículo 69. Jornada semanal docente
Artículo 69 bis. Registro de Asistencia anual

PÁRRAFO VI
DEBERES Y OBLIGACIONES FUNCIONARIAS DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 70. Sistema de evaluación docente nacional
Artículo 70 bis. Sistema de evaluación docente de sostenedores
Artículo 70 ter. Efectos de las evaluaciones docentes
Artículo 71. Aplicación del Estatuto Docente

PÁRRAFO VII
TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 72. Causales de término de la relación laboral
Artículo 72 bis. Salud incompatible
Artículo 72 ter. Salud irrecuperable
Artículo 73. Requisito de término de la relación laboral
Artículo 73 bis. Bonificación especial
Artículo 74. Plazo especial de reincorporación: 5 años
Artículo 75. Indemnización especial
Artículo 76. Renuncias de horas de titular
Artículo 77. Supresión parcial de horas

TÍTULO V
DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR

PÁRRAFO I
NORMAS GENERALES

Artículo 78. Ámbito de competencias

PÁRRAFO II
DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DE LAS MODIFICACIONES LEGALES A ÉSTE

Artículo 79. Estipulaciones del contrato de trabajo
Artículo 80. Jornada semanal de trabajo
Artículo 81. Reglamento interno: contenido mínimo
Artículo 82. Prórroga de contrato
Artículo 83. Precio de la hora
Artículo 84. Asignaciones
Artículo 85. Bonificación mensual
Artículo 86. Derogado

PÁRRAFO III
DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 87. Desvinculación específica. Art. 19 S

PÁRRAFO IV
DISPOSICIONES FINALES

Artículo 88. Negociación colectiva

TÍTULO VI
DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO

Artículo 88 A. Ámbito de aplicación
Artículo 88 B. Ámbito de aplicación
Artículo 88 C. Asignaciones, cálculo y pago
Artículo 88 D. Convenio de transferencia de recursos
Artículo 88 E. Bonificación especial

TÍTULO FINAL

Artículo 89. Deroga la Ley No 18.602 (Normas especiales para personal docente que indica)
Artículo 90. Vigencia de la ley

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo 1o Transitorio al Artículo 40 Transitorio

APÉNDICE

  1. Decreto 453. Aprueba reglamento de la Ley No 19.070, estatuto de los profesionales de la educación
    2. Ley No 20.529. Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización
    3. Ley No 21.040. Crea el sistema de educación pública
    4. Ley No 20.903. Crea el sistema de desarrollo profesional docente y modifica otras normasÍNDICE DE DIAGRAMAS
  2. Marco legal del docente
    2. Contenido del Estatuto Docente
    3. No pueden ejercer labores docentes
    4. Funciones de los profesionales de la educación
    5. Queja o denuncia contra docente
    6. Competencias de la Contraloría General de la República y la Dirección delTrabajo
    7. Unidades Educativas de Alta concentración de alumnos prioritarios
    8. La investigación sumaria
    9. Sumario administrativo
    10. Causales de término de la relación contractual de docentes del sector municipal y SLEP. Art. 72 y Art. 82 del ED
    11. Procedimiento ante Juzgado del Trabajo contra una Municipalidad o Corporación por término ilegal de la relación laboral
    12. Flujograma de aplicación de multas por la Superintendencia de Educación. Ley No 20.529. Título III
    13. Flujograma de fiscalización por la Superintendencia
    14. Sistema de Educación Pública

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Autor: Mauricio Suazo Álvarez
Editorial: Libromar
Año de Publicación  : 2022
Paginas : 577

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NameEstatuto Docente. Concordado, Comentado y con Jurisprudencia. 3ra Edición removeNiñez en Clave Migratoria removeEstabilidad del Permiso de Construcción en Chile removeLos Contratos Administrativos removeContratación Administrativa e Igualdad de los Oferentes en Chile removeActo Administrativo Electrónico y Acto Administrativo Automático remove
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DescriptionAutor: Mauricio Suazo Álvarez Editorial: Libromar Año de Publicación  : 2022 Paginas : 577Autora: María Loreto Bobadilla Toledo Editorial: EJS Año de Publicación: 2022 Paginas :132Autor: Paulina Pastene Navarrete Editorial : Tirant lo Blanch Año de Publicación : 2022 Paginas :282Autor: Gabriel Enrique Celis Danzinger Editorial: El Jurista Numero de Paginas: 562 Año de publicación: 2018Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial: IUS CIVILE Año de Publicación: 2022 Paginas :266Autor: Juan Ignacio Trabaglia Editorial:  Olejnik Numero de Paginas: 112 Año de publicación: 2022
ContentLa obra trata del Estatuto Docente – en su tercera edición – que incluye la última modificación de fecha 27 de diciembre de 2021 con la ley N°21.399. El desarrollo de su articulado no solo es descriptivo, sino que trata de indagar los criterios de los Tribunales de Justicia en sus distintas instancias, de la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo cuando resuelven asuntos de conflicto laboral dentro de la esfera de sus competencias. El autor recopila jurisprudencia judicial y administrativa de la última década, sobre los temas relevantes de la praxis del derecho laboral docente, agregando las concordancias que sugieren la mayoría de sus artículos junto a comentarios pertinentes a la materia de estudio, para que los usuarios puedan tener a la vista, a modo de referencia, los últimos criterios legales en aquellas materias en que pretende ejercer su acción. Aquella jurisprudencia que se cita, da cuenta que el derecho renueva su vocación universal de permitir la convivencia entre diversos y extraños, al armonizar lo que es diferente con lo justo, al tiempo que orienta los fallos de la Excma. Corte Suprema o los dictámenes de los entes de control administrativo, cuando deben resolver casos asumiendo las contradicciones, buscando la igualdad en sus resoluciones. No escapa al tratamiento del libro un análisis descriptivo y esquemático de situaciones que afectan la labor docente, entre otros; marco legal y funciones docentes, procedimientos de reclamos contra los profesores, sumarios administrativos, procesos de término de relación de laboral, esquemas de juicios laborales y el funcionamiento de los sistemas de educación pública. Esta obra permitirá al lector reflexionar acerca del rol del Estatuto Docente, sus normas anexas que se presentan en el apéndice y la necesaria referencia legislativa – a modo de concordancias, en la regulación de los derechos y obligaciones laborales de los docentes con la debida protección, elementos de gran importancia en nuestro vigente sistema político y jurídico.
TÍTULO I NORMAS GENERALES PÁRRAFO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1o. Aplicación del Estatuto Docente Artículo 2o. Definición de profesionales de la educación Artículo 3o. Ámbito regulatorio del Estatuto Docente Artículo 4o. Inhabilidades docentes PÁRRAFO II FUNCIONES PROFESIONALES Artículo 5o. Funciones profesionales docentes Artículo 6o. Función docente Artículo 7o. Función docente directiva Artículo 7o bis. Directores de Establecimiento Educacional: Funciones Artículo 8o. Función técnica-pedagógica Artículo 8o bis. Garantías del ejercicio profesional docente Artículo 8o ter. Fuero directivo de asociación gremial Artículo 9o. Año laboral docente PÁRRAFO III FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO Artículo 10. Formación de los profesionales de la educación Artículo 11. Formación gratuita y pertinente. Responsabilidad docente Artículo 12. Sostenedores: Colaboración Artículo 12 bis. Directores: Facultades Artículo 12 ter. Mineduc: Colaboración con CPEIP Artículo 12 quáter. CPEIP: Certificación de cursos o programas: Requisitos Artículo 12 quinquies. CPEIP: Sistema de seguimiento de cursos o programas Artículo 12 sexies. CPEIP: Facultades de sanción Artículo 13. Requisitos para postular a programas, cursos y actividades de formación . Artículo 13 bis. Sanción a docente por incumplimiento Artículo 13 ter. Obligación de reglamento: Mineduc PÁRRAFO IV PARTICIPACIÓN Artículo 14. Derecho a participar de los profesionales de la educación Artículo 15. Consejo de Profesores PÁRRAFO V AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONALES Artículo 16. Autonomía profesional Artículo 17. Quejas o denuncias contra un docente Artículo 18. Responsabilidad docente (es personal) TÍTULO II DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL Artículo 18 A. Objeto del proceso del Acompañamiento Profesional Local PÁRRAFO I DE LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL Artículo 18 B. Objeto de la Formación Local para el Desarrollo Profesional Artículo 18 C. Diseño del Plan Local para el Desarrollo Profesional Artículo 18 D. Directivos de Establecimiento Educacional: Facultades Artículo 18 E. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Rendición de cuentas Artículo 18 F. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Ley No 20.248 PÁRRAFO II DEL PROCESO DE INDUCCIÓN AL EJERCICIO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 18 G. Describe inducción: Proceso formativo Artículo 18 H. Proceso de Inducción propio: Establecimiento Educacional con Desempeño Alto Artículo 18 I. Director: Atribuciones Artículo 18 J. Evaluación del proceso de Inducción Artículo 18 K. Sostenedor y proceso de Inducción: Convenio con Mineduc Artículo 18 L. CPEIP: Proceso de Inducción Artículo 18 M. Docente principiante en proceso de Inducción: Obligaciones Artículo 18 N. Asignación al principiante en proceso de Inducción Artículo 18 Ñ. Pérdida de la Asignación del principiante en proceso de Inducción PÁRRAFO III DE LA MENTORÍA PARA DOCENTES PRINCIPIANTES Y PARA LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL Artículo 18 O. Definición de Docente Mentor Artículo 18 P. Docente Mentor: Obligaciones Artículo 18 Q. Docente Mentor: CPEIP Artículo 18 R. Proceso de Inducción administrado por CPEIP Artículo 18 S. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Firma de convenio Artículo 18 T. Proceso de Inducción administrado por Establecimiento Educacional Artículo 18 U. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Evaluación Artículo 18 V. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Término del proceso Artículo 18 W. Imposibilidad geográfica de asignar docentes mentores PÁRRAFO IV OTRAS DISPOSICIONES Artículo 18 X. Obligación de sostenedores o administradores Artículo 18 Y. Información de los procesos de inducción y mentoría es pública Artículo 18 Z. Reglamentación: Mineduc PÁRRAFO V NORMAS COMUNES AL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL Artículo 18 Z bis. Agencia de la Calidad de la Educación: Evaluación Artículo 18 Z ter. CPEIP: Obligaciones TÍTULO III DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PÁRRAFO I ASPECTOS GENERALES DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 19. Objeto del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 A. Fases del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 B. Definición de Tramo Artículo 19 C. Definición de Tramos: Inicial, Temprano, avanzado Artículo 19 D. Definición de Tramos voluntarios: Experto I y II Artículo 19 E. Reconocimiento de competencias: CPEIP Artículo 19 F. Retroceso de Tramos PÁRRAFO II DEL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 19 G. Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 H. Promoción a los Tramos del Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 I. Acreditación de los años de experiencia Artículo 19 J. Estándares de desempeño profesional docente Artículo 19 K. Medición de los estándares de desempeño profesional docente Artículo 19 L. Instrumento portafolio Artículo 19 M. Categorías de logros Artículo 19 N. Requisitos para rendir instrumentos de evaluación Artículo 19 Ñ. Requisitos para rendir instrumentos de reconocimiento de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 O. Tramos de Desarrollo Profesional docente: Tabla Artículo 19 P. Sanción por incumplimiento Artículo 19 Q. Obligación de la Subsecretaría de Educación Artículo 19 R. Asignación Docente Artículo 19 S. Desvinculación docente Artículo 19 T. Eximición de evaluación docente Artículo 19 U. Reglamento: Obligación de Mineduc Artículo 19 V. Establecimientos Educacionales del DFL 2/98 Artículo 19 W. Evaluación del desempeño docente del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 X. Resultados de la Evaluación TÍTULO IV DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL PÁRRAFO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 19 Y. Docentes del Sector Municipal PÁRRAFO II DEL INGRESO A LA CARRERA DOCENTE Artículo 20. Dotación docente: Definición Artículo 21. Dotación docente: Plazo de nombramiento Artículo 22. Adecuación de la dotación docente: Causales Artículo 23. Derogado Artículo 24. Dotación docente del sector municipal: Requisitos de incorporación Artículo 25. Calidad en que se incorpora la dotación docente Artículo 26. Límite del número de horas de contrato Artículo 27. Calidad de Titular Artículo 28. Concursos: Requisitos Artículo 29. Requisitos formales del contrato o designación Artículo 30. Comisión calificadora de concurso por Comuna Artículo 31. Integración de la Comisión calificadora de concurso por Comuna Artículo 31 bis. Mecanismo de selección de Director Artículo 32. Definición profesional del Director Artículo 32 bis. Requisitos del proceso de selección Artículo 33. Convenio de desempeño del Director del Establecimiento Educacional Artículo 34. Obligación anual del Director del Establecimiento Educacional Artículo 34 A. Cese de funciones por petición de renuncia Artículo 34 B. Director que cesa de funciones por petición de renuncia Artículo 34 C. Directivos Docentes: Exclusiva confianza Artículo 34 D. Nombramiento de jefe del DAEM Artículo 34 E. Definiciónn de perfil profesional Artículo 34 F. Convenio de desempeño del jefe del DAEM Artículo 34 G. Asignación del Jefe del DAEM Artículo 34 H. Cese de funciones por petición de renuncia Artículo 34 I. Cese de funciones de Jefe del DAEM Artículo 34 J. Comunas con menos de 1.200 alumnos matriculados Artículo 34 K. Cese de funciones de Docentes Directivos PÁRRAFO III DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Artículo 35. Remuneración básica mínima nacional Artículo 36. Docentes titulares Artículo 37. Accidente de trabajo. Ley No 16.744 Artículo 38. Licencia Médica Artículo 39. Mutuales de Seguridad Artículo 40. Permiso para ausentarse de labores docentes Artículo 41. Feriados de los docentes Artículo 41 bis. Prórroga de contrato Artículo 42. Destinaciones laborales Artículo 43. Destinaciones por convenios Artículo 44. Permutas de cargos Artículo 45. Imposiciones previsionales Artículo 46. Reglamentos internos del Establecimiento Educacional PÁRRAFO IV DE LAS ASIGNACIONES ESPECIALES DEL PERSONAL DOCENTE Artículo 47. Asignación de los Servicios Locales de Educación Pública Artículo 48. Asignación de experiencia Artículo 49. Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional Artículo 50. Asignación de Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta Concentración de alumnos prioritarios: Es imponible y tributable Artículo 51. Asignación de responsabilidad directiva y técnico-pedagógica Artículo 52. Asignaciones permanentes Artículo 53. Docente jubilado y recontratado Artículo 54. Bonificación de reconocimiento profesional Artículo 55. Bonificación de excelencia académica Artículo 56. Derogado Artículo 57. Derogado Artículo 58. Remuneración Básica Mínima Nacional garantizada Artículo 59. Derogado Artículo 60. Derogado Artículo 61. Derogado Artículo 62. Remuneraciones totales mínimas Artículo 63. Asignación. Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta concentración de alumnos prioritarios de excelencia académica y por tramos de desarrollo profesional Artículo 64. Planilla complementaria Artículo 65. Derogado Artículo 66. Derogado Artículo 67. Derogado PÁRRAFO V DE LA JORNADA DE TRABAJO Artículo 68. Límite Artículo 69. Jornada semanal docente Artículo 69 bis. Registro de Asistencia anual PÁRRAFO VI DEBERES Y OBLIGACIONES FUNCIONARIAS DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Artículo 70. Sistema de evaluación docente nacional Artículo 70 bis. Sistema de evaluación docente de sostenedores Artículo 70 ter. Efectos de las evaluaciones docentes Artículo 71. Aplicación del Estatuto Docente PÁRRAFO VII TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Artículo 72. Causales de término de la relación laboral Artículo 72 bis. Salud incompatible Artículo 72 ter. Salud irrecuperable Artículo 73. Requisito de término de la relación laboral Artículo 73 bis. Bonificación especial Artículo 74. Plazo especial de reincorporación: 5 años Artículo 75. Indemnización especial Artículo 76. Renuncias de horas de titular Artículo 77. Supresión parcial de horas TÍTULO V DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR PÁRRAFO I NORMAS GENERALES Artículo 78. Ámbito de competencias PÁRRAFO II DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DE LAS MODIFICACIONES LEGALES A ÉSTE Artículo 79. Estipulaciones del contrato de trabajo Artículo 80. Jornada semanal de trabajo Artículo 81. Reglamento interno: contenido mínimo Artículo 82. Prórroga de contrato Artículo 83. Precio de la hora Artículo 84. Asignaciones Artículo 85. Bonificación mensual Artículo 86. Derogado PÁRRAFO III DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Artículo 87. Desvinculación específica. Art. 19 S PÁRRAFO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 88. Negociación colectiva TÍTULO VI DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO Artículo 88 A. Ámbito de aplicación Artículo 88 B. Ámbito de aplicación Artículo 88 C. Asignaciones, cálculo y pago Artículo 88 D. Convenio de transferencia de recursos Artículo 88 E. Bonificación especial TÍTULO FINAL Artículo 89. Deroga la Ley No 18.602 (Normas especiales para personal docente que indica) Artículo 90. Vigencia de la ley ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1o Transitorio al Artículo 40 Transitorio APÉNDICE
  1. Decreto 453. Aprueba reglamento de la Ley No 19.070, estatuto de los profesionales de la educación 2. Ley No 20.529. Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización 3. Ley No 21.040. Crea el sistema de educación pública 4. Ley No 20.903. Crea el sistema de desarrollo profesional docente y modifica otras normasÍNDICE DE DIAGRAMAS
  2. Marco legal del docente 2. Contenido del Estatuto Docente 3. No pueden ejercer labores docentes 4. Funciones de los profesionales de la educación 5. Queja o denuncia contra docente 6. Competencias de la Contraloría General de la República y la Dirección delTrabajo 7. Unidades Educativas de Alta concentración de alumnos prioritarios 8. La investigación sumaria 9. Sumario administrativo 10. Causales de término de la relación contractual de docentes del sector municipal y SLEP. Art. 72 y Art. 82 del ED 11. Procedimiento ante Juzgado del Trabajo contra una Municipalidad o Corporación por término ilegal de la relación laboral 12. Flujograma de aplicación de multas por la Superintendencia de Educación. Ley No 20.529. Título III 13. Flujograma de fiscalización por la Superintendencia 14. Sistema de Educación Pública
Con la publicación y entrada en vigor de la Ley N°21.325, de Migración y Extranjería, el estatuto normativo de las personas migrantes que arriban a nuestras fronteras o que ya se encuentran desarrollando sus vidas al interior del territorio nacional, se ha visto fuertemente alterado. Tal circunstancia se torna de particular relevancia cuando afecta directamente a la vida y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes migrantes y sus familias. Esta obra colectiva centra su foco de atención en las principales novedades que este texto legal incorpora en nuestro ordenamiento jurídico y que inciden en el devenir diario de la niñez y la adolescencia migrante y sus contextos familiares. Todo ello sin renunciar a plantear las dudas, carencias y lagunas que del análisis de la Ley de Migración y Extranjería se han suscitado entre los diferentes autores y autoras partícipes de la misma. Confiamos que este libro se convierta en un texto de consulta obligatoria cuando de los derechos de las personas migrantes y sus familias se trate, especialmente para funcionarías y funcionarios del Servicio Nacional de Migraciones, de la Subsecretaría de la Niñez, del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, personal de las oficinas migrantes de las Municipalidades, profesionales y voluntarios de las organizaciones de infancia y de migrantes y promigrantes de la sociedad civil, abogados litigantes, académicos, investigadores, estudiantes, y público en general interesado en esta materia. INMIGRANTES EN CHILE: ENTRE EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA DISCRECIONALIDAD DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS    Alexis Mondaca Miranda LOS PRINCIPIOS EN MATERIA DE FAMILIA Y LA POLÍTICA NACIONAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA DE LA LEY No 21.325  Marcos Andrade Moreno MOVILIDAD HUMANA INTERNACIONAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: REQUISITOS DE ENTRADA Y SALIDA DEL PAÍS Y VISADO DE RESIDENCIA TEMPORAL  Isaac Ravetllat Ballesté NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EN CHILE: DERECHO A LA SALUD Y A LA EDUCACIÓN Natalia González Cifuentes INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO/A EN LA NUEVA REGULACIÓN MIGRATORIA EN CHILE. DESAFÍOS EN LAS MEDIDAS DE EXPULSIÓN, RECONDUCCIÓN Y RETORNO ASISTIDO    Juliana S. Díaz Pantoja - Jairo E. Lucero Pantoja LA PERSONA EN SITUACIÓN DE MOVILIDAD HUMANA Y SU CONSIDERACIÓN COMO CONSUMIDOR HIPERVULNERABLE  Edison Ramiro Calahorano LatorreEl permiso de construcción constituye una importante técnica autorizatoria estatal de carácter reglado y preventivo, cuya finalidad consiste en resguardar el cumplimiento del ordenamiento jurídico urbanístico, y que una vez otorgado, permitirá a su titular destinatario gozar del denominado «privilegio de invariabilidad regulatoria» o también conocido efecto de «congelamiento de las normas urbanísticas». Sin embargo, en las últimas dos décadas, diversos permisos de construcción que han posibilitado el desarrollo de una importante y significativa cantidad de proyectos urbano-inmobiliarios, se ha visto enfrentado a una serie de cuestionamientos sobre la legalidad de su otorgamiento, en medio de una ciudadanía cada vez más activa e involucrada en la adopción de las decisiones de carácter público-urbanístico y cuyas reclamaciones y descontento se ha visto potenciada por la multiplicidad y dispersión de mecanismos para activar la revisión de los mismos, tanto en sede administrativa como jurisdiccional. A lo anterior, se ha sumado también una serie de discusiones propias del Sistema de Evaluación e Impacto Ambiental, y que, dada su cercanía y estrecha vinculación con este tipo de acto administrativo, ha llegado incluso a introducirse como elemento de validez a analizar en el otorgamiento de este, contribuyendo así a escenarios de frecuente judicialización e incertidumbre jurídica durante todo el desarrollo de este tipo de proyectos, la que podrá alcanzar incluso sus etapas de mayor avance o finalización. En dicho contexto, la presente obra aborda de forma integral la jurisprudencia existente sobre la materia, a través de un análisis metódico de los diversos conflictos interpretativos que, caóticamente, suelen producirse respecto a una compleja y dispersa normativa, que pareciera tener tantas interpretaciones como intérpretes existen, y cuyo conocimiento resulta indispensable para todos aquellos que directa o indirectamente se relacionan con la industria inmobiliaria. Índice TABLA DE ABREVIATURAS 11 PRÓLOGO 13 INTRODUCCIÓN 23 Capítulo I EL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN COMO TÉCNICA ADMINISTRATIVA AUTORIZATORIA Y LIMITACIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD 1. Consideraciones generales 27 2. El surgimiento de una técnica administrativa autorizatoria frente al ius aedificandi. Breve reseña de la legislación chilena 29 3. Normativa urbanística y de construcción: limitación al derecho de propiedad y establecimiento del permiso de construcción como un mecanismo para resguardar el cumplimiento preventivo de la misma 36 4. Etapas del procedimiento administrativo autorizatorio, órganos y sujetos que intervienen en su tramitación, y entidades con facultades interpretativas y dictaminantes sobre la materia 44 4.1 Sustanciación del procedimiento administrativo para el otorgamiento del permiso de construcción. 44 4.2 Órganos y sujetos que intervienen en la tramitación, otorgamiento y revisión del permiso de construcción. 49 5. Facultad interpretativa de la División de Desarrollo Urbano y potestad dictaminante de la Contraloría General de la República: Una consideración indispensable al momento de hablar de certidumbre jurídica y confianza en el obrar de la Administración 62 Capítulo II ¿ES ADMISIBLE LA DISCRECIONALIDAD EN EL OTORGAMIENTO DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN? 1. El permiso de construcción: un acto administrativo de naturaleza jurídica reglada 81 2. Actos administrativos vinculados al permiso de construcción. ¿Cuáles son sus efectos? 85 3. Vinculación entre el permiso de construcción y la resolución de calificación ambiental (RCA). una confluencia que suma inestabilidad 98 4. Publicidad de los permisos de construcción y el interés general. Análisis de la doctrina de “las particularidades” desarrollada por la Corte Suprema a partir del artículo 48 literal a) de la LBPA 119 Capítulo III CAMBIOS EN LA INTERPRETACIÓN DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA ¿FIN AL PARADIGMA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS? 1. El activo rol de la ciudadanía en asuntos público-urbanísticos y un disperso sistema de impugnaciones 133 2. La jurisprudencia de los derechos adquiridos y su “giro” en los últimos años. 140 3. Los intentos por dotar al sistema de una mayor estabilidad y seguridad jurídica: Constatación y propuestas 200 Capítulo IV ¿QUÉ ESPERAR DESPUÉS DE LA DECLARACIÓN DE INVALIDACIÓN O ILEGALIDAD DE UN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN? 1. Los efectos de las sentencias judiciales ¿ cómo se han cumplido? Análisis de los casos Edificio Botero en Ñuñoa y Edificio O´Brien en Vitacura 217 2. Responsabilidad patrimonial de la Administración por falta de servicio en la dictación de certificaciones y autorizaciones en materia urbanística 230 3. Comentarios finales. 246 CONCLUSIONES Proposiciones 260 Bibliografía citada Comentarios web 261 Tesis 262 Jurisprudencia citada 265 Jurisprudencia judicial 265 Otras fuentes documentales 273 Circulares DDU 274Colección de Derecho Administrativos. La presente investigación aborda uno de los capítulos tradicionales que integran el Derecho Administrativo general, cual es, la contratación administrativa y los contratos administrativos, como expresión de la actividad formal de la Administración del Estado, cuyo enfoque se sitúa en el contexto de nuestro ordenamiento jurídico interno, principalmente a partir de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento, la Ley del MOP y el Reglamento de Contratos de Obra Pública, la Ley de Concesiones de Obra Pública y su Reglamento, analizadas, por cierto, en el contexto de otras fuentes jurídicas, como la Constitución Política, los tratados internacionales pertinentes, la Ley N° 18.575, la Ley N° 19.880, la Ley N° 20.285, y la Ley de Administración Financiera del Estado Decreto Ley N° 1.263, así como la jurisprudencia constitucional, judicial y administrativa, sin perjuicio de recurrir también a la doctrina nacional e internacional. Se trata en definitiva, de una obra destinada principalmente a académicos y profesores de la cátedra de Derecho Administrativo, como también a los abogados, administradores públicos, estudiantes de Derecho, y a todos los servidores y funcionarios que se desempeñan en los órganos de la Administración del Estado. El primer capítulo aborda los fundamentos de la contratación administrativa, vale decir, lo denominada teoría o parte general, conformada por los conceptos, características, clasificaciones y elementos de los contratos administrativos, así como los principios jurídicos y procedimientos de contratación pública, luego, los efectos de tales contratos, el control de los mismos, su régimen de extinción y finalmente, los mecanismos de solución de controversias. Los capítulos siguientes se abocan a la parte especial, es decir, al estudio de los contratos administrativos en particular. El segundo apartado se ocupa de los contratos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en aquellos sometidos al régimen normativo de la Ley de Compras Públicas. A su turno, el tercero y el cuarto apartado abordan, respectivamente, los contratos de obra pública, principalmente aquellos regidos por la normativa del MOP-, y de concesiones de esta obra pública, aquellos que regula la Ley concesiones y su Reglamento. Por su parte el quinto capítulo, analiza la estructura del contrato de concesiones de servicio público, incursionando en algunas de las modalidades de concesiones de servicio público que contempla nuestro ordenamiento jurídico administrativo. En definitiva, se trata de un texto pedagógico de estudio, cuyo índice temático se ajusta a los programas universitarios definidos para dicha materia por las Facultades de Derecho y Ciencia Jurídicas, y que por tanto privilegia el enfoque didáctico y sistemático sobre la materia, desde la perspectiva de la asignatura de Derecho Administrativo impartida-como curso de pregrado- en la carrera de Derecho. Ediciones Jurídicas El JuristaEn la actualidad, el Estado compra, construye y se asocia con privados con una intensidad que no le conocíamos. Cada vez son mayores los volúmenes de compra que demandan los Órganos de la Administración del Estado y más variadas las obras que el Estado necesita construir y/o administrar con la ayuda de los particulares. Para alcanzar un desarrollo óptimo de esta nueva forma de gobernar –en ayuda con el sector privado– y que las asociaciones públicas-privadas sean beneficiosas tanto para la Administración Pública como para los particulares, es necesario que las reglas que regulan el procedimiento de formación de voluntad y ejecución del contrato administrativo sean claras y conocidas por las partes. En este contexto, la jurisprudencia y la doctrina juegan un rol importante. Ante la limitada capacidad de las Leyes y los Reglamentos para prever todas las situaciones que pueden darse, el rol de la jurisprudencia y la doctrina es colmar ese vacío con decisiones que sean adecuadas a los principios jurídicos que regulan la materia. Así, en lo que respecta a la contratación administrativa, se espera que el contenido de los principios introducidos por la LBCASYPS –tales como, igualdad de los oferentes, estricta sujeción a las bases y libre concurrencia de los oferentes– sea finalmente definido por un desarrollo jurisprudencial y académico robusto, coherente y fundamentado. Pretender que sea la propia LBCASYPS o su Reglamento los encargados de definir el contenido de dichos principios, es un despropósito. Debido a lo anterior, llama la atención que, a más de 10 años de la dictación de la Ley N° 19.886 (LBCASYPS), aún no exista certeza sobre el contenido de algunos de sus principios basales, como lo es, por ejemplo, el principio de igualdad de los oferentes. En concreto, es común ver en la jurisprudencia tanto administrativa como judicial que este principio es utilizado por los particulares como un broche de oro en sus respectivas demandas o denuncias, en las que en base a muy pocos fundamentos y apelando a un sentimiento común de justicia, se alega que cualquier tipo de infracción al CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE ordenamiento jurídico constituye una trasgresión al principio de igualdad. Y por el otro lado, advertimos que la CGR o el Tribunal encargado de resolver el conflicto, en no pocas ocasiones, hace suyo dichos argumentos y a través de una escasa fundamentación y desarrollo del principio, declara si éste ha sido transgredido o no. Por su parte, la doctrina nacional tampoco ha realizado esfuerzos por sistematizar el principio de igualdad de los oferentes y ello se ve reflejado en las escasas o casi inexistentes obras que lo tratan con profundidad. En este ámbito, el principal objeto de este estudio es sistematizar el contenido del principio de igualdad de los oferentes y definir sus características y efectos, determinando, por ejemplo, quién es el obligado, en qué tipo de cláusulas normativas y reglamentarias se encuentra regulado, a qué tipo de igualdad estamos hablando cuando nos referimos a la igualdad entre los oferentes y si se trata de una igualdad establecida como principio y/o valor general o como un derecho individual de los particulares. Aclarado lo anterior, estaremos en condiciones de establecer líneas o parámetros bajo los cuales podrá señalarse que el principio de igualdad ha sido infringido y, por el contrario, definir cuándo este principio no ha sido violado. Con este estudio, además, pretendemos analizar los parámetros o guías dictados por la jurisprudencia (administrativa y judicial) y la doctrina, para efectos de determinar si las decisiones o soluciones dictadas por aquellas se adecuan o no al contenido del principio de igualdad de los oferentes. Para alcanzar las conclusiones recién referidas, en primer término, estimamos necesario estudiar el contexto en el cual surgen y se desarrollan los contratos administrativos. Por esta razón, en el Primer Capítulo nos referiremos a la actividad contractual de la Administración –por oposición a su actividad unilateral de dictar actos administrativos– y cómo es que, en definitiva, la asociación entre el mundo público y privado –principalmente a través de los contratos– ha mutado la forma de gobernar y el concepto de administrado. Esta primera parte del Primer Capítulo finaliza con un análisis de los beneficios y costos de las asociaciones públicas y privadas. Estudiada la actividad contractual de la Administración, en la segunda parte de este Capítulo nos referiremos al contrato administrativo, específicamente, a su concepto, características y clasificación, destacando las particularidades de este tipo de acuerdo de voluntades que lo diferencian de los contratos celebrados bajo el régimen civil. Analizados los distintos tipos de contratos administrativos que se encuentran regulados por el ordenamiento jurídico nacional, en el Segundo Capítulo estudiaremos específicamente los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS. Así, en la primera parte de este Capítulo el objeto de estudio será la propia Ley y su Reglamento, centrándonos en Introducción definir las novedades que introdujo la dictación de la LBCASYPS. Luego, la segunda parte del Capítulo trata los aspectos conceptuales del contrato de suministro y prestación de servicios y la tercera parte se refiere a cada uno de los procedimientos de contratación administrativa regulados por la LBCASYPS y su Reglamento –esto son, la licitación pública, la licitación privada, el trato directo, la compra ágil, el convenio marco y el proceso de gran compra vía convenio marco–, destacando los principales problemas y desafíos que se han presentado en cada una de estas etapas. El Segundo Capítulo finaliza con un breve análisis de los principios introducidos por la LBCASYPS –el principio de estricta sujeción a las bases y el principio de libre concurrencia– para dar pie al análisis del principio objeto del presente estudio. Así, una vez definido el marco teórico del presente estudio –esto es, la actividad contractual y los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS y su Reglamento– el Tercer Capítulo se refiere de manera específica al principio de igualdad de los oferentes. Para efectos de definir el objeto del estudio, estimamos pertinente, en primer lugar, referirnos a los aspectos conceptuales de este principio. Así, en esta primera parte del Capítulo se analizan –con el fin de una comparación posterior– las distintas concepciones del principio de igualdad en materia constitucional, para luego analizar los diferentes entendimientos del principio de igualdad de los oferentes. La segunda parte de este Capítulo constituye un estudio de las manifestaciones y excepciones al principio comento, utilizando como parámetro las regulaciones, la jurisprudencia y la doctrina que existen sobre la materia. Para efectos de un correcto entendimiento, este análisis se encuentra expuesto por orden cronológico, según las principales etapas de los procedimientos administrativos de contratación y busca poner en evidencia cómo es que, en la práctica, se ha aplicado el principio de igualdad de los oferentes. Asimismo, este estudio busca levantar algunas inconsistencias en la jurisprudencia judicial y administrativa Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial IUS CIVILE Índice Tabla de abreviaturas………………………………………… 9 Introducción………………………………………………. 11 Capítulo I LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA……….. 15 Primera Parte FUNDAMENTOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN……….. 15 I. Relevancia de la contratación administrativa……………………. 15 II. El origen de la actividad contractual de la Administración………….. 17 III. La actividad contractual de la Administración como una nueva forma de administrar. . . . . . . 20 IV. Beneficios de la asociación público-privada…………………….. 24 1. Generaría mayor competencia, aumentando los incentivos para prestar el servicio de manera eficiente…………………………… 25 2. Dotaría de mayor transparencia, publicidad y “accountability” a los procesos de compra y negociación…………………………… 27 3. Mejoraría la calidad de los servicios gracias al conocimiento e infraestructura del sector privado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4. Aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales……………………………….. 29 V. Críticas a la asociación público-privada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 1. La asociación pública-privada no generaría mayor competencia ni sería más eficiente……………………………………….. 31 ÍNDICE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 258 2. Los privados no se encontrarían sujetos a los valores de transparencia, publicidad y “accountability” con la misma intensidad que el sector público . … . . . . . . . . . . . . . . 33 3. Los conflictos de intereses entre las metas públicas y privadas impedirían mejorar la calidad de los bienes y servicios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 4. No sería efectivo que aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales………………… 36 Segunda Parte EL CONTRATO ADMINISTRATIVO. . . . . . . . . . . . . . . 38 I. Concepto de contrato administrativo…………………………. 38 II. Características del contrato administrativo…………………….. 39 1. El contrato administrativo se encuentra sometido a un régimen de Derecho Público en unión con herramientas del Derecho Privado…… 40 2. Tiene por objeto satisfacer una necesidad pública…………….. 42 3. Los efectos del contrato administrativo se definen en razón del interés público involucrado y pueden incluso alcanzar a terceros……….. 43 4. Es un contrato “intuito personae” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 5. Dispone de cláusulas exorbitantes en favor de la Administración….. 45 5.1. El poder de interpretación unilateral del contrato………… 47 5.2. El poder de dirección, fiscalización, inspección y control……. 48 5.3. El poder sancionatorio o correctivo de la Administración…… 49 5.4. El poder de modificación unilateral del contrato (“ius variandi”). . 50 5.5. El poder de terminación unilateral del contrato. . . . . . . . . . . . . . 52 III. Clases de contratos que celebra la administración: con transferencia de funciones públicas y sin transferencia de funciones públicas………… 54 1. Contratos en que existe transferencia de funciones públicas al sector privado… … 55 2. Contratos en que no existe transferencia de funciones públicas al sector privado. . . . … … 58 IV. Tipos de contratos administrativos regulados por el ordenamiento jurídico chileno……. 60 1. Contrato de obra pública regulado en la LOCMOP y el RCOP……. 61 2. Contrato de concesión………………………………… 62 2.1. Contrato de concesión de obra pública regulado por la LCOP y el RLCOP… 63 2.2. Contrato de concesión de servicio público………………. 65 2.3. Contrato de concesión municipal bajo la LOCM………….. 66 Índice 259 Capítulo II EL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS BAJO LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO… 69 Primera Parte LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO…………… 69 I. Los orígenes de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 II. Objetivos de la LBCASYPS y su Reglamento……………………. 70 1. Lograr un uso eficiente de los recursos públicos……………… 70 2. Utilizar las compras públicas como una herramienta para ejecutar Políticas públicas sustentables e inclusivas…………………… 73 III. Aplicación de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 1. Ámbito de aplicación material. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 2. Ámbito de aplicación subjetivo…………………………… 76 IV. Características de la LBCASYPS…………………………….. 78 1. Es una Ley de bases…………………………………… 78 2. Es una norma de aplicación directa……………………….. 79 3. Constituye un cuerpo de principios y reglas jurídicas aplicables supletoriamente a otros tipos de contratos administrativos………….. 79 V. La nueva institucionalidad que introdujo la LBCASYPS……………. 80 1. TCP………………………………………………. 80 2. DCYCP……………………………………………. 87 3. Sistema de Información……………………………….. 88 3.1. Obligación de inscripción en el Registro Electrónico de contratistas o proveedores . . . . 89 3.2. Obligación de contratar electrónicamente………………. 89 3.3. Obligación de suministrar información básica……………. 90 Segunda Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS. . . . . . . . . 91 I. Concepto……………………………………………… 91 II. Características…………………………………………. 92 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 260 Tercera Parte LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGULADOS POR LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO……. 92 I. La licitación pública……………………………………… 94 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 3. Características………………………………………. 98 3.1. Es un procedimiento concursal abierto………………… 98 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 98 4. Principales etapas……………………………………. 99 4.1. Preparación o elaboración de las bases de licitación……….. 99 4.2. El llamado o aviso a participar en la licitación pública……… 105 4.3. Período de consultas y aclaraciones……………………. 106 4.4. Presentación y recepción de ofertas…………………… 107 4.5. Apertura de ofertas……………………………….. 109 4.6. Evaluación de las ofertas……………………………. 110 4.7. Adjudicación del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112 4.8. Perfeccionamiento del contrato……………………… 116 II. Licitación privada……………………………………….. 117 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118 3. Características………………………………………. 119 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 119 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119 3.3. Subsidiariamente le son aplicables las normas de la licitación pública…. 120 4. Principales etapas……………………………………. 120 4.1. Dictación y publicación de la resolución fundada que dispone la licitación privada…… 120 4.2. Preparación y elaboración de las bases de licitación privada….. 121 4.3. Invitación a participar……………………………… 121 4.4. Recepción y evaluación de ofertas…………………….. 122 4.5. Adjudicación y perfeccionamiento del contrato………….. 123 III. Trato o contratación directa……………………………….. 123 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 124 Índice 261 3. Características………………………………………. 125 3.1. No es un procedimiento concursal, sino una negociación directa. 125 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación pública y privada. 127 4. Principales etapas……………………………………. 127 4.1. Cotizaciones previas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127 4.2. Dictación y publicación de la resolución fundada por medio de la cual se procede al trato directo e identificación del contratante. 128 4.3. Celebración del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 IV. Compra Ágil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 130 3. Características………………………………………. 131 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 131 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 132 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación privada………………………………………… 132 4. Principales etapas……………………………………. 132 4.1. Requerimiento de 3 cotizaciones……………………… 132 4.2. Emisión y posterior aceptación de la orden de compra……… 133 V. Convenio marco…………… 133 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 3. Características………………………………………. 135 3.1. En ciertos aspectos es un mecanismo de carácter Concursal y, en otros, es una negociación……..135 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 136 4. Principales etapas……………………………………. 137 4.1. Suscripción del convenio marco por la DCYCP. . . . . . . . . . . . . . . 137 4.2. Suscripción del convenio marco por la entidad licitante…….. 139 VI. Gran compra vía convenio marco……………………………. 139 1. Concepto………………………………………. 139 2. Procedencia…………………………………….. 140 3. Características…………………………………… 140 3.1. En ciertos aspectos es un procedimiento concursal abierto y en otros es cerrado …………… 141 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 262 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 141 3.3. Supletoriamente, se le aplican todas las disposiciones del RLBCASYPS…………………………………….. 141 4. Principales etapas……………………………………. 141 4.1. Comunicación de la intención de compra. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142 4.2. Presentación y evaluación de ofertas…………………… 142 4.3. Adjudicación, dictación del acto administrativo y suscripción del acuerdo complementario…………………………… 143 Cuarta Parte LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO………….. 144 I. Principio de estricta sujeción a las bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144 II. Principio de libre concurrencia……………………………… 147 Capítulo III EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES. . . . . 151 Primera Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………………… 151 I. El principio de igualdad en la CPR…………………………… 151 1. Igualdad general. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152 2. La igualdad como protección de bienes públicos importantes. . . . . . . 156 3. Igualdad como no discriminación por factores pertenecientes a grupos…. 156 4. Igualdad como obligación positiva de promover la igualdad de oportunidades……… 158 II. El principio de igualdad en las contrataciones administrativas………. 159 III. Elementos sustantivos (dimensión formal) del principio de igualdad de los oferentes regulado en el artículo 9 de la LOCBGAE……….. 161 IV. La tautología del contenido del principio de igualdad de los oferentes en La jurisprudencia del TCP y la CGR. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164 V. Distintas concepciones del principio de igualdad de los oferentes. . . . . . . 167 1. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una igualdad de trato….. 167 263 2. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una prohibición de privilegios… 168 3. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de imparcialidad… 169 4. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de igualdad de oportunidades. . . . . 170 5. El principio de igualdad de los oferentes como igual sujeción a las base. .. . .. . . . 171 VI. Infracciones al principio de igualdad de los oferentes…………….. 172 1. Otorgar un privilegio a un oferente en desmedro del resto de los proponentes…………………………………………… 173 2. Establecer un trato desigual entre los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175 3. Causar un perjuicio al resto de los participantes………………. 177 4. Dejar a un oferente en desventaja respecto con el resto………… 177 5. Comparar ofertas que no resultan del todo comparables……….. 178 Segunda Parte MANIFESTACIONES Y EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………….. 179 I. Fase preparatoria a la licitación…………………………….. 179 1. El estudio de mercado previo debe efectuarse considerando a todos los Oferentes…………………………………………… 180 2. El diseño de las bases debe efectuarse con confidencialidad……… 180 3. La entidad licitante debe utilizar el procedimiento de contratación Administrativa que la LBCASYPS y el RLBCASYPS determinan para cada Caso en particular…………………………………….. 181 II. Elaboración, diseño y publicación de las bases de la licitación……….. 182 1. Las bases deben estar formuladas con un lenguaje preciso y directo…………. 183 2. El orden de prelación que existe entre los documentos que rigen la Licitación no puede ser modificado……………………….. 184 3. El contenido de las bases no puede ser objeto de negociaciones entre La Administración y el oferente…………………………… 185 4. Las condiciones y reglas fijadas en las bases no pueden establecer diferencias arbitrarias entre los proponentes……………………. 186 5. Las características o estándares de los bienes o servicios solicitados deben Ser descritos de manera objetiva………………………….. 188 5.1. Las bases no pueden solicitar marcas específicas………….. 189 5.2. No se pueden describir los bienes o servicios requeridos de manera tal que sólo un proveedor pueda cumplir con dichas exigencias. 191 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 264 6. El contenido de las bases no puede ser modificado, sino muy limitadamente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192 5.1. El contenido de las bases puede ser modificado antes del cierre De la recepción de las ofertas siempre que se otorgue un plazo Prudencial a los proveedores para adecuar sus propuestas…… 193 5.2. Luego del cierre de la recepción de las ofertas, el contenido de Las bases no puede ser modificado, a menos que se resguarden los Eventuales derechos de los oferentes…………………… 194 5.3. El contenido de las bases no puede ser modificado durante el Periodo de preguntas y aclaraciones…………………… 196 5.4. En caso de que una licitación pública o privada sea declarada Desierta, el contenido de las bases de la nueva licitación o trato Directo no puede ser modificado……………………… 197 III. Llamado a los oferentes…………………………………… 198 1. El llamado debe ser público y gratuito……………………… 199 2. El llamado debe ser abierto…………………………….. 200 IV. Presentación de ofertas…………………………………… 202 1. Las ofertas deben someterse a los requisitos exigidos en las bases…. 203 1.1. Excepción: pueden aceptarse las ofertas que no cumplen con los Requisitos formales, no esenciales, exigidos en las bases. . . . . . . . 204 2. Las ofertas deben contener todos los documentos y antecedentes exigidos En las bases, por lo que no pueden admitirse ofertas incompletas…. 207 2.1. No procede la aceptación de ofertas incompletas, aun cuando las Omisiones hayan sido justificadas por el oferente afectado…… 208 2.2. No procede aceptar ofertas incompletas, aun cuando la entidad Licitante cuente con los documentos omitidos por haber sido presentados en licitaciones anteriores……………………. 209 2.3. No procede que la entidad licitante acepte documentos equivalentes a los solicitados en los respectivos pliegos ……………….. 209 2.4. No procede la aceptación de ofertas incompletas amparándose en Que los archivos digitales contenían errores técnicos……….. 210 2.5. Excepción: pueden aceptarse ofertas incompletas siempre y cuando La omisión recaiga en aspectos formales, no esenciales exigidos en Las bases. . . . . . . 211 3. Las ofertas no pueden ofrecer bienes o servicios adicionales a los solicitados, aun cuando aquel ofrecimiento no implique un mayor gasto Para la Administración…………… 211 4. Las ofertas deben ser presentadas dentro del plazo establecido en las Bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213 5. No pueden admitirse modificaciones a las ofertas…………….. 214 Índice 265 5.1. Primera excepción: facultad de la autoridad licitante para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales . . . . . . . . 215 5.2. Segunda excepción: facultad de la entidad licitante para solicitar Aclaraciones de las ofertas………………………….. 219 6. Cada oferente tiene el derecho a presentar una sola oferta………. 221 V. Las garantías o cauciones………………………………….. 223 1. La entidad licitante debe solicitar a todos los oferentes una garantía que Cumpla con las mismas condiciones……………………….. 223 1.1. Todos los oferentes deben presentar una garantía…………. 223 1.2. Las garantías presentadas por los oferentes deben cumplir con las mismas Condiciones……………………………… 223 2. El monto de las garantías no debe significar una discriminación arbitraria para las empresas y oferentes más pequeños…………………. 225 VI. Evaluación de las ofertas………………………………….. 226 1. La evaluación de las ofertas debe realizarse por medio de una comisión Imparcial…………………………………………… 227 1.1. Los miembros de la Comisión Evaluadora no pueden tener conflictos de interés…………………………………. 227 1.2. Prohibición de contacto entre los miembros de la Comisión Evaluadora y los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 228 2. La evaluación de las ofertas debe efectuarse de conformidad con los Criterios, puntajes y ponderaciones establecidos en las bases……… 230 3. Las ofertas deben ser evaluadas en base a criterios objetivos……… 233 VII. Adjudicación y ejecución del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238 1. La adjudicación debe realizarse de conformidad con los mecanismos Definidos en las bases………………………………….. 238 2. El pago del contrato debe realizarse de conformidad a lo estipulado en las bases…………………………………………… 239 3. El contrato no puede ser modificado………………………. 239 3.1. Primera excepción: los contratos administrativos pueden ser Objeto de modificaciones cuando así lo permitan las bases y/o el Contrato……………………….. 241 3.2. Segunda excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones en caso de que ocurra un caso fortuito o fuerza mayor………………………………………….243 3.3. Tercera excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones que no alteren su esencia. . . . . . . . . . . . . . . . . 245 Conclusiones……………………………………………… 247 Bibliografía……………………………………………….. 249  El autor uruguayo de esta obras señala que entre los nuevos escenarios situacionales se encuentra presente el Estado y dentro de este, la Administración Pública. Su misión vicarial frente a una sociedad cada vez más urgida por los tiempos, debe transitar por los carriles de la tecnología de la información y el conocimiento, lo cual permitirá el ingreso virtual de la Administración Pública de manera permanente e indetenible en el ámbito vital de los individuos. El acto administrativo, manifestación par excellence de aquella, debe dejar atrás los rígidos moldes formales, pero sin olvidar que el centro de su actividad es y será siempre el ser humano, en su búsqueda incesante de alcanzar los cánones de bienestar particular en armonía con el bien general. El acto administrativo electrónico latu sensu y dentro de este los actos administrativos electrónicos sincrónicos y automáticos, constituyen la evidencia de esa necesidad impostergable, que permita en los tiempos que corren una Administración Pública dotada de celeridad, transparencia, seguridad y respeto por los Derechos Fundamentales.  
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