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Estatuto Docente. Concordado, Comentado y con Jurisprudencia. 3ra Edición

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La obra trata del Estatuto Docente – en su tercera edición – que incluye la última modificación de fecha 27 de diciembre de 2021 con la ley N°21.399. El desarrollo de su articulado no solo es descriptivo, sino que trata de indagar los criterios de los Tribunales de Justicia en sus distintas instancias, de la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo cuando resuelven asuntos de conflicto laboral dentro de la esfera de sus competencias.

El autor recopila jurisprudencia judicial y administrativa de la última década, sobre los temas relevantes de la praxis del derecho laboral docente, agregando las concordancias que sugieren la mayoría de sus artículos junto a comentarios pertinentes a la materia de estudio, para que los usuarios puedan tener a la vista, a modo de referencia, los últimos criterios legales en aquellas materias en que pretende ejercer su acción. Aquella jurisprudencia que se cita, da cuenta que el derecho renueva su vocación universal de permitir la convivencia entre diversos y extraños, al armonizar lo que es diferente con lo justo, al tiempo que orienta los fallos de la Excma. Corte Suprema o los dictámenes de los entes de control administrativo, cuando deben resolver casos asumiendo las contradicciones, buscando la igualdad en sus resoluciones.

No escapa al tratamiento del libro un análisis descriptivo y esquemático de situaciones que afectan la labor docente, entre otros; marco legal y funciones docentes, procedimientos de reclamos contra los profesores, sumarios administrativos, procesos de término de relación de laboral, esquemas de juicios laborales y el funcionamiento de los sistemas de educación pública.

Esta obra permitirá al lector reflexionar acerca del rol del Estatuto Docente, sus normas anexas que se presentan en el apéndice y la necesaria referencia legislativa – a modo de concordancias, en la regulación de los derechos y obligaciones laborales de los docentes con la debida protección, elementos de gran importancia en nuestro vigente sistema político y jurídico.

TÍTULO I
NORMAS GENERALES

PÁRRAFO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1o. Aplicación del Estatuto Docente
Artículo 2o. Definición de profesionales de la educación
Artículo 3o. Ámbito regulatorio del Estatuto Docente
Artículo 4o. Inhabilidades docentes

PÁRRAFO II
FUNCIONES PROFESIONALES

Artículo 5o. Funciones profesionales docentes
Artículo 6o. Función docente
Artículo 7o. Función docente directiva
Artículo 7o bis. Directores de Establecimiento Educacional: Funciones
Artículo 8o. Función técnica-pedagógica
Artículo 8o bis. Garantías del ejercicio profesional docente
Artículo 8o ter. Fuero directivo de asociación gremial
Artículo 9o. Año laboral docente

PÁRRAFO III
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

Artículo 10. Formación de los profesionales de la educación
Artículo 11. Formación gratuita y pertinente. Responsabilidad docente
Artículo 12. Sostenedores: Colaboración
Artículo 12 bis. Directores: Facultades
Artículo 12 ter. Mineduc: Colaboración con CPEIP
Artículo 12 quáter. CPEIP: Certificación de cursos o programas: Requisitos
Artículo 12 quinquies. CPEIP: Sistema de seguimiento de cursos o programas
Artículo 12 sexies. CPEIP: Facultades de sanción
Artículo 13. Requisitos para postular a programas, cursos y actividades de formación .
Artículo 13 bis. Sanción a docente por incumplimiento
Artículo 13 ter. Obligación de reglamento: Mineduc

PÁRRAFO IV
PARTICIPACIÓN

Artículo 14. Derecho a participar de los profesionales de la educación
Artículo 15. Consejo de Profesores

PÁRRAFO V
AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONALES

Artículo 16. Autonomía profesional
Artículo 17. Quejas o denuncias contra un docente
Artículo 18. Responsabilidad docente (es personal)

TÍTULO II
DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL

Artículo 18 A. Objeto del proceso del Acompañamiento Profesional Local

PÁRRAFO I
DE LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL

Artículo 18 B. Objeto de la Formación Local para el Desarrollo Profesional
Artículo 18 C. Diseño del Plan Local para el Desarrollo Profesional
Artículo 18 D. Directivos de Establecimiento Educacional: Facultades
Artículo 18 E. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Rendición de cuentas
Artículo 18 F. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Ley No 20.248

PÁRRAFO II
DEL PROCESO DE INDUCCIÓN AL EJERCICIO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 18 G. Describe inducción: Proceso formativo
Artículo 18 H. Proceso de Inducción propio: Establecimiento Educacional con Desempeño Alto
Artículo 18 I. Director: Atribuciones
Artículo 18 J. Evaluación del proceso de Inducción
Artículo 18 K. Sostenedor y proceso de Inducción: Convenio con Mineduc
Artículo 18 L. CPEIP: Proceso de Inducción
Artículo 18 M. Docente principiante en proceso de Inducción: Obligaciones
Artículo 18 N. Asignación al principiante en proceso de Inducción
Artículo 18 Ñ. Pérdida de la Asignación del principiante en proceso de Inducción

PÁRRAFO III
DE LA MENTORÍA PARA DOCENTES PRINCIPIANTES Y PARA LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL

Artículo 18 O. Definición de Docente Mentor
Artículo 18 P. Docente Mentor: Obligaciones
Artículo 18 Q. Docente Mentor: CPEIP
Artículo 18 R. Proceso de Inducción administrado por CPEIP
Artículo 18 S. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Firma de convenio
Artículo 18 T. Proceso de Inducción administrado por Establecimiento Educacional
Artículo 18 U. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Evaluación
Artículo 18 V. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Término del proceso
Artículo 18 W. Imposibilidad geográfica de asignar docentes mentores

PÁRRAFO IV
OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 18 X. Obligación de sostenedores o administradores
Artículo 18 Y. Información de los procesos de inducción y mentoría es pública
Artículo 18 Z. Reglamentación: Mineduc

PÁRRAFO V
NORMAS COMUNES AL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL

Artículo 18 Z bis. Agencia de la Calidad de la Educación: Evaluación
Artículo 18 Z ter. CPEIP: Obligaciones

TÍTULO III
DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

PÁRRAFO I
ASPECTOS GENERALES DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 19. Objeto del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 A. Fases del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 B. Definición de Tramo
Artículo 19 C. Definición de Tramos: Inicial, Temprano, avanzado
Artículo 19 D. Definición de Tramos voluntarios: Experto I y II
Artículo 19 E. Reconocimiento de competencias: CPEIP
Artículo 19 F. Retroceso de Tramos

PÁRRAFO II
DEL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE

Artículo 19 G. Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 H. Promoción a los Tramos del Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 I. Acreditación de los años de experiencia
Artículo 19 J. Estándares de desempeño profesional docente
Artículo 19 K. Medición de los estándares de desempeño profesional docente
Artículo 19 L. Instrumento portafolio
Artículo 19 M. Categorías de logros
Artículo 19 N. Requisitos para rendir instrumentos de evaluación
Artículo 19 Ñ. Requisitos para rendir instrumentos de reconocimiento de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 O. Tramos de Desarrollo Profesional docente: Tabla
Artículo 19 P. Sanción por incumplimiento
Artículo 19 Q. Obligación de la Subsecretaría de Educación
Artículo 19 R. Asignación Docente
Artículo 19 S. Desvinculación docente
Artículo 19 T. Eximición de evaluación docente
Artículo 19 U. Reglamento: Obligación de Mineduc
Artículo 19 V. Establecimientos Educacionales del DFL 2/98
Artículo 19 W. Evaluación del desempeño docente del Sistema de Desarrollo Profesional Docente
Artículo 19 X. Resultados de la Evaluación

TÍTULO IV
DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL

PÁRRAFO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 19 Y. Docentes del Sector Municipal

PÁRRAFO II
DEL INGRESO A LA CARRERA DOCENTE

Artículo 20. Dotación docente: Definición
Artículo 21. Dotación docente: Plazo de nombramiento
Artículo 22. Adecuación de la dotación docente: Causales
Artículo 23. Derogado
Artículo 24. Dotación docente del sector municipal: Requisitos de incorporación
Artículo 25. Calidad en que se incorpora la dotación docente
Artículo 26. Límite del número de horas de contrato
Artículo 27. Calidad de Titular
Artículo 28. Concursos: Requisitos
Artículo 29. Requisitos formales del contrato o designación
Artículo 30. Comisión calificadora de concurso por Comuna
Artículo 31. Integración de la Comisión calificadora de concurso por Comuna
Artículo 31 bis. Mecanismo de selección de Director
Artículo 32. Definición profesional del Director
Artículo 32 bis. Requisitos del proceso de selección
Artículo 33. Convenio de desempeño del Director del Establecimiento Educacional
Artículo 34. Obligación anual del Director del Establecimiento Educacional
Artículo 34 A. Cese de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 B. Director que cesa de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 C. Directivos Docentes: Exclusiva confianza
Artículo 34 D. Nombramiento de jefe del DAEM
Artículo 34 E. Definiciónn de perfil profesional
Artículo 34 F. Convenio de desempeño del jefe del DAEM
Artículo 34 G. Asignación del Jefe del DAEM
Artículo 34 H. Cese de funciones por petición de renuncia
Artículo 34 I. Cese de funciones de Jefe del DAEM
Artículo 34 J. Comunas con menos de 1.200 alumnos matriculados
Artículo 34 K. Cese de funciones de Docentes Directivos

PÁRRAFO III
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 35. Remuneración básica mínima nacional
Artículo 36. Docentes titulares
Artículo 37. Accidente de trabajo. Ley No 16.744
Artículo 38. Licencia Médica
Artículo 39. Mutuales de Seguridad
Artículo 40. Permiso para ausentarse de labores docentes
Artículo 41. Feriados de los docentes
Artículo 41 bis. Prórroga de contrato
Artículo 42. Destinaciones laborales
Artículo 43. Destinaciones por convenios
Artículo 44. Permutas de cargos
Artículo 45. Imposiciones previsionales
Artículo 46. Reglamentos internos del Establecimiento Educacional

PÁRRAFO IV
DE LAS ASIGNACIONES ESPECIALES DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 47. Asignación de los Servicios Locales de Educación Pública
Artículo 48. Asignación de experiencia
Artículo 49. Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional
Artículo 50. Asignación de Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta Concentración de alumnos prioritarios: Es imponible y tributable Artículo
51. Asignación de responsabilidad directiva y técnico-pedagógica
Artículo 52. Asignaciones permanentes
Artículo 53. Docente jubilado y recontratado
Artículo 54. Bonificación de reconocimiento profesional
Artículo 55. Bonificación de excelencia académica
Artículo 56. Derogado
Artículo 57. Derogado
Artículo 58. Remuneración Básica Mínima Nacional garantizada
Artículo 59. Derogado
Artículo 60. Derogado
Artículo 61. Derogado
Artículo 62. Remuneraciones totales mínimas
Artículo 63. Asignación. Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta concentración de alumnos prioritarios de excelencia académica y por tramos de desarrollo profesional
Artículo 64. Planilla complementaria
Artículo 65. Derogado

Artículo 66. Derogado
Artículo 67. Derogado

PÁRRAFO V
DE LA JORNADA DE TRABAJO

Artículo 68. Límite
Artículo 69. Jornada semanal docente
Artículo 69 bis. Registro de Asistencia anual

PÁRRAFO VI
DEBERES Y OBLIGACIONES FUNCIONARIAS DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 70. Sistema de evaluación docente nacional
Artículo 70 bis. Sistema de evaluación docente de sostenedores
Artículo 70 ter. Efectos de las evaluaciones docentes
Artículo 71. Aplicación del Estatuto Docente

PÁRRAFO VII
TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 72. Causales de término de la relación laboral
Artículo 72 bis. Salud incompatible
Artículo 72 ter. Salud irrecuperable
Artículo 73. Requisito de término de la relación laboral
Artículo 73 bis. Bonificación especial
Artículo 74. Plazo especial de reincorporación: 5 años
Artículo 75. Indemnización especial
Artículo 76. Renuncias de horas de titular
Artículo 77. Supresión parcial de horas

TÍTULO V
DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR

PÁRRAFO I
NORMAS GENERALES

Artículo 78. Ámbito de competencias

PÁRRAFO II
DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DE LAS MODIFICACIONES LEGALES A ÉSTE

Artículo 79. Estipulaciones del contrato de trabajo
Artículo 80. Jornada semanal de trabajo
Artículo 81. Reglamento interno: contenido mínimo
Artículo 82. Prórroga de contrato
Artículo 83. Precio de la hora
Artículo 84. Asignaciones
Artículo 85. Bonificación mensual
Artículo 86. Derogado

PÁRRAFO III
DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 87. Desvinculación específica. Art. 19 S

PÁRRAFO IV
DISPOSICIONES FINALES

Artículo 88. Negociación colectiva

TÍTULO VI
DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO

Artículo 88 A. Ámbito de aplicación
Artículo 88 B. Ámbito de aplicación
Artículo 88 C. Asignaciones, cálculo y pago
Artículo 88 D. Convenio de transferencia de recursos
Artículo 88 E. Bonificación especial

TÍTULO FINAL

Artículo 89. Deroga la Ley No 18.602 (Normas especiales para personal docente que indica)
Artículo 90. Vigencia de la ley

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo 1o Transitorio al Artículo 40 Transitorio

APÉNDICE

  1. Decreto 453. Aprueba reglamento de la Ley No 19.070, estatuto de los profesionales de la educación
    2. Ley No 20.529. Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización
    3. Ley No 21.040. Crea el sistema de educación pública
    4. Ley No 20.903. Crea el sistema de desarrollo profesional docente y modifica otras normasÍNDICE DE DIAGRAMAS
  2. Marco legal del docente
    2. Contenido del Estatuto Docente
    3. No pueden ejercer labores docentes
    4. Funciones de los profesionales de la educación
    5. Queja o denuncia contra docente
    6. Competencias de la Contraloría General de la República y la Dirección delTrabajo
    7. Unidades Educativas de Alta concentración de alumnos prioritarios
    8. La investigación sumaria
    9. Sumario administrativo
    10. Causales de término de la relación contractual de docentes del sector municipal y SLEP. Art. 72 y Art. 82 del ED
    11. Procedimiento ante Juzgado del Trabajo contra una Municipalidad o Corporación por término ilegal de la relación laboral
    12. Flujograma de aplicación de multas por la Superintendencia de Educación. Ley No 20.529. Título III
    13. Flujograma de fiscalización por la Superintendencia
    14. Sistema de Educación Pública

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Autor: Mauricio Suazo Álvarez
Editorial: Libromar
Año de Publicación  : 2022
Paginas : 577

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DescriptionAutor: Mauricio Suazo Álvarez Editorial: Libromar Año de Publicación  : 2022 Paginas : 577Autor: Gabriel Celis Danzinger Editorial : Thomson Reuters Año de Publicación  : 2022 Paginas :604Autores: Leonardo Javier Castillo Cárdenas - Andrés Eduardo Celedón Baeza - Soledad Alejandra Morales Trapp - Juan Bladimiro Santana Soto Editorial : Der Ediciones Año de Publicación : 2022 Paginas :200Autor: José Luis Zavala Ortiz Editorial : Libromar Año de Publicación : 2022 Paginas :257Autores: Rodrigo Silva Montes - María Oriana Martínez Lavín Editorial: EJS Numero de Paginas: 506 Año de publicación: 2022Autora: María Loreto Bobadilla Toledo Editorial: EJS Año de Publicación: 2022 Paginas :132
ContentLa obra trata del Estatuto Docente – en su tercera edición – que incluye la última modificación de fecha 27 de diciembre de 2021 con la ley N°21.399. El desarrollo de su articulado no solo es descriptivo, sino que trata de indagar los criterios de los Tribunales de Justicia en sus distintas instancias, de la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo cuando resuelven asuntos de conflicto laboral dentro de la esfera de sus competencias. El autor recopila jurisprudencia judicial y administrativa de la última década, sobre los temas relevantes de la praxis del derecho laboral docente, agregando las concordancias que sugieren la mayoría de sus artículos junto a comentarios pertinentes a la materia de estudio, para que los usuarios puedan tener a la vista, a modo de referencia, los últimos criterios legales en aquellas materias en que pretende ejercer su acción. Aquella jurisprudencia que se cita, da cuenta que el derecho renueva su vocación universal de permitir la convivencia entre diversos y extraños, al armonizar lo que es diferente con lo justo, al tiempo que orienta los fallos de la Excma. Corte Suprema o los dictámenes de los entes de control administrativo, cuando deben resolver casos asumiendo las contradicciones, buscando la igualdad en sus resoluciones. No escapa al tratamiento del libro un análisis descriptivo y esquemático de situaciones que afectan la labor docente, entre otros; marco legal y funciones docentes, procedimientos de reclamos contra los profesores, sumarios administrativos, procesos de término de relación de laboral, esquemas de juicios laborales y el funcionamiento de los sistemas de educación pública. Esta obra permitirá al lector reflexionar acerca del rol del Estatuto Docente, sus normas anexas que se presentan en el apéndice y la necesaria referencia legislativa – a modo de concordancias, en la regulación de los derechos y obligaciones laborales de los docentes con la debida protección, elementos de gran importancia en nuestro vigente sistema político y jurídico.
TÍTULO I NORMAS GENERALES PÁRRAFO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1o. Aplicación del Estatuto Docente Artículo 2o. Definición de profesionales de la educación Artículo 3o. Ámbito regulatorio del Estatuto Docente Artículo 4o. Inhabilidades docentes PÁRRAFO II FUNCIONES PROFESIONALES Artículo 5o. Funciones profesionales docentes Artículo 6o. Función docente Artículo 7o. Función docente directiva Artículo 7o bis. Directores de Establecimiento Educacional: Funciones Artículo 8o. Función técnica-pedagógica Artículo 8o bis. Garantías del ejercicio profesional docente Artículo 8o ter. Fuero directivo de asociación gremial Artículo 9o. Año laboral docente PÁRRAFO III FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO Artículo 10. Formación de los profesionales de la educación Artículo 11. Formación gratuita y pertinente. Responsabilidad docente Artículo 12. Sostenedores: Colaboración Artículo 12 bis. Directores: Facultades Artículo 12 ter. Mineduc: Colaboración con CPEIP Artículo 12 quáter. CPEIP: Certificación de cursos o programas: Requisitos Artículo 12 quinquies. CPEIP: Sistema de seguimiento de cursos o programas Artículo 12 sexies. CPEIP: Facultades de sanción Artículo 13. Requisitos para postular a programas, cursos y actividades de formación . Artículo 13 bis. Sanción a docente por incumplimiento Artículo 13 ter. Obligación de reglamento: Mineduc PÁRRAFO IV PARTICIPACIÓN Artículo 14. Derecho a participar de los profesionales de la educación Artículo 15. Consejo de Profesores PÁRRAFO V AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONALES Artículo 16. Autonomía profesional Artículo 17. Quejas o denuncias contra un docente Artículo 18. Responsabilidad docente (es personal) TÍTULO II DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL Artículo 18 A. Objeto del proceso del Acompañamiento Profesional Local PÁRRAFO I DE LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL Artículo 18 B. Objeto de la Formación Local para el Desarrollo Profesional Artículo 18 C. Diseño del Plan Local para el Desarrollo Profesional Artículo 18 D. Directivos de Establecimiento Educacional: Facultades Artículo 18 E. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Rendición de cuentas Artículo 18 F. Plan Local para el Desarrollo Profesional. Ley No 20.248 PÁRRAFO II DEL PROCESO DE INDUCCIÓN AL EJERCICIO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 18 G. Describe inducción: Proceso formativo Artículo 18 H. Proceso de Inducción propio: Establecimiento Educacional con Desempeño Alto Artículo 18 I. Director: Atribuciones Artículo 18 J. Evaluación del proceso de Inducción Artículo 18 K. Sostenedor y proceso de Inducción: Convenio con Mineduc Artículo 18 L. CPEIP: Proceso de Inducción Artículo 18 M. Docente principiante en proceso de Inducción: Obligaciones Artículo 18 N. Asignación al principiante en proceso de Inducción Artículo 18 Ñ. Pérdida de la Asignación del principiante en proceso de Inducción PÁRRAFO III DE LA MENTORÍA PARA DOCENTES PRINCIPIANTES Y PARA LA FORMACIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL Artículo 18 O. Definición de Docente Mentor Artículo 18 P. Docente Mentor: Obligaciones Artículo 18 Q. Docente Mentor: CPEIP Artículo 18 R. Proceso de Inducción administrado por CPEIP Artículo 18 S. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Firma de convenio Artículo 18 T. Proceso de Inducción administrado por Establecimiento Educacional Artículo 18 U. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Evaluación Artículo 18 V. Proceso de Inducción administrado por CPEIP: Término del proceso Artículo 18 W. Imposibilidad geográfica de asignar docentes mentores PÁRRAFO IV OTRAS DISPOSICIONES Artículo 18 X. Obligación de sostenedores o administradores Artículo 18 Y. Información de los procesos de inducción y mentoría es pública Artículo 18 Z. Reglamentación: Mineduc PÁRRAFO V NORMAS COMUNES AL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL Artículo 18 Z bis. Agencia de la Calidad de la Educación: Evaluación Artículo 18 Z ter. CPEIP: Obligaciones TÍTULO III DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PÁRRAFO I ASPECTOS GENERALES DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 19. Objeto del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 A. Fases del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 B. Definición de Tramo Artículo 19 C. Definición de Tramos: Inicial, Temprano, avanzado Artículo 19 D. Definición de Tramos voluntarios: Experto I y II Artículo 19 E. Reconocimiento de competencias: CPEIP Artículo 19 F. Retroceso de Tramos PÁRRAFO II DEL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Artículo 19 G. Sistema Nacional de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 H. Promoción a los Tramos del Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 I. Acreditación de los años de experiencia Artículo 19 J. Estándares de desempeño profesional docente Artículo 19 K. Medición de los estándares de desempeño profesional docente Artículo 19 L. Instrumento portafolio Artículo 19 M. Categorías de logros Artículo 19 N. Requisitos para rendir instrumentos de evaluación Artículo 19 Ñ. Requisitos para rendir instrumentos de reconocimiento de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 O. Tramos de Desarrollo Profesional docente: Tabla Artículo 19 P. Sanción por incumplimiento Artículo 19 Q. Obligación de la Subsecretaría de Educación Artículo 19 R. Asignación Docente Artículo 19 S. Desvinculación docente Artículo 19 T. Eximición de evaluación docente Artículo 19 U. Reglamento: Obligación de Mineduc Artículo 19 V. Establecimientos Educacionales del DFL 2/98 Artículo 19 W. Evaluación del desempeño docente del Sistema de Desarrollo Profesional Docente Artículo 19 X. Resultados de la Evaluación TÍTULO IV DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL PÁRRAFO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 19 Y. Docentes del Sector Municipal PÁRRAFO II DEL INGRESO A LA CARRERA DOCENTE Artículo 20. Dotación docente: Definición Artículo 21. Dotación docente: Plazo de nombramiento Artículo 22. Adecuación de la dotación docente: Causales Artículo 23. Derogado Artículo 24. Dotación docente del sector municipal: Requisitos de incorporación Artículo 25. Calidad en que se incorpora la dotación docente Artículo 26. Límite del número de horas de contrato Artículo 27. Calidad de Titular Artículo 28. Concursos: Requisitos Artículo 29. Requisitos formales del contrato o designación Artículo 30. Comisión calificadora de concurso por Comuna Artículo 31. Integración de la Comisión calificadora de concurso por Comuna Artículo 31 bis. Mecanismo de selección de Director Artículo 32. Definición profesional del Director Artículo 32 bis. Requisitos del proceso de selección Artículo 33. Convenio de desempeño del Director del Establecimiento Educacional Artículo 34. Obligación anual del Director del Establecimiento Educacional Artículo 34 A. Cese de funciones por petición de renuncia Artículo 34 B. Director que cesa de funciones por petición de renuncia Artículo 34 C. Directivos Docentes: Exclusiva confianza Artículo 34 D. Nombramiento de jefe del DAEM Artículo 34 E. Definiciónn de perfil profesional Artículo 34 F. Convenio de desempeño del jefe del DAEM Artículo 34 G. Asignación del Jefe del DAEM Artículo 34 H. Cese de funciones por petición de renuncia Artículo 34 I. Cese de funciones de Jefe del DAEM Artículo 34 J. Comunas con menos de 1.200 alumnos matriculados Artículo 34 K. Cese de funciones de Docentes Directivos PÁRRAFO III DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Artículo 35. Remuneración básica mínima nacional Artículo 36. Docentes titulares Artículo 37. Accidente de trabajo. Ley No 16.744 Artículo 38. Licencia Médica Artículo 39. Mutuales de Seguridad Artículo 40. Permiso para ausentarse de labores docentes Artículo 41. Feriados de los docentes Artículo 41 bis. Prórroga de contrato Artículo 42. Destinaciones laborales Artículo 43. Destinaciones por convenios Artículo 44. Permutas de cargos Artículo 45. Imposiciones previsionales Artículo 46. Reglamentos internos del Establecimiento Educacional PÁRRAFO IV DE LAS ASIGNACIONES ESPECIALES DEL PERSONAL DOCENTE Artículo 47. Asignación de los Servicios Locales de Educación Pública Artículo 48. Asignación de experiencia Artículo 49. Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional Artículo 50. Asignación de Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta Concentración de alumnos prioritarios: Es imponible y tributable Artículo 51. Asignación de responsabilidad directiva y técnico-pedagógica Artículo 52. Asignaciones permanentes Artículo 53. Docente jubilado y recontratado Artículo 54. Bonificación de reconocimiento profesional Artículo 55. Bonificación de excelencia académica Artículo 56. Derogado Artículo 57. Derogado Artículo 58. Remuneración Básica Mínima Nacional garantizada Artículo 59. Derogado Artículo 60. Derogado Artículo 61. Derogado Artículo 62. Remuneraciones totales mínimas Artículo 63. Asignación. Reconocimiento por docencia en Establecimientos Educacionales de Alta concentración de alumnos prioritarios de excelencia académica y por tramos de desarrollo profesional Artículo 64. Planilla complementaria Artículo 65. Derogado Artículo 66. Derogado Artículo 67. Derogado PÁRRAFO V DE LA JORNADA DE TRABAJO Artículo 68. Límite Artículo 69. Jornada semanal docente Artículo 69 bis. Registro de Asistencia anual PÁRRAFO VI DEBERES Y OBLIGACIONES FUNCIONARIAS DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Artículo 70. Sistema de evaluación docente nacional Artículo 70 bis. Sistema de evaluación docente de sostenedores Artículo 70 ter. Efectos de las evaluaciones docentes Artículo 71. Aplicación del Estatuto Docente PÁRRAFO VII TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Artículo 72. Causales de término de la relación laboral Artículo 72 bis. Salud incompatible Artículo 72 ter. Salud irrecuperable Artículo 73. Requisito de término de la relación laboral Artículo 73 bis. Bonificación especial Artículo 74. Plazo especial de reincorporación: 5 años Artículo 75. Indemnización especial Artículo 76. Renuncias de horas de titular Artículo 77. Supresión parcial de horas TÍTULO V DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR PÁRRAFO I NORMAS GENERALES Artículo 78. Ámbito de competencias PÁRRAFO II DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DE LAS MODIFICACIONES LEGALES A ÉSTE Artículo 79. Estipulaciones del contrato de trabajo Artículo 80. Jornada semanal de trabajo Artículo 81. Reglamento interno: contenido mínimo Artículo 82. Prórroga de contrato Artículo 83. Precio de la hora Artículo 84. Asignaciones Artículo 85. Bonificación mensual Artículo 86. Derogado PÁRRAFO III DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Artículo 87. Desvinculación específica. Art. 19 S PÁRRAFO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 88. Negociación colectiva TÍTULO VI DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO Artículo 88 A. Ámbito de aplicación Artículo 88 B. Ámbito de aplicación Artículo 88 C. Asignaciones, cálculo y pago Artículo 88 D. Convenio de transferencia de recursos Artículo 88 E. Bonificación especial TÍTULO FINAL Artículo 89. Deroga la Ley No 18.602 (Normas especiales para personal docente que indica) Artículo 90. Vigencia de la ley ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1o Transitorio al Artículo 40 Transitorio APÉNDICE
  1. Decreto 453. Aprueba reglamento de la Ley No 19.070, estatuto de los profesionales de la educación 2. Ley No 20.529. Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización 3. Ley No 21.040. Crea el sistema de educación pública 4. Ley No 20.903. Crea el sistema de desarrollo profesional docente y modifica otras normasÍNDICE DE DIAGRAMAS
  2. Marco legal del docente 2. Contenido del Estatuto Docente 3. No pueden ejercer labores docentes 4. Funciones de los profesionales de la educación 5. Queja o denuncia contra docente 6. Competencias de la Contraloría General de la República y la Dirección delTrabajo 7. Unidades Educativas de Alta concentración de alumnos prioritarios 8. La investigación sumaria 9. Sumario administrativo 10. Causales de término de la relación contractual de docentes del sector municipal y SLEP. Art. 72 y Art. 82 del ED 11. Procedimiento ante Juzgado del Trabajo contra una Municipalidad o Corporación por término ilegal de la relación laboral 12. Flujograma de aplicación de multas por la Superintendencia de Educación. Ley No 20.529. Título III 13. Flujograma de fiscalización por la Superintendencia 14. Sistema de Educación Pública
Indice El presente texto tiene por objeto una versión sistemática y actualizada sobre el denomina – do Derecho de Compras Públicas, referido particularmente a la categoría de los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con especial énfasis en el régimen de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, sin excluir, la revisión de otros sistemas normativos de adquisiciones y servicios especiales para la Administración del Estado. El trabajo, privilegia un enfoque pragmático, profesional y forense, de manera que, el prisma de estudio se centra en una sistematización de la normativa legal y reglamentaria sobre compras públicas, adoptando un enfoque operativo, a la luz de los criterios adoptados por la jurisprudencia judicial, constitucional y administrativa, por lo que sus principales destina – tarios naturales son abogados y profesionales que participan en este tipo de contrataciones o brindan asesoría, dentro o fuera de la Administración Pública. Finalmente, cabe destacar que, a diferencia de otros trabajos anteriores, en esta oportunidad, el autor ha incursionado en la fase contractual o de ejecución del contrato de suministro y/o servicios, con especial hincapié, en el régimen sancionatorio y de aplicación de multas.La presente obra tiene por objeto ser una herramienta de apoyo para el estudio del principio de transparencia y acceso a la información, que permita conocer y aplicar aquellas nociones destinadas a mejorar el acceso a la justicia bajo el imperativo de justicia abierta y transparente. La idea de “justicia abierta” se enmarca dentro del concepto de “gobierno abierto” como manifestación moderna de la democracia, que propone una nueva representación de los procesos basados en los pilares de transparencia y participación ciudadana. Por su parte, la open justice se ha desarrollado bajo la creciente aplicación de buenas prácticas judiciales, propiciando los datos abiertos y la colaboración judicial, además de las innovaciones tecnológicas. Todos estos temas serán abordados y revisados en el desarrollo del presente trabajoLa falta de servicio se ha ido instalando en los últimos 20 años como una de las materias con mayor conflictividad en el ámbito de la responsabilidad civil, tanto respecto del Estado, municipalidades, servicios de salud, Ministerio Público y Fuerzas Armadas. Esta investigación ha seleccionado de la base de sentencias del Portal I-Jurídica las casuísticas y líneas jurisprudenciales en los siguientes ámbitos: – Falta de servicio estatal – Falta de servicio municipal – Falta de servicio en ámbito sanitario – Falta de servicio Ministerio Público – Falta de servicio Fuerzas Armadas En cada sección se presentan la línea decisional con alusión a la fecha y rol de ingreso de la respectiva Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. PRIMERA PARTE FALTA DE SERVICIO ESTATAL Concepto de falta de servicio Falta de servicio estatal y personal del funcionario en cúmulo de responsabilidades Responsabilidad por falta de servicio del Estado emana de aplicar las normas del Código Civil sobre responsabilidad por hecho propio ¿Para que concurra falta de servicio es menester que exista una obligación legalmente consagrada? No toda ilegalidad es constitutiva de falta de servicio Responsabilidad del Estado por falta de servicio no es objetiva Legitimación pasiva del Fisco 7.1. Fisco carece de legitimación pasiva en acción por falta de servicio por cónyuge que consiguió divorcio fraudulentamente 7.2. Representación de SII en acción de responsabilidad la tiene su Director Falta de servicio por actuación del Registro Civil 8.1. Falta de servicio en error en concesión de posesión efectiva por parte de Registro Civil 8.2. Incurre en falta de servicio Registro Civil si hay errores en fecha de nacimiento en pasaporte Responsabilidad por falta de servicio no alcanza a empresa autónoma del Estado No es posible determinar falta de servicio por acto u omisión de autoridad respecto de estados de excepción constitucional Postulantes a subsidio habitacional sólo tienen una mera expectativa y no pueden perseguir la responsabilidad del Estado Falta de servicio en el ámbito de la vivienda y urbanismo 12.1. Falta de servicio por omisión al no adoptar las medidas para evitar daño de propiedad contigua por amenaza de derrumbe 12.2. Responsabilidad por falta de servicio del SERVIU por calidad de viviendas sociales. Rol de fiscalización a quienes delega asistencia técnica 12.3. Hay falta de servicio al no mantener al día plan de evacuación y drenaje de aguas lluvia 12.4. Hay falta de servicio si no se toman los resguardos necesarios al percatarse de daños estructurales en viviendas sociales 12.5. Vendedores de viviendas no son legitimados activos de acción por falta de servicio estatal en contra de SERVIU No existe falta de servicio estatal si se autorizó erradamente subdivisión de inmueble en terrenos de uso agrícola si el comprador pudo constatar la limitación al adquirir la propiedad Falta de servicio estatal. Hecho dañoso que proviene de naturaleza y del hombre No existe falta de servicio si actividad desplegada por el Fisco se ajusta al ejercicio de facultad autorizada por Ley. Cierre de acceso a camino Actos de policía 16.1. Falta de servicio por omisión de actuar policial en violencia intrafamiliar. Relación de causalidad 16.2. Fundamento de la falta de servicios de accionar de Carabineros por suicidio de persona expuesta 16.3. Falta de servicio estatal por incumplimiento de policía de cumplir cabalmente orden de investigar 16.4. Responsabilidad del Estado por ineficiente actuar policial 16.5. Falta de servicio de carabineros por muerte de cabo atrapada en vehículo policial al chocar con camión en intento de detenerlo 16.6. Falta de servicio de carabineros al herir en ojo a ciudadano por disparo de balín de goma 16.7. Responsabilidad extracontractual del Estado por fallecimiento de funcionario policial en operativo por no entrega de elementos de protección personal acordes a la labor encomendada 16.8. Responsabilidad por muerte de carabinero en acto de servicio se rige según normas de responsabilidad extracontractual de Código Civil Falta de servicio de Gendarmería 17.1. Es necesario identificar reglas o deberes de actuación incumplidos por Gendarmería para acreditar falta de servicio en muerte de reo 17.2. Pérdida de extremidad de interno en establecimiento penitenciario por falta de servicio de Gendarmería 17.3. Estado no tiene responsabilidad objetiva que asegure a todo evento la seguridad de los reclusos 17.4. Falta de servicio estatal por deficiente deber de cuidado de Gendarmería respecto de interna que se suicida en una celda 17.5. Gendarmería debe acreditar que cumplió su deber de cuidado de reclusa que perdió a bebé estando en prisión preventiva 17.6. No hay falta de servicio de gendarmería por fallecimiento de reo a causa de herida cortopunzante si le brindaron todas las atenciones de salud necesarias 17.7. No hay falta de servicio de gendarmería por fallecimiento de reo a causa de herida cortopunzante si le brindaron todas las atenciones de salud necesarias 17.8. No hay falta de servicio acreditada si no se prueba negligencia de gendarmería en muerte de interno 17.9. No hay falta de servicio de Gendarmería por choque protagonizado por sujeto que incumple medida cautelar de arresto domiciliario Falta de servicio por actos del Poder Judicial 18.1. No hay falta de servicio estatal por vicios en procedimiento de selección de magistrados 18.2. No se configura falta de servicio si no se aumenta dotación de funcionarios de juzgado No se configura falta de servicio por parte de la Administración por no pago de subsidio Falta de servicio del SII 20.1. Procede acoger excepción dilatoria en demanda contra SII por falta de servicio por errores en proceso de avalúo ya que procede impugnación del acto administrativo 20.2. Existe falta de servicio estatal si el SII advierte duplicidad de giros emitidos y no lo subsana Falta de servicio estatal en accidente minero. Órganos de la administración si hubieran cumplido obligación legal no se hubieran producido de tal manera los hechos22. Diversa interpretación respecto de base de cálculo de pensión a jubilado de Fuerzas Armadas no constituye falta de servicio23. No hay falta de servicio estatal si carretera estaba debidamente señalizada y accidente de tránsito se debió a conducción imprudente de chofer de bus 24. Hay falta de servicio si se permite que funcionarios suban a bote con mal clima y sin conocimientos de navegación 25. Hay falta de servicio de Corporación de Asistencia Judicial por tramitación negligente de postulante 26. Hay falta de servicio de SENAME por suicidio de joven que ya tenía antecedentes de intentos de suicidio 27. No hay falta de servicio por colisión en camino público si ésta se debe a falta de atención de conductores 28. Hay falta de servicio de tripulación de avioneta que efectúa irresponsablemente maniobra que provoca accidente fatal Hay falta de servicio estatal al no estar debidamente señalizado en puente el peso máximo que éste puede soportar Responsabilidad por falta de servicio. Elemento corto punzante expuesto a menor en zoológico Falta de servicio en el marco de relación estatutaria con funcionarios 31.1. Falta de servicio sólo es posible respecto de administrados y no un eventual incumplimiento contractual con empleado estatal 31.2. No se configura falta de servicio por instrucción de sumario administrativo con absolución por causal formal 31.3. Denuncia ante Ministerio Público por hechos por los cuales funcionaria fue sumariada correctamente no constituye falta de servicio Falta de servicio estatal por desastres naturales 32.1. Hay falta de servicio estatal al no capacitar ni señalizar correctamente a ciudadanos frente a terremoto y tsunami 32.2. Hay falta de servicio al no mantener al día plan de evacuación y drenaje de aguas lluvia 32.3. Falta de servicio estatal. No hay caso fortuito en tsunami ocurrido con posterioridad a terremoto 32.3. Hay falta de servicio estatal al no confeccionar los planes de prevención suficientes en caso de terremoto y tsunami33. Prescripción 33.1. Interposición de querella criminal por hechos que además constituyen falta de servicio no interrumpe plazo de prescripción de acción por esto último 33.2. Interrupción de prescripción de acción de responsabilidad por falta de servicio estatal por reconocimiento de error de procedimiento 33.3. Cómputo del plazo de prescripción de acción de indemnización por falta de servicio desde que se produce la omisión SEGUNDA PARTE FALTA DE SERVICIO EN EL ÁMBITO MUNICIPAL Fundamento normativo de la responsabilidad por falta de servicio en el ámbito municipal2. Responsabilidad por falta de servicio municipal: ¿objetiva?3. Requisitos de la falta de servicio de parte de municipio 4. Legitimación 4.1. No es necesario emplazar a conductor de vehículo municipal para accionar en contra de aquélla por responsabilidad extracontractual 4.2. No se configura falta de servicio por parte Municipalidad por eventual otorgamiento fraudulento de licencia de conducir a chofer que provocó choque con resultados de muerte Falta de servicio municipal por mal estado de aceras, calles y veredas Mantención y falta de señalética 6.1. Responsabilidad municipal por mantención de señalética. Alcance de expresión “adecuado” 6.2. Hay falta de servicio de municipalidad al no tener debidamente señalizado lugar de barranco sin barreras de contención 6.3. Hay falta de servicio de municipalidad que no mantiene acera en buen estado o señalizando de su peligro 6.4. Accidente ocasionado a consecuencia de no señalización de trabajos en la vía pública es falta de servicio municipal7. Falta de servicio por mal estado de veredas y calles que causa accidente y lesiones de transeúntes 7.1. Existe falta de servicio de municipalidad por accidente de transeúnte por mal estado de calle 7.2. Acreditación de falta de servicio municipal por lesiones sufridas por mujer por calle en mal estado 7.3. Falta de servicio municipal por diferencia de pastelones no señalizada ni reparada que ocasiona caída de transeúnte Falta de servicio municipal por caídas de transeúntes en la vía pública 8.1. Se configura falta de servicio por parte de municipalidad al acreditarse caída de demandante a excavación con desenlace de muerte 8.2. Acreditación de falta de servicio municipal por caída en hoyo en la vía pública 8.3. No puede atribuirse falta de servicio a municipalidad por accidente en vía pública si no se acredita mal estado de tapa de alcantarillado Falta de servicio en mantención de postes y alumbrado público 9.1. Falta de servicio municipal derivado de mantención de alumbrado público 9.2. Hay falta de servicio de municipalidad por caída de poste contendido eléctrico sobre vivienda a causa de retroexcavadora que realiza trabajos en vía pública 9.3. Municipalidad es responsable por caída de poste en mal estado 9.4. Responsabilidad por falta de servicio de municipio por no mantener poste de luz en espacio público 10. Falta de servicio por mantención de árboles en vía pública 10.1. Falta de servicio de municipalidad por no mantención de árboles y caída de uno de ellos sobre automóvil particular 10.2. Municipalidad es responsable por falta de servicio por caída de árbol de la vía pública en inmueble particular 10.3. Corresponde a municipalidad acreditar que caída de árbol que causó daño a transeúnte no obedece a su negligencia 10.4. Responsabilidad de Municipalidad y caso fortuito por caída de árbol Falta de servicio municipal en instalación de escultura en parque público sin precaver del riesgo de la misma Responsabilidad por falta de servicio municipal. Cancha en mal estado Falta de servicio en omisión de Municipalidad que organiza cicletada de autorización a Gobernación y no disponer de servicio de ambulancia. Cúmulo de faltas Falta de servicio por ausencia de actos de fiscalización 14.1. Responsabilidad Municipal por falta de fiscalización de obras en acera encargadas por SERVIU 14.2. Se configura falta de servicio de municipalidad por accidente de tránsito ocasionado por conductor en vehículo de su propiedad 14.3. Municipalidad incurre en falta de servicio al no vigilar adecuadamente labores de concesionada encargada de mantención de alumbrado público 14.4. No hay falta de servicio de municipalidad por no fiscalización permanente a empresas extractoras de arena 14.5. Si funcionario municipal cometió falta personal utilizando dependencias, insumos y medios de municipalidad ésta no está exenta de responsabilidad15. Falta de servicio municipal en el ámbito educacional 15.1. Exigencia de Buen funcionamiento de establecimiento educacional municipal 15.2. Responsabilidad por falta de servicio ante maltrato escolar de estudiante de liceo municipal 15.3. Existe falta de servicio de Corporación Municipal de Educación que en su calidad de sostenedora no previene apuñalamiento de estudiante a otro 15.4. Hay falta de servicio municipal por abusos sexuales cometidos por docente de colegio dependiente de municipio 15.5. No hay falta de servicio de municipalidad por accidente sufrido por menor en establecimiento educacional causado por juego entre los niños 15.6. Municipalidad incurre en falta de servicio al no cumplir deber de cuidado de alumnos de establecimiento del que es sostenedora al ocurrir la muerte de uno de ellos en su interior 15.7. Incumplimiento de municipalidad en calidad de sostenedora de velar por integridad física y psíquica de alumnos 15.8. No existe falta de servicio de municipio por hecho fue cometido por profesor sin conocimiento de las autoridades, afuera de dependencia y en actividades que no eran propias Falta de servicio en la recepción de obra 16.1. No existe falta de servicio municipal por recepción definitiva de edificación. Municipalidad no tiene responsabilidad por vicios de construcción 16.2. No hay responsabilidad por falta de servicio de Director de Obras Municipales por modificación de criterio en concesión de permiso de edificación por error de apreciación Falta de servicio en proceso de licitación 17.1. Declaración de ilegalidad por parte del TCP de decisión administrativa al preferir a segundo oferente sin debida argumentación no configura a prima facie falta de servicio 17.2. Municipalidad no es responsable por funcionario que no respeta bases de licitación y provoca perjuicio 17.3. Existencia de falta de servicio municipal por contrato adjudicado que no se pudo ejecutar por error de municipal 17.4. Hay falta de servicio municipal si funcionario contacta a oferente de licitación para informarle que ganó cuando aún no está resuelta Falta de servicio municipal no puede extraerse pura y simplemente de la responsabilidad de un tercero sin previamente acreditar culpa del servicio No es posible indemnización por falta de servicio municipal si daño no es cierto y directo es necesario que ésta sea causa directa de los perjuicios reclamados Hay falta de servicio municipal al implementar juego para personas discapacitadas sin la seguridad correspondiente No puede alegarse falta de servicio municipal si se acciona por incumplimiento de contrato Cuantificación del daño moral por muerte por de cónyuge y padre de demandantes por falta de servicio municipal Falta de servicio a raíz de declaración de ilegalidad en actuar de Municipalidad da lugar a indemnización del daño emergente y moral Acción de responsabilidad municipal por falta de servicio es de competencia de juzgados civiles Falta de servicio por conducta omisiva de Municipalidad con relación a separación de trabajadora Hay falta de servicio de municipalidad que dispone tránsito de bus de pasajeros por calle no habilitada para ello TERCERA PARTE FALTA DE SERVICIO EN EL ÁMBITO SANITARIO Legitimación pasiva 1.1. Fisco no es legitimado pasivo en demanda por falta de Servicio de Salud 1.2. Seguir proceso contra médico por cuasidelito de homicidio no exime a respectivo servicio de salud de legitimidad pasiva por falta de servicio 1.3. Directores de Hospital no pueden ser directamente demandados respecto a materias relacionadas a la responsabilidad civil que dicho hospital pueda incurrir Fundamentos de la falta de servicio estatal en el ámbito sanitario y casuística Funcionamiento que no es normal ni regular Falta de servicio por atención en parto 4.1. Deceso de paciente por falta de atención 4.2. Falta de servicio de servicio de salud al realizar parto natural en mujer con diabetes gestacional y bebé de más de 4000 gramos 4.3. Falta de servicio de Salud en atención de parto en modalidad de libre elección 4.4. Hay falta de servicio por atención tardía al derivar a domicilio sin examinación acuciosa a paciente con embarazo de alto riesgo que se presenta con dolores 4.5. Falta de servicio de hospital en atención a embarazada por sufrimiento fetal en cesárea 4.6. Actuación tardía de dependientes de Servicio de Salud que justifican existencia de falta de servicio. Oportunidad de cirugía de parto 4.7. Falta de servicio de salud al omitir cesárea a madre que dio origen a lesión de recién nacido Ausencia de diagnóstico, exámenes y de tratamientos certeros 5.1. Ausencia de exámenes mínimos, diagnóstico y tratamientos certeros por parte de servicio de salud. Falta de servicio por infección 5.2. Exigencia al Servicio de Salud de intervención de personas competentes y atención pronta y regular 5.3. Sometimiento a drogas supresoras de conciencia para intervención no supone per se riesgo vital. Ausencia de atención 5.4. Hay falta de servicio de hospital que no entrega interconsulta para corrobación de diagnóstico Falta de servicio de salud si personal de recinto hospitalario cuando no se toman las precauciones para evitar caída de paciente Falta de servicio por error o tardanza de diagnóstico Falta de servicio por contagio intrahospitalario 8.1. Hay falta de servicio por mal manejo de contagio de bacterias intrahospitalarias por parte de paciente 8.2. La sola constatación de una infección intrahospitalaria no acredita per se falta de servicio de hospital 8.3. Hay falta de servicio de salud al no agotar todos los medios para tratar infección bacteriana contraída en centro hospitalario Hay falta de servicio al no dar respuesta ni curar adecuadamente quemadura que presenta paciente en su pierna luego de cirugía vesicular Hay falta de servicio de salud al realizar de forma deficiente postura de clips en cirugía de colecistectomía laparoscópica Hay falta de servicio si conductor de ambulancia retarda su salida ocasionando con ello demora en atención de urgencia a paciente que posteriormente fallece Requisito de relación de causalidad en la responsabilidad por falta de servicio sanitaria Mediación 13.1. Si producto de mediación entre Servicio de Salud y paciente el primero no cumple obligación contraída procede demandar cumplimiento y no perjuicios 13.2. Requisito de someter reclamo a procedimiento de mediación ante el Consejo de Defensa del Estado no depende de la voluntad de dicho organismo Criterios para cuantificar daño moral por aflicción de padres por hijo que quedó tetrapléjico Exigencia de aplicación de Ley No 19.966 para acoger o demanda por falta de servicio de salud Falta de servicio de salud debe consideración los medios de que se dispone Para obtener reembolso de sumas pagadas por el Estado debe tratarse de daños causados por actos realizados en ejercicio de funciones o con ocasión de las mismas Si centro hospitalario pone a disposición de paciente todos los medios técnicos y humanos no se configura falta de servicio Entrega de restos óseos erróneamente CUARTA PARTE FALTA DE SERVICIO MINISTERIO PÚBLICO Sobreseimiento y absolución en procedimientos penales no configuran per se falta de servicio de Ministerio Público 2. Alcance de “conductas injustificadamente erróneas” para establecer responsabilidad por falta de servicio del Ministerio Público 3. Formalización contando con antecedentes objetivos que luego termina en absolución no constituye abuso o falta de servicio de Ministerio Público 4. Hay falta de servicio de Ministerio Público si sujeto formalizado es absuelto por la falta de diligencia en etapa investigativa 5. No procede establecer falta de servicio su planificación e implementación del plan de seguridad y las diligencias de control que se verificaron se ajustaron a estándares QUINTA PARTE FALTA DE SERVICIO FUERZAS ARMADASMigrar, es el desplazamiento geográfico de individuos o grupos, generalmente por causas económicas o sociales, en consecuencia, el proceso de inmigración tiene dos aspectos fundamentales para las personas: Tomar la decisión de irse y elegir el lugar donde instalarse. Chile ha mantenido a través de su historia la atracción para personas que buscan nuevas oportunidades y que han entregado su aporte al desarrollo de la tierra que los acogió. El 20 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.325, denominada Ley de Migración y Extranjería. Se trata de un intento de legislación orgánica del tema; deroga varios cuerpos legales y modifica otros tantos. Nuestra legislación, y esta ley en particular (Título XIII), también se ocupa de los chilenos en el exteriorCon la publicación y entrada en vigor de la Ley N°21.325, de Migración y Extranjería, el estatuto normativo de las personas migrantes que arriban a nuestras fronteras o que ya se encuentran desarrollando sus vidas al interior del territorio nacional, se ha visto fuertemente alterado. Tal circunstancia se torna de particular relevancia cuando afecta directamente a la vida y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes migrantes y sus familias. Esta obra colectiva centra su foco de atención en las principales novedades que este texto legal incorpora en nuestro ordenamiento jurídico y que inciden en el devenir diario de la niñez y la adolescencia migrante y sus contextos familiares. Todo ello sin renunciar a plantear las dudas, carencias y lagunas que del análisis de la Ley de Migración y Extranjería se han suscitado entre los diferentes autores y autoras partícipes de la misma. Confiamos que este libro se convierta en un texto de consulta obligatoria cuando de los derechos de las personas migrantes y sus familias se trate, especialmente para funcionarías y funcionarios del Servicio Nacional de Migraciones, de la Subsecretaría de la Niñez, del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, personal de las oficinas migrantes de las Municipalidades, profesionales y voluntarios de las organizaciones de infancia y de migrantes y promigrantes de la sociedad civil, abogados litigantes, académicos, investigadores, estudiantes, y público en general interesado en esta materia. INMIGRANTES EN CHILE: ENTRE EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA DISCRECIONALIDAD DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS    Alexis Mondaca Miranda LOS PRINCIPIOS EN MATERIA DE FAMILIA Y LA POLÍTICA NACIONAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA DE LA LEY No 21.325  Marcos Andrade Moreno MOVILIDAD HUMANA INTERNACIONAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: REQUISITOS DE ENTRADA Y SALIDA DEL PAÍS Y VISADO DE RESIDENCIA TEMPORAL  Isaac Ravetllat Ballesté NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EN CHILE: DERECHO A LA SALUD Y A LA EDUCACIÓN Natalia González Cifuentes INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO/A EN LA NUEVA REGULACIÓN MIGRATORIA EN CHILE. DESAFÍOS EN LAS MEDIDAS DE EXPULSIÓN, RECONDUCCIÓN Y RETORNO ASISTIDO    Juliana S. Díaz Pantoja - Jairo E. Lucero Pantoja LA PERSONA EN SITUACIÓN DE MOVILIDAD HUMANA Y SU CONSIDERACIÓN COMO CONSUMIDOR HIPERVULNERABLE  Edison Ramiro Calahorano Latorre
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