Función Social y Ambiental de la Propiedad en la Legislación Chilena
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En la última década los ordenamientos jurídicos, sistemas económicos, sociales y políticos a nivel global, han intentado internalizar la potente consolidación del Derecho Ambiental como ciencia jurídica proactiva, preventiva y precautoria. Ante la progresiva escasez de agua, una deficiente preservación de múltiples bienes ambientales (humedales, flora, fauna, bosques nativos, aire atmosférico, glaciares, mares, ríos, lagos, playas, paisajes y patrimonio cultural), afecciones a salud de seres humanos y de la naturaleza; se asume con inquietante preocupación el efecto transversal que la referida consolidación produce en las demás disciplinas jurídicas.
Es una regulación normativa de fondo que condiciona actos de personas naturales, jurídicas de Derecho público y privado, siendo esos actos anteriores a la ilicitud que actualmente subsiste en la omisión, confusión o ambigüedad de limitaciones y obligaciones externas (no inmanentes), a derechos subjetivos publicos y privados de dominio ejercidos en bienes ambientales, que conforman una realidad sistémica con diversos bienes de propiedad privada, nacionales de uso público y fiscales.
Un procedimiento judicial conducente a obtener la reparación del medio ambiente dañado o severamente degradado; reclamaciones judiciales contra actos administrativos que dicten Órganos Competentes del Estado, para regular la conservación y protección del medio ambiente; un proceso que pretenda juzgar, sancionar y luego condenar las infracciones a derechos de consumidores que sufren daños sistemáticos en su calidad de vida, salud y medio ambiente; son en cierta medida, vías jurisdiccionales reactivas frente a múltiples ilícitos consumados, y en la frustración del afectado, una de las varias realidades detonantes de desastres sociales-culturales históricamente demostrados con hechos, de manera definitiva e irrefutable.
Es un texto breve en su extensión, claro y honesto, en el que se asume seriamente el compromiso de criticar la insuficiencia de regulación jurídica, elaborando el autor novedosas vías de solución teórica, aplicables empíricamente y con base específica en nuestra legislación vigente. Asimismo, respetando una reflexión de larga data, profunda, responsable, intelectualmente sofisticada en el presente, se plantean concretas propuestas de solución con rango Constitucional.
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Autor: Eduardo Enrique Torrealba Jaque
Editorial: Mtropolitana
Año de Publicación: 2023
Paginas: 169
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Description | Autor: Eduardo Enrique Torrealba Jaque Editorial: Mtropolitana Año de Publicación: 2023 Paginas: 169 | Autor: Jorge Ossandón Rosales. Editorial: Rubicón Editores Numero de Paginas: 285 Año de publicación: 2022 | Autor: Iván Hunter Ampuero Editorial: Der Ediciones Numero de Paginas: 573 Año de publicación: 2024 | Autores: Ricardo Luis Lorenzetti - Pablo Lorenzetti Editorial : Tirant lo Blanch Año de Publicación : 2020 Paginas :524 | Autor: Emmanuel Bernales Basáez Editorial: Ediciones Universidad Finis Terrae Año de Publicación: 2017 | Autores : Verónica Pía Delgado Schneider - José Luis Arumí Ribera Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 216 Año de publicación: 2021 |
Content | ver indice En la última década los ordenamientos jurídicos, sistemas económicos, sociales y políticos a nivel global, han intentado internalizar la potente consolidación del Derecho Ambiental como ciencia jurídica proactiva, preventiva y precautoria. Ante la progresiva escasez de agua, una deficiente preservación de múltiples bienes ambientales (humedales, flora, fauna, bosques nativos, aire atmosférico, glaciares, mares, ríos, lagos, playas, paisajes y patrimonio cultural), afecciones a salud de seres humanos y de la naturaleza; se asume con inquietante preocupación el efecto transversal que la referida consolidación produce en las demás disciplinas jurídicas. Es una regulación normativa de fondo que condiciona actos de personas naturales, jurídicas de Derecho público y privado, siendo esos actos anteriores a la ilicitud que actualmente subsiste en la omisión, confusión o ambigüedad de limitaciones y obligaciones externas (no inmanentes), a derechos subjetivos publicos y privados de dominio ejercidos en bienes ambientales, que conforman una realidad sistémica con diversos bienes de propiedad privada, nacionales de uso público y fiscales. Un procedimiento judicial conducente a obtener la reparación del medio ambiente dañado o severamente degradado; reclamaciones judiciales contra actos administrativos que dicten Órganos Competentes del Estado, para regular la conservación y protección del medio ambiente; un proceso que pretenda juzgar, sancionar y luego condenar las infracciones a derechos de consumidores que sufren daños sistemáticos en su calidad de vida, salud y medio ambiente; son en cierta medida, vías jurisdiccionales reactivas frente a múltiples ilícitos consumados, y en la frustración del afectado, una de las varias realidades detonantes de desastres sociales-culturales históricamente demostrados con hechos, de manera definitiva e irrefutable. Es un texto breve en su extensión, claro y honesto, en el que se asume seriamente el compromiso de criticar la insuficiencia de regulación jurídica, elaborando el autor novedosas vías de solución teórica, aplicables empíricamente y con base específica en nuestra legislación vigente. Asimismo, respetando una reflexión de larga data, profunda, responsable, intelectualmente sofisticada en el presente, se plantean concretas propuestas de solución con rango Constitucional. | El presente libro pretende dar cuenta de la relación que existe entre la jurisprudencia de los tribunales en materia de significancia como elemento constitutivo del daño ambiental y como el rol moderador de los fallos pueden servir de referencia a toda la comunidad jurídica en materias procesales y sustantivas. El tema de la investigación propuesta es la aplicación del concepto de significancia por los Tribunales, sus alcances y límites en materia de acción de reparación por daño ambiental a través del análisis del tratamiento de la afectación significativa en los diferentes casos. La obra pretende reunir diferentes temas que han sido tratados por la doctrina nacional en forma separada, pero nunca en forma conjunta, identificando puntos de conexión, contradicción, superposición o complementación, a saber: significancia, daño ambiental, principios del derecho ambiental, razonamiento judicial y su relación con el procedimiento administrativo sancionador.
CAPÍTULO I
LOS NNA COMO SUJETOS DE DERECHO Y SU DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA
| INDICE Esta obra, en su tomo II, pretende realizar una descripción y análisis de parte de la institucionalidad ambiental nacional, incorporando los estándares jurisprudenciales y doctrinarios más importantes de los últimos diez años. Se analiza la potestad sancionatoria de la Superintendencia del Medio Ambiente; sus características, la configuración de las infracciones, su gravedad y las circunstancias que sirven para determinar la sanción específica. Así también se examinan los controles administrativas y judiciales de las sanciones ambientales, junto con el régimen de incentivos al cumplimiento consagrado en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. En este texto se realiza un análisis preliminar de la nueva institucionalidad relativa a la biodiversidad y áreas protegidas; se estudian los nuevos instrumentos de conservación de la biodiversidad y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Igualmente se revisa la fiscalización, el sistema sancionatorio y los mecanismos alternativos a la sanción. La última parte se dedica a los delitos ambientales. Se desarrollan algunos aspectos más generales de los delitos contenidos en normas sectoriales, y con más profundidad aquellos incorporados en el Código Penal en el nuevo título denominado “Atentado contra el medio ambiente”. El texto ofrece interpretaciones a la normativa vigente, junto con dialogar de modo constante con la jurisprudencia de los tribunales ambientales y la Corte Suprema. | El paradigma ambiental actúa como un principio organizativo del pensamiento retórico, analitico y protectorio, que se vincula con la interacción sistémica y con los enfoques holisticos. Se persigue bajo estas premisas una coordinación en el funcionamiento entre los sistemas económico, social y natural y una comunicabilidad de los principios entre el Derecho Público y el Privado. Todo ello, con el objeto de abordar conflictos que suelen surgir en la esfera social, la cual contempla los bienes públicos y aquellos actos que realiza el individuo situado en la acción colectiva. En estos casos los derechos subjetivos son interpretados de modo tal que no conspiren contra la integridad de tales bienes. En la relación entre derecho de propiedad y medio ambiente debe reconocerse una función ambiental», en virtud de que la multiplicidad de derechos individuales de los propietarios debe coordinarse orientándose en la preservación del bien colectivo. El paradigma ambiental concibe a la naturaleza como un bien colectivo, escaso o en situación de peligro y está dispuesto a limitar los derechos individuales. Se produce bajo este enfoque una modificación en la noción de Estado de Derecho. El Estado de Derecho Ambiental incorpora la variable colectiva y la tutela de los bienes comunes como un eje central de las politicas públicas. Por su parte, los instrumentos juridicos también son sometidos a revisión y se medioambientalizan» institutos tales como la teoria de los bienes, la responsabilidad civil y el proceso, entre otros. Se pretende colocar a los sistemas legales en sintonía con las reglas de la naturaleza a los efectos de lograr una mayor implementación del Derecho Ambiental, circunstancia que redundará en una más eficaz protección de las generaciones presentes como de las futuras. | Mucha agua ha corrido bajo el puente desde que perdió vigencia en nuestro ordenamiento jurídico el principio que rezaba “Societas delinquere non potest”. El establecimiento de un modo relativamente sorpresivo para nuestro medio jurídico de la responsabilidad de las personas jurídicas a través de la publicación de la ley 20.393 el año 2009, puso a nuestra doctrina penal en una singular tesitura. Ya no quedaba espacio para quejas y era preciso comenzar a trabajar en las categorías dogmáticas que pudieran sustentar esta nueva forma de responsabilidad y adaptar las estructuras de la teoría del delito −como la acción o la culpabilidad− a una realidad tan distinta del sustrato de imputación tradicional de responsabilidad penal: las personas naturales. A diferencia de lo que había acontecido en otros países de nuestra tradición, como España y Alemania, la responsabilidad penal corporativa no había sido objeto de preocupación por parte de la doctrina y hubo que forzar el paso para alcanzar los niveles de discusión mínimos. Por otro lado, este cambio impuso una serie de nuevas exigencias al Ministerio Público en la indagación de dicha responsabilidad, tanto desde la perspectiva sustantiva como probatoria. | Chile es uno de los 10 países más vulnerables al cambio climático en el mundo y especialmente nos afecta una extensa sequía, problema que se agudiza por el modelo existente en torno a la gestión y propiedad del agua. Este libro advierte cómo, en los últimos años, se le ha dado un uso intensivo en muchas zonas del país, ocasionando serios conflictos con las comunidades locales y casos de daño ambiental. Para tratar de evitar estos conflictos, se detallan las principales brechas en materia de información e investigación y se cuestiona la regulación actual de las aguas (Constitución Política y Código de Aguas, incluyendo la ley Nº 21.064, vigente desde el 27 de enero de 2018). Se contestan preguntas básicas, relacionadas con la naturaleza jurídica del agua, cómo se protege y gestiona, qué derechos o permisos se requieren para su aprovechamiento, qué limitaciones puede imponer el Estado en aras del interés general, etc. La propuesta de sus autores, abogada e ingeniero, es hacer esta revisión desde el derecho ambiental y las ciencias ambientales, para concluir que la regulación actual es de carácter liberal, incompleta y poco ambiental, por lo que se requiere sea reformada, o al menos ser objeto de una "re-lectura" por parte de los operadores, más cercana a la sustentabilidad. Este trabajo cuestiona que el agua subterránea se otorgue como un bien privado, por una autoridad que carece de potestades para planificar y asegurar el uso sustentable del agua, donde la gestión es básicamente privada y sin la obligación de respetar usos prioritarios, sin manejo integrado en la cuenca y con poca participación de los interesados. Se explica que cuando se ha querido superar estas brechas, generalmente la discusión se bloquea pues se reclama que estas nuevas reglas serían inconstitucionales. Y mientras ello no cambie, advierten los autores, seguiremos anclados en un modelo alejado de consideraciones sociales y ambientales, como si no Chile no tuviese que tributar al desarrollo sustentable. Esta obra contribuirá, sin duda, a la discusión de la nueva Constitución para Chile que, tras la votación del 25 de octubre 2020, será redactada por una Convención Constituyente. Índice Presentación 15 Dra. Gladys vidal sáez Palabras de los autores 17 Capítulo I. Sobre las aguas subterráneas en chile José luis arumí ribera Ricardo oyarzún lucero Introducción 28 I. Tectónica y aguas subterráneas 29 II. Situación de las aguas subterráneas en Chile 34 III. Grandes unidades acuíferas existentes 36 IV. Importancia del almacenamiento subterráneo 38 V. Características fisicoquímicas y contaminación 43 VI. Aguas subterráneas, ecosistemas y servicios ecosistémicos 46 VII. Brechas de investigación 50 Conclusiones 53 Bibliografía 54 Capítulo II. Comprendiendo las interacciones agua superficial-subterráneas en la zona central de chile y su relación con el principio de unidad de corriente José luis arumí ribera Introducción 60 I. Interacciones agua superficial-subterránea 62 II. Balance hídrico de un acuífero 65 1. El problema del sobreotorgamiento 67 III. Caso 1: el agua que falta en el estero renegado y el desarrollo no sustentable 69 1. Antecedentes de la cuenca 69 IV. Caso 2. La zona de Cato 74 V. Caso 3. El río Laja 76 Conclusiones 79 Bibliografía 80 Capítulo III. La regulación de la aguas subterráneas en el derecho de aguas de chile: liberal, incompleta y poco ambiental Verónica pía delgado schneider Introducción 84 I. Cuestión previa esencial: el marco constitucional 87 II.La naturaleza de la regulación del Código de Aguas 94 III. El origen de los derechos de aprovechamiento de aguas 96 IV. Tipos de concesiones y requisitos 104 V. El otorgamiento y negativa del derecho de aprovechamiento: demasiados errores de diseño y en la operatoria 107 VI. Al otorgar el derecho, se debe determinar su tipo, especificaciones técnicas, modalidades y su área de protección. ¿Qué se busca proteger? 115 VII. Inscripción del derecho de aprovechamiento de aguas 118 VIII. La sobreprotección constitucional de los derechos de aprovechamiento de aguas 120 IX. Una autoridad débil que casi no puede imponer límites al ejercicio de los derechos ya otorgados ni ajustarlos a una realidad más desfavorable 127 X. Una auto-gestión de los derechos de aprovechamiento de aguas que no es “integrada” 129 XI. La extinción de los derechos de aprovechamiento de aguas en base al derecho civil 134 Conclusiones 140 Bibliografía 144 Capítulo IV. Restricciones o limitaciones a la explotación de las aguas subterráneas en chile: un modelo ambiental insuficiente en un contexto de cambio climático Verónica pía delgado schneider Introducción 152 I. La reforma al código de aguas de enero de 2018, mediante la ley nº 21.064 154 II. Elenco de medidas y su regulación 157 III. La declaración de escasez por sequía extraordinaria 161 IV. La reducción temporal del ejercicio de derechos de aguas subterráneas 164 1. Causales 168 2. Contenido de la medida 171 3. Procedimiento 173 4. Alzamiento de la medida 174 V. Declaración de área de restricción para nuevas explotaciones 175 1. Causal 176 2. ¿En qué consiste esta medida de “restricción”? 180 3. Alzamiento de la medida 184 VI. Declaración de zona de prohibición 184 1. Causal 185 2. ¿En qué consiste la medida? 186 3. Alzamiento de la medida 189 VII. Discusión y reflexiones 189 Conclusiones 195 Bibliografía 195 Capítulo V. La gestión del agua subterránea en chile “a la deriva”. Propuestas para el fortalecimiento de las comunidades de aguas Ovidio melo jara Verónica pía delgado schneider José luis arumí ribera María rafaela retamal díaz María ignacia sandoval muñoz Introducción 200 I. La formación del modelo de autogestión privada en el tiempo 201 II. La cuarta etapa: el cuestionamiento al modelo 210 1. La reforma del año 2005: una regulación mínima para las aguas subterráneas, nuevas reglas para las comunidades, se incorpora la “sustentabilidad” al código de aguas, hay un poco más de Estado, pero sin gestión integrada 210 2. La anunciada crisis hídrica y ambiental estalla 220 3. La reforma del año 2018: seguimos sin gestión integrada, sin mecanismos legales para el fortalecimiento de las oua, pero con “más estado” para controlar 224 III. Las iniciativas públicas dirigidas al “fortalecimiento” de las OUA 227 IV. Evaluación de los programas de fortalecimiento 230 Conclusiones 237 Bibliografía 240 Capítulo VI. La extracción ilegal de aguas subterráneas en chile: un nuevo modelo de control “menos privado” Verónica pía delgado schneider José luis arumí ribera Introducción 246 I. Casos considerados extracción “ilegal” 248 II. Lo incomprensible: antes de la reforma, entidades “privadas” a cargo –casi exclusivamente– de la fiscalización, control y sanción de las extracciones ilegales de aguas superficiales y subterráneas 250 III. A mayor abundamiento, sanciones irrisorias y débiles potestades de la DGA 253 IV. Análisis de la nueva ley nº 21.064 De 27 de enero de 2018 256 1. La reforma cambia el modelo de vigilancia y control de las aguas hacia uno “más” estatal 256 2. La reforma mejora la fiscalización en terreno y las potestades de la autoridad ante extracciones ilegales 262 3. El nuevo modelo administrativo infraccional aumenta las sanciones por extracción ilegal de aguas 268 Conclusiones 271 Bibliografía 273 Capítulo VII. La reforma al delito de usurpación de aguas en chile: solo una pincelada Verónica pía delgado schneider Introducción 276 I. Evaluación del modelo de fiscalización y persecución administrativa y penal existente antes de la reforma 277 II. Mejoras al modelo de fiscalización y control sobre la extracción ilegal de aguas por la ley Nº 21.064 de enero de 2018 283 III. El delito de usurpación de aguas. Análisis de la reforma 286 1. Bien jurídico tutelado 286 2. Ámbito de aplicación 292 2.1. Aguas terrestres y marítimas 292 2.2. Aguas superficiales y subterráneas 293 2.3. Aguas superficiales, corrientes y detenidas 295 3. Penas 298 4. Los criticados e insuficientes cambios de la reforma en la configuración de los delitos 299 Conclusiones 304 Bibliografía 306 Capítulo VIII. Reparación del daño ambiental causado a las aguas subterráneas en los tribunales de chile Verónica pía delgado schneider Introducción 310 I. Regulación del sistema de responsabilidad civil por daño ambiental 310 II. Legitimados para demandar ante el tribunal ambiental la reparación del daño ambiental puro 313 III. No es obligatorio acreditar ilegalidad, pero conviene hacerlo 316 IV. Plazo de prescripción 319 V. Existencia del daño ambiental puro 321 VI. La alteración al ambiente o uno de sus componentes debe ser significativa 323 VII. Contenido de la reparación del daño ambiental y la decisión de considerar un daño como irreparable 326 VIII. Estudio de casos 330 1. Caso de daño ambiental por extracción de aguas subterráneas en la cuenca Pampa del Tamarugal, en la Región de Tarapacá, caso resuelto por los Tribunales Ordinarios de Justicia. 330 2. Caso inversiones J y B Limitada contra Sociedad Contractual Minera Tambillos y otro, en la Región del Maule, caso resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental. 333 3. Junta de Vecinos Villa Disputada de Las Condes y otro, contra Ilustre Municipalidad de Nogales, en la Región de Valparaíso, caso rechazado por el segundo Tribunal Ambiental, pero invalidado por la Corte Suprema, acogiendo el daño ambiental (pero no a las aguas subterráneas). 339 4. Carlos Margozzini Cahis y otros, contra Jermán Kuschel Pohl y otros, en la Región de Los Lagos, caso resuelto por el Tercer Tribunal Ambiental. 342 5. Velozo Hugo Rafael Rencoret y otros, contra Consorcio Santa Marta S.A., En la Región Metropolitana de Santiago, caso resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental. 345 6. Estado de Chile contra Sociedad Contractual Minera Compañía Minera Maricunga, en la Región De Atacama, caso resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental. 351 Conclusiones 354 Bibliografía 358 Capítulo IX. Sobre la necesidad de considerar en chile áreas de protección de las aguas subterráneas para captaciones de agua potable Verónica pía delgado schneider José luis arumí ribera Óscar reicher salazar Introducción 364 I. Derecho español 372 II. Derecho estadounidense 376 III. Derecho chileno 379 IV. Proyectos de ley que postulan reformas a esta regulación 385 V. ¿Qué se protege realmente en chile con el área de protección prevista en el artículo 61 del Código de Aguas? 388 VI. Las zonas de protección o de prohibición específicas para las captaciones para agua potable no se aplican 389 Conclusiones 391 Bibliografía 396 |
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