Inoponibilidad, nulidad e imprevisión. 2a Edición actualizada y aumentada año 2026
Inoponibilidad, nulidad e imprevisión. 2a Edición actualizada y aumentada año 2026
Integridad Pública
- Preámbulo. La integridad pública, al parecer no basta con el estricto cumplimiento del principio de probidad administrativa
- Panorama en torno a la probidad y corrupción en Chile. Un “paisaje” desolador3. Integridad pública • Función Pública • Recursos Públicos • Transparencia • Política • Sector Privado
- ¿Qué debemos entender por corrupción?
- Enfoques para arribar a un concepto de probidad 1. Desde el punto de vista de la ética del Servicio Público 2. Desde el punto de vista de la ciencia de la administración 3. Desde el punto de vista del derecho6. Probidad y Corrupción • Significado del término probidad • Significado de la voz corrupción • Distintas connotaciones de la corrupción a) Corrupción individual b) Corrupción generalizada en el Estado c) Sistémica, subsistémica y dispersa d) Política y administrativa e) Individual y corporativa 7. Consagración en el derecho positivo del principio de probidad y transparencia • Inhabilidades • Incompatibilidades
- Ámbito de aplicación del principio de probidad ¿Quiénes están sujetos al principio de probidad?
- La transgresión al principio de ética o probidad es una realidad con la que la sociedad convive
- El Whistleblowing
- Compliance
- Contraloría General de la RepúblicaCAPÍTULO II ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y FUNCIÓN PÚBLICA
- Breve introducción 2. ¿Qué entendemos por administración y administración pública? 3. La función pública 4. Regulación normativa de la función pública 5. Principios que informan la función pública 6. Principios jurídicos que informan la función públicaCAPÍTULO III RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA LAS OBLIGACIONES FUNCIONARIAS
- Consideraciones generales2. Garantías o principios que constituyen límite y/u orientan el ejercicio de la potestad disciplinaria a) El debido proceso b) El derecho a defensa c) Independencia de las sanciones d) La proporcionalidad de las sanciones e) La legalidad de las sanciones f) El principio pro reo g) Imparcialidad y Objetividad h) Instancias diferenciadas i) Universalidad j) El principio de inexcusabilidad k) Principio de Interdicción de la Arbitrariedad 3. Deberes y obligaciones funcionarias 4. Revisión de las obligaciones funcionarias • Artículo 61. Serán obligaciones de cada funcionario • Obligaciones propias de autoridades y jefaturas (artículo 64)
- Prohibiciones funcionarias
- Persecución de la responsabilidad administrativa
- Órganos competentes
- ProcedimientoCAPÍTULO IV ESTATUTO DE PROTECCIÓN AL FUNCIONARIO/A QUE DENUNCIA. PILAR PARA AVANZAR EN UN ECOSISTEMA DE INTEGRIDAD
- Introducción
- Aplicación del estatuto de protección. Artículos 90a y 90b del estatuto administrativo en caso de denuncias, por acoso o maltrato laboral y/o acoso sexual
- Resumen estatuto de protección. Obligaciones que nacen en el ámbito administrativo y penal, conforme lo dispone la Ley No 21.643 • ¿Qué ordena la ley respecto a la canalización de las denuncias sobre faltas a la probidad y corrupción? • ¿Qué debe contener la denuncia? • ¿La protección es un derecho del denunciante? . • ¿Qué sigue después de la denuncia? • ¿Qué pasa si la Contraloría advierte un delito? • ¿Cómo opera la reserva de la denuncia? • ¿El personal de la administración del Estado tiene el deber de denunciar? • ¿Qué medidas preventivas de protección existen a favor del personal de la administración del Estado? • ¿Puede un denunciante alegar que sufrió represalias? • ¿Cómo opera la cooperación eficaz? • ¿Se puede denunciar a empresas a través del canal? • ¿Qué cambio se incorpora al estatuto administrativo? • ¿Cómo se mantendrá la reserva de identidad en los procesos penales? • ¿El imputado puede pedir que se anule la reserva de identidad del denunciante? • ¿Qué sanciones se aplican por denuncias maliciosamente falsas?CAPÍTULO V NORMATIVA SOBRE PROBIDAD, TRANSPARENCIA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS. MANIFESTACIÓN DEL SISTEMA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
- Prevención de conflictos de interés a. Conflicto real b. Conflicto aparente c. Conflicto potencial
- Inhabilidades de ingreso
- Inhabilidades de ingreso relacionadas con el principio de probidad administrativa • Cese anterior en un cargo público por mala calificación o por destitución • Condena por crimen o simple delito o inhabilitación para ejercer funciones o cargos públicos • Conflictos de interés (contratos, litigios y parentesco) – Contratistas – Litigantes – Familiares – Dependencia de las drogas
- Inhabilidad/prohibición especial Ley No 19.995
- Prohibiciones en el marco de la ley de probidad
- ¿Cómo acredita una persona no estar incluida en alguna causal de inhabilidad?
- ¿Qué pasa si de todas formas se nombra o contrata a una persona que incurre en una causal de inhabilidad? El funcionario de hecho
- ¿Se aplican estas inhabilidades a las personas contratadas a honorarios o según el Código del Trabajo?
- Personas contratadas mediante un contrato del trabajo
- ¿Qué pasa si alguna de las inhabilidades relacionadas directamente con la probidad se presenta después que la persona ingresó a la administración?
- Incompatibilidades • Incompatibilidad entre empleos públicos
- Ley No 20.880 • Autoridades y funcionarios obligados a presentar la declaración de intereses y la declaración de patrimonio • Oportunidad de la declaración • Forma de realizar la declaración • Contenido del formulario • Contenido de la declaración • Responsabilidades y sanciones por infracciones al deber de efectuar la declaración de intereses y patrimonio de las autoridades y funcionarios de la administración del Estado • Procedimiento sancionatorio, en caso de incumplimiento del deber de declarar • Infracciones a las normas de mandato y obligaciones de enajenar • El mandato de administración • De las enajenaciones a que obliga esta ley
- Ley No 20.730 • ¿Qué es una gestión de interés particular? • Sujetos pasivos de lobby • ¿Sobre qué decisiones puede ejercerse el lobby? • ¿Qué deberes tienen los sujetos pasivos? • ¿En qué consiste la obligación de registro de los sujetos pasivos? • ¿Qué sanciones contempla la ley para los sujetos pasivos que no cumplen con los deberes establecidos en la ley? • ¿Qué actividades no regula la ley?
- Ley No 21.634 • Canal de denuncia reservada
- Ley No 20.285CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS
- Conceptos introductorios
- La potestad disciplinaria. Fundamentos3. Modificaciones introducidas por la Ley Karin, a los procedimientos disciplinarios a) El acoso sexual b) El acoso laboral c) La violencia en el trabajo
- Procedimientos disciplinarios
- La investigación sumaria A. Instalación del investigador B. Etapa indagatoria C. Etapa acusatoria D. Información a la autoridad superior E. Etapa resolutiva F. Etapa de impugnación – Características de la investigación sumaria – Objeto de la investigación sumaria – Notificaciones durante la investigación sumaria – Sanciones – Los plazos – Paso a sumario administrativo
- El sumario administrativo
- Descripción esquemática de la tramitación de un sumario administrativo • Etapa Indagatoria • Etapa Acusatoria • Etapa Informativa • Etapa Resolutiva • Etapa de Recursiva
- Las medidas o sanciones disciplinarias • La censura • La multa • La suspensión • La destitución • Autoridad llamada a instruir sumario administrativo • Características del sumario administrativo – Inicio de sumario administrativo – Designación de fiscal ad hoc – Foliación del sumario – Notificaciones dentro del sumario – Recusación o implicancia del fiscal o del actuario – Facultades del fiscal – Plazo de investigación – Suspensión de funciones – Término de la etapa de investigación – Sobreseimiento – Formulación de cargos – Notificación de cargos – Solicitud de rendición de prueba – Dictamen del fiscal – Remisión de antecedentes a justicia ordinaria – Impugnación de la resolución – Vicios de procedimiento • Tramitación de los procedimientos disciplinarios. Modelo esquemático • Breve descripción de las características de los procedimientos disciplinarios • Boletín No 17927-06 • Formularios para la tramitación de procedimientos disciplinarios 1. Instruye investigación sumaria o sumario administrativo 2. Formulario de aceptación del cargo 3. Citación a declarar 4. Acta de Declaración 5. Acta de notificación personal 6. Formulación de cargos 7. Dictamen fiscal 8. Acoge recusación 9. Acta de careo 10. Destinación transitoria del inculpado 11. Suspensión del inculpado 12. Cierre investigación 13. Copia expediente 14. Modelo tipo certificación actuaciones
Integridad Pública
- Preámbulo. La integridad pública, al parecer no basta con el estricto cumplimiento del principio de probidad administrativa
- Panorama en torno a la probidad y corrupción en Chile. Un “paisaje” desolador3. Integridad pública • Función Pública • Recursos Públicos • Transparencia • Política • Sector Privado
- ¿Qué debemos entender por corrupción?
- Enfoques para arribar a un concepto de probidad 1. Desde el punto de vista de la ética del Servicio Público 2. Desde el punto de vista de la ciencia de la administración 3. Desde el punto de vista del derecho6. Probidad y Corrupción • Significado del término probidad • Significado de la voz corrupción • Distintas connotaciones de la corrupción a) Corrupción individual b) Corrupción generalizada en el Estado c) Sistémica, subsistémica y dispersa d) Política y administrativa e) Individual y corporativa 7. Consagración en el derecho positivo del principio de probidad y transparencia • Inhabilidades • Incompatibilidades
- Ámbito de aplicación del principio de probidad ¿Quiénes están sujetos al principio de probidad?
- La transgresión al principio de ética o probidad es una realidad con la que la sociedad convive
- El Whistleblowing
- Compliance
- Contraloría General de la RepúblicaCAPÍTULO II ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y FUNCIÓN PÚBLICA
- Breve introducción 2. ¿Qué entendemos por administración y administración pública? 3. La función pública 4. Regulación normativa de la función pública 5. Principios que informan la función pública 6. Principios jurídicos que informan la función públicaCAPÍTULO III RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA LAS OBLIGACIONES FUNCIONARIAS
- Consideraciones generales2. Garantías o principios que constituyen límite y/u orientan el ejercicio de la potestad disciplinaria a) El debido proceso b) El derecho a defensa c) Independencia de las sanciones d) La proporcionalidad de las sanciones e) La legalidad de las sanciones f) El principio pro reo g) Imparcialidad y Objetividad h) Instancias diferenciadas i) Universalidad j) El principio de inexcusabilidad k) Principio de Interdicción de la Arbitrariedad 3. Deberes y obligaciones funcionarias 4. Revisión de las obligaciones funcionarias • Artículo 61. Serán obligaciones de cada funcionario • Obligaciones propias de autoridades y jefaturas (artículo 64)
- Prohibiciones funcionarias
- Persecución de la responsabilidad administrativa
- Órganos competentes
- ProcedimientoCAPÍTULO IV ESTATUTO DE PROTECCIÓN AL FUNCIONARIO/A QUE DENUNCIA. PILAR PARA AVANZAR EN UN ECOSISTEMA DE INTEGRIDAD
- Introducción
- Aplicación del estatuto de protección. Artículos 90a y 90b del estatuto administrativo en caso de denuncias, por acoso o maltrato laboral y/o acoso sexual
- Resumen estatuto de protección. Obligaciones que nacen en el ámbito administrativo y penal, conforme lo dispone la Ley No 21.643 • ¿Qué ordena la ley respecto a la canalización de las denuncias sobre faltas a la probidad y corrupción? • ¿Qué debe contener la denuncia? • ¿La protección es un derecho del denunciante? . • ¿Qué sigue después de la denuncia? • ¿Qué pasa si la Contraloría advierte un delito? • ¿Cómo opera la reserva de la denuncia? • ¿El personal de la administración del Estado tiene el deber de denunciar? • ¿Qué medidas preventivas de protección existen a favor del personal de la administración del Estado? • ¿Puede un denunciante alegar que sufrió represalias? • ¿Cómo opera la cooperación eficaz? • ¿Se puede denunciar a empresas a través del canal? • ¿Qué cambio se incorpora al estatuto administrativo? • ¿Cómo se mantendrá la reserva de identidad en los procesos penales? • ¿El imputado puede pedir que se anule la reserva de identidad del denunciante? • ¿Qué sanciones se aplican por denuncias maliciosamente falsas?CAPÍTULO V NORMATIVA SOBRE PROBIDAD, TRANSPARENCIA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS. MANIFESTACIÓN DEL SISTEMA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
- Prevención de conflictos de interés a. Conflicto real b. Conflicto aparente c. Conflicto potencial
- Inhabilidades de ingreso
- Inhabilidades de ingreso relacionadas con el principio de probidad administrativa • Cese anterior en un cargo público por mala calificación o por destitución • Condena por crimen o simple delito o inhabilitación para ejercer funciones o cargos públicos • Conflictos de interés (contratos, litigios y parentesco) – Contratistas – Litigantes – Familiares – Dependencia de las drogas
- Inhabilidad/prohibición especial Ley No 19.995
- Prohibiciones en el marco de la ley de probidad
- ¿Cómo acredita una persona no estar incluida en alguna causal de inhabilidad?
- ¿Qué pasa si de todas formas se nombra o contrata a una persona que incurre en una causal de inhabilidad? El funcionario de hecho
- ¿Se aplican estas inhabilidades a las personas contratadas a honorarios o según el Código del Trabajo?
- Personas contratadas mediante un contrato del trabajo
- ¿Qué pasa si alguna de las inhabilidades relacionadas directamente con la probidad se presenta después que la persona ingresó a la administración?
- Incompatibilidades • Incompatibilidad entre empleos públicos
- Ley No 20.880 • Autoridades y funcionarios obligados a presentar la declaración de intereses y la declaración de patrimonio • Oportunidad de la declaración • Forma de realizar la declaración • Contenido del formulario • Contenido de la declaración • Responsabilidades y sanciones por infracciones al deber de efectuar la declaración de intereses y patrimonio de las autoridades y funcionarios de la administración del Estado • Procedimiento sancionatorio, en caso de incumplimiento del deber de declarar • Infracciones a las normas de mandato y obligaciones de enajenar • El mandato de administración • De las enajenaciones a que obliga esta ley
- Ley No 20.730 • ¿Qué es una gestión de interés particular? • Sujetos pasivos de lobby • ¿Sobre qué decisiones puede ejercerse el lobby? • ¿Qué deberes tienen los sujetos pasivos? • ¿En qué consiste la obligación de registro de los sujetos pasivos? • ¿Qué sanciones contempla la ley para los sujetos pasivos que no cumplen con los deberes establecidos en la ley? • ¿Qué actividades no regula la ley?
- Ley No 21.634 • Canal de denuncia reservada
- Ley No 20.285CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS
- Conceptos introductorios
- La potestad disciplinaria. Fundamentos3. Modificaciones introducidas por la Ley Karin, a los procedimientos disciplinarios a) El acoso sexual b) El acoso laboral c) La violencia en el trabajo
- Procedimientos disciplinarios
- La investigación sumaria A. Instalación del investigador B. Etapa indagatoria C. Etapa acusatoria D. Información a la autoridad superior E. Etapa resolutiva F. Etapa de impugnación – Características de la investigación sumaria – Objeto de la investigación sumaria – Notificaciones durante la investigación sumaria – Sanciones – Los plazos – Paso a sumario administrativo
- El sumario administrativo
- Descripción esquemática de la tramitación de un sumario administrativo • Etapa Indagatoria • Etapa Acusatoria • Etapa Informativa • Etapa Resolutiva • Etapa de Recursiva
- Las medidas o sanciones disciplinarias • La censura • La multa • La suspensión • La destitución • Autoridad llamada a instruir sumario administrativo • Características del sumario administrativo – Inicio de sumario administrativo – Designación de fiscal ad hoc – Foliación del sumario – Notificaciones dentro del sumario – Recusación o implicancia del fiscal o del actuario – Facultades del fiscal – Plazo de investigación – Suspensión de funciones – Término de la etapa de investigación – Sobreseimiento – Formulación de cargos – Notificación de cargos – Solicitud de rendición de prueba – Dictamen del fiscal – Remisión de antecedentes a justicia ordinaria – Impugnación de la resolución – Vicios de procedimiento • Tramitación de los procedimientos disciplinarios. Modelo esquemático • Breve descripción de las características de los procedimientos disciplinarios • Boletín No 17927-06 • Formularios para la tramitación de procedimientos disciplinarios 1. Instruye investigación sumaria o sumario administrativo 2. Formulario de aceptación del cargo 3. Citación a declarar 4. Acta de Declaración 5. Acta de notificación personal 6. Formulación de cargos 7. Dictamen fiscal 8. Acoge recusación 9. Acta de careo 10. Destinación transitoria del inculpado 11. Suspensión del inculpado 12. Cierre investigación 13. Copia expediente 14. Modelo tipo certificación actuaciones
Jurisprudencia Administrativa Sobre Compras Públicas, Régimen Sancionatorio, Acto y Contratos Administrativos, 2a Edicion
Jurisprudencia Administrativa Sobre Compras Públicas, Régimen Sancionatorio, Acto y Contratos Administrativos, 2a Edicion
Jurisprudencia de derecho administrativo – Dictámenes y sentencias
El contenido de este libro es la doctrina sintetizada que fluye de fallos de tribunales superiores de justicia y dictámenes de la Contraloría General de la República, sobre el sistema recursivo administrativo, sumarios, decaimiento, actos y contratos, régimen sancionatorio, entre otros. Obra práctica y de consulta rápida para abogados, jueces y académicos.
CAPÍTULO I ACTO ADMINISTRATIVO
TÍTULO PRIMERO CONCEPTOS Y ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
- Concepto de acto administrativo 2. Elementos de un acto administrativo 3. La responsabilidad administrativa se hace efectiva mediante la dictación de un acto administrativo 4. Presunción de validez de los actos administrativos 5. Los actos administrativos que afecten derechos de particulares deben ser fundados 6. De los actos administrativos en general 7. Retroactividad de los actos administrativos. Artículo 52 de la Ley No 19.880 8. Vicios que no invalidan el acto administrativo 9. Desviación de poder 10. Acto aclaratorio del artículo 62 de la Ley No 19.880
TÍTULO SEGUNDO MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Motivación y principio de juridicidad. En materia de calificaciones funcionarias, la obligación que impone la ley de fundamentar la decisión, obedece al principio de juridicidad 2. La ausencia de motivación de un acto administrativo, es un vicio que recae en un requisito esencial del mismo 3. No se cumple con la motivación del acto, si en un contrato se señala que cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al mismo, sin expresión de causa 4. La motivación es un requisito esencial
TÍTULO TERCERO DECAIMIENTO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Concepto de decaimiento 2. Decaimiento en liquidación tardía de término de contrato 3. Decaimiento y dilación en la tramitación de procedimientos de la Administración
- Criterio de algunas Cortes de Apelaciones II. Nuevo criterio de la Corte Suprema y de algunas Cortes de Apelaciones III. Criterio de Contraloría General de la República
TÍTULO CUARTO INVALIDACIÓN, CAUDUCIDAD Y REVOCACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Frente a la presencia de un acto irregular, la Administración está obligada a invalidarlo 2. La invalidación no es un recurso administrativo 3. El plazo de dos años establecido en el artículo 53 inciso 1 de la Ley No 19.880, es uno de caducidad 4. Cuando el mismo interesado solicita la invalidación, la omisión de la audiencia del artículo 53 de la Ley No 19.880 no vicia la actuación 5. Transcurrido el plazo de dos años del artículo 53, la Administración ya no puede invalidar 6. Consecuencias de la no realización de la audiencia previa del artículo 53 7. La resolución de adjudicación no se publicó en el portal, por lo tanto, la empresa adjudicada no fue notificada. Procede la invalidación 8. Límites a la facultad de invalidación 9. Impugnación del acto invalidatorio 10. Montepío fue concedido de forma válida, posterior a ello se produce una causal de inhabilidad. No procede la invalidación, porque ha transcurrido el plazo de prescripción adquisitiva del Código Civil 11. Concepto de revocación 12. Las razones para revocar un proceso licitatorio no pueden ser genéricas, sino que deben precisarse 13. Cada uno de los actos de un proceso licitatorio pueden ser impugnados separadamente 14. En caso se infrinja el principio de abstención, ello no importa la invalidez de los actos en las cuales se intervino, debido a la calidad de actos separables de una licitación 15. Límite a la revocación cuando la naturaleza del acto impide que sea dejado sin efecto 16. El llamado a licitación mediante un acto administrativo, no es uno de aquellos que declare derechos, por lo que se puede revocar 17. Razón esgrimida para revocar se ajusta a derecho 18. Invalidación parcial 19. Invalidación y conversión del acto administrativo 20. Convalidación de los actos administrativos 21. Caducidad de patente de alcoholes. La caducidad es una sanción de derecho estricto 22. Permisos de edificación caducan de manera automática 23 Invalidación y el principio de conservación de los actos administrativos 24. La notificación del acto invalidatorio no constituye la audiencia previa a que se refiere el artículo 53 de la Ley No 19.880 25. Notificación hecha al oferente de que se iniciará un proceso de invalidación, cumple con el trámite de la audiencia previa 26. La audiencia previa es un requisito esencial 27. La invalidación procede incluso respecto de los actos que fueron tomados de razón por Contraloría 28. La invalidación no impide que los afectados puedan ejercer las acciones judiciales correspondientes 29. Expresiones de carácter genérico esgrimidos en un proceso de calificación, es una causa para invalidar el acto 30. La declaración de desierta de una licitación, no es un acto apto para reemplazar la invalidación 31. Las políticas de gobierno no son susceptibles de invalidarse, pues no son actos administrativos 32. Revocación y actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente 33. Diferencias entre la revocación y la invalidación. Límites de cada una
TÍTULO QUINTO VICIOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Calidad de esencial o no de un vicio
TÍTULO SEXTO EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
- Frente a la demora por parte de la Administración en resolver un requerimiento, se aplica el silencio negativo 2. La demora por parte de la Administración en resolver un recurso de reconsideración, hace procedente la aplicación del silencio negativo 3. Las abstenciones son una ausencia de manifestación de voluntad en relación a una decisión. Sentido del silencio en relación a ello 4. No procede el silencio administrativo en las actuaciones fiscalizadoras de los órganos de la Administración 5. Revalidación de título universitario. Improcedencia del silencio positivo 6. No se aplica el silencio positivo, si con ello se evita el cumplimiento de requisitos formales necesarios para constituir un derecho
CAPÍTULO II CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS CONTRATOS EN GENERAL
- Término anticipado del contrato 2. Excepción de contrato no cumplido 3. Exigibilidad anticipada de las prestaciones de contrato 4. Servicios prestados por un proveedor, pero sin contrato vigente 5. Qué se entiende por total tramitación del acto que aprueba el contrato 6. Las modificaciones a los contratos no pueden alterar o ampliar el objeto sobre el cual recae la contratación. Se infringen los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes 7. Proveedor no puede modificar unilateralmente el contrato, menos aún si con ello se libera del cumplimiento sus obligaciones 8. Cuando la contratación se materializa con la sola orden de compra, esta hace las veces de contrato, por lo que se aplican igualmente las inhabilidades para contratar establecidas en la Ley No 19.886 9. No se puede dejar sin efecto ipso jure la adjudicación por la no suscripción del contrato 10. La Administración es que la debe ponderar si concurren o no los hechos que habilitan poner término al contrato, sin que sea necesario un análisis previo de Contraloría 11. El plazo para realizar el pago se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conformes y no desde que aquella se halle en “estado aceptado” 12. Alcance de la noción de contrato administrativo 13. No procede la renovación automática de un contrato, puesto que pugna con el sistema de propuesta pública y el principio de transparencia 14. Pagos con imputación a presupuestos futuros 15. La aplicación de la compensación en los contratos administrativos
TÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES A LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
- Principio de la buena fe 2. A los contratos administrativos se les aplica el principio de equilibrio económico de las prestaciones mutuas 3. Principio del enriquecimiento sin causa
TÍTULO TERCERO TÉRMINO DEL CONTRATO
- En las bases de licitación deben señalarse de manera específica las causales de incumplimiento grave, para poder poner término anticipado al contrato 2. No es procedente la facultad por parte del proveedor, de poner término anticipado al contrato de manera unilateral 3. No es procedente añadir en el contrato una cláusula nueva de término del mismo y que no estaba contemplada en las bases administrativas
TÍTULO CUARTO CASO FORTUITO Y TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN
- El principio de estricta sujeción a las bases admite como excepción la concurrencia de una situación de caso fortuito 2. Corresponde a la autoridad administrativa ponderar si se configura a eximente de caso fortuito 3. Teoría de la imprevisión 4. Concurren los elementos de la fuerza
TÍTULO QUINTO RENUNCIA DE DERECHOS Y ACCIONES POR PARTE DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS
- Organismos públicos no pueden transigir en contratos específicos, sin que exista una ley que los autorice 2. Término anticipado de los servicios sin responsabilidad posterior del contratante, ni derecho a indemnización para el organismo público, implica renuncia anticipada de derechos por parte de este 3. Pese a que en los contratos administrativos se aplica el artículo 1558 CC, los órganos de la Administración no pueden limitar los perjuicios de los que debe responden el proveedor contratante
SEGUNDA PARTE DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
CAPÍTULO I GENERALIDADES SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES
- Los organismos del Estado están obligados a cursar las multas derivadas de incumplimientos contractuales 2. La Administración no puede condonar las multas que deben aplicarse 3. Prescripción de las multas que se establecen en las bases de licitación y los consecuentes contratos 4. Las sanciones son de derecho estricto, no se pueden aplicar a situaciones no contempladas en ellas 5. Prescripción del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración 6. No corresponde aplicar multas por causas no imputables al proveedor 7. No corresponde que las multas se descuenten directamente de la factura 8. El monto de las multas incluye los impuestos que correspondan 9. Las multas no constituyen hechos gravados con IVA, por la cual no corresponde facturar por parte del mandante, ni emitir nota de crédito por parte del contratista, por cuanto no se trata de una operación gravada 10. No se infringe el principio del non bis in ídem, si se aplica para un mismo hecho de incumplimiento, la multa contemplada en el convenio y la suspensión establecida por la Dirección de Compras y Contratación Pública 11. Las municipalidades no pueden mediante ordenanzas, establecer sanciones no previstas por la ley. Se infringe el principio de legalidad 12. La imposición de una multa por un funcionario que no tiene atribuciones para hacerlo, no es una irregularidad de forma 13. El otorgamiento de un plazo de gracia para la entrega del bien, no impide la aplicación de una multa 14. Aplicación del principio del non bis in idem al Derecho Administrativo Sancionador 15. Aplicación del principio de que no se puede reformar para peor 16. Indeterminación de las multas 17. Las multas aplicadas por organismos públicos, son ingresos propios de dichos servicios
CAPÍTULO II LAS MULTAS SON UN INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
- Las multas son producto de un incumplimiento contractual y no constituyen una sanción administrativa, por lo mismo, la prescripción de la acción es de acuerdo con las normas del Código Civil 2. Las multas son cláusulas penales 3. Multas y cauciones. Los fundamentos de las multas y las garantías de fiel cumplimiento del contrato son diversos
CAPÍTULO III RÉGIMEN SANCIONATORIO EN SECTORES REGULADOS
- Cobro ejecutivo de las multas cursadas al término de un sumario, impuestas por las secretarias regionales Ministeriales de Salud 2. Mérito ejecutivo de una multa interpuesta por la Superintendencia de Educación y plazo de prescripción de la sanción aplicada 3. Generación de intereses en multas interpuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente 4. Condonación de deudas por parte de una Municipalidad 5. Reajustabilidad de las sumas restituidas por aplicación de una multa dispuesta por la Superintendencia de Educación 6. Competencia del Servicio Agrícola y Ganadero para sancionar infracciones a los planes de descontaminación atmosférica 7. Ámbito de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente 8. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles cuenta con las facultades para solicitar información contable, dentro de procedimiento sancionatorio
CAPÍTULO IV SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS SUMARIOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL
- Aplicación supletoria de la Ley No 19.880 a los sumarios administrativos regulados en leyes especiales 2. Plazos para la tramitación de los sumarios 3. Personal contratado a honorarios no puede cumplir la labor de fiscal instructor en sumarios administrativos 4. Funcionario que ha sido designado como fiscal tiene la calidad de contratado y el sumariado es de planta 5. La falta de experiencia no es un impedimento para la designación del fiscal 6. Fiscal instructor es de un grado inferior jerárquico al inculpado que se ha separado del organismo público 7. No es impedimento para la designación del fiscal, el hecho que cumpla funciones en el mismo Departamento del inculpado 8. La Ley No 21.369 no contiene disposiciones que regule la jerarquía de quien lleve un sumario. Aplicación supletoria del Estatuto Administrativo 9. Determinación de la jerarquía entre el fiscal instructor y el inculpado, cuando ambos están sujetos a estatutos diversos 10. Designación de fiscal instructor a funcionario que ostente la calidad de jefe en el organismo, pero ha sido contrato de acuerdo con las normas del Código del Trabajo 11. Sumario instruido por funcionario distinto al que designa la ley 12. Finalidad de los sumarios administrativos 13. El efecto de cosa juzgada no se produce en procedimientos disciplinarios 14. Momento en que se suspende el procedimiento sumario, en el caso regulado en artículo 84 ter de la Ley No 18.961 (ley orgánica constitucional de Carabineros) 15. Solicitud del inculpado para rendir prueba
TÍTULO SEGUNDO FUERO MATERNAL
- Aplicación del fuero maternal a funcionarias públicas 2. Sanción aplicada a funcionaria con fuero maternal, se hará efectiva una vez que termine esa protección o se acoja el desafuero 3. Fuero maternal se aplica a servidoras que prestan servicios a honorarios, de acuerdo con un contrato celebrado en virtud del Estatuto Administrativo 4. Duración del fuero maternal frente a una sanción 5. Fuero maternal se aplica a funcionarias suplentes
TÍTULO TERCERO LA PRUEBA EN EL SUMARIO Y LA TRAMITACIÓN EN SÍ DE ESTE ÚLTIMO
- Mérito de los elementos de convicción debe ser apreciado por la autoridad que tramita el procedimiento 2. Medios de prueba. Son admisibles como medios de prueba las capturas de pantalla de conversaciones, en las investigaciones sumarias sobre acoso laboral o sexual 3. Durante la tramitación de un sumario, el funcionario involucrado renuncia a su cargo. El sumario debe de todas formas concluir, aplicándose la sanción respectiva 4. Se eleva a sumario la investigación con posterioridad al alejamiento del funcionario. Renuncia efectiva es posterior al inicio de la investigación. La tramitación del sumario debe finalizar 5. Sentido de la frase “si se encontrare en tramitación”, del inciso final del artículo 147 de la Ley No 18.834 sobre Estatuto Administrativo 6. Aplicación de sanción en proceso disciplinario es de derecho estricto 7. Modificación de sanción impuesta. Prescripción de la acción de responsabilidad funcionaria 8. Debe aplicarse el principio de proporcionalidad en la aplicación de las sanciones 9. Para rebajar la pena no es obligación considerar el buen comportamiento anterior del funcionario investigado 10. El fiscal de un sumario puede rechazar la petición de abrir un término probatorio, cuando las diligencias no son útiles para la investigación 11. Puede abrirse un término probatorio de un plazo inferior a los 20 días que establece el artículo 138 de la Ley No 18.834 12. Excesiva tardanza en la tramitación de un sumario, genera responsabilidad administrativa 13. Responsabilidad administrativa de los funcionarios contratados a honorarios 14. Toma de declaración a un inculpado que está con licencia médica 15. Solo una vez que los procesos disciplinarios se encuentran totalmente tramitados, pierden la connotación de secretos y les resulta aplicable el principio de publicidad a que se refiere el artículo 5 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado 16. Independencia de la responsabilidad penal y administrativa 17. Independencia de las responsabilidades y facultad discrecional de la Administración para determinar la reapertura de un sumario 18. Principio a la debida defensa en un sumario
TÍTULO CUARTO LA SANCIÓN DISCIPLINARIA
- No se puede aplicar una multa en cuotas 2. Medida de suspensión del empleo y cotizaciones fondos de pensiones 3. La calificación de la gravedad en la sanción aplicada a infracción a la probidad administrativa, le corresponde al organismo de la Administración en particular 4. Las causales de infracción a la probidad administrativa enumeradas en el artículo 62 de la Ley No 18.575 no son taxativas 5. Inhabilidad de ingreso a la Administración pública y las corporaciones municipales 6. No corresponde aplicar sanciones adicionales que no están contempladas en el Estatuto Administrativo
TÍTULO QUINTO PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA
- No es posible la reapertura de sumario, cuando la acción disciplinaria esté prescrita 2. Se formulan cargos en diferentes ocasiones del procedimiento. Cargo que suspende la prescripción es el primero de ellos 3. Interrupción de la prescripción de la acción disciplinaria por nueva falta cometida 4. Los organismos de la Administración están en la obligación de declarar de oficio la prescripción de la acción disciplinaria
TERCERA PARTE RECURSOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL
- Aplicación supletoria del sistema recursivo de la Ley No 19.880 2. La Contraloría General de la República no constituye instancia de apelación respecto de sus oficinas regionales 3. Recurso de revisión. No concurren las causales 4. Recurso de revisión y reclamo de ilegalidad 5. Recurso de revisión. Significado de la palabra “aparecieren” 6. Recurso de revisión. Cuando se entiende que un acto se encuentra “firme” 7. Error de hecho y la circunstancia de no compartir una interpretación de CGR 8. Interposición de recurso de revisión por medios electrónicos fuera del horario de atención al público 9. Improcedencia del recurso jerárquico 10. Recurso de protección y actos intermedios de un sumario 11. Recurso de protección como acción para revisar procedimientos administrativos 12. Interposición de los recursos y suspensión del acto impugnado 13. Resolución que resuelve un recurso no se pronuncia sobre todos los antecedentes
Jurisprudencia de derecho administrativo – Dictámenes y sentencias
El contenido de este libro es la doctrina sintetizada que fluye de fallos de tribunales superiores de justicia y dictámenes de la Contraloría General de la República, sobre el sistema recursivo administrativo, sumarios, decaimiento, actos y contratos, régimen sancionatorio, entre otros. Obra práctica y de consulta rápida para abogados, jueces y académicos.
CAPÍTULO I ACTO ADMINISTRATIVO
TÍTULO PRIMERO CONCEPTOS Y ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
- Concepto de acto administrativo 2. Elementos de un acto administrativo 3. La responsabilidad administrativa se hace efectiva mediante la dictación de un acto administrativo 4. Presunción de validez de los actos administrativos 5. Los actos administrativos que afecten derechos de particulares deben ser fundados 6. De los actos administrativos en general 7. Retroactividad de los actos administrativos. Artículo 52 de la Ley No 19.880 8. Vicios que no invalidan el acto administrativo 9. Desviación de poder 10. Acto aclaratorio del artículo 62 de la Ley No 19.880
TÍTULO SEGUNDO MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Motivación y principio de juridicidad. En materia de calificaciones funcionarias, la obligación que impone la ley de fundamentar la decisión, obedece al principio de juridicidad 2. La ausencia de motivación de un acto administrativo, es un vicio que recae en un requisito esencial del mismo 3. No se cumple con la motivación del acto, si en un contrato se señala que cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al mismo, sin expresión de causa 4. La motivación es un requisito esencial
TÍTULO TERCERO DECAIMIENTO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Concepto de decaimiento 2. Decaimiento en liquidación tardía de término de contrato 3. Decaimiento y dilación en la tramitación de procedimientos de la Administración
- Criterio de algunas Cortes de Apelaciones II. Nuevo criterio de la Corte Suprema y de algunas Cortes de Apelaciones III. Criterio de Contraloría General de la República
TÍTULO CUARTO INVALIDACIÓN, CAUDUCIDAD Y REVOCACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Frente a la presencia de un acto irregular, la Administración está obligada a invalidarlo 2. La invalidación no es un recurso administrativo 3. El plazo de dos años establecido en el artículo 53 inciso 1 de la Ley No 19.880, es uno de caducidad 4. Cuando el mismo interesado solicita la invalidación, la omisión de la audiencia del artículo 53 de la Ley No 19.880 no vicia la actuación 5. Transcurrido el plazo de dos años del artículo 53, la Administración ya no puede invalidar 6. Consecuencias de la no realización de la audiencia previa del artículo 53 7. La resolución de adjudicación no se publicó en el portal, por lo tanto, la empresa adjudicada no fue notificada. Procede la invalidación 8. Límites a la facultad de invalidación 9. Impugnación del acto invalidatorio 10. Montepío fue concedido de forma válida, posterior a ello se produce una causal de inhabilidad. No procede la invalidación, porque ha transcurrido el plazo de prescripción adquisitiva del Código Civil 11. Concepto de revocación 12. Las razones para revocar un proceso licitatorio no pueden ser genéricas, sino que deben precisarse 13. Cada uno de los actos de un proceso licitatorio pueden ser impugnados separadamente 14. En caso se infrinja el principio de abstención, ello no importa la invalidez de los actos en las cuales se intervino, debido a la calidad de actos separables de una licitación 15. Límite a la revocación cuando la naturaleza del acto impide que sea dejado sin efecto 16. El llamado a licitación mediante un acto administrativo, no es uno de aquellos que declare derechos, por lo que se puede revocar 17. Razón esgrimida para revocar se ajusta a derecho 18. Invalidación parcial 19. Invalidación y conversión del acto administrativo 20. Convalidación de los actos administrativos 21. Caducidad de patente de alcoholes. La caducidad es una sanción de derecho estricto 22. Permisos de edificación caducan de manera automática 23 Invalidación y el principio de conservación de los actos administrativos 24. La notificación del acto invalidatorio no constituye la audiencia previa a que se refiere el artículo 53 de la Ley No 19.880 25. Notificación hecha al oferente de que se iniciará un proceso de invalidación, cumple con el trámite de la audiencia previa 26. La audiencia previa es un requisito esencial 27. La invalidación procede incluso respecto de los actos que fueron tomados de razón por Contraloría 28. La invalidación no impide que los afectados puedan ejercer las acciones judiciales correspondientes 29. Expresiones de carácter genérico esgrimidos en un proceso de calificación, es una causa para invalidar el acto 30. La declaración de desierta de una licitación, no es un acto apto para reemplazar la invalidación 31. Las políticas de gobierno no son susceptibles de invalidarse, pues no son actos administrativos 32. Revocación y actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente 33. Diferencias entre la revocación y la invalidación. Límites de cada una
TÍTULO QUINTO VICIOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
- Calidad de esencial o no de un vicio
TÍTULO SEXTO EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
- Frente a la demora por parte de la Administración en resolver un requerimiento, se aplica el silencio negativo 2. La demora por parte de la Administración en resolver un recurso de reconsideración, hace procedente la aplicación del silencio negativo 3. Las abstenciones son una ausencia de manifestación de voluntad en relación a una decisión. Sentido del silencio en relación a ello 4. No procede el silencio administrativo en las actuaciones fiscalizadoras de los órganos de la Administración 5. Revalidación de título universitario. Improcedencia del silencio positivo 6. No se aplica el silencio positivo, si con ello se evita el cumplimiento de requisitos formales necesarios para constituir un derecho
CAPÍTULO II CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS CONTRATOS EN GENERAL
- Término anticipado del contrato 2. Excepción de contrato no cumplido 3. Exigibilidad anticipada de las prestaciones de contrato 4. Servicios prestados por un proveedor, pero sin contrato vigente 5. Qué se entiende por total tramitación del acto que aprueba el contrato 6. Las modificaciones a los contratos no pueden alterar o ampliar el objeto sobre el cual recae la contratación. Se infringen los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes 7. Proveedor no puede modificar unilateralmente el contrato, menos aún si con ello se libera del cumplimiento sus obligaciones 8. Cuando la contratación se materializa con la sola orden de compra, esta hace las veces de contrato, por lo que se aplican igualmente las inhabilidades para contratar establecidas en la Ley No 19.886 9. No se puede dejar sin efecto ipso jure la adjudicación por la no suscripción del contrato 10. La Administración es que la debe ponderar si concurren o no los hechos que habilitan poner término al contrato, sin que sea necesario un análisis previo de Contraloría 11. El plazo para realizar el pago se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conformes y no desde que aquella se halle en “estado aceptado” 12. Alcance de la noción de contrato administrativo 13. No procede la renovación automática de un contrato, puesto que pugna con el sistema de propuesta pública y el principio de transparencia 14. Pagos con imputación a presupuestos futuros 15. La aplicación de la compensación en los contratos administrativos
TÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES A LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
- Principio de la buena fe 2. A los contratos administrativos se les aplica el principio de equilibrio económico de las prestaciones mutuas 3. Principio del enriquecimiento sin causa
TÍTULO TERCERO TÉRMINO DEL CONTRATO
- En las bases de licitación deben señalarse de manera específica las causales de incumplimiento grave, para poder poner término anticipado al contrato 2. No es procedente la facultad por parte del proveedor, de poner término anticipado al contrato de manera unilateral 3. No es procedente añadir en el contrato una cláusula nueva de término del mismo y que no estaba contemplada en las bases administrativas
TÍTULO CUARTO CASO FORTUITO Y TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN
- El principio de estricta sujeción a las bases admite como excepción la concurrencia de una situación de caso fortuito 2. Corresponde a la autoridad administrativa ponderar si se configura a eximente de caso fortuito 3. Teoría de la imprevisión 4. Concurren los elementos de la fuerza
TÍTULO QUINTO RENUNCIA DE DERECHOS Y ACCIONES POR PARTE DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS
- Organismos públicos no pueden transigir en contratos específicos, sin que exista una ley que los autorice 2. Término anticipado de los servicios sin responsabilidad posterior del contratante, ni derecho a indemnización para el organismo público, implica renuncia anticipada de derechos por parte de este 3. Pese a que en los contratos administrativos se aplica el artículo 1558 CC, los órganos de la Administración no pueden limitar los perjuicios de los que debe responden el proveedor contratante
SEGUNDA PARTE DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
CAPÍTULO I GENERALIDADES SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES
- Los organismos del Estado están obligados a cursar las multas derivadas de incumplimientos contractuales 2. La Administración no puede condonar las multas que deben aplicarse 3. Prescripción de las multas que se establecen en las bases de licitación y los consecuentes contratos 4. Las sanciones son de derecho estricto, no se pueden aplicar a situaciones no contempladas en ellas 5. Prescripción del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración 6. No corresponde aplicar multas por causas no imputables al proveedor 7. No corresponde que las multas se descuenten directamente de la factura 8. El monto de las multas incluye los impuestos que correspondan 9. Las multas no constituyen hechos gravados con IVA, por la cual no corresponde facturar por parte del mandante, ni emitir nota de crédito por parte del contratista, por cuanto no se trata de una operación gravada 10. No se infringe el principio del non bis in ídem, si se aplica para un mismo hecho de incumplimiento, la multa contemplada en el convenio y la suspensión establecida por la Dirección de Compras y Contratación Pública 11. Las municipalidades no pueden mediante ordenanzas, establecer sanciones no previstas por la ley. Se infringe el principio de legalidad 12. La imposición de una multa por un funcionario que no tiene atribuciones para hacerlo, no es una irregularidad de forma 13. El otorgamiento de un plazo de gracia para la entrega del bien, no impide la aplicación de una multa 14. Aplicación del principio del non bis in idem al Derecho Administrativo Sancionador 15. Aplicación del principio de que no se puede reformar para peor 16. Indeterminación de las multas 17. Las multas aplicadas por organismos públicos, son ingresos propios de dichos servicios
CAPÍTULO II LAS MULTAS SON UN INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
- Las multas son producto de un incumplimiento contractual y no constituyen una sanción administrativa, por lo mismo, la prescripción de la acción es de acuerdo con las normas del Código Civil 2. Las multas son cláusulas penales 3. Multas y cauciones. Los fundamentos de las multas y las garantías de fiel cumplimiento del contrato son diversos
CAPÍTULO III RÉGIMEN SANCIONATORIO EN SECTORES REGULADOS
- Cobro ejecutivo de las multas cursadas al término de un sumario, impuestas por las secretarias regionales Ministeriales de Salud 2. Mérito ejecutivo de una multa interpuesta por la Superintendencia de Educación y plazo de prescripción de la sanción aplicada 3. Generación de intereses en multas interpuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente 4. Condonación de deudas por parte de una Municipalidad 5. Reajustabilidad de las sumas restituidas por aplicación de una multa dispuesta por la Superintendencia de Educación 6. Competencia del Servicio Agrícola y Ganadero para sancionar infracciones a los planes de descontaminación atmosférica 7. Ámbito de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente 8. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles cuenta con las facultades para solicitar información contable, dentro de procedimiento sancionatorio
CAPÍTULO IV SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS SUMARIOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL
- Aplicación supletoria de la Ley No 19.880 a los sumarios administrativos regulados en leyes especiales 2. Plazos para la tramitación de los sumarios 3. Personal contratado a honorarios no puede cumplir la labor de fiscal instructor en sumarios administrativos 4. Funcionario que ha sido designado como fiscal tiene la calidad de contratado y el sumariado es de planta 5. La falta de experiencia no es un impedimento para la designación del fiscal 6. Fiscal instructor es de un grado inferior jerárquico al inculpado que se ha separado del organismo público 7. No es impedimento para la designación del fiscal, el hecho que cumpla funciones en el mismo Departamento del inculpado 8. La Ley No 21.369 no contiene disposiciones que regule la jerarquía de quien lleve un sumario. Aplicación supletoria del Estatuto Administrativo 9. Determinación de la jerarquía entre el fiscal instructor y el inculpado, cuando ambos están sujetos a estatutos diversos 10. Designación de fiscal instructor a funcionario que ostente la calidad de jefe en el organismo, pero ha sido contrato de acuerdo con las normas del Código del Trabajo 11. Sumario instruido por funcionario distinto al que designa la ley 12. Finalidad de los sumarios administrativos 13. El efecto de cosa juzgada no se produce en procedimientos disciplinarios 14. Momento en que se suspende el procedimiento sumario, en el caso regulado en artículo 84 ter de la Ley No 18.961 (ley orgánica constitucional de Carabineros) 15. Solicitud del inculpado para rendir prueba
TÍTULO SEGUNDO FUERO MATERNAL
- Aplicación del fuero maternal a funcionarias públicas 2. Sanción aplicada a funcionaria con fuero maternal, se hará efectiva una vez que termine esa protección o se acoja el desafuero 3. Fuero maternal se aplica a servidoras que prestan servicios a honorarios, de acuerdo con un contrato celebrado en virtud del Estatuto Administrativo 4. Duración del fuero maternal frente a una sanción 5. Fuero maternal se aplica a funcionarias suplentes
TÍTULO TERCERO LA PRUEBA EN EL SUMARIO Y LA TRAMITACIÓN EN SÍ DE ESTE ÚLTIMO
- Mérito de los elementos de convicción debe ser apreciado por la autoridad que tramita el procedimiento 2. Medios de prueba. Son admisibles como medios de prueba las capturas de pantalla de conversaciones, en las investigaciones sumarias sobre acoso laboral o sexual 3. Durante la tramitación de un sumario, el funcionario involucrado renuncia a su cargo. El sumario debe de todas formas concluir, aplicándose la sanción respectiva 4. Se eleva a sumario la investigación con posterioridad al alejamiento del funcionario. Renuncia efectiva es posterior al inicio de la investigación. La tramitación del sumario debe finalizar 5. Sentido de la frase “si se encontrare en tramitación”, del inciso final del artículo 147 de la Ley No 18.834 sobre Estatuto Administrativo 6. Aplicación de sanción en proceso disciplinario es de derecho estricto 7. Modificación de sanción impuesta. Prescripción de la acción de responsabilidad funcionaria 8. Debe aplicarse el principio de proporcionalidad en la aplicación de las sanciones 9. Para rebajar la pena no es obligación considerar el buen comportamiento anterior del funcionario investigado 10. El fiscal de un sumario puede rechazar la petición de abrir un término probatorio, cuando las diligencias no son útiles para la investigación 11. Puede abrirse un término probatorio de un plazo inferior a los 20 días que establece el artículo 138 de la Ley No 18.834 12. Excesiva tardanza en la tramitación de un sumario, genera responsabilidad administrativa 13. Responsabilidad administrativa de los funcionarios contratados a honorarios 14. Toma de declaración a un inculpado que está con licencia médica 15. Solo una vez que los procesos disciplinarios se encuentran totalmente tramitados, pierden la connotación de secretos y les resulta aplicable el principio de publicidad a que se refiere el artículo 5 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado 16. Independencia de la responsabilidad penal y administrativa 17. Independencia de las responsabilidades y facultad discrecional de la Administración para determinar la reapertura de un sumario 18. Principio a la debida defensa en un sumario
TÍTULO CUARTO LA SANCIÓN DISCIPLINARIA
- No se puede aplicar una multa en cuotas 2. Medida de suspensión del empleo y cotizaciones fondos de pensiones 3. La calificación de la gravedad en la sanción aplicada a infracción a la probidad administrativa, le corresponde al organismo de la Administración en particular 4. Las causales de infracción a la probidad administrativa enumeradas en el artículo 62 de la Ley No 18.575 no son taxativas 5. Inhabilidad de ingreso a la Administración pública y las corporaciones municipales 6. No corresponde aplicar sanciones adicionales que no están contempladas en el Estatuto Administrativo
TÍTULO QUINTO PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA
- No es posible la reapertura de sumario, cuando la acción disciplinaria esté prescrita 2. Se formulan cargos en diferentes ocasiones del procedimiento. Cargo que suspende la prescripción es el primero de ellos 3. Interrupción de la prescripción de la acción disciplinaria por nueva falta cometida 4. Los organismos de la Administración están en la obligación de declarar de oficio la prescripción de la acción disciplinaria
TERCERA PARTE RECURSOS ADMINISTRATIVOS
TÍTULO PRIMERO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL
- Aplicación supletoria del sistema recursivo de la Ley No 19.880 2. La Contraloría General de la República no constituye instancia de apelación respecto de sus oficinas regionales 3. Recurso de revisión. No concurren las causales 4. Recurso de revisión y reclamo de ilegalidad 5. Recurso de revisión. Significado de la palabra “aparecieren” 6. Recurso de revisión. Cuando se entiende que un acto se encuentra “firme” 7. Error de hecho y la circunstancia de no compartir una interpretación de CGR 8. Interposición de recurso de revisión por medios electrónicos fuera del horario de atención al público 9. Improcedencia del recurso jerárquico 10. Recurso de protección y actos intermedios de un sumario 11. Recurso de protección como acción para revisar procedimientos administrativos 12. Interposición de los recursos y suspensión del acto impugnado 13. Resolución que resuelve un recurso no se pronuncia sobre todos los antecedentes
