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La Prescripción Extintiva Civil y Su Jurisprudencia Actual

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La prescripción extintiva civil es una de las instituciones que más conflictos genera en el ámbito judicial chileno y que la jurisprudencia de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones ha ido analizando en sus diversos ámbitos.

Esta investigación es el fruto de un seguimiento de tendencias y casuisticas judiciales en sentencias de la Primera y Tercera Sala de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones en lo que se refiere a las siguientes temáticas de la prescripción extintiva civil:

– Prescripción extintiva ordinaria civil

– Prescripción de la acción ejecutiva: prescripción de acción ejecutiva de tres años, prescripción del pagaré, prescripción de la factura y prescripción del cobro de crédito con aval del Estado

– Prescripción de la acción indemnizatoria civil

Prescripción de otras acciones

– Interrupción de la prescripción

– Suspensión de la prescripción

Renuncia a la prescripción

PRIMERA PARTE

PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA CIVIL ORDINARIA

1. Requisitos de la prescripción extintiva

2. Acción ordinaria que emana del mutuo prescribe en cinco años

3. Mutuo hipotecario

4. Juez no puede declarar de oficio prescripción de acción ordinaria que emana de mutuo

5. Casuística

5.1. Procede prescripción de obligación consistente en pago de consumo eléctrico ya que transcurrieron más de cinco años de su exigibilidad 5.2. Cómputo de prescripción extintiva respecto a indemnización por enfermedad profesional

5.3. Cobro de prestación de servicios que escapa al concepto de profesión liberal se rige por prescripción ordinaria
5.4. Acciones emanadas de contrato de cuenta de corriente bancaria se sujetan a normas de prescripción generales siendo su plazo el de cinco años en virtud del articulo 2515 del Código Civil

SEGUNDA PARTE

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN EJECUTIVA

1. Prescripción de acción ejecutiva

1. Oportunidad de oposición de excepción ejecutiva de prescripción. Escrito en que se da por notificado y opone excepción

2. Carácter excepcional de facultad del tribunal de declarar de oficio prescripción en juicio ejecutivo

3. Procede acoger prescripción de la acción ejecutiva a pesar que demandado no haya individualizado cada obligación

4. Excepción de prescripción no se puede oponer en cualquier estado de la causa. Artículo 310 del Código de Procedimiento no tiene aplicación en juicio ejecutivo

5. Plazo de ejecución de sentencia arbitral es de tres años contados desde que transcurrió plazo para presentación de recursos y no desde certificación de aquella circunstancia

6. Gestión preparatona de reconocimiento de firma no tiene el alcance de generar un nuevo plazo de prescripción cuya reglamentación es de orden público

7. Gestión preparatoria y demanda ejecutiva forman parte de un mismo proceso para efectos de cómputo de plazo de prescripción

8. Prescripción de obligación principal acarrea la de la acción hipotecaria

8.1. Si no se ha extinguido la obligación garantizada con la hipoteca no es posible declarar la prescripción de la acción hipotecaria 8.2. Al no haber operaciones crediticias vigentes entre las partes y existir prescripción de obligación principal procede declarar prescrita hipoteca con cláusula de garantia general

9. Regla de conversión de acción ejecutiva que se transforma en ordinaria

10. Institución de la suspensión de la prescripción resulta plenamente aplicable a la acción ejecutiva

II. Prescripción de acción de cobro de pagaré

1. No procede declaración de oficio de prescripción en cobro de pagaré

2. Cláusula de aceleración en el pagaré

2.1. Oportunidad desde la que se cuenta el plazo de prescripción respecto de obligación contenida en pagaré
2.2.Efectos de la renuncia a la clausula de aceleración: Sólo alcanza a las cuotas en que aceptó el pago
2.3. Prescripción de cuotas vencidas antes de interposición de demanda que explicita decisión del acreedor de acelerar el crédito
2.4, Prescripción de cuotas con vencimiento anterior a un año de notificación de demanda
2.5. Si plazo de un año transcurrió íntegramente no procede prescripción parcial de cuotas del pagar
2.6. Prescripción cuando acreedor no hace efectiva cláusula de aceleración contenida en pagaré
2.7. Acelerada la deuda por presentación de demanda aun cuando deudor pague cuotas morosas se hace exigible toda la obligación
2.8. Pago de cuota antes de notificación de demanda hace imposible la ejecución del total de la deuda por cláusula de aceleración
2.9. Abandono del procedimiento no hace desaparecer efectos de cláusula de aceleración hecha valer con interposición de demanda

3. Interrupción de la prescripción de acción ejecutiva que emana del pagaré

3.1. Interrupción de la prescripción en cobro de pagaré sólo opera con la notificación de la demanda 3.2. Pago parcial de obligación contenida en pagaré no interrumpe la prescripción
3.3. Escrito de demandado en que se tiene por notificado de cobro de pagarés interrumpe naturalmente la prescripción
3.4. Demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226. Prescripción del cobro de pagaré

4. No es procedente la conversión de prescripción en el pagaré

5. Plazo de prescripción de pagaré a la vista comienza a correr al momento de su suscripción

6. Plazo de prescripción de pagaré sin cuotas corre desde la autorización de firma por notario

III. Prescripción de acción de cobro de factura

1. No procede prescripción de facturas al tratarse de acción de cobro de pesos en donde aquéllas sólo fueron acompañadas como elementos probatorios
2. Oportunidad en la que se produce interrupción de la prescripción de cobro de factura
3. Gestión preparatona de notificación cobro de factura: Interrupción de la prescripción

4. Procede prescripción de cobro de factura ya que notificación efectuada en gestión preparatoria fue anulada en virtud de que gerente de sociedad demandada no se encontraba en el pais

IV. Prescripción de crédito con aval del Estado

1. Requisitos para que pagare emitido a causa de crédito con aval del Estado goce de imprescriptibilidad del art. 13 de la Ley No 20.027

2. Crédito con aval del Estado no es imprescriptible por no haberse acreditado que titular de acción ejecutiva sea el Fisco

3. Crédito con aval del Estado se encuentra prescrito ya que acción ejercida por banco es cambiara sin que existan cuotas

4. No se configura prescripción de deuda por crédito con aval del Estado ya que no es posible entender que determinación expresa de imprescriptibilidad pueda ser soslayada aplicando Ley No 18.092
5. Para que opere imprescriptibilidad de crédito con aval del Estado es necesario que el pago se haya dividido en cuotas de lo contrario prescribirá de acuerdo a las normas generales

6. Credito con aval del Estado que debe ser pagado en dos pagarés no es imprescriptible

7. Crédito con aval del Estado es

2.6. Prescripción cuando acreedor no hace efectiva cláusula de aceleración contenida en pagaré

2.7. Acelerada la deuda por presentación de demanda aun cuando deudor pague cuotas morosas se hace exigible toda la obligación 2.8. Pago de cuota antes de notificación de demanda hace imposible la ejecución del total de la deuda por cláusula de aceleración 2.9. Abandono del procedimiento no hace desaparecer efectos de cláusula de aceleración hecha valer con interposición de demanda

3. Interrupción de la prescripción de acción ejecutiva que emana del pagaré

3.1. Interrupción de la prescripción en cobro de pagaré sólo opera con la notificación de la demanda 3.2. Pago parcial de obligación contenida en pagaré no interrumpe la prescripción

3.3. Escrito de demandado en que se tiene por notificado de cobro de pagarés interrumpe naturalmente la prescripción 3.4. Demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226. Prescripción del cobro de pagaré

4. No es procedente la conversión de prescripción en el pagaré

5. Plazo de prescripción de pagaré a la vista comienza a correr al momento de su suscripción

6. Plazo de prescripción de pagaré sin cuotas corre desde la autorización de firma por notario

III. Prescripción de acción de cobro de factura

1. No procede prescripción de facturas al tratarse de acción de cobro de pesos en donde aquéllas sólo fueron acompañadas como elementos probatorios 2. Oportunidad en la que se produce interrupción de la prescripción de cobro de factura

3. Gestión preparatona de notificación cobro de factura: Interrupción de la prescripción

4. Procede prescripción de cobro de factura ya que notificación efectuada en gestión preparatoria fue anulada en virtud de que gerente de sociedad demandada no se

encontraba en el pais

IV. Prescripción de crédito con aval del Estado

1. Requisitos para que pagare emitido a causa de crédito con aval del Estado goce de imprescriptibilidad del art. 13 de la Ley No 20.027

2. Crédito con aval del Estado no es imprescriptible por no haberse acreditado que titular de acción ejecutiva sea el Fisco

3. Crédito con aval del Estado se encuentra prescrito ya que acción ejercida por banco es cambiara sin que existan cuotas

4. No se configura prescripción de deuda por crédito con aval del Estado ya que no es posible entender que determinación expresa de imprescriptibilidad pueda ser soslayada aplicando Ley No 18.092 5. Para que opere imprescriptibilidad de crédito con aval del Estado es necesario que el pago se haya dividido en cuotas de lo contrario prescribirá de acuerdo a las normas

generales

6. Credito con aval del Estado que debe ser pagado en dos pagarés no es imprescriptible

7. Crédito con aval del Estado es prescriptible en un año ya que no se trata de un cobro a través de cuotas sino a uno de fecha única y determinada en un año

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TERCERA PARTE

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN INDEMNIZATORIA POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL

1. Oportunidad desde que se cuenta plazo de prescripción de acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual

2. Suspensión de la prescripción de acción civil por responsabilidad extracontractual

3. Prescriptibilidad de acción indemnizatoria civil por delito de lesa humanidad 3.1. La acción civil emanada de un ilicito penal de lesa humanidad no es prescriptible

3.2. Acción indemnizatoria contra el Estado por acto ilícito de sus agentes se encuentra prescrita en virtud del articulo 2332 del Código Civil aun si se contara plazo desde que pais volvió a normalidad democrática

4. Pueden reclamarse perjuicios acaecidos con posterioridad a aquella fecha en la que se declara prescrita la acción indemnizatoria si siguen generándose

5. Prescripción de hecho ilícito civil falta servicio estatal

5.1. Cómputo de plazo de prescripción de acción indemnizatoria por falta de servicio estatal 5.2. Hecho ilicito de municipalidad en proceso de licitación anulado por Tribunal de Contratación Pública. Cómputo de plazo de prescripción. Interrupción

5.3. Plazo de prescripción de acción indemnizatoria por negligencia médica se suspende desde la fecha de interposición de reclamo ante la Superintendencia de Salud y no desde la citación de las partes

6. Interrupción de prescripción de acción indemnizatoria civil por actuaciones en juicio penal

CUARTA PARTE

PRESCRIPCIÓN DE OTRAS ACCIONES

I. Prescripción de acción ejecutiva de cobro de patente municipal

1. Plazo de prescripción de cobro de patentes municipales es de tres años
2. Prescripción de patente comercial se computa desde el vencimiento de plazo de cada cuota
3. No se configura prescripción de patente municipal ya que no corresponde iniciar computo de plazo si obligación no ha sido exigible
4. Prescripción de cuotas de patente municipal

II. Prescripción de acción e cobro de derechos municipales

1. Plazo de prescripción de acción de cobro de derechos municipales impagos por ocupación de bien nacional de uso público

2. Plazo de prescripción de cobro de derechos de aseo municipal

2.1. Plazo de prescripción general ya que no se trata de impuestos 2.2. Servicios de aseo municipal son tributos y por lo tanto prescriben en tres años

III. Prescripción de cobro de honorarios y servicios profesionales

1. Prescripción de corto tiempo de art. 2522 del Código Civil es aplicable a proveedores y artesanos que despachan al menudeo

2. Prescripción de cobro de honorarios inicia cuando se haya puesto término al referido contrato 3. Plazo de prescripción de cobro de deuda por servicios profesionales. Concepto de “profesión liberal”

4. Se produce interrupción de prescripción de honorarios al interponer demanda de cobro no siendo necesaria su notificación para

5. Plazo de prescripción de dos años de la acción de cobro de servicios de corretaje de propiedades

IV. Prescripción de multas

1. Plazo de prescripción de acción de cobro de sanción administrativa es el del artículo 2515 del Código Civil

2. Plazo de prescripción de cobro de multa sanitaria es de cinco años

3. Plazo de prescripción para cobro de multa impuesta por Juzgado de Policía Local por infracción a normativa forestal

V. Prescripción de acción de cobro de impuestos

1. Plazo de prescripción de acción de cobro de impuestos es de tres años

2. Prescripción de acción de cobro de impuestos. Oportunidad del requerimiento de pago

3. Prescripción de acción de cobro de impuestos no puede demandarse via acción si contribuyente no opuso excepciones oportunamente 4. Deudor pierde oportunidad de alegar prescripción si no la interpone en tiempo dentro de procedimiento de cobro de impuestos ante Tesorería

QUINTA PARTE

INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

1. Interrupción civil y natural de la prescripción

2. Sentido y alcance de expresión “demanda judicial en interrupción civil de la prescripción

3. ¿Interrupción de la prescripción se produce con notificación válida de la demanda?

3.1. Criterio de Primera Sala de la Corte Suprema

3.2. Criterio de la Tercera Sala

4. Demanda presentada ante tribunal incompetente interrumpe la prescripción

5. Acción pauliana puede quedar encuadrada dentro del concepto “demanda judicial” para interrumpir la prescripción

6. Querella penal no se asimila a demanda para producir efecto interruptivo

7. Notificación de demanda en causa anterior terminada por acogimiento de excepción dilatoria tiene efecto interruptivo de la prescripción extintiva

8. Acuerdo reparatorio en sede penal no interrumpe prescripción de acción civil respecto de los demás responsables del delito

9. Interrupción de la prescripción por gestión preparatoria

10. Alcance de la expresión “sentencia de absolución” en hipótesis de interrupción de la prescripción

11. Interrupción de la prescripción de acciones de corto tiempo

12. Interrupción natural de la prescripción

13. Notificación judicial de cobro de pagaré interrumpe prescripción respecto del tercer poseedor de la finca hipotecada

14. Notificación de demanda en juicio declarado abandonado no interrumpe la prescripción

15. Prescripción no se entiende interrumpida si ya transcurrió todo el plazo establecido por la ley

16. Interrupción de prescripción de acción de cobro es personal respecto de aquellos deudores cambiarios a quienes se haya notificado la demanda

17. No se interrumpe la prescripción respecto de los codeudores solidarios si a uno de ellos se le notifica una acción civil diversa

18. Notificación de demanda a deudor principal interrumpe prescripción de acción de cobro y acción hipotecaria al ser ésta accesoria a la principal

19. Concesión de plazo por el acreedor interrumpe la prescripción de la acción de indemnización de perjuicios

20. Interrupción de prescripción conforme Ley No 21.226

20.1. Habiéndose presentado la demanda al amparo del citado 8 de la Ley No 21.226 esta interrumpe el cómputo de la prescripción que pudo beneficiar al deudor 20.2. No se configura interrupción de la prescripción por demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226

SEXTA PARTE

SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

1. Suspensión prescripción acción ejecutiva. Incapacidad relativa

2. ¿Se suspende plazo de prescripción de acción civil por responsabilidad extracontractual no se suspende por considerarse de corto plazo? 3. Para calcular tiempo de suspensión de prescripción por mediación ante Consejo de Defensa del Estado debe indicarse claramente cual fue su duración

SÉPTIMA PARTE

RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN

 

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Autor: José Luis Zavala Ortiz
Editorial : Libromar
Año de Publicación : 2023
Paginas :240

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DescriptionAutor: José Luis Zavala Ortiz Editorial : Libromar Año de Publicación : 2023 Paginas :240Autor:  Diego Rodríguez Gutiérrez Editorial: Ediciones DER Numero de Paginas: 152 Año de publicación: 2022Autor: Gianni Egidio Piva Torres Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 240 Año de publicación: 2022Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 209 Año de publicación: 2022Autores:  Lorena Donoso Abarca - Carlos Reusser Monsálvez Editorial: DER Ediciones Numero de Paginas: 1224 Año de publicación: 2022Autor: Tirant lo Blach Editorial :Tirant lo Blach Año de Publicación  : 2022 Paginas :358  
ContentLa prescripción extintiva civil es una de las instituciones que más conflictos genera en el ámbito judicial chileno y que la jurisprudencia de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones ha ido analizando en sus diversos ámbitos. Esta investigación es el fruto de un seguimiento de tendencias y casuisticas judiciales en sentencias de la Primera y Tercera Sala de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones en lo que se refiere a las siguientes temáticas de la prescripción extintiva civil: - Prescripción extintiva ordinaria civil - Prescripción de la acción ejecutiva: prescripción de acción ejecutiva de tres años, prescripción del pagaré, prescripción de la factura y prescripción del cobro de crédito con aval del Estado - Prescripción de la acción indemnizatoria civil Prescripción de otras acciones - Interrupción de la prescripción - Suspensión de la prescripción Renuncia a la prescripción PRIMERA PARTE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA CIVIL ORDINARIA 1. Requisitos de la prescripción extintiva 2. Acción ordinaria que emana del mutuo prescribe en cinco años 3. Mutuo hipotecario 4. Juez no puede declarar de oficio prescripción de acción ordinaria que emana de mutuo 5. Casuística 5.1. Procede prescripción de obligación consistente en pago de consumo eléctrico ya que transcurrieron más de cinco años de su exigibilidad 5.2. Cómputo de prescripción extintiva respecto a indemnización por enfermedad profesional 5.3. Cobro de prestación de servicios que escapa al concepto de profesión liberal se rige por prescripción ordinaria 5.4. Acciones emanadas de contrato de cuenta de corriente bancaria se sujetan a normas de prescripción generales siendo su plazo el de cinco años en virtud del articulo 2515 del Código Civil SEGUNDA PARTE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN EJECUTIVA 1. Prescripción de acción ejecutiva 1. Oportunidad de oposición de excepción ejecutiva de prescripción. Escrito en que se da por notificado y opone excepción 2. Carácter excepcional de facultad del tribunal de declarar de oficio prescripción en juicio ejecutivo 3. Procede acoger prescripción de la acción ejecutiva a pesar que demandado no haya individualizado cada obligación 4. Excepción de prescripción no se puede oponer en cualquier estado de la causa. Artículo 310 del Código de Procedimiento no tiene aplicación en juicio ejecutivo 5. Plazo de ejecución de sentencia arbitral es de tres años contados desde que transcurrió plazo para presentación de recursos y no desde certificación de aquella circunstancia 6. Gestión preparatona de reconocimiento de firma no tiene el alcance de generar un nuevo plazo de prescripción cuya reglamentación es de orden público 7. Gestión preparatoria y demanda ejecutiva forman parte de un mismo proceso para efectos de cómputo de plazo de prescripción 8. Prescripción de obligación principal acarrea la de la acción hipotecaria 8.1. Si no se ha extinguido la obligación garantizada con la hipoteca no es posible declarar la prescripción de la acción hipotecaria 8.2. Al no haber operaciones crediticias vigentes entre las partes y existir prescripción de obligación principal procede declarar prescrita hipoteca con cláusula de garantia general 9. Regla de conversión de acción ejecutiva que se transforma en ordinaria 10. Institución de la suspensión de la prescripción resulta plenamente aplicable a la acción ejecutiva II. Prescripción de acción de cobro de pagaré 1. No procede declaración de oficio de prescripción en cobro de pagaré 2. Cláusula de aceleración en el pagaré 2.1. Oportunidad desde la que se cuenta el plazo de prescripción respecto de obligación contenida en pagaré 2.2.Efectos de la renuncia a la clausula de aceleración: Sólo alcanza a las cuotas en que aceptó el pago 2.3. Prescripción de cuotas vencidas antes de interposición de demanda que explicita decisión del acreedor de acelerar el crédito 2.4, Prescripción de cuotas con vencimiento anterior a un año de notificación de demanda 2.5. Si plazo de un año transcurrió íntegramente no procede prescripción parcial de cuotas del pagar 2.6. Prescripción cuando acreedor no hace efectiva cláusula de aceleración contenida en pagaré 2.7. Acelerada la deuda por presentación de demanda aun cuando deudor pague cuotas morosas se hace exigible toda la obligación 2.8. Pago de cuota antes de notificación de demanda hace imposible la ejecución del total de la deuda por cláusula de aceleración 2.9. Abandono del procedimiento no hace desaparecer efectos de cláusula de aceleración hecha valer con interposición de demanda 3. Interrupción de la prescripción de acción ejecutiva que emana del pagaré 3.1. Interrupción de la prescripción en cobro de pagaré sólo opera con la notificación de la demanda 3.2. Pago parcial de obligación contenida en pagaré no interrumpe la prescripción 3.3. Escrito de demandado en que se tiene por notificado de cobro de pagarés interrumpe naturalmente la prescripción 3.4. Demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226. Prescripción del cobro de pagaré 4. No es procedente la conversión de prescripción en el pagaré 5. Plazo de prescripción de pagaré a la vista comienza a correr al momento de su suscripción 6. Plazo de prescripción de pagaré sin cuotas corre desde la autorización de firma por notario III. Prescripción de acción de cobro de factura 1. No procede prescripción de facturas al tratarse de acción de cobro de pesos en donde aquéllas sólo fueron acompañadas como elementos probatorios 2. Oportunidad en la que se produce interrupción de la prescripción de cobro de factura 3. Gestión preparatona de notificación cobro de factura: Interrupción de la prescripción 4. Procede prescripción de cobro de factura ya que notificación efectuada en gestión preparatoria fue anulada en virtud de que gerente de sociedad demandada no se encontraba en el pais IV. Prescripción de crédito con aval del Estado 1. Requisitos para que pagare emitido a causa de crédito con aval del Estado goce de imprescriptibilidad del art. 13 de la Ley No 20.027 2. Crédito con aval del Estado no es imprescriptible por no haberse acreditado que titular de acción ejecutiva sea el Fisco 3. Crédito con aval del Estado se encuentra prescrito ya que acción ejercida por banco es cambiara sin que existan cuotas 4. No se configura prescripción de deuda por crédito con aval del Estado ya que no es posible entender que determinación expresa de imprescriptibilidad pueda ser soslayada aplicando Ley No 18.092 5. Para que opere imprescriptibilidad de crédito con aval del Estado es necesario que el pago se haya dividido en cuotas de lo contrario prescribirá de acuerdo a las normas generales 6. Credito con aval del Estado que debe ser pagado en dos pagarés no es imprescriptible 7. Crédito con aval del Estado es 2.6. Prescripción cuando acreedor no hace efectiva cláusula de aceleración contenida en pagaré 2.7. Acelerada la deuda por presentación de demanda aun cuando deudor pague cuotas morosas se hace exigible toda la obligación 2.8. Pago de cuota antes de notificación de demanda hace imposible la ejecución del total de la deuda por cláusula de aceleración 2.9. Abandono del procedimiento no hace desaparecer efectos de cláusula de aceleración hecha valer con interposición de demanda 3. Interrupción de la prescripción de acción ejecutiva que emana del pagaré 3.1. Interrupción de la prescripción en cobro de pagaré sólo opera con la notificación de la demanda 3.2. Pago parcial de obligación contenida en pagaré no interrumpe la prescripción 3.3. Escrito de demandado en que se tiene por notificado de cobro de pagarés interrumpe naturalmente la prescripción 3.4. Demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226. Prescripción del cobro de pagaré 4. No es procedente la conversión de prescripción en el pagaré 5. Plazo de prescripción de pagaré a la vista comienza a correr al momento de su suscripción 6. Plazo de prescripción de pagaré sin cuotas corre desde la autorización de firma por notario III. Prescripción de acción de cobro de factura 1. No procede prescripción de facturas al tratarse de acción de cobro de pesos en donde aquéllas sólo fueron acompañadas como elementos probatorios 2. Oportunidad en la que se produce interrupción de la prescripción de cobro de factura 3. Gestión preparatona de notificación cobro de factura: Interrupción de la prescripción 4. Procede prescripción de cobro de factura ya que notificación efectuada en gestión preparatoria fue anulada en virtud de que gerente de sociedad demandada no se encontraba en el pais IV. Prescripción de crédito con aval del Estado 1. Requisitos para que pagare emitido a causa de crédito con aval del Estado goce de imprescriptibilidad del art. 13 de la Ley No 20.027 2. Crédito con aval del Estado no es imprescriptible por no haberse acreditado que titular de acción ejecutiva sea el Fisco 3. Crédito con aval del Estado se encuentra prescrito ya que acción ejercida por banco es cambiara sin que existan cuotas 4. No se configura prescripción de deuda por crédito con aval del Estado ya que no es posible entender que determinación expresa de imprescriptibilidad pueda ser soslayada aplicando Ley No 18.092 5. Para que opere imprescriptibilidad de crédito con aval del Estado es necesario que el pago se haya dividido en cuotas de lo contrario prescribirá de acuerdo a las normas generales 6. Credito con aval del Estado que debe ser pagado en dos pagarés no es imprescriptible 7. Crédito con aval del Estado es prescriptible en un año ya que no se trata de un cobro a través de cuotas sino a uno de fecha única y determinada en un año Iniciar sesión TERCERA PARTE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN INDEMNIZATORIA POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL 1. Oportunidad desde que se cuenta plazo de prescripción de acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual 2. Suspensión de la prescripción de acción civil por responsabilidad extracontractual 3. Prescriptibilidad de acción indemnizatoria civil por delito de lesa humanidad 3.1. La acción civil emanada de un ilicito penal de lesa humanidad no es prescriptible 3.2. Acción indemnizatoria contra el Estado por acto ilícito de sus agentes se encuentra prescrita en virtud del articulo 2332 del Código Civil aun si se contara plazo desde que pais volvió a normalidad democrática 4. Pueden reclamarse perjuicios acaecidos con posterioridad a aquella fecha en la que se declara prescrita la acción indemnizatoria si siguen generándose 5. Prescripción de hecho ilícito civil falta servicio estatal 5.1. Cómputo de plazo de prescripción de acción indemnizatoria por falta de servicio estatal 5.2. Hecho ilicito de municipalidad en proceso de licitación anulado por Tribunal de Contratación Pública. Cómputo de plazo de prescripción. Interrupción 5.3. Plazo de prescripción de acción indemnizatoria por negligencia médica se suspende desde la fecha de interposición de reclamo ante la Superintendencia de Salud y no desde la citación de las partes 6. Interrupción de prescripción de acción indemnizatoria civil por actuaciones en juicio penal CUARTA PARTE PRESCRIPCIÓN DE OTRAS ACCIONES I. Prescripción de acción ejecutiva de cobro de patente municipal 1. Plazo de prescripción de cobro de patentes municipales es de tres años 2. Prescripción de patente comercial se computa desde el vencimiento de plazo de cada cuota 3. No se configura prescripción de patente municipal ya que no corresponde iniciar computo de plazo si obligación no ha sido exigible 4. Prescripción de cuotas de patente municipal II. Prescripción de acción e cobro de derechos municipales 1. Plazo de prescripción de acción de cobro de derechos municipales impagos por ocupación de bien nacional de uso público 2. Plazo de prescripción de cobro de derechos de aseo municipal 2.1. Plazo de prescripción general ya que no se trata de impuestos 2.2. Servicios de aseo municipal son tributos y por lo tanto prescriben en tres años III. Prescripción de cobro de honorarios y servicios profesionales 1. Prescripción de corto tiempo de art. 2522 del Código Civil es aplicable a proveedores y artesanos que despachan al menudeo 2. Prescripción de cobro de honorarios inicia cuando se haya puesto término al referido contrato 3. Plazo de prescripción de cobro de deuda por servicios profesionales. Concepto de "profesión liberal" 4. Se produce interrupción de prescripción de honorarios al interponer demanda de cobro no siendo necesaria su notificación para 5. Plazo de prescripción de dos años de la acción de cobro de servicios de corretaje de propiedades IV. Prescripción de multas 1. Plazo de prescripción de acción de cobro de sanción administrativa es el del artículo 2515 del Código Civil 2. Plazo de prescripción de cobro de multa sanitaria es de cinco años 3. Plazo de prescripción para cobro de multa impuesta por Juzgado de Policía Local por infracción a normativa forestal V. Prescripción de acción de cobro de impuestos 1. Plazo de prescripción de acción de cobro de impuestos es de tres años 2. Prescripción de acción de cobro de impuestos. Oportunidad del requerimiento de pago 3. Prescripción de acción de cobro de impuestos no puede demandarse via acción si contribuyente no opuso excepciones oportunamente 4. Deudor pierde oportunidad de alegar prescripción si no la interpone en tiempo dentro de procedimiento de cobro de impuestos ante Tesorería QUINTA PARTE INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN 1. Interrupción civil y natural de la prescripción 2. Sentido y alcance de expresión "demanda judicial en interrupción civil de la prescripción 3. ¿Interrupción de la prescripción se produce con notificación válida de la demanda? 3.1. Criterio de Primera Sala de la Corte Suprema 3.2. Criterio de la Tercera Sala 4. Demanda presentada ante tribunal incompetente interrumpe la prescripción 5. Acción pauliana puede quedar encuadrada dentro del concepto "demanda judicial" para interrumpir la prescripción 6. Querella penal no se asimila a demanda para producir efecto interruptivo 7. Notificación de demanda en causa anterior terminada por acogimiento de excepción dilatoria tiene efecto interruptivo de la prescripción extintiva 8. Acuerdo reparatorio en sede penal no interrumpe prescripción de acción civil respecto de los demás responsables del delito 9. Interrupción de la prescripción por gestión preparatoria 10. Alcance de la expresión "sentencia de absolución" en hipótesis de interrupción de la prescripción 11. Interrupción de la prescripción de acciones de corto tiempo 12. Interrupción natural de la prescripción 13. Notificación judicial de cobro de pagaré interrumpe prescripción respecto del tercer poseedor de la finca hipotecada 14. Notificación de demanda en juicio declarado abandonado no interrumpe la prescripción 15. Prescripción no se entiende interrumpida si ya transcurrió todo el plazo establecido por la ley 16. Interrupción de prescripción de acción de cobro es personal respecto de aquellos deudores cambiarios a quienes se haya notificado la demanda 17. No se interrumpe la prescripción respecto de los codeudores solidarios si a uno de ellos se le notifica una acción civil diversa 18. Notificación de demanda a deudor principal interrumpe prescripción de acción de cobro y acción hipotecaria al ser ésta accesoria a la principal 19. Concesión de plazo por el acreedor interrumpe la prescripción de la acción de indemnización de perjuicios 20. Interrupción de prescripción conforme Ley No 21.226 20.1. Habiéndose presentado la demanda al amparo del citado 8 de la Ley No 21.226 esta interrumpe el cómputo de la prescripción que pudo beneficiar al deudor 20.2. No se configura interrupción de la prescripción por demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226 SEXTA PARTE SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN 1. Suspensión prescripción acción ejecutiva. Incapacidad relativa 2. ¿Se suspende plazo de prescripción de acción civil por responsabilidad extracontractual no se suspende por considerarse de corto plazo? 3. Para calcular tiempo de suspensión de prescripción por mediación ante Consejo de Defensa del Estado debe indicarse claramente cual fue su duración SÉPTIMA PARTE RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN  

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La presente obra tiene por objeto exponer las principales instituciones de nuestra actual legislación concursal y de insolvencia (Ley N° 20.720). A través de un análisis sustantivo y adjetivo del concurso en Chile, se abordan los procedimientos aplicables a empresas deudoras y personas, su más relevante jurisprudencia y los criterios doctrinales más importantes respecto de su inteligencia e interpretación. En la primera parte, se describe brevemente la evolución del derecho concursal en nuestro país y la necesidad del legislador de reformar el estatuto concursal, para posteriormente dedicar un capítulo a los aspectos generales de la Ley Nº 20.720, su ámbito de aplicación, estructura y disposiciones comunes a los procedimientos que contempla. Asimismo, se detalla cada una de las herramientas contempladas en la ley, distinguiendo entre procesos de reestructuración patrimonial (reorganización de empresa deudora y renegociación de persona deudora) y aquellos de liquidación de activos (liquidación de empresa y persona deudora). Por último, se analiza el tratamiento de las acciones revocatorias concursales. Autor: Diego Rodríguez Gutiérrez Ediciones DER
  1. INSOLVENCIA EN CHILE
1.1. Breve reseña a la evolución del derecho concursal chileno A) Libro Cuarto del Código de Comercio de Ocampo (1867) y Ley No 4.558, de 1929 B) Ley No 18.175 y sus principales reformas 1.2. Ley No 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas Deudoras 1.3. La nueva justicia concursal en cifras, a ocho años de su entrada en vigencia 1.4. Boletín 13802-03, proyecto de ley que moderniza los procedimientos concursales contemplados en la Ley No 20.720 y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas
  1. LEY NO 20.720 SOBRE LIQUIDACIÓN Y REORGANIZACIÓN DE EMPRESA Y PERSONAS DEUDORAS. GENERALIDADES
2.1. Ámbito de aplicación 2.2. Supuesto objetivo. Insolvencia en Chile 2.3. Supuesto subjetivo 2.4. Estructura 2.5. Disposiciones generales a los procedimientos A) Definiciones B) Competencia C) Recursos D) Incidentes E) Notificaciones F) Plazos G) Exigibilidad 2.6. Administradores concursales. Veedor y liquidador A) Veedor B) Liquidador
  1. PROCEDIMIENTOS DE REORGANIZACIÓN DE EMPRESA DEUDORA Y DE RENEGOCIACIÓN DE PERSONA DEUDORA
3.1. Procedimiento de Reorganización de Empresa Deudora A) Objetivos 3.2. Tramitación del Procedimiento de Reorganización A) Antecedentes B) Nominación del veedor C) ¿Relatar/acreditar insolvencia? Prerrogativas del juez D) Resolución de reorganización E) Protección financiera concursal a. Efectos judiciales b. Efectos contractuales c. Efectos administrativos d. Plazos F) Financiamiento y continuación de actividades durante la protección financiera concursal a. Continuidad del suministro (art. 72) b. Venta de activos y contratación de préstamos (art. 74) c. Valoración y fiscalización de activos G) Fase de acuerdo a. Verificación e impugnación de créditos i. Verificación ii. Impugnación b. Presentación de la propuesta c. Examen de la propuesta por parte del veedor d. Conocimiento y votación de la propuesta H) Efectos del acuerdo I) Ineficacia del acuerdo a. Rechazo b. Impugnación c. Nulidad d. Incumplimiento 3.3. Procedimiento de Renegociación de Persona Deudora A) Ámbito de aplicación B) Requisitos C) Solicitud de inicio del procedimiento D) Etapas del procedimiento a. Resolución de admisibilidad i. Efectos de la resolución b. Audiencia de determinación del pasivo c. Audiencia de renegociación d. Audiencia de ejecución E) Impugnación de los acuerdos de renegociación y de ejecución F) Resolución de término
  1. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE EMPRESA Y PERSONA DEUDORA4.1. Clases de liquidaciones A) Liquidación voluntaria a. Antecedentes que deben acompañar la solicitud b. Tramitación B) Liquidación refleja C) Liquidación forzada a. Causales de liquidación forzada b. Tramitación de la solicitud c. Audiencia inicial d. Juicio de oposición i. Admisibilidad de la oposición ii. Audiencia de prueba iii. Audiencia de fallo 4.2. Efectos de la resolución de liquidación A) Efectos sobre los bienes B) Efectos respecto de las obligaciones C) Efectos respecto de los juicios D) Efectos respecto de los contratos 4.3. Determinación del pasivo A) Verificación ordinaria B) Objeción e impugnación de créditos C) Verificación extraordinaria 4.4. Realización de los activos A) Realización simplificada o sumaria B) Realización ordinaria C) Normas especiales de realización del activo a. Oferta de compra directa b. Leasing 4.5. Término del procedimiento concursal de liquidación A) Por dictación de la resolución de término B) Por acuerdo de reorganización judicial 5. ACCIONES REVOCATORIAS CONCURSALES5.1. Aspectos generales 5.2. Revocabilidad objetiva A) Causales B) La actuación jurisdiccional 5.3. Revocabilidad subjetiva A) Requisitos de la revocabilidad subjetiva 5.4. Revocabilidad y las reformas a los pactos o estatutos sociales 5.5. Revocación de actos ejecutados o contratos celebrados por una persona deudora 5.6. Sentencia de revocabilidad y sus efectos A) Efectos entre las partes B) Efectos respecto de terceros 5.7. Recursos 5.8. Costas y recompensas
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El presente diccionario, es concebido como una herramienta que contribuirá con los abogados, estudiantes de derechos y ciencias afines, brindando un detallado análisis de los diversos conceptos que lo integran. El DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, incluye una destacada visión de los conceptos jurídicos, resaltándose que se incluyen en el mismo concepto modernos de reciente data para el derecho, como los derivados de las redes sociales. Inspirado en el derecho hispano, recoge la presente obra, vocabulario de diversos países de nuestro continente, y en especial referencia al castellano, como idioma oficial de nuestros países. En este diccionario, el lector encontrar conceptos de las diversas ramas que inteIndice-Libro-DdCJran las ciencias jurídicas y de aquellas que le son afines. En fin, la presente obra, es de carácter amplio, ya que no solo se circunscribe al saber del derecho, sino se integran conceptos de ciencias afines, como la criminalística, criminología, y medicina legal, entre otras. En Valencia del Rey a los 10 días de mes de Septiembre del año 2022.
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Visión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES ELÉCTRICAS
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Bajo el concepto protección de datos personales se engloba un conjunto de principios y normas relativas a la recolección, almacenamiento y difusión de la información referida a las personas naturales, que se ha venido desarrollando en los sistemas jurídicos de derecho continental europeo desde 1983 en adelante, y que no tiene otro fin que evitar la vulneración de todos los derechos fundamentales de las personas a través del tratamiento abusivo de sus propios datos. Nuestro país, que no es ajeno a esta realidad, ya en 1999, a través de la Ley Nº 19.628, persiguió este mismo objetivo, aunque hoy se encuentra en un necesario proceso de revisión, dado que su texto ha sido superado tanto por el desarrollo tecnológico como por los estándares internacionales aplicables en la materia. De la actual regulación y sus modificaciones, así como de las directrices futuras de este nuevo derecho fundamental, los autores dan detallada cuenta en el presente libro.
Incluye las modificaciones introducidas por las Leyes N°s 21.379, 21.389 y 21.394 Ley Nº 18.120. Establece normas sobre comparecencia en juicio y modifica los artículos 4º del Código de Procedimiento Civil y 523 del Código Orgánico de Tribunales Ley Nº 14.908. Sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias Decreto Nº 23. Promulga convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero Texto refundido del auto acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales Auto acordado de la Corte Suprema sobre la forma de las sentencias Auto acordado de la Corte Suprema sobre vista de la causa Ley Nº 18.101. Fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos Ley núm. 20.886. Modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales Ley núm. 21.226. Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile
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