Lecciones de Derecho Minero
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El profesor Francisco Gonçalvez, docente de la Facultad de Derecho en la Universidad Arturo Prat de Iquique, nos entrega una obra meditada y precisa, en virtud de la cual, se desarrolla nuestro derecho minero nacional desde una perspectiva sistemática y práctica, cuyas páginas van dirigidas para abogados del área, pero principalmente para los estudiantes que deseen comprender las instituciones principales de esta rama.
Así las cosas, el ordenamiento jurídico del a materia que nos convoca en las presentes lecciones, es desarrollado desde las nociones generales de la industria minera chilena, pasando por las bases constitucionales donde se asientan las mismas, siguiendo con la estructura procedimental de las concesiones, concluyendo en el análisis de la normativa vigente y leyes complementarias, incluidas las modificaciones que se introdujeron conforme la ley N° 21.420, las cuales entrarán en vigor el 1 de Enero de 2024.
Finalmente, el lector se nutrirá de un prontuario de escritos y escrituras de uso frecuente, los cuales, le permitirán, en definitiva, poder materializar el estudio y satisfacer las necesidades de los interesados mineros.
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Autor: Francisco Gonçalvez
Editorial : Ius Civile
Año de Publicación : 2023
Paginas : 249
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Description | Autor: Francisco Gonçalvez Editorial : Ius Civile Año de Publicación : 2023 Paginas : 249 | Editores : Daniela Rivera Bravo - Guillermo Donoso Harris Editorial: Der Ediciones Numero de Paginas: 336 Año de publicación: 2024 | Autor: Editorial Hammurabi Editorial :Hammurabi Año de Publicación : 2023 Paginas :168 | Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial: IUS CIVILE Año de Publicación: 2022 Paginas :266 | Autores: Moscoso Restovic - Pia Montserrat Editorial: Tirant lo Blanch Numero de Paginas: 582 Año de publicación: 2025 | Autor: Jorge Fiol Quinlan Editorial: Hammurabi Año de Publicación: 2023 Paginas :268 |
Content | El profesor Francisco Gonçalvez, docente de la Facultad de Derecho en la Universidad Arturo Prat de Iquique, nos entrega una obra meditada y precisa, en virtud de la cual, se desarrolla nuestro derecho minero nacional desde una perspectiva sistemática y práctica, cuyas páginas van dirigidas para abogados del área, pero principalmente para los estudiantes que deseen comprender las instituciones principales de esta rama. Así las cosas, el ordenamiento jurídico del a materia que nos convoca en las presentes lecciones, es desarrollado desde las nociones generales de la industria minera chilena, pasando por las bases constitucionales donde se asientan las mismas, siguiendo con la estructura procedimental de las concesiones, concluyendo en el análisis de la normativa vigente y leyes complementarias, incluidas las modificaciones que se introdujeron conforme la ley N° 21.420, las cuales entrarán en vigor el 1 de Enero de 2024. Finalmente, el lector se nutrirá de un prontuario de escritos y escrituras de uso frecuente, los cuales, le permitirán, en definitiva, poder materializar el estudio y satisfacer las necesidades de los interesados mineros. |
Este libro presenta dos apartados: "Estudios e investigaciones" y Puntos de vista". El apartado de "Estudios e investigaciones" se estructura en tres grandes secciones. La primera se enfoca en la "Institucionalidad y participación", explorando cómo la acción colectiva y la intervención estatal pueden contribuir a una gestión más equitativa y eficiente de los recursos hídricos. La segunda sección, dedicada a la "Gobernanza de cuencas", ofrece un análisis crítico de las políticas de gestión a nivel de cuencas hidrográficas, con especial atención a las experiencias chilenas y comparadas. Finalmente, la tercera sección, "Sequía y seguridad hídrica", examina las implicancias jurídicas asociadas a los períodos de sequía severa, proponiendo marcos regulatorios que permitan enfrentarlos de manera efectiva para no afectar la seguridad hídrica.
INSTITUCIONALIDAD Y PARTICIPACIÓN
1. EL ROL DE GOBIERNO Y DE LA ACCIÓN COLECTIVA: PILARES PARA UNA GOBERNANZA SOSTENIBLE Y SEGURA DEL AGUA
Elisa Blanco
1.1. Introducción: tipos de gobernanza de agua y relevancia actual
1.2. Caracterización de estructuras de gobernanza en base a revisión internacional
A) Agencia centralizada-descentralizada con consulta local
B) Autoridad descentralizada
C) Estructura técnica de gestión con comités consultivos
D) Empresas públicas de gestión de infraestructura
1.3. Las particularidades del caso chileno
1.4. Discusión y aprendizajes del estudio
A) El gobierno como facilitador técnico, creador del marco institucional y gran inversor
B) Sistema institucional descentralizado, enfocado en los usuarios desde la planificación nacional hacia abajo
C) Usuarios apoyando en el desarrollo de las políticas y en la operatividad, con recursos y asesoría técnica
D) El mercado como herramienta
E) La influencia de la historia y cultura
F) Gobernanza y seguridad hídrica
1.5.onclusiones
2. DESAFÍOS PARA UNA POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS HÍDRICOS: UNA COMISIÓN NACIONAL DE AGUAS
José Ignacio Morán - Cristián Vial
2.1. Introducción
2.2. La crisis hídrica en Chile
A) El cambio global
B) Falta de infraestructura y nuevas fuentes
C) Aspectos medioambientales
D) Problemas en la institucionalidad
2.3. Diagnóstico compartido sobre la necesidad de elaborar una política pública de largo plazo
2.4. Experiencias internacionales
A) Australia
B) Israel
C) California (Estados Unidos)
D) Elementos comunes a nivel comparado
2.5. Nuestra propuesta
A) Estabilidad
B) Capacidad técnica
C) Coordinación
D) Transparencia
a. Comisión Nacional de Aguas
b. Cambios en la institucionalidad actual
i. La G
ii. La Superintendencia del Agua
iii. Los tribunales del agua
2.6. Conclusiones
3. LA PARTICIPACIÓN EN LA GESTIÓN DEL AGUA. NUEVOS Y VIEJOS DEBATES EN EL DERECHO COLOMBIANO
Julián Pimiento - Angélica Rangel
3.1. Introducción
3.2. Participación, déficit y paradojas en la gestión del agua
A) Un contexto
B) Las dificultades de una toma de decisiones con enfoque democrático
C) Hacia un concepto de participación significativa en el marco de decisiones de carácter técnico
3.3. Participación y derechos de la naturaleza. Una tendencia cuestionable
3.4. Conclusiones
GOBERNANZA DE CUENCAS
4. AVANCES Y RETROCESOS DE LA PROPUESTA DE POLÍTICA DE CONSEJOS DE CUENCA DEL 2022 EN CHILE
Pilar Barría - Anahí Ocampo
4.1. Introducción
4.2. Contexto hidrológico y de escasez hídrica
4.3. Contexto normativo y político
A) Procesos constituyentes 2022 y 2023
B) Gobiernos regionales democráticamente electos e integración de gestión del agua en las Estrategias Regionales de Desarrollo
C) Reformas y nuevas iniciativas legales asociadas a la gestión hídrica
D) Experiencias e iniciativas previas de gobernanza del agua en el país
4.4. Iniciativa de consejos de cuenca 2022
A) Origen y desarrollo de la iniciativa
B) Análisis de avances y retrocesos del proceso
4.5. Discusión y conclusiones
5. ENTRE LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA Y GESTIÓN AMBIENTAL. ANÁLISIS CRÍTICO DE LOS CONSEJOS DE CUENCA
Christian Rojas
5.1. Introducción
5.2. El sistema jurídico del derecho de aguas
A) Derecho de aguas general
a. Constitución Política de la República
b. Código de Aguas
c. Decreto Supremo Nº 203, de 2014, Reglamento sobre exploración y explotación de aguas subterráneas
B) Derecho de aguas especial
a. Régimen jurídico del abastecimiento de agua potable, recogida de vertidos y saneamiento (urbano y rural)
b. Otras regulaciones especiales
C) La gran reforma al régimen general de los recursos hídricos continentales: el nuevo Código de Aguas a partir de la Ley Nº 21.435 de 2022 o la nueva época del derecho de aguas
a. Consideraciones generales sobre de la reforma y algunos cambios respecto del aprovechamiento del agua, sus funciones y los derechos de aprovechamiento
i. Consideraciones generales
ii. Del aprovechamiento del agua y sus funciones
iii. Nueva conceptualización y tratamiento de los derechos de aprovechamiento de aguas
b. Nuevas exigencias respecto de la constitución del derecho de aprovechamiento de aguas
i. Reiteración de tendencia desmercantilizadora
ii. Un efecto de la tendencia desmercantilizadora: casos de extinción de derechos de aprovechamiento constituidos de manera originaria por solo el ministerio de la ley y generación de preferencia para constitución de derechos de aprovechamiento
iii. Modificaciones relativas a derechos de aprovechamiento para uso doméstico, calificado y complementado
iv. Modificaciones relativas a derechos de aprovechamiento en yacimientos mineros o “derechos de agua del minero”
v. Leve densificación de la regulación sobre expropiación de derechos de aprovechamiento
vi. Prohibición para constituir sistemas de drenes y drenajes en zonas determinadas
c. La nueva y completa regulación en materia de aguas subterráneas
i. Antecedentes, tratamiento en general y destinación
ii. Nueva prohibición (ampliada y condicionada) de exploración de aguas subterráneas
iii. Limitación al ejercicio de derechos de aprovechamiento en zonas degradadas
iv. Modificación sustantiva sobre la declaración de zona de prohibición
v. Modificación sustantiva ahora sobre la declaración de áreas de restricción
vi. Desarrollo a nivel legal de la recarga artificial de acuíferos
vii. Evaluación de áreas de restricción y cambios respecto de la eventual transformación de derechos de aprovechamiento de provisorios a definitivos
viii. Finalmente, un sistema general de monitoreo de las aguas subterráneas y del ejercicio de los derechos de aprovechamiento constituidos sobre ellas
d. Las nuevas exigencias de registro obligatorio en el Catastro Público de Aguas y sus vinculaciones
5.3. Lo que evidentemente falta: la planificación hidrológica
A) Lo que han dicho los informes
B) La respuesta que da la planificación hidrológica
a. En general
b. Específicamente, en materia hídrica
c. Características y condiciones
C) En este contexto, el Reglamento sobre PERHC
5.4. Conclusiones
6. LECCIONES Y APRENDIZAJES DE EXPERIENCIAS COMPARADAS PARA LA GOBERNANZA DE CUENCAS EN CHILE
Guillermo Donoso - Daniela Rivera
6.1. Introducción
6.2. Experiencias internacionales en gobernanza de cuencas
A) Australia
B) Francia
C) México
D) Respuestas a interrogantes clave en casos de estudio
6.3. Lecciones para Chile
A) Lecciones particulares
B) Lecciones transversales
6.4. Conclusiones
SEQUÍA Y SEGURIDAD HÍDRICA
7. ESTATUTO REGULATORIO DE LA SEVERA SEQUÍA. ANÁLISIS DE LAS MODIFICACIONES INCORPORADAS POR LA LEY Nº 21.435 Y DE LA JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL
Rodrigo Herrera
7.1. Introducción
7.2. Decreto de escasez hídrica
A) Marco regulatorio
B) Modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.435
a. Severa sequía
b. Plazo de la declaración de escasez y posibilidad de prórroga
C) Jurisprudencia administrativa y judicial
a. Dictámenes Nºs. 420.599, 398.494 y 394.153 (2023)
b. “Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua con DGA” (2018)
7.3. Acuerdo de redistribución de aguas
A) Marco regulatorio
B) Modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.435
a. Establecimiento de plazos para la presentación y ejecución del acuerdo
b. Priorización del consumo humano
c. Regulación de las condiciones técnicas, obligaciones y limitaciones del acuerdo
d. Posibilidad de acuerdo previo y presentación de acuerdo durante la redistribución administrativa
C) Jurisprudencia administrativa y judicial
a. Dictamen Nº 52.947 (2020)
b. Dictamen Nº 346.302 (2023)
c. “Junta de Vigilancia de la Tercera Sección del Río Aconcagua con Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua” (2014)
d. “Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua con MOP” (2021)
e. “Sociedad Contractual Minera Los Pelambres con DGA” (2023) 207 7.4. Redistribución administrativa
A) Marco regulatorio
B) Modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.435
a. Priorización del consumo humano
b. Redistribución de aguas superficiales y subterráneas
c. Costos de la redistribución son de cargo de las juntas de vigilancia
C) Jurisprudencia administrativa y judicial
a. Dictámenes Nºs. 6.620 y 7.449 (1991)
b. Dictamen Nº 16.545 (1996)
c. Dictamen Nº 210.030 (2022)
d. Dictamen Nº 273.030 (2022)
e. Dictamen Nº 410.284 (2023)
f. “Junta de Vigilancia de la Tercera Sección del Río Aconcagua con Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua” (2014)
g. “Sociedad Contractual Minera Los Pelambres con DGA” (2023) 213 h. “Junta de Vigilancia de la Primera sección del Río Aconcagua con DGA” (2023)
7.5. Extracciones temporales y autorizaciones sin sujeción a las normas del Título I del Libro Segundo del Código de Aguas
A) Marco normativo
B) Modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.435
C) Jurisprudencia administrativa y judicial
a. Dictamen Nº 55.520 (2014)
b. Dictamen Nº 205.658 (2022)
7.6. Indemnización en caso de redistribución
A) Marco regulatorio
B) Modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.435
C) Jurisprudencia administrativa y judicial
7.7. Conclusiones
8. LA SEGURIDAD HÍDRICA COMO PARADIGMA EN ESCENARIOS DE SEVERA SEQUÍA
Tatiana Celume
8.1. Introducción
8.2. El régimen jurídico de las aguas y de los derechos de aprovechamiento
8.3. La sequía como fenómeno jurídico
A) Estado de escasez hídrica en Chile
B) La regulación del Código de Aguas frente a la escasez hídrica en Chile: análisis de mecanismos y prioridades
8.4.onclusiones
GESTIÓN DE CUENCAS Y ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUAS
9. ¿CONSEJOS DE CUENCA EN CHILE? ¿QUÉ QUEREMOS RESOLVER?
Manuel Ignacio Hertz
9.1. Situación actual del manejo de las aguas
A) Rol en la distribución
B) Funciones y atribuciones del Estado
C) Agua potable
D) Cuidado del medio ambiente
9.2. ¿Por qué los consejos de cuenca?
A) Objetivos de los consejos de cuenca. ¿Qué dicen los impulsores?
B) Programas de gobierno
C) Propuesta de texto constitucional de la Convención Constitucional (2022)
D) Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa
9.3. Decreto Nº 58 de 2022, del MMA
A) Análisis crítico
B) Experiencia de 16 pilotos. ¿Era necesario?
C) ¿Presentación de un proyecto de ley?
9.4. ¿Qué se quiere resolver?
A) Entrada en funcionamiento del Código de Aguas
B) Aprovechamiento de las instituciones actuales
C) Definir adecuadamente qué aspectos mejorar
D) Institucionalidad pública dispersa y pocos recursos
9.5. Conclusiones10. CONSEJOS DE CUENCA: UNA MIRADA DESDE LA EXPERIENCIA DE LA JUNTA DE VIGILANCIA DE LA CUENCA DEL RÍO BIOBÍO
Juan Vallejos - Santiago Acevedo
10.1. Introducción
10.2. Hombre, Estado y agua
10.3. La experiencia en la Junta de Vigilancia de la Cuenca del Río Biobío
A) Más agua
B) Más información
C) Más participación
10.4. Conclusiones
11. EXPERIENCIA A DIEZ AÑOS DE INICIADO EL PROCESO DE CONFORMACIÓN DE LAS COMUNIDADES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS SECTORES 1, 2, 3 Y 4 DEL ACUÍFERO DE COPIAPÓ
María Prohens - María Veroitza
11.1. Introducción
11.2. Proceso de conformación
11.3. Primeras acciones
11.4. Rol de las Comunidades de Aguas Subterráneas 1, 2, 3 y 4 del acuífero de Copiapó
11.5. Principales desafíos
11.6. Conclusiones
PLANIFICACIÓN HÍDRICA
12. EL DESAFÍO DE LA PLANIFICACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Claudio Reyes
12.1. Introducción
12.2. Gasto público e inversión en recursos hídricos
12.3. Plan nacional de recursos hídricos
12.4. ¿Cómo alcanzar la seguridad hídrica?
A) Primer paso: el balance hídrico
a. Soluciones para el balance hídrico
b. Abordar la brecha hídrica
B) Seguridad hídrica para las personas
C) Seguridad hídrica para los ecosistemas
D) Seguridad hídrica para las actividades productivas
E) Seguridad hídrica ante eventos extremos
F) Gestión institucional y gobernanza para la seguridad hídrica
G) Inversión respecto del PIB
H) Impacto del plan en el PIB
I) Niveles de gestión territorial
12.5. Conclusiones
| Indice-
DescripciónVisión Jurisprudencial de la ACCIÓN DE DEMARCACIÓN Y CERRAMIENTO | En la actualidad, el Estado compra, construye y se asocia con privados con una intensidad que no le conocíamos. Cada vez son mayores los volúmenes de compra que demandan los Órganos de la Administración del Estado y más variadas las obras que el Estado necesita construir y/o administrar con la ayuda de los particulares. Para alcanzar un desarrollo óptimo de esta nueva forma de gobernar –en ayuda con el sector privado– y que las asociaciones públicas-privadas sean beneficiosas tanto para la Administración Pública como para los particulares, es necesario que las reglas que regulan el procedimiento de formación de voluntad y ejecución del contrato administrativo sean claras y conocidas por las partes. En este contexto, la jurisprudencia y la doctrina juegan un rol importante. Ante la limitada capacidad de las Leyes y los Reglamentos para prever todas las situaciones que pueden darse, el rol de la jurisprudencia y la doctrina es colmar ese vacío con decisiones que sean adecuadas a los principios jurídicos que regulan la materia. Así, en lo que respecta a la contratación administrativa, se espera que el contenido de los principios introducidos por la LBCASYPS –tales como, igualdad de los oferentes, estricta sujeción a las bases y libre concurrencia de los oferentes– sea finalmente definido por un desarrollo jurisprudencial y académico robusto, coherente y fundamentado. Pretender que sea la propia LBCASYPS o su Reglamento los encargados de definir el contenido de dichos principios, es un despropósito. Debido a lo anterior, llama la atención que, a más de 10 años de la dictación de la Ley N° 19.886 (LBCASYPS), aún no exista certeza sobre el contenido de algunos de sus principios basales, como lo es, por ejemplo, el principio de igualdad de los oferentes. En concreto, es común ver en la jurisprudencia tanto administrativa como judicial que este principio es utilizado por los particulares como un broche de oro en sus respectivas demandas o denuncias, en las que en base a muy pocos fundamentos y apelando a un sentimiento común de justicia, se alega que cualquier tipo de infracción al CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE ordenamiento jurídico constituye una trasgresión al principio de igualdad. Y por el otro lado, advertimos que la CGR o el Tribunal encargado de resolver el conflicto, en no pocas ocasiones, hace suyo dichos argumentos y a través de una escasa fundamentación y desarrollo del principio, declara si éste ha sido transgredido o no. Por su parte, la doctrina nacional tampoco ha realizado esfuerzos por sistematizar el principio de igualdad de los oferentes y ello se ve reflejado en las escasas o casi inexistentes obras que lo tratan con profundidad. En este ámbito, el principal objeto de este estudio es sistematizar el contenido del principio de igualdad de los oferentes y definir sus características y efectos, determinando, por ejemplo, quién es el obligado, en qué tipo de cláusulas normativas y reglamentarias se encuentra regulado, a qué tipo de igualdad estamos hablando cuando nos referimos a la igualdad entre los oferentes y si se trata de una igualdad establecida como principio y/o valor general o como un derecho individual de los particulares. Aclarado lo anterior, estaremos en condiciones de establecer líneas o parámetros bajo los cuales podrá señalarse que el principio de igualdad ha sido infringido y, por el contrario, definir cuándo este principio no ha sido violado. Con este estudio, además, pretendemos analizar los parámetros o guías dictados por la jurisprudencia (administrativa y judicial) y la doctrina, para efectos de determinar si las decisiones o soluciones dictadas por aquellas se adecuan o no al contenido del principio de igualdad de los oferentes. Para alcanzar las conclusiones recién referidas, en primer término, estimamos necesario estudiar el contexto en el cual surgen y se desarrollan los contratos administrativos. Por esta razón, en el Primer Capítulo nos referiremos a la actividad contractual de la Administración –por oposición a su actividad unilateral de dictar actos administrativos– y cómo es que, en definitiva, la asociación entre el mundo público y privado –principalmente a través de los contratos– ha mutado la forma de gobernar y el concepto de administrado. Esta primera parte del Primer Capítulo finaliza con un análisis de los beneficios y costos de las asociaciones públicas y privadas. Estudiada la actividad contractual de la Administración, en la segunda parte de este Capítulo nos referiremos al contrato administrativo, específicamente, a su concepto, características y clasificación, destacando las particularidades de este tipo de acuerdo de voluntades que lo diferencian de los contratos celebrados bajo el régimen civil. Analizados los distintos tipos de contratos administrativos que se encuentran regulados por el ordenamiento jurídico nacional, en el Segundo Capítulo estudiaremos específicamente los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS. Así, en la primera parte de este Capítulo el objeto de estudio será la propia Ley y su Reglamento, centrándonos en Introducción definir las novedades que introdujo la dictación de la LBCASYPS. Luego, la segunda parte del Capítulo trata los aspectos conceptuales del contrato de suministro y prestación de servicios y la tercera parte se refiere a cada uno de los procedimientos de contratación administrativa regulados por la LBCASYPS y su Reglamento –esto son, la licitación pública, la licitación privada, el trato directo, la compra ágil, el convenio marco y el proceso de gran compra vía convenio marco–, destacando los principales problemas y desafíos que se han presentado en cada una de estas etapas. El Segundo Capítulo finaliza con un breve análisis de los principios introducidos por la LBCASYPS –el principio de estricta sujeción a las bases y el principio de libre concurrencia– para dar pie al análisis del principio objeto del presente estudio. Así, una vez definido el marco teórico del presente estudio –esto es, la actividad contractual y los contratos administrativos celebrados bajo la LBCASYPS y su Reglamento– el Tercer Capítulo se refiere de manera específica al principio de igualdad de los oferentes. Para efectos de definir el objeto del estudio, estimamos pertinente, en primer lugar, referirnos a los aspectos conceptuales de este principio. Así, en esta primera parte del Capítulo se analizan –con el fin de una comparación posterior– las distintas concepciones del principio de igualdad en materia constitucional, para luego analizar los diferentes entendimientos del principio de igualdad de los oferentes. La segunda parte de este Capítulo constituye un estudio de las manifestaciones y excepciones al principio comento, utilizando como parámetro las regulaciones, la jurisprudencia y la doctrina que existen sobre la materia. Para efectos de un correcto entendimiento, este análisis se encuentra expuesto por orden cronológico, según las principales etapas de los procedimientos administrativos de contratación y busca poner en evidencia cómo es que, en la práctica, se ha aplicado el principio de igualdad de los oferentes. Asimismo, este estudio busca levantar algunas inconsistencias en la jurisprudencia judicial y administrativa Autora: Carola Paz Cotroneo Ormeño Editorial IUS CIVILE Índice Tabla de abreviaturas………………………………………… 9 Introducción………………………………………………. 11 Capítulo I LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA……….. 15 Primera Parte FUNDAMENTOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN……….. 15 I. Relevancia de la contratación administrativa……………………. 15 II. El origen de la actividad contractual de la Administración………….. 17 III. La actividad contractual de la Administración como una nueva forma de administrar. . . . . . . 20 IV. Beneficios de la asociación público-privada…………………….. 24 1. Generaría mayor competencia, aumentando los incentivos para prestar el servicio de manera eficiente…………………………… 25 2. Dotaría de mayor transparencia, publicidad y “accountability” a los procesos de compra y negociación…………………………… 27 3. Mejoraría la calidad de los servicios gracias al conocimiento e infraestructura del sector privado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4. Aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales……………………………….. 29 V. Críticas a la asociación público-privada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 1. La asociación pública-privada no generaría mayor competencia ni sería más eficiente……………………………………….. 31 ÍNDICE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 258 2. Los privados no se encontrarían sujetos a los valores de transparencia, publicidad y “accountability” con la misma intensidad que el sector público . … . . . . . . . . . . . . . . 33 3. Los conflictos de intereses entre las metas públicas y privadas impedirían mejorar la calidad de los bienes y servicios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 4. No sería efectivo que aumentaría la participación y adherencia de los ciudadanos a las decisiones gubernamentales………………… 36 Segunda Parte EL CONTRATO ADMINISTRATIVO. . . . . . . . . . . . . . . 38 I. Concepto de contrato administrativo…………………………. 38 II. Características del contrato administrativo…………………….. 39 1. El contrato administrativo se encuentra sometido a un régimen de Derecho Público en unión con herramientas del Derecho Privado…… 40 2. Tiene por objeto satisfacer una necesidad pública…………….. 42 3. Los efectos del contrato administrativo se definen en razón del interés público involucrado y pueden incluso alcanzar a terceros……….. 43 4. Es un contrato “intuito personae” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 5. Dispone de cláusulas exorbitantes en favor de la Administración….. 45 5.1. El poder de interpretación unilateral del contrato………… 47 5.2. El poder de dirección, fiscalización, inspección y control……. 48 5.3. El poder sancionatorio o correctivo de la Administración…… 49 5.4. El poder de modificación unilateral del contrato (“ius variandi”). . 50 5.5. El poder de terminación unilateral del contrato. . . . . . . . . . . . . . 52 III. Clases de contratos que celebra la administración: con transferencia de funciones públicas y sin transferencia de funciones públicas………… 54 1. Contratos en que existe transferencia de funciones públicas al sector privado… … 55 2. Contratos en que no existe transferencia de funciones públicas al sector privado. . . . … … 58 IV. Tipos de contratos administrativos regulados por el ordenamiento jurídico chileno……. 60 1. Contrato de obra pública regulado en la LOCMOP y el RCOP……. 61 2. Contrato de concesión………………………………… 62 2.1. Contrato de concesión de obra pública regulado por la LCOP y el RLCOP… 63 2.2. Contrato de concesión de servicio público………………. 65 2.3. Contrato de concesión municipal bajo la LOCM………….. 66 Índice 259 Capítulo II EL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS BAJO LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO… 69 Primera Parte LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO…………… 69 I. Los orígenes de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 II. Objetivos de la LBCASYPS y su Reglamento……………………. 70 1. Lograr un uso eficiente de los recursos públicos……………… 70 2. Utilizar las compras públicas como una herramienta para ejecutar Políticas públicas sustentables e inclusivas…………………… 73 III. Aplicación de la LBCASYPS y su Reglamento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 1. Ámbito de aplicación material. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 2. Ámbito de aplicación subjetivo…………………………… 76 IV. Características de la LBCASYPS…………………………….. 78 1. Es una Ley de bases…………………………………… 78 2. Es una norma de aplicación directa……………………….. 79 3. Constituye un cuerpo de principios y reglas jurídicas aplicables supletoriamente a otros tipos de contratos administrativos………….. 79 V. La nueva institucionalidad que introdujo la LBCASYPS……………. 80 1. TCP………………………………………………. 80 2. DCYCP……………………………………………. 87 3. Sistema de Información……………………………….. 88 3.1. Obligación de inscripción en el Registro Electrónico de contratistas o proveedores . . . . 89 3.2. Obligación de contratar electrónicamente………………. 89 3.3. Obligación de suministrar información básica……………. 90 Segunda Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS. . . . . . . . . 91 I. Concepto……………………………………………… 91 II. Características…………………………………………. 92 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 260 Tercera Parte LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGULADOS POR LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO……. 92 I. La licitación pública……………………………………… 94 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95 3. Características………………………………………. 98 3.1. Es un procedimiento concursal abierto………………… 98 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 98 4. Principales etapas……………………………………. 99 4.1. Preparación o elaboración de las bases de licitación……….. 99 4.2. El llamado o aviso a participar en la licitación pública……… 105 4.3. Período de consultas y aclaraciones……………………. 106 4.4. Presentación y recepción de ofertas…………………… 107 4.5. Apertura de ofertas……………………………….. 109 4.6. Evaluación de las ofertas……………………………. 110 4.7. Adjudicación del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112 4.8. Perfeccionamiento del contrato……………………… 116 II. Licitación privada……………………………………….. 117 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 118 3. Características………………………………………. 119 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 119 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 119 3.3. Subsidiariamente le son aplicables las normas de la licitación pública…. 120 4. Principales etapas……………………………………. 120 4.1. Dictación y publicación de la resolución fundada que dispone la licitación privada…… 120 4.2. Preparación y elaboración de las bases de licitación privada….. 121 4.3. Invitación a participar……………………………… 121 4.4. Recepción y evaluación de ofertas…………………….. 122 4.5. Adjudicación y perfeccionamiento del contrato………….. 123 III. Trato o contratación directa……………………………….. 123 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 124 Índice 261 3. Características………………………………………. 125 3.1. No es un procedimiento concursal, sino una negociación directa. 125 3.2. Es un mecanismo de carácter excepcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación pública y privada. 127 4. Principales etapas……………………………………. 127 4.1. Cotizaciones previas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127 4.2. Dictación y publicación de la resolución fundada por medio de la cual se procede al trato directo e identificación del contratante. 128 4.3. Celebración del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 IV. Compra Ágil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 130 3. Características………………………………………. 131 3.1. Es un procedimiento concursal cerrado………………… 131 3.2. Es un mecanismo de carácter obligatorio……………….. 132 3.3. Subsidiariamente, le son aplicables las normas de la licitación privada………………………………………… 132 4. Principales etapas……………………………………. 132 4.1. Requerimiento de 3 cotizaciones……………………… 132 4.2. Emisión y posterior aceptación de la orden de compra……… 133 V. Convenio marco…………… 133 1. Concepto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133 2. Procedencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 3. Características………………………………………. 135 3.1. En ciertos aspectos es un mecanismo de carácter Concursal y, en otros, es una negociación……..135 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 136 4. Principales etapas……………………………………. 137 4.1. Suscripción del convenio marco por la DCYCP. . . . . . . . . . . . . . . 137 4.2. Suscripción del convenio marco por la entidad licitante…….. 139 VI. Gran compra vía convenio marco……………………………. 139 1. Concepto………………………………………. 139 2. Procedencia…………………………………….. 140 3. Características…………………………………… 140 3.1. En ciertos aspectos es un procedimiento concursal abierto y en otros es cerrado …………… 141 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 262 3.2. Es un procedimiento obligatorio……………………… 141 3.3. Supletoriamente, se le aplican todas las disposiciones del RLBCASYPS…………………………………….. 141 4. Principales etapas……………………………………. 141 4.1. Comunicación de la intención de compra. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142 4.2. Presentación y evaluación de ofertas…………………… 142 4.3. Adjudicación, dictación del acto administrativo y suscripción del acuerdo complementario…………………………… 143 Cuarta Parte LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LBCASYPS Y SU REGLAMENTO………….. 144 I. Principio de estricta sujeción a las bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144 II. Principio de libre concurrencia……………………………… 147 Capítulo III EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES. . . . . 151 Primera Parte ASPECTOS CONCEPTUALES DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………………… 151 I. El principio de igualdad en la CPR…………………………… 151 1. Igualdad general. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 152 2. La igualdad como protección de bienes públicos importantes. . . . . . . 156 3. Igualdad como no discriminación por factores pertenecientes a grupos…. 156 4. Igualdad como obligación positiva de promover la igualdad de oportunidades……… 158 II. El principio de igualdad en las contrataciones administrativas………. 159 III. Elementos sustantivos (dimensión formal) del principio de igualdad de los oferentes regulado en el artículo 9 de la LOCBGAE……….. 161 IV. La tautología del contenido del principio de igualdad de los oferentes en La jurisprudencia del TCP y la CGR. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164 V. Distintas concepciones del principio de igualdad de los oferentes. . . . . . . 167 1. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una igualdad de trato….. 167 263 2. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una prohibición de privilegios… 168 3. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de imparcialidad… 169 4. El principio de igualdad de los oferentes entendido como una garantía de igualdad de oportunidades. . . . . 170 5. El principio de igualdad de los oferentes como igual sujeción a las base. .. . .. . . . 171 VI. Infracciones al principio de igualdad de los oferentes…………….. 172 1. Otorgar un privilegio a un oferente en desmedro del resto de los proponentes…………………………………………… 173 2. Establecer un trato desigual entre los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175 3. Causar un perjuicio al resto de los participantes………………. 177 4. Dejar a un oferente en desventaja respecto con el resto………… 177 5. Comparar ofertas que no resultan del todo comparables……….. 178 Segunda Parte MANIFESTACIONES Y EXCEPCIONES AL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES………….. 179 I. Fase preparatoria a la licitación…………………………….. 179 1. El estudio de mercado previo debe efectuarse considerando a todos los Oferentes…………………………………………… 180 2. El diseño de las bases debe efectuarse con confidencialidad……… 180 3. La entidad licitante debe utilizar el procedimiento de contratación Administrativa que la LBCASYPS y el RLBCASYPS determinan para cada Caso en particular…………………………………….. 181 II. Elaboración, diseño y publicación de las bases de la licitación……….. 182 1. Las bases deben estar formuladas con un lenguaje preciso y directo…………. 183 2. El orden de prelación que existe entre los documentos que rigen la Licitación no puede ser modificado……………………….. 184 3. El contenido de las bases no puede ser objeto de negociaciones entre La Administración y el oferente…………………………… 185 4. Las condiciones y reglas fijadas en las bases no pueden establecer diferencias arbitrarias entre los proponentes……………………. 186 5. Las características o estándares de los bienes o servicios solicitados deben Ser descritos de manera objetiva………………………….. 188 5.1. Las bases no pueden solicitar marcas específicas………….. 189 5.2. No se pueden describir los bienes o servicios requeridos de manera tal que sólo un proveedor pueda cumplir con dichas exigencias. 191 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA E IGUALDAD DE LOS OFERENTES EN CHILE 264 6. El contenido de las bases no puede ser modificado, sino muy limitadamente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192 5.1. El contenido de las bases puede ser modificado antes del cierre De la recepción de las ofertas siempre que se otorgue un plazo Prudencial a los proveedores para adecuar sus propuestas…… 193 5.2. Luego del cierre de la recepción de las ofertas, el contenido de Las bases no puede ser modificado, a menos que se resguarden los Eventuales derechos de los oferentes…………………… 194 5.3. El contenido de las bases no puede ser modificado durante el Periodo de preguntas y aclaraciones…………………… 196 5.4. En caso de que una licitación pública o privada sea declarada Desierta, el contenido de las bases de la nueva licitación o trato Directo no puede ser modificado……………………… 197 III. Llamado a los oferentes…………………………………… 198 1. El llamado debe ser público y gratuito……………………… 199 2. El llamado debe ser abierto…………………………….. 200 IV. Presentación de ofertas…………………………………… 202 1. Las ofertas deben someterse a los requisitos exigidos en las bases…. 203 1.1. Excepción: pueden aceptarse las ofertas que no cumplen con los Requisitos formales, no esenciales, exigidos en las bases. . . . . . . . 204 2. Las ofertas deben contener todos los documentos y antecedentes exigidos En las bases, por lo que no pueden admitirse ofertas incompletas…. 207 2.1. No procede la aceptación de ofertas incompletas, aun cuando las Omisiones hayan sido justificadas por el oferente afectado…… 208 2.2. No procede aceptar ofertas incompletas, aun cuando la entidad Licitante cuente con los documentos omitidos por haber sido presentados en licitaciones anteriores……………………. 209 2.3. No procede que la entidad licitante acepte documentos equivalentes a los solicitados en los respectivos pliegos ……………….. 209 2.4. No procede la aceptación de ofertas incompletas amparándose en Que los archivos digitales contenían errores técnicos……….. 210 2.5. Excepción: pueden aceptarse ofertas incompletas siempre y cuando La omisión recaiga en aspectos formales, no esenciales exigidos en Las bases. . . . . . . 211 3. Las ofertas no pueden ofrecer bienes o servicios adicionales a los solicitados, aun cuando aquel ofrecimiento no implique un mayor gasto Para la Administración…………… 211 4. Las ofertas deben ser presentadas dentro del plazo establecido en las Bases. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213 5. No pueden admitirse modificaciones a las ofertas…………….. 214 Índice 265 5.1. Primera excepción: facultad de la autoridad licitante para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales . . . . . . . . 215 5.2. Segunda excepción: facultad de la entidad licitante para solicitar Aclaraciones de las ofertas………………………….. 219 6. Cada oferente tiene el derecho a presentar una sola oferta………. 221 V. Las garantías o cauciones………………………………….. 223 1. La entidad licitante debe solicitar a todos los oferentes una garantía que Cumpla con las mismas condiciones……………………….. 223 1.1. Todos los oferentes deben presentar una garantía…………. 223 1.2. Las garantías presentadas por los oferentes deben cumplir con las mismas Condiciones……………………………… 223 2. El monto de las garantías no debe significar una discriminación arbitraria para las empresas y oferentes más pequeños…………………. 225 VI. Evaluación de las ofertas………………………………….. 226 1. La evaluación de las ofertas debe realizarse por medio de una comisión Imparcial…………………………………………… 227 1.1. Los miembros de la Comisión Evaluadora no pueden tener conflictos de interés…………………………………. 227 1.2. Prohibición de contacto entre los miembros de la Comisión Evaluadora y los oferentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 228 2. La evaluación de las ofertas debe efectuarse de conformidad con los Criterios, puntajes y ponderaciones establecidos en las bases……… 230 3. Las ofertas deben ser evaluadas en base a criterios objetivos……… 233 VII. Adjudicación y ejecución del contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238 1. La adjudicación debe realizarse de conformidad con los mecanismos Definidos en las bases………………………………….. 238 2. El pago del contrato debe realizarse de conformidad a lo estipulado en las bases…………………………………………… 239 3. El contrato no puede ser modificado………………………. 239 3.1. Primera excepción: los contratos administrativos pueden ser Objeto de modificaciones cuando así lo permitan las bases y/o el Contrato……………………….. 241 3.2. Segunda excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones en caso de que ocurra un caso fortuito o fuerza mayor………………………………………….243 3.3. Tercera excepción: los contratos administrativos pueden ser objeto de modificaciones que no alteren su esencia. . . . . . . . . . . . . . . . . 245 Conclusiones……………………………………………… 247 Bibliografía……………………………………………….. 249 | TEXTO EN PREVENTA HASTA ENERO 2025DESPACHOS QUINCENA FEBREROIncluye: Normas Constitucionales atingentes. Ley Nº 18.097, Ley Orgánica Constitucional Sobre Concesiones Mineras Decreto Nº 2275, Tratado con Argentina sobre Integración y Complementación Minera Ley Nº 21.591, Ley sobre Royalty a la Minería Decreto Nº 1 Reglamento del Código de Minería Decreto Nº 132 Reglamento de Seguridad Minera D.F.L. Nº 302 aprueba disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería D. L. Nº 3.525 Crea Servicio Nacional de Geología y Minería Ley Nº 20.551 Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras Decreto Nº 41 Reglamento de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras Decreto Nº 104 Reglamento que regula entrega de información de carácter general obtenida de los trabajos de exploración geológica básica Resolución Exenta Nº 747 Establece categorías de contravenciones a los reglamentos de policía y seguridad minera y señala sanciones para cada caso INDICE Prefacio a la IV Edición 11 PRÓLOGO. A LOS 40 AÑOS DEL CÓDIGO DE MINERÍA 13 CÓDIGO DE MINERÍA DE CHILE TÍTULO I. DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS 19 Párrafo 1º Normas generales 19 Párrafo 2º De la facultad de catar y cavar 24 TÍTULO II. DE LA CAPACIDAD PARA ADQUIRIR DERECHOS MINEROS 29 TÍTULO III. DEL OBJETO Y FORMA DE LAS CONCESIONES MINERAS 31 TÍTULO IV. DE LAS DEMASÍAS 32 TÍTULO V. DEL PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DE LAS CONCESIONES MINERAS 33 Párrafo 1º Del pedimento y de la manifestación 33 Párrafo 2º De los trámites posteriores al pedimento 40 Párrafo 3º De los trámites posteriores a la manifestación 42 Sección 1ª De las oposiciones a la solicitud de mensura 43 Sección 2ª De la mensura 48 Sección 3ª Del acta de mensura 50 Párrafo 4º De la sentencia constitutiva de la concesión 54 TÍTULO VI. DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA CONSTITUTIVA DE LA CONCESIÓN 57 TÍTULO VII. DEL CONSERVADOR DE MINAS 60 TÍTULO VIII. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOS MINEROS 62 Párrafo 1º Disposiciones comunes 62 Párrafo 2º De los derechos y obligaciones especiales del titular de concesión de exploración 63 Párrafo 3º De los derechos y obligaciones especiales de los titulares de pertenencias 65 TÍTULO IX. DE LA EXPLORACIÓN Y DE LA EXPLOTACIÓN MINERAS 67 Párrafo 1º De las servidumbres que gravan los predios superficiales 67 Párrafo 2º De las servidumbres que se deben las concesiones mineras entre sí 68 Párrafo 3º De las internaciones 71 TÍTULO X. DEL AMPARO, EXTINCIÓN Y CADUCIDAD DE LAS CONCESIONES MINERAS 72 Párrafo 1º Del amparo 72 Párrafo 2º De los efectos del desamparo 78 Párrafo 3º De las demás causales de extinción de las concesiones mineras 82 Párrafo 4º De los efectos tributarios del pago de la patente 82 TÍTULO XI. DE LOS CONTRATOS Y CUASICONTRATOS 85 Párrafo 1º De la promesa y otros contratos 85 Párrafo 2º De las sociedades 86 Sección 1ª De las sociedades que nacen de un hecho 86 Sección 2ª De las sociedades que nacen de un contrato 95 Párrafo 3º Del avío 97 Párrafo 4º De la hipoteca 99 TÍTULO XII. DE LA REIVINDICACIÓN DE LOS MINERALES 100 TÍTULO XIII. DE LOS DERECHOS DE LOS ACREEDORES 100 TÍTULO XIV. DE LA COMPETENCIA EN GENERAL Y EL PROCEDIMIENTO 102 TÍTULO XV. DISPOSICIONES GENERALES 104 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 107 TÍTULO FINAL 116 ÍNDICE ANALÍTICO 117 APÉNDICE DE LEYES COMPLEMENTARIAS NORMAS CONSTITUCIONALES - DECRETO Nº 100 DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE 127 LEY Nº 18.097 - LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE CONCESIONES MINERAS 131 DECRETO Nº 2275. PROMULGA EL TRATADO CON ARGENTINA SOBRE INTEGRACIÓN Y COMPLEMENTACION MINERA 143 LEY Nº 21.591. SOBRE ROYALTY A LA MINERÍA, PROMULGADA 3 DE AGOSTO DEL 2023 159 DECRETO Nº 1 DEL MINISTERIO DE MINERÍA, PROMULGADO CON FECHA 3 DE ENERO DE 1986, QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE MINERÍA 181 DECRETO Nº 132 DEL MINISTERIO DE MINERÍA, PROMULGADO CON FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2002, QUE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA 225 DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 302 DEL MINISTERIO DE HACIENDA, PROMULGADO CON FECHA 31 DE MARZO DE 1960, QUE APRUEBA DISPOSICIONES ORGÁNICAS Y REGLAMENTARIAS DEL MINISTERIO DE MINERÍA 441 DECRETO LEY Nº 3.525 DEL MINISTERIO DE MINERÍA, PROMULGADO CON FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1980, QUE CREA EL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA 445 LEY Nº 20.551 QUE REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS 459 DECRETO Nº 41 DEL MINISTERIO DE MINERÍA, PROMULGADO CON FECHA 4 DE SEPTIEMBRE DE 2012, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS 501 DECRETO Nº 104 DEL MINISTERIO DE MINERÍA, PROMULGADO CON FECHA 20 DE JUNIO DE 2016, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN DE CARÁCTER GENERAL OBTENIDA DE LOS TRABAJOS DE EXPLORACIÓN GEOLÓGICA BÁSICA 557 RESOLUCIÓN EXENTA Nº 747 DEL MINISTERIO DE MINERÍA QUE APRUEBA NORMA QUE ESTABLECE CATEGORÍAS DE CONTRAVENCIONES A LOS REGLAMENTOS DE POLICÍA Y SEGURIDAD MINERA Y SEÑALA SANCIONES PARA CADA CASO 569 SOBRE LA AUTORA 579 | El presente manual tiene por objetivo brindarle al lector un análisis completo, exhaustivo y detallado del Derecho Penal Juvenil. Se encuentra compuesto por diez módulos, los cuales están separados temáticamente en base a una dinámica de aprendizaje similar a la de un curso de derecho penal. El primero modulo, denominado Aproximaciones a la Delincuencia Juvenil, contempla un estudio respecto de las cuestiones preliminares de la delincuencia juvenil, también de las diferentes concepciones respecto de la responsabilidad penal juvenil y por último analiza los cambios estructurales en la persecución penal juvenil que ha existido en nuestro país. El segundo modulo, denominado Derecho Penal Juvenil, contempla un estudio respecto de esta rama del derecho penal, como también se analizan las principales teorías criminológicas que intentan explicar la delincuencia juvenil y por último se realiza un análisis dogmático respecto de la exigibilidad de una responsabilidad penal de los niños, niñas y adolescentes. El tercer modulo, revisa la normativa internacional en materia de justicia juvenil. El cuarto modulo analiza detalladamente los aspectos sustantivos de la Ley N.º 20.084. El quinto modulo analiza las instituciones vinculadas a la justicia juvenil en nuestro país y como ha sido la evolución de las políticas publicas relacionadas con la infancia. El sexto modulo analiza detalladamente los aspectos procesales de la Ley N.º 20.084 y diversas temáticas no resueltas. El séptimo modulo, analiza dogmáticamente la institución del procedimiento abreviado y su eventual procedencia respecto de imputados adolescentes. El octavo modulo, analiza en detalle el sistema de ejecución de las sanciones impuestas en virtud de la Ley N.º 20.084. El noveno modulo analiza el procedimiento contravencional ante los Juzgados de Familia y la situación actual de los niños y niñas acusados en nuestro país de hacer cometido un ilícito penal. Por último, se realiza un análisis de la figura del defensor penal de adolescente y del tratamiento que deben tener éstos en la realización de audiencias penales. |
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