Estatuto Docente Y De Asistentes De La Educación
$28.000
Mientras se desarrolla el proceso de traspaso del servicio educacional conocido como “Municipalización”, con un horizonte de término eventual para el año 2030, se ofrece al lector, un texto compilado de estos estatutos, actualizado con las últimas modificaciones incorporadas por la ley N° 21.625, versionado y concordado del estatuto docente y de la ley N° 19.464, que preste utilidad y prontitud en la lectura de las leyes permanentes y transitorias; vigentes y con vacancia, que regulan la actividad de los trabajadores de la educación del sector público o particular.
DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 19.070 QUE APROBÓ EL ESTATUTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, Y DE LAS LEYES QUE LA COMPLEMENTAN Y MODIFICAN
TÍTULO I
NORMAS GENERALES
Párrafo I. Ámbito de aplicación
Artículo 1 al 4
Párrafo II. Funciones profesionales
Artículo 5 al 9
Párrafo III. Formación para el desarrollo de los profesionales de la educación
Artículo 10 al 13 ter
Párrafo IV. Participación
Artículo 14 al Artículo 15
Párrafo V. Autonomía y responsabilidad profesionales
Artículo 16 al Artículo 18
TÍTULO II
DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL
Artículo 18 A
Párrafo I. De la formación local para el desarrollo profesional
Artículo 18 B a Artículo 18 F
Párrafo II. Del proceso de inducción al ejercicio profesional docente
Artículo 18 G al Artículo 18 Ñ
Párrafo III. De la mentoría para docentes principiantes y para la formación local para el desarrollo profesional
Artículo 18 O al Artículo 18 W
Párrafo IV. Otras disposiciones
Artículo 18 X a Artículo 18 Z
Párrafo V. Normas comunes al proceso de acompañamiento profesional local
Artículo 18 Z bis a Artículo 18 Z ter
TÍTULO III
DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
Párrafo I. Aspectos generales del desarrollo profesional docente
Artículo 19 a Artículo 19 F
Párrafo II. Del reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente
Artículo 19 G a Artículo 19 X bis
TÍTULO IV
DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL [DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEPENDIENTES DE LOS SERVICIOS LOCALES]
Párrafo I. Ámbito de aplicación
Artículo 19 Y
Párrafo II. Del ingreso a la carrera docente
Artículo 20 a Artículo 34 K
Párrafo III. Derechos del personal docente
Artículo 35 a Artículo 46
Párrafo IV. De las asignaciones especiales del personal docente
Artículo 47 a Artículo 67
Párrafo V. De la jornada de trabajo
Artículo 68 a Artículo 69 bis
Párrafo VI. Deberes y obligaciones funcionarias de los profesionales de la educación
Artículo 70 a Artículo 71
Párrafo VII. Término de la relación laboral de los profesionales de la educación
Artículo 72 a Artículo 77
TÍTULO V
DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR
Párrafo I. Normas generales
Artículo 78
Párrafo II. De la celebración del contrato y de las modificaciones legales a éste
Artículo 79 a Artículo 86
Párrafo III. De la terminación del contrato
Artículo 87
Párrafo IV. Disposiciones finales
Artículo 88
TÍTULO VI
DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO
Artículo 88 A a Artículo 88 E
TÍTULO FINAL
Artículo 89 a Artículo 90
ARTÍCULOS TRANSITORIOS ESTATUTO DOCENTE
Artículo 1° Transitorio a Artículo 4° Transitorio
ARTÍCULOS 70, 70 BIS, 70 TER DEL ESTATUTO DOCENTE DEROGADOS O REEMPLAZADOS POR LA LEY No 21.625
Artículo 70 a Artículo 70 ter
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY No 21.625
Artículo primero a Artículo quinto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY N° 20.903
Párrafo 1º. Disposiciones generales
Artículo primero a Artículo octavo
Párrafo 2º. Transición para los profesionales que se desempeñan en el sector municipal
Artículo Noveno a Artículo Vigésimo Primero
Párrafo 3º. Transición para los profesionales que se desempeñan en el sector particular subvencionado y establecimientos regidos por el Decreto Ley No 3.166, de 1980
Artículo Vigésimo Segundo
Artículo Vigésimo Tercero
Artículo Vigésimo Cuarto
Artículo Vigésimo Quinto
Artículo Vigésimo Sexto
Artículo Vigésimo Séptimo
Artículo Vigésimo Octavo
Artículo Vigésimo Noveno
Artículo Trigésimo
Artículo Trigésimo Primero
Artículo Trigésimo Segundo
Artículo Trigésimo Tercero
Párrafo 4º. Transición para la formación de los profesionales de la educación
Artículo Trigésimo Cuarto
Artículo Trigésimo Quinto
Artículo Trigésimo Sexto
Párrafo 5º. Transición para los profesionales que se desempeñan en establecimientos que atiendan estudiantes con necesidades educativas especiales
Artículo Trigésimo Séptimo
Artículo Trigésimo Octavo
Artículo Trigésimo Noveno
Artículo Cuadragésimo
Artículo Cuadragésimo Primero
Párrafo 6º. Aplicación del desarrollo profesional docente para el nivel parvulario
Artículo Cuadragésimo Segundo
Artículo Cuadragésimo Tercero
Artículo Cuadragésimo Cuarto
Artículo Cuadragésimo Quinto
Artículo Cuadragésimo Sexto
Párrafo 7º. Otras disposiciones transitorias
Artículo Cuadragésimo Séptimo
Artículo Cuadragésimo Octavo
Artículo Cuadragésimo Noveno
Artículo Quincuagésimo
Artículo Quincuagésimo Primero
Artículo Quincuagésimo Segundo
Artículo Quincuagésimo Tercero
Artículo Quincuagésimo Cuarto
Artículo Quincuagésimo Quinto
Artículo Quincuagésimo Sexto
Artículo Quincuagésimo Séptimo
Artículo Quincuagésimo Octavo
Artículo Quincuagésimo Noveno
Artículo Sexagésimo
Artículo Sexagésimo Primero
Artículo Sexagésimo Segundo
Artículo Sexagésimo Tercero
LISTADO DE JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LA LEY N° 20.903
LEY N° 21.399 MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA, EN DIVERSAS MATERIAS DE ORDEN LABORAL RESPECTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
Artículo Transitorio
LEY 21.272 (D.O. 7-10-2020) SUSPENDE LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE, POR EL AÑO 2020, DEBIDO A LA PANDEMIA MUNDIAL DE COVID-19
Artículo 1
Artículo 2
LEY N° 19.464. ESTABLECE NORMAS Y CONCEDE AUMENTO DE REMUNERACIONES PARA PERSONAL NO DOCENTE DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE INDICA
Artículo 1 a Artículo 20
Artículo Transitorio
JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 19.464
LEY NÚM. 21.109 ESTABLECE UN ESTATUTO DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA
JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 21.109
6 in stock
Autor: Alfredo Romero Labra
Editorial: Libromar
Numero de Paginas: 284
Año de publicación: 2024
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Settings | Estatuto Docente Y De Asistentes De La Educación remove | Código del Trabajo, Edición Oficial 2022 remove | Visión Jurisprudencial de las Servidumbres de Tránsito remove | Boletín de Jurisprudencia de Derecho Laboral Nº12, 2023. Subcontratación remove | Norma General Antielusiva y Derechos del Constituyente – ¿Procedimiento Obligatorio para el Fisco? remove | Ordenamiento Territorial Del Borde Costero remove |
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Name | Estatuto Docente Y De Asistentes De La Educación remove | Código del Trabajo, Edición Oficial 2022 remove | Visión Jurisprudencial de las Servidumbres de Tránsito remove | Boletín de Jurisprudencia de Derecho Laboral Nº12, 2023. Subcontratación remove | Norma General Antielusiva y Derechos del Constituyente – ¿Procedimiento Obligatorio para el Fisco? remove | Ordenamiento Territorial Del Borde Costero remove |
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Description | Autor: Alfredo Romero Labra Editorial: Libromar Numero de Paginas: 284 Año de publicación: 2024 | Autor: Editorial Jurídica de Chile Editorial :Jurídica de Chile Año de Publicación : 2022 Paginas :1114 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 178 Año de publicación: 2022 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 191 Año de publicación: 2023 | Autor: Jorge González Varas Editorial : EJS Año de Publicación : 2022 Paginas :374 | Autor: Natalia Rodríguez Donoso Editorial: Hammurabi Numero de Paginas: 100 Año de publicación: 2022 |
Content |
Mientras se desarrolla el proceso de traspaso del servicio educacional conocido como “Municipalización”, con un horizonte de término eventual para el año 2030, se ofrece al lector, un texto compilado de estos estatutos, actualizado con las últimas modificaciones incorporadas por la ley N° 21.625, versionado y concordado del estatuto docente y de la ley N° 19.464, que preste utilidad y prontitud en la lectura de las leyes permanentes y transitorias; vigentes y con vacancia, que regulan la actividad de los trabajadores de la educación del sector público o particular.
DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 19.070 QUE APROBÓ EL ESTATUTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, Y DE LAS LEYES QUE LA COMPLEMENTAN Y MODIFICAN
TÍTULO I
NORMAS GENERALES
Párrafo I. Ámbito de aplicación
Artículo 1 al 4
Párrafo II. Funciones profesionales
Artículo 5 al 9
Párrafo III. Formación para el desarrollo de los profesionales de la educación
Artículo 10 al 13 ter
Párrafo IV. Participación
Artículo 14 al Artículo 15
Párrafo V. Autonomía y responsabilidad profesionales
Artículo 16 al Artículo 18
TÍTULO II
DEL PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL
Artículo 18 A
Párrafo I. De la formación local para el desarrollo profesional
Artículo 18 B a Artículo 18 F
Párrafo II. Del proceso de inducción al ejercicio profesional docente
Artículo 18 G al Artículo 18 Ñ
Párrafo III. De la mentoría para docentes principiantes y para la formación local para el desarrollo profesional
Artículo 18 O al Artículo 18 W
Párrafo IV. Otras disposiciones
Artículo 18 X a Artículo 18 Z
Párrafo V. Normas comunes al proceso de acompañamiento profesional local
Artículo 18 Z bis a Artículo 18 Z ter
TÍTULO III
DEL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
Párrafo I. Aspectos generales del desarrollo profesional docente
Artículo 19 a Artículo 19 F
Párrafo II. Del reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente
Artículo 19 G a Artículo 19 X bis
TÍTULO IV
DE LA DOTACIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEL SECTOR MUNICIPAL [DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DEPENDIENTES DE LOS SERVICIOS LOCALES]
Párrafo I. Ámbito de aplicación
Artículo 19 Y
Párrafo II. Del ingreso a la carrera docente
Artículo 20 a Artículo 34 K
Párrafo III. Derechos del personal docente
Artículo 35 a Artículo 46
Párrafo IV. De las asignaciones especiales del personal docente
Artículo 47 a Artículo 67
Párrafo V. De la jornada de trabajo
Artículo 68 a Artículo 69 bis
Párrafo VI. Deberes y obligaciones funcionarias de los profesionales de la educación
Artículo 70 a Artículo 71
Párrafo VII. Término de la relación laboral de los profesionales de la educación
Artículo 72 a Artículo 77
TÍTULO V
DEL CONTRATO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN EN EL SECTOR PARTICULAR
Párrafo I. Normas generales
Artículo 78
Párrafo II. De la celebración del contrato y de las modificaciones legales a éste
Artículo 79 a Artículo 86
Párrafo III. De la terminación del contrato
Artículo 87
Párrafo IV. Disposiciones finales
Artículo 88
TÍTULO VI
DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA FINANCIADOS CON APORTES REGULARES DEL ESTADO
Artículo 88 A a Artículo 88 E
TÍTULO FINAL
Artículo 89 a Artículo 90
ARTÍCULOS TRANSITORIOS ESTATUTO DOCENTE
Artículo 1° Transitorio a Artículo 4° Transitorio
ARTÍCULOS 70, 70 BIS, 70 TER DEL ESTATUTO DOCENTE DEROGADOS O REEMPLAZADOS POR LA LEY No 21.625
Artículo 70 a Artículo 70 ter
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY No 21.625
Artículo primero a Artículo quinto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY N° 20.903
Párrafo 1º. Disposiciones generales
Artículo primero a Artículo octavo
Párrafo 2º. Transición para los profesionales que se desempeñan en el sector municipal
Artículo Noveno a Artículo Vigésimo Primero
Párrafo 3º. Transición para los profesionales que se desempeñan en el sector particular subvencionado y establecimientos regidos por el Decreto Ley No 3.166, de 1980
Artículo Vigésimo Segundo
Artículo Vigésimo Tercero
Artículo Vigésimo Cuarto
Artículo Vigésimo Quinto
Artículo Vigésimo Sexto
Artículo Vigésimo Séptimo
Artículo Vigésimo Octavo
Artículo Vigésimo Noveno
Artículo Trigésimo
Artículo Trigésimo Primero
Artículo Trigésimo Segundo
Artículo Trigésimo Tercero
Párrafo 4º. Transición para la formación de los profesionales de la educación
Artículo Trigésimo Cuarto
Artículo Trigésimo Quinto
Artículo Trigésimo Sexto
Párrafo 5º. Transición para los profesionales que se desempeñan en establecimientos que atiendan estudiantes con necesidades educativas especiales
Artículo Trigésimo Séptimo
Artículo Trigésimo Octavo
Artículo Trigésimo Noveno
Artículo Cuadragésimo
Artículo Cuadragésimo Primero
Párrafo 6º. Aplicación del desarrollo profesional docente para el nivel parvulario
Artículo Cuadragésimo Segundo
Artículo Cuadragésimo Tercero
Artículo Cuadragésimo Cuarto
Artículo Cuadragésimo Quinto
Artículo Cuadragésimo Sexto
Párrafo 7º. Otras disposiciones transitorias
Artículo Cuadragésimo Séptimo
Artículo Cuadragésimo Octavo
Artículo Cuadragésimo Noveno
Artículo Quincuagésimo
Artículo Quincuagésimo Primero
Artículo Quincuagésimo Segundo
Artículo Quincuagésimo Tercero
Artículo Quincuagésimo Cuarto
Artículo Quincuagésimo Quinto
Artículo Quincuagésimo Sexto
Artículo Quincuagésimo Séptimo
Artículo Quincuagésimo Octavo
Artículo Quincuagésimo Noveno
Artículo Sexagésimo
Artículo Sexagésimo Primero
Artículo Sexagésimo Segundo
Artículo Sexagésimo Tercero
LISTADO DE JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LA LEY N° 20.903
LEY N° 21.399 MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA, EN DIVERSAS MATERIAS DE ORDEN LABORAL RESPECTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
Artículo Transitorio
LEY 21.272 (D.O. 7-10-2020) SUSPENDE LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE, POR EL AÑO 2020, DEBIDO A LA PANDEMIA MUNDIAL DE COVID-19
Artículo 1
Artículo 2
LEY N° 19.464. ESTABLECE NORMAS Y CONCEDE AUMENTO DE REMUNERACIONES PARA PERSONAL NO DOCENTE DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE INDICA
Artículo 1 a Artículo 20
Artículo Transitorio
JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 19.464
LEY NÚM. 21.109 ESTABLECE UN ESTATUTO DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA
JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 21.109
| DescripciónTrigésima primera Edición Oficial aprobada por Decreto Exento N° 2355 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Apéndice actualizado al 18 de octubre de 2022. |
IndiceVisión Jurisprudencial de las SERVIDUMBRES TRÁNSITO | IndiceDescripciónNº1, 2021. ACCIDENTES DEL TRABAJO Nº2, 2021. DESPIDO INDIRECTO Nº3, 2021. DESPIDO INJUSTIFICADO Nº4, 2021. TUTELA LABORAL Nº5, 2022. FUNCIONARIOS MUNICIPALES Nº6, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 160 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Nº7, 2022. PRÁCTICAS ANTISINDICALES Nº8, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 159 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Nº9, 2022. CAUSALES DEL ARTÍCULO 161 EN LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO Nº10, 2022. ACOSO LABORAL O MOBBING Nº11, 2023. ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº12, 2023. SUBCONTRATACIÓN | La presente obra tiene por objeto principal presentar el fenómeno de las brechas que permiten la elusión tributaria y abordar analíticamente la utilidad de perseguirlas a través de la Norma General Anti-elusiva en cuanto es una de las formas que se utilizan para estrechar o suprimir las brechas ya mencionadas y sus efectos. El autor considera que, cuando pesa sobre un contribuyente la posibilidad de haber realizado actos constitutivos de elusión tributaria o de fraude tributario, surge la necesidad para el Fisco de indagar si existe o no existe elusión en la conducta desplegada por ese contribuyente. Son analizadas las nociones de ciudadano, ciudadanía, contribuyente, potestad tributaria, límites a la potestad tributaria, garantías de los contribuyentes, justo y racional procedimiento, normas anti-elusivas, formas de aplicación de las normas anti-elusivas en diferentes jurisdicciones, utilidad en los resultados de las mismas, interpretación de las normas jurídicas anti-elusivas reconociéndolas como normas jurídicas, lenguaje y verdad, bien común, gobernanza local, democracia, sociedad democrática, estado y derecho. Se detalla la necesidad de un procedimiento objetivo para la aplicación de las normas jurídicas anti-elusivas en que sean efectivamente respetadas las garantías del contribuyente u acatada la potestad tributaria del Estado. Solamente con un equilibrio de dichos factores las brechas elusivas podrán ser perseguidas con la eficacia que se requiere para mejorar los rendimientos tributarios. El texto considera que las normas jurídicas anti-elusivas requieren de conocimientos relevantes sobre las mismas tanto al momento de elaborarlas como a momento de interpretarlas y aplicarlas, motivo por el cual se efectúa el análisis del procedimiento y de las reglas de interpretación aplicables a las normas generales anti-elusivas por considerar esa revisión un antecedente ineludible en la estructura tributaria anti-elusiva. Así, son examinados los sistemas anti-elusivos de distintos países, tales como Brasil; Chile; Italia; Francia; España; Alemania; Inglaterra; Estados Unidos; Nueva Zelandia; Australia, entre otros. El tratamiento de aspectos doctrinarios; de derecho comparado; legales; sociales; jurisprudenciales y jurídicos en general constituyen uno de los aportes interesantes, si bien no el único, de la obra que se presenta. Finalmente se plantea que el respeto de la Potestad Tributaria y de las garantías de los contribuyentes requieren considerar que el Estado contemporáneo para poder cumplir sus fines debe estar construido sobre las bases de una sociedad democrática o, en otros términos, esos elementos deben ser contextualizados dentro de un Estado de Derecho, Democrático y Social que ampare el Bien Común, y que otorgue respuesta y satisfacción a los derechos de sus habitantes, sean o no contribuyentes, y con cargo a la contribución de las personas que tengan capacidad para ello, fundamentado en el principio de solidaridad y respetando la creatividad del ser humano. El autor espera contribuir al estudio de los medios jurídicos para perseguir la elusión tributaria en una perspectiva de modesto e intenso aporte. | Indice Descripción Problemas y desafíos a la luz de la normativa vigente La presente investigación aborda la regulación del borde costero del litoral chileno. Para esto se revisan las normas jurídicas vigentes, los principales instrumentos de planificación territorial y las zonas de protección especial. También se abordarán aspectos problemáticos, tales como la jerarquía e incompatibilidad entre normas, los procedimientos de participación ciudadana existentes, la superposición de organismos o estatutos jurídicos aplicables en un territorio determinado y la existencia de zonas costeras sin regulación. De esta forma, se pretende obtener una visión general de la regulación vigente, buscando un cierto grado de sistematicidad entre los mecanismos actuales de ordenación del territorio litoral y formas de generar mayor equilibrio entre las comunidades, ecosistemas, intereses privados y públicos, como una forma de contribuir al desarrollo armónico del país y a una mayor calidad de vida de sus habitantes. |
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Dimensions | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A | N/A |
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