Formularios básicos de las relaciones de los ciudadanos con la Administración del Estado
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Tal vez, uno de los principales problemas que tiene un abogado que comienza a desarrollar una práctica profesional dentro del inmenso mundo del Derecho Administrativo chileno es el enfrentarse, sin una mayor guía o apoyo, a una gran diversidad de formas, canales, actuaciones y solicitudes que pueden ser utilizadas al momento de interactuar con los distintos órganos de la Administración del Estado.
En Chile, como bien se sabe, el Derecho Administrativo reviste de una característica que lo dota de complejidad: su legislación no se encuentra codificada ni debidamente sistematizada de manera oficial, pudiendo catalogarse de heterogénea o compleja. Esto permite comprender que esta rama del Derecho Público reviste de una estructura normativa confusa, con reglas y principios dispersos en distintos cuerpos jurídicos de rangos variados (supralegales, legales y, hasta, infralegales), provenientes de órganos externos (como el Congreso Nacional y la jurisprudencia administrativa emitida por la Contraloría General) y de los propios órganos de la Administración del Estado (los que van desde Reglamentos presidenciales, hasta ordenanzas municipales, circulares e instrucciones, entre otras).
Como señala el profesor Jorge Bermúdez1, una de las principales características del Derecho Administrativo chileno es, justamente, su carencia de ordenación, aspecto que, a la larga, desincentiva a una debida adecuación y coordinación entre las distintas instituciones jurídicas que dan vida a esta rama del Derecho, constituidos principalmente para brindar un servicio público o satisfacer un interés general en miras asistir a las personas2.
Un ejemplo claro de lo que se expone se encuentra en el denominado “Derecho Administrativo Sancionador”, área que, debido a la falta de orden y sistematización, ha sido fructífera en la creación de una gran diversidad de procedimientos administrativos sancionadores singulares, estructurados con distintas reglas formales y etapas procedi1
Bermúdez Soto, Jorge (2014): Derecho administrativo general. 3ª edición. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-50; Bermúdez Soto, Jorge (2012): Las relaciones entre el derecho administrativo y el derecho común. Derecho positivo, doctrina y jurisprudencia. Santiago, Thomson Reuters, pp. 46-51.
2 Valdivia Olivares, José Miguel (2018): Manual de derecho administrativo. Valencia, Tirant lo Blanch, pp. 45-47.
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Gaspar Jenkins Peña y Lillo
mentales. Según el profesor Carlos Carmona3, el principal desafío que debe abordar una investigación académica sobre los mecanismos existentes sobre estos procedimientos es “descubrirlos en la multiplicidad de leyes en que están contenidos”, puesto que, según sus estudios, al año 2003 se podían pesquisar cerca de 78 acciones o medios de impugnación diferentes contra decisiones u omisiones de la Administración Pública; y solo tres años después, el profesor Alejandro Vergara4 incrementaba la lista identificando 124 acciones o medios de impugnación.
Lo anterior hace sencillo concluir que el sistema administrativo nacional está plagado de leyes que crean y regulan procedimientos sancionatorios desde una perspectiva particularizada, sin considerar la necesidad de construir marcos generales que fijen criterios procedimentales genéricos o basales que permitan al ciudadano identificar un piso común sobre el cual se construirán los contencioso-administrativos a los que se enfrentará cuando interactúe con la Administración5. Esto provoca que el administrado, cuando deba impugnar un acto estatal que le genere un perjuicio de manera ilegítima, tendrá a su disposición una serie numerosa de alternativas sobre las cuales echar mano, todas las cuales apuntan a conseguir un objetivo similar, pero que tienen grandes diferencias desde la perspectiva de la conveniencia, la oportunidad y la estrategia forense, ámbitos que solo un especialista podría ponderar con seriedad. Entre estas alternativas encontraremos el recurso de protección, la acción de nulidad de derecho público, acciones contencioso-administrativas especiales, recursos administrativos, procedimientos invalidatorios y revocatorios, entre tantas otras6.
La dispersión de las leyes y reglamentos que dan forma al Derecho Administrativo nacional crea, así, distintas necesidades. Una de ellas es la que ha asumido la doctrina y la jurisprudencia, las que han logrado, con bastantes esfuerzos, elaborar los cimientos de una organización sistémica del Derecho Administrativo en base a principios generales del Derecho7, que han permitido una ordenación material a través del reconocimiento de categorías, conceptos, valores y garantías con vocación de crear un sistema jurídico propiamente tal8.
3 Carmona Santander, Carlos (2005): “El contencioso administrativo entre 1990-2003”, en Juan Carlos Ferrada Bórquez (coordinador): La justicia administrativa. Santiago, Lexis Nexis, pp. 183-240.
4 Vergara Blanco, Alejandro (2006): Código administrativo general. 2ª edición. Santiago, Lexis Nexis, pp. 41-52.
5 Osorio Vargas, Cristóbal (2017): Manual de procedimiento administrativo sancionador. Parte general. 2ª edición revisada, aumentada y actualizada. Santiago, Thomson Reuters, p. 467.
6 Aróstica Maldonado, Iván (2008): “Los contenciosos administrativos especiales en la legislación chilena”, en Ius Publicum, Universidad Santo Tomás, Nº 20, pp. 85-86.
7 Silva Cimma, Enrique (2009): Derecho administrativo chileno y comparado. Introducción y fuentes. 5ª edición revisada y actualizada. Santiago, Editorial Jurídica de Chile, pp. 297-299.
8 Ver al Derecho Administrativo como un sistema implica reconocer que, dentro de ella, se encontrará una idea ordenadora cuya pretensión es la creación de un sustrato racionalizador y analítico derivado de las instituciones y soluciones singulares que permitan construcción de principios generales del Derecho de una forma inductiva (Schmidt-Assmann, Eberhard [2003]: La teoría general del derecho administrativo como sistema. Objeto y fundamentos de la construcción sistemática. Madrid, Marcial Pons, pp. 1-3). Véase, además, Bermúdez Soto, Jorge (2014): Derecho administrativo general. 3ª edición. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-50; Bermúdez Soto, Jorge (2012): Las relaciones entre
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Presentación
Sin embargo, una segunda se manifestará ante los ojos del ciudadano ?y del operador jurídico no especializado?, el que, al momento de interactuar con los distintos servicios públicos, se verá enfrentado a una pluralidad de normas jurídicas de las más diversas índoles, generando una gran dificultad, ahora, respecto de su conocimiento e identificación. Es completamente esperable que, ante este panorama, el particular carente de una comprensión jurídica profunda sobre el sistema (o, incluso, contando con él) vea mermada su posibilidad de conocer, a cabalidad y suficiencia, el Derecho que sea aplicable al problema específico que lo aqueje, o identificar, sin mayor duda, el organismo público al cuál ha de conducirse para realizar solicitudes, tramites o reclamaciones9.
El trabajo realizado por los profesores Diego Miranda y Javier Valdés se adentra, justamente, en las profundidades de este segundo problema. El libro que el lector tiene en sus manos ofrece a abogados y demás operadores jurídicos, así como a todas las personas, un conjunto de herramientas y formatos que permiten a la población tener a su disposición un insumo relevante capaz de mejorar la forma en que se interactúa, tradicionalmente, dentro del Derecho Administrativo nacional, contando con modelos actualizados de los formularios y acciones mayormente utilizados en la práctica forense, tanto para la realización de solicitudes y peticiones, como para impugnar o cuestionar una decisión de la autoridad.
De esta manera, el lector encontrará en la presente obra una gran variedad de escritos dirigidos a los más diversos organismos integrantes de la Administración Pública, así como para ante las principales entidades que interactúan con ellos desde distintos ámbitos (como la Contraloría General de República, el Consejo para la Transparencia, Superintendencias, o, inclusive, los Tribunales de Justicia), que podrán ser consultados como apoyo o guía. Estos formatos han sido elaborados considerando la práctica actual, tanto desde la perspectiva de la tramitación administrativa, como respecto del litigio contencioso-administrativo, tan relevante en estos días producto del aumento exponencial de los procedimientos administrativos sancionadores.
Por eso es importante mencionar que ambos autores cuentan con una experiencia destacada en la materia, tanto desde la reflexión académica, como desde el trabajo profesional. El profesor Diego Miranda Reyes es Abogado de la Universidad de Concepción, y Magíster en Derecho, LLM, de la Pontificia Universidad Católica (misma casa de estudio donde, actualmente, realiza sus estudios de Doctorado), y ha desarrollado una extensa carrera como investigador en los más diversos ámbitos del Derecho Público nacional, contando con varias publicaciones a su haber. También ha ejercido como abogado litigante especializado en estos asuntos, y pone a disposición dichos conocimientos para sus nuevos desafíos colaborando en organismos de la Administración del Estado con competencia medioambiental. Esta experiencia se ve complementada por su rol docente y académico, el derecho administrativo y el derecho común. Derecho positivo, doctrina y jurisprudencia. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-51.
9 Esta problemática da pie a que el entramado jurídico corra el riesgo de ser apreciado como un “laberinto misterioso e impenetrable” por la población (Accatino Scagliotti, Daniela [1999]: “La conocibilidad del Derecho y la extinción de los abogados”, en Revista de Derecho, Universidad Austral de Chile, vol. X, p. 8).
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Gaspar Jenkins Peña y Lillo
en donde destaca su labor como profesor en la Clínica Jurídica de Derecho Público de la Pontificia Universidad Católica.
A su vez, el profesor Javier Valdés Torres, Abogado de la Universidad de Chile (casa en la que actualmente realiza sus estudios de Magíster en Derecho), se ha destacado en el mundo académico desde sus tiempos como ayudante de investigación y de cátedra de destacados profesores, ejerciendo actualmente como docente en el curso de Lógica de las Normas de la Universidad de Chile y en la Clínica Jurídica de Derecho Público de la Pontificia Universidad Católica. En paralelo, el profesor Valdés ha consolidado una importante carrera como litigante en áreas relacionadas al Derecho Público, habiéndose desempeñado como tal para equipos de Derecho Público y Derecho Regulatorio en varios estudios jurídicos prestigiosos del país, así como también trabajando como funcionario en servicios públicos de relevancia nacional.
La pretensión de esta obra es, por ende, la de compartir la destacada experiencia que los profesores Miranda y Valdés han logrado construir durante sus años de ejercicio y estudio, poniendo a disposición de los lectores una meticulosa selección de textos forenses de la mayor utilidad, perfeccionados y adecuados para el ejercicio profesional actual. Por ello este trabajo, sin lugar a dudas, se consolidará como una obra de consulta obligada, tanto para profesionales del Derecho como para todos aquellos interesados en interactuar de la mejor forma con la autoridad administrativa.
Gaspar Jenkins Peña y Lill o
Profesor de Derecho Constitucional
Centro de Justicia Constitucional
Universidad del Desarrollo
15 de septiembre de 2021
8 in stock
Autores : Diego Miranda Reyes – Javier Valdés Torres
Editorial: Tirant lo Blanch
Numero de Paginas: 133
Año de publicación: 2022
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Description | Autores : Diego Miranda Reyes - Javier Valdés Torres Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 133 Año de publicación: 2022 | Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación : 2022 Paginas :358 | Autor: Tirant lo Blanch Editorial: Tirant lo Blanch Año de Publicación : 2022 Paginas :774 | Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación : 2022 Paginas :398 | Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación : 2022 Paginas :568 | Autor: Pablo Galain Palermo - Eduardo Saad-Diniz Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 635 Año de publicación: 2022 | ||
Content | Tal vez, uno de los principales problemas que tiene un abogado que comienza a desarrollar una práctica profesional dentro del inmenso mundo del Derecho Administrativo chileno es el enfrentarse, sin una mayor guía o apoyo, a una gran diversidad de formas, canales, actuaciones y solicitudes que pueden ser utilizadas al momento de interactuar con los distintos órganos de la Administración del Estado. En Chile, como bien se sabe, el Derecho Administrativo reviste de una característica que lo dota de complejidad: su legislación no se encuentra codificada ni debidamente sistematizada de manera oficial, pudiendo catalogarse de heterogénea o compleja. Esto permite comprender que esta rama del Derecho Público reviste de una estructura normativa confusa, con reglas y principios dispersos en distintos cuerpos jurídicos de rangos variados (supralegales, legales y, hasta, infralegales), provenientes de órganos externos (como el Congreso Nacional y la jurisprudencia administrativa emitida por la Contraloría General) y de los propios órganos de la Administración del Estado (los que van desde Reglamentos presidenciales, hasta ordenanzas municipales, circulares e instrucciones, entre otras). Como señala el profesor Jorge Bermúdez1, una de las principales características del Derecho Administrativo chileno es, justamente, su carencia de ordenación, aspecto que, a la larga, desincentiva a una debida adecuación y coordinación entre las distintas instituciones jurídicas que dan vida a esta rama del Derecho, constituidos principalmente para brindar un servicio público o satisfacer un interés general en miras asistir a las personas2. Un ejemplo claro de lo que se expone se encuentra en el denominado "Derecho Administrativo Sancionador", área que, debido a la falta de orden y sistematización, ha sido fructífera en la creación de una gran diversidad de procedimientos administrativos sancionadores singulares, estructurados con distintas reglas formales y etapas procedi1 Bermúdez Soto, Jorge (2014): Derecho administrativo general. 3ª edición. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-50; Bermúdez Soto, Jorge (2012): Las relaciones entre el derecho administrativo y el derecho común. Derecho positivo, doctrina y jurisprudencia. Santiago, Thomson Reuters, pp. 46-51. 2 Valdivia Olivares, José Miguel (2018): Manual de derecho administrativo. Valencia, Tirant lo Blanch, pp. 45-47. 10 Gaspar Jenkins Peña y Lillo mentales. Según el profesor Carlos Carmona3, el principal desafío que debe abordar una investigación académica sobre los mecanismos existentes sobre estos procedimientos es "descubrirlos en la multiplicidad de leyes en que están contenidos", puesto que, según sus estudios, al año 2003 se podían pesquisar cerca de 78 acciones o medios de impugnación diferentes contra decisiones u omisiones de la Administración Pública; y solo tres años después, el profesor Alejandro Vergara4 incrementaba la lista identificando 124 acciones o medios de impugnación. Lo anterior hace sencillo concluir que el sistema administrativo nacional está plagado de leyes que crean y regulan procedimientos sancionatorios desde una perspectiva particularizada, sin considerar la necesidad de construir marcos generales que fijen criterios procedimentales genéricos o basales que permitan al ciudadano identificar un piso común sobre el cual se construirán los contencioso-administrativos a los que se enfrentará cuando interactúe con la Administración5. Esto provoca que el administrado, cuando deba impugnar un acto estatal que le genere un perjuicio de manera ilegítima, tendrá a su disposición una serie numerosa de alternativas sobre las cuales echar mano, todas las cuales apuntan a conseguir un objetivo similar, pero que tienen grandes diferencias desde la perspectiva de la conveniencia, la oportunidad y la estrategia forense, ámbitos que solo un especialista podría ponderar con seriedad. Entre estas alternativas encontraremos el recurso de protección, la acción de nulidad de derecho público, acciones contencioso-administrativas especiales, recursos administrativos, procedimientos invalidatorios y revocatorios, entre tantas otras6. La dispersión de las leyes y reglamentos que dan forma al Derecho Administrativo nacional crea, así, distintas necesidades. Una de ellas es la que ha asumido la doctrina y la jurisprudencia, las que han logrado, con bastantes esfuerzos, elaborar los cimientos de una organización sistémica del Derecho Administrativo en base a principios generales del Derecho7, que han permitido una ordenación material a través del reconocimiento de categorías, conceptos, valores y garantías con vocación de crear un sistema jurídico propiamente tal8. 3 Carmona Santander, Carlos (2005): "El contencioso administrativo entre 1990-2003", en Juan Carlos Ferrada Bórquez (coordinador): La justicia administrativa. Santiago, Lexis Nexis, pp. 183-240. 4 Vergara Blanco, Alejandro (2006): Código administrativo general. 2ª edición. Santiago, Lexis Nexis, pp. 41-52. 5 Osorio Vargas, Cristóbal (2017): Manual de procedimiento administrativo sancionador. Parte general. 2ª edición revisada, aumentada y actualizada. Santiago, Thomson Reuters, p. 467. 6 Aróstica Maldonado, Iván (2008): "Los contenciosos administrativos especiales en la legislación chilena", en Ius Publicum, Universidad Santo Tomás, Nº 20, pp. 85-86. 7 Silva Cimma, Enrique (2009): Derecho administrativo chileno y comparado. Introducción y fuentes. 5ª edición revisada y actualizada. Santiago, Editorial Jurídica de Chile, pp. 297-299. 8 Ver al Derecho Administrativo como un sistema implica reconocer que, dentro de ella, se encontrará una idea ordenadora cuya pretensión es la creación de un sustrato racionalizador y analítico derivado de las instituciones y soluciones singulares que permitan construcción de principios generales del Derecho de una forma inductiva (Schmidt-Assmann, Eberhard [2003]: La teoría general del derecho administrativo como sistema. Objeto y fundamentos de la construcción sistemática. Madrid, Marcial Pons, pp. 1-3). Véase, además, Bermúdez Soto, Jorge (2014): Derecho administrativo general. 3ª edición. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-50; Bermúdez Soto, Jorge (2012): Las relaciones entre 11 Presentación Sin embargo, una segunda se manifestará ante los ojos del ciudadano ?y del operador jurídico no especializado?, el que, al momento de interactuar con los distintos servicios públicos, se verá enfrentado a una pluralidad de normas jurídicas de las más diversas índoles, generando una gran dificultad, ahora, respecto de su conocimiento e identificación. Es completamente esperable que, ante este panorama, el particular carente de una comprensión jurídica profunda sobre el sistema (o, incluso, contando con él) vea mermada su posibilidad de conocer, a cabalidad y suficiencia, el Derecho que sea aplicable al problema específico que lo aqueje, o identificar, sin mayor duda, el organismo público al cuál ha de conducirse para realizar solicitudes, tramites o reclamaciones9. El trabajo realizado por los profesores Diego Miranda y Javier Valdés se adentra, justamente, en las profundidades de este segundo problema. El libro que el lector tiene en sus manos ofrece a abogados y demás operadores jurídicos, así como a todas las personas, un conjunto de herramientas y formatos que permiten a la población tener a su disposición un insumo relevante capaz de mejorar la forma en que se interactúa, tradicionalmente, dentro del Derecho Administrativo nacional, contando con modelos actualizados de los formularios y acciones mayormente utilizados en la práctica forense, tanto para la realización de solicitudes y peticiones, como para impugnar o cuestionar una decisión de la autoridad. De esta manera, el lector encontrará en la presente obra una gran variedad de escritos dirigidos a los más diversos organismos integrantes de la Administración Pública, así como para ante las principales entidades que interactúan con ellos desde distintos ámbitos (como la Contraloría General de República, el Consejo para la Transparencia, Superintendencias, o, inclusive, los Tribunales de Justicia), que podrán ser consultados como apoyo o guía. Estos formatos han sido elaborados considerando la práctica actual, tanto desde la perspectiva de la tramitación administrativa, como respecto del litigio contencioso-administrativo, tan relevante en estos días producto del aumento exponencial de los procedimientos administrativos sancionadores. Por eso es importante mencionar que ambos autores cuentan con una experiencia destacada en la materia, tanto desde la reflexión académica, como desde el trabajo profesional. El profesor Diego Miranda Reyes es Abogado de la Universidad de Concepción, y Magíster en Derecho, LLM, de la Pontificia Universidad Católica (misma casa de estudio donde, actualmente, realiza sus estudios de Doctorado), y ha desarrollado una extensa carrera como investigador en los más diversos ámbitos del Derecho Público nacional, contando con varias publicaciones a su haber. También ha ejercido como abogado litigante especializado en estos asuntos, y pone a disposición dichos conocimientos para sus nuevos desafíos colaborando en organismos de la Administración del Estado con competencia medioambiental. Esta experiencia se ve complementada por su rol docente y académico, el derecho administrativo y el derecho común. Derecho positivo, doctrina y jurisprudencia. Santiago, Thomson Reuters, pp. 49-51. 9 Esta problemática da pie a que el entramado jurídico corra el riesgo de ser apreciado como un "laberinto misterioso e impenetrable" por la población (Accatino Scagliotti, Daniela [1999]: "La conocibilidad del Derecho y la extinción de los abogados", en Revista de Derecho, Universidad Austral de Chile, vol. X, p. 8). 12 Gaspar Jenkins Peña y Lillo en donde destaca su labor como profesor en la Clínica Jurídica de Derecho Público de la Pontificia Universidad Católica. A su vez, el profesor Javier Valdés Torres, Abogado de la Universidad de Chile (casa en la que actualmente realiza sus estudios de Magíster en Derecho), se ha destacado en el mundo académico desde sus tiempos como ayudante de investigación y de cátedra de destacados profesores, ejerciendo actualmente como docente en el curso de Lógica de las Normas de la Universidad de Chile y en la Clínica Jurídica de Derecho Público de la Pontificia Universidad Católica. En paralelo, el profesor Valdés ha consolidado una importante carrera como litigante en áreas relacionadas al Derecho Público, habiéndose desempeñado como tal para equipos de Derecho Público y Derecho Regulatorio en varios estudios jurídicos prestigiosos del país, así como también trabajando como funcionario en servicios públicos de relevancia nacional. La pretensión de esta obra es, por ende, la de compartir la destacada experiencia que los profesores Miranda y Valdés han logrado construir durante sus años de ejercicio y estudio, poniendo a disposición de los lectores una meticulosa selección de textos forenses de la mayor utilidad, perfeccionados y adecuados para el ejercicio profesional actual. Por ello este trabajo, sin lugar a dudas, se consolidará como una obra de consulta obligada, tanto para profesionales del Derecho como para todos aquellos interesados en interactuar de la mejor forma con la autoridad administrativa. Gaspar Jenkins Peña y Lill o Profesor de Derecho Constitucional Centro de Justicia Constitucional Universidad del Desarrollo 15 de septiembre de 2021 | Incluye las modificaciones introducidas por las Leyes N°s 21.379, 21.389 y 21.394 Ley Nº 18.120. Establece normas sobre comparecencia en juicio y modifica los artículos 4º del Código de Procedimiento Civil y 523 del Código Orgánico de Tribunales Ley Nº 14.908. Sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias Decreto Nº 23. Promulga convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero Texto refundido del auto acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales Auto acordado de la Corte Suprema sobre la forma de las sentencias Auto acordado de la Corte Suprema sobre vista de la causa Ley Nº 18.101. Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos Ley núm. 20.886. Modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales Ley núm. 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile | Código de Comercio de Chile 2ª Edición con Apéndice Legislativo. Índices Temático y Analítico Ley N° 20.720 Reglamento para el Registro de Comercio Título XXXVIII del Libro IV del Código Civil Ley N° 3.918 Ley N° 19.499 Ley N° 20.659 Ley Nº 21.366 Decreto N° 45 Ley N° 19.857 Ley N° 18.046 Decreto Supremo N° 702 Ley N° 18.045 Ley N° 18.092 Decreto con Fuerza de Ley N° 707 | Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios Ley sobre libertades de opinión y de información y ejercicio del periodismo Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Ley que determina conductas terroristas y fija su penalidad Ley de Seguridad del Estado Decreto 1086, sobre reuniones públicas Ley que tipifica acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios y fija las penas aplicables al saqueo en las circunstancias que indica Auto Acordado sobre Recurso de Protección Auto Acordado sobre Recurso de Amparo Auto Acordado sobre Recurso de Reclamación por pérdida de la nacionalidad Auto Acordado para obtener declaración previa sobre indemnización por error judicial | Incluye: Ley Nº 21.227, sobre protección de empleo Decreto Ley Nº 3.500, sobre sistema de pensiones Ley Nº 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Decreto con Fuerza de Ley Nº 44 sobre subsidios de incapacidad laboral Ley Nº 19.728, sobre seguro de desempleo Ley Nº 17.322, sobre cobranza de cotizaciones provisionales Índice D.F.L. Nº 1. PUBLICADO 16-01-2003. MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DEL TRABAJO. FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CÓDIGO DEL TRABAJO 13 TÍTULO PRELIMINAR (artículos 1 a 6) 13 LIBRO I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Y DE LA CAPACITACIÓN LABORAL TÍTULO I. DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO (artículos 7 a 12) 18 Capítulo I. NORMAS GENERALES 18 Capítulo II. DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OTRAS NORMAS RELATIVAS A LA PROTECCIÓN DEL TRABAJO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (artículos 13 a 18 quinquies) 22 Capítulo III. DE LA NACIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES (artículos 19 a 20) 27 Capítulo IV. DE LA JORNADA DE TRABAJO (artículo 21) 27 Párrafo 1º Jornada ordinaria de trabajo (artículos 22 a 29) 27 Párrafo 2º Horas extraordinarias (artículos 30 a 33) 33 Párrafo 3º Descanso dentro de la jornada (artículos 34 a 34 bis) 34 Párrafo 4º Descanso semanal (artículos 35 a 40) 35 Párrafo 5º Jornada parcial (artículos 40 bis a 40 bis E) 39 Capítulo V. DE LAS REMUNERACIONES (artículos 41 a 54) 42 Capítulo VI. DE LA PROTECCIÓN A LAS REMUNERACIONES (artículos 54 a 65) 45 Capítulo VII. DEL FERIADO ANUAL Y DE LOS PERMISOS (artículos 66 a 76) 51 TÍTULO II. DE LOS CONTRATOS ESPECIALES (artículo 77) 56 Capítulo I. DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE (artículos 78 a 86) 56 Capítulo II. DEL CONTRATO DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS 57 Párrafo 1º Normas generales (artículos 87 a 92 bis) 57 Párrafo 2º Normas especiales para los trabajadores agrícolas de temporada (artículos 93 a 95 bis) 59 Capítulo III. DEL CONTRATO DE LOS TRABAJADORES EMBARCADOS O GENTE DE MAR Y DE LOS TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES 61 Párrafo 1º Del contrato de embarco de los oficiales y tripulantes de las Naves de la Marina Mercante Nacional (artículos 96 a 132) 61 Párrafo 2º Del contrato de los trabajadores portuarios eventuales (artículos 133 a 145) 69 Capítulo IV. DEL CONTRATO DE LOS TRABAJADORES DE ARTES Y ESPECTÁCULOS (artículos 145 a 145 L) 74 Capítulo V. DEL CONTRATO DE TRABAJADORES DE CASA PARTICULAR (artículos 146 a 152 bis) 76 Capítulo VI. DEL CONTRATO DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES Y TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN ACTIVIDADES CONEXAS (artículo 152 bis A) 79 Párrafo 1º Definiciones (artículo 152 bis B) 79 Párrafo 2º Forma, contenido y duración del contrato de trabajo (artículos 152 bis C a 152 bis G) 80 Párrafo 3º De la periodicidad en el pago de las remuneraciones (artículo 152 bis H) 81 Párrafo 4º Cesiones temporales y definitivas (artículo 152 bis I) 81 Párrafo 5º Del derecho de información y pago por subrogación (artículo 152 bis J) 81 Párrafo 6º Del reglamento interno de orden, higiene y seguridad (artículos 152 bis K a 152 bis L) 82 Capítulo VII. DEL CONTRATO DE TRIPULANTES DE VUELO Y DE TRIPULANTES DE CABINA DE AERONAVES COMERCIALES DE PASAJEROS Y CARGA (artículos 152 ter a 152 ter M) 82 Capítulo VIII. DEL CONTRATO DE LOS TELEOPERADORES (artículos 152 quáter a 163 quáter F) 88 Capítulo IX. DEL TRABAJO A DISTANCIA Y TELETRABAJO (artículos 152 quáter G a 152 quáter O) 90 TÍTULO III. DEL REGLAMENTO INTERNO Y LA INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 94 Capítulo I. DEL REGLAMENTO INTERNO (artículos 153 a 157) 94 Capítulo II. DE LA INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (artículos 157 bis a 157 ter) 97 TÍTULO IV. DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO (artículo 158) 99 TÍTULO V. DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO (artículos 159 a 178) 99 TÍTULO VI. DE LA CAPACITACIÓN OCUPACIONAL (artículos 179 a 183 bis) 115 TÍTULO VII. DEL TRABAJO EN RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN Y DEL TRABAJO EN EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS 116 Párrafo 1º Del trabajo en régimen de subcontratación (artículos 183 A a 183 E) 116 Párrafo 2º De las empresas de servicios transitorios, del contrato de puesta a disposición de trabajadores y del contrato de trabajo de servicios transitorios (artículos 183 F a 183 AE) 119 LIBRO II DE LA PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES TÍTULO I. NORMAS GENERALES (artículos 184 a 193) 127 TÍTULO II. DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR (artículos 194 a 208) 130 TÍTULO III. DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (artículos 209 a 211) 142 TÍTULO IV. DE LA INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL (artículos 211 A a 211 E) 142 TÍTULO V. DE LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE MANIPULACIÓN MANUAL (artículos 211 F a 211 J) 143 LIBRO III DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES TÍTULO I. DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES 145 Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES (artículos 212 a 220) 145 Capítulo II. DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS SINDICATOS (artículos 221 a 230) 147 Capítulo III. DE LOS ESTATUTOS (artículos 231 a 233 bis) 151 Capítulo IV. DEL DIRECTORIO (artículos 234 a 252) 153 Capítulo V. DE LAS ASAMBLEAS (artículo 255) 158 Capítulo VI. DEL PATRIMONIO SINDICAL (artículos 256 a 263) 159 Capítulo VII. DE LAS FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES (artículos 266 a 274) 161 Capítulo VIII. DE LAS CENTRALES SINDICALES (artículos 276 a 288) 164 Capítulo IX. DE LAS PRÁCTICAS ANTISINDICALES Y DE SU SANCIÓN (artículos 289 a 294 bis) 168 Capítulo X. DE LA DISOLUCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES (artículos 295 a 298) 172 Capítulo XI. DE LA FISCALIZACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y DE LAS SANCIONES (derogado) 173 TÍTULO II. DEL DELEGADO DEL PERSONAL (derogado) 173 LIBRO IV DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA TÍTULO I. NORMAS GENERALES (artículos 304 a 314) 174 TÍTULO II. DERECHO A INFORMACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES (artículos 315 a 319) 176 TÍTULO III. DE LOS INSTRUMENTOS COLECTIVOS Y DE LA TITULARIDAD SINDICAL (artículos 320 a 326) 179 TÍTULO IV. EL PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA REGLADA 181 Capítulo I. REGLAS GENERALES (artículos 327 a 331) 181 Capítulo II. OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR EL PROYECTO Y PLAZO DE LA NEGOCIACIÓN (artículos 332 a 334) 182 Capítulo III. DE LA RESPUESTA DEL EMPLEADOR (artículos 335 a 338) 183 Capítulo IV. IMPUGNACIONES Y RECLAMACIONES (artículos 339 a 340) 184 Capítulo V. PERÍODO DE NEGOCIACIÓN (artículos 341 a 344) 185 Capítulo VI. DERECHO A HUELGA (artículos 345 a 358) 186 Capítulo VII. LIMITACIONES AL EJERCICIO DEL DERECHO A HUELGA (artículos 359 a 363) 191 TÍTULO V. REGLAS ESPECIALES PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS A SINDICATOS INTEREMPRESA, Y DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES, DE TEMPORADA Y DE OBRA O FAENA TRANSITORIA 194 Capítulo I. DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SINDICATO INTEREMPRESA Y DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS A SINDICATOS INTEREMPRESA (artículo 364) 194 Capítulo II. DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES, DE TEMPORADA Y DE OBRA O FAENA TRANSITORIA (artículos 365 a 373) 195 TÍTULO VI. DE LOS PACTOS SOBRE CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO (artículos 374 a 377) 197 TÍTULO VII. DE LA MEDIACIÓN, LA MEDIACIÓN LABORAL DE CONFLICTOS COLECTIVOS Y EL ARBITRAJE 199 Capítulo I. DE LA MEDIACIÓN (artículos 377 bis a 380) 199 Capítulo II. DE LA MEDIACIÓN LABORAL DE CONFLICTOS COLECTIVOS (artículos 381 a 384) 200 Capítulo III. DEL ARBITRAJE (artículos 385 a 398) 200 TÍTULO VIII. DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (artículos 399 a 402) 204 TÍTULO IX. DE LAS PRÁCTICAS DESLEALES Y OTRAS INFRACCIONES EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y SU SANCIÓN (artículos 403 a 407) 205 TÍTULO X. DE LA PRESENTACIÓN EFECTUADA POR FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES (artículos 408 a 411) 207 LIBRO V DE LA JURISDICCIÓN LABORAL TÍTULO I. DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL Y DEL PROCEDIMIENTO 210 Capítulo I. DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE LOS JUZGADOS DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL (artículos 415 a 424) 210 Capítulo II. DE LOS PRINCIPIOS FORMATIVOS DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO EN JUICIO DEL TRABAJO 214 Párrafo 1º De los principios formativos del proceso (artículos 425 a 431) 214 Párrafo 2º Reglas comunes (artículos 432 a 445) 217 Párrafo 3º Del procedimiento de aplicación general (artículos 446 a 462) 222 Párrafo 4º Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales (artículos 463 a 473) 230 Párrafo 5º De los recursos (artículos 474 a 484) 233 Párrafo 6º Del Procedimiento de Tutela Laboral (artículos 485 a 495) 237 Párrafo 7º Del procedimiento monitorio (artículos 496 a 502) 241 TÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS Y DEMÁS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS (artículos 503 a 504) 244 TÍTULO FINAL. DE LA FISCALIZACIÓN, DE LAS SANCIONES Y DE LA PRESCRIPCIÓN (artículos 505 a 519) 244 ARTÍCULOS TRANSITORIOS 253 APÉNDICE LEGISLATIVO LEY NÚM. 21.227. FACULTA EL ACCESO A PRESTACIONES DEL SEGURO DE DESEMPLEO DE LA LEY Nº 19.728, EN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES 261 LEY Nº 16.744. ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 281 LEY Nº 19.728. PUBLICADA 14-05-2001. MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DEL TRABAJO ESTABLECE UN SEGURO DE DESEMPLEO 313 DECRETO LEY Nº 3.500. Ministerio del Trabajo . y Previsión Social. Subsecretaría de Previsión Social. ESTABLECE NUEVO SISTEMA DE PENSIONES 351 DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 44. FIJA NORMAS COMUNES PARA SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL SECTOR PRIVADO 523 LEY Nº 17.322. NORMAS PARA LA COBRANZA JUDICIAL DE COTIZACIONES, APORTES Y MULTAS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 531 ÍNDICES ANALÍTICOS DEL CÓDIGO DEL TRABAJO 549 VOCES GENERALES 551 | Descripción El rechazo metafísico de muchos penalistas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas parece haber encontrado su última frontera en el campo de las violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas. El protagonismo de las corporaciones en la producción de graves daños a escala global no solo es preocupante, sino que en muchos casos ha superado los límites de lo reversible y lo tolerable. Llegados a este punto, la comunidad científica global se ve inmersa en una situación de urgencia que le exige el desarrollo de estrategias jurídicas y políticas de control social para disminuir el riesgo del comportamiento de las empresas, pues una demora en el tiempo puede significar graves daños contra las personas y el medio ambiente. Un comportamiento omisivo frente a esta realidad significaría no solo la pérdida de una magnífica oportunidad histórica para reafirmar las funciones preventivas (y no meramente simbólicas) del sistema penal, sino también coadyuvaría con la creación de un manto de sospecha sobre el buen desempeño de las instituciones en relación a las funciones esenciales de controlar en un Estado de Derecho respetuoso de sus obligaciones de protección de los derechos humanos. Basándose en estos presupuestos, este libro es la suma de contribuciones que versan sobre múltiples perspectivas disciplinarias, que van de la criminología corporativa hasta las técnicas de imputación de responsabilidad, pasando por los desafíos procesales y los dilemas que aportan las nuevas tecnologías, incluyendo las formas de delinquir relacionadas con empresas y las correspondientes reacciones jurídicas. Esta obra colectiva de la que participan autores de tres continentes es un marco de discusión global para el pensamiento reflexivo en relación al comportamiento abusivo de las multinacionales –con particular atención a lo que sucede en Latinoamérica– que se espera pueda servir para inspirar investigaciones y prácticas sociales consistentes con miras a un cambio de paradigma en materia punitiva, para dirigir a la justicia hacia quienes más la necesitan, esto es, las víctimas de los delitos. | ||
Weight | N/A | 10 kg | N/A | N/A | N/A | N/A | ||
Dimensions | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | ||
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